Regl. 7364, art. 10

6, y deberán efectuar simulacros periódicamente

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ción de incendios cuando sea factible. [101:38.7.1; 101:39.7.1] (11) La ubicación de las válvulas que controlan el suministro de agua de los rociadores de techo y en estantería 20.13.2.2 Capacitación en el Uso de Extintores. Los (12) El tipo, ubicación y especificaciones de los sistemas empleados designados de las ocupaciones de oficinas debede eliminación de humo y de curtain board rán ser capacitados periódicamente en el uso de extintores (13) El tamaño y ubicación de los espacios para conductos portátiles de incendio. [101:38.7.2; 101:39.7.2] de humo (14) La información adicional con respecto a las caracterís- 20.14 Ocupaciones Industriales. ticas requeridas del diseño, productos, disposición del almacenamiento y características de protección contra 20.14.1 Aplicación. Las ocupaciones industriales nuevas y incendios dentro del área de almacenamiento de pilas existentes deberán estar de acuerdo con la Sección 20.14 y altas que debe proveerse en el momento del permiso, la edición de referencia de NFPA 101. cuando sea requerido por la autoridad competente 20.15.1.3 Mantenimiento de los Pasillos. 20.15 Ocupaciones de Almacenamiento. 20.15.1.3.1 Mientras no se realice un reabastecimiento de 20.15.1 Las ocupaciones de almacenamiento nuevas y exisexistencias, los pasillos deberán mantenerse libres de almatentes deberán estar de acuerdo con la Sección 20.15, los cenamiento, material de desecho y escombros. códigos o normas apropiados de referencia en el Capítulo 2 20.15.1.3.2 Las puertas de acceso para el cuerpo de bombe- y NFPA 101. ros, pasillos y puertas de salida no deberán estar obstruidas. 20.15.1.1 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos 20.15.1.3.3 Durante las operaciones de reabastecimiento de deberán estar de acuerdo con 1.12.19. existencias utilizando métodos manuales de almacenamiento, deberá mantenerse un ancho mínimo del pasillo sin obs- 20.15.1.2 Presentación de Planos y Especificaciones. En truir de 61 cm (24 pulg.) en pasillos de 122 cm (48 pulg.) o el momento de aplicar para un permiso, los planos y espeinferiores, y deberá mantenerse un ancho mínimo del pasicificaciones deberán ser presentados para su revisión y llo sin obstruir de la mitad del ancho requerido en los pasiaprobación. llos superiores a 122 cm (48 pulg.). 20.15.1.2.1 Tras la aprobación de los planos, deberá man- 20.15.1.3.4 Durante las operaciones de almacenamiento tenerse una copia de los planos aprobados en el local en una mecánico, deberá mantenerse un ancho mínimo del pasillo ubicación aprobada. sin obstruir de (44 pulg) Edición 2003 1-188 CÓDIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM 20.15.1.4* Los productos de riesgo alto sin recipientes de (2) Todas las instalaciones diseñadas para fabricar y maniprotección no deberán ser almacenados o exhibidos dentro pular almidón, incluyendo secar, moler, transportar, prodel espacio de 30 m (100 pies) de las puertas principales de cesar, empacar y almacenar almidón seco 0 modificado entrada/salida. y los productos secos y polvos producidos por estos procesos 20.15.1.5 Plan de Emergencia y Capacitación del Personal. (3) Aquellos sistemas de preparación de semillas y de manipulación de alimentos de las plantas procesadoras de 20.15.1.5.1 Deberá haber en efecto un plan por escrito semillas oleaginosas no cubiertos por NFPA 36, aprobado para el egreso de emergencia y reubicación de los Standard for Solvent Extraction Plants [61:1.1.1] ocupantes. [101:36.4.5.6.1; 101:37.4.5.6.1] 20.15.3.2 NFPA, 61, Standard for the Prevention of Fires 20.15.1.5.2 Todos los empleados deberán ser instruidos y and Dust Explosions in Agricultural and Food Processing periódicamente deberán efectuar simulacros con respecto a Facilities, no deberá aplicarse a las plantas de extracción de sus deberes y de acuerdo con el plan. [101:36.4.5.6.2; semillas oleaginosas cubiertas por NFPA 36, Standard for 101:37.4.5.6.2] Solvent Extraction Plants. [61:1.1.2] 20.15.2 Disposiciones Especiales. 20.15.3.3 Aplicabilidad. A menos que sea especificado de otra manera, las disposiciones de 20.15.3 sobre elevadores 20.15.2.1* Cuando sea requerida la protección con un sistede almacenamiento a granel no deberán ser aplicadas a insma de rociadores automáticos por otra sección de este talaciones, equipos o estructuras existentes o aprobadas Código, el almacenamiento de combustibles también debepara ser construidas o instaladas antes de la fecha de vigenrá estar de acuerdo con NFPA 230, Standard or the Fire cia de este Código, excepto en aquellos casos en que sea Protection of Storage. (Ver 13.3.2.22) determinado por la autoridad competente que la situación existente involucra un riesgo distintivo para la vida o la pro- 20.15.2.2 El almacenamiento, disposición, protección y piedad adyacente. cantidades de productos peligrosas deberán estar de acuerdo con las partes aplicables de las siguientes normas: 20.15.3.3.1 Los requisitos del Capítulo 11 de NFPA 61, Standard for the Prevention of Fires and Dust Explosions in (1) NFPA 13 Standard for the Installation of Sprinker Systems Agricultural and Food Processing Facilities, deberán ser (2) NFPA 30, Flammable and Combustible Liquids Code aplicados a todas las instalaciones. (3) NFPA 30B, Code for the Manufacture and Storage of Aerosol Products (4) NFPA 230, Standard for the Fire Protection of Storage 20.15.4 Almacenamiento de Llantas de Caucho. (5) NFPA 430, Code for the Storage of Liquid and Solid Oxidizers (6) NFPA 432, Code for the Storage of Organic Peroxide Formulations 20.15.4.1 El almacenamiento de llantas de caucho deberá (7) NFPA 434, Code for the Storage of Pesticides estar de acuerdo con NFPA 230, Standard for the Fire (8) NFPA 1124, Code for the Manufacture, Transportation, Protection of Storage. Storage and Retail Sales of Fireworks and Pyrotechnic Articles [101:36.4.5.3.1; 101:37.4.5.3.1] 20.15.4.1.1 Los edificios que almacenen llantas de caucho deberán ser eximidos para el cumplimiento de 20.15.4.1. 20.15.3 Elevadores de Almacenamiento a Granel. Los elevadores de almacenamiento a granel deberán estar de 20.15.4.2 Permisos. Los permisos, cuando sean requeriacuerdo con 20.15.3.1 y NFPA 61, Standard for the dos, deberán estar de acuerdo con 1.12.19. Prevention of Fires and Dust Explosions in Agricultural and Food Processing Facilities. 20.15.5 Almacenamiento de Discos. 20.15.3.1 Los elevadores de almacenamiento a granel 20.15.5.1 Los equipos de protección de discos, instalaciodeberán incluir todo lo siguiente: nes y técnicas para manipular discos que proporcionen protección contra los riesgos del fuego deberán estar de acuer- (1) Todas las instalaciones que reciban, manipulen, procedo con 20.15.5 y NFPA 232, Standard for the Protection of sen, sequen, mezclen, usen, muelan, empaquen, almace- Records. nen o envíen materiales agrícolas a granel, sus subproductos, 0 polvos que incluyan granos, semillas oleagino- 20.15.5.2* Debido al volumen de los discos, 20.15.5.1 no sas, semillas agrícolas, legumbres, azúcar, harina, condeberá cubrir grandes archivos o edificios para el almacenadimentos, comida y demás productos relacionados miento de discos. Edición 2003 1-189 SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS DE LAS OCUPACIONES 20.15.6 Almacenamiento de Películas de Cine de Nitrato 20.15.7.3.2 Deberán exhibirse avisos que digan "No de Celulosa. El almacenamiento y manipulación de los Fumar" en las áreas prohibidas. [230:5.4.5.2] registros de películas de nitrato de celulosa deberán estar de acuerdo con 20.15.5 y NFPA 40, Standard for the Storage 20.15.7.4 Disposición del Almacenamiento. and Handling of Cellulose Nitrate Film. 20.15.7.4.1* Carga de Estantes. Los estantes no deberán 20.15.6.1 Permisos. Los permisos, cuando sean requericargarse más allá de su capacidadde diseño. [230:7.3.2] dos, deberán estar de acuerdo con 1.12.19. 20.15.7.5 Puertas de Acceso. 20.15.7 Almacenamiento en Pilas Altas. 20.15.7.5.1 Generalidades. 20.15.7.1 Alcance. Los edificios que contengan almacenamiento en pilas altas deberán estar de acuerdo con NFPA 13, 20.15.7.5.1.1 Cuando la autoridad competente requiera Standard for the Installation of Sprinkler Systems; NFPA 230, acceso al edificio, deberán proveerse puertas de acceso para Standard for the Fire Protection of Storage, y 20.15.7. el cuerpo de bomberos de acuerdo con este Código. 20.15.7.1.1 Permisos. Los permisos, cuando sean requeri- 20.15.7.5.1.2 Las puertas de acceso deberán ser accesibles dos, deberán estar de acuerdo con 1.12.19. sin el uso de una escalera de mano. 20.15.7.2 Espacio Libre del Producto. 20.15.7.5.2 Número Requerido de Puertas. Deberá proveerse mínimo una puerta de acceso en cada 30,5 m (100 20.15.7.2.1 La distancia entre la parte superior del almacepies lineales), o una fracción superior a esta cantidad, de los namiento y los deflectores de los rociadores deberá estar de muros exteriores frente a las vías requeridas de acceso. acuerdo con NFPA 13, Standard for the Installation of Sprinkler Systems. [230:5.2.2.1] 20.15.7.5.3 Tipo y Tamaño de las Puertas. 20.15.7.2.2* Si el producto es almacenado por encima del 20.15.7.5.3.1 Las puertas de acceso no deberán ser inferiores cordón inferior de las armaduras para techo, deberá mante- a 0,9 m (3 pies) de ancho y 2m (6 pies 8 pulg.) de altura. nerse un espacio libre no inferior a 30,5 cm (1 pie) para permitir que las armaduras se mojen, a menos que la armadura 20.15.7.5.3.2 No deberán usarse puertas enrollables a esté protegida con una resistencia al fuego de 1 hora. menos que sean aprobadas. [230:5.2.2.2] 20.15.7.2.3 La distancia entre el almacenamiento y los con- 20.15.7.5.4 Dispositivos de Cierre. Sólo deberán usarse ductos deberá mantenerse de acuerdo con NFPA 91, Standard dispositivos de cierre aprobados. for Exhaust Systems for Air Conveying of Vapors, Gases, Mists, and Noncombustible Particulate Solids. [230:5.2.2.3] 20.15.7.6 Conexiones de las Mangueras del Cuerpo de Bomberos. 20.15.7.2.4 La distancia entre los materiales almacenados y los calentadores unitarios, calentadores radiantes de 20.15.7.6.1 Cuando cualquier parte de un área de almaceambiente, hornos de conductos y conductos de humo no namiento combustible en pilas altas se encuentre a una disdeberá ser inferior a 3 pies (0,9 m) en todas las direcciones tancia superior a 61 m (200 pies) de una puerta de acceso o deberá estar de acuerdo con las distancias indicadas en la para el cuerpo de bomberos, deberán proveerse bocas de etiqueta de la agencia de aprobación. [230:5.2.2.4] salida de la columna de agua Clase I conectadas a un sistema dimensionado para enviar 946,4 L/min (250 gpm) en la 20.15.7.2.5* Deberá mantenerse un espacio libre para las boca de salida hidráulicamente más alejada de acuerdo con luces o accesorios de las mismas para prevenir la ignición. 20.15.7.6. [230:5.2.2.5] 20.15.7.2.6 Deberá mantenerse un espacio libre alrededor 20.15.7.6.2 Deberá permitirse que la boca de salida sea del recorrido de la puerta cortafuego para asegurar una opeabastecida por el sistema de rociadores y deberá ser calcuración e inspección apropiadas. [230:5.2.2.6] lada hidráulicamente. 20.15.7.3 Fumar. 20.15.7.6.3 Deberán proveerse bocas de salida de la columna de agua en las siguientes ubicaciones: 20.15.7.3.1 Deberá estar prohibido fumar excepto en las ubicacion designadas Edición 2003 1-190 CÓDIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCEN TM (1) En cada pasadizo de salida en la entrada de las áreas de 21.1.3.2 Fumar deberá estar de acuerdo con la Sección 10.10. almacenamiento al pasadizo (2) En cada descanso intermedio entre los pisos en todas las 21.2 Terminales. escaleras de salida que sirvan al área de almacenamiento (3) En las entradas exteriores al área de almacenamiento 21.2.1 Aplicación. Los edificios terminales del aeropuerto deberán cumplir con los requisitos de la Sección 21.2 y 20.16 Estructuras Especiales y Edificios de Gran Altura. NFPA 415, Standard on Airport Terminal Buildings, Fueling Ramp Drainage, and Loading Walkways. 20.16.1 Aplicación. 21.2.2 Generalidades. 20.16.1.1 Las estructuras especiales y edificios de gran altura nuevos y existentes deberán estar de acuerdo con la edi- 21.2.2.1 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos, ción de referencia de NFPA 101. deberán cumplir con 1.12.19. 20.16.1.2 Los escenarios en los estudios de producción de 21.2.2.2 Acceso para el Cuerpo de Bomberos. Deberán cine y televisión y las instalaciones aprobadas de producproveerse y mantenerse vías de acceso para el cuerpo de ción deberán estar de acuerdo con NFPA 140, Standard on bomberos de acuerdo con la Sección 18.2 para todos los Motion Picture and Televisión Production Studio edificios de las terminales de los aeropuertos. Soundstages and Approved Production Facilities. 21.2.2.3 Fumar. 20.17 Edificios Históricos. 21.2.2.3.1 Deberá prohibirse fumar en las rampas de com- 20.17.1 Las disposiciones de este Código relacionadas con bustible y en los pasillos de carga. la construcción, reparación, modificación, agrandamiento, restauración y desplazamiento de edificios o estructuras no 21.2.2.3.2 Fumar deberá estar de acuerdo con la Sección 10.10. deberán ser mandatorias para los edificios o estructuras identificados y clasificados por el estado o las autoridades 21.2.3 Generalidades. gubernamentales locales como edificios históricos cuando dichos edificios sean juzgados por la autoridad competente 21.2.3.1* Los edificios terminales del aeropuerto deberán como seguros y que no constituyan un riesgo grave para la ser de construcción Tipo I, Tipo II o Tipo IV, según lo defiseguridad humana. nido en NFPA 220, Standard on Types of Building Construction. [415:4.1.1] 20.17.2* Los edificios históricos deberán estar de acuerdo con NFPA 99, Code for the Protection of Cultural Resources. 21.2.3.2* El acabado interior deberá limitarse a lo permitido en los lugares de reuniones públicas Clase A según lo especificado en NFPA 101®, Life Safety Code®. [415:4.1.2] Capítulo 21 Aeropuertos y Helipuertos. 21.2.3.3 Las rampas e instalaciones de abastecimiento de 21.1 Hangares. La construcción y la protección de los hancombustible para aeronaves deberán diseñarse de acuerdo gares de aeronaves contra incendios deberá cumplir con con NFPA 407, Standard for Aircraft Fuel Servicing, and esta sección; NFPA 409, Standard on Aircraft Hangars; Capítulo 5 de NFPA 415, Standard on Airport Terminal Buildings, NFPA 410, Standard on Aircraft Maintenance; la Sección Fueling Ramp Drainage, and Loading Walkways. [415:4.1.3] 40.6 y la Sección 42.6 de NFPA 101. 21.1.1 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos, 21.2.3.4 Las áreas por debajo del nivel del piso y los espacios sin salida en los edificios de terminales de los aerodeberán cumplir con 1.12.19. puertos deberán protegerse contra combustible inflamable o 21.1.2 Acceso para el Cuerpo de Bomberos. Deberán contra la penetración de vapores o deberán ser ventiladas proveerse y mantenerse vías de acceso para el cuerpo de mecánicamente para proveer como mínimo cuatro cambios bomberos de acuerdo con la Sección 18.2 para todos los de aire completos por hora. El sistema de ventilación mecáhangares de aeronaves. nica deberá instalarse de acuerdo con los Capítulos 2 y 3 de NFPA 91, Standard for Exhaust Systems for Air Conveying 21.1.3 Fumar. of Vapors, Gases, Mists, and Noncombustible Particulate 21.1.3.1 Deberá prohibirse fumar en los hangares de aero- Solids. [415:4.1.4] naves. Edición 2003 1-191 AEROPUERTOS Y HELIPUERTOS 21.2.3.5* Aberturas Cubiertas de Material Vidriado 21.2.4.2* Las aberturas de entrada y escape de aire de abas- Frente a la Rampa. tecimiento para los equipos de aire acondicionado o de ventilación que sirven el edificio terminal, si están localizados 21.2.3.5.1 No deberá requerirse que las aberturas cubiertas en el lado de la rampa, deberán estar mínimo a 3 m (10 pies) con material vidriado cuya parte más baja del material por encima del nivel del piso de la rampa y deberán estar vidriado no sea inferior a 2,1 m (7 pies) por encima de cada mínimo a 15 m (50 pies) de cualquier punto de salida de nivel del piso terminado cumplan con 21.2.3.5.3. vapor inflamable. [415:4.2.2] [415:4.1.5.1] 21.2.4.3* Las aberturas hacia los cuartos que contengan 21.2.3.5.2 No deberá requerirse que las aberturas cubiertas equipos alimentados por carbón, gas o petróleo o un cuarto con material vidriado listado para uso en una barrera cortaque contenga cualquier dispositivo de llama abierta, que fuego e instalado de acuerdo con el listado cumplan con enfrente el lado de la rampa de la terminal deberá estar por 21.2.3.5.3. [415:4.1.5.2] encima de la gradiente de la rampa y a 15 m (50 pies) de cualquier otro punto de salida de vapor inflamable. 21.2.3.5.3 Cuando los puntos potenciales de derrame de combustible están ubicados a una distancia inferior a 30,5 [415:4.2.3] m (100 pies) horizontalmente desde las entradas cubiertas 21.2.4.4 Los tubos verticales de evacuación o chimeneas de con material vidriado en las paredes de edificios terminales una caldera, calentador o incinerador deberán terminar mínide aeropuertos que dan hacia la rampa del aeropuerto, éstos mo a 6,1 m (20 pies) por encima de la gradiente de la rampa deberán proveerse de un sistema de pulverización de agua y de la cubierta del edificio. Los tubos verticales de evacuaactivado automáticamente de acuerdo con 21.2.3.5.3.1, o ción o chimeneas de calderas o estufas que usen combusticon un sistema listado de persiana contra incendios activables sólidos o de cualquier incinerador deberán ajustarse con do automáticamente de acuerdo con 21.2.3.5.3.2. (Ver doble cribado para controlar las chispas y las cenizas vola- Anexo C de NFPA 415.) [415:4.1.5.3] doras. Dichos tubos verticales o chimeneas deberán localizarse de tal forma que la salida esté mínimo a 30,5 m (100 21.2.3.5.3.1 Cuando se provean sistemas de pulverización pies) horizontalmente de cualquier posición de aeronaves o de agua activados automáticamente, éstos deberán instalarde cualquier punto de salida de vapores inflamables. se de acuerdo con NFPA 15, Standard for Water Spray Fixed Systems for Fire Protection. [415:4.1.5.3.1] 21.2.5* Además de los requisitos de señalización de la salida especificados en NFPA 101, Life Safety Code las puer- (A) El sistema deberá estar diseñado para proveer una dentas que sirvan como salidas que descarguen en una rampa sidad mínima de 10,2 (L. /min)/m² [0,25 gpm/pie²] sobre el del aeropuerto y que están provistas únicamente con el proárea exterior de la superficie del material vidriado. pósito de cumplir con los requisitos de egreso desde emer- [415:4.1.5.3.1.1] gencia de las áreas públicas deberán marcarse como "Salida de Emergencia Únicamente" en letras de mínimo 50 mm (2 (B) Cuando se usen sistemas múltiples de pulverización de pulg.) de altura. [415:4.3.2] agua, el suministro de agua deberá estar en capacidad de abastecer todos los sistemas que puedan esperarse que fun- 21.2.6* Protección Contra Incendios Sistemas de cionen como resultado de de un incidente de incendio. Rociadores. [415:4.1.5.3.1.2] 21.2.6.1 El edificio terminal del aeropuerto que tenga un (C) El análisis de diseño del sistema de detección para el área total de piso superior a 1.115 m² (12.000 pies²) para la sistema de pulverización de agua deberá incluir consideraparte de reuniones públicas de la terminal deberá estar prociones sobre las alarmas falsas y el tiempo de respuesta del vista de un sistema de rociadores automáticos de acuerdo detector. [415:4.1.5.3.1.3] con NFPA 13, Standard for the Installation of Sprinkler Systems. [415:4.5.1.1] 21.2.3.5.3.2 Cuando se provea una persiana contra incendio listada, activada automáticamente, ésta deberá instalar- 21.2.6.2 Los edificios terminales que tengan áreas totales de se de acuerdo con su listado. [415:4.1.5.3.2] piso inferiores a 1.115 m² (12.000 pies²) para reuniones públicas de la ocupación no deberán estar provistos de un 21.2.4 Calefacción, Ventilación y Aire Acondicionado. sistema de rociadores automáticos. [415:4.5.1.2] 21.2.4.1 Los sistemas de Calefacción, Ventilación y Aire 21.2.6.2.1 Las áreas para el manejo de pasajeros deberán Acondicionado deberán instalarse de acuerdo con la clasificarse como Ocupaciones Grupo 2 de Riesgo Seccion Sección (aplicable Edición 2003 1-192 GO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE TM Moderado, según lo definido en NFPA 13, Standard for the la terminal del aeropuerto superiores a dos pisos [10,7 m Installation of Sprinkler Systems, para propósitos de diseño (35 P.)] de altura o 30,5 m (100 en la dimensión horizondel sistema de rociadores. [415:4.5.1.3] tal más corta. Los sistemas de montantes de agua contra incendios y mangueras deberán instalarse de acuerdo con la 21.2.6.2.2 Las áreas para el manejo de equipaje, paquetes y
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