Regl. 7361, art. 32 dup2
FUNCIONES DE LA OFICINA
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Cite as Reglamento Núm. 7361, Art. 32 dup2
Conforme al ArtÃculo 9 de la "Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del
Trabajo", la Comisión mantendrá una oficina de SecretarÃa cuyas funciones principales serán
las siguientes:
a.
Recibir, sellar y registrar toda solicitud de apelación sometida ante la Comisión,
que cumpla con los requisitos establecidos por estas Reglas, asà como todo
documento relacionado al trámite apelativo.
b. Custodiar y mantener los expedientes oficiales de cada caso identificados
mediante número cronológico.
c.
Expedir citaciones a las partes sobre la celebración de vistas.
d. Citar a los testigos solicitados por las partes.
e. Estudiar los expedientes y coordinar los señalamientos.
f.
Grabar y transcribir los procedimientos de las vistas.
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g.
Archivar y notificar con copia a las partes de toda resolución u orden emitida por
la Comisión.
32.1- Secretario
La SecretarÃa será dirigida por el Secretario Ejecutivo de la Comisión quien
será responsable de la administración de la Oficina. Este contará con personal
de apoyo para realizar su gestión, el cual estará bajo su supervisión. Tendrá
como funciones principales ser custodio de los expedientes y del Sello Oficial
de la Comisión para garantizar la autenticidad de las órdenes y resoluciones
emitidas. Preparará y mantendrá un Ãndice temático de las resoluciones
emitidas por la Comisión. Además tendrá las siguientes funciones:
a.
Estudiar los expedientes para determinar la acción a seguir.
b.
Expedir copias certificadas de los expedientes, órdenes y resoluciones
emitidas por la Comisión bajo su firma y el Sello Oficial de la
Comisión.
c.
Expedir citaciones para la comparecencia de testigos requeridos por el
Ponente o por una parte bajo su firma y el Sello Oficial de la Comisión.
d.
Expedir citaciones para tomar juramento o testimonios.
e.
Publicar Edictos por Orden de la Comisión.
f.
Mantener un sistema de datos sobre el registro de las apelaciones, el
calendario de señalamientos de vista y de conferencias con antelación.
El sistema de información reflejará la presentación de apelaciones en
orden cronológico.
g.
Asignar a todo escrito de apelación y a todo documento legal
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relacionado con el trámite del caso un número de presentación
inmediatamente sea recibido, tÃtulo del documento, fecha y hora de
recibo, asà como el nombre de las partes y la naturaleza del caso. Esta
información se mantendrá permanentemente en la base de datos de la
Comisión.
h.
Mantener el calendario permanente y contÃnuo de todo señalamiento de
casos para vistas y conferencias con antelación.
i.
Custodiar, archivar, mantener en buen estado y controlar los
expedientes, salvo cuando se requiera el traslado de los mismos para la
celebración de una vista o para la adjudicación por la Comisión de un
asunto pendiente.
j.
Llevar un registro sobre la inspección de expedientes.
32.2- Presentación de Documentos
La SecretarÃa será la encargada de recibir todo escrito o documento relacionado
con el trámite apelativo presentado ante la Comisión para su adjudicación. Todo
escrito o documento presentado será sellado en un lugar visible y registrado. Se
retendrá el original en el expediente de la Comisión y se devolverá copia sellada
a la parte presentante. El horario para la presentación de documentos será de
8:00 de la mañana a 12:00 del mediodÃa y de 1:00 a 4:30 de la tarde.