Regl. 7364, art. 500-1 dup2

EI Capítulo de el Código Municipal de

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Cite as Reglamento Núm. 7364, Art. 500-1 dup2

se Este proceso ha resultado en plazos extendidos, violaciones continuas y encuentra aquí enmendada por la adición de una nueva sección para ser trabajo adicional para los departamentos legales. Además, en situaciones enumerada como y dice lo siguiente: especiales en las que se deben tomar acciones inmediatas, las citaciones podrían ser emitidas a los individuos que están violando la ley. Emisión de Citaciones por Oficiales y Empleados Designados Los oficiales y empleados de la ciudad que tienen el deber de hacer cumplir un Actualmente, la ley requiere que este departamento haga cumplir las leyes con estatuto u ordenanza pueden, de conformidad con la Sección de (ley respecto al fuego y seguridad contra incedios. Las secciones 1.7.1, 1.7.5.1, 1.7.5.2 y 1.7.5.3 de NFPA 1, Uniform Fire CodeTM, dicen lo siguiente: estatal) y sujeto a las disposiciones de la misma, arrestar a una persona sin una orden cuando sea que dicho oficial o empleado tenga una causa 1.7.1 La autoridad competente designada por la autoridad gubernamental razonable para creer que la persona que va a ser arrestada ha cometido una deberá administrar y hacer cumplir las normas de este Código. infracción en presencia del oficial o empleado la cual el ella tiene el deber de hacer cumplir, y para emitir una notificación para que dicha persona bajo 1.7.5.1 La autoridad competente deberá estar autorizada para inspeccionar, en promesa escrita aparezca en corte, de conformidad con la Sección de cualquier momento razonable, cualquier edificio o local en busca de (ley estatal). No deberá permitirse que los oficiales o empleados sean condiciones o materiales peligrosos O de riesgo según to establecido en este autorizados por un superior para ejecutar el arresto y autoridad de citación Código. aquí conferida, a menos que dicho oficial o empleado esté dentro de una clasificación de oficiales civiles y empleados designados por resolución del 1.7.5.2 La autoridad competente deberá estar autorizada para ordenar a consejo municipal para realizar dicho arresto y autoridad de citación por la cualquier persona para que retire o arregle dicha condición O material peligroso. violación de la infracción especificada. El administrador de la ciudad deberá Cualquier persona que no cumpla con dicha orden deberá estar en violación de establecer y hacer que cada empleado U oficial que va a realizar dicho arresto este Código. y tiene autoridad de citación pase por un programa de capacitación de aplicación de la ley de acuerdo con las disposiciones de los estatutos y 1.7.5.3 Hasta el punto permitido por ley, cualquier autoridad competente ordenanzas que deben ser ejecutadas, los prerrequisitos para la prosecución relacionada con la prevención de incendios y trabajo de inspección deberá adecuada de las violaciones de las mismas, los procedimientos apropiados estar autorizada para entrar y examinar cualquier edificio, estructura, para realizar los arrestos o de otra manera efectuar prudentemente dicho embarcación marítima o local, en cualquier momento razonable, con el fin de arresto y autoridad de citación, y las ramificaciones legales y prácticas y realizar inspecciones de seguridad contra incendios. limitaciones presentes. Cualquiera de dichos oficiales o empleados deberá ser instruido apropiadamente para depositar las notificaciones o avisos Esta disposición de NFPA 1, Uniform Fire Codeᵀ aclara que los bomberos ejecutados en (la agencia apropiada) para presentar ante la corte luego de tienen poder para hacer cumplir NFPA 1, Uniform Fire Codeᵀ revisar la suficiencia legal. Nuestra intención es continuar con el seguimiento del procedimiento de
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