Regl. 7364, art. 10
6, y deberán efectuar simulacros periódicamente
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Cite as Reglamento Núm. 7364, Art. 10
ción de incendios
cuando sea factible. [101:38.7.1; 101:39.7.1]
(11) La ubicación de las válvulas que controlan el suministro de agua de los rociadores de techo y en estanterÃa
20.13.2.2 Capacitación en el Uso de Extintores. Los
(12) El tipo, ubicación y especificaciones de los sistemas
empleados designados de las ocupaciones de oficinas debede eliminación de humo y de curtain board
rán ser capacitados periódicamente en el uso de extintores
(13) El tamaño y ubicación de los espacios para conductos
portátiles de incendio. [101:38.7.2; 101:39.7.2]
de humo
(14) La información adicional con respecto a las caracterÃs-
20.14 Ocupaciones Industriales.
ticas requeridas del diseño, productos, disposición del
almacenamiento y caracterÃsticas de protección contra
20.14.1 Aplicación. Las ocupaciones industriales nuevas y
incendios dentro del área de almacenamiento de pilas
existentes deberán estar de acuerdo con la Sección 20.14 y
altas que debe proveerse en el momento del permiso,
la edición de referencia de NFPA 101.
cuando sea requerido por la autoridad competente
20.15.1.3 Mantenimiento de los Pasillos.
20.15 Ocupaciones de Almacenamiento.
20.15.1.3.1 Mientras no se realice un reabastecimiento de
20.15.1 Las ocupaciones de almacenamiento nuevas y exisexistencias, los pasillos deberán mantenerse libres de almatentes deberán estar de acuerdo con la Sección 20.15, los
cenamiento, material de desecho y escombros.
códigos o normas apropiados de referencia en el CapÃtulo 2
20.15.1.3.2 Las puertas de acceso para el cuerpo de bombe-
y NFPA 101.
ros, pasillos y puertas de salida no deberán estar obstruidas.
20.15.1.1 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos
20.15.1.3.3 Durante las operaciones de reabastecimiento de
deberán estar de acuerdo con 1.12.19.
existencias utilizando métodos manuales de almacenamiento, deberá mantenerse un ancho mÃnimo del pasillo sin obs-
20.15.1.2 Presentación de Planos y Especificaciones. En
truir de 61 cm (24 pulg.) en pasillos de 122 cm (48 pulg.) o
el momento de aplicar para un permiso, los planos y espeinferiores, y deberá mantenerse un ancho mÃnimo del pasicificaciones deberán ser presentados para su revisión y
llo sin obstruir de la mitad del ancho requerido en los pasiaprobación.
llos superiores a 122 cm (48 pulg.).
20.15.1.2.1 Tras la aprobación de los planos, deberá man-
20.15.1.3.4 Durante las operaciones de almacenamiento
tenerse una copia de los planos aprobados en el local en una
mecánico, deberá mantenerse un ancho mÃnimo del pasillo
ubicación aprobada.
sin obstruir de (44 pulg)
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1-188
CÓDIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM
20.15.1.4* Los productos de riesgo alto sin recipientes de
(2) Todas las instalaciones diseñadas para fabricar y maniprotección no deberán ser almacenados o exhibidos dentro
pular almidón, incluyendo secar, moler, transportar, prodel espacio de 30 m (100 pies) de las puertas principales de
cesar, empacar y almacenar almidón seco 0 modificado
entrada/salida.
y los productos secos y polvos producidos por estos procesos
20.15.1.5 Plan de Emergencia y Capacitación del Personal.
(3) Aquellos sistemas de preparación de semillas y de manipulación de alimentos de las plantas procesadoras de
20.15.1.5.1 Deberá haber en efecto un plan por escrito
semillas oleaginosas no cubiertos por NFPA 36,
aprobado para el egreso de emergencia y reubicación de los
Standard for Solvent Extraction Plants [61:1.1.1]
ocupantes. [101:36.4.5.6.1; 101:37.4.5.6.1]
20.15.3.2 NFPA, 61, Standard for the Prevention of Fires
20.15.1.5.2 Todos los empleados deberán ser instruidos y
and Dust Explosions in Agricultural and Food Processing
periódicamente deberán efectuar simulacros con respecto a
Facilities, no deberá aplicarse a las plantas de extracción de
sus deberes y de acuerdo con el plan. [101:36.4.5.6.2;
semillas oleaginosas cubiertas por NFPA 36, Standard for
101:37.4.5.6.2]
Solvent Extraction Plants. [61:1.1.2]
20.15.2 Disposiciones Especiales.
20.15.3.3 Aplicabilidad. A menos que sea especificado de
otra manera, las disposiciones de 20.15.3 sobre elevadores
20.15.2.1* Cuando sea requerida la protección con un sistede almacenamiento a granel no deberán ser aplicadas a insma de rociadores automáticos por otra sección de este
talaciones, equipos o estructuras existentes o aprobadas
Código, el almacenamiento de combustibles también debepara ser construidas o instaladas antes de la fecha de vigenrá estar de acuerdo con NFPA 230, Standard or the Fire
cia de este Código, excepto en aquellos casos en que sea
Protection of Storage. (Ver 13.3.2.22)
determinado por la autoridad competente que la situación
existente involucra un riesgo distintivo para la vida o la pro-
20.15.2.2 El almacenamiento, disposición, protección y
piedad adyacente.
cantidades de productos peligrosas deberán estar de acuerdo con las partes aplicables de las siguientes normas:
20.15.3.3.1 Los requisitos del CapÃtulo 11 de NFPA 61,
Standard for the Prevention of Fires and Dust Explosions in
(1) NFPA 13 Standard for the Installation of Sprinker Systems
Agricultural and Food Processing Facilities, deberán ser
(2) NFPA 30, Flammable and Combustible Liquids Code
aplicados a todas las instalaciones.
(3) NFPA 30B, Code for the Manufacture and Storage of Aerosol Products
(4) NFPA 230, Standard for the Fire Protection of Storage
20.15.4 Almacenamiento de Llantas de Caucho.
(5) NFPA 430, Code for the Storage of Liquid and Solid Oxidizers
(6) NFPA 432, Code for the Storage of Organic Peroxide Formulations
20.15.4.1 El almacenamiento de llantas de caucho deberá
(7) NFPA 434, Code for the Storage of Pesticides
estar de acuerdo con NFPA 230, Standard for the Fire
(8) NFPA 1124, Code for the Manufacture, Transportation,
Protection of Storage.
Storage and Retail Sales of Fireworks and Pyrotechnic
Articles [101:36.4.5.3.1; 101:37.4.5.3.1]
20.15.4.1.1 Los edificios que almacenen llantas de caucho
deberán ser eximidos para el cumplimiento de 20.15.4.1.
20.15.3 Elevadores de Almacenamiento a Granel. Los
elevadores de almacenamiento a granel deberán estar de
20.15.4.2 Permisos. Los permisos, cuando sean requeriacuerdo con 20.15.3.1 y NFPA 61, Standard for the
dos, deberán estar de acuerdo con 1.12.19.
Prevention of Fires and Dust Explosions in Agricultural
and Food Processing Facilities.
20.15.5 Almacenamiento de Discos.
20.15.3.1 Los elevadores de almacenamiento a granel
20.15.5.1 Los equipos de protección de discos, instalaciodeberán incluir todo lo siguiente:
nes y técnicas para manipular discos que proporcionen protección contra los riesgos del fuego deberán estar de acuer-
(1) Todas las instalaciones que reciban, manipulen, procedo con 20.15.5 y NFPA 232, Standard for the Protection of
sen, sequen, mezclen, usen, muelan, empaquen, almace-
Records.
nen o envÃen materiales agrÃcolas a granel, sus subproductos, 0 polvos que incluyan granos, semillas oleagino-
20.15.5.2* Debido al volumen de los discos, 20.15.5.1 no
sas, semillas agrÃcolas, legumbres, azúcar, harina, condeberá cubrir grandes archivos o edificios para el almacenadimentos, comida y demás productos relacionados
miento de discos.
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1-189
SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS DE LAS OCUPACIONES
20.15.6 Almacenamiento de PelÃculas de Cine de Nitrato
20.15.7.3.2 Deberán exhibirse avisos que digan "No
de Celulosa. El almacenamiento y manipulación de los
Fumar" en las áreas prohibidas. [230:5.4.5.2]
registros de pelÃculas de nitrato de celulosa deberán estar de
acuerdo con 20.15.5 y NFPA 40, Standard for the Storage
20.15.7.4 Disposición del Almacenamiento.
and Handling of Cellulose Nitrate Film.
20.15.7.4.1* Carga de Estantes. Los estantes no deberán
20.15.6.1 Permisos. Los permisos, cuando sean requericargarse más allá de su capacidadde diseño. [230:7.3.2]
dos, deberán estar de acuerdo con 1.12.19.
20.15.7.5 Puertas de Acceso.
20.15.7 Almacenamiento en Pilas Altas.
20.15.7.5.1 Generalidades.
20.15.7.1 Alcance. Los edificios que contengan almacenamiento en pilas altas deberán estar de acuerdo con NFPA 13,
20.15.7.5.1.1 Cuando la autoridad competente requiera
Standard for the Installation of Sprinkler Systems; NFPA 230,
acceso al edificio, deberán proveerse puertas de acceso para
Standard for the Fire Protection of Storage, y 20.15.7.
el cuerpo de bomberos de acuerdo con este Código.
20.15.7.1.1 Permisos. Los permisos, cuando sean requeri-
20.15.7.5.1.2 Las puertas de acceso deberán ser accesibles
dos, deberán estar de acuerdo con 1.12.19.
sin el uso de una escalera de mano.
20.15.7.2 Espacio Libre del Producto.
20.15.7.5.2 Número Requerido de Puertas. Deberá proveerse mÃnimo una puerta de acceso en cada 30,5 m (100
20.15.7.2.1 La distancia entre la parte superior del almacepies lineales), o una fracción superior a esta cantidad, de los
namiento y los deflectores de los rociadores deberá estar de
muros exteriores frente a las vÃas requeridas de acceso.
acuerdo con NFPA 13, Standard for the Installation of
Sprinkler Systems. [230:5.2.2.1]
20.15.7.5.3 Tipo y Tamaño de las Puertas.
20.15.7.2.2* Si el producto es almacenado por encima del
20.15.7.5.3.1 Las puertas de acceso no deberán ser inferiores
cordón inferior de las armaduras para techo, deberá mante-
a 0,9 m (3 pies) de ancho y 2m (6 pies 8 pulg.) de altura.
nerse un espacio libre no inferior a 30,5 cm (1 pie) para permitir que las armaduras se mojen, a menos que la armadura
20.15.7.5.3.2 No deberán usarse puertas enrollables a
esté protegida con una resistencia al fuego de 1 hora.
menos que sean aprobadas.
[230:5.2.2.2]
20.15.7.2.3 La distancia entre el almacenamiento y los con-
20.15.7.5.4 Dispositivos de Cierre. Sólo deberán usarse
ductos deberá mantenerse de acuerdo con NFPA 91, Standard
dispositivos de cierre aprobados.
for Exhaust Systems for Air Conveying of Vapors, Gases,
Mists, and Noncombustible Particulate Solids. [230:5.2.2.3]
20.15.7.6 Conexiones de las Mangueras del Cuerpo de
Bomberos.
20.15.7.2.4 La distancia entre los materiales almacenados
y los calentadores unitarios, calentadores radiantes de
20.15.7.6.1 Cuando cualquier parte de un área de almaceambiente, hornos de conductos y conductos de humo no
namiento combustible en pilas altas se encuentre a una disdeberá ser inferior a 3 pies (0,9 m) en todas las direcciones
tancia superior a 61 m (200 pies) de una puerta de acceso
o deberá estar de acuerdo con las distancias indicadas en la
para el cuerpo de bomberos, deberán proveerse bocas de
etiqueta de la agencia de aprobación. [230:5.2.2.4]
salida de la columna de agua Clase I conectadas a un sistema dimensionado para enviar 946,4 L/min (250 gpm) en la
20.15.7.2.5* Deberá mantenerse un espacio libre para las
boca de salida hidráulicamente más alejada de acuerdo con
luces o accesorios de las mismas para prevenir la ignición.
20.15.7.6.
[230:5.2.2.5]
20.15.7.2.6 Deberá mantenerse un espacio libre alrededor
20.15.7.6.2 Deberá permitirse que la boca de salida sea
del recorrido de la puerta cortafuego para asegurar una opeabastecida por el sistema de rociadores y deberá ser calcuración e inspección apropiadas. [230:5.2.2.6]
lada hidráulicamente.
20.15.7.3 Fumar.
20.15.7.6.3 Deberán proveerse bocas de salida de la columna de agua en las siguientes ubicaciones:
20.15.7.3.1 Deberá estar prohibido fumar excepto en las
ubicacion
designadas
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CÓDIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCEN
TM
(1) En cada pasadizo de salida en la entrada de las áreas de
21.1.3.2 Fumar deberá estar de acuerdo con la Sección 10.10.
almacenamiento al pasadizo
(2) En cada descanso intermedio entre los pisos en todas las
21.2 Terminales.
escaleras de salida que sirvan al área de almacenamiento
(3) En las entradas exteriores al área de almacenamiento
21.2.1 Aplicación. Los edificios terminales del aeropuerto
deberán cumplir con los requisitos de la Sección 21.2 y
20.16 Estructuras Especiales y Edificios de Gran Altura.
NFPA 415, Standard on Airport Terminal Buildings,
Fueling Ramp Drainage, and Loading Walkways.
20.16.1 Aplicación.
21.2.2 Generalidades.
20.16.1.1 Las estructuras especiales y edificios de gran altura nuevos y existentes deberán estar de acuerdo con la edi-
21.2.2.1 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos,
ción de referencia de NFPA 101.
deberán cumplir con 1.12.19.
20.16.1.2 Los escenarios en los estudios de producción de
21.2.2.2 Acceso para el Cuerpo de Bomberos. Deberán
cine y televisión y las instalaciones aprobadas de producproveerse y mantenerse vÃas de acceso para el cuerpo de
ción deberán estar de acuerdo con NFPA 140, Standard on
bomberos de acuerdo con la Sección 18.2 para todos los
Motion Picture and Televisión Production Studio
edificios de las terminales de los aeropuertos.
Soundstages and Approved Production Facilities.
21.2.2.3 Fumar.
20.17 Edificios Históricos.
21.2.2.3.1 Deberá prohibirse fumar en las rampas de com-
20.17.1 Las disposiciones de este Código relacionadas con
bustible y en los pasillos de carga.
la construcción, reparación, modificación, agrandamiento,
restauración y desplazamiento de edificios o estructuras no
21.2.2.3.2 Fumar deberá estar de acuerdo con la Sección 10.10.
deberán ser mandatorias para los edificios o estructuras
identificados y clasificados por el estado o las autoridades
21.2.3 Generalidades.
gubernamentales locales como edificios históricos cuando
dichos edificios sean juzgados por la autoridad competente
21.2.3.1* Los edificios terminales del aeropuerto deberán
como seguros y que no constituyan un riesgo grave para la
ser de construcción Tipo I, Tipo II o Tipo IV, según lo defiseguridad humana.
nido en NFPA 220, Standard on Types of Building
Construction. [415:4.1.1]
20.17.2* Los edificios históricos deberán estar de acuerdo
con NFPA 99, Code for the Protection of Cultural Resources.
21.2.3.2* El acabado interior deberá limitarse a lo permitido en los lugares de reuniones públicas Clase A según lo
especificado en NFPA 101®, Life Safety Code®. [415:4.1.2]
CapÃtulo 21 Aeropuertos y Helipuertos.
21.2.3.3 Las rampas e instalaciones de abastecimiento de
21.1 Hangares. La construcción y la protección de los hancombustible para aeronaves deberán diseñarse de acuerdo
gares de aeronaves contra incendios deberá cumplir con
con NFPA 407, Standard for Aircraft Fuel Servicing, and
esta sección; NFPA 409, Standard on Aircraft Hangars;
CapÃtulo 5 de NFPA 415, Standard on Airport Terminal Buildings,
NFPA 410, Standard on Aircraft Maintenance; la Sección
Fueling Ramp Drainage, and Loading Walkways. [415:4.1.3]
40.6 y la Sección 42.6 de NFPA 101.
21.1.1 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos,
21.2.3.4 Las áreas por debajo del nivel del piso y los espacios sin salida en los edificios de terminales de los aerodeberán cumplir con 1.12.19.
puertos deberán protegerse contra combustible inflamable o
21.1.2 Acceso para el Cuerpo de Bomberos. Deberán
contra la penetración de vapores o deberán ser ventiladas
proveerse y mantenerse vÃas de acceso para el cuerpo de
mecánicamente para proveer como mÃnimo cuatro cambios
bomberos de acuerdo con la Sección 18.2 para todos los
de aire completos por hora. El sistema de ventilación mecáhangares de aeronaves.
nica deberá instalarse de acuerdo con los CapÃtulos 2 y 3 de
NFPA 91, Standard for Exhaust Systems for Air Conveying
21.1.3 Fumar.
of Vapors, Gases, Mists, and Noncombustible Particulate
21.1.3.1 Deberá prohibirse fumar en los hangares de aero-
Solids. [415:4.1.4]
naves.
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1-191
AEROPUERTOS Y HELIPUERTOS
21.2.3.5* Aberturas Cubiertas de Material Vidriado
21.2.4.2* Las aberturas de entrada y escape de aire de abas-
Frente a la Rampa.
tecimiento para los equipos de aire acondicionado o de ventilación que sirven el edificio terminal, si están localizados
21.2.3.5.1 No deberá requerirse que las aberturas cubiertas
en el lado de la rampa, deberán estar mÃnimo a 3 m (10 pies)
con material vidriado cuya parte más baja del material
por encima del nivel del piso de la rampa y deberán estar
vidriado no sea inferior a 2,1 m (7 pies) por encima de cada
mÃnimo a 15 m (50 pies) de cualquier punto de salida de
nivel del piso terminado cumplan con 21.2.3.5.3.
vapor inflamable. [415:4.2.2]
[415:4.1.5.1]
21.2.4.3* Las aberturas hacia los cuartos que contengan
21.2.3.5.2 No deberá requerirse que las aberturas cubiertas
equipos alimentados por carbón, gas o petróleo o un cuarto
con material vidriado listado para uso en una barrera cortaque contenga cualquier dispositivo de llama abierta, que
fuego e instalado de acuerdo con el listado cumplan con
enfrente el lado de la rampa de la terminal deberá estar por
21.2.3.5.3. [415:4.1.5.2]
encima de la gradiente de la rampa y a 15 m (50 pies) de
cualquier otro punto de salida de vapor inflamable.
21.2.3.5.3 Cuando los puntos potenciales de derrame de
combustible están ubicados a una distancia inferior a 30,5
[415:4.2.3]
m (100 pies) horizontalmente desde las entradas cubiertas
21.2.4.4 Los tubos verticales de evacuación o chimeneas de
con material vidriado en las paredes de edificios terminales
una caldera, calentador o incinerador deberán terminar mÃnide aeropuertos que dan hacia la rampa del aeropuerto, éstos
mo a 6,1 m (20 pies) por encima de la gradiente de la rampa
deberán proveerse de un sistema de pulverización de agua
y de la cubierta del edificio. Los tubos verticales de evacuaactivado automáticamente de acuerdo con 21.2.3.5.3.1, o
ción o chimeneas de calderas o estufas que usen combusticon un sistema listado de persiana contra incendios activables sólidos o de cualquier incinerador deberán ajustarse con
do automáticamente de acuerdo con 21.2.3.5.3.2. (Ver
doble cribado para controlar las chispas y las cenizas vola-
Anexo C de NFPA 415.) [415:4.1.5.3]
doras. Dichos tubos verticales o chimeneas deberán localizarse de tal forma que la salida esté mÃnimo a 30,5 m (100
21.2.3.5.3.1 Cuando se provean sistemas de pulverización
pies) horizontalmente de cualquier posición de aeronaves o
de agua activados automáticamente, éstos deberán instalarde cualquier punto de salida de vapores inflamables.
se de acuerdo con NFPA 15, Standard for Water Spray
Fixed Systems for Fire Protection. [415:4.1.5.3.1]
21.2.5* Además de los requisitos de señalización de la salida especificados en NFPA 101, Life Safety Code las puer-
(A) El sistema deberá estar diseñado para proveer una dentas que sirvan como salidas que descarguen en una rampa
sidad mÃnima de 10,2 (L. /min)/m² [0,25 gpm/pie²] sobre el
del aeropuerto y que están provistas únicamente con el proárea exterior de la superficie del material vidriado.
pósito de cumplir con los requisitos de egreso desde emer-
[415:4.1.5.3.1.1]
gencia de las áreas públicas deberán marcarse como "Salida
de Emergencia Únicamente" en letras de mÃnimo 50 mm (2
(B) Cuando se usen sistemas múltiples de pulverización de
pulg.) de altura. [415:4.3.2]
agua, el suministro de agua deberá estar en capacidad de
abastecer todos los sistemas que puedan esperarse que fun-
21.2.6* Protección Contra Incendios Sistemas de
cionen como resultado de de un incidente de incendio.
Rociadores.
[415:4.1.5.3.1.2]
21.2.6.1 El edificio terminal del aeropuerto que tenga un
(C) El análisis de diseño del sistema de detección para el
área total de piso superior a 1.115 m² (12.000 pies²) para la
sistema de pulverización de agua deberá incluir consideraparte de reuniones públicas de la terminal deberá estar prociones sobre las alarmas falsas y el tiempo de respuesta del
vista de un sistema de rociadores automáticos de acuerdo
detector. [415:4.1.5.3.1.3]
con NFPA 13, Standard for the Installation of Sprinkler
Systems. [415:4.5.1.1]
21.2.3.5.3.2 Cuando se provea una persiana contra incendio listada, activada automáticamente, ésta deberá instalar-
21.2.6.2 Los edificios terminales que tengan áreas totales de
se de acuerdo con su listado. [415:4.1.5.3.2]
piso inferiores a 1.115 m² (12.000 pies²) para reuniones
públicas de la ocupación no deberán estar provistos de un
21.2.4 Calefacción, Ventilación y Aire Acondicionado.
sistema de rociadores automáticos. [415:4.5.1.2]
21.2.4.1 Los sistemas de Calefacción, Ventilación y Aire
21.2.6.2.1 Las áreas para el manejo de pasajeros deberán
Acondicionado deberán instalarse de acuerdo con la
clasificarse como Ocupaciones Grupo 2 de Riesgo
Seccion Sección (aplicable
Edición 2003
1-192
GO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE TM
Moderado, según lo definido en NFPA 13, Standard for the
la terminal del aeropuerto superiores a dos pisos [10,7 m
Installation of Sprinkler Systems, para propósitos de diseño
(35 P.)] de altura o 30,5 m (100 en la dimensión horizondel sistema de rociadores. [415:4.5.1.3]
tal más corta. Los sistemas de montantes de agua contra
incendios y mangueras deberán instalarse de acuerdo con la
21.2.6.2.2 Las áreas para el manejo de equipaje, paquetes y