Regl. 7364, art. 42 dup2
4, el almacenamiento de combustible, tubería y
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Cite as Reglamento Núm. 7364, Art. 42 dup2
palabra PRESIONAR o HALAR, según sea apropiado.
sistema dispensador deberá estar de acuerdo con los requi-
Cualquier acción necesaria para acceder al dispositivo de
sitos de NFPA 30, Flammable and Combustible Liquids
corte (ej. ROMPER EL VIDRIO) deberá mostrarse clara-
Code, y con las partes aplicables de NFPA 407 y NFPA 1.
mente. El texto deberá ser de un color fuertemente contrastante con el fondo del cartel para que sea visible. Los carte-
[407:4.5.2.1]
les deberán ser resistentes a la intemperie, deberán ubicarse
42.4.4.2.2 El sistema completo deberá ser diseñado de
visiblemente y deberán colocarse de manera que puedan ser
manera que ninguna parte del sistema sea sometida a previstos fácilmente desde una distancia de mínimo 7,6 m (25
siones por encima de su presión de trabajo. [407:4.5.2.2]
pies). [407:4.5.9.3]
42.4.4.2.3 El sistema de almacenamiento de combustible
42.4.4.5 Protección contra Incendios. La protección condeberá ser ubicado por al nivel del terreno o debajo del
tra incendios deberá conformarse a los requisitos de NFPA
mismo. [407:4.5.2.3]
418, Standard for Heliports. [407:4.5.10]
42.4.4.3 Bombas.
42.4.4.6 Capacitación del Personal. Todo el personal de
helipuerto deberá estar capacitado en el manejo de los con-
42.4.4.3.1 Las bombas deberán ser ubicadas al nivel del
troles de corte de combustible de emergencia y en el uso de
terreno, o debajo del mismo. No deberá permitirse el bomlos extintores de incendio disponibles. [407:4.5.11]
beo del relai. [407:4.5.3.1]
42.4.5 Operaciones.
42.4.4.3.2 Las bombas instaladas en el exterior de edificios
deberán ubicarse mínimo a 1,5 m (5 pies) de la abertura de
42.4.5.1 Generalidades.
cualquier edificio. Deberán anclarse sustancialmente y protegerse contra los daños físicos resultantes de posibles coli-
42.4.5.1.1 Sólo el personal autorizado capacitado en el
siones. [407:4.5.3.2]
manejo seguro de los equipos, en el manejo de los controles de emergencia y en los procedimientos a seguir en una
42.4.4.3.3 Las bombas instaladas en el interior de un edifiemergencia deberá aprovisionar de combustible la aeronave
cio deberán estar en una sala separada sin aberturas que den
o sacar el combustible de la misma. [407:5.1.1]
a otras partes del edificio. La sala de bombas deberá estar
ventilada adecuadamente. Las instalaciones y equipos eléc-
42.4.5.1.2 Cuando una válvula o dispositivo eléctrico se
tricos deberán conformarse a los requisitos del Artículo 515
use para el aislamiento durante el mantenimiento o modifide NFPA 70, National Electrical Code®. [407:4.5.3.3]
cación del sistema de combustible, ésta deberá ser etiquetada/trabada. La etiqueta/traba no deberá quitarse hasta que se
42.4.4.4 Estaciones de Corte de Combustible de
haya completado la operación. [407:5.1.2]
Emergencia.
42.4.5.2* Prevención y Control de Derrames.
42.4.4.4.1 Deberá proveerse un sistema para cortar completamente el flujo de combustible en una emergencia. El
42.4.5.2.1 El equipo de servicio de combustible deberá
sistema deberá cortar el combustible al nivel del terreno.
estar de acuerdo con los requisitos de esta norma y deberá
Los controles de corte de combustible de emergencia debemantenerse en condiciones seguras de funcionamiento. Los
rán ser adicionales a los controles normales de funcionaequipos con escapes o que no funcionen bien deberán
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DIOS
ponerse fuera de servicio. [407:5.2.1]
42.4.5.3.2 Deberá establecerse un procedimiento para notificar al cuerpo de bomberos que presta servicio al aeropuerto en
42.4.5.2.2 Después de aprovisionar de combustible una
caso de que se active una estación de control. [407:5.3.2]
aeronave todas las mangueras deberán retirarse, incluyendo
aquellas de los sistemas de hidrantes. [407:5.2.2]
42.4.5.3.3 Si el flujo de combustible se detiene por algún
motivo, primero deberá asumirse que se ha activado un sis-
42.4.5.2.3 Las boquillas de combustible no deberán ser
tema de corte de combustible de emergencia. La causa del
arrastradas por el suelo. [407:5.2.3]
corte deberá corregirse antes de iniciar nuevamente el flujo
de combustible. [407:5.3.3]
42.4.5.2.4 Las bombas, ya sean accionadas manualmente o
por energía, deberán ser utilizadas cuando las aeronaves
42.4.5.3.4 Deberá revisarse el funcionamiento de los sistemas
sean aprovisionadas de combustible desde cilindros. No
de corte de combustible de emergencia a intervalos que no
deberá permitirse verter o el flujo por gravedad desde un
excedan 6 meses. Cada dispositivo individual deberá ser revirecipiente con una capacidad superior a 18,9 L (5 gal).
sado mínimo una vez en cada período de 12 meses. [407:5.3.4]
[407:5.2.4]
42.4.5.3.5 Deberán mantenerse registros adecuados de los
42.4.5.2.5 Cuando se observe un derrame, deberá detenerse
ensayos requeridos en 42.4.5.3. [407:5.3.5]
el servicio de combustible inmediatamente mediante la
liberación de los controles de interrupción automática. En
42.4.5.4* Uniones.
caso de que un derrame continúe, el corte de combustible de
emergencia deberá ser accionado. En caso de que un derra-
42.4.5.4.1 Antes de realizar cualquier conexión para el
me continúe desde un sistema de hidrantes, el corte de comaprovisionamiento de combustible en la aeronave, el equibustible de emergencia deberá ser accionado. El supervisor
po de aprovisionamiento de combustible deberá unirse a la
deberá ser notificado de inmediato, y la operación no debeaeronave mediante el uso de un cable, de esta manera prorá ser retomada hasta que se haya limpiado el derrame y se
porcionando un recorrido de conductividad para ecualizar
determine que las condiciones sean seguras. [407:5.2.5]
el potencial entre el equipo de aprovisionamiento de combustible y la aeronave. La unión deberá mantenerse hasta
42.4.5.2.6 El equipo contra incendios del aeropuerto debeque se hayan retirado las conexiones de aprovisionamiento
rá ser notificado si un derrame supera 3 m (10 pies) en cualde combustible, de esta manera permitiendo que las cargas
quier dirección o supera 5 m² (50 pies²) de área, el flujo conseparadas que puedan generarse durante la operación de
tinua, o de otra manera es un riesgo para las personas o la
aprovisionamiento de combustible se unan nuevamente: No
propiedad. El derrame deberá ser investigado para determideberá permitirse la puesta a tierra de la aeronave durante el
nar la causa, para determinar si los procedimientos de emeraprovisionamiento de combustible. [407:5.4.1]
gencia fueron desarrollados apropiadamente y para determinar las medidas correctivas necesarias. [407:5.2.6]
42.4.5.4.2 Adicionalmente a lo anterior, cuando se aprovisione de combustible por encima del ala, la boquilla deberá
42.4.5.2.7 No deberá permitirse la transferencia de comunirse con un cable de unión de boquillas que tenga un
bustible mediante el bombeo desde un vehículo tanque
enganche o enchufe a un componente metálico de la aerohasta otro vehículo tanque dentro del espacio de 61 m (200
nave que esté conectado metálicamente al puerto de llenapies) de una aeronave. [407:5.2.7]
do del tanque. La conexión de la unión deberá realizarse
antes de quitar la tapa del llenador. Si no hay una toma de
42.4.5.2.8 Deberá permitirse que máximo un vehículo tanenchufe o un medio para adherir un enganche, el operador
que esté conectado al mismo tubo múltiple de aprovisionadeberá tocar la tapa del llenador con el surtidor de la boquimiento de combustible para aeronaves.
lla antes de retirar la tapa para ecualizar el potencial entre la
boquilla y el puerto del llenador. El dispensador deberá per-
Excepción: Cuando se proporcionen medios para prevenir
manecer en contacto con el cuello del llenador hasta que se
que el combustible fluya de regreso a un tanque debido a
haya completado el aprovisionamiento de combustible.
una diferencia en la presión de bombeo. [407:5.2.8]
[407:5.4.2]
42.4.5.3 Corte de Combustible de Emergencia.
42.4.5.4.3* Cuando se use un embudo en el aprovisionamiento de combustible de la aeronave, éste deberá perma-
42.4.5.3.1 El acceso a las estaciones de control de corte de
necer en contacto con el cuello del llenador al igual que el
combustible de emergencia deberá permanecer libre en todo
surtidor de la boquilla de aprovisionamiento de combustible
momento. [407:5.3.1]
para evitar la posibilidad de chispas en la abertura de llena-
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REAPROVISIONAMIENTO DE COMBUSTIBLE
do. Sólo deberán usarse embudos metálicos. [407:5.4.3]
42.4.5.6.3 Durante el servicio de combustible para una
aeronave por encima del ala cuando los desfogues del siste-
42.4.5.4.4 Cuando se use un servidor para el hidrante o un
ma de combustible se encuentren ubicados sobre la superficarro para el aprovisionamiento de combustible, el engancie del ala superior, los equipos no deberán colocarse debache del hidrante deberá estar conectado al sistema de
jo del borde de salida del ala. [407:5.6.3]
hidrantes antes de unir el equipo de aprovisionamiento de
combustible con la aeronave. [407:5.4.4]
42.4.5.7* Equipos Eléctricos Usados en Rampas para el
Servicio de Combustible.
42.4.5.4.5 La unión y conexiones para el aprovisionamiento de combustible deberán ser desconectadas en el orden
42.4.5.7.1 Los cargadores de batería no deberán ser conecinverso al de la conexión. [407:5.4.5]
tados, accionados o desconectados mientras que se realice
el servicio de combustible en la aeronave. [407:5.7.1]
42.4.5.4.6 Deberán usarse mangueras de conductividad
para prevenir descargas electrostáticas, pero no deberán
42.4.5.7.2* Los generadores de potencia de la tierra eléctriusarse para lograr la unión requerida. [407:5.4.6]
ca de la aeronave u otros suministros de energía de la tierra
eléctrica no deberán ser conectados o desconectados mien-
42.4.5.5 Funcionamiento de los Motores y Calentadores
tras que se realice el servicio de combustible de la aeronade Aeronaves.
ve. [407:5.7.2]
42.4.5.5.1 El aprovisionamiento de combustible no deberá
42.4.5.7.3 Las herramientas eléctricas o herramientas simirealizarse sobre una aeronave de ala fija mientras un motor
lares que puedan producir chispas o arcos no deberán ser
a bordo se encuentre en funcionamiento. (Ver 42.4.5.21)
utilizadas mientras que se realice el servicio de combustible
en la aeronave. [407:5.7.3]
Excepción: En una emergencia que resulte por la falla de
una unidad de potencia auxiliar a bordo en una aeronave
42.4.5.7.4 No deberán usarse equipos fotográficos dentro
tipo "jet" y en ausencia de un equipo adecuado de soporte
del espacio de 3 m (10 pies) del equipo de aprovisionamiende puesta a tierra, deberá permitirse que un motor de un jet
to de combustible o los puntos de llenado o de los venteos
instalado en la parte de atrás de la aeronave o sobre el ala
de los sistemas de combustible de la aeronave. [407:5.7.4]
en el lado opuesto al del aprovisionamiento de combustible
funcione durante el aprovisionamiento de combustible para
42.4.5.7.5 Los vehículos diferentes a los de servicio de
proveer energía, siempre que el funcionamiento siga los
combustible para aeronaves, y vehículos accionados por
procedimientos por escrito aprobados por la autoridad
batería que no estén de acuerdo con las disposiciones de
esta norma no deberán funcionar dentro del espacio de 3 m
competente. [407:5.5.1]
(10 pies) del equipo de aprovisionamiento de combustible o
42.4.5.5.2 Los calentadores de combustión sobre una aeroderrames. [407:5.7.5]
nave (Ej., los calentadores de la superficie del ala y de la
cola, calentadores integrales de las cabinas) no deberán fun-
42.4.5.7.6 Los equipos de comunicación usados durante las
cionar durante el aprovisionamiento de combustible.
operaciones de servicio de combustible para aeronaves den-
[407:5.5.2]
tro del espacio de 3 m (10 pies) del equipo de aprovisionamiento de combustible o puntos de llenado o de los vente-
42.4.5.6 Equipos de Motor de Combustión Interna
os deberán ser intrínsecamente seguros de acuerdo con UL
Alrededor de la Aeronave (Diferentes a los Vehículos de
913, Standard for Intrinsically Safe Apparatus and
servicio de Combustible para Aeronaves).
Associated Apparatus for Use in Class I, II and II Division
I, Hazardous (Classified) Locations. [407:5.7.6]
42.4.5.6.1 Los equipos, diferentes a aquellos que realizan
funciones de mantenimiento para la aeronave, no deberán
42.4.5.8 Llamas Abiertas sobre las Rampas para el
estar permitidos dentro del espacio de 15 m (50 pies) de la
Servicio de Combustible de Aeronaves.
aeronave durante las operaciones de servicio de combusti-
42.4.5.8.1 Las entradas a las áreas de aprovisionamiento de
ble. [407:5.6.1]
combustible deberán exhibir avisos de NO FUMAR.
42.4.5.6.2 Los equipos que realizan funciones de manteni-
[407:5.8.1]
miento para la aeronave no deberán estar ubicados dentro
de un radio de 3 m (10 pies) de las aberturas del desfogue
42.4.5.8.2 Deberán prohibirse las llamas abiertas sobre las
del de combustible de la aeronave [407:5.6.2]
rampas o plateas para el servicio de combustible de aerona-
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ves dentro del espacio de 15 m (50 pies) de cualquier opegue del sistema de combustible de la aeronave o aberturas
ración de servicio de combustible para aeronaves o de los
del tanque de combustible no esté a una distancia inferior a
equipos de aprovisionamiento de combustible. [407:5.8.2]
8 m (25 pies) de cualquier edificio de terminal, hangar, edificio de servicios o concurrencia de pasajeros encerrada
42.4.5.8.3 La categoría de llamas abiertas y dispositivos
diferente a la pasarela de carga. La aeronave que se esté
encendidos de llama abierta deberán incluir, pero no limiaprovisionando de combustible no deberá estar ubicada de
tarse a los siguientes:
manera que el desfogue o las aberturas del tanque estén
dentro del espacio de 15 m (50 pies) de cualquier toma de
(1) Cigarrillos, puros y pipas encendidos
aire de combustión y ventilación para cualquier sala de cal-
(2) Calentadores de llama expuesta, dispositivos líquidos,
deras, calentadores o incineradores. [407:5.10.2]
sólidos, o gaseosos, incluyendo los calentadores portátiles y de ruedas de gasolina o kerosén
42.4.5.10.3 La accesibilidad a la aeronave para el equipo
(3) Dispositivos productores de calor, para soldadura o
contra incendios de emergencia deberá ser establecida para
corte y sopletes
las ubicaciones del servicio de combustible para aeronaves.
(4) Marmitas de llama u otros elementos para iluminación
[407:5.10.13]
de llama abierta [407:5.8.3]
42.4.5.11 Ocupación de la Aeronave Durante las
42.4.5.8.4 La autoridad competente podría establecer otras
Operaciones de Servicio de Combustible.
ubicaciones donde no deberán permitirse llamas abiertas o
dispositivos de llama abierta. [407:5.8.4]
42.4.5.11.1 Si los pasajeros permanecen a bordo de una aeronave durante el servicio de combustible, mínimo una persona
42.4.5.8.5 El personal no deberá cargar encendedores o
calificada capacitada en procedimientos de evacuación de
fósforos mientras esté realizando operaciones de servicio de
emergencia deberá estar en la aeronave en o cerca de la puercombustible. [407:5.8.5]
ta donde haya una pasarela de carga de pasajeros, escaleras
integrales para bajar o una escalera o plataforma de carga de
42.4.5.8.6 No deberán permitirse encendedores o fósforos
pasajeros. Deberá mantenerse un área libre en caso de una
en los equipos de aprovisionamiento de combustible.
evacuación de emergencia de la aeronave en una salida adi-
[407:5.8.6]
cional como mínimo. Cuando se estén realizando las operaciones de aprovisionamiento de combustible con los pasajeros
42.4.5.9* Precauciones acerca de los Rayos.
a bordo lejos del edificio de la terminal, y no se cuente con
escaleras, por ejemplo, durante el clima inclemente (variacio-
42.4.5.9.1 Las operaciones de servicio de combustible
nes de clima), todos los deslizaderos deberán ser armados y
deberán ser suspendidas cuando se vean luces de los rayos
los servicios de ARFF deberán ser notificados para responder
en la proximidad inmediata del aeropuerto. [407:5.9.1]
en posición de espera en la proximidad de la actividad de
aprovisionamiento de combustible con un vehículo como
42.4.5.9.2 Deberá establecerse un procedimiento por escrimínimo. Los operadores de la aeronave deberán establecer los
to para fijar los criterios con respecto a cuándo se deben
procedimientos específicos que cubren la evacuación de
suspender las operaciones de aprovisionamiento de comemergencia en estas condiciones para los tipos de aeronave
bustible en cada aeropuerto según lo aprobado por el agenque ellos operan. Deberán exhibirse todas las señales de "prote de aprovisionamiento de combustible y las autoridades
hibido fumar" en las cabinas, y deberá hacerse cumplir la
del aeropuerto. [407:5.9.2]
regla sobre no fumar. [407:5.11.1]
42.4.5.10 Ubicaciones para el Servicio de Combustible
42.4.5.11.2 Para cada tipo de aeronave, los operadores
para Aeronaves.
deberán determinar las áreas a través de las cuáles podría
ser peligroso el paso de los pasajeros suban a bordo o aban-
42.4.5.10.1 El servicio de combustible para aeronaves
donen la aeronave mientras que la misma se esté aprovisiodeberá ser realizado al aire libre. El servicio de combustible
nando de combustible. [407:5.11.2]
para aeronaves incidental a las operaciones de mantenimiento del sistema de combustible para aeronaves deberá
42.4.5.12 Ubicación de los Vehículos o Carros de
estar de acuerdo con los requisitos de NFPA 410, Standard
Servicio de Combustible para Aeronaves.
on Aircraft Maintenance. [407:5.10.1]
42.4.5.12.1 Los vehículos y carros de servicio de combus-
42.4.5.10.2* La aeronave que se esté aprovisionando de
tible para aeronaves deberán ser ubicados de manera que se
combustible deberá estar ubicada de manera que el desfomantenga un camino de egreso libre desde la aeronave para
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los vehículos de servicio de combustible. [407:5.12.1]
42.4.5.14 Descarga de Combustible.
42.4.5.12.2 La máquina de propulsión o de bombeo de los
42.4.5.14.1 La transferencia de combustible de una aeronave a un vehículo tanque a través de una manguera es genevehículos de servicio de combustible para aeronaves no
deberá colocarse debajo del ala de la aeronave durante el
ralmente similar al aprovisionamiento de combustible, y
aprovisionamiento de combustible, por encima del ala o
deberán aplicarse los mismos requisitos. Además, cada opecuando los desfogues del sistema de combustible de la aerorador deberá establecer los procedimientos para prevenir el
nave estén ubicados sobre la superficie del ala superior. Los
sobrellenado del vehículo tanque, lo cual es un riesgo espevehículos o carros de servicio de combustible para aeronacial al descargar el combustible. (ver 4.3.21.7 de NFPA
ves no deberán estar ubicados dentro de un radio de 3 m (10
407). [407:5.14.1]
pies) de las aberturas de ventilación del sistema de combus-
42.4.5.14.2 Durante el drenaje del combustible residual de
tible de la aeronave. [407:5.12.2]
los tanques de aeronaves incidentales a las operaciones de
42.4.5.12.3 Deberán apretarse los frenos de estacionamienmantenimiento, ensayo, fabricación o recuperación del sisto en todos los vehículos o carros de servicio de combustitema de combustible de la aeronave, deberán aplicarse los
ble antes de que los operadores comiencen con la operación
procedimientos de NFPA 410, Standard on Aircraft
de aprovisionamiento de combustible. [407:5.12.3]
Maintenance. [407:5.14.2]
42.4.5.15 Monitoreo del Control de Interrupción
42.4.5.13* Extintores Portátiles de Incendio.
Automática.
42.4.5.13.1 Durante las operaciones de aprovisionamiento
de combustible, los extintores de incendio deberán estar
42.4.5.15.1 El operador del aprovisionamiento de combusdisponibles en las rampas o plataforma de servicio para
tible deberá monitorear el panel del equipo de aprovisionamiento de combustible y el panel de control de la aeronave
aeronaves. [407:5.13.1]
durante el aprovisionamiento de combustible por presión o
42.4.5.13.2 Cada vehículo tanque de servicio de combustible
deberá monitorear el puerto de llenado durante el aprovisiopara aeronaves deberá tener dos extintores de incendio listanamiento de combustible por encima del ala. [407:5.15.1]
dos, cada uno con una clasificación mínima de 20-B:C, con un
extintor instalado sobre cada lado del vehículo. [407:5.13.2]
42.4.5.15.2 El flujo del combustible deberá ser controlado
mediante el uso de un dispositivo de control de interrupción
42.4.5.13.3 Deberá haber un extintor de incendios listado
automática, El uso de cualquier medio que elimine el concon una clasificación mínima de 20-B:C instalado sobre
trol de interrupción automática deberá estar prohibido.
cada carro o vehículo de servicio de combustible con
[407:5.15.2]
hidrantes. [407:5.13.3]
42.4.5.16* Mangueras de Aprovisionamiento de Com-
42.4.5.13.4 Cuando la capacidad de descarga de una manbustible de Aeronaves.
guera abierta del sistema de aprovisionamiento de combustible de aeronaves o equipos sea superior a 750 L/min (200
42.4.5.16.1 La manguera de aprovisionamiento de combusgpm), deberá proveerse mínimo un extintor de ruedas listatible para aeronaves deberá ser inspeccionada antes de usardo con una clasificación no inferior a 80-B:C y una capacise cada día. La manguera deberá ser extendida de la misma
dad mínima de 55 kg (125 lb) de agente. [407:5.13.4]
manera en que se extiende para el aprovisionamiento de
combustible y deberá revisarse para encontrar evidencia de
42.4.5.13.5* Los extintores deberán mantenerse libres de
ampollas, saturación o separación de la carcasa, cortes,
elementos tales como hilo y nieve. Los extintores emplazamuescas o abrasiones que expongan el material de refuerzo
dos en compartimientos encerrados deberán ser fácilmente
y para deslizamientos, desalineamientos o escapes en los
accesibles, y su emplazamiento deberá marcarse claramenmanguitos. Si el manguito se encuentra corrido o con escate en letras con una altura mínima de 50 mm (2 pulg.).
pes, deberá determinarse la causa del problema. Las mangueras defectuosas deberán ponerse fuera de servicio.
[407:5.13.5]
[407:5.16.1]
42.4.5.13.6* El personal de servicio de combustible deberá
ser capacitado en el uso de los equipos extintores de incen-
42.4.5.16.2 La manguera deberá extenderse completamente e
dio disponibles que supuestamente deben utilizar.
inspeccionarse mínimo una vez al mes según lo requerido en
42.4.5.16.1. Los manguitos de la manguera y la manguera
[407:5.13.6]
deberán ser examinados por una longitud de aproximadamen-
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te 305 mm (12 pulg.) adyacente a los manguitos. La debili-
42.4.5.17.3 El mantenimiento y servicio de los carros y
dad estructural deberá ser revisada presionando la manguera
vehículos de servicio de combustible para aeronaves debeen esta área alrededor de su circunferencia completa para
rá ser realizado al aire libre o en un edificio aprobado para
encontrar puntos blandos. Las mangueras que demuestren
dicho propósito. [407:5.17.3]
evidencia de puntos blandos deberán ponerse fuera de servicio. Las cribas de las boquillas deberán ser examinadas en
42.4.5.18 Estacionamiento de Vehículos Tanque de
busca de partículas de caucho. La presencia de dichas partícu-
Servicio de Combustible para Aeronaves. Las áreas de
las indica un posible deterioro del interior y la manguera debeestacionamiento para los vehículos tanque de servicio de
rá ponerse fuera de servicio. Con la manguera completamencombustible para aeronaves no asistidos deberán estar diste extendida, ésta deberá ser revisada con la presión de trabapuestas para proveer lo siguiente:
jo del equipo de aprovisionamiento de combustible a la cual
se encuentre adherida. Cualquier torcedura o englobamiento
(1) La dispersión de los Vehículos en caso de una emergencia
anormal durante esta prueba indica un debilitamiento de la
(2) Un mínimo de 3 m (10 pies) de espacio libre entre los
carcasa de la manguera y la manguera deberá ponerse fuera de
vehículos estacionados para su accesibilidad para proservicio. [407:5.16.2]
pósitos de control de incendios
(3) La prevención de cualquier escape desde el drenaje
42.4.5.16.3 Un ensamble de manguera que haya sido somehasta un edificio adyacente o desagüe de agua pluvial
tido a abusos, tales como jalones fuertes desde un extremo,
que no esté diseñado adecuadamente para manejar comaplanamiento o aplastamiento por un vehículo o dobleces
bustible
agudos, deberá ponerse fuera de servicio. [407:5.16.3]
(4) Un mínimo de 15 m (50 pies) desde cualquier aeronave
estacionada y edificios distintos a las instalaciones de
42.4.5.16.4* Si la inspección demuestra que una parte de
mantenimiento y talleres para vehículos tanque de serviuna manguera se ha dañado, deberá cortarse la parte dañacio de combustible [407:5.18]
da y las partes no dañadas deberán ser unidas nuevamente.
Sólo deberán usarse manguitos que sean exactamente igua-
42.4.5.19 Estacionamiento de Vehículos y Carros con
les a las dimensiones interiores y exteriores de la mangue-
Hidrantes de Servicio de Combustible para Aeronaves.
ra. Los ensambles de manguera unidos nuevamente deberán
Las áreas de estacionamiento para los vehículos y carros
ser probados hidrostáticamente. (Ver 4.2.2.1 de NFPA 407)
hidrantes de servicio de combustible para aeronaves no
[407:5.16.4]
asistidos deberán estar dispuestas para proveer lo siguiente:
42.4.5.16.5 Antes de cualquier ensamble de manguera,
(1) La dispersión de los Vehículos en caso de una emergencia
nueva o unida nuevamente, sea puesta en servicio, deberá
(2) La prevención de cualquier escape desde el drenaje
ser inspeccionada visualmente para la evidencia de daños o
hasta un edificio adyacente o desagüe de agua pluvial
deterioro. [407:5.16.5]
que no esté diseñado adecuadamente para manejar combustible [407:5.19]
42.4.5.16.6 Deberán evitarse los dobleces o bucles cortos en la
manguera de aprovisionamiento de combustible. [407:5.16.6]
42.4.5.20 Carga de Vehículos Tanque de Servicio de
Combustible para Aeronaves.
42.4.5.16.7 Deberán mantenerse registros adecuados de las
inspecciones y pruebas hidrostáticas requeridas.
42.4.5.20.1 Requisitos Generales.
[407:5.16.7]
42.4.5.20.1.1 El llenado del tanque de carga del vehículo
42.4.5.17 Mantenimiento de Vehículos y Carros de
deberá realizarse bajo la observación y control de un opera-
Servicio de Combustible para Aeronaves.
dor calificado y autorizado en todo momento.
[407:5.20.1.1]
42.4.5.17.1 Los vehículos y carros de servicio de combustible para aeronaves no deberán funcionar a menos que
42.4.5.20.1.2 El interruptor automático y controles de
estén bien reparados y libres de acumulaciones de grasa,
sobrellenado deberán estar en condiciones normales de funaceite u otros combustibles. [407:5.17.1]
cionamiento durante la operación de llenado. No deberán
bloquearse en posición abierta ni desviarse de otra manera.
42.4.5.17.2 Los vehículos o carros con escapes deberán
[407:5.20.1.2]
ponerse fuera de servicio, descargados de combustible y
estacionados en un parea segura hasta que sean reparados.
42.4.5.20.1.3 El motor del vehículo tanque deberá apagar-
[407:5.17.2]
se antes de comenzar a llenar el tanque. [407:5.20.1.3]
Edición 2003
REAPROVISIONAMIENTO DE COMBUSTIBLE
1-255
42.4.5.20.1.4 Para prevenir los escapes o el rebose por la
42.4.5.21.1 Sólo deberá permitirse que los helicópteros con
expansión de los contenidos debido a un aumento de temperamotor de turbina aprovisionados de combustible con comtura atmosférica o exposición directa al sol, ningún tanque de
bustibles JET A o JET 1-A sean aprovisionados de combuscarga o compartimiento deberá ser cargado hasta el punto en
tible mientras funcione un motor a bordo. Los helicópteros
que quede lleno de líquido por completo. [407:5.20.1.4]
que puedan ser aprovisionados de combustible mientras
funcione un motor a bordo deberán tener todas las fuentes
42.4.5.20.2 Carga desde la Cubierta.
de ignición de derrames potenciales de combustible ubicadas por encima de los puertos de entrada y por encima de
42.4.5.20.2.1 Al cargar los camiones tanque a través de
los desfogues o aberturas del tanque. Las fuentes de ignidomos abiertos, deberá establecerse una unión entre la tubeción deberán incluir, pero no deberán limitarse a motores,
ría de carga y el tanque de carga para ecualizar los potenciaescapes, unidades de energía auxiliar (APUs) y escapes del
les. La conexión de enlace deberá realizarse antes de abrir
calentador de la cabina de tipo de combustión. [407:5.21.1]
el domo y deberá quitarse sólo después de que se cierre el
domo. [407:5.20.2.1]
42.4.5.21.2 Deberá permitirse aprovisionar de combustible
los helicópteros mientras funcionen los motores abordo
42.4.5.20.2.2 Los tubos de caída adheridos a los ensambles
sólo bajo las siguientes condiciones:
de carga que se extiendan hacia el interior del tanque del
vehículo deberán extenderse hasta el fondo del tanque y
(1) Un piloto de helicóptero con licencia FAA deberá estar en
deberán permanecer en esa posición hasta que el tanque esté
los controles de la aeronave durante el proceso completo de
cargado para proveer una carga sumergida y prevenir salpiservicio de combustible
caduras o una caída libre de combustible a través de la
(2)* Los pasajeros deberán salir de la aeronave y quedarse en
atmósfera del tanque. La velocidad del flujo hacia el inteuna ubicación segura antes de las operaciones de reaprovirior de los tanques no deberá exceder el 25 por ciento de la
sionamiento de combustible rápido. Cuando el piloto en
velocidad máxima hasta que la boca de salida quede cubiermando considere que sea necesario que los pasajeros perta por completo.
manezcan abordo por razones de seguridad, deberán aplicarse las disposiciones de 42.4.5.11.
42.4.5.20.2.3 El nivel en el tanque deberá ser monitoreado
(3) Los pasajeros no deberán abordar o bajarse durante las opevisualmente en todo momento durante la carga desde arriraciones de reaprovisionamiento de combustible rápido
ba. [407:5.20.2.2]
(4) Sólo el personal designado, capacitado apropiadamente en
operaciones de reaprovisionamiento de combustible rápido
42.4.5.20.3 Carga desde el Fondo.
deberá manejar el equipo
(5) Todas las puertas, ventanas y puntos de acceso que permi-
42.4.5.20.3.1 Deberá realizarse un enlace de unión entre el
tan la entrada al interior del helicóptero adyacentes a, o en
tanque de carga y el estante de carga antes de realizar cualquier
la proximidad inmediata de los puertos de entrada deberán
conexión de combustible y deberá permanecer en su sitio
estar cerradas y deberán permanecer cerradas durante las
durante la totalidad de la operación de carga. [407:5.20.3.1]
operaciones de reaprovisionamiento de combustible
(6) El combustible deberá ser distribuido hacia el interior e un
42.4.5.20.3.2 El operador deberá iniciar el flujo de compuerto abierto desde boquillas del tipo de interrupción autobustible mediante un dispositivo de control de interrupción
mática, con un índice de flujo que no exceda 227 L/min (60
automática. [407:5.20.3.2]
gpm), o deberá ser distribuido a través de puertos de aprovisionamiento de combustible bien unidos. Cuando el com-
42.4.5.20.3.3 El operador deberá realizar una revisión prebustible sea distribuido desde sistemas de tubería fija, la
via a cada compartimiento poco tiempo después de que
cabina de la manguera no deberá extenderse hacia el intehaya comenzado el flujo para asegurar que el sistema autorior del espacio del rotor. Si no puede proveerse un freno o
mático de corte de nivel alto esté funcionando apropiadauna barrera aprobada, los vehículos de servicio de combusmente. [407:5.20.3.3]
tible deberán mantenerse a 6 m (20 pies) de distancia de los
componentes giratorios del helicóptero y una persona capa-
42.4.5.20.3.4 El operador deberá realizar una revisión
citada deberá dirigir la aproximación y alejamiento del
mínimo una vez al mes para asegurar el cierre completo de
vehículo de servicio de combustible. [407:5.21.2]
la válvula de carga desde el fondo en el vehículo tanque.
[407:5.20.3.4]
42.4.5.22 Autoservicio para el Aprovisionamiento de
Combustible. Deberá prohibirse que la aeronave que se
42.4.5.21 Reaprovisionamiento de Combustible Rápido
aprovisione de combustible por autoservicio esté ocupada.
de Helicópteros.
[407:5.22]
Edición 2003
1-256
GO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INC
DIOS
TM
42.5 Combustibles Alternativos.
cio público de gas, el servicio público deberá ser notificado
sobre todas las instalaciones de GNC. [52:6.3.1]
42.5.1 Sistemas de Combustible Vehicular de Gas
Natural Comprimido (GNC). El diseño e instalación de
42.5.1.3.2 Los equipos relacionados con una instalación de
sistemas de combustible para motor de CNG en vehículos
compresión, almacenamiento o dispensadora deberán ser
de todo tipo deberán estar de acuerdo con NFPA 52,
protegidos para minimizar las posibilidades de daños físi-
Compressed Natural Gas (CNG) Vehicular Fuel Systems
cos y vandalismo. [52:6.3.2]
Code, y la Sección 42.5.
42.5.1.3.3* Deberán instalarse dispositivos de control de
42.5.1.1* Alcance. La Sección 42.5 deberá aplicarse al
manera que el congelamiento interno o externo o la formadiseño e instalación de sistemas de combustible para motor
ción de hidrantes no cause daños en los vehículos o estaciode CNG en vehículos de todo tipo, incluyendo lo siguiente:
nes de aprovisionamiento de combustible. [52:6.3.3]
(1) Fabricantes de equipos originales
42.5.1.3.4 Los vehículos no deberán ser considerados
(2) Convertidores originales
como una fuente de ignición con respecto a las disposicio-
(3) Sistemas (dispensadores) de aprovisionamiento de comnes de 42.5.1.2 y 42.5.1.3.
bustible de vehículos [52:1.1]
Excepción: Los vehículos que contengan equipos alimen-
42.5.1.1.1 No deberá requerirse que los vehículos y recitados por combustible (Ej., vehículos recreativos y camiopientes del suministro de combustible de acuerdo con las
nes para el servicio de comidas) deberán ser considerados
Normas Federales de Seguridad para Vehículos
como fuentes de ignición, a menos que este equipo se
Automotores que cubren la instalación de sistemas de comencuentre apagado por completo antes de entrar en un área
bustible CNG en vehículos y certificadas por el fabricante
en la cual no se permitan fuentes de ignición. [52:6.3.4]
respectivo según se cumplan estas normas estén de acuerdo
con la Sección 4.4, 4.8.4 y la Sección 5 de NFPA 52 (excep-
42.5.1.3.5 La conexión del aprovisionamiento de combusto la Sección 5.11, 5.12.4, Sección 5.13 y Sección 5.14 de
tible deberá prevenir el escape de gas cuando el conector no
NFPA 52). [52:1.1.1]
se encuentre enganchado apropiadamente o se separe. Las
boquillas de aprovisionamiento de combustible deberán ser
42.5.1.1.2* Los cilindros deberán ser fabricados, inspeccionalistadas de acuerdo con ANSI/IAS NGVI, Standard for
dos, marcados, ensayados, reajustados, equipados y usados de
Compressed Natural Gas Vehicle (NGV) Fueling
acuerdo con el Ministerio de Transporte de E.U. (DOT) o el
Connection Devices. [52:6.3.5]
Transporte de Canadá (TC), reglamentaciones, excepciones o
permisos especiales o con ANSI/IAS NGV2, Basic
42.5.1.3.6 Los equipos de compresión deberán estar dise-
Requirements for Compressed Natural Gas Vehicle (NVG) Fuel
ñados para usarse con CNG y para las presiones y tempera-
Containers, especialmente para el servicio de CNG. [52:4.4.4]
turas a las cuáles puedan someterse bajo condiciones normales de funcionamiento. Deberán tener dispositivos de ali-
42.5.1.2 Sistemas de Compresión, Almacenamiento y
vio de presión que limiten cada etapa de presión hasta la
Dispensadores de GNC.
presión máxima permitida de servicio para el cilindro de
compresión y la tubería asociada con esa etapa de compre-
42.5.1.2.1* Aplicación. El párrafo 42.5.1.2 aplica al diseño,
sión. [52:6.3.6]
construcción, instalación y funcionamiento de recipientes,
recipientes de presión, equipos de compresión, edificios y
42.5.1.3.7 Cuando los equipos de compresión de CNG funestructuras y los equipos asociados para el almacenamiento
cionen sin ayuda, deberán estar equipados con una descar-
y distribución de GNC como un combustible para motor en
ga alta y un control de corte automático de presión de sucoperaciones de distribución para flotas y públicas. [52:6.1]
ción baja. Los circuitos de control que se apaguen deberán
permanecer apagados hasta que sean activados o reajusta-
42.5.1.2.2 Calificación de los Componentes del Sistema.
dos manualmente después de realizar un apagado seguro.
Los componentes del sistema deberán estar de acuerdo con
[52:6.3.7]
las disposiciones apropiadas en el Capítulo 4 y con la
Sección 6.5 a la Sección 6.13 de NFPA 52. [52:6.2]
42.5.1.3.8 Las instalaciones de compresores impulsados
por un motor deberán estar de acuerdo con NFPA 37,
42.5.1.3 Generalidades.
Standard for the Installation and Use of Stationary
Combustion Engines and Gas Turbines. [52:6.3.8]
42.5.1.3.1 Cuando los sistemas sean servidos por un servi-
Edición 2003
REAPROVISIONAMIENTO DE COMBUSTIBLE
1-257
42.5.1.3.9* Los equipos de compresión deberán incorporar
al aire libre, el punto de transferencia (ver 3.3.22 de NFPA
un medio para minimizar la transferencia de líquido al sis-
52) deberá estar ubicado mínimo a 3,0 m (10 pies) de cualtema de almacenamiento. [52:6.3.9]
quier edificio importante, casa móvil, andén público, autopista o vía y mínimo a 1 m (3 pies) de los recipientes de
42.5.1.4 Ubicación.
almacenamiento.
42.5.1.4.1 La compresión, almacenamiento y distribución
Excepción: Deberá permitirse que el punto de transferencia
de CNG deberá ser ubicada y llevada a cabo a la intempeesté ubicado a una distancia inferior a la de los edificio con
rie o en interiores de acuerdo con 42.5.1.4. [52:6.4.1]
muros construidos en concreto o materiales de mampostería
o de otros materiales con una clasificación de resistencia al
42.5.1.4.2 A la Intemperie.
fuego no inferior a 2 horas, pero mínimo a 3,0 m (10 pies) de
cualquier abertura de un edificio. [52:6.4.2.8]
42.5.1.4.2.1 Los recipientes de almacenamiento de GNC
cargados con GNC que no estén conectados para usarse
42.5.1.4.3 En Interiores.
deberán ser ubicados a la intemperie. [52:6.4.2.1]
42.5.1.4.3.1 Generalidades. Deberá permitirse que la
42.5.1.4.2.2 Deberá considerarse que una instalación en la
compresión, equipos dispensadores y recipientes de almacual los equipos de compresión, almacenamiento y dispencenamiento conectados para usarse estén ubicados en el
sadores de GNC se encuentren protegidos por un cerrainterior de edificios reservados exclusivamente para estos
miento construido con materiales incombustibles o de compropósitos o en salas dentro de los edificios, o adheridos a
bustión limitada y que tenga mínimo un lado predominanlos mismos, usados para otros propósitos de acuerdo con
temente abierto y un techo diseñado para la ventilación y
42.5.1.4.3. [52:6.4.3.1]
dispersión del gas que se escapa sea ubicada a la intemperie. [52:6.4.2.2]
42.5.1.4.3.2 Límites de del Almacenamiento en
Edificios. El almacenamiento deberá limitarse a máximo
42.5.1.4.2.3 Los equipos de compresión, almacenamiento y
283 m3 (10.000 SCF) de gas natural en cada edificio o sala.
distribución ubicados a la intemperie deberán estar por
encima del suelo, no deberán estar debajo de las líneas de
Excepción: El GNC almacenado en recipientes de suminisfuerza eléctrica o cuando sean expuestas debido a una falla,
tro de combustible instalados en vehículos. [52:6.4.3.2]
deberá haber un mínimo de 3,0 m (10 pies) desde el edificio importante más cercano o límite de la propiedad conti-
42.5.1.4.3.3* Desfogue de Deflagración. Deberá proveerse
gua construida, o sobre la cual se pueda construir o desde
un desfogue de deflagración (explosión) en los muros extecualquier fuente de ignición. [52:6.4.2.3]
riores o en el techo. Deberá permitirse que los desfogues
consten de uno o cualquier combinación de los siguientes
42.5.1.4.2.4 Los equipos de compresión, almacenamiento y
puntos:
distribución ubicados a la intemperie no deberán estar a una
distancia inferior a 3,0 m (10 pies) desde el límite de la calle
(1) Muros de material liviano
o andén público más cercano y mínimo 15 m (50 pies)
(2) Cubiertas de escotilla ligeramente ajustadas
desde el riel más cercano de cualquier vía principal de un
(3) Puertas en los muros exteriores que abran hacia fuera,
ferrocarril. [52:6.4.2.4]
ligeramente ajustadas
(4) Muros o techos ligeramente ajustados
42.5.1.4.2.5 Deberá proveerse un espacio libre no inferior
(5) Cuando sea aplicable, deberán considerarse las cargas
a 1 m (3 pies) para el acceso a todas las válvulas y accesode nieve [52:6.4.3.3]
rios de los grupos múltiples de recipientes. [52:6.4.2.5]
42.5.1.4.3.4 Cuartos en el Interior de Edificios. Los cuartos
42.5.1.4.2.6 No deberán permitirse materiales fácilmente
en el interior de otros edificios, o adheridos a los mismos,
combustibles dentro del espacio de 3,0 m (10 pies) de cualdeberán ser construidos con materiales incombustibles o de
quier recipiente estacionario. [52:6.4.2.6]
combustión limitada. Los muros interiores o tabiques deberán ser continuos desde el piso hasta el techo, deberán ser
42.5.1.4.2.7 La separación mínima entre los recipientes y
anclados de manera segura y deberán tener una clasificatanques de superficie que contengan líquidos inflamables o
ción de resistencia al fuego de mínimo 2 horas. Mínimo un
combustibles deberá ser de 6,1 m (20 pies). [52:6.4.2.7]
muro deberá ser un muro exterior.
42.5.1.4.2.8 Durante el aprovisionamiento de combustible
Excepción: Deberá permitirse que el vidriado de las ven-
Edición 2003
1-258
CÓ
UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCEN
TM
tanas sea de plástico. [52:6.4.3.4]
42.5.1.4.3.8 Los edificios y cuartos usados para compresión, almacenamiento y distribución deberán estar clasifica-
(A) Deberá proveerse un alivio de explosiones de acuerdo
dos de acuerdo con la Tabla 6.4.3.8 de NFPA 52 para las
con 42.5.1.4.3.3(C). [52:6.4.3.4.1]
instalaciones de equipos eléctricos. [52:6.4.3.8]
(B) El acceso al cuarto deberá ser desde el exterior de la
42.5.1.4.3.9 Las fuentes de ignición no eléctricas diferenestructura principal. [52:6.4.3.4.2]
tes a las instalaciones eléctricas según lo permitido en
42.5.1.4.3.8, no deberán ser permitidas. [52:6.4.3.9]
(C) Si dicho acceso no es posible, deberá permitirse el acceso desde la estructura principal cuando dicho acceso se haga
42.5.1.4.3.10 Los dispositivos de alivio de presión en los sis-
a través del espacio de una barrera que tenga dos puertas
temas de almacenamiento deberán tener canalizaciones en el
cortafuego con sello de vapor, autocerrantes, que tengan la
dispositivo de alivio de presión [ver 4.5.1(2) de NFPA para
clasificación apropiada para la ubicación donde sen instalatransportar el gas de escape al exterior y luego hacia arriba
das. [52:6.4.6.4.3]
hasta un área segura para prevenir que entre a los edificios,
otros equipos o áreas abiertas al público. [52:6.4.3.10]
42.5.1.4.3.5 Ventilación. Las ubicaciones interiores deberán ser ventiladas utilizando bocas de entrada de abasteci-
42.5.1.4.3.11 Las puertas de acceso deberán tener señales de
miento de aire y bocas de salidas de extracción dispuestas
advertencia con las palabras ADVERTENCIA PROHIBIDO
para proveer un movimiento de aire uniforme hasta el punto
FUMAR GAS INFLAMABLE. Dicho texto deberá ser fácilque sea práctico. Las bocas de entrada de aire deberán dismente legible, con letras en rojo fuerte sobre un fondo blanco
ponerse uniformemente sobre los muros exteriores cerca al
de una altura no inferior a 25 mm (1 pulg.). [52:6.4.3.11]
nivel del piso. Las bocas de salida deberán ser ubicadas en
un punto alto del cuarto en muros exteriores o el techo.
42.5.1.4.3.12 Aprovisionamiento de Combustible de
[52:6.4.3.5]
Llenado Rápido en Interiores, Almacenamiento a la
Intemperie y Compresión. Deberá permitirse el aprovisio-
(A) La ventilación deberá ser mediante un sistema continuo
namiento de combustible de llenado rápido en interiores
de ventilación mecánica o un sistema de ventilación mecácuando el almacenamiento y equipos de compresión estén
nica activado por un sistema de detección de gas natural de
ubicados a la intemperie de acuerdo con 42.5.1.4.2.1 a
monitoreo continuo cuando exista una concentración de gas
42.5.1.4.2.7. [52:6.4.3.12]
no superior a una quinta parte del límite de Inflamabilidad
más bajo. En cualquier caso, el sistema deberá apagar el sis-
42.5.1.4.3.13 Cuando se realice un aprovisionamiento de
tema de aprovisionamiento de combustible cuando ocurra
combustible de llenado rápido asistido en interiores, lo
una falla en el sistema de ventilación. [52:6.4.3.5(A)]
siguiente deberá estar instalado:
(B)* La velocidad de ventilación deberá ser mínimo de
(1) Deberá instalarse un dispositivo de cierre manual de
1m³/min-12 m³ (1 pie³/min-12 pies³) del volumen del cuaremergencia según lo requerido en 42.5.1.6.2
to. [52:6.4.3.5(B)]
(2) Deberá instalarse un sistema de detección de gas equipado para hacer sonar una alarma e indicar visualmente
(C) Un sistema de ventilación para un cuarto en el interior
cuando se alcance un máximo de una quinta parte del
de otro edificio, o adherido al mismo, deberá estar separalímite inferior de inflamabilidad
do de cualquier sistema de ventilación para el otro edificio.
(3) El detector deberá apagar el compresor y detener el flujo
[52:6.4.3.5.(C)]
de gas hacia el interior de la estructura [52:6.4.3.13]
42.5.1.4.3.6 Cuando esté instalado, un sistema de detección
42.5.1.5 Instalación de Recipientes y Accesorios para
de gas deberá estar equipado para hacer sonar una alarma
Recipientes (Distintos a los Dispositivos de Alivio de
audible e indicar visualmente cuando se haya alcanzado un
Presión).
máximo de una quinta parte del límite inferior de inflamabilidad. [52:6.4.3.6]
42.5.1.5.1* Los recipientes de almacenamiento deberán estar
instalados por encima del suelo sobre cimentaciones incom-
42.5.1.4.3.7 La reactivación del sistema de aprovisionabustibles, estables o en tanques a prueba de incendio con venmiento de combustible deberá hacerse mediante un reinicio
tilación y desagüe. Los recipientes horizontales deberán tener
manual y deberá ser realizada por personal capacitado.
máximo dos puntos de soporte longitudinal. Cuando pueda
[52:6.4.3.7]
ocurrir una inundación, cada recipiente deberá anclarse de
manera segura para prevenir que floten. [52:6.5.1]
Edición 2003
REAPROVISIONAMIENTO DE COMBUSTIBLE
1-259
42.5.1.5.2 Los recipientes deberán estar protegidos por pin-
42.5.1.6.7 Deberá proveerse una válvula de cierre manual
tura u otros medios equivalentes cuando sean necesarios
de "un cuarto de vuelta" de cierre rápido en una estación de
para inhibir la corrosión. Los recipientes instalados horillenado rápido corriente arriba del dispositivo de ruptura
zontalmente no deberán estar en contacto directo entre sí.
especificado en 42.5.1.6.4 cuando sea fácilmente accesible
[52:6.5.2]
para la persona que distribuya gas natural, a menos que se
presente alguna de las siguientes condiciones:
42.5.1.5.3 Deberán proveerse medios para prevenir el flujo
o acumulación de líquidos inflamables o combustibles
(1) Que la válvula autocerrante de referencia en 42.5.1.6.6
debajo de recipientes, tales como declives, almohadillas o
esté ubicada inmediatamente corriente arriba del dispenbordillos de desvío. [52:6.5.3]
sador
(2) Que el dispensador esté equipado con una válvula auto-
42.5.1.6 Instalación del Equipo de Apagado de
cerrante que se cierre cada vez que el brazo de gobierno
Emergencia.
se ponga en posición cerrada o cuando se active un dispositivo de emergencia [52:6.11.11]
42.5.1.6.1 La tubería de gas desde un compresor o sistema
de almacenamiento a la intemperie hacia el interior de un
42.5.1.6.8 Deberá proveerse una válvula autocerrante en la
edificio deberá estar provista de válvulas de cierre ubicadas
boca de entrada del compresor que corta el suministro de
en el exterior del edificio. [52:6.11.5]
gas para el compresor cuando ocurra alguno de los siguientes casos:
42.5.1.6.2 Deberá proveerse un dispositivo de cierre manual
de emergencia en el área de distribución y también en un área
(1) Que se active un dispositivo de cierre de emergencia
alejada del área de distribución. Este dispositivo, al ser activa-
(2) Que ocurra una falla en la energía
do, deberá cortar el suministro de energía y suministro de gas
(3) Que la energía para el compresor se ponga en posición
para el compresor y el dispensador. [52:6.11.6]
de apagado [52:6.11.12]
42.5.1.6.2.1 Los dispositivos de cierre de emergencia deberán
42.5.1.7 Funcionamiento.
marcarse distintivamente para que sean reconocidos fácilmente con una señal permanentemente fija. [52:6.11.6.1]
42.5.1.7.1 La transferencia de GNC hacia el interior de un
recipiente de suministro de combustible deberá realizarse
42.5.1.6.3 Deberá proveerse protección contra rupturas de
de acuerdo con las instrucciones exhibidas en la estación
manera que, en el caso de un jalón, el gas natural pare de
dispensadora. [52:6.14.4]
fluir tras cualquier separación. [52:6.11.7]
42.5.1.7.2 Cuando se transfiera GNC hasta o desde un
42.5.1.6.4 Deberá instalarse un dispositivo de ruptura en
vehículo automotor, el motor deberá estar apagado.
cada punto de distribución. Dicho dispositivo deberá dispo-
[52:6.14.5]
nerse para separar usando una fuerza no superior a 68 kg
(150 lb) cuando sea aplicada en cualquier dirección hori-
42.5.1.7.3 Durante la transferencia de GNC hasta o desde
zontal. [52:6.11.8]
vehículos de carga, deberá apretarse el freno de mano o de
emergencia del vehículo y deberán usarse los bloqueos de
42.5.1.6.5 Los circuitos de control deberán disponerse de
estrangulación para prevenir el rodamiento del vehículo.
manera que, cuando se active el dispositivo de cierre de
[52:6.14.6]
emergencia o se corte la energía, los sistemas que se cierran
permanezcan parados hasta ser activados o reiniciados
42.5.1.7.4 Los sistemas de transferencia deberán ser capamanualmente después de la restauración de una condición
ces de despresurizar o facilitar la desconexión. Los conecsegura. [52:6.11.9]
tores de sangrado deberán dar a un punto seguro de descarga. [52:6.14.7]
42.5.1.6.6 Cada línea entre una instalación de almacenamiento de gas y un dispensador en una estación de llenado
42.5.1.7.5 No deberá usarse GNC para que funcione ninrápido deberá tener una válvula que se cierre cuando ocurra
gún dispositivo o equipo que no haya sido diseñado o modialguno de los siguientes casos:
ficado apropiadamente para el servicio de GNC. [52:6.14.8]
(1) Corte del suministro de energía para el dispensador
42.5.1.7.6 No deberán permitirse fuentes de ignición den-
(2) Activación de cualquier dispositivo de cierre de emertro del espacio de 3,0 m (10 pies) de cualquier conexión de
gencia en la estación de reaprovisionamiento de comllenado durante una operación de transferencia. [52:6.14.9]
bustible [52:6 11 10]
Edición 2003
1-260
CÓ
UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE
OS
TM
42.5.1.7.7 Deberá exhibirse una señal de advertencia con
vehículos sobre los cuáles están instalados dichos sistemas.
las palabras DETENGA EL MOTOR, PROHIBIDO
[58:8.1.1.1]
FUMAR, GAS INFLAMABLE en la estación dispensadora y áreas de compresores. La ubicación de las señales
42.5.2.2.2 Los recipientes que suministran combustible para
deberá ser especificada por las condiciones locales, pero el
los motores en vehículos, sin importar si el motor es utilizado
texto deberá ser lo suficientemente grande para que se sea
para impulsar el vehículo o está instalado con otros propósitos,
legible desde cualquier punto de transferencia. [52:6.14.10]
deberá estar construido e instalado de acuerdo con 42.5.2.
[58:8.1.1.2]
42.5.1.8 Protección contra Incendios. Deberá proveerse un
42.5.2.2.3 Sin Aplicación. Los recipientes que suministren
extintor de incendios portátil con una clasificación no infecombustible para motores estacionarios o motores portátiles
rior a 20-B:C en el área de distribución. [52:6.15]
usados en lugar de los motores estacionarios deberán ser instalados de acuerdo con la Sección 3.2 de NFPA 58, Liquified
42.5.1.9* Mantenimiento.
Petroleum Gas Code. (Ver la Sección 3.4 de NFPA 58, Liquified
Petroleum Gas Code para motores portátiles usados en edifi-
42.5.1.9.1 Los recipientes y sus accesorios, sistemas de
cios, sobre techos o sobre balcones exteriores bajo ciertas contubería, equipos de compresión, controles y dispositivos de
diciones). [58:8.1.2]
detección deberán mantenerse en condiciones de funcionamiento apropiadas y de acuerdo con las instrucciones del
42.5.2.2.4 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos,
fabricante. [52:6.16.1]
deberán estar de acuerdo con 1.12.19.
42.5.1.9.2 Después de la instalación original, la manguera
42.5.2.3 Capacitación. Por razones de seguridad, cada persona
de aprovisionamiento de combustible de vehículos deberá
involucrada en la instalación, reparación, llenado o servicio de
ser examinada visualmente a intervalos según lo necesario
otra manera para un sistema de combustible para motor de Gas
para asegurar que sea segura para ser utilizada. La mangue-
LP deberá estar capacitada apropiadamente en los procedimien-
Γa deberá ser ensayada en busca de escapes de acuerdo con
tos necesarios. [58:8.1.3]
los requisitos del fabricante, pero mínimo anualmente y
42.5.2.4 Marcación. Todos los vehículos que transitan en las
cualquier escape inseguro deberá ser un motivo de rechazo.
calles para propósitos generales accionados por Gas LP deberán
[52:6.16.2]
estar identificados con una etiqueta resistente a la intemperie en
forma de diamante colocada sobre una superficie vertical exte-
42.5.1.9.3 Mientras se encuentren en transición, las manrior o cercana vertical en el lado derecho inferior de la parte de
gueras de aprovisionamiento de combustible y mangueras
atrás del vehículo (sobre la tapa del portaequipaje, si existe,
flexibles de metal en un vehículo de carga que se vayan a
pero no en el parachoques de ningún vehículo) sin ninguna otra
utilizar en una operación de transferencia, incluyendo sus
marca. La etiqueta deberá ser de aproximadamente 120 mm (4
conexiones, deberán ser despresurizadas y protegidas con-
³/₄ pulg.) de longitud por 83 mm (3 ¹/₄ pulg.) de altura. La martra el deterioro y daños. [52:6.16.3]
cación deberá constar de un borde y la palabra PROPANO
[centrada en el diamante con una altura mínima de 25 mm (1
42.5.2 Gas Licuado de Petróleo (Gas LP).
pulg.)] en material plateado o blanco luminoso reflectivo sobre
un fondo negro. (Ver la Figura 42.5.2.4). [58:8.2.10]
42.5.2.1 Las instalaciones de distribución de combustible
para vehículos que usen Gas LP deberán estar de acuerdo
con NFPA 58, Liquified Petroleum Gas Code, y con esta
subsección.
42.5.2.2 Aplicación.
42.5.2.2.1* La subsección 42.5.2 deberá aplicarse a los sistemas
de combustible que usen Gas LP como un combustible para
PROPANO
motores de combustión interna. Se encuentran incluidas las disposiciones para recipientes, accesorios de recipientes, equipos
de carburación, tuberías, mangueras y accesorios, y las disposiciones para su instalación. La subsección 42.5.2 cubre los sistemas de combustible para motor para motores instalados sobre
vehículos para cualquier propósito, al igual que los sistemas de
combustible para motores estacionarios y portátiles. También
Figura 42.5.2.4 Ejemplo de Marca de Identificación de
incluye las disposiciones para el servicio de mantenimiento de
Vehículos. [58:figura 8.2.10]
Edición 2003
1-261
REAPROVISIONAMIENTO DE COMBUSTIBLE
42.5.2.5 Camiones Industriales y Elevadores Impul-
(4) En ningún caso, los camiones deberán estacionarse y
sados por Gas LP.
dejarse sin cuidado en áreas de calor excesivo ni cerca
de fuentes de ignición [58:8.3.6]
42.5.2.5.1 El párrafo 42.5.2.5 deberá aplicarse a la instalación de Gas LP en camiones industriales (incluyendo
42.5.2.5.3 Todos los cilindros usados en el servicio de
camiones elevadores), para impulsarlos y proveer energía
camiones industriales (incluyendo cilindros de camiones
para sus aditamentos para la manipulación de materiales.
elevadores deberán tener su válvula de alivio de presión del
Los camiones industriales alimentados por GLP deberán
cilindro reemplazada por una válvula nueva o sin usar denestar de acuerdo con NFPA 505, Fire Safety Standard for
tro de un lapso de tiempo de 12 años desde la fecha de fabri-
Powered Industrial Trucos Including Type Designations,
cación del cilindro y cada 10 años después. [58:8.3.7]
Areas of Use, conversions, Maintenance, and Operation.
[58:8.3.1]
42.5.2.6 Disposiciones Generales para los Vehículos con
Motores Instalados Sobre Éstos (Incluyendo las
42.5.2.5.2 El funcionamiento de los camiones industriales
Máquinas de Mantenimiento del Piso).
(incluyendo camiones de elevador) impulsados por sistemas de combustible para motor de gas LP deberá estar de
42.5.2.6.1 El subpárrafo 42.5.2.6.1 deberá aplicarse a la
acuerdo con NFPA 505, Fire Safety Standard for Powered
instalación de equipos sobre vehículos que suministren Gas
Industrial Trucos Including Type Designations, Areas of
LP como combustible para motores instalados en estos
Use, conversions, Maintenance, and Operation, y con lo
vehículos. Los vehículos deberán incluir el mantenimiento
siguiente.
del piso y cualquier otra unidad móvil portátil, si el motor
es usado para impulsar el vehículo o es instalado sobre el
42.5.2.5.2.1 El reabastecimiento de combustible de dichos
mismo para otros propósitos. [58:8.4.1]
camiones deberá lograrse de acuerdo con lo siguiente:
42.5.2.6.2 Los equipos vaporizadores de gas, reguladores y
(1) Los camiones con recipientes instalados permanentede carburación en vehículos que suministren Gas LP como
mente deberán ser reabastecidos de combustible a la
combustible para motores deberán ser instalados de acuerintemperie
do con 8.2.8 y 8.2.9 de NFPA 58, Liquified Petroleum Gas
(2) Cuando los cilindros sean intercambiados en interiores,
Code, y lo siguiente. [58:8.4.2]
el sistema de tubería de combustible deberá estar equipado para minimizar la liberación de combustible cuan-
42.5.2.6.2.1 Los camiones industriales (incluyendo camiodo se intercambien los cilindros, de acuerdo con uno de
nes de elevador) y demás motores sobre vehículos que funlos siguientes puntos:
cionen en edificios diferentes a aquellos usados exclusiva-
(a) Usando un manguito de cierre rápido en la línea de
mente para albergar motores, deberán tener una válvula de
combustible
corte automática instalada en el sistema de combustible de
(b) Cerrando la válvula de cierre en el cilindro de comacuerdo con 8.2.8 y 8.2.9 de NFPA 58, Liquefied Petroleum
bustible y permitiendo que el motor ande hasta que
Gas Code. [58:8.4.2]
se acabe el combustible en la línea [58:8.3.6]
42.5.2.6.2.2 La fuente de aire para combustión deberá ais-
42.5.2.5.2.2 Cuando los camiones industriales alimentados
larse del compartimiento del conductor y pasajeros, sistema
por combustible de Gas LP sean usados en edificios o
de ventilación o sistema de aire acondicionado en el vehíestructuras, deberá aplicarse lo siguiente:
culo. [58:8.4.2]
(1) El número de cilindros de combustible sobre dicho
42.5.2.6.3 Las tuberías y mangueras deberán estar de
camión no deberá exceder 2
acuerdo con 8.2.5.1 a 8.2.5.4 de NFPA 58, Liquefied
(2) El uso de camiones industriales en los edificios frecuen-
Petroleum Gas Code. [58:8.4.3]
tados por el público, incluyendo aquellos momentos en
que dichos edificios se encuentren ocupados por el
42.5.2.6.4 La maquinaria de mantenimiento del piso no
público, deberá requerir la aprobación de la autoridad
auto impulsada (brilladoras del piso, fregadoras, pulidoras)
competente.
y demás equipos portátiles similares deberán ser listados y
(3) Los camiones no deberán ser estacionados o dejarse sin
estar de acuerdo con lo siguiente. [58:8.4.4]
cuidado en las áreas ocupadas o frecuentadas por el público sin la aprobación de la autoridad competente. Si se dejan
42.5.2.6.4.1 Deberán aplicarse las disposiciones de 8.3.2 a
sin cuidado con la aprobación de la autoridad competente,
8.3.5 de NFPA 58, Liquefied Petroleum Gas Code, y
deberá cerrarse la válvula de cierre del cilindro.
42.5.2.5.2.1(1) y (2). [58:8.4.4]
Edición 2003
1-262
C
GO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE
OS
42.5.2.6.4.2 El almacenamiento de los cilindros instalados
Capítulo 43 Pulverización, Inmersión y
o usados en dicha maquinaria deberán estar de acuerdo con
Recubrimiento Utilizando Materiales Inflamables o
el Capítulo 5 de NFPA 58. [58:8.4.4]
Combustibles
42.5.2.6.4.3 Una etiqueta deberá ser fijada a la maquinaria
43.1 Aplicación.
o equipo, con el frente de la etiqueta hacia el operador,
denotando que el cilindro o parte de la maquinaria o equipo
43.1.1* Las operaciones que involucren la aplicación por
que contiene el cilindro deberá ser almacenado de acuerdo
pulverización de materiales inflamables y combustibles
con el Capítulo 5 de NFPA 58. [58:8.4.4]
deberá cumplir con NFPA 33, Standard for Spray
Application Using Flammable or Combustible Materials, y
42.5.2.6.5 El uso de máquinas de mantenimiento del piso
la Sección 43.1.
en edificios frecuentados por el público, incluyendo los
momentos en que dichos edificios se encuentren ocupados
43.1.1.1 La Sección 43.1 deberá aplicarse a la aplicación
por el público, deberá requerir la aprobación de la autoridad
por pulverización de líquidos inflamables, líquidos combuscompetente. [58:8.4.5]
tibles o polvos combustibles ya sea de manera continua o
intermitente, mediante cualquiera de los siguientes méto-
42.5.2.7 Talleres de Vehículos. Cuando los vehículos con
dos:
sistemas de combustible para motor de Gas LP instalados
y los vehículos para propósitos generales impulsados por
(1) Atomización de aire comprimido
motores a Gas LP sean almacenados o servidos en talleres,
(2) Atomización sin aire o hidráulica
deberán aplicarse las siguientes condiciones. [58:8.8.6]
(3 Métodos electrostáticos de aplicación
(4) Métodos de aplicación de lecho fluidificado
42.5.2.7.1 El sistema de combustible deberá ser libre de
(5) Métodos de aplicación electrostática de lecho fluidificado
escapes. [58:8.8.6]
(6) Otros medios de aplicación aceptables
42.5.2.7.2 Los cilindros no deberán llenarse más allá de los
43.1.1.2 La Sección 43.1 no deberá aplicarse a lo siguiente:
límites especificados en el Capítulo 4 de NFPA 58,
Liquefied Petroleum Gas Code. [58:8.8.6]
(1)* Procesos u operaciones de aplicación por pulverización realizados a la intemperie
42.5.2.7.3 La válvula de cierre del cilindro deberá cerrarse
(2)* Pequeños equipos portátiles para pulverización o procuando los vehículos o motores estén en reparación excepductos en aerosol no utilizados repetidamente en la
to cuando el motor esté funcionando. [58:8.8.6]
misma ubicación
(3) Aplicación por pulverización de materiales incombusti-
42.5.2.7.4 El vehículo no deberá ser estacionado cerca de
bles
fuentes de calor, llamas abiertas o fuentes similares de igni-
(4) Riesgos de toxicidad o salud e higiene industrial
ción o cerca de fosos no ventilados adecuadamente.
[58:8.8.6]
43.1.1.3 Cuando se usen ciertos materiales aplicados por
pulverización, llevados por el agua, que contengan líquidos
42.5.3* Gas Licuado Natural (LNG). Los instalaciones de
inflamables o combustibles, o que produzcan residuos o
distribución de combustible para vehículos marítimos, para
tanques combustibles deberán aplicarse las disposiciones
avenidas, de carrilera, que no transiten en la calle e induscorrespondientes a la Sección 43.1.
triales que usen LNG y el almacenamiento de LNG en recipientes ASME de 265 m3 (70.000 gal) o inferiores deberán
43.1.1.4 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos,
estar de acuerdo con NFPA 57, Liquefied Natural Gas
deberán cumplir con 1.12.19.
(LNG) Vehicular Fuel Systems Code. [58:8.8.6]
43.1.2 Ubicación de las Operaciones de Aplicación por
42.5.3.1 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos,
Pulverización.
deberán estar de acuerdo con 1.12.19.
43.1.2.1* Generalidades. Las operaciones y procesos de
aplicación por pulverización deberán confinarse en cabinas
de pulverización, cuartos de pulverización o zonas de pulverización, según lo definido en este Código. [33:2.1]
43.1.2.2 Ubicaciones en Otras Ocupaciones. Las operacio-
Edición 2003
PULVERIZACIÓN, INMERSIÓN Y RECUBRIMIENTO UTILIZANDO MATERIALES INFLAMABLES O COMBUSTIBLES
1-263
nes y procesos de aplicación por pulverización no deberán
43.1.3.1.6 Los cuartos de pulverización deberán ser consllevarse a cabo en ningún edificio que esté clasificado como
truidos con armaduras de construcción con una clasificauna ocupación para reuniones publicas de enseñanza, instición de resistencia al fuego de una hora y separarse de las
tucional o residencial, a menos que estén ubicados en una
áreas próximas al edificio. [33:3.1.3]
sala separada vertical y horizontalmente de todas las áreas
que los rodean mediante una construcción con una clasifi-
43.1.3.1.7 Las cabinas de pulverización y cuartos de pulvecación de resistencia al fuego no inferior a 2 horas y proterización encerrados deberán estar provistos de medios de
gida por un sistema de rociadores automáticos diseñado e
egreso que cumplan los requisitos de UNFPA 101, Life
instalado de acuerdo con NFPA 13, Standard for the
Safety Code®. [33:3.1.4]
Installation of Sprinkler Systems. [33:2.2]
43.1.3.1.8 Las cabinas de pulverización usadas exclusiva-
43.1.3 Construcción y Diseño de Zonas de Pulverización,
mente para recubrimiento de polvo deberán cumplir los
Cuartos de Pulverización y Cabinas de Pulverización.
requisitos del Capitulo 13 de NFPA 33, Standard for Spray
Application Using Flammable or Combustible Materials.
43.1.3.1* Muros y Techos. Los muros y techos que crucen
Deberá permitirse que estén construidas con materiales
o encierren una zona de pulverización deberán estar consretardadores de incendio cuando sea aprobado por la autotruidos con materiales o armaduras incombustibles o de
ridad competente.
combustión limitada y deberán estar instalados o ajustados
segura y rígidamente. Las superficies interiores de la zona
Excepción: Deberán permitirse conjuntos de cabinas de
de pulverización deberán ser lisas, diseñadas e instaladas
pulverización listados construidos en otros materiales.
para prevenir cavidades que puedan atrapar residuos y estar
[33:3.1.5]
diseñadas para facilitar la ventilación y limpieza de las mismas. [33:3.1]
43.1.3.2 Aberturas de los Transportadores. Las aberturas
para el transportador necesarias para transportar o mover las
43.1.3.1.1 Los filtros de la toma de aire que hagan parte de
piezas de trabajo hacia el interior o el exterior de la zona de
la armadura de un muro o techo deberán estar listados como
pulverización deberán ser tan pequeñas como sea posible.
Clase 1 o Clase 2, de acuerdo con UL 900, Standard for Test
[33:3.2]
Performance of Air Filter Units. [33:3.1]
43.1.3.3* Separación de Otras Ocupaciones. Las cabinas
43.1.3.1.2 El piso de la zona de pulverización deberá estar
de pulverización deberán estar separadas de otras operacioconstruido con material incombustible, material de combusnes por una distancia mínima de 915 mm (3 pies) o por un
tión limitada, o material combustible completamente
conjunto de tabique, muro o piso/techo con una clasificacubierto con material incombustible. [33:3.1]
ción de resistencia al fuego no inferior a una hora. Las cabinas de pulverización con conexiones múltiples no deberán
43.1.3.1.3 No deberá usarse aluminio para los elementos de
considerarse como "otras operaciones".
soporte estructural, o para muros o techos del cerramiento
de una cabina de pulverización o cuarto de pulverización.
Excepción: De acuerdo con lo estipulado en la Sección 11.3
Tampoco deberá usarse aluminio para los conductos de vende NFPA 33, Standard for Spray Application Using
tilación asociados con una cabina de pulverización o cuarto
Flammable or Combustible Materials. [33:3.3]
de pulverización. Deberá permitirse usar aluminio para
componentes interiores, tales como plataformas, compo-
43.1.3.3.1 Las cabinas de pulverización deberán instalarse
nentes de aparatos de pulverización y otros dispositivos
de manera que todas las partes de la cabina sean fácilmente
auxiliares. [33:3.1]
accesibles para su limpieza. [33:3.1]
43.1.3.1.4 Si las armaduras de muros o techo están cons-
43.1.3.3.2 Deberá mantenerse un espacio libre no inferior
truidas con metal laminado, las armaduras de un solo
a 915 mm (3 pies) en todos los lados de la cabina de pulverevestimiento no deberán ser inferiores a 0,0478 pulg.
rización. Este espacio deberá mantenerse libre de cualquier
(1,2mm) de espesor y cada lámina de los conjuntos de
almacenamiento o construcción combustible.
revestimiento doble deberá ser inferior a 0,0359 pulg.
(0,9mm) de espesor. [33:3.1.1]
Excepción No. 1: Este requisito no deberá prohibir la ubicación de una cabina de pulverización a una distancia infe-
43.1.3.1.5 Deberá permitirse que las secciones estructurarior a 915 mm (3 pies) o directamente junto a un conjunto
les de las cabinas de pulverización estén calafateadas o
interior, tabique, muro o piso techo con una clasificación de
selladas para minimizar el escape de aire. [33:3.1.2]
resistencia al fuego no inferior a una hora, siempre que la
Edición 2003
1-264
C
0 UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA TM
cabina de pulverización pueda recibir mantenimiento y limpara diferentes tipos de materiales de recubrimiento si la
pieza.
combinación de los materiales puede dar como resultado
calentamiento o inflamación espontánea. (Ver también la
Excepción No 2: Este requisito no deberá prohibir el
Sección 8.8 de NFPA 33, Standard for Spray Application
emplazamiento de una cabina de pulverización a una dis-
Using Flammable or Combustible Materials) [33:3.6.5]
tancia inferior a 3pies (915 mm) con respecto a un muro
exterior o conjunto de techo siempre que el muro o techo
43.1.4 Fuentes Eléctricas de Inflamación y Otras
este construido con material incombustible y siempre que la
Fuentes.
cabina de pulverización pueda recibir mantenimiento y limpieza de manera adecuada. [33:3.2]
43.1.4.1* Generalidades. La instalación eléctrica y equipo
de utilización deberá cumplir todos los requisitos aplicables
43.1.3.4 Movimiento de Vehículos de Motor. Los vehícude los Artículos 500, 501, 502 y 516 de NFPA 70, National
los de motor no deberán moverse hacia el interior o exterior
Electrical Code y 43.1.4.1 a 43.1.4.7.
de una zona de pulverización o accionarse en una zona de
pulverización a menos que la operación o proceso de apli-
Excepción No. 1: Los vehículos de motor deberán cumplir
cación por pulverización se detenga y el sistema de ventilalos requisitos de la Sección 3.4 de NFPA 33, Standard for
ción se mantenga en funcionamiento.
Spray Application Using Flammable or Combustible
Materials.
Excepción: Este requisito no deberá aplicarse a los vehículos listados para los riesgos específicos de la zona de pul-
Excepción No. 2: Las operaciones de aplicación de resina
verización. [33:3.4]
deberán cumplir los requisitos del capitulo 15 de NFPA 33,
Standard for Spray Application Using Flammable or
43.1.3.5 Paneles Visores. Los paneles visores para artefac-
Combustible Materials. [33:4.1]
tos de luz o para observación deberán ser de vidrio tratado
térmicamente, vidrio alambrado o vidrio alambrado marti-
43.1.4.1. Los aparatos de aplicación electrostática por pulllado y deberán estar sellados para encerrar vapores, niebla,
verización también deberán cumplir los requisitos del
residuos, polvo y tanques en la zona de pulverización. Los
Capitulo 9 o Capitulo 10 de NFPA 33, Standard for Spray
paneles para artefactos de luz deberán separarse de esta ins-
Application Using Flammable or Combustible Materials, el
talación para prevenir que la temperatura de la superficie
que sea aplicable. [33:4.1.1]
del panel exceda 93°C (200°F). [33:3.5]
43.1.4.1.2 Los aparatos de secado, curación y fusión tam-
43.1.3.6 Ventilación. Las zonas de pulverización equipadas
bién deberán cumplir con los requisitos del Capitulo 11 de
con placas de distribución o deflectoras o con filtros reco-
NFPA 33, Standard for Spray Application Using
lectores de residuos deberán cumplir los requisitos de
Flammable or Combustible Materials. [33:4.1.2]
43.1.3.6.1 a 43.1.3.6.5. [33:3.6]
43.1.4.1.3 Las operaciones para la primera capa y revesti-
43.1.3.6.1 Las placas o deflectores de distribución deberán
miento de la carrocería de vehículos también deberán cumestar construidos con materiales incombustibles y deberán
plir los requisitos de la Sección 12.1 de NFPA 33, Standard
ser fácilmente removibles o accesibles para la limpieza de
for Spray Application Using Flammable or Combustible
ambos lados. [33:3.6.1]
Materials. [33:4.1.3]
43.1.3.6.2 No deberán usarse filtros cuando se apliquen
43.1.4.1.4 Los aparatos para el recubrimiento de polvo
materiales reconocidos por ser altamente susceptibles al
también deberán cumplir los requisitos del Capitulo 13 de
calentamiento espontáneo o inflamación espontánea.
NFPA 33, Standard for Spray Application Using
[33:3.6.2]
Flammable or Combustible Materials. [33:4.1.4]
43.1.3.6.3 Los soportes para filtros deberán estar construi-
43.1.4.1.5* Los equipos o procesos productores de chispa,
dos con materiales incombustibles. [33:3.6.3]
de llama abierta y los equipos cuyas superficies expuestas
excedan la temperatura de autoignición del material pulve-
43.1.3.6.4 Los filtros recolectores de residuos deberán ser
rizado no deberán emplazarse en la zona de pulverización o
fácilmente removibles o de fácil acceso para la limpieza o
en las áreas vecinas clasificadas como División 2.
reposición. [33:3.6.4]
Excepción: Este requisito no deberá aplicarse a los apara-
43.1.3.6.5 Los filtros no deberán usarse alternativamente
tos de secado, curación o fusión de acuerdo con lo cubier-
Edición 2003
PULVERIZACIÓN, INMERSIÓN Y RECUBRIMIENTO UTILIZANDO MATERIALES INFLAMABLES o COMBUSTIBLES
1-265
to por el Capitulo 11 de NFPA 33, Standard for Spray
Application Using Flammable or Combustible Materials.
[33:4.1.5]
Zona de pulverización
43.1.4.1.6* Cualquier equipo o aparato de utilización capaz
6100 mm
de producir chispas o partículas de metal caliente y que esté
(20 pies)
emplazado por encima o adyacente con respecto a la zona
de pulverización o las áreas próximas División 2 deberán
ser de tipo completamente encerrado o deberá estar construido para prevenir el escape de chispas o partículas de
metal caliente. [33:4.1.6]
Cubierta (plano)
43.1.4.2
Dispositivos Eléctricos en Zonas de
Techo
Pulverización.
43.1.4.2.1* La instalación eléctrica y equipo de utilización
emplazados en la zona de pulverización y no sujetos a tan-
3050 mm
Zona de pulverización
(10 pies)
ques de residuos combustibles deberán ser adecuados para
las ubicaciones Clase I, División 1 o Clase II División 1, el
que sea aplicable. [33:4.2.1]
43.1.4.2.2* La instalación eléctrica y equipos de utilización
Frente (elevación)
emplazados en la zona de pulverización y no sujetos a tanques
de residuos combustibles deberán estar listados para dicha
Clase I, División 1 O Clase II División 1
exposición y deberán ser adecuados para ubicaciones Clase I,
Clase I, División 2 o Clase II División 2
División 1 o Clase II División 1, el que sea aplicable. [33:4.2.2]
FIGURA 43.1.4.3.1 Clasificación de Área Eléctrica para
43.1.4.2.3 Dispositivos Eléctricos Adyacentes a Zonas de
Zonas Abiertas de Pulverización. [33: Figura 4.3.1]
Pulverización. La instalación eléctrica y equipo de utilización emplazado adyacente a la zona de pulverización deberán clasificarse de acuerdo con 43.1.4.3.1 a 43.1.4.3.5. [33:4.3]
Radio de 1525 mm (5 pies)
Radio de 915 mm (3 pies)
43.1.4.3.1 La instalación eléctrica y equipo de utilización
emplazados en el exterior, pero dentro del espacio de 6100
mm (20 pies) horizontales y 3050 mm (10 pies) verticales
de una zona de pulverización sin cerramiento y no separados de la zona de pulverización mediante tabiques que se
Radio de 915 mm
(3 pies)
extiendan hasta los limites del área designada como
División 2 en la Figura 43.1.4.3.1 deberán ser adecuados
Abertura para
para las ubicaciones Clase I, División 1 o Clase II División
el transportador
1, el que sea aplicable. [33:4.3.1]
Frente abierto
43.1.4.3.2 Si las operaciones de aplicación por pulveriza-
Radio de 1525 mm (5 pies)
ción se realizan en el interior de una cabina o cuarto de
cubierta cerrada y frente abierto, cualquier instalación eléc-
FIGURA 43.1.4.3.2 (a) Ubicaciones Clase I (o Clase II),
trica o equipo de utilización emplazado en el exterior de la
División 2, Adyacentes a una Cabina de Pulverización o
cabina o cuarto, pero dentro de los limites designados como
Cuarto de Pulverización de Frente Abierto donde la
División 2 en la Figura 43.1.4.3.2 (a) y la Figura 43.1.4.3.2
Ventilación de Extracción esté Enclavada con los
(b) deberá ser adecuado para las ubicaciones Clase I,
Equipos de Aplicación por Pulverización. [33:Figura
División 1 o Clase II División 1, el que sea aplicable.
4.3.2(a)]
[33:4.3.2]
Edición 2003
1-266
CÓL
UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCEN OS
TM
43.1.4.3.2.1 Las ubicaciones Clase I, División 2 o Clase II,
dentro del espacio de 915 mm (3 pies) en todas las direcciones
División 2 indicadas en la figura 43.1.4.3.2(a) y la Figura
de las aberturas diferentes a la cubierta abierta también deberá
43.1.4.3.2(b) deberán extenderse desde los bordes del frente
ser adecuado para las ubicaciones Clase I, División 2 o Clase II,
abierto de la cabina o cuarto de acuerdo con lo siguiente:
División 2, el que sea aplicable. [33:4.3.3]
(1) Si el sistema de ventilación de extracción está enclavado
43.1.4.3.4 Si las operaciones de aplicación por pulverización
con los equipos de aplicación por pulverización, la ubicason confinadas en una cabina o cuarto de pulverización encerración División 2 deberá extenderse 1525 mm (5 pies) horido, cualquier instalación eléctrica o equipo de utilización ubicazontalmente y 915 mm (3 pies) verticalmente con respecto
do dentro del espacio de 915 mm (3 pies) de cualquier abertura
al frente abierto de la cabina o cuarto, según se muestra en
deberá ser adecuado para ubicaciones Clase I, División 2 o
la Figura 43.1.4.3.2(a).
Clase II, División 2, el que sea aplicable, según se indica en la
(2) Si el sistema de ventilación de extracción no está enclavado
Figura 43.1.4.3.4. [33:4.3.4]
con el equipo de aplicación por pulverización, la ubicación
43.1.4.3.5 Cuando los equipos de aplicación por pulverización,
División 2 deberá extenderse 3050 mm (10 pies) horizonlimpiadores de pistolas pulverizadoras y contenedores de abastalmente y 915 mm(3 pies) verticalmente desde el espacio
tecimiento estén emplazados en un área ventilada a una velociabierto o frente abierto de una cabina o cuarto como se indidad suficiente para mantener la concentración de vapores inflaca en la Figura 43.1.4.3.2(b). [33:4.3.2]
mables en el área a un 25% o menos del limite de inflamabilidad más bajo, el área dentro del espacio de 915 mm (3 pies) en
todas las direcciones desde cualquier contenedor abierto o equi-
Radio de 3050 mm (10 pies)
po y que se extienda en el piso o a nivel de la calzada deberá
Radio de 915 mm (3 pies) Radio de 915 mm
clasificarse como Clase I, División 1 o Clase II, División 1, el
(3 pies)
que sea aplicable. El área que se extienda a 610 mm (2 pies)
mas allá de la ubicación División 1 deberá clasificarse como
Clase I, División 2 o Clase II, División 2, el que sea aplicable.
Adicionalmente, el área horizontal dentro del espacio de 3050
mm (10 pies) del perímetro de dicho contenedor abierto o equipo, hasta una altura de 18 pulg. (458 mm) por encima del piso
Radio de 915 mm (3 pies)
Abertura del
o nivel de la calzada deberá clasificarse como Clase I, División
Radio de 915 mm
transportador
(3 pies)
2 o Clase II, División 2, el que sea aplicable. La instalación
eléctrica y equipos de utilización instalados en estas áreas debe-
Frente
rán ser adecuados para la ubicación, según se indica en la
Radio de 3050 mm (10 pies)
abierto
Figura 43.1.4.3.5. [33:4.3.5]
Extensión del área Clase
Radio de 915 mm
o Clase II, División 2
(3 pies)
FIGURA 43.1.4.3.2(B) Ubicaciones Clase I (o Clase II),
Radio de 915 mm
(3 pies)
División 2, Adyacentes a una Cabina de Pulverización o
cuarto de Pulverización de Frente Abierto donde la
Cabina o cuarto de
Ventilación de Extracción está Enclavada con los Equipos
pulverización encerrado
(Clase I, División 10
de Aplicación por Pulverización. [33:Figura 4.3.2(b)]
Clase II, División 1 en el interior)
43.1.4.3.2.2 Para los propósitos de este párrafo, enclavado
Radio de 915 mm
(3 pies)
deberá significar que el equipo de aplicación por pulverización
Vista del plano
no puede ser accionado a menos que el sistema de ventilación
de extracción este funcionando de acuerdo con su diseño y la
aplicación por pulverización se interrumpa automáticamente si
falla el sistema de ventilación de extracción. [33:4.3.2]
43.1.4.3.3 Si las operaciones de aplicación por pulverización se
realizan dentro de una cabina de cubierta abierta, cualquier ins-
Elevación
talación eléctrica o equipo de utilización ubicado verticalmente
dentro del espacio de 915 mm (3 pies) de la cubierta de la cabina deberá ser adecuado para las ubicaciones Clase I, División 2
FIGURA 43.1.4.3.4 Ubicaciones Clase I (o Clase II),
o Clase II, División 2, el que sea aplicable. Adicionalmente,
División 2 Adyacentes a una Cabina de Pulverización o
cualquier instalación eléctrica o equipo de utilización ubicado
Cuarto de Pulverización Encerrado. [33:Figura 4.3.4]
Edición 2003
PULVERIZACIÓN, INMERSIÓN Y RECUBRIMIENTO UTILIZANDO MATERIALES INFLAMABLES o COMBUSTIBLES
1-267
adecuadas para usarse en esa ubicación, según se muestra
610 mm (2 pies)
en la Figura 43.1.4.4.1, dichas instalaciones deberán servirse desde el exterior de la zona de pulverización. [33:4.4.2]
(3 pies)
43.1.4.4.3 Deberá permitirse que los artefactos de luz que
sean parte integral de los muros o techo de una zona de pulverización estén separadas de la zona de pulverización por
paneles de vidrio que sean parte integral del artefacto.
458 mm
(18 pulg)
Dichas instalaciones deberán estar listadas para uso en ubicaciones Clase I, División 2 o Clase II, División 2, el que
3050 mm (10 pies)
3050 mm (10 pies)
sea aplicable y según se indique en la Figura 43.1.4.4.3, y
también deberán estar listadas para acumulaciones de tanión 1
ques y residuos combustibles. Deberá permitirse que dichos
Clase I, División 1 o Clase II, División 2
artefactos sean servidos desde el interior de la zona de pulverización. [33:4.4.3]
FIGURA 43.1.4.3.5 Clasificación Eléctrica de Área
Alrededor de un Contenedor Abierto. [33: Figura 4.3.5]
43.1.4.4.4 Los artefactos de luz ubicados en el interior de
la zona de pulverización deberán cumplir los requisitos de
43.1.4.4 Artefactos de Luz.
43.1.4.2 y 43.1.4.5. [33:4.4.4]
43.1.4.4.1 Los artefactos de luz adheridos a los muros o
43.1.4.5* Electricidad Estática. Para evitar las chispas
techos de un zona de pulverización, pero en el exterior de
provenientes de la acumulación de electricidad estática,
cualquier área clasificada y separados de la zona de pulverizatodas las personas, todas las partes conductoras del cuarto
ción por paneles de vidrio que cumplan con los requisitos de
de pulverización o cabina de pulverización, los conductos
43.1.3.3 deberán ser adecuados para usarse en ubicaciones de
de escape, equipos de pulverización, objetos o contenedores
riesgo moderado (propósito general), según se indica en la
que reciban el chorro de pulverización, y los sistemas de
Figura 43.1.4.4.1. Dichos artefactos deberán ser servidos
tubería que transportan líquidos inflamables o combustidesde el exterior de la zona de pulverización. [33:4.4.1]
bles, o sólidos combustibles aireados deberán ser eléctricamente interconectados y puestos a tierra. [33:4.5]
Panel removible
43.1.4.6 Cordones flexibles Eléctricos. En equipos automatizados y equipos robóticos, deberá permitirse el uso de
Artefacto de luz
cordones flexibles eléctricos en ubicaciones peligrosas (clasificadas) y deberá permitirse que estén conectados a la
Sello
parte fija del circuito eléctrico, siempre que cumplan las
siguientes condiciones:
(1) Que sean aprobados para uso muy pesado
(2) Que estén equipados con un conductor de puesta a tierra
que cumpla los requisitos de la Sección 400.2 de NFPA
Marco
70, National Electrical Code®
Panel de vidrio
(3) Que estén conectados a terminales o conductores de
manera aprobada
(4) Que estén sostenidos por una abrazadera mecánica posi-
FIGURA 43.1.4.4.1 Ejemplo de un Artefacto de
tiva de manera que permita que el cordón sea fácilmen-
Iluminación en el Exterior de la Zona de Pulverización
te reemplazado y evite la tirantez en las conexiones del
y Servido desde el Exterior de la Zona de Pulverización.
cordón dentro del cerramiento del terminal
[33:Figura 4.4.1]
(5) Que estén provistos de cierres a prueba de explosiones
cuando el cordón entre a las cajas de distribución, acce-
43.1.4.4.2 Los artefactos de luz adheridos a los muros o
sorios o cerramientos
techos de una zona de pulverización; están emplazadas den-
(6) Que estén listados para tanques de residuos combustitro de la ubicación Clase I, División 2 o Clase II, División
bles [33:4.6]
2; y separadas de la zona de pulverización por paneles de
vidrio que cumplan los requisitos de 43.1.3.3 deberán ser
43.1.4.7 Luces Portátiles Eléctricas. Los artefactos portáti-
Edición 2003
1-268
CÓ
UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM
les de luz eléctrica no deberán usarse en ninguna zona de
Excepción: En espacios confinados, cuando la ventilación
pulverización mientras que se realicen operaciones de aplipueda no ser capaz de proveer la ventilación necesaria,
cación por pulverización.
deberá permitirse el uso de un procedimiento de inercia
aplicado apropiadamente. Dichos procedimientos deberán
Excepción: Cuando se requiera el uso de artefactos portácumplir los requisitos aplicables de NFPA 69, Standard on
tiles de luz eléctrica en espacios no iluminados por artefac-
Explosion Prevention Systems, y deberán ser aceptables
tos fijos de luz dentro de la zona de pulverización, estos
para la autoridad competente.
deberán cumplir con los requisitos de 43.1.4.2.2. [33:4.7]
43.1.5 Ventilación.
43.1.5.2.1 Las zonas de pulverización equipadas con filtros
recolectores de residuos deberán tener manómetros visibles,
43.1.5.1 Generalidades. Los sistemas de ventilación y escape
alarmas audibles o un programa efectivo de inspección para
deberán estar diseñados e instalados de acuerdo con los requiasegurar que se mantenga la velocidad requerida del aire.
sitos aplicables de NFPA 91, Standard for Exhaust Systems for
[33:5.2.1]
Air Conveying Of Vapors, Gases, Mists, and Noncombustible
Particulate Solids, a excepción de lo enmendado en los requi-
43.1.5.2.2 Sistemas de Recubrimiento de Polvo. Los sissitos del Capítulo 5 de NFPA 33, Standard for Spray
temas de recubrimiento de polvo también deberán cumplir
Application Using Flammable or Combustible Materials. [33:5.1]
los requisitos de la Sección 13.7 de NFPA 33, Standard for
Spray Application Using Flammable or Combustible
43.1.5.2* Requisitos de Desempeño. Cada zona de pulve-
Materials. [33:5.2.2]
rización deberá estar provista de ventilación mecánica
capaz de confinar y eliminar vapores y niebla y transportar-
43.1.5.2.3 La ventilación mecánica deberá mantenerse en
los hasta una ubicación segura y capaz de encerrar y controfuncionamiento en todo momento, mientras se realicen opelar residuos, polvos y tanques combustibles. La concentraraciones de pulverización y por un espacio de tiempo sufición de vapores y niebla en la corriente de escape del sisteciente después de éstas para permitir que se descarguen los
ma de ventilación no deberá exceder el 25% del limite más
vapores de los objetos recubiertos que se estén secando o
bajo de inflamabilidad.
los materiales y residuos. [33:5.2.3]
Exterior de la zona
Interior de la zona
43.1.5.3* Aire de Recirculación. Deberá proporcionarse
de pulverización
de pulverización
un suministro de aire limpio de recirculación para compensar el aire descargado desde las operaciones de pulverización. La bocatoma para este aire de recirculación deberá
estar ubicada de manera que el aire descargado de las ope-
Cubierta
raciones de pulverización no circule nuevamente. [33:5.3]
Panel de vidrio
de bisagra
43.1.5.4 Tendido de Conductos de Escape. El aire descar-
Empaquetadura
gado de las operaciones de pulverización deberá ser llevado por conductos directamente al exterior del edificio. Los
conductos de escape deberán seguir la ruta más directa
Instalación trasera
Abertura para la instalación
hasta el punto de descarga, pero no deberán penetrar un
muro cortafuego. La descarga de escape deberá dirigirse
Empaquetadura de montaje
lejos de cualquier entrada de aire fresco. El punto de descar-
Panel de vidrio
ga del conducto de escape deberá estar mínimo a 1830 mm
removible
(6 pies) de cualquier muro exterior o cubierta del techo. El
conducto de escape no deberá descargar en dirección de
ninguna construcción combustible que se encuentre dentro
del espacio de 7625 mm (25 pies) del punto de descarga del
conducto de escape y tampoco deberá descargar en dirección de una abertura sin protección en cualquier construc-
Zona de pulverización,
ción incombustible o de combustión limitada que se
muro 0 techo
encuentre dentro del espacio de 7625 mm (25 pies) del
punto de descarga del conducto de escape. [33:5.4]
FIGURA 43.1.4.4.3 Ejemplos de Artefactos de Luz que Hacen
Parte Integral de la Zona de Pulverización y Servidos desde el
Interior de la Zona de Pulverización [33:Figura 4.4.3]
Edición 2003
PULVERIZACIÓN, INMERSIÓN Y RECUBRIMIENTO UTILIZANDO MATERIALES INFLAMABLES o COMBUSTIBLES
1-269
43.1.5.5 Recirculación de Escape.
lulosa
(3) Que se proporcione un sistema de limpieza de aire para
43.1.5.5.1* El aire descargado de las áreas de pulverización
reducir la cantidad de residuos que entran al tubo múltino deberá ser recirculado.
ple del conducto
(4) Que se proporcione una protección de rociadores automáti-
Excepción: Deberá permitirse que el aire descargado de
cos en el empalme de cada extracción de aire de la cabina
una operación de pulverización se recircule como aire de
con el tubo colector, además de la protección requerida en
alimentación para una operación automática de pulverizael Capitulo 7 de NFPA 33, Standard for Spray Application
ción o que caiga en cascada en las operaciones posteriores
Using Flammable or Combustible Materials
de pulverización automática, siempre que se hayan cumpli-
(5) Que la instalación sea aprobada por la autoridad compedo las siguientes condiciones:
tente [33:5.6]
(1) Que se hayan retirado las partículas sólidas del aire de
43.1.6 Almacenamiento, Manipulación y Distribución de
recirculación
Líquidos Inflamables y Combustibles.
(2) Que la concentración de vapores en la corriente de aire
de escape no exceda el 25 por ciento del limite de más
43.1.6.1* Generalidades. El almacenamiento, manipulabajo de inflamabilidad
ción y mezcla de líquidos inflamables y combustibles debe-
(3) Que el equipo listado se use para monitorear la concenrá cumplir todos los requisitos aplicables de NFPA 30,
tración de vapores en todas las corrientes de aire de
Flammable and Combustible Liquids Code. El almacenamiento, manipulación y mezcla de líquidos inflamables y
escape
(4) Que cuando suene una alarma se interrumpa la operacombustibles en áreas de proceso también deberá cumplir
ción de pulverización se apague automáticamente si la
los requisitos de 43.1.6. [33:6.1]
concentración de cualquier vapor en la corriente de aire
de escape excede el 25 por ciento del limite más bajo de
43.1.6.2 Almacenamiento en Áreas de Proceso.
inflamabilidad
(5) Que el equipo instalado para procesar y retirar los con-
43.1.6.2.1 Deberá haber máximo tres gabinetes de almacetaminantes del aire descargado de las operaciones de
namiento de líquido inflamable en cualquier área única de
pulverización sea aprobado por la autoridad competente
proceso a menos que sea aprobado de otra manera por la
[33:5.5.1]
autoridad competente. Los gabinetes de almacenamiento
deberán ser listados o deberán estar diseñados y construidos
43.1.5.5.2* Las disposiciones de 43.1.5.5.1 no deberán propara cumplir los requisitos de NFPA 30, Flammable and
hibir el uso de aire recirculado en espacios ocupados. Sin
Combustible Liquids Code. Cualquier gabinete único debeembargo, también deberán aplicarse otros requisitos relará contener máximo 454 L (120 gal) de líquidos Clase I,
cionados con la toxicidad y límites de exposición permiti-
Clase II o Clase IIIA, de los cuales máximo 227 (60 gal)
dos. [33:5.5.2]
podrán ser líquidos Clase I y Clase II. [33:6.2.1]
43.1.5.6* Tubos Múltiples o Colectores de los Conductos
43.1.6.2.2 La cantidad de líquido ubicado en la proximidad
de Escape. Las cabinas individuales de pulverización debede las operaciones de pulverización, pero en el exterior de
rán tener conductos separados hacia el exterior del edificio.
una cabina de almacenamiento, una sala de almacenamiento interna o una sala aislada o construcción adherida, u otra
Excepción No.1: Deberá permitirse que las cabinas de pulárea especifica de procesos aislada de las operaciones de
verización de gabinetes múltiples cuya área frontal no excepulverización mediante una separación con una clasificada 1,7 m² (18 pies²) tengan tubos colectores, si los materiación de incendio de por lo menos dos horas, no deberá exceles pulverizados que se utilizan no reaccionan y causan
der la cantidad dada en (1) o (2), el que sea mayor:
ignición de residuos en los conductos.
(1) Un abastecimiento para un día
Excepción No 2: Cuando sea necesario tratar la extracción
(2) 25 gal (95 L) de líquidos Clase IA en contenedores, más
para controlar la de polución de aire para la conservación
120 gal (454L) de líquidos Clase IB, IC, II o III en conde energía, deberá permitirse que los conductos tengan
tenedores, más dos tanques portátiles, cada uno de
tubos colectores si se cumplen las siguientes condiciones:
máximo 660 gal (2498 L) de líquidos Clase IB, IC,
Clase II, o Clase IIIA, más veinte tanques portátiles,
(1) Que los materiales pulverizados no reaccionen y causen
cada uno de máximo 660 gal (2498 L) de líquidos Clase
la ignición de los residuos en los conductos
ПВ. [33:6.2.2]
(2) Que no se use material de acabado con base de nitroce-
Edición 2003
1-270
CÓD
UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCEN
TM
43.1.6.2.3 La cantidad de líquidos inflamables y combustino deberán exceder 454 L (120 gal), según se indica en la
bles ubicados en una zona de pulverización o sala de mez-
Figura 43.1.6.3.4(a) y la Figura 43.1.6.3.4(b).
clado adyacente a una zona de pulverización deberá cumplir los requisitos de 43.1.6.3. [33:6.2.3]
Excepción: Ver 43.1.6.3.6. [33:6.3.4]
43.1.6.3 Mezclado.
43.1.6.3.5 Cuando se provea una sala de mezclado separada y la sala de mezclado este ubicada dentro del espacio de
43.1.6.3.1 La distribución o transferencia de líquidos desde
1830 mm (6 pies) de una zona o zonas de pulverización
contenedores, mezcla de líquidos, y llenado de contenedoadyacentes, la cantidad de líquido permitido en la sala de
res, incluyendo tanques portátiles de mezclado y "ollas a
mezclado no deberá exceder 80 L/m² (2 gal/pie²), hasta un
presión" deberá llevarse a cabo solamente en una sala de
máximo de 1135 L (300 gal), según se indica en la Figura
mezclado o en una zona de pulverización. [33:6.3.1]
43.1.6.3.5.
43.1.6.3.2 Las salas de mezclado deberán cumplir los
Excepción: Ver 43.1.6.3.6.1[33:6.3.5]
siguientes requisitos:
43.1.6.3.6 Cuando las cantidades requeridas de líquidos o
(1) La sala de mezclado deberá cumplir los requisitos de consel área de piso necesaria para proporcionar una sala de meztrucción de la Sección 3.1 de NFPA 33, Standard for Spray
clado adecuada, excedan los limites especificados en
Application Using Flammable or Combustible Materials
43.1.6.3.2 a 43.1.6.3.5, la sala de mezclado deberá cumplir
(2) La sala de mezclado no deberá exceder 14 m² (150 pies²)
todos los requisitos aplicables de NFPA 30, Flammable and
(3) La sala de mezclado deberá estar diseñada para contener
Combustible Liquids Code. [33:6.3.6]
un derrame de los contenidos de la sala
Ventilación de extracción
(4) La sala de mezclado o zona de pulverización usada para
operaciones de mezcla y distribución deberá estar provista de ventilación mecánica continua capaz de proporcionar mínimo 0,3 m³/m-m² de movimiento de aire por
pie³ (1pie³/min por m²) de área de piso o 4 m³/min (150
pies³/min), el que sea mayor. El sistema de ventilación
Cabina o sala
deberá estar en funcionamiento en todo momento
de pulverización
(5) Las salas de distribución y mezcla deberán clasificarse
para propósitos de clasificación del área eléctrica, al
igual que las cabinas de pulverización encerradas de
acuerdo con 4.3.4 de NFPA 33, Standard for Spray
Application Using Flammable or Combustible Materials
Vestíbulo
(6) La sala de mezclado deberá estar provista de un siste-
Entrada de opcional
ma automático de protección contra incendios aprobado
aire (opcional
con el vestíbulo)
que cumpla todos los requisitos aplicables del Capitulo
7 de NFPA 33, Standard for Spray Application Using
Volumen máximo de líquido permitido:
Flammable or Combustible Materials
Gal
L
(7) La sala de mezclado deberá estar provista de extintores
Zona de pulverización
60
227
Zona de pulverización
120
454
portátiles de incendio emplazados de acuerdo con NFPA
y sala de mezclado
10, Standard for Portable Fire Extinguishers
Excepción: Ver 43.1.6.3.6. [33:6.3.2]
FIGURA 43.1.6.3.4(a) Sala de Mezclado dentro del
Espacio de 1830 mm (6 pies) de la Zona de
43.1.6.3.3 La cantidad permitida de líquido en una zona de
Pulverización, Incluyendo el Volumen Máximo de
pulverización individual no deberá exceder 227 L (60 gal)
Líquido Permitido. [33:Figura 6.3.4(a)]
[33:6.3.3]
43.1.6.3.4 Cuando se proporcione una sala de mezclado
separada y la sala de mezclado este ubicada dentro del espacio de 1830 mm (6 pies) de una zona o zonas de pulverización adyacentes, las cantidades combinadas de líquidos ubicadas en las zonas de pulverización y la sala de mezclado
Edición 2003
PULVERIZACIÓN, INMERSIÓN Y RECUBRIMIENTO UTILIZANDO MATERIALES INFLAMABLES o COMBUSTIBLES
1-271
de la Zona de Pulverización, Incluyendo el Volumen Máximo
Ventilación
de extracción
de Líquido Permitido. [33:Figura 6.3.5]
43.1.6.4.3* Los tubos o mangueras deberán inspeccionarse
y reemplazarse según sea necesario. Los tubos o mangueras
de repuesto deberá ser recomendados por el fabricante del
Cabina de pulverización
Cabina de pulverización
equipo. [33:6.4.3]
0 sala de pulverización
0 sala de pulverización
43.1.6.4.4 Cuando se use una bomba para suministrar el
líquido usado en el proceso de aplicación por pulverización,
tubería, tubos, manguera y demás accesorios deberán estar
Entrada de aire
diseñados para resistir la presión máxima de funcionamiento de la bomba, o deberán proporcionarse medios para limitar la presión de descarga de la bomba. [33:6.4.4]
Volumen máximo de líquido permitido:
Gal
L
60
227
43.1.6.4.5* Cuando se use una bomba para suministrar el
Cada zona de pulverización
Sala de mezclado y todas
120
454
líquido usado en el proceso de aplicación por pulverización,
las zonas de pulverización
deberá proporcionarse un medio automático para apagar el
suministro de líquido en caso de un incendio. Cuando se
FIGURA 43.1.6.3.4(b) Sala de Mezclado dentro del Espacio de
usen tanques presurizados de tamaño superior a 19 L (5 gal)
6 pies de la Zona de Pulverización y con Entrada Directa a la
para suministrar el líquido usado en el proceso de aplica-
Zona de Pulverización Incluyendo el Volumen Máx. de
ción por pulverización, deberá proporcionarse un medio
Líquido Permitido. [33:Figura 6.3.4(b)]
automático para apagar el flujo de líquido en la boca de sali-
43.1.6.4 Sistemas de Distribución Tuberías
da del tanque en caso e incendio. [33:6.4.5]
43.1.6.4.1* Los sistemas de tubería que transporten líquidos
43.1.6.4.6 Todos los tubos, mangueras y acoplamientos a
inflamables o combustibles entre tanques los de almacenapresión, deberán inspeccionarse a intervalos regulares. Las
miento, salas de mezclado (cocinas de pintura) y las zonas
mangueras y acoplamientos deberán probarse con la mande pulverización deberán ser de acero u otro material que
guera extendida usando la "presión máxima de funcionatenga propiedades comparables de resistencia al calor y
miento". Deberá reponerse cualquier manguera que presendaño físico. Los sistemas de tubería deberán estar intercote deterioro del material, señales de escape, o poca resistennectados y puestos a tierra apropiadamente. [33:6.4.1]
cia en su armazón o acoplamientos. [33:6.4.6]
43.1.6.4.2* Los sistemas de tubería dentro de la zona de pulverización deberán ser de acero o un material que tenga una resis-
43.1.6.5 Sistemas de Distribución Generalidades.
tencia al calor y física similar cuando sea posible. Cuando se
usen tubos o manguera, deberá proporcionarse una válvula de
43.1.6.5.1 Los líquidos deberán transportarse mediante
cierre en el tubo de acero en la conexión [33:6.4.2]
contenedores cerrados, latas de seguridad aprobadas o tanques portátiles aprobados, o deberán transportarse mediante un sistema de tubería. No deberán usarse contenedores
Ventilación de extracción
abiertos para trasladar o almacenar líquidos. [33:6.5.1]
Sala de mezclado
independiente
1830 mm
43.1.6.5.2* Cuando se transfieran líquidos de un recipiente
(6 pies) (min.)
a otro, ambos contenedores deberán ser enterrados y pues-
150 pies2
(14 m2) (máx.)
tos a tierra para disipar la electricidad estática [33:6.5.2]
43.1.6.5.3 Los contenedores que abastecen las boquillas de
Cabina, sala o zona
de
Vestíbulo
pulverización deberán ser de tipo cerrado o deberán estar
Bocatoma de aire
encerrado
(opcional)
provistos de tapas metálicas que se permanezcan cerradas.
los contenedores que no descansen sobre el piso deberán
tener soportes o deberán estar suspendidos por cables de
Volumen máximo de líquido permitido:
Gal
L
alambre. Los contenedores que abastecen las boquillas de
Zona de pulverización
60
227
pulverización mediante flujo por gravedad no deberán
Sala de mezclado
300
1135
exceder 38 L (10 gal) de capacidad. [33:6.5.3]
63 Sala de Mezclado a 1830 mm (6 pies) o Más
Edición 2003
1-272
CC
0
UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE
DS
TM
43.1.7 Protección.
ción y de escape y deberá permitirse el cierre de los reguladores de tiro.
43.1.7.1* Generalidades. Las zonas de pulverización que
incluyen los plenos de extracción y conductos de escape
Excepción No. 2: En los sistemas de recubrimiento de
asociados, y las salas de mezclado deberán estar protegidas
polvo, deberán cumplirse los requisitos de 43.1.7.5 en lugar
por un sistema de protección contra incendios aprobado. El
de 43.1.7.1.3. [33:7.1.3]
sistema de protección contra incendios deberá ser un sistema de rociadores automáticos instalado de acuerdo con la
43.1.7.2* Sistemas de Rociadores Automáticos.
sección 7.2 de NFPA 33, Standard for Spray Application
Using Flammable or Combustible Materials, o un sistema
43.1.7.2.1 Si se usa un sistema de rociadores automáticos
alternativo de protección contra incendios instalado de
este deberá cumplir con todos los requisitos aplicables de
acuerdo con 7.3 de NFPA 33, Standard for Spray
NFPA 13, Standard for the Installation of Sprinkler
Application Using Flammable or Combustible Materials.
Systems, para ocupaciones (Grupo 2) de Riesgo Alto.
Adicionalmente, el sistema de protección contra incendios,
sin importar el tipo, deberá cumplir los requisitos aplicables
Excepción: De acuerdo con lo estipulado en la Sección
de 43.1.7.1.1 a 43.1.7.1.3. [33:7.1]
15.3 de NFPA 33, Standard for Spray Application Using
Flammable or Combustible Materials. [33:7.2.1]
43.1.7.1.1 En las operaciones continuas de aplicación por
pulverización, la activación del sistema de extinción de
43.1.7.2.2 El sistema de rociadores automáticos deberá ser
incendios deberá lograr automáticamente lo siguiente:
un sistema de tubería húmeda cuando sea posible. Las operaciones de pulverización que requieran un sistema de inun-
(1) Activar una alarma local en la proximidad de la operadación de cabeza abierta, un sistema de rociadores automáción de pulverización y activar el sistema de alarma de
ticos combinado de cabeza abierta y cerrada, un sistema de
la instalación, si se existe dicho sistema
rociadores de agua-espuma, o cualquier otro tipo de sistema
(2) Cerrar el sistema de distribución del material de recubride extinción (químico seco o agente gaseoso) deberán promiento
tegerse sujetos a aprobación de la autoridad competente.
(3) Terminar todas las operaciones de aplicación por pulve-
[33:7.2.2]
rización
(4) Detener todos los transportadores que entran y salen de
43.1.7.2.3 El abastecimiento de agua para los rociadores
la zona de pulverización (Ver 43.1.7.5 y 43.1.7.6 para
deberá ser suficiente para abastecer todos los rociadores
requisitos adicionales para sistemas fijos de aplicación
que puedan abrirse en un incidente de incendio sin agotar el
de polvo y sistemas fijos de aplicación electrostática de
agua disponible para uso en los chorros de manguera.
líquido) [33:7.1.1]
Cuando se instalen rociadores sólo para proteger las zonas
de pulverización y salas de mezclado, deberá permitirse
43.1.7.1.2 En las operaciones de aplicación por pulverizasuministrar el agua desde el abastecimiento doméstico sujeción, también deberá instalarse una alarma manual de
to a la aprobación de la autoridad competente y siempre que
incendio y una estación de cierre del sistema de emergencia
el suministro doméstico pueda cumplir los criterios de disepara servir cada zona de pulverización. Al activarse, esta
ño para las ocupaciones (Grupo 2) Riesgo Alto, según lo
estación deberá lograr todas las funciones listadas en
definido en NFPA 13, Standard for the Installation of
43.1.7.1.1 (1) a (4). Mínimo una de esas estaciones deberá
Sprinkler Systems. [33:7.2.3]
ser fácilmente accesible para los operadores. Si el acceso a
esta estación puede involucrar exposición al peligro, una
43.1.7.2.4* Los rociadores para cada zona de pulverización
estación adicional deberá estar ubicada adyacente a una
y sala de mezclado deberán ser controlados por una válvusalida del área. [33:7.1.2]
la indicadora listada, ind depediente y accesible. Los sistemas de rociadores en tubos verticales de evacuación o con-
43.1.7.1.3 Los sistemas de aire de recirculación y de escaductos deberán ser automáticos y de un tipo que no se
pe de la zona de pulverización no deberán estar enclavados
someta al congelamiento. [33:7.2.4]
con el sistema de alarma de incendio y deberán permanecer
funcionando durante cualquier condición de alarma de
43.1.7.2.5 Los rociadores que protegen las zonas de pulveincendio.
rización y salas de mezclado deberán estar protegidos contra los residuos de sobrepulverización de manera que pue-
Excepción No 1: Cuando el tipo de sistema de extinción de
dan funcionar rápidamente en caso de incendio. Si están
incendio usado requiera que se interrumpa la ventilación,
cubiertos. deberán usarse bolsas de celofán con un espesor
deberá permitirse apagar los sistemas de aire de recirculaigual o inferior a 0,076 mm (0,003 pulg.). Las bolsas debe-
Edición 2003
PULVERIZACIÓN, INMERSIÓN Y RECUBRIMIENTO UTILIZANDO MATERIALES INFLAMABLES O COMBUSTIBLES
1-273
rán reemplazarse frecuentemente para que los tanques de
43.1.7.6* Equipos Automatizados de Aplicación
residuos pesados no se acumulen. Los rociadores pintados
Electrostática de Líquidos por Pulverización. Los equi-
o tengan recubrimiento deberán reponerse por rociadores
pos automatizados de aplicación electrostática de líquidos
listados nuevos que tengan las mismas características,
por pulverización deberán estar protegidos mediante la insexceptuando los que hayan sido pintados o recubiertos por
talación de un aparato de detección de llama supervisado y
el fabricante de los rociadores. [33:7.2.5]
aprobado que, en caso de inflamación, deberá reaccionar
ante la presencia de las llamas en 1 medio segundo (0,5), y
43.1.7.3 Sistemas Alternativos de Protección contra
deberá lograr todo lo siguiente:
Incendios.
(1) Cumplir con todos los requisitos de 43.1.7.1.1
43.1.7.3.1* Cuando no se provea protección de rociadores
(2) Desconectar la energía que va hasta los elementos de
automáticos o cuando otro tipo de sistema de protección
alto voltaje en el área de pulverización y desconectar la
contra incendios sea más adecuado para proveer la protecenergía del sistema [33:7.6]
ción requerida para las operaciones de aplicación por pulverización, deberá permitirse que las zonas de pulverización y
43.1.8 Operaciones y Mantenimiento.
salas de mezclado estén protegidas con uno o más de los
siguientes sistemas:
43.1.8.1* Generalidades. Los procedimientos de mantenimiento deberán establecerse para asegurar que todos los
(1) Un sistema de extinción por químico seco instalado de
aparatos y procesos de aplicación por pulverización se
acuerdo con los requisitos de NFPA 17, Standard for
manejen y mantengan de acuerdo con las especificaciones
Dry Chemical Extinguishing Systems
del fabricante y los requisitos de NFPA 33, Standard for
(2) Un sistema de dióxido de carbono instalado de acuerdo
Spray Application Using Flammable or Combustible
con los requisitos de NFPA 12, Standard on Carbon
Materials. El mantenimiento deberá ser responsabilidad de
Dioxide Extinguishing Systems
los usuarios de los aparatos y procesos. [33:8.1]
(3) Un sistema de extinción por agentes gaseosos instalado
de acuerdo con NFPA 2001, Standard on Clean Agent
43.1.8.1.1* Las operaciones de aplicación por pulveriza-
Fire Extinguishing Systems [33:7.3.1]
ción no deberán realizarse en el exterior de las zonas de pulverización predeterminadas. [33:8.1.1]
43.1.7.3.2* El sistema de protección contra incendios deberá ser capaz de descargar su contenido hacia el área prote-
43.1.8.1.2 La inspección de los sistemas de extinción debegida simultáneamente, incluyendo el pleno de extracción y
rá realizarse para asegurar que el desempeño de los compoel conducto de escape. [33:7.3.2]
nentes del sistema de extinción no se vea afectado por
sobrepulverización y residuos. [33:5.5.1]
43.1.7.4 Extintores Portátiles de Incendio. Los extintores
portátiles de incendio deberán proveerse y emplazarse de
43.1.8.2* Tanques Combustibles. Todas las zonas de pulacuerdo con NFPA 10, Standard for Portable Fire
verización deberán permanecer libres de la acumulación de
Extinguishers. [33:7.4]
tanques de residuos combustibles. Deberá permitirse el uso
de cubiertas combustibles (papel delgado, plástico, etc.) y
43.1.7.5* Protección para Equipos Automatizados de
recubrimientos desmontables para facilitar las operaciones
Aplicación de Polvo. Los equipos automatizados de aplicade limpieza en las zonas de pulverización. Si se acumulan
ción de polvo deberán protegerse mediante la instalación de
demasiados residuos en las cabinas, conductos o puntos de
un aparato de detección de llama supervisado, aprobado y
descarga de los conductos u otras zonas de pulverización,
además, en caso de inflamación deberá reaccionar ante la
deberán descontinuarse todas las operaciones de pulverizapresencia de llamas en medio segundo (0,5) y deberá lograr
ción hasta que se corrijan estas condiciones. [33:8.3]
lo siguiente:
43.1.8.3 Líneas de Manguera de Alta Presión. Las líneas
de manguera de alta presión que transporten material de
(1) Cerrar todos los suministros de energía (eléctrico y de
recubrimiento inflamable o combustible en operaciones de
aire comprimido) de transportadores, ventilación, apliaplicación por pulverización "sin aire" deberán ser inspeccación, transferencia y equipos de recolección de polvo
cionadas frecuentemente y deberán repararse o reponerse,
(2) Cerrar los reguladores de tiro de segregación en los conducsegún sea necesario. Las líneas de manguera y equipos
tos asociados para interrumpir las corrientes de aire desde
deberán estar emplazados de manera que en caso de escape
los equipos de aplicación hasta recolectores de polvo
o rompimiento, el material de recubrimiento no se descar-
(3) Activar una alarma [33:7.5]
gue hacia el interior de ningún espacio que tenga una fuente de ignición. [33:8.3]
Edición 2003
1-274
IGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA IN
DIOS
43.1.8.4 Procedimientos de Mantenimiento.
para diferentes tipos de materiales de recubrimiento si la
combinación de los materiales puede producir una inflama-
43.1.8.4.1 Deberán establecerse procedimientos de mantenición espontánea, a menos que se hayan eliminado todos los
miento para asegurar que se reemplacen los filtros recolectotanques del primer material de recubrimiento utilizado de
res de residuos antes de que ocurra una restricción excesiva de
la cabina y conductos de escape antes de rociar con el
la corriente de aire. Los recolectores de residuos deberán ser
segundo material de recubrimiento. [33:8.8]
inspeccionados después de cada período de uso y los filtros
tapados deberán desecharse y reponerse. [33:8.4.1]
43.1.8.9* Disolventes Clorados. Los materiales de recubrimiento que contengan disolventes clorados no deberán
43.1.8.4.2 Todos los filtros recolectores de residuos desusarse con aparatos de aplicación por pulverización o equiechados, residuos de raspaduras y desechos contaminados
pos de manejo de fluidos si el disolvente clorado entra en
con residuos deberán retirarse inmediatamente y llevarse a
contacto con el aluminio dentro de un sistema de tubería,
una ubicación bien separada o colocarse en un contenedor
bomba, recipiente cerrado u otro cerramiento capaz de premetálico lleno de agua y desechados en el momento del ciesurizarse por la reacción potencial. Esto deberá aplicarse
rre diario de operaciones, a menos que se mantengan comaunque el recipiente o sistema haya sido construido con displetamente sumergidos en agua.[33:8.4.2]
positivos de alivio de presión. [33:8.9]
43.1.8.5* Recipientes de Desechos. Deberán proporcionar-
43.1.8.10 Fumar. Deberán colocarse señales visibles que
se canecas metálicas de desperdicios cuando los trapos o
digan PROHIBIDO FUMAR Y USAR LLAMAS ABIERdesechos estén impregnados del material pulverizado y
TAS en letras grandes sobre un fondo contrastante en todas
estos trapos o desechos deberán depositarse dentro de las
las áreas de pulverización y cuartos de almacenamiento de
canecas inmediatamente después de ser utilizados. Los conpintura. [33:8.10]
tenidos de las canecas de desechos deberán tirarse mínimo
una vez al día al final de cada turno. [33:8.5]
43.1.8.11* Trabajo en Caliente. Soldar, cortar y demás
operaciones que produzcan chispas no deberán permitirse
43.1.8.6. Vestimenta. La vestimenta de los empleados conen o adyacentes a las áreas de pulverización hasta que se
taminada con el material rociado no deberá dejarse en el
haya expedido un permiso que autorice dicho trabajo. El
local toda la noche, a menos que se guarde en armarios
permiso deberá ser expedido por una persona con autoridad,
metálicos [33:8.6]
después de inspeccionar el área para asegurar que se hayan
tomado medidas de precaución y que se seguirán tomando
43.1.8.7 Disolventes de Limpieza.
hasta completar el trabajo. [33:8.11]
43.1.8.7.1 Los disolventes para las operaciones de limpie-
43.2 Peróxidos Orgánicos y Recubrimientos de Varios
za deberán tener un punto de inflamación por encima de
Componentes. [33:5.5.1]
37,8 °C (100°F).
43.2.1* Alcance. Las operaciones de aplicación por pulve-
Excepción: Deberá permitirse el uso de disolventes con
rización que involucren el uso de formulaciones de peróxipuntos de inflamación no inferiores a aquellos usados en
do orgánico y otros recubrimientos de varios componentes
las operaciones de pulverización para limpiar las boquillas
deberán estar de acuerdo con NFPA 33, Standard for Spray
de pulverización y equipos auxiliares. [33:8.7.1]
Application Using Flammable or Combustible Materials, y
la Sección 43.2.
43.1.8.7.2 Las operaciones de limpieza en las que se usen
disolventes inflamables o combustibles deberán realizarse
Excepción: De acuerdo con lo indicado en la Sección 43.3.
en el interior de las zonas de pulverización con los equipos
[33:14.1]
de ventilación funcionando o en otras ubicaciones ventiladas adecuadamente que cumplan con los requisitos de
43.2.2 Generalidades. Las operaciones de aplicación por
43.1.4 a 43.1.4.7. [33:8.7.2]
pulverización que involucren el uso de formulaciones de
peróxido orgánico y otros recubrimientos de varios compo-
43.1.8.7.3 Los limpiadores de pistolas de pulverización que
nentes deberán realizarse en zonas de pulverización proteusen disolventes inflamables o combustibles deberán estar
gidas por sistemas de rociadores automáticos aprobados
de acuerdo con los requisitos de 43.1.4.3.5. [33:8.7.3]
que cumplan los requisitos del Capítulo 7 de NFPA 33,
Standard for Spray Application Using Flammable or
43.1.8.8* Riesgos de Inflamación Espontánea. No deberá
Combustible Materials. [33:1.4.2]
usarse la misma cabina de pulverización alternativamente
Edición 2003
PULVERIZACIÓN, INMERSIÓN Y RECUBRIMIENTO UTILIZANDO MATERIALES INFLAMABLES o COMBUSTIBLES
1-275
43.2.3 Prevención de Contaminación. Deberán tomarse
de formulaciones de peróxido orgánico utilice estos matemedidas para prevenir la contaminación de las formulaciones
riales.[33:14.8]
de peróxido orgánico con cualquier sustancia extraña. Sólo
deberán usarse pistolas de pulverización y equipos de mani-
43.2.9 Hojas de Datos sobre la Seguridad del Material.
pulación relacionados, fabricados específicamente para usar-
Cuando se usen formulaciones de peróxido orgánico, debese con formulaciones de peróxido orgánico. [33:14.3]
rá consultarse la hoja de datos de seguridad del material.
[33:14.9]
43.2.3.1 Las partes mojadas de los equipos y aparatos que
manejan operaciones de peróxido orgánico deberán ser
43.3 Producción de Compuestos de Estireno de Eslabón
construidas con acero inoxidable (serie 300), polietileno,
Cruzado. (Plásticos de Fibra Vidrio Reforzado.)
Teflón® y otros materiales específicamente recomendados
para la aplicación. [33:14.3.1]
43.3.1* Alcance. Los procesos de fabricación que involucren la aplicación por pulverización de resinas de estireno
43.2.3.2* Deberán tomarse medidas para prevenir la contade eslabón cruzado endurecidas por calor (conocidas
minación de las formulaciones de peróxido orgánico con
comúnmente como plásticos reforzados con fibra de vidrio)
polvos o residuos de sobrepulverización que queden despara almacenamiento manual o métodos de fabricación con
pués lijar o aplicar por pulverización materiales de acabado.
pulverización, es decir, áreas de aplicación de resina, y
[33:1.4.3.2]
cuando los procesos no produzcan vapores que excedan el
25 por ciento del límite más bajo de inflamabilidad deberán
43.2.3.3 Los derrames de formulaciones de peróxido orgácumplir con NFPA 33, Standard for Spray Application
nico deberán quitarse rápidamente para que no queden resi-
Using Flammable or Combustible Materials, y la Sección
duos. Deberá permitirse que el material derramado sea
43.3. [33:15.1]
absorbido usando un absorbente incombustible y luego desechados rápidamente de acuerdo con las recomendaciones
43.3.2 Equipos para la Aplicación de Resina. Los equipos y
del fabricante. [33:14.3.3]
aparatos para la aplicación por pulverización de resina deberán
instalarse y usarse de acuerdo con los requisitos de los
43.2.4 Almacenamiento de Peróxidos Orgánicos. Las for-
Capítulos 14 y 15 de NFPA 33, Standard for Spray Application
mulaciones de peróxido orgánico deberán almacenarse de
Using Flammable or Combustible Materials. [33:15.2]
acuerdo con los requisitos de NFPA 42, Code for the
Storage of Organic Peroxide Formulations, y con las reco-
43.3.3* Protección contra Incendios. Las áreas de aplicamendaciones del fabricante. [33:14.4]
ción de resina deberán estar protegidas por un sistema de
rociadores automáticos diseñado e instalado de acuerdo con
43.2.5 Manipulación de Peróxidos Orgánicos. Deberán
los requisitos de NFPA 13, Standard for the Installation of
tomarse medidas para prevenir la manipulación de formula-
Sprinkler Systems, por lo menos para ocupaciones de
ciones de peróxido orgánico para evitar choques y fricción,
Riesgo Moderado, Grupo 2. [33:15.3]
lo cual puede causar descomposición y reacción violenta.
43.3.4 Almacenamiento de Resinas. La cantidad de líqui-
[33:14.5]
dos inflamables y combustibles ubicados en la proximidad
43.2.6* Mezcla de Peróxidos Orgánicos con Promotores.
de las áreas de aplicación de resina en el exterior de un
Las formulaciones de peróxido orgánico no deberán mezcuarto de almacenamiento o gabinete de almacenamiento
clarse directamente con ningún compuesto de cobalto u
en cualquier área de proceso único no deberá exceder el
otros promotores o aceleradores ya que pueden suceder desmayor de ninguno los siguientes:
composiciones o explosiones violentas. Para minimizar la
posibilidad de dicha mezcla accidental, estos materiales no
(1) Un suministro para un día
deberán almacenarse adyacentes entre sí. [33:14.6]
(2) La suma de 95 L (25 gal) de Líquidos Clase IA en contenedores y 454 L (120 gal) de líquidos Clase IB, IC, II
43.2.7 Fumar. Deberá estar prohibido fumar. Deberán colo-
o III en contenedores
carse estratégicamente señales de PROHIBIDO FUMAR, y
(3) Un tanque portátil aprobado que no exceda 660 gal
sólo deberán usarse herramientas que no produzcan chispa
(2498 L) de líquidos Clase IB, IC, II o III. [33:15.4]
en cualquier área donde se almacenen, mezclen o apliquen
formulaciones de peróxido orgánico. [33:14.7]
43.3.5 Riesgos por Electricidad y Otros Riesgos.
43.2.8 Personal Capacitado. Deberá permitirse que sólo
43.3.5.1 El cableado eléctrico y equipo de utilización
personal designado capacitado en el uso y manipulación
emplazado en áreas de aplicación de resina no sujetas a tan-
Edición 2003
1-276
CÓ
UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE
S TM
ques de residuos combustibles deberá instalarse de acuerdo
43.3.7.3 En áreas donde se usan pistolas tipo "chopper"
con los requisitos de NFPA 70, National Electrical Code®,
deberá proporcionarse papel, película de polietileno o matepara ubicaciones de riesgo moderado. [33:15.5.1]
rial similar para cubrir las superficies expuestas de los
muros y piso para permitir que se elimine la acumulación de
43.3.5.2 La instalación eléctrica y equipo de utilización
residuos.
emplazados en áreas de aplicación de resina sujetas a tanques de residuos combustibles deberán estar listados para
Excepción: Deberá permitirse la acumulación superior a
dicha exposición y deberán ser adecuados para las ubicacioun promedio de 2 pulg. (51 mm) en un solo día, siempre que
nes Clase I, División 1 o Clase II, División 1, el que sea
se cure y deseche adecuadamente antes del cierre de opeaplicable. Dicha instalación eléctrica y equipo de utilizaraciones. [33:15.7.3]
ción deberá instalarse de acuerdo con los requisitos de
NFPA 70, National Electrical Code, para la ubicación (cla-
43.3.7.3.1 El papel, película de polietileno o material simisificada) peligrosa involucrada. [33:15.5.2]
lar usado deberá colocarse en un contenedor incombustible
y desecharse cuando sea retirado de la instalación.
43.3.5.3* Todas las partes metálicas de las áreas de aplica-
[33:15.7.3.1]
ción de resina, conductos de escape, ventiladores, equipos
de aplicación por pulverización, piezas tratadas o contene-
43.4 Procesos de Inmersión y Recubrimiento.
dores que reciban el chorro de pulverización, y la tubería
que transporte líquidos inflamables o combustibles deberán
43.4.1* Los procesos de inmersión y recubrimiento en los
ser puestos a tierra eléctricamente. [33:15.5.3]
cuales se pasan artículos o materiales por a través de tanques,
cubas, contenedores o equipos de proceso que contienen
43.3.5.4 Los aparatos de calefacción ambiental u otras
líquidos inflamables o combustibles deberán cumplir con
superficies calientes en las áreas de aplicación de resina no
NFPA 34, Standard for Dipping and Coating Processes
deberán ser emplazados donde haya acumulación de tan-
Using Flammable or Combustible Liquids, y la Sección 43.4.
ques O residuos. [33:15.5.4]
43.4.1.1 La Sección 43.4 no deberá aplicarse a procesos que
43.3.6 Ventilación.
involucren líquidos incombustibles excepto cuando los materiales arrastrados por el agua, a base de agua y reductores de
43.3.6.1 La ventilación mecánica deberá ser diseñada e insagua contengan líquidos inflamables o combustibles, o protalada en la totalidad del área de aplicación de resina de
duzcan tanques o residuos combustibles. [34:1.1.2; 34:1.1.3]
acuerdo con los requisitos del Capítulo 5 de NFPA 33,
Standard for Spray Application Using Flammable or
43.4.1.2 La Sección 43.4 no deberá aplicarse al uso de un
Combustible Materials.
líquido que no tenga un punto de combustión cuando sea
ensayado de acuerdo con ASTM D 92, Standard Test
Excepción: No deberá requerirse que los edificios no ence-
Method for Flash and Fire Points by Cleveland Open Cup,
rrados en tres cuartas partes de su perímetro cumplan con
hasta el punto de ebullición del líquido o a una temperatura
este requisito. [33:15.6.1]
en la cual la muestra ensayada muestre un cambio físico
obvio. [Excepción 34:1.1.3]
43.3.6.2 Deberá proporcionarse ventilación local cuando
haya personal debajo o en el interior de la pieza en elabora-
43.4.1.3* La Sección 43.4 no deberá aplicarse a las cubas
ción. [33:15.6.2]
de temple mencionadas en el Capítulo 51 de este Código.
43.3.7 Uso y Manipulación.
43.4.2* Cuando están involucrados procesos industriales
inususales, deberá permitirse que la autoridad competente
43.3.7.1 El almacenamiento y uso de formulaciones de
requiera medidas de seguridad o modificaciones adicionaperóxido orgánico deberá cumplir con los requisitos del
les para los requisitos de NFPA 34, Standard for Dipping
Capítulo 14 de NFPA 33, Standard for Spray Application
and Coating Processes Using Flammable or Combustible
Using Flammable or Combustible Materials. [33:15.7.1]
Liquids, siempre que se logre una seguridad equivalente.
43.3.7.2 Las resinas catalizadas en exceso, mientras perma-
43.5. Entrenamiento.
nezcan en estado líquido, deberán drenarse hacia un contenedor incombustible de cubierta abierta. Deberá agregarse
43.5.1 Todo el personal involucrado en los procesos de
suficiente agua al contenedor para cubrir la resina conteniaplicación por pulverización cubiertos en el Capítulo 43
da con mínimo 51 mm (2 pulg.) de agua. [33:15.7.2]
deberán capacitarse en lo siguiente:
Edición 2003
1-277
EQUIPOS DE COCINA COMERCIALES
(1) La seguridad y riesgos potenciales para la salud
que estén conectados por transportadores al proceso de
(2) Los procesos operacionales, de mantenimiento y emerextracción, sin importar la distancia entre éstos
gencia requeridos
(3) La importancia de que el operador esté alerta constante-
44.2.2 El Capítulo 44 no deberá aplicarse a lo siguiente:
mente [33:16.1]
(1) Al almacenamiento de materias primas o productos ter-
43.5.1.1 El personal requerido para manipular o usar materiaminados
les inflamables o combustibles deberá ser capacitado en mani-
(2) A los procesos de extracción que utilicen líquidos que
pulación, almacenamiento y uso seguro de los materiales, al
sean mezclables con agua
igual que en procedimientos de emergencia. [33:16.1.1]
(3) A los procesos de extracción que utilicen gases inflamables, gases licuados de petróleo o gases no inflamables
43.5.1.2* Todo el personal requerido para entrar o trabajar
en espacios confinados o encerrados deberán estar capacita-
44.3 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos,
dos en la naturaleza del riesgo involucrado, las precauciodeberán cumplir con 1.12.16.
nes necesarias que se deben tomar y el uso de los equipos
de protección y emergencia requeridos. [33:16.1.2]
44.4 Requisitos Especiales. El uso de procesos que empleen compuestos de oxígeno activo que sean sensibles al calor
43.5.1.3 Todo el personal deberá ser capacitado en el uso,
o choques, tales como ciertos peróxidos orgánicos, deberán
mantenimiento y almacenamiento adecuado de todos los
estar prohibidos dentro del área definida en 44.2.1 (2).
equipos de emergencia, seguridad o de protección personal
requeridos para ser utilizados durante su desempeño normal
de trabajo. [33:16.1.3]
Capítulo 45 Reservado
Deberá emplearse documentación para registrar el tipo de
entrenamiento y la fecha del mismo proporcionado a cada
Capítulo 46 Reservado
individuo involucrado en estos procesos. [33:16.1.4]
Capítulo 47 Reservado
Capítulo 44 Extracción de Disolventes
44.1 Generalidades. Las plantas de extracción de disolven-
Capítulo 48 Reservado
tes deberán cumplir con NFPA 36, Standard for Solvent
Extraction Plants, y el Capítulo 44.
Capítulo 49 Reservado
44.2 Aplicación.
44.2.1 El Capítulo 44 deberá aplicarse a lo siguiente:
Capítulo 50 Equipos de Cocina Comerciales
(1) Al proceso de extracción a escala comercial de aceites y
50.1 Aplicación.
grasas animales y vegetales mediante el uso de líquidos
50.1.1* El diseño, instalación, funcionamiento, inspección
inflamables de hidrocarburos Clase I, que de ahora en
y mantenimiento de todos los equipos de cocina comerciaadelante se llamarán disolventes
les públicos y privados deberán estar de acuerdo con este
(2) A cualquier equipo y edificio que estén ubicados dentro
capítulo y NFPA 96, Standard for Ventilation and Control
del espacio de 30 m (100 pies) del proceso de extracción
and Fire Protection of Comercial Cooking Operations.
Excepción: Lo dispuesto en 44.2.1 (3) a (6)
50.1.2 Este capítulo deberá aplicarse a los equipos de cocina comerciales usados para funciones de las cocina comer-
(3) A la descarga, almacenamiento y manejo de disolventes,
ciales. [96:1.1.2]
sin importar la distancia desde el proceso de extracción
(4) A los medios de transporte del material extraído desde el
50.1.3 Este capítulo no deberá aplicarse a los equipos de cociproceso de preparación hasta el proceso de extracción
na ubicados en una unidad de vivienda individual. [96:1.1.3]
(5) A los medios de transporte de sólidos y aceites a los que
se les ha extraído el solvente por el proceso de extracción
50.1.4* Este capítulo no deberá aplicarse a las instalaciones
(6) A los procesos de preparación y acabado de comidas
donde se cumpla todo lo siguiente:
Edición 2003
1-278
CÓ
UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCEN
TM
(1) Que sólo se usen equipos residenciales
norma, a menos que toda o parte de la instalación esté exen-
(2) Que los extintores estén ubicados en todas las áreas de
ta por la autoridad competente. [96:4.1.9]
cocina de acuerdo con NFPA 10, Standard for Portable
Fire Extinguishers
50.2.10* Espacio Libre.
(3) Que la instalación no sea una ocupación para reuniones
públicas
50.2.10.1 Cuando no se requieran cerramientos, las campa-
(4) Que esté sujeta a aprobación de la autoridad competennas, dispositivos de remoción de grasa, ventiladores educte [96:1.1.4]
tores y conductos deberán estar separados mínimo 457 mm
(18 pulg.) del material combustible, 76 mm (3 pulg.) de
50.2 Requisitos Generales.
cualquier material de combustión limitada, y 0 mm (0 pulg.)
de cualquier material incombustible. [96:4.2.1]
50.2.1 Los equipos de cocina usados en procesos que produzcan humo o vapores cargados de grasa deberán estar equipados
50.2.10.2 Cuando una campana, conducto o dispositivo de
con un sistema de extracción de acuerdo con todos los requisiremoción de grasa esté listado para distancias inferiores a
tos para equipos y desempeño de esta norma. [96:4.1.1]
aquellas requeridas en 50.2.10.1, deberán permitirse los
requisitos del listado. [96:4.2.2]
50.2.2 Dichos equipos y su desempeño deberán mantenerse de
acuerdo con los requisitos de esta norma durante todo el tiem-
50.2.10.3 Reducción de Espacios Libres.
po de funcionamiento de los equipos de cocina. [96:4.1.2]
50.2.10.3.1 Cuando se proporcione un sistema de reduc-
50.2.3 Los siguientes equipos deberán mantenerse en bueción del espacio libre que conste de chapa metálica de 0,33
nas condiciones de funcionamiento:
mm (0,013 pulg.) (calibre 28) espaciada a intervalos de 25
mm (1pulg.) sobre los espaciadores incombustibles, deberá
(1) Equipos de cocina
haber un mínimo de 229 mm (9 pulg.) de espacio libre hasta
(2) Campanas
el material combustible. [96:4.2.3.1]
(3) Conductos (si son aplicables)
(4) Ventiladores
50.2.10.3.2 Cuando se proporcione un sistema de reduc-
(5) Sistemas de extinción de incendios
ción del espacio libre que conste de chapa metálica de 0,69
(6) Equipos especiales efluentes o de control de energía [96:4.1.3]
mm (0,27 pulg.) (calibre 22) sobre ladrillo de lana mineral
o manto de espuma de fibra cerámica reforzada con malla
50.2.4 Deberán mantenerse todos los flujos de aire. [96:4.1.4]
de alambre o su equivalente, espaciado a intervalos de 25
mm (1 pulg.) sobre los espaciadores incombustibles, debe-
50.2.5 Deberá realizarse mantenimiento y reparaciones de
rá haber un mínimo de 76 mm (3 pulg.) de espacio libre
todos los componentes, a intervalos necesarios, para mantehasta el material combustible. [96:4.2.3.2]
ner estas condiciones. [96:4.1.5]
50.2.10.3.3 Deberá permitirse cero espacio libre cuando
50.2.6* Todos los equipos de cocina que consumen comestén protegidos con listones metálicos y yeso, baldosas
bustible sólido deberán estar de acuerdo con los requisitos
cerámicas, baldosas coloradas sin vidriar para piso exterior
del Capítulo 14 de NFPA 96, Standard for Ventilation Control
y otros materiales incombustibles o conjunto de materiales
and Fire Protection of Comercial Cooking Operations. [96:4.1.6]
incombustibles, o materiales y productos listados con el fin
de reducir el espacio libre. [96:4.2.3.3]
50.2.7 Las solicitudes para arrendamientos múltiples deberán
requerir que los arrendatarios y el dueño del edificio estén de
50.2.11 Dibujos. En el local deberán mantenerse los dibuacuerdo para la cooperación del diseño, instalación, manejo y
jos de la instalación del sistema de extracción junto con una
responsabilidades de mantenimiento. [96:4.1.7]
copia de las instrucciones de funcionamiento para los subconjuntos y componentes usados en el sistema de extrac-
50.2.8 Todas las superficies interiores del sistema de
ción, incluyendo los esquemas eléctricos. [96:4.6]
extracción deberán ser accesibles para propósitos de limpieza e inspección. [96:4.1.8]
50.2.12 Notificación a la Autoridad Competente. Si es
requerido por la autoridad competente, deberá entregarse
50.2.9* Los equipos de cocina utilizados en lugares fijos,
una notificación por escrito de cualquier modificación,
móviles, o temporales, tales como camiones, autobuses,
reemplazo o reubicación de cualquier sistema de extracremolques, pabellones, carpas, o cualquier cerramiento con
ción, o extinción o parte de los mismos, o equipos de cocitecho deberán estar de acuerdo con los requisitos de esta
na. [96:4.7]
Edición 2003
1-279
EQUIPOS DE COCINA COMERCIALES
50.3 Protección de Materiales de Recubrimiento y
tico de extinción de incendios deberá colocarse visiblemen-
Cerramiento.
te cerca de cada extintor portátil de incendios en el área de
la cocina. [96:10.2.2]
50.3.1 Deberán tomarse medidas para prevenir los daños
físicos de cualquier material de recubrimiento o cerramien-
50.4.4.2.1 El lenguaje y texto para el letrero deberá ser
to. [96:7.7.3.1]
aprobado por la autoridad competente. [96:10.2.2.1]
50.3.2 Cualquier daño físico en el recubrimiento o cerra-
50.4.4.3 Los sistemas automáticos de extinción de incenmiento deberá ser reparado y el recubrimiento o cerramiendios deberán estar de acuerdo con la norma UL 300, Fire
to deberá ser restaurado para cumplir con su listado y clasi-
Testing of Fire Extinguishing Systems for Protection of
ficación de resistencia al fuego previstos y para ser acepta-
Restaurant Cooking Areas, u otras normas equivalentes y
dos por la autoridad competente. [96:7.7.3.2]
deberán ser instalados de acuerdo con los requisitos del listado. [96:10.2.3]
50.3.3 En caso de un incendio dentro de un sistema de
extracción de cocina, el conducto, cerramiento o el recubri-
50.4.4.4 Los dispositivos de remoción de grasa, plenos de
miento aplicado directamente al conducto deberá ser inscampanas de extracción, conductos de extracción y equipos
peccionado por personal calificado para determinar si el
de cocina no mencionados en UL 300 u otras normas de
conducto, cerramiento y recubrimiento aplicado directaensayo equivalentes deberán estar protegidos con sistemas
mente al conducto están en buenas condiciones estructuraautomáticos de extinción de incendios de acuerdo con las
les, capaces de mantener sus funciones de protección connormas aplicables de la NFPA y los códigos locales de
tra incendios, adecuados para continuar en funcionamiento
construcción y de incendios, y deberán ser aprobados por la
y aceptables para la autoridad competente.[96:7.7.3.3]
autoridad competente. [96:10.2.4]
50.4 Equipos de Extinción de Incendios.
50.4.4.5 Los equipos automáticos de extinción de incendios provistos como parte de los sistemas de recirculación
50.4.1 Antes de la instalación de cualquier sistema de extinlistados deberán estar de acuerdo con la norma UL 197,
ción de incendios, los documentos de construcción deberán
Standard for Commercial Electric Cooking Appliances. [96:10.2.5]
ser revisados y aprobados por la autoridad competente.
50.4.4.6* En sistemas existentes, cuando ocurran cambios
50.4.2 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos,
en medio de la cocina, en la posición o se reemplacen los
deberán estar de acuerdo con 1.12.19.
equipos de cocina, el sistema de extinción de incendios
deberá estar para cumplir con UL 300.
50.4.3 Requisitos Generales.
Excepción No.1: Los equipos automáticos de extinción de
50.4.3.1 Deberán proveerse equipos de extinción de incenincendios proporcionados como parte de los sistemas de
dios para la protección de los dispositivos de remoción de
recirculación, listado de acuerdo con la norma UL 197,
grasa, plenos de campanas de extracción y sistemas de con-
Standard for Commercial Electric Cooking Appliances.
ductos de extracción. [96:10.1.1]
Excepción No.2: Los sistemas de extinción aprobados ante-
50.4.3.2* Los equipos de cocina que producen vapores carriormente e instalados de acuerdo con NFPA 13, Standard
gados de grasa y que pueden ser una fuente de ignición de
for the Installation of Sprinkler Systems.
la grasa en la campana, dispositivo de remoción de grasa 0
conducto deberán estar protegidos por equipos de extinción
50.4.4.7 Los sistemas automáticos de extinción de incende incendios. [96:10.1.2]
dios deberán ser instalados de acuerdo con los términos de
su listado, las instrucciones del fabricante y las siguientes
50.4.4 Tipos de Equipos.
normas cuando sean aplicables:
50.4.4.1 Los equipos de extinción de incendios deberán
(1) NFPA 12, Standard on Carbon Dioxide Extinguishing Systems
incluir los sistemas automáticos de extinción de incendios
(2) NAPA 13, Standard for the Installation of Sprinkler Systems
como protección primaria y los extintores portátiles de
(3) NAPA 17, Standard for Dry Chemical Extinguishing Systems
incendios como reserva secundaria. [96:10.2.1]
(4) NFPA 17A, Standard for Wet Chemical Extinguishing
Systems [96:10.2.6]
50.4.4.2 Un letrero que identifique el uso del extintor como
un medio de refuerzo secundario para el sistema automá-
Edición 2003
1-280
GO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA IN
DIOS
TM
50.4.4.8 Campanas de deflector fijo con Lavado de agua.
de campana de deflector fijo, sistemas automáticos de extinción de incendios, o ambos deberán ser listados indicando el
50.4.4.8.1 Deberá permitirse que los dispositivos de remoción
tipo de válvula y deberán ser supervisadas mientras se
de grasa, plenos de campanas de extracción y conductos de
encuentren abiertas por uno de los siguientes métodos:
extracción que requieran protección, de acuerdo con 50.4.3.1,
estén protegidos por un sistema de campana de deflector fijo
(1) La estación central, propietario, o servicio de alarma de
que contenga un sistema de lavado de agua constante o activaestación remota
do por el fuego, listado para extinguir un incendio en los dis-
(2) El servicio de alarma local que hace sonar una señal
positivos de remoción de grasa, plenos de campanas de extracaudible en un punto atendido constantemente
ción y conductos de extracción. [96:10.2.7.1]
(3) Las válvulas trabadoras se abren
(4)* El cierre de válvulas y una inspección semanal aproba-
50.4.4.8.2 Cada área que no esté provista de un sistema de
da registrada [96:10.2.9]
extinción de lavado de agua deberá estar provista de un sistema de extinción listado para dicho propósito. [96:10.2.7.2]
50.4.5 Funcionamiento Simultaneo.
50.4.4.8.3 Deberá permitirse que el agua para los ensam-
50.4.5.1 Los sistemas de extinción de tubería fija en un
bles de campana de deflector fijo sea suministrada desde el
área de riesgo único (ver la Sección 3.3 para la definición
suministro doméstico de agua cuando se proporcionen la
de área de riesgo único) deberán estar dispuestos para un
presión y flujo mínimos de acuerdo con los términos del lisfuncionamiento automático simultaneo tras la activación de
tado. [96:10.2.7.3]
cualquiera de los sistemas [96:10.3.1]
50.4.4.8.4 El abastecimiento de agua deberá ser controlado
50.4.5.2 No deberá requerirse el funcionamiento simultapor una válvula supervisada de maniobra del abastecimienneo cuando el sistema de extinción de tubería fija sea un sisto de agua. [96:10.2.7.4]
tema de rociadores automáticos. [96:10.3.2]
50.4.4.8.5 El lavado de agua en una campana de deflector
50.4.5.3 No deberá requerirse el funcionamiento simultafijo, específicamente listada para extinguir un incendio,
neo cuando se permita usar un sistema de químico seco o
deberá ser activado por el sistema de extinción del equipo
húmedo para proteger el sistema de conductos de extracde cocina. [96:10.2.7.5]
ción común mediante uno de los métodos especificados en
NFPA 17, Standard for Dry Chemical Extinguishing Systems,
50.4.4.8.6 Un sistema de lavado de agua aprobado para
o NFPA 17A, Standard for Wet Chemical Extinguishing
usarse para la protección de los dispositivos de remoción de
Systems. [96:10.3.3]
grasa, plenos de campanas de extracción, conductos de
extracción o combinaciones de los mismos deberán incluir
50.4.6 Corte de Combustible.
instrucciones y una interface eléctrica apropiada para la
activación simultanea del sistema de lavado por agua desde
50.4.6.1 Tras la activación de cualquier sistema de extinun sistema automático de extinción de incendios, cuando el
ción de incendios para una operación de cocina, todas las
sistema automático de extinción de incendios sea utilizado
fuentes de combustible y energía eléctrica que produzcan
sólo para la protección del equipo de cocina. [96:10.2.7.6]
calor para todo el equipo que requiera ser protegido por ese
sistema deberán cortarse automáticamente. [96:10.4.1]
50.4.4.8.7 Cuando el sistema de extinción de incendios
proporcione protección para el equipo de cocina, campana
50.4.6.2 No deberá requerirse que se corte automáticamente el
y conducto, no deberá requerirse la activación del lavado
vapor suministrado desde una fuente externa. [96:10.4.2]
por agua. [96:10.2.7.7]
50.4.6.3 Cualquier aparato a gas que no requiera protec-
50.4.4.9 Deberá permitirse que el agua requerida para los
ción, pero que esté ubicado bajo el mismo equipo de ventisistemas automáticos de extinción de incendios sea sumilación, también deberá cerrarse automáticamente tras la
nistrada desde el abastecimiento de agua doméstico cuando
activación de cualquier sistema de extinción. [96:10.4.3]
se proporcionen la presión y flujo mínimos de acuerdo con
los términos del listado. El abastecimiento de agua deberá
50.4.6.4 Los dispositivos de cierre deberán requerir reiniser controlado por una válvula supervisada de maniobra del
ciación manual. [96:10.4.4]
abastecimiento de agua. [96:10.2.8]
50.4.7 Activación Manual.
50.4.4.10 Supervisión de la Válvula de Agua. Las válvulas que controlan el suministro de agua para los ensambles
50.4.7.1 Un medio fácilmente accesible para la activación
Edición 2003
1-281
EQUIPOS DE COCINA COMERCIALES
manual deberá estar ubicado entre 1067 mm y 1219 mm (42
50.4.9.3 No deberá requerirse el sistema de supervisión
pulg. y 48 pulg.) por encima del suelo, ser accesible en el
cuando el sistema de extinción de incendios estén intercoevento de un incendio, estar ubicado en el camino de egrenectado o entrelazado con las fuentes de energía del equipo
so e identificar claramente el riesgo protegido. [96:10.5.1]
de cocina de manera que si el sistema de extinción de incendios no pueda funcionar debido a una falla de energía, todas
50.4.7.2 Los medios automáticos y manuales de activación
las fuentes de combustible o de energía eléctrica que produzdel sistema externos a la cabeza de control o dispositivos de
can calor para todos los equipos de cocina servidos por esa
liberación deberán estar separados e independientes entre
campana deberán cerrarse automáticamente. [96:10.7.3]
sí, de manera que la falla de uno no perjudique el funciona-
50.4.9.4 No deberá ser requerido el sistema de supervisión
miento del otro. [96:10.5.2]
cuando un sistema automático de extinción de incendios,
50.4.7.3 Deberá permitirse que los medios manuales de
incluyendo la detección y accionamiento mecánicos autoactivación del sistema estén de acuerdo con los medios
máticos, esté conectado eléctricamente a un sistema de
automáticos si el dispositivo de activación manual está ubilavado de agua accionado por el fuego listado para que
cado entre la cabeza de control o dispositivo de liberación y
ambos sistemas funcionen simultáneamente. [96:10.7.4]
el primer eslabón fusible. [96:10.5.3]
50.4.10 Diseño y Aplicación Especiales.
50.4.7.4 Un sistema de rociadores automáticos no deberá
requerir un medio manual de activación del sistema. [96:10.5.4]
50.4.10.1 Las campanas que contengan sistemas automáticos de extinción de incendios son áreas protegidas; por lo
50.4.7.5 El medio para la activación manual deberá ser
tanto, estas campanas no son consideradas como obstrucmecánico o depender de la energía eléctrica para la activaciones para los sistemas de rociadores elevados no deberán
ción de acuerdo con 50.4.7.6. [96:10.5.5]
requerir recubrimiento del piso por debajo. [96:10.8.1]
50.4.7.6 Deberá permitirse el uso de energía eléctrica para
50.4.10.2 Deberá permitirse un dispositivo de detección
la activación manual si se proporciona el suministro de
único listado para más de un aparato cuando sea instalado
energía de reserva o si se proporciona supervisión de acuerde acuerdo con los términos del listado. [96:10.8.2]
do con 50.4.9. [96:10.5.6]
50.4.11 Revisión y Certificación.
50.4.8 Anunciador del Sistema.
50.4.11.1 Cuando sea requerido, deberá remitirse a la auto-
50.4.8.1 Luego de la activación de un sistema de extinción
ridad competente un dibujo completo de la instalación del
de incendios, deberá proveerse una alarma audible o un
sistema, incluyendo las campanas, conductos de extracción
indicador visual para demostrar que el sistema ha sido acti-
y aparatos, junto con la interfase de los detectores del sistema de extinción de incendios, tuberías, boquillas y disposivado. [96:10.6.1]
tivos de cierre de combustible. [96:10.9.1]
50.4.8.2 Cuando un sistema de señalización de alarma de
incendio sirve la ocupación donde se encuentra el sistema
50.4.11.2* Requisitos de Instalación.
de extinción, la activación del sistema de extinción de
incendios automático deberá activar el sistema de señaliza-
50.4.11.2.1 La instalación de sistemas deberá ser realizada
ción de la alarma de incendios. [96:10.6.2]
únicamente por personas entrenadas y calificadas apropiadamente para instalar el sistema específico suministrado.
50.4.9 Supervisión del Sistema.
[96:10.9.2.1]
50.4.9.1 Cuando se requiera energía eléctrica para activar
50.4.11.2.2 El instalador deberá proveer una certificación a
el sistema automático de extinción de incendios, éste debela autoridad competente asegurando que la instalación está
rá ser monitoreado por una alarma de supervisión, provisto
de acuerdo con los términos del listado y las instrucciones
de un suministro de energía de reserva. [96:10.7.1]
del fabricante y/o el diseño aprobado. [96:10.9.2.2]
50.4.9.2 No deberá requerirse el sistema de supervisión
50.4.12 Extintores Portátiles de Incendio.
cuando el sistema de extinción de incendios automático
incluya detección y accionamiento mecánico automático
50.4.12.1* Deberán instalarse extintores portátiles de incencomo sistema de detección de respaldo. [96:10.7.2]
dio en las áreas de cocina de acuerdo con la Sección 13.6 y
NFPA 10, Standard for Portable Fire Extinguishers, y
Edición 2003
1-282
CÓ
UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCEN
S
TM
deberán ser listados específicamente para dicho uso.
mecánicos o eléctricos, detectores, accionadores, y reguladores
[96:10.10.1]
de tiro accionados por el fuego, durante la inspección de acuerdo con los procedimientos listados del fabricante. [96:11.2.2]
50.4.12.2 Los extintores deberán usar agentes que se saponifiquen al contacto con grasa caliente tales como el quími-
50.5.2.3 Además de estos requisitos, también deberán
co seco de bicarbonato de sodio y bicarbonato de potasio y
seguirse los requisitos específicos de inspección de la
soluciones de carbonato de potasio. [96:10.10.2]
norma NFPA aplicable. [96:11.2.3]
50.4.12.3 No deberán permitirse portátiles tipo gas Clase B
50.5.2.4* Los eslabones fusibles (incluyendo los eslabones
en las áreas de cocina. [96:10.10.3]
fusibles sobre ensambles de compuertas cortafuego) y las
cabezas de los rociadores automáticos deberán reemplazarse
50.4.12.4 Deberán seguirse las recomendaciones del fabrial menos una vez al año, o con mayor frecuencia si es necesacante.[96:10.10.4]
rio cuando sea requerido por el fabricante. [96:11.2.4]
50.4.12.5 Otros extintores de incendio deberán ser instala-
50.5.2.5 El año de fabricación y la fecha de instalación de
dos en el área de cocina de acuerdo con NFPA 10, Standard
los eslabones fusibles deberán estar marcados en la etiquefor Portable Fire Extinguishers. [96:10.10.5]
ta de inspección del sistema. La etiqueta deberá estar firma-
50.5 Procedimientos para el Uso y Mantenimiento de
da o con las iniciales del instalador. [96:11.2.5]
Equipos.
50.5.2.6 Otros dispositivos de detección sin incluir los esla-
50.5.1 Procedimientos de Funcionamiento.
bones fusibles y rociadores automáticos deberán recibir
mantenimiento o reemplazarse de acuerdo con las recomen-
50.5.1.1 Los sistemas de extracción deberán funcionar
daciones del fabricante. [96:11.2.6]
siempre que el equipo de cocina esté encendido. [96:11.1.1]
50.5.2.7 Cuando se utilicen rociadores tipo ampolla o boquillas
50.5.1.2 Los sistemas de extracción equipados con filtros
de pulverización y el examen anual no demuestre acumulación
no deberán funcionar sin los filtros. [96:11.1.2]
de grasa u otro material sobre el rociador o las boquillas de pulverización, no deberá requerirse el reemplazo anual. [96:11.2.7]
50.5.1.3 Las aberturas provistas para reemplazar el aire
extraído a través del equipo de ventilación no deberán ser
50.5.2.8 Cuando se requiera, deberán enviarse los certificarestringidas por tapas, reguladores de flujo o cualquier otro
dos de inspección y mantenimiento a la autoridad compemedio que reduzca la eficacia de funcionamiento del sistetente. [96:11.2.8]
ma de extracción. [96:11.1.3]
50.5.3 Inspección de los Sistemas de Extracción. El sis-
50.5.1.4 Las instrucciones para manejar manualmente el
tema de extracción completo deberá ser inspeccionado por
sistema de extinción deberán ser exhibidas estratégicamenuna compañía o personal capacitado, calificado y certificate en la cocina y deberán ser revisadas con los empleados
do, aceptable para la autoridad competente de acuerdo con
con la administración. [96:11.1.4]
la Tabla 50.5.3. [96:11.3]
50.5.1.5 Las campanas de extracción listadas deberán
Tabla 50.5.3 Programa de Inspección del Sistema de
manejarse de acuerdo con los términos de sus listados y las
Extracción.
instrucciones del fabricante.[96:11.1.5]
Tipo o Volumen de la Frecuencia
Frecuencia
50.5.1.6 El equipo de cocina no deberá funcionar mientras
para Cocinar
su sistema de extinción de incendios o sistema de extrac-
Sistemas que sirven las operaciones de
Mensual
ción no funcione o esté dañado. [96:11.1.6]
cocina de combustible sólido
Sistemas que sirven las operaciones de
Trimestral
50.5.2 Inspección de los Sistemas de Extinción de Incendios.
cocina de volumen alto tales como
cocinar 24 horas, asar a la parrilla
50.5.2.1* Deberá hacerse una inspección y mantenimiento
con carbón, o cocinar en wok
del sistema de extinción de incendios y de las campanas de
Sistemas que sirvan las operaciones de
Semestral
extracción listadas que contengan un sistema constante de
cocina de volumen moderado
agua o accionado por el fuego por lo menos cada 6 meses
Sistemas que sirven las operaciones de
Anual
por personal calificado y entrenado apropiadamente.
cocina de volumen bajo, talescomo
[96:11.2.1]
iglesias, campamentos de día, negocios
50.5.2.2 Deberá revisarse el funcionamiento adecuado de
por estaciones o centros para adultos
todos los componentes de accionamiento, incluyendo las estamayores
ciones manuales de alarma incendio remotas, dispositivos
Fuente: La Tabla 11.3 de NFPA 96.
Edición 2003
EQUIPOS DE COCINA COMERCIALES
1-283
50.5.4 Limpieza de los Sistemas de Extracción.
50.5.4.13 Cuando se haya terminado el procedimiento de
limpieza, el contratista de limpieza del respiradero deberá
50.5.4.1 Si durante la inspección se encuentra contaminacolocar o exhibir dentro del área de cocina una etiqueta que
ción por el depósito de vapores cargados de grasa, el sisteindique la fecha de limpieza y el nombre de la compañía de
ma de extracción completo deberá ser limpiado por una
servicio, y las áreas que no han sido limpiadas. [96:11.4.13]
compañía o personal capacitado adecuadamente, calificado
y certificado que sea aceptable para la autoridad competen-
50.5.4.14 Cuando se requiera, los certificados de la inspecte de acuerdo con 50.5.3. [96:11.4.1]
ción y limpieza deberán remitirse a la autoridad competente. [96:11.4.14]
50.5.4.2* Las campanas, dispositivos de remoción de grasa,
ventiladores, conductos y otros accesorios deberán limpiar-
50.5.5 Mantenimiento. Todos los sistemas de protección
se hasta que el metal quede al desnudo antes de que las
contra incendios para equipos de cocina comerciales deberán
superficies se contaminen demasiado con grasa o sedimenmantenerse de acuerdo con la Sección 13.1 y la Sección 13.8.
tos de aceite. [96:11.4.2]
50.6 Requisitos Mínimos de Seguridad para Equipos de
50.5.4.3 Al comenzar el proceso de limpieza, los interrup-
Cocina.
tores que puedan activarse por accidente deberán cerrarse.
[96:11.4.3]
50.6.1 Equipos de Cocina.
50.5.4.4 Los componentes del sistema de supresión de
50.6.1.1 Los equipos de cocina deberán ser aprobados de
incendios no deberán quedarse sin funcionar durante el proacuerdo con los siguientes criterios:
ceso de limpieza. [96:11.4.4]
(1) Los listados de un laboratorio de ensayo
50.5.4.5 Deberá permitirse que los sistemas de extinción de
(2) Los datos del ensayo aceptables para la autoridad comincendios permanezcan inoperantes durante el proceso de
petente [96:12.1.1]
limpieza cuando reciban mantenimiento por personal capacitado y calificado de acuerdo con 50.5.3. [96:11.4.5]
50.6.1.2 Instalación.
50.5.4.6 No deberán usarse solventes inflamables u otras
50.6.1.2.1 Todos los aparatos listados deberán ser instalaayudas de limpieza inflamables. [96:11.4.6]
dos de acuerdo con los términos de sus listados y las instrucciones del fabricante. [96:12.1.2.1]
50.5.4.7 Los químicos de limpieza no deberán ser aplicados sobre eslabones fusibles u otros dispositivos de detec-
50.6.1.2.2 * Los aparatos de cocina que requieran protección
ción del sistema automático de extinción. [96:11.4.7]
no deberán moverse, modificarse, o cambiar de disposición
sin una reevaluación previa del sistema de extinción de
50.5.4.8 Después de limpiar el sistema de extracción hasta
incendios por el instalador del sistema o agente de mantenique el metal quede al desnudo, éste no deberá recubrirse
miento, a menos que sea permitido de otra manera por el
con polvo u otra sustancia. [96:11.4.8]
diseño del sistema de extinción de incendios. [96:12.1.2.2]
50.5.4.9 Deberán reemplazarse todos los paneles de acceso
50.6.1.2.3 No deberá requerirse una reevaluación el siste-
(puertas) y cubreplacas. [96:11.4.9]
ma de extinción de incendios cuando los aparatos de cocina
sean desplazados para realizar mantenimiento y limpieza,
50.5.4.10 Los reguladores de flujo y difusores deberán ser
siempre que los aparatos sean regresados a la ubicación
ubicados para un flujo de aire adecuado. [96:11.4.10]
establecida aprobada antes de las operaciones de cocina, y
cualquier boquilla del sistema de extinción de incendios
50.5.4.11 Cuando se haya terminado el procedimiento de
adherida a los aparatos sea reconectada de acuerdo con el
limpieza, todos los interruptores eléctricos y componentes
manual de diseño listado del fabricante. [96:12.1.2.3]
del sistema deberán volver a quedar en funcionamiento.
[96:11.4.11]
50.6.1.2.3.1 Deberá proveerse un método aprobado que
asegure que el aparato sea regresado a un emplazamiento
50.5.4.12 Cuando se utilice un servicio de limpieza para el
establecido aprobado. [96:12.1.2.3.1]
respiradero, deberá mantenerse un certificado que indique
la fecha de la inspección o limpieza en el local. [96:11.4.12]
50.6.1.2.4 Todas las freidoras hondas deberán ser instaladas con un espacio mínimo de 406 mm (16 pulg.) entre la
Edición 2003
1-284
CÓDIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM
freidora y llamas de la superficie desde el equipo de cocina
las condiciones de seguridad requeridas y prevenir el desadyacente. [96:12.1.2.4]
arrollo de riesgos de explosión y de incendio.
50.6.1.2.5 Cuando una placa deflectora de acero o vidrio
templado sea instalada a una altura mínima de 203 mm (8
Capítulo 52 Sistemas de Baterías de Ácido de
pulg.) entre la freidora y llamas de la superficie del aparato
Plomo Estacionarias
adyacente, no deberá aplicarse el requisito para un espacio
de 406 mm (16 pulg.). [96:12.1.2.5]
52.1 Generalidades. Los Sistemas de baterías de ácido de
plomo estacionarias que tengan una capacidad electrolítica
50.6.1.2.5.1 Si la freidora y las llamas de la superficie están
de más de 378.5 L (100 gal) en edificios con rociadores o
en planos horizontales distintos, la altura mínima de 203
189.3 L (50 gal) en edificios sin rociadores usados para
mm (8 pulg.) deberá medirse desde el más alto de los dos.
generar energía de reserva a la instalación, energía de emer-
[96:12.2.5.1]
gencia, o aprovisionamiento energía ininterrumpida deberán estar de acuerdo con el Capítulo 52.
50.6.2 Controles de Funcionamiento. Las freidoras hondas deberán estar equipadas con un control de límite alto
52.2 Permisos.
independiente además del control de funcionamiento ajustable (termostato) para cortar el combustible o energía
52.2.1 Los permisos, cuando sean requeridos, deberán
cuando la temperatura de la grasa alcance 246°C (475°F) a
cumplir con 1.12.19.
25,4 mm (1 pulg.) bajo la superficie. [96:12.2]
52.2.2 Los planos deberán ser presentados y aprobados por
la autoridad competente antes de la instalación.
Capítulo 51 Hornos y Hogares Industriales
52.3 Características de Seguridad.
51.1 Generalidades.
52.3.1 Ventilación de Seguridad. Las baterías deberán ser
51.1.1 Aplicación. Los hornos y hogares industriales debeprovistas de tapas de ventilación de seguridad.
rán cumplir con este capítulo y con las disposiciones aplicables de NFPA 86, Standard for Ovens and Furnaces;
52.3.2 Fugas Térmicas. Los sistemas de batería de ácido
NFPA 86C, Standard for Industrial Furnaces Using a
de plomo con válvulas reguladoras deberán estar provistas
Special Processing Atmosphere; y NFPA 86D, Standard for
de un dispositivo listado o cualquier otro método aprobado
Industrial Furnaces Using Vacuum as an Atmosphere.
para impedir, detectar y controlar fugas térmicas.
51.1.2 Permisos.
52.3.3 Separación de Ubicación y Ocupación.
51.1.2.1 Los permisos, cuando sean requeridos, deberán
52.3.3.1 Los sistemas de baterías deberán permitirse en la
cumplir con 1.12.19.
misma sala del equipo al cual están alimentando.
51.1.2.2 Las solicitudes para los permisos deberán estar
52.3.3.2 Los sistemas de baterías deberán guardarse en un
acompañadas de los planos para un procedimiento seguro
armario con llave no combustible o cualquier otro recinto
mostrando todos los detalles y cálculos especiales.
para prevenir el acceso de personal no autorizado, a menos
que esté ubicado en una sala de equipos separada, accesible
51.2 Ubicación. Deberá tenerse en cuenta la ubicación del
solamente al personal autorizado.
equipo que utilice líquidos inflamables o cuando se utilicen
combustibles gaseosos con una densidad de vapor superior
52.3.3.3 En instalaciones diferentes de las de reuniones
al aire.
públicas, enseñanza, penitenciarías y correccionales, sanitarias, sanitarias para pacientes ambulatorios, guarderías, asi-
51.3 Controles de Seguridad. Los controles de seguridad,
los y centros de acogida residenciales, y ocupaciones resisegún lo especificado en NFPA 86, Standard for Ovens and
denciales, los sistemas de baterías deberán ubicarse en una
Furnaces, NFPA 86C, Standard for Industrial Furnaces
cuarto separada de las otras partes del edificio, por una
Using a Special Processing Atmosphere, y UNFPA 86D,
barrera cortafuego de mínimo 1 hora de resistencia.
Standard for Industrial Furnaces Using Vacuum as an
Atmosphere, deberán ser suficientes en número y deberán
52.3.3.4 En instalaciones para reuniones públicas, enseñanconstruirse y organizarse substancialmente para mantener
za, penitenciarías y correccionales, sanitarias, sanitarias
Edición 2003
REFRIGERACIÓN MECÁNICA
1-285
para pacientes ambulatorios, guarderías, asilos y centros de
52.3.8.2 Las señales deberán establecer que el cuarto contieacogida residenciales, y ocupaciones residenciales, los sisne sistemas de baterías de ácido de plomo, que el cuarto de
temas de baterías deberán ubicarse en una cuarto separada
baterías contiene circuitos eléctricos energizados, y que las
de las otras partes del edificio, por una barrera cortafuego
soluciones de electrolito de batería son líquidos corrosivos.
de mínimo 2 horas de resistencia.
52.3.8.3 Los armarios de baterías deberán estar provistos
52.3.4 Control de Derrames.
de etiquetas exteriores que identifiquen el fabricante, el
número del modelo del sistema, y una clasificación eléctri-
52.3.4.1 Los cuartos, edificios o áreas que contengan electroca (voltaje y corriente) del sistema de batería contenido.
lito líquido de derrame libre en recipientes individuales que
Dentro del armario, deberán proveerse señales que indiquen
tengan una capacidad superior a 208 L (55 gal) o recipientes
el nivel de riesgo eléctrico, químico y de incendio.
múltiples que tengan una capacidad acumulada que exceda
3785 L (1000 gal) deberán proveerse de control de derrames
52.3.9 Protección Sísmica. En áreas sísmicamente activas,
para prevenir el derrame de líquidos a las áreas aledañas.
los sistemas de baterías deberán estar sísmicamente protegidos de acuerdo con el código de construcción.
52.3.4.2* Deberá proveerse un método y materiales aprobados para el control de los derrames de electrolito. El méto-
52.3.10 Detección de Humo. Deberá instalarse un sistema
do deberá ser capaz de controlar el derrame desde el reciautomático de detección de humo aprobado en tales áreas y
piente individual más grande.
deberá estar supervisado por una central aprobada, el propietario, o el servicio de estación remota de una alarma
52.3.5 Neutralización.
local que emita una señal audible en una ubicación atendida constantemente.
52.3.5.1 Deberá proveerse un método aprobado para neutralizar el electrolito derramado.
Capítulo 53 Refrigeración Mecánica
52.3.5.2 El método deberá ser capaz de neutralizar un
derrame de la batería de ácido de plomo más grande a un
53.1* Generalidades.
pH entre 7.0 y 9.0.
53.1.1 Las instalaciones de unidades y sistemas de refrige-
52.3.6 Ventilación. Deberá proveerse ventilación para los
ración con un circuito refrigerante que contenga una canticuartos y armarios de acuerdo al Código de mecánica adopdad superior a 100 kg (220 de refrigerante del Grupo A1
tado por la jurisdicción y uno de los siguientes:
o 13,6 kg (30 lb) de cualquier otro grupo deberán estar de
acuerdo con este capítulo y el Código de mecánica adopta-
(1) El sistema de ventilación deberá estar diseñado para
do por la jurisdicción.
limitar la concentración máxima de hidrógeno al 1.0 por
ciento del volumen total de el cuarto durante el evento
53.1.2 La autoridad competente deberá estar autorizada
del peor caso de carga de "refuerzo" simultánea de todas
para exonerar las instalaciones temporales o portátiles.
las baterías, de acuerdo con las normas nacionalmente
reconocidas.
53.2 Clasificación. Los refrigerantes deberán estar clasifi-
(2) Deberá proveerse ventilación continua a una tasa no
cados en grupos de seguridad de acuerdo con el código de
inferior a 5.1 L/s/m² (1 pie³/min/pie²) por área del piso
mecánica adoptado por la jurisdicción.
del cuarto o armario.
53.3 Definiciones. Las definiciones y clasificaciones de los
52.3.7 Medio Ambiente. El medio ambiente de la batería
grupos de refrigerantes deberán definirse de acuerdo con el
deberá ser controlado o analizado para mantener la tempecódigo de mecánica adoptado por la jurisdicción. (Para
ratura a un nivel de funcionamiento seguro para la tecnolodefiniciones generales, ver el Capítulo 3)
gía específica de la batería usada.
53.4 Permisos y Planos.
52.3.8 Señales.
53.4.1 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos,
52.3.8.1 Las puertas o los accesos a los cuartos, edificios o
deberán estar de acuerdo con 1.12.19.
áreas que contengan sistemas de baterías de ácido de plomo
estacionarias deberán estar provistas con señales aprobadas.
53.4.2 Los planos y especificaciones para los dispositivos
y sistemas requeridos en este capítulo deberán someterse a
Edición 2003
1-286
GO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INC
OS TM
la autoridad competente para revisión y aprobación antes de
CAJA DE CONTROL DE EMERGENCIA DEL CUERPO
la instalación.
DE BOMBEROS, y que incluya el nombre del refrigerante
presente en el sistema.
53.5 Instalación y Mantenimiento.
52.5.7.2 La identificación de riesgo de acuerdo con NFPA
53.5.1 Los sistemas de refrigeración deberán instalarse y
704, Standard System for the Identification of the Hazards
mantenerse en una forma segura que minimice los riesgos
of Materials for Emergency Response, deberá fijarse en el
para la vida humana, la salud y los riesgos de incendio de la
interior y exterior de la caja de control.
instalación.
53.8 Sistemas de Tratamiento y Ensanchamiento para
53.5.2 La instalación deberá estar de acuerdo con el códila Descarga de Refrigerante.
go de mecánica adoptado por la jurisdicción.
53.8.1 Aplicabilidad. Los sistemas de refrigeración dise-
53.5.3 Los sistemas de refrigeración deberán mantenerse
ñados para descargar vapor refrigerante hacia la atmósfera
en una condición segura y operable, libres de acumulaciodeberán estar provistos de un sistema de tratamiento o
nes de aceite, mugre, desperdicios, corrosión excesiva,
ensanchamiento cuando sea requerido en la Sección 53.8.
otros deshechos o fugas.
Excepción: Cuando la autoridad competente determine,
53.6 Acceso. Los sistemas de refrigeración deberán ser
luego de revisar un análisis de ingeniería a expensas del
accesibles para el cuerpo de bomberos según lo requerido
propietario, que una liberación hacia la atmósfera no traepor la autoridad competente.
ría como resultado riesgos significativos de incendio, para
la salud o para el medio ambiente.
53.7 Caja de Control de Emergencia.
53.8.2 Refrigerantes Tóxicos y Altamente Tóxicos.
53.7.1 Aplicabilidad. Cuando sea requerido en este capítulo o el código de mecánica adoptado por la jurisdicción,
53.8.2.1 Los sistemas que contengan refrigerantes tóxicos
deberán proveerse cajas de control de emergencia para los
o altamente tóxicos deberán descargar vapor hacia la atmóssistemas de refrigeración que deban estar equipados con un
fera sólo a través de un sistema aprobado de tratamiento o
sistema de tratamiento, ensanchamiento o difusión.
ensanchamiento.
53.7.2 Ubicación.
53.8.2.2 Los sistemas de tratamiento deberán estar de
acuerdo con 68.3.6.
53.7.2.1 Las cajas de control deberán estar ubicadas en el
exterior del edificio, adyacentes a una calle o en una ubica-
53.8.2.3 Los sistemas de ensanchamiento deberán estar de
ción aprobada accesible.
acuerdo con 53.8.5.
53.7.2.2 Todas las partes de la caja de control deberán estar
53.8.3 Refrigerantes Inflamables.
máximo 1,8 m (6 pies) por encima del nivel contiguo.
53.8.3.1 Los sistemas que contengan refrigerantes inflama-
53.7.3 Identificación de la Válvula y Procedimientos de
bles con una densidad igual o mayor que la densidad del
Emergencia. Las válvulas e interruptores ubicados en la
aire deberán descargar vapor a la atmósfera sólo a través de
caja de control deberán ser identificados adecuadamente
un sistema aprobado de tratamiento o de quemado.
según el procedimiento consecutivo que debe seguirse en
caso de una emergencia.
53.8.3.2 Deberá permitirse que los sistemas que contengan
refrigerantes inflamables con una densidad inferior a la
53.7.4 Construcción. Las cajas de control deberán ser de
densidad del aire descarguen vapor hacia la atmósfera,
hierro o acero con un espesor no inferior a 1,4 mm (0,055
siempre que el punto de descarga esté ubicado en el exterior
pulg.) (calibre 16) y provistas de una tapa de bisagra y
de la estructura a mínimo 4,6 m (15 pies) por encima del
cerradura.
nivel del terreno contiguo y a mínimo 6,1 m (20 pies) de
cualquier ventana, abertura para ventilación o salida.
53.7.5 Identificación.
53.8.3.3 Los sistemas de quemado deberán estar de acuer-
53.5.7.1 Las cajas de control deberán estar provistas de una
do con 53.8.5.
etiqueta permanente en el exterior de la tapa que diga,
Edición 2003
REFRIGERACIÓN MECÁNICA
1-287
53.8.4 Refrigerante de Amoníaco.
53.9.3 El tubo de descarga del dispositivo de alivio de presión deberá distribuir amoníaco en el fondo del tanque, pero
53.8.4.1 Los sistemas que contengan refrigerante de amono más de 10 m (33 pies) por debajo del nivel máximo de
níaco deberán descargar vapor hacia la atmósfera a través
líquido.
de un sistema de tratamiento de acuerdo con 68.3.6, a través de un sistema de quemado de acuerdo con 53.8.5, o a
53.9.4 El tanque deberá contener el volumen de agua y
través de un sistema aprobado de difusión de amoníaco de
amoníaco descrito en 53.9.1, sin rebosamiento.
acuerdo con la Sección 53.9, o por otros medios aprobados.
53.9.5 El tanque deberá estar construido sustancialmente
53.8.4.2 La descarga a través de un sistema de tratamiento,
con acero de mínimo 2,51 mm (1/8 pulg.) (calibre 10).
quemado o difusión no deberá ser requerida para sistemas
unitarios de absorción de amoníaco-agua instalados a la
53.9.6 Las dimensiones horizontales del tanque deberán ser
intemperie que sirvan una unidad de vivienda, siempre que
iguales o inferiores a la mitad de la altura.
la descarga esté protegida y dispersa.
53.9.7 El tanque deberá tener una tapa de bisagra, si es de
53.8.4.3 La descarga a través de un sistema de tratamiento,
tipo encerrado, deberá tener un orificio de ventilación en la
quemado o difusión no deberá ser requerida para sistemas
cubierta.
unitarios de absorción de amoníaco-agua que contengan
una cantidad inferior a 10 kg (22 lb) de amoníaco y para los
53.9.8 Las conexiones de tubería deberán hacerse a través
cuales el circuito de amoníaco se encuentre completamente
de la cubierta del tanque.
a la intemperie.
53.10 Salas de Maquinaria de Refrigeración.
53.8.5 Requisitos de Diseño del Sistema de Quemado.
53.10.1 Los sistemas de refrigeración deberán estar provistos
53.8.5.1 Los sistemas de ensanchamiento para la incinerade una sala de maquinaria de refrigeración cuando sea requeción de refrigerantes inflamables, tóxicos o altamente tóxirido por el código de mecánica adoptado por la jurisdicción.
cos o amoníaco deberán estar diseñados para incinerar la
descarga total.
53.10.2 Sistemas de Detección de Vapor Refrigerante y
Alarma.
53.8.5.2 Los productos de la incineración de refrigerantes
no deberán representar riesgos para la salud o para el medio
53.10.2.1 Cada sala de maquinaria de refrigeración deberá
ambiente.
tener un sistema aprobado de detección de vapor refrigerante y alarma de acuerdo con la Sección 53.11 y el código de
53.8.5.3 La incineración deberá ser automática luego de la
mecánica adoptado por la jurisdicción.
iniciación de la descarga, deberá estar diseñada para prevenir el retroceso de llama y no deberá exponer estructuras o
53.10.2.2 No deberán requerirse sistemas de detección de
materiales ante la amenaza del fuego.
vapor refrigerante y alarma cuando la sala de maquinaria de
refrigeración esté de acuerdo con el código de mecánica
53.8.5.4 El combustible de reserva, tal como el Gas LP, y la
adoptado por la jurisdicción.
energía de reserva deberán tener la capacidad de funcionamiento de una vez y media del tiempo requerido para la
53.10.3 Requisitos Especiales.
incineración completa del refrigerante en el sistema.
53.10.3.1 Las llamas abiertas o dispositivos que tengan una
53.9 Sistemas de Difusión de Amoníaco.
temperatura de superficie expuesta superior a 427°C
(800°F) deberán estar prohibidos en las salas de maquinaria
53.9.1 Los sistemas de difusión de amoníaco deberán
de refrigeración.
incluir un tanque que contenga 1 gal de agua por cada libra
de amoníaco (4 L de agua por cada kilogramo de amoníaco)
53.10.3.2 Deberán permitirse irrupciones momentáneas de
que sea liberado en 1 hora del dispositivo de alivio más
temperatura tales como contactos eléctricos en los sistemas
grande conectado al tubo de descarga.
Grupo A1 y B1.
53.9.2 Deberá evitarse que el agua usada se congele sin
53.10.3.3 Deberán permitirse llamas abiertas o dispositivos
tener que usar sal o químicos, enterrando el tubo de descarque tengan una temperatura de la superficie expuesta supega por debajo de la profundidad de congelamiento u otros
rior a 427°C (800 °F) en salas de maquinaria de refrigeramedios
aprobades.
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1-288
CÓ
UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE
OS
TM
ción usadas exclusivamente para equipos de absorción de
53.10.5.6 Los interruptores deberán estar etiquetados idenencendido directo.
tificando la función y el ventilador específico que se esté
controlando.
53.10.3.4 Deberán permitirse las instalaciones existentes
que no estén de acuerdo con las normas cuando sean apro-
53.10.5.7 Por cada interruptor, deberán proveerse dos lámbadas por la autoridad competente, cuando el sistema de
paras indicadoras de color, etiquetadas, que respondan a la
combustión esté entrelazado con el sistema de detección de
presión diferencial creada por el flujo de aire.
refrigerantes para que se cierre en el límite permitido de
exposición (LPE) y el riesgo para la vida del equipo que
53.10.5.8 Una lámpara deberá indicar flujo y la otra debesurja por la disociación de productos sea reconocido por
rá indicar no flujo.
escrito por el propietario.
53.10.6 Descarga de Ventilación.
53.10.4 Control de Emergencia de los Sistemas de
Ventilación.
53.10.6.1 La extracción de los sistemas de ventilación en
las salas de refrigeración deberá descargarse a mínimo 6,1
53.10.4.1 Los ventiladores que proporcionen ventilación de
m (20 pies) del límite de propiedad o aberturas hacia el intepurga de emergencia para escape del refrigerante desde una
rior de edificios.
sala de refrigeración deberán tener un interruptor claramente identificado del tipo de romper el vidrio que proporcione
53.10.6.2 Las descargas con capacidad de exceder el 25 por
control de encendido únicamente inmediatamente adyacenciento del límite más bajo de inflamabilidad (LII) o el 50
te o en el exterior de todos los medios de egreso de las salas
por ciento del valor más cercano, peligroso para la vida
de maquinarias de refrigerantes.
humana y la salud (IPVS), deberán estar equipadas con sistemas aprobados de tratamiento para reducir las concentra-
53.10.4.2 Los ventiladores de purga también deberán responciones de descarga hasta estos valores o inferiores. (Ver
der automáticamente al sistema de detección de concentración
también la Sección 53.8.)
de refrigerantes instalado para activar el sistema de ventilación
a los niveles del umbral expuestos en la Sección 53.11.
53.10.7 Eléctrico.
53.10.4.3 Un control de purga de emergencia deberá estar
53.10.7.1 Los equipos eléctricos e instalaciones eléctricas
provisto sólo de un reajustador manual.
en las salas de maquinaria de refrigeración deberán estar de
acuerdo con la Sección 11.1 y Sección 53.12.
53.10.5 Control Central de los Sistemas de Ventilación.
53.10.7.1.1 Deberá permitirse que las salas de maqui-
53.10.5.1 Los sistemas mecánicos de ventilación que sirnaria de refrigeración usadas exclusivamente para equipos
van salas de refrigeración deberán tener interruptores para
de absorción de encendido directo no sean clasificadas
controlar la energía hasta cada ventilador.
como un emplazamiento peligroso para equipos eléctricos
de acuerdo con NFPA 70, National Electrical Code®
53.10.5.2 Los interruptores deberán ser accionados con
llave o estar dentro de un cerramiento con cubierta de vidrio
53.10.7.1.2 Deberán permitirse los equipos de combustión
cerrado con llave en una ubicación aprobada adyacente a la
de ventilación directa de acuerdo con el código de mecánientrada principal de la sala de maquinaria de refrigeración
ca adoptado por la jurisdicción.
y en el exterior de la misma.
53.10.7.2 No deberá requerirse que la sala de maquinaria
53.10.5.3 Las llaves necesarias para accionar los sistemas
de refrigeración sea clasificada como un emplazamiento
de ventilación deberán estar ubicadas en una única ubicapeligroso para equipos eléctricos excepto lo dispuesto en el
ción aprobada.
Código de mecánica adoptado por la jurisdicción o NFPA
70, National Electrical Code®.
53.10.5.4 Los interruptores que controlan los ventiladores
que proveen ventilación continua deberán ser del tipo on/off
53.10.8 Almacenamiento
de dos posiciones.
53.10.8.1 El almacenamiento de materiales en una sala de
53.10.5.5 Los interruptores que controlan los ventiladores
maquinaria de refrigeración, incluyendo los suministros de
que proveen ventilación intermitente o de emergencia debereserva de refrigerantes o aceites refrigerantes, deberá estar
rán ser de tipo on/off automático de tres posiciones.
de acuerdo con otros capítulos aplicables de este Código.
Edición 2003
REFRIGERACIÓN MECÁNICA
1-289
53.10.8.2 No deberán almacenarse materiales inflamables y
incendio de acuerdo con NFPA 72, National Fire Alarm
combustibles en las salas de maquinaria de refrigeración,
Code.
excepto los materiales incidentales necesarios para el funcionamiento seguro y apropiado y el mantenimiento del sistema.
53.11.4 Monitoreo y Aviso. Deberá darse aviso de los sistemas de detección de vapor refrigerante y alarma en una
53.10.9 Control de Emergencia.
ubicación remota atendida constantemente aprobada según
lo requerido para sistemas de alarma de acuerdo con NFPA
53.10.9.1 Un conmutador claramente identificado del tipo
72, National Fire Alarm Code
de romper el vidrio que proporcione solamente el control de
apagado de los equipos y dispositivos, energizados eléctri-
53.11.5 Instalación y Mantenimiento. Los sistemas de
camente dentro de la sala de maquinaria de refrigeración
detección y alarma deberán instalarse y mantenerse de
deberá disponerse inmediatamente adyacente y en el exteacuerdo con las especificaciones de los fabricantes del equirior de cada medio de egreso de las salas de maquinaria de
po. (Ver también 53.15.1.)
refrigeración.
53.12 Eléctricos.
53.10.9.2 El cierre de emergencia también deberá activarse
automáticamente cuando la concentración de vapor refrige-
53.12.1 Generalidades. Los componentes energizados
rante exceda el 25 por ciento del límite inferior de inflamaeléctricamente de los sistemas de refrigeración deberán
estar de acuerdo con la Sección 11.1 y 53.10.6.
bilidad (LII).
53.11 Sistemas de Detección de Vapor Refrigerante y
53.12.2 Fuente Secundaria. Cuando los sistemas de tratamiento, detección o alarma sean requeridos, dichos siste-
Alarma.
mas deberán ser conectados a una fuente secundaria de
53.11.1 Aplicabilidad. Los sistemas de detección de vapor
energía para suministrar automáticamente energía eléctrica
refrigerante y alarma requeridos en la Sección 53.11 debeen caso de pérdida de potencia de la fuente primaria.
rán estar de acuerdo con la Sección 53.11.
53.13 Instrucciones. La persona encargada del local donde
53.11.2 Dispositivos de Señales de Alarma Audibles y
se encuentre instalada una unidad o sistema de refrigeración
Visuales.
deberá proveer la siguiente información en la caja de control de emergencia:
53.11.2.1 El detector de vapor refrigerante deberá activar los
dispositivos aprobados de señales de alarma audible y visual
(1) Instrucciones para suspender el funcionamiento del sisen uno de los siguientes límites umbrales de refrigerante:
tema en caso de emergencia
(2) El nombre, dirección y número telefónico para obtener
(1) A un valor no superior al VLU-TWA correspondiente (o
servicio de emergencia
la medida de toxicidad compatible con éstos) que no
(3) El nombre, dirección y número telefónico del cuerpo de
exceda el 25% del LFL
bomberos con instrucciones para notificar al cuerpo de
(2) Para amoníaco, a una concentración que no exceda 1000
bomberos en caso de emergencia
partes por millón
(4) La ubicación y manejo de los sistemas de descarga de
emergencia requeridos en el Capítulo 53
53.11.2.2 Los dispositivos de señales de alarma audibles y
53.14 Señales y Etiquetas.
visuales deberán ser emplazados en el interior de la sala de
maquinaria de refrigeración y en el exterior de cada entrada
53.14.1 Generalidades. Las unidades o sistemas de refri-
a la sala.
geración deberán estar provistas de señales aprobadas de
identificación de riesgos de acuerdo con NFPA 704,
53.11.2.3 Los dispositivos de señales de alarma audibles
Standard System for the Identification of the Hazards of Materials
deberán emitir un nivel de sonido de mínimo 15 dB por
for Emergency Response, señales, gráficos y etiquetas de funencima del nivel de la presión de sonido del ruido ambiencionamiento de emergencia de acuerdo con el código de
tal del espacio en el cual están instalados y deberán provemecánica adoptado por la jurisdicción; y lo siguiente:
er alarmas audibles y visuales aprobadas.
(1) El nombre y dirección del fabricante o instalador
53.11.3 Energía y Supervisión. Los sistemas de detección
(2) El tipo y número total de libras del refrigerante contenide vapor refrigerante y alarma deberán accionarse y superdo en el sistema
visarse según lo requerido para sistemas de alarma de
(3) La presión aplicada en la prueba de campo
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1-290
CÓD
UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCEN
TM
53.14.2 Sistemas con Más de 50 kg (110 lb) de
éste deberá ser notificado después de una descarga de refri-
Refrigerante. Los sistemas que contengan más de 50 kg
gerante, ya sea automática o manual.
(110 lb) de refrigerante deberán estar provistos de letreros
con letras de una altura no inferior a 12,7 mm (1/2 pulg.),
Excepción No. 1: Los sistemas de refrigeración que funcionen a presiones inferiores a la atmosférica y que incorpoque indiquen lo siguiente:
ren ciclos de purga automática.
(1) Las válvulas principales de cierre para cada recipiente
Excepción No. 2: El funcionamiento incidental de válvulas
(2) Los controles de la corriente principal o eléctricos
automáticas de alivio de presión que den como resultado
(3) El interruptor a control remoto
una liberación menor de la carga de refrigerante.
(4) El dispositivo limitador de presión
Excepción No. 3: Liberaciones menores incidentales aso-
53.15 Pruebas de los Equipos.
ciadas con las operaciones de servicio después de que se
haya logrado el bombeo del sistema.
53.15.1 Ensayos de Aceptación. Los siguientes dispositivos o sistemas de emergencia deberán ser probados para
53.16.2* Excepto en una emergencia, el refrigerante no
demostrar su seguridad y efectividad luego de terminar la
deberá ser descargado.
instalación o modificación:
Excepción No. 1: Los sistemas de refrigeración que funcionen a presiones inferiores a la atmosférica y que incorpo-
(1) Los sistemas de tratamiento y ensanchamiento
ren ciclos de purga automática.
(2) Los sistemas de difusión de amoníaco
(3) Las válvulas y accesorios necesarios para el funcionamien-
Excepción No. 2: El funcionamiento incidental de válvulas
to de las cajas de control de refrigeración de emergencia
automáticas de alivio de presión que traiga como resultado
(4) Los ventiladores y equipos asociados para manejar los
una liberación menor de la carga de refrigerante.
sistemas de ventilación de purga de emergencia
(5) Los sistemas de detección de vapor refrigerante y alarma
Excepción No. 3: Liberaciones menores incidentales asociadas con las operaciones de servicio después de que se
53.15.2 Pruebas Periódicas. Los siguientes dispositivos o
haya logrado el bombeo del sistema.
sistemas de emergencia deberán ser probados de acuerdo
con las especificaciones de los fabricantes y según lo reque-
53.17 Cambio de Tipo de Refrigerante. No deberán camrido por la autoridad competente:
biarse los tipos de refrigerante sin la notificación y aprobación previa de la Autoridad Competente.
(1) Sistemas de tratamiento y ensanchamiento
(2) Válvulas y accesorios necesarios para el funcionamien-
53.18 Registros de las Cantidades de Refrigerante.
to de las cajas de control de refrigeración de emergencia
(3) Ventiladores y equipos asociados para manejar los siste-
53.18.1 La persona encargada del local en el cual se instamas de ventilación de purga de emergencia
le o mantenga una unidad o sistema de refrigeración sujeto
(4) Sistemas de detección de vapor refrigerante y alarma
a estas reglamentaciones deberá mantener un registro por
(ver la Sección 53.4 y Sección 53.1)
escrito de las cantidades de refrigerantes traídas al local o
sacadas del mismo.
53.15.3 Registros de las Pruebas Requeridas. Deberá
mantenerse en el local un registro por escrito de las pruebas
53.18.2 Los registros deberán permanecer disponibles para
requeridas.
la autoridad competente.
53.15.4 Frecuencia de las Pruebas Requeridas. A menos que
sea requerido de otra manera por la autoridad competente, la
53.19 Almacenamiento. El almacenamiento de materiales
frecuencia de las pruebas deberá ser de acuerdo con 53.15.2.
en una sala de maquinaria de refrigeración deberá estar de
acuerdo con otros capítulos aplicables de este Código.
53.15.5 Calificaciones del Personal de Prueba. Las pruebas de los dispositivos o sistemas de emergencia requeridos
en el Capítulo 53 deberán ser realizados por personas capa-
Capítulo 54 Reservado
citadas para dichas pruebas.
53.16 Notificación de las Descargas de Refrigerante.
Capítulo 55 Reservado
53.16.1 Cuando sea requerido por el cuerpo de bomberos,
Edición 2003
MATERIALES PELIGROSOS
1-291
Capítulo 56 Reservado
60.1.2.2 Deberá permitirse que los medicamentos, productos alimenticios, cosméticos y otros productos de consumo
que contengan máximo un 50 por ciento por volumen de
Capítulo 57 Reservado
líquidos mezclables con el agua y con el resto de las soluciones no inflamables sean ilimitados cuando se empaquen
en recipientes individuales que no excedan 5 L (1,3 gal)
Capítulo 58 Reservado
60.1.3 Aplicabilidad de las Secciones.
Capítulo 59 Reservado
60.1.3.1 Cantidades que no Exceden la Cantidad
Máxima Permitida por Área de Control. El almacenamiento, uso y manejo de materiales peligrosos en cantida-
Capítulo 60 Materiales Peligrosos
des que no excedan la cantidad máxima permitida en las
áreas de control establecidas en la Sección 60.2 deberán
estar de acuerdo sólo con la Sección 60.1 y la Sección 60.2.
60.1 Generalidades.
60.1.3.2 Cantidades que Exceden la Cantidad Máxima
60.1.1* Las ocupaciones con contenidos de riesgo alto deberán
Permitida por Área de Control. El almacenamiento, uso y
cumplir con el Capítulo 60 además de otros requisitos aplicamanejo de materiales peligrosos en cantidades que excedan
bles de este Código, exceptuando lo especificado en 60.1.2.
la cantidad máxima permitida en las áreas de control establecidas en la Sección 60.2 deberán cumplir de la Sección
60.1.2 Temas sin Reglamentación
60.1 a la Sección 60.5.
60.1.2.1 Los edificios y partes de los mismos con conteni-
60.1.3.3 Aplicabilidad Limitada de Este Capítulo para
dos de riesgo alto limitados a lo siguiente no tienen que
Clases Específicas de Materiales. El Capítulo 60 deberá
cumplir con el Capítulo 60:
aplicarse en su totalidad a todos los materiales peligrosos
establecidos en 60.1.5 a 60.1.5.3 excepto cuando otro capí-
(1) Materiales inflamables y combustibles asociados con la
tulo de este Código especifique que sólo deberán aplicarse
aplicación de acabados inflamables y que cumplan con
ciertas secciones de este capítulo a la categoría de clasificael Capítulo 43
ción de un material especifico.
(2) Líquidos inflamables y combustibles asociados con ventas al por mayor y al detal y almacenamiento en ocupa-
60.1.4 Edificios Existentes. Los edificios existentes debeciones mercantiles que cumplan con el Capítulo 66
rán estar de acuerdo con 10.3.2.
(3) Solventes líquidos combustibles Clase III-A Y III-B en
sistemas cerrados que utilicen los equipos de limpieza
60.1.5 Clasificación de Materiales Peligrosos.
listados de acuerdo con el Capítulo 24
(4) Refrigerantes y aceites refrigerantes contenidos en siste-
60.1.5.1 Generalidades. Los materiales peligrosos deberán
mas de refrigeración de ciclo cerrado de acuerdo con el
clasificarse de acuerdo con las siguientes categorías de ries-
Capítulo 53 y el código de mecánica adoptado por la
go y ser reglamentados como contenidos de riesgo alto de
jurisdicción
acuerdo con el código de construcción adoptado por la
(5) Bebidas, cuando sean empacadas en recipientes indivijurisdicción:
duales con una capacidad que no exceda 5 L (1,3 gal);
alcoholes destilados y vinos en barriles o toneles de
(1) Riesgos Físicos
madera
(a) Gases comprimidos: Inflamables oxidantes, pirofó-
(6) Contenidos de riesgo alto almacenados o utilizados en
ricos e inestables (reactivos)
edificios agrícolas u ocupaciones similares en ubicacio-
(b) Fluidos criogénicos: inflamables y oxidantes
nes remotas para uso agrícola en el sitio
(c) Explosivos y agentes explosivos
(7) Materiales corrosivos exhibidos en su empaque original
(d) Líquidos inflamables y combustibles
en ocupaciones mercantiles y para uso personal o
(e) Sólidos, líquidos y gases inflamables
domestico, o como materiales de construcción
(f) Sólidos y líquidos de peroxido orgánico
(8) Aerosoles almacenados o para ventas al detal y de acuer-
(g) Sólidos y líquidos oxidantes y gases oxidantes
do con el Capítulo 61
(h) Sólidos y líquidos pirofóricos
(9) Sistemas de baterías de ácido de plomo estacionarias de
(i) Sólidos y líquidos inestables (reactivos)
acuerdo con el Capítulo 62
(j) Sólidos y líquidos reactivos al agua
Edición 2003
1-292
CO
0
UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE
OS
TM
(2) Riesgos para la Salud
60.1.7.2 Instalaciones Permanentemente Fuera de
(a) Gases comprimidos: Corrosivos, altamente tóxicos y
Servicio. Las instalaciones para las cuáles no se haya mantóxicos
tenido vigente un permiso o que no sean monitoreadas e
(b) Fluidos criogénicos (todos)
inspeccionadas regularmente deberán considerarse perma-
(c) Sólidos y líquidos altamente tóxicos y tóxicos
nentemente fuera de servicio y deberán cerrarse de acuerdo
(d) Sólidos y líquidos corrosivos
con 60.1.7.3 a 60.1.7.3.3.
60.1.5.2 Mezclas. Las mezclas deberán clasificarse de acuerdo
60.1.7.3 Plan de Cierre.
con los riesgos de la mezcla en su totalidad por una organización calificada, individuo o laboratorio de pruebas aprobado.
60.1.7.3.1 El tenedor o solicitante del permiso deberá presentar un plan al cuerpo de bomberos para la terminación
60.1.5.3* Riesgos múltiples. Los materiales que tengan
del almacenamiento, distribución, manipulación o uso de
múltiples riesgos deberán estar de acuerdo con los requisimateriales peligrosos mínimo 30 días antes del cierre de la
tos del Código para cada categoría aplicable de riesgo espeinstalación.
cificada en 60.1.5.1 y cada Nivel de Protección aplicable
especificado en el código de construcción
60.1.7.3.2 El plan deberá demostrar que los materiales peligrosos que fueron almacenados, distribuidos, manipulados
60.1.6 Permisos.
o usados en la instalación han sido transportados, desechados o utilizados nuevamente de manera que se elimine la
60.1.6.1 Generalidades.
necesidad de seguir realizando mantenimientos y cualquier
amenaza para la salud y seguridad publica.
60.1.6.1.1* Deberán requerirse permisos para almacenar,
distribuir, usar o manipular un material peligroso que exce-
60.1.7.3.3 El plan deberá presentarse con una solicitud de
da las cantidades permitidas especificadas en 1.12.19.
permiso para cerrar la instalación de acuerdo con 60.1.6.2.
60.1.6.1.2 Deberá requerirse un permiso cuando un mate-
60.1.8 Documentación del Plan de Administración y
rial esté clasificado con más de una categoría de riesgo si se
Materiales Peligrosos.
exceden los límites de cantidad de cualquier categoría.
60.1.8.1 Plan de Administración de Materiales Peligro-
60.1.6.1.3 Deberán requerirse permisos para instalar, reparar
sos. Cuando sea requerido por la autoridad competente, las
daños, abandonar, quitar, poner fuera deservicio temporalsolicitudes de permisos deberán incluir un plan de adminismente, cerrar o modificar considerablemente una instalación
tración de materiales peligrosos (PAMP).
de almacenamiento u otra área reglamentada en el Capítulo
60, pero no deberán requerirse permisos para lo siguiente:
60.1.8.1.1* Contenido. El PAMP deberá incluir un plan de
entrenamiento de respuesta ante emergencias y un plano del
(1) Mantenimiento de rutina
sitio de la instalación que determine lo siguiente:
(2) Trabajo de reparación realizado en una emergencia
(1) Áreas de almacenamiento y uso
60.1.6.2 Aprobación del Cierre de la Instalación. El soli-
(2) Cantidad máxima de cada material almacenado o usado
citante deberá pedir un permiso para cerrar las instalaciones
en cada área
de almacenamiento, uso o manipulación por lo menos 30
(3) Variedad de tamaños de los recipientes
días antes de la terminación del almacenamiento, uso o
(4) Tuberías que transportan productos que contienen líquimanipulación de materiales peligrosos, aunque deberá perdos o gases, diferentes a las tuberías de gas combustible
mitirse que la autoridad competente reduzca el período de
y las tuberías de gas combustible de baja presión que
30 días cuando existan circunstancias especiales que
pertenecen a la empresa de servicios públicos
requieran dicha reducción. El cierre de la instalación debe-
(5) Emplazamientos del aislamiento de emergencia y las
rá estar de acuerdo con 60.1.7 a 60.1.7.3.3.
válvulas y dispositivos de alivio
(6) Posiciones on y off para válvulas tipo autoindicador
60.1.7 Cierre de la Instalación.
(7) Un plano del almacenamiento que sea legible y dibujado
aproximadamente a escala, indicando la disposición
60.1.7.1 Instalaciones Temporalmente Fuera de
determinada del almacenamiento, incluyendo la ubica-
Servicio. Las instalaciones temporalmente fuera de servicio
ción y tamaños de los pasillos, con sistemas separados de
deberán continuar con el permiso y ser monitoreadas e insdistribución que se pueden mostrar en páginas separadas
peccionadas.
Edición 2003
1-293
MATERIALES PELIGROSOS
60.1.8.1.2 Ubicación. El PAMP deberá fijarse adyacente a
una descarga no autorizada deberá iniciar y completar
los permisos cuando sea necesario.
todas las acciones necesarias para remediar los efectos de
dicha descarga no autorizada, ya sea repentina o gradual,
60.1.8.2* Relación del Inventario de Materiales Peligrosin ningún costo para la jurisdicción
sos. Cuando sea requerido por la autoridad competente, las
solicitudes para permisos deberán incluir una relación del
60.1.9.6.2 Cuando sea considerado necesario por la autoriinventario de los materiales peligrosos (RIMP).
dad competente, deberá permitirse que la limpieza de una
descarga no autorizada sea iniciada por el cuerpo de bom-
60.1.8.3 Hojas de Datos Sobre la Seguridad del Material.
beros o por un individuo o firma autorizada, y los costos
Las hojas de datos sobre la seguridad del material (HDSM)
asociados con dicha limpieza deberán ser asumidos por el
deberán estar fácilmente disponibles en el sitio para los matedueño, operador u otra persona responsable de la descarga
riales peligrosos reglamentados en el Capítulo 60.
no autorizada.
60.1.9 Liberación de Materiales Peligrosos.
60.1.10 Capacitación del Personal. Las personas responsables de las áreas de operación donde se almacenan, distri-
60.1.9.1 Liberaciones Prohibidas. Los materiales peligrobuyen o utilizan materiales peligrosos deberán estar famisos no deberán ser liberados en un conducto de desagüe,
liarizadas con la naturaleza química de los materiales y las
desagüe de agua pluvial, foso, canal de desagüe, lago, río o
acciones apropiadas de mitigación necesarias en caso de un
canal para la marea; sobre el terreno, anden, calle o autopisincendio, escape o derrame.
ta; o hacia la atmósfera, a menos que dicha liberación esté
permitida por lo siguiente:
60.1.11 Coordinación del Cuerpo de Bomberos.
(1) Las regulaciones federales, estatales o locales que rigen
60.1.11.1 Las personas responsables deberán ser designa-
(2) Los permisos del consejo administrativo para la calidad
das y capacitadas para ser parte del personal de coordinadel aire jurisdiccional
ción del cuerpo de bomberos.
(3) El Permiso Nacional del Sistema de Eliminación de
Descarga de Contaminantes
60.1.11.2 El personal de coordinación deberá ayudar al
(4) Los requisitos para la descarga de desechos establecidos
cuerpo de bomberos a planear previamente las respuestas
por el consejo jurisdiccional para el control de la calidad
ante emergencias y a identificar las ubicaciones donde se
encuentran los materiales peligrosos y deberá tener acceso
del agua
(5) Los requisitos para el tratamiento previo de alcantarillas
a las hojas de datos sobre la seguridad del material y debelocales para obras de tratamiento de propiedad publica
rán tener conocimiento sobre los procedimientos de respuesta ante emergencias del sitio.
60.1.9.2 Control y Mitigación de Descargas No Autorizadas. Deberán tomarse medidas para controlar y mitigar
60.1.12 Controles de Fuentes de Ignición.
las descargas no autorizadas.
60.1.12.1 Fumar. Deberá estar prohibido fumar en las
60.1.9.3 Registros de Descargas no Autorizadas. El solisiguientes ubicaciones:
citante deberá mantener registros exactos de la descarga no
autorizada de materiales peligrosos.
(1) Dentro del espacio de 7,6 m (25 pies) del almacena-
60.1.9.4 Notificación de las Descargas No Autorizada. El
miento a la intemperie o áreas de distribución
cuerpo de bomberos deberá ser notificado inmediatamente
(2) En cuartos o áreas donde se almacenan, distribuyen o
o de acuerdo con los procedimientos aprobados de emerusan materiales peligrosos en sistemas abiertos en cangencia cuando una descarga no autorizada pueda notificartidades que requieran un permiso de acuerdo con 60.1.6
se bajo las regulaciones estatales, federales o locales.
a 60.1.6.2
60.1.9.5 Falla del Recipiente. Cuando se descubra una des-
60.1.12.2 Llamas Abiertas y Dispositivos de Temperacarga no autorizada debida a la falla del recipiente primario,
tura Alta. Las llamas abiertas y dispositivos de temperatuel recipiente primario involucrado deberá repararse o
Γa alta no deberán usarse de manera que se produzca una
ponerse fuera de servicio.
condición peligrosa.
60.1.9.6 Responsabilidad de la Limpieza de Descargas
60.1.12.3 Equipos que Consumen Energía. Los equipos
No Autorizadas.
que consumen energía deberán ser listados para uso con los
materiales peligrosos almacenados o utilizados.
60.1.9.6.1
La-persona,
Edición 2003
1-294
CÓ
UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE
DS TM
60.1.13 Sistemas, Equipos y Procesos. Los procesos,
(1) En cuartos o áreas en las cuáles se almacenan, distribumétodos, especificaciones, pruebas y mantenimiento de
yen o usan materiales peligrosos en sistemas abiertos en
equipos, normas de diseño, desempeño, instalación, diseño
cantidades que requieran un permiso de acuerdo con
y construcción de recipientes y otros criterios relacionados
60.1.6 a 60.1.6.2
deberán estar de acuerdo con 1.4.2.
(2) Dentro del espacio de 7,6 m (25 pies) de las áreas de
almacenamiento a la intemperie, distribución o uso
60.1.14 Señales.
abierto
(3) En áreas que contengan gases inflamables
60.1.14.1 Generalidades.
60.1.15 Seguridad. Las áreas de almacenamiento, distribu-
60.1.14.1.1 Diseño y construcción. Las señales deberán ser
ción, uso y manipulación deberán estar aseguradas contra
durables y el tamaño, color y letras de las señales deberán
entradas no autorizadas y protegerse por las instalaciones
estar de acuerdo con las normas nacionalmente reconocidas.
de protección requeridas para la seguridad publica.
60.1.14.1.2 Lenguaje. Las señales deberán ser en Inglés
60.1.16 Protección contra los Vehículos.
como idioma principal o en símbolos permitidos en este
Código.
60.1.16.1 Deberán proveerse postes de seguridad u otros
medios aprobados para proteger las siguientes áreas cuando
60.1.14.1.3 Mantenimiento. No se deberán ocultar ni quiestán sujetas a daños vehiculares:
tar las señales.
(1) Depósitos de almacenamiento y tuberías, válvulas y
60.1.14.2 Señales de Identificación de Riesgo.
accesorios conectados
(2) Áreas de distribución
60.1.14.2.2 Generalidades. Deberán colocarse señales
(3) Áreas de uso
visibles de identificación de riesgo de acuerdo con NFPA
704 en las siguientes ubicaciones, excepto cuando la auto-
60.1.16.2 Cuando se instalen postes de seguridad, éstos
ridad competente haya recibido un plan administrativo de
deberán cumplir los siguientes criterios:
materiales peligrosos y una relación del inventario de materiales peligrosos de acuerdo con 60.1.8.1 a 60.1.8.2 y haya
(1) Deberán estar construidos en acero con un diámetro no
determinado que la omisión de dichas señales está de acuerinferior a 10 cm (4 pulg.) y rellenos de concreto
do con la seguridad:
(2) Deberán tener una separación máxima de 1,2 m (4 pies)
entre los postes en el centro
(1) Tanques (tanques) estacionarios de superficie (al aire)
(3) Deberán colocarse a una profundidad no inferior a 0,9 m
(2) Recipientes estacionarios de superficie
(3 pies) en una cimentación de concreto con un diáme-
(3) En las entradas a ubicaciones en las cuáles se almacetro no inferior a 38 cm (15 pulg)
nan, distribuyen, usan o manejan materiales peligrosos
(4) Deberán colocarse con la parte superior de los postes
en cantidades que requieren un permiso
mínimo 0,9 m (3 pies) por encima del suelo
(4) En otras entradas y ubicaciones designadas por la auto-
(5) Deberán ubicarse mínimo a 1,5 m (5 pies) del depósito
ridad competente
60.1.17 Instalaciones y Equipos Eléctricos.
60.1.14.2.2 Identificación de Recipientes, Cajas de Cartón
y Empaques. Los recipientes, cajas de cartón o empaques
60.1.17.1 Generalidades. Las instalaciones y equipos elécindividuales deberán marcarse o etiquetarse visiblemente de
tricos deberán ser instalados de acuerdo con NFPA 70,
acuerdo con las normas nacionalmente reconocidas.
National Electrical Code®.
60.1.14.2.3 Identificación de Salas y Gabinetes de Gas.
60.1.17.2 Acumulación de Estática. Cuando existan pro-
Las salas o gabinetes que contengan gases comprimidos
cesos o condiciones en las cuáles la electricidad estática
deberán etiquetarse visiblemente como sigue: GAS COMpueda encender una mezcla inflamable, deberán proveerse
PRIMIDO.
medios para prevenir la acumulación de cargas estáticas.
60.1.14.3 Avisos de Prohibido Fumar. Deberán proveer-
60.1.18 Protección contra la Luz. Los materiales sensise señales que prohíban fumar en la totalidad de un sitio,
bles a la luz deberán ser almacenados en recipientes diseñaedificio o en las siguientes ubicaciones:
dos para protegerlos contra dicha exposición.
Edición 2003
1-295
MATERIALES PELIGROSOS
60.1.19 Acolchado Contra Golpes. Los materiales sensi-
60.1.23* Protección sísmica. La maquinaria y equipos que
bles a los golpes deberán ser acolchados, suspendidos o
utilicen materiales peligrosos en áreas sujetas a actividad
protegidos de otra manera contra el desalojamiento accisísmica deberán tener anclaje antisísmico de acuerdo con el
dental y el desalojamiento durante la actividad sísmica.
Código de construcción adoptado por la jurisdicción
60.1.24 Áreas de Almacenamiento y Uso a la Intem-
60.1.20 Separación de Materiales Incompatibles.
perie. Las áreas de almacenamiento y uso a la intemperie
para materiales peligrosos deberán cumplir con lo siguiente:
60.1.20.1 Los materiales incompatibles en almacenamiento y el almacenamiento de materiales incompatibles con
(1) Las áreas de almacenamiento y uso a la intemperie
materiales en uso deberán estar separados cuando los matedeberán mantenerse libres de maleza, escombros y
riales almacenados se encuentran en recipientes con una
materiales combustibles comunes, innecesarios para el
capacidad superior a 2,268 kg lb) o 1,89 L (½ gal).
almacenamiento o uso de materiales peligrosos
(2) La zona alrededor del área de almacenamiento y uso a
60.1.20.2 La separación deberá lograrse mediante uno de
la intemperie deberá mantenerse libre de maleza,
los siguientes métodos:
escombros y materiales combustibles comunes innecesarios para el almacenamiento o uso de materiales peli-
(1) Separando el almacenamiento de materiales los incomgrosos por una distancia mínima de 4,5 m (15 pies)
patibles por una distancia no inferior a 6,1 m (20 pies)
(3) Las áreas de almacenamiento y uso a la intemperie para
(2) Aislando el almacenamiento de materiales incompatimateriales peligrosos deberán estar ubicadas a una disbles mediante un tabique incombustible que se extienda
tancia no inferior a 6,1 m (20 pies) desde un límite de
mínimo 46 cm (18 pulg) por encima y hacia los lados
propiedad sobre el cual se pueda construir, una calle,
del material almacenado
callejón o vía pública, a no ser que se permita un tabi-
(3) Almacenando los materiales líquidos y sólidos en gabique cortafuego de dos horas, sin aberturas que se extiennetes de almacenamiento de materiales peligrosos de
da mínimo 76 cm (30 pulg.) por encima y hacia los lados
acuerdo con 60.2.2.2.2
del área de almacenamiento en lugar de dicha distancia.
(4) Almacenando los gases comprimidos en gabinetes de gas
o cerramientos de extracción de acuerdo con NFPA 55
60.1.25 Mantenimiento Requerido.
60.1.25.1 Los equipos, maquinaria y sistemas requeridos
60.1.20.3 Los materiales incompatibles no deberán almacede detección y alarma asociados con materiales peligrosos
narse dentro del mismo gabinete o cerramiento.
deberán mantenerse en una condición de operabilidad.
60.1.21 Gabinetes de Almacenamiento de Materiales
60.1.25.2 Los recipientes, cilindros y tanques defectuosos
Peligrosos. Cuando sean requeridos por este Código, los
deberán ponerse fuera de servicio, repararse o eliminarse de
gabinetes de almacenamiento de materiales peligrosos
manera aprobada.
deberán cumplir con 60.2.2.2.2.
60.1.25.3 El equipo o maquinaria defectuosa deberá poner-
60.1.22 Almacenamiento en Anaqueles. Las estanterías
se fuera de servicio y repararse o reemplazarse.
deberán ser de construcción sólida, arriostrada y anclada de
60.1.25.4 Los sistemas requeridos de detección y alarma
manera adecuada.
defectuosos deberán reponerse o repararse.
60.1.22.1 Los anaqueles deberán estar provistos de una
60.2 Áreas de Control y Límites de Cantidad.
saliente o protección cuando sean utilizados para el almacenamiento de recipientes individuales, excepto en alguna de
60.2.1 Áreas de Control.
las siguientes condiciones:
60.2.1.1 Generalidades. Las áreas de control deberán ser
aquellos espacios o áreas en las cuáles se almacenan, distri-
(1) Cuando el almacenamiento esté ubicado en gabinetes de
buyen, usan o manipulan cantidades de contenidos peligroalmacenamiento de materiales peligrosos o muebles de
sos que no excedan las cantidades máximas permitidas estalaboratorio diseñados específicamente para tal uso
blecidas en este Código.
(2) Cuando las cantidades de los materiales peligrosos en
almacenamiento no excedan el límite de cantidad para
60.2.1.2 Requisitos para la Construcción. Las áreas de conrequerir un permiso de acuerdo con 60.1.6 a 60.1.6.2
trol en interiores deberán estar separadas entre sí mediante una
barrera cortafuego de una hora de resistencia construida de
60.1.22.2 El almacenamiento de materiales peligrosos en
acuerdo con el Código de construcción adoptado por la jurisordenada
Edición 2003
1-296
CO
0 UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE
OS
TM
horas cuando esté especificado en la Tabla 60.2.1.3.1.
mínima de 91 m (300 pies).
60.2.1.3 Diseño y Número.
60.2.1.3.2.4 Cuando se proporcione protección contra la
60.2.1.3.1 Áreas de Control en Interiores. El número
intemperie para cumplir con este Código, la estructura de protección contra la intemperie deberá cumplir con 60.2.2.2.1.
máximo de áreas de control dentro de un edificio y las clasificaciones de separación resistente al fuego para las barre-
60.2.2 Cantidades Máximas Permitidas por Área de
ras cortafuego que separen dichas áreas deberán estar de
Control.
acuerdo con la Tabla 60.2.1.3.1.
60.2.2.1 Límites Generales de Cantidad para el Alma-
Tabla 60.2.1.3.1 Diseño y Número de Áreas de Control.
cenamiento y Uso en Interiores y a la Intemperie. Las
Porcentaje
Clasificación
cantidades máximas permitidas en áreas de control deberán
de la cantide resistencia
estar de acuerdo a lo especificado en la Tabla 60.2.2.1. (a) y
dad máxima
al fuego para
Tabla 60.2.2.1 (b), excepto que las ocupaciones con límites
permitida
Número de
barreras
especiales de cantidad en 60.2.3 a 60.2.3.6.6, que también
por área de
áreas de concortafuego en
deberán cumplir con aquellos límites.
Nivel de piso
control
trol por piso
horas
Por encima del piso
60.2.2.2 Características y Equipos de Construcción que
>9
5
1
2
Afectan la Aplicación de los Límites de la Cantidad
Máxima Permitida.
7-9
5
2
2
4-6
12.5
2
2
60.2.2.2.1 Clasificación de la Protección contra la
Intemperie Comparando un Área Interior con un Área
3
50
2
1
al Aire Libre. Para materiales distintos a los materiales
2
75
3
1
explosivos y peligrosos que presentan riesgo de detonación,
1
100
4
1
deberá permitirse usar una estructura de protección contra
la intemperie para proteger las áreas de almacenamiento o
Debajo del piso
uso a la intemperie, sin requerir que dichas áreas sean cla-
1
75
3
1
sificadas como de almacenamiento en interiores. Para
2
50
2
1
dichas áreas de almacenamiento o uso que deben reglamen-
Inferior a 2
N/A
N/A
N/A
tarse como almacenamiento o uso a la intemperie, deberá
requerirse el cumplimiento de las condiciones en 60.2.2.2.1
Nota: N-P= no permitido
(A) a 60.2.2.2.1 (C). Cuando las áreas de almacenamiento
60.2.1.3.1.1 Los porcentajes deberán ser de las cantidades
o uso estén provistas de protección contra la intemperie que
no cumpla con estas condiciones, el área de almacenamienmáximas permitidas por área de control indicadas en la prito o uso deberá reglamentarse como un área de almacenamera Tabla en 60.2.2.1 con todos los incrementos permitimiento o uso en interiores.
dos en los pie de página de esa tabla.
(A) Los soportes y muros no deberán obstruir más de un
60.2.1.3.1.2 Las barreras cortafuego deberán incluir pisos
lado o más del 25% del perímetro del área de almacena-
y muros según sea necesario para proveer una separación
miento o uso.
completa de las otras áreas de control.
(B) La distancia desde la estructura y los soportes
60.2.1.3.2 Áreas de Control a la Intemperie.
estructurales de los edificios, límites del lote, vías públicas
o medios de egreso hasta una vía pública no deberá ser infe-
60.2.1.3.2.1 Deberá permitirse un área única de control a la
rior a la distancia requerida, en este Código para áreas de
intemperie en cualquier propiedad donde puedan satisfaceralmacenamiento o uso a la intemperie de material peligroso
se las condiciones de 60.1.24.
sin protección contra la intemperie. Cuando la estructura de
60.2.1.3.2.2 Cuando una propiedad excede 929 m² (10.000
protección contra la intemperie esté construida con materiapies²), deberá permitirse un grupo de dos áreas de control a la
les incombustibles, deberá permitirse que las reducciones
en la distancia de separación estén basadas en el uso de tabiintemperie cuando esté aprobado y cuando cada área de conques cortafuego cuando estén permitidos para las clasificatrol esté separada por una distancia mínima de 15 m (50 pies).
ciones de materiales peligrosos de acuerdo con lo especifi-
60.2.1.3.2.3 Cuando una propiedad exceda 3.252 m²
cado en otras partes de este Código.
(35.000 pies²), deberán permitirse grupos adicionales de
(C) La protección contra la intemperie para sólidos y
áreas de control a la intemperie cuando esté aprobado,
líquidos tóxicos o altamente tóxicos deberá cumplir con el
siempre que cada grupo esté separado por una distancia
Capítulo 68.
Edición 2003
1-297
MATERIALES PELIGROSOS
Tabla 60.2.2.1 (a) Cantidad Máxima Permitida de Materiales Peligrosos por Área de Controlᵃ
Uso Sistemas
Almacenamiento"
Uso Sistemas cerradosᵇ
abiertosᵇ
Nivel de
Libras
Libras
Libras
Protecsólidas
Galones
Gas,
sólidas
Galones
Gas,
sólidas
Galones
ción de
(pies
líquidos
pies
(pies
líquidos
pies
(pies
líquidos
riesgo
cúbicos)
(libras)
cúbicos
cúbicos)
(libras)
cúbicos
cúbicos)
(libras)
Material
Clase
alto
Materiales de Riesgo Físico
120er
120'
30
Líquido
II
203
combus-
III A
203
NA
330
NA
NA
330'
NA
NA
80
tible
III B
NA
13,200
13,200*
13,200°
Fibra com-
Embalado
3
(100)
NA
NA
(100)
NA
NA
(20)
NA
bustible
(1.100)
(200)
suelto
(1.100)
2
NA
45'
NA
NA
45'
NA
NA
10'
Líquido
Oxidación
3
45
45'
10'
criogénico
inflamable
NA
1
1ehij
(1)e.hj
NA
1/4h
(1/4)h
NA
1/4b
(1/4)h
Explosivos
2
NA
NA
1000
NA
NA
1000
NA
NA
Gas infla-
Licuado
30er
NA
30ed
NA
mable
gaseoso
Juegos pirotécnicos
3
125c.k.d
NA
NA
NA
NA
NA
NA
NA
1.4G
de consumo
30ef
30'
NA
NA
10'
I-A
Líquido
I-B & I-C
203
NA
120es
NA
NA
120ef
30er
120
30⁴
inflamable
Combinación
120ef.¹
(I-A,I-B,I-C)
NA
3
125
NA
NA
125'
NA
NA
25e,f
NA
Sólido
inflamable
Detonante
1
1eth
(1)e.h
NA
1/4h
(1/4)b
NA
1/4h
(1/4)h
sin clasificar
1
5e.f
(5)
NA
1'
(1)
NA
I'
(1)'
Peróxido
I
II
2
50e.f
(50)
NA
50'
(50)
NA
10'
(10)'
orgánico
3
125es
(125)es
NA
125'
(125)'
NA
25
(25)'
III
IV
NA
NL
NL
NA
NL
NL
NA
NL
NL
V
NA
NL
NL
NA
NL
NL
NA
NL
NL
1/4h
(1/4)h
NA
1/4
(1/4)h
4
1
1er
(1)eh
NA
Oxidante
3*
203
10ed
(10)et
NA
2.
(2)'
NA
2ª
(2)'
2
3
250es
(250)ed
NA
250'
(250)'
NA
50
(50)'
1
NA
4.000
(4.000)
NA
4.000
(4.000)
NA
1.000
(1.000)
3
NA
NA
1.500e'
NA
NA
1.500
NA
NA
Gas
Licuado
NA
oxidante
NA
15ed
NA
NA
15es
NA
NA
gaseoso
Pirofórico
NA
2
4e.h
(4)e.h
50e.h
1h
(1)b
10e.h
0
0
4
1
1e.h
(1)eh
10ch
1/4h
(1/4)h
2e.h
1/4h
(1/4)h
Inestable
3
102
5es
(5)es
50ed
1'
(1)'
10ef
1'
(1)'
(50)er
750es
50'
(50)'
750°
10'
(10)'
(reactivo)
2
2
50er
1
NA
NL
NL
NL
NL
NL
NL
NL
NL
3
2
5ef
(5)e.¹
NA
5'
(5)'
NA
1'
(1)
Reactivo
al agua
2
3
50ed
(50)
NA
50
(50)'
NA
10'
(10)f
NA
NL
NL
NA
NL
NL
NA
NL
NL
1
Edición 2003
1-298
GO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INC
IOS TM
Tabla 60.2.2.1 (a) Continuación
Uso Sistemas
Almacenamiento
Uso Sistemas cerradosᵇ
abiertosᵇ
Nivel de
Protec-
Libras
Libras
Libras
ción de
sólidas
Galones
Gas,
sólidas
Galones
Gas,
sólidas
Galones
riesgo
(pies
líquidos
pies
(pies
líquidos
pies
(pies
líquidos
Material
Clase
alto
cúbicos)
(libras)
cúbicos
cúbicos)
(libras)
cúbicos
cúbicos)
(libras)
Materiales de Riesgo Físico
Corrosivo
NA
4
5.000
500
810er
5.000'
500'
1.000'
100'
Altamente
NA
4
10ef
(10)ed
20er
10'
(10)'
20th
3'
tóxico
(3)
Tóxico
NA
4
500
(500)e.f
810er
500°
(500)'
10ef
125f
(125)'
Notas:
1. Para unidades SI, 1 lb 0,454 kg; 1 gal 3,785 L; 1 pie³ = 0,0283 m³.
2. NA = no aplicable; NL = no limitado.
Ver 34.1.3.2 de NFPA 5000 para excepciones para las cantidades tabulares. Para el uso de áreas de control, ver 34.2.4 de
NFPA 5000. Los valores entre paréntesis en la tabla corresponden al nombre de la unidad entre paréntesis en la parte superior
de la columna.
No se permite que la cantidad agregada en el uso y almacenamiento exceda la cantidad listada para almacenamiento. Además,
no se permite que las cantidades en ocupaciones específicas excedan los límites en 34.1.3.2 de NFPA 5000.
En el interior de un edificio, está permitido que la capacidad máxima de un sistema de almacenamiento de líquido combustible conectado a un sistema de tubería de aceite combustible sea de 660 gal, siempre que dicho sistema esté de acuerdo con
NFPA 31.
A menos que el peso real de la composición pirotécnica de los fuegos pirotécnicos de consumo, 1.4 g, se conozca, está permitido usar el 25% del peso bruto de los fuegos pirotécnicos, incluyendo el empaque con el fin de determinar su peso para el
propósito de esta tabla.
Está permitido aumentar las cantidades en un 100 por ciento cuando sean almacenadas en gabinetes aprobados, gabinetes de
gas, cerramientos de extracción, depósitos de explosivos o latas de seguridad según sea apropiado para el material almacenado de acuerdo con NFPA 1, Uniform Fire Code". Cuando se aplique el Pie de página f, el incremento para ambos pies de
página puede aplicarse acumulativamente.
Está permitido aumentar las cantidades máximas en un 100 por ciento en edificios equipados en su totalidad con un sistema
de rociadores automáticos de acuerdo con NFPA 13. Además, cuando se aplique el Pie de página e, el incremento para ambos
pies de página puede aplicarse acumulativamente.
Las cantidades permitidas no están limitadas en un edificio equipado en su totalidad con un sistema de rociadores automáticos de acuerdo con NFPA 13.
Está permitido sólo en edificios equipados en su totalidad con un sistema de rociadores automáticos de acuerdo con NFPA 13.
Deberá permitirse que las cantidades máximas de pólvora negra, propulsor sin humo y cartuchos de armas pequeñas almacenadas o exhibidas en ocupaciones mercantiles 0 almacenadas en unidades de vivienda uni o bifamiliares excedan la cantidad especificada en esta tabla cuando dicho almacenamiento cumpla con los requisitos de NFPA 495, Capítulo 13.
En vez del límite de la cantidad máxima permitida por área de control, la cantidad máxima agregada por edificio de dispositivos especiales de explosivos en ocupaciones industriales. mercantiles y de almacenamiento deberá ser 50 lb.
Se permite una cantidad máxima de 200 lb de sólidos o 20 gal de líquidos oxidantes Clase 3 cuando dichos materiales sean
necesarios para propósitos de mantenimiento, funcionamiento o higienización de los equipos. Se requiere que los recipientes
de almacenamiento y la manera en que se almacenen sean aprobados.
No contiene más de la cantidad máxima permitida por área de control de líquidos inflamables Clase I-A, Clase I-B o Clase I-C.
Un cilindro individual que contenga máximo 150 lb de amoniaco anhidro en un área única de control en un edificio sin rociadores es considerado como la cantidad máxima permitida. Dos cilindros, cada uno con un contenido de máximo 150 lb, en un
área única de control es considerada como la cantidad máxima permitida, siempre que el edificio esté equipado en su totalidad
con un sistema de rociadores automáticos de acuerdo con NFPA 13.
Se permite sólo cuando se almacene en gabinetes de gas de escape o cerramientos de extracción, de acuerdo con lo especificado en NFPA 1.
Edición 2003
1-299
MATERIALES PELIGROSOS
Tabla 60.2.2.1(b) Cantidades Máximas Permitidas de Materiales Peligrosos por Área de Control a la Intemperie¹
Uso Sistemas
Uso Sistemas cerradosᵇ
abiertosᵇ
Almacenamiento⁶
Libras
Gas, pies
Libras
Libras
sólidas
Galones
cúbicos
sólidas
Galones
Gas, pies
sólidas
Galones
líquidos
a PIN
líquidos
cúbicos
líquidos
(libras)
a PIN
Material
Clase
Materiales de Riesgo Físico
Gas combustible
NA
NA
750
NA
NA
750
NA
NA
Licuado
NA
15
NA
NA
15
NA
NA
NA
gaseoso
125
NA
NA
25)
NA
NA
25
NA
Sólido
inflamable
Peróxido
Detonante
1
(1)
NA
¹/₄
(1/4)
NA
1/4
(1/4)
orgánico
5
(5)
NA
1
(1)
NA
1
(1)
Peróxido
I
orgánico
II
50
(50)
NA
50
(50)
NA
10
(10)
III
125
(125)
NA
125
(125)
NA
25
(25)
IV
500
(500)
NA
500
(500)
NA
100
(100)
V
NL
NL
NA
NL
NL
NA
NL
NL
Oxidante
4
1
(1)
NA
¹/₄
(1/4)
NA
1/4
(1/4)
3
10
(10)
NA
2
(2)
NA
2
(2)
2
250
(250)
NA
250
(250)
NA
50
(50)'
1
4.000
(4.000)
NA
4.000
(4.000)
NA
1.000
(1.000)
Gas oxidante
NA
Licuado
NA
NA
1.500
NA
NA
1.500
NA
gaseoso
NA
15ᵉ
NA
NA
15
NA
NA
NA
I-A
30es
30'
NA
NA
10'
Líquido
I-B & I-C
NA
120e.f
NA
NA
120st
30ed
inflamableᶜ
Combinación
120
120
30
(I-A,I-B,I-C)
0
0
Pirofórico
4
(4)
50
1
(1)
10
4
1
(1)
10
1/4
(1/4)
2
1/4
(¹/₄)
Inestable
3
5
(5)
50
1
(1)
10
1
(1)
(reactivo)
2
50
(50)
750
50
(50)
750
10
(10)
NL
NL
NL
1
NL
NL
NL
NL
NL
Reactivo al
3
5
(5)
NA
5
(5)
NA
1
(1)
2
50
(50)
NA
50
(50)
NA
10
(10)
agua
1
NL
NL
NA
NL
NL
NA
NL
NL
Materiales de Riesgo para la Salud
810
1.000
100
Corrosivo
5.000
500
810
5.000
500
Altamente
10
(10)
20
10
(10)
20
3
(3)
tóxico
Tóxico
500
(500)
810
500
(500)
10
125
(125)
Notas: Para unidades SI, 1 lb = 0,454 kg; 1 gal = 3,785 L; 1 pie³ = 0,0283 m³.
NA = = no aplicable; NL = no limitado.
'Los valores entre paréntesis en la tabla corresponden al nombre de la unidad entre paréntesis en la parte superior de la columna. Para galones de líquidos, dividir
la cantidad entre 10.
2Las cantidades agregadas en almacenamiento o uso no deberán exceder la cantidad listada para el almacenamiento.
Se
permite
solo
cuando
Edición 2003
1-300
CÓDIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM
60.2.2.2.2 Gabinetes de Almacenamiento de Materiales
60.2.3.1.3 Peróxidos Orgánicos Restringidos. Los peróxi-
Peligrosos. Cuando se usen gabinetes de almacenamiento
dos orgánicos detonantes sin clasificación y Clase I no
para incrementar las cantidades máximas permitidas por
deberán almacenarse o usarse en ocupaciones para reunioárea de control o para cumplir de otra manera con una disnes públicas.
posición específica en el Capítulo 60, dichos gabinetes
deberán estar de acuerdo con lo siguiente:
60.2.3.1.4 Materiales Inestables (Reactivos) Restringidos. Los materiales inestables (reactivos) Clase 3 y 4 no
(1) Los gabinetes deberán ser construidos en metal
deberán almacenarse o usarse en ocupaciones para reunio-
(2) El interior de los gabinetes deberá tratarse, recubrirse 0
nes públicas.
construirse con materiales no reactivos al material peligroso almacenado, y dicho tratamiento, recubrimiento o
60.2.3.1.5 Gases Inflamables y Oxidantes Restringidos.
construcción deberá incluir todo el interior del gabinete
Los gases inflamables y oxidantes no deberán almacenarse
(3) Los gabinetes deberán ser listados según lo adecuado
o usarse en ocupaciones para reuniones públicas.
para el almacenamiento proyectado o construidas de
acuerdo con lo siguiente:
Excepción No 1: Deberán permitirse gases inflamables y
(a) Las gabinetes deberán ser de acero con un espesor no
oxidantes cuando los cilindros no excedan 7,1 m³ (250
inferior a 1,12 mm (0,044 pulg.) (calibre 18)
pies³) a PTN. Las cantidades agregadas de gases no debe-
(b) El gabinete incluyendo la puerta, deberá ser de pared
rán exceder las cantidades máximas permitidas en las
doble con un espacio de aire de 38,1 mm (1 ¹/₂ pulg.)
áreas de control listadas en la Tabla 60.2.2.1 (a).
entre las paredes
(c) Las juntas deberán ser remachadas o soldadas y debe-
Excepción No 2: Las operaciones de servicio de comidas
rán ser de ajuste apretado
que usen gases inflamables de acuerdo con NFPA 58,
(d) Las puertas deberán estar bien ajustadas, ser autoce-
Liquefied Petroleum Gas Code, según se hace referencia
rrantes y equipadas con un dispositivo de pestillo
en el Capítulo 69.
automático
(e) Los fondos de los gabinetes usados para el almace-
60.2.3.1.6 Líquidos Inflamables y Combustibles Restrinnamiento de líquidos deberán ser herméticos al
gidos. La cantidad de líquidos inflamables y combustibles
líquido hasta una altura mínima de 5 cm (2 pulg.)
almacenados o usados en ocupaciones para reuniones públi-
(f) Para los requisitos sobre equipos y dispositivos eléccas no deberá exceder las cantidades necesarias para propótricos en el interior de gabinetes usados para el almasitos de demostración, tratamiento, trabajo de laboratorio,
cenamiento de gases o líquidos peligrosos, ver
mantenimiento y manejo de equipos y no deberá exceder las
NFPA 70, National Electrical Code
cantidades máximas permitidas en las áreas de control listadas en la Tabla 60.2.2.1(a).
60.2.3 Limitaciones Especiales para el Almacenamiento
y Uso Interior de Materiales Peligrosos por Ocupación.
60.2.3.2 Ocupaciones de Oficinas e Industriales.
Las cantidades máximas permitidas de materiales peligrosos por área de control establecidas en 60.2.2 a 60.2.2.2.2
60.2.3.2.1 Gases Comprimidos Tóxicos y Altamente
no deberán excederse en ninguna ocupación y deberán limi-
Tóxicos. Los gases comprimidos tóxicos y altamente tóxitarse aún más en ocupaciones específicas de acuerdo con
cos no deberán almacenarse o usarse en oficinas o aulas de
60.2.3 a 60.2.3.6.5
clase en ocupaciones de oficinas o industriales.
60.2.3.1 Ocupaciones para Reuniones Públicas.
Excepción: Cuando se encuentren en las aulas de clase
de las ocupaciones de oficinas, se permiten cilindros que
60.2.3.1.1 Gases Comprimidos Tóxicos y Altamente
no excedan 0,57 m³ (20 pies³) a PTN en gabinetes de gas o
Tóxicos Restringidos. Los gases comprimidos tóxicos y
campanas de ventilación.
altamente tóxicos no deberán almacenarse o usarse dentro
de las ocupaciones para Reuniones públicas.
60.2.3.2.2 Oxidantes Restringidos. Los oxidantes líquidos
y sólidos Clase 4 no deberán almacenarse o usarse en oficinas
Excepción: Los cilindros que no excedan 0.57 m³ (20 pies³)
o aulas de clase en ocupaciones de oficinas o industriales.
a presión de la temperatura normal (PTN) están permitidos
dentro de gabinetes de gas 0 campanas de ventilación.
Excepción: Deberá permitirse almacenar oxidantes líqui-
60.2.3.1.2 Oxidantes Restringidos. Los oxidantes Clase 4
dos y sólidos Clase 4 dentro de aulas de clase de las ocuno deberán almacenarse o usarse en ocupaciones para
paciones de oficinas y ocupaciones industriales cuando
Reuniones públicas.
sean almacenados en gabinetes de almacenamiento para
Edición 2003
1-301
MATERIALES PELIGROSOS
materiales peligrosos de acuerdo y en cumplimiento con el
60.2.3.3.1 Incremento de la Cantidad Máxima
Código, y dichos gabinetes de almacenamiento no deberán
Permitida para Ocupaciones
Mercantiles
y
de
contener otro almacenamiento.
Almacenamiento.
60.2.3.2.3 Peróxidos Orgánicos Restringidos. Los peróxi-
60.2.3.3.1.1 Generalidades. Deberá permitirse que la candos orgánicos detonantes sin clasificación y Clase I no
tidad agregada de los materiales peligrosos sólidos no infladeberán usarse o almacenarse en oficinas o aulas de clase en
mables y líquidos no inflamables o incombustibles permitiocupaciones de oficinas o industriales.
dos dentro de un área única de control de una ocupación
mercantil o de almacenamiento exceda las cantidades máxi-
Excepción: Deberán permitirse los peróxidos orgánicos
mas permitidas especificada en la Tabla 60.2.2.1(a) sin estar
detonantes sin clasificación y Clase I cuando sean almacede acuerdo con los Niveles de Protección 2, 364, siempre
nados dentro de gabinetes de almacenamiento de materiales
que las cantidades estén de acuerdo con la Tabla
peligrosos de acuerdo con 60.2.2.2.2 y dichos gabinetes de
60.2.3.3.1.1 y que los materiales estén exhibidos o almacealmacenamiento no deberán contener otro almacenamiento.
nados de acuerdo con las limitaciones especiales para la
altura del almacenamiento, densidad del almacenamiento y
60.2.3.2.4 Materiales Inestables (Reactivos) Restrindemás controles especificados en 60.2.3.3.1.2.
gidos. Los materiales inestables (reactivos) Clase 3 y 4 no
deberán almacenarse o usarse en oficinas o aulas de clase en
Tabla 60.2.3.3.1.1 Incrementos en la Cantidad Máxima
ocupaciones de oficina o industriales.
Permitida por Área de Control para las Categorías de
Riesgo Seleccionadas en Ocupaciones Mercantiles y de
Excepción: Deberá permitirse los materiales inestables
Almacenamiento¹
(reactivos) Clase 3 y 4 que sean almacenados dentro de
Cantidad máxima
gabinetes de almacenamiento de materiales peligrosos de
Categoría
permitida
acuerdo con 60.2.2.2.2 y dichos gabinetes de almacenade riesgo
Sólidos (lb)
Líquidos (gal)
miento no deberán contener otro almacenamiento.
Materiales de riesgo físico Sólidos y líquidos
no inflamables e incombustibles
60.2.3.2.5 Gases Inflamables y Oxidantes Restringidos.
Los gases inflamables y oxidantes no deberán almacenarse
Oxidantes
Clase 3
1.150
115
o usarse en oficinas o aulas de clase de ocupaciones de ofi-
Clase 2
2.250
225
cina o industriales.
Clase 1
18.000⁴
1.800⁴
Inestables (reactivos)
Excepción No 1: Deberán permitirse gases inflamables y
Clase 3
550
55
oxidantes cuando los cilindros no excedan 7,1 m³ (250
Clase 2
1.150
115
pies³) a PTN. Las cantidades agregadas de gases no debe-
Agua (reactivos)
rán exceder las cantidades máximas permitidas en las
Clase 3
550
55
áreas de control listadas en la Tabla 60.2.2.1(a). Los cilin-
Clase 2
1.150
115
dros de suministro de sistemas de gas medico deberán estar
Materiales de riesgo para la salud sólidos y líquidos no
de acuerdo con NFPA 99.
inflamables e incombustibles
Corrosivos
10.000
1.000
Excepción No. 2: Las operaciones de servicio de comidas
Altamente tóxicos
20
2
que usen gas inflamable de acuerdo con NFPA 58 como se
hace referencia en el Capítulo 69.
Tóxicos
1.000
100
Las cantidades máximas para categorías de riesgo no listadas deberán
60.2.3.2.6 Líquidos Inflamables y Combustibles
estar de acuerdo con la Tabla 60.2.2.1 (a).
Restringidos. La cantidad de líquidos inflamables y com-
2Las cantidades máximas deberán incrementarse en un 100 por ciento en
bustibles almacenados o usados en secciones de oficinas de
edificios con rociadores de acuerdo con NFPA 13. Cuando también se
las ocupaciones de oficinas e industriales no deberá exceder
aplique la Nota 3, puede aplicarse el incremento para ambas notas.
Las cantidades máximas deberán incrementarse en un 100 por ciento
las cantidades necesarias para propósitos de demostración,
cuando sean almacenadas en gabinetes de almacenamiento, gabinetes de
tratamiento, trabajo de laboratorio, mantenimiento y manegas o cerramientos de extracción de acuerdo con 60.2.2.2.2. Cuando
jo de equipos y no deberá exceder las cantidades máximas
también se aplique la Nota 2, puede aplicarse el incremento para ambas
permitidas en las áreas de control listadas en la Tabla
notas.
4Las cantidades de oxidante Clase 1 no están limitadas en edificios pro-
60.2.2.1(a).
tegidos por un sistema de rociadores automáticos de acuerdo con NFPA
13.
60.2.3.3 Ocupaciones Mercantiles y de Almacenamiento.
Edición 2003
1-302
CÓL
UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCEI
OS
TM
60.2.3.3.1.2 Controles Especiales Requeridos para
gabinetes de almacenamiento no deberán contener otro
Cantidades Incrementadas. Cuando las cantidades de
almacenamiento.
materiales peligrosos se incrementen de acuerdo con
60.2.3.3.1.1, dichos materiales deberán almacenarse de
60.2.3.3.4 Peróxidos Orgánicos Restringidos. Los peróxiacuerdo con las siguientes limitaciones:
dos orgánicos detonantes sin clasificación y Clase I no
deberán almacenarse o usarse en oficinas o en aulas de clase
(1) El almacenamiento y exhibición de sólidos no deberán
de las ocupaciones mercantiles y de almacenamiento.
exceder 976,4 kg/m² (200 lb/pie²) de área de piso actualmente ocupada por mercancía sólida
60.2.3.3.5 Materiales Inestables (Reactivos) Restringidos.
(2) El almacenamiento y exhibición de líquidos no deberá
exceder 76 L/m² (20 gal/pie²) de área de piso actualmen-
60.2.3.3.5.1 Los materiales inestables (reactivos) Clase 3 y
te ocupada por mercancía líquida
4 no deberán almacenarse o usarse en las oficinas o aulas de
(3) La altura del almacenamiento y exhibición no deberá
clase de ocupaciones mercantiles y de almacenamiento.
exceder 1,8 m (6 pies) por encima del piso acabado
(4) Los recipientes individuales inferiores a 19 L (5 gal) o
Excepción: Deberán permitirse materiales inestables
inferiores a 11 kg (25 lb) deberán almacenarse o exhibir-
(reactivos) Clase 3 y 4 en las oficinas o aulas de clase en
se en paletas, estantes o anaqueles
ocupaciones mercantiles y de almacenamiento cuando sean
(5) Los estantes y anaqueles usados para almacenamiento o
almacenados dentro de gabinetes de almacenamiento de
exhibición deberán estar de acuerdo con 60.1.21
materiales peligrosos de acuerdo con 60.2.2.2.2 y dichos
(6) Los recipientes deberán estar aprobados para el uso pregabinetes de almacenamiento no deberán contener otro
tendido
almacenamiento.
(7) Los recipientes individuales no deberán exceder 45,4 kg
(100 lb) o una capacidad de 19 L (5 gal)
60.2.3.3.5.2 Los materiales inestables (reactivos) Clase 4
(8) Los materiales incompatibles deberán estar separados
no deberán almacenarse o usarse en las secciones para vende acuerdo con 60.1.20
tas al detal de las ocupaciones mercantiles.
(9) Exceptuando el revestimiento, los pisos deberán ser de
construcción incombustible
Excepción: Deberán permitirse materiales inestables
(10) Deberán mantenerse pasillos de 1,2 m (4 pies) de
(reactivos) Clase 3 y 4 en las oficinas o aulas de clase en
ancho en tres lados del área de almacenamiento o exhiocupaciones mercantiles y de almacenamiento cuando sean
bición
almacenados dentro de gabinetes de almacenamiento de
(11) Deberán proveerse señales de identificación de riesgo
materiales peligrosos de acuerdo con 60.2.2.2.2 y dichos
de acuerdo con 60.1.14
gabinetes de almacenamiento no deberán contener otro
almacenamiento.
60.2.3.3.2 Gases Comprimidos Tóxicos y Altamente
Tóxicos Restringidos. No deberán almacenarse o usarse
60.2.3.3.6 Gases Inflamables y Oxidantes Restringidos.
gases comprimidos tóxicos y altamente tóxicos en las ofici-
Los gases inflamables y oxidantes no deberán usarse o
nas o aulas de clase de las ocupaciones mercantiles o de
almacenarse en las oficinas o aulas de clase de ocupaciones
almacenamiento.
mercantiles y de almacenamiento.
Excepción: Cuando se encuentren en las aulas de clase de
Excepción Nol: Deberán permitirse gases inflamables y
las ocupaciones mercantiles y de almacenamiento, se peroxidantes cuando los cilindros no excedan 7,1 m3 (250
miten cilindros que no excedan 0,57 m3 (20 pies³) a PTN en
pies³) a PTN. Las cantidades agregadas de gases no debegabinetes de gas o campanas de ventilación.
rán exceder las cantidades máximas permitidas en las
áreas de control listadas en la Tabla 60.2.2.1(a).
60.2.3.3.3 Oxidantes Restringidos. Los oxidantes líquidos y sólidos Clase 4 no deberán almacenarse o usarse en
Excepción No2: Las operaciones de servicio de comidas
oficinas o aulas de clase de las ocupaciones mercantiles y
que usen gas inflamable de acuerdo con NFPA 58 según se
de almacenamiento.
hace referencia en el Capitulo 69
Excepción: Deberá permitirse el almacenamiento de oxi-
60.2.3.3.7 Líquidos Inflamables y Combustibles Resdantes líquidos y sólidos Clase 4 dentro de las aulas de
tringidos. La cantidad de líquidos inflamables y combusclase de las ocupaciones mercantiles y de almacenamiento
tibles almacenados o usados en secciones de oficinas de las
cuando se almacenen en gabinetes de almacenamiento de
ocupaciones mercantiles o de almacenamiento no deberá
materiales peligrosos de acuerdo con 60.2.2.2.2 y dichos
exceder las cantidades necesarias para propósitos de
Edición 2003
1-303
MATERIALES PELIGROSOS
demostración, tratamiento, trabajo de laboratorio, manteni-
60.2.3.5.1 Gases Comprimidos Tóxicos y Altamente
miento y manejo de equipos y no deberá exceder las canti-
Tóxicos. Los gases tóxicos y altamente tóxicos no deberán
dades máximas permitidas en las áreas de control listadas
almacenarse o usarse en ocupaciones para guarderías, sanien la Tabla 60.2.2.1(a).
tarias, sanitarias para pacientes ambulatorios y penitenciarias y correccionales.
60.2.3.4 Ocupaciones para Enseñanza.
Excepción: Se permiten cilindros que no excedan 0,57 m³
60.2.3.4.1 Gases Comprimidos Tóxicos y Altamente
(20 pies³) a PTN dentro de gabinetes de gas 0 campanas de
Tóxicos. Los gases comprimidos tóxicos y altamente tóxiventilación en ocupaciones para guarderías, sanitarias,
cos no deberán almacenarse o usarse en ocupaciones para
sanitarias para pacientes ambulatorios y penitenciarias y
correccionales en cantidades hasta la cantidad máxima
enseñanza.
permitida en las áreas de control.
Excepción: Se permiten cilindros que no excedan 0,57 m3
(20 pies3) a PTN dentro de gabinetes de gas 0 campanas de
60.2.3.5.2 Oxidantes Restringidos.
ventilación.
(A) Los oxidantes Clase 4 no deberán almacenarse en ocu-
60.2.3.4.2 Oxidantes Restringidos. Los oxidantes Clase 4
paciones para guarderías, sanitarias, sanitarias para pacienno deberán almacenarse o usarse en ocupaciones para ensetes ambulatorios y penitenciarias y correccionales.
ñanza.
(B) Se permite un máximo de 90,7 kg (200 lb) de sólido o
60.2.3.4.3 Peróxidos Orgánicos Restringidos. Los peróxi-
7,57 L (2 gal) de líquido oxidante Clase 3 en ocupaciones
dos orgánicos detonantes sin clasificación y Clase 1 no debepara guarderías, sanitarias, sanitarias para pacientes amburán almacenarse o usarse en_ocupaciones para enseñanza.
latorios y penitenciarias y correccionales cuando dichos
materiales sean necesarios para propósitos de mantenimien-
60.2.3.4.4 Materiales Inestables (Reactivos) Restringidos.
to o manejo de equipos.
Los materiales inestables (reactivos) Clase 3 y 4 no deberán
almacenarse o usarse en ocupaciones para enseñanza.
(C) Los oxidantes deberán almacenarse en recipientes aprobados y de manera aprobada.
60.2.3.4.5 Gases Inflamables y Oxidantes Restringidos.
Los gases inflamables y oxidantes no deberán almacenarse
60.2.3.5.3 Peróxidos Orgánicos Restringidos. Los peróxi-
o usarse en ocupaciones para enseñanza.
dos orgánicos detonantes sin clasificación y Clase I no
deberán almacenarse o usarse en ocupaciones para guarde-
Excepción No 1: Deberán permitirse gases inflamables y
rías, sanitarias, sanitarias para pacientes ambulatorios y
oxidadotes cuando los cilindros no excedan 7,1 m3 (250
penitenciarias y correccionales.
pies³) a PTN. Las cantidades agregadas de gases no deberán exceder las cantidades máximas permitidas en las
60.2.3.5.4 Materiales Inestables (Reactivos) Restrináreas de control listadas en la Tabla 60.2.2.1(a)
gidos. Los materiales inestables (reactivos) Clase 3 y 4 no
deberán almacenarse o usarse en ocupaciones para guarde-
Excepción No 2: Las operaciones de servicio de comidas
rías, sanitarias, sanitarias para pacientes ambulatorios y
que usen gas inflamable de acuerdo con NFPA 58 según se
penitenciarias y correccionales.
hace referencia en el Capítulo 69
60.2.3.5.5 Gases Inflamables y Oxidantes Restringidos.
60.2.3.4.6 Líquidos Inflamables y Combustibles Res-
Los gases inflamables y oxidantes no deberán almacenarse o
tringidos. La cantidad de líquidos inflamables y combususarse en ocupaciones para guarderías, sanitarias, sanitarias
tibles almacenada o usada en ocupaciones para enseñanza
para pacientes ambulatorios y penitenciarias y correccionales.
no deberá exceder las cantidades necesarias para propósitos
de demostración, tratamiento, trabajo de laboratorio, man-
Excepción Nol: Deberán permitirse gases inflamables y
tenimiento y manejo de equipos y no deberá exceder las
oxidantes cuando los cilindros no excedan 7,1 m³ (250
cantidades máximas permitidas en las áreas de control listapies³) a PTN. Las cantidades agregadas de gases no debedas en la Tabla 60.2.2.1(a).
rán exceder las cantidades máximas permitidas en las
áreas de control listadas en la Tabla 60.2.2.1(a). Los cilin-
60.2.3.5 Ocupaciones para Guarderías, Sanitarias,
dros de abastecimiento del sistema de gas medico deberán
Sanitarias para pacientes Ambulatorios y Penitenciarias
estar de acuerdo con NFPA 99.
Correccionales
Edición 2003
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C
GO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE JOS
TM
Excepción No2: Las operaciones de servicio de comidas
rán exceder las cantidades máximas permitidas en las
que usen gas inflamable de acuerdo con NFPA 58 según se
áreas de control listadas en la Tabla 60.2.2.1(a). Los cilinhace referencia en el Capítulo 69.
dros de aprovisionamiento del sistema de gas medico deberán estar de acuerdo con NFPA 99.
60.2.3.5.6 Líquidos Inflamables y Combustibles
Restringidos. La cantidad de líquidos inflamables y com-
Excepción No 2: Las operaciones de servicio de comidas
bustibles almacenada 0 usada en ocupaciones para guardeque usen gas inflamable de acuerdo con NFPA 58 según se
rías, sanitarias, sanitarias para pacientes ambulatorios y
hace referencia en el Capítulo 69.
penitenciarias y correccionales no deberá exceder las cantidades necesarias para propósitos de demostración, trata-
60.2.3.6.6 Líquidos Inflamables y Combustibles Resmiento, trabajo de laboratorio, mantenimiento y manejo de
tringidos. La cantidad de líquidos inflamables y combustiequipos y no deberá exceder las cantidades máximas permibles almacenada o usada en ocupaciones residenciales no
tidas en las áreas de control listadas en la Tabla 60.2.2.1(a).
deberá exceder las cantidades necesarias para propósitos de
mantenimiento y manejo de equipos y no deberá exceder las
60.2.3.6 Viviendas Uni y Bifamiliares, Casas de
cantidades máximas permitidas en las áreas de control lista-
Huéspedes y Pensiones, Hoteles y Dormitorios y
das en la Tabla 60.2.2.1(a).
Apartamentos; Ocupaciones de Asilos y Centros de
Acogida Residenciales.
60.3 Requisitos Generales para el Almacenamiento y
Uso de Materiales Peligrosos en Cantidades que
60.2.3.6.1 Gases Comprimidos Tóxicos y Altamente
Exceden las Cantidades Máximas Permitidas.
Tóxicos. Los gases tóxicos y altamente tóxicos no deberán
almacenarse o usarse en viviendas uni y bifamiliares; casas de
60.3.1 Generalidades. Cuando la cantidad agregada de
huéspedes y pensiones; hoteles y dormitorios; apartamentos; y
materiales peligrosos almacenados, usados o manipulados
ocupaciones residenciales de asilos y centros de acogida.
exceda la cantidad máxima permitida en las áreas de control
establecidas en la Sección 60.2, deberá aplicarse la Sección
60.2.3.6.2 Oxidantes Restringidos. Los oxidantes Clase 4
60.3. Cuando la cantidad agregada de materiales peligrosos
no deberán almacenarse o usarse en viviendas uni y bifamialmacenados, usados o manipulados no exceda la cantidad
liares; casas de huéspedes y pensiones; hoteles y dormitomáxima permitida en las áreas de control establecidas en la
rios; apartamentos; y ocupaciones residenciales de asilos y