Regl. 7361, art. 52 dup2

VIGENCIA

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Estas Reglas comenzarán a regir transcurridos los treinta (30) días de su presentación en el Departamento de Estado, según lo dispuesto en la Sección 2.8 de la "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme". Aprobadas en San Juan, Puerto Rico, hoy 10 de mayo de 2007. Laura I. Santa Sanchez LIC. LAURAI. SANTA SANCHEZ Presidenta 59
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