Regl. 7364, art. 60 dup2

2, deberá aplicarse la Sección 60.1 a la Sección

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Cite as Reglamento Núm. 7364, Art. 60 dup2

conductos que transporten vapor o gases con componentes 60.4. Cuando la cantidad agregada de los materiales peliinflamables por debajo del 25 por ciento del límite inferior Edición 2003 1-309 MATERIALES PELIGROSOS de inflamabilidad, los conductos que transporten explosivos 60.4.3 Energía de Reserva y de Emergencia. o vapores, gases o polvos inflamables deberán extenderse directamente hasta el exterior del edificio sin entrar a otros 60.4.3. Generalidades. Exceptuando lo estipulado en espacios, y dichos conductos no deberán extenderse hacia el 60.4.3.2, deberá proveerse un sistema de energía de reserva interior o a través de conductos y plenos. 0 emergencia de acuerdo con 60.4.3.3 para sistemas mecánicos de ventilación, sistemas de escape para tratamiento, 60.4.2.8 Extracciones Localizadas en las Estaciones de sistemas de control de temperatura, sistemas de alarma, sis- Trabajo. Las emisiones generadas en las estaciones de tratemas de detección u otros sistemas de seguridad que funbajo deberán ser confinadas al área en la cual se generan y cionen eléctricamente requeridos por este Código o el códideberán descargarse de acuerdo con el código de mecánica go de construcción adoptado por la jurisdicción fundamenadoptada por la jurisdicción. tado en la presencia de materiales peligrosos. 60.4.2.9 Ubicación de las Aberturas del Suministro y 60.4.3.2 Excepciones del Requisito para Energía de Re- Escape. serva o Emergencia. No deberá requerirse energía de reserva o emergencia de acuerdo con las siguientes condiciones: 60.4.2.9.1 Generalidades. La ubicación de las aberturas de suministro y escape deberán estar de acuerdo con el Código (1) El almacenamiento de oxidantes Clase 1 y 2 de mecánica adoptado por la jurisdicción. (2) El almacenamiento de peróxidos orgánicos Clase III, IV y V (3) Sistemas mecánicos de ventilación, sistemas de escape 60.4.2.9.2 Consideración de la Densidad de Vapor. La para tratamiento y sistemas de control de temperatura de ventilación de extracción deberá estar dispuesta para consiingeniería y aprobados de seguridad garantizada. derar la densidad de los gases o vapores potenciales liberados. Para los gases o vapores más pesados que el aire, el 60.4.3.3 Tipo de Sistema Requerido. La fuente secundaescape deberá tomarse desde un punto a una distancia ria de energía deberá ser un sistema de energía de reserva mayor de 304,8 mm (12 pulg.) del piso. requerido legalmente, aprobado de acuerdo con NFPA 70, National Electrical Code excepto las áreas que contienen 60.4.2.9.3 Diseño para Prevenir la Acumulación gases altamente tóxicos o tóxicos. Deberá proveerse un sis- Localizada de Vapor. La ubicación de las aberturas de tema de energía de emergencia requerido legalmente de escape y aire de recirculación deberán disponerse para proacuerdo con NFPA 70, National Electrical Code® para porcionar movimiento de aire a través de todas las partes manejar los sistemas especificados en 60.4.3.1. del piso o cuarto para prevenir la acumulación de vapores. 60.4.4 Controles de Límite. 60.4.2.9.4 Recirculación Prohibida. La ventilación de educción no deberá recircular dentro del cuarto o edificio si 60.4.4.1 Generalidades. Los controles de límite deberán los materiales almacenados son capaces de emitir vapores proveerse de acuerdo con 60.4.4 a 60.4.4.4. peligrosos. 60.4.4.2 Control de Temperatura. 60.4.2.10 Sistemas de Tratamiento. Cuando sea requerido por NFPA 55, el aire de escape contaminado por gases 60.4.4.2.1 Los materiales que deban ser almacenados a altamente tóxicos o tóxicos deberá ser tratado. temperaturas diferentes a las temperaturas ambiente normales para prevenir una reacción peligrosa deberán ser alma- 60.4.2.11 Funcionamiento Continuo Requerido. Los siscenados en un área provista de medios para mantener la temas de ventilación requeridos en 60.4.2 a 60.4.2.13 debetemperatura dentro de un límite seguro, a menos que se prorán funcionar continuamente a menos que sean aprobados porcione un medio alternativo aprobado para prevenir una otros diseños alternativos. reacción peligrosa. 60.4.2.12 Control de Cierre Manual. Deberá proveerse 60.4.4.2.2 Cuando se use un equipo de control de temperatuun control de cierre manual para los sistemas de ventilación ra como medio para cumplir con 60.4.4.2.1, deberá proveerse requeridos en 60.4.2 en el exterior del cuarto servido, adyaun equipo de control de temperatura redundante que funcione cente a la puerta de acceso principal del cuarto. al fallar el equipo primario de control de temperatura. 60.4.2.13 Etiqueta del Control de Cierre Manual. El 60.4.4.3 Control de Presión. control de cierre manual deberá ser del tipo de romper el vidrio y deberán etiquetarse como "Cierre de Emergencia 60.4.4.3.1 Los tanques estacionarios y equipos que conten- Edición 2003 1-310 CÓDIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM gan líquidos de materiales peligrosos que puedan generar en ubicaciones interiores o áreas similares en ubicaciopresiones que excedan los límites presumidos debido a fuenes a la intemperie gos de exposición o a la reacción interna deberán tener una (2) Pisos herméticos al líquido en ubicaciones interiores o forma de construcción u otro medio aprobado que alivie la áreas similares en ubicaciones a la intemperie provistas presión interna excesiva. de durmientes o diques elevados o empotrados herméticos al líquido. Cuando se proporcionen durmientes o 60.4.4.3.2 El medio de alivio de presión deberá evacuar diques herméticos al líquido, éstos no son requeridos en hacia una ubicación aprobada o hasta un lavador de gas de las aberturas del perímetro las cuáles están provistas de escape o sistema de tratamiento cuando sea requerido por una zanja de parrilla abierta a través de la abertura que NFPA 55 conecta con un sistema aprobado de recolección. (3) Sumideros y sistemas de recolección 60.4.4.4 Control del Límite del Nivel de Líquido. Los tanques atmosféricos con una capacidad superior a 1893 L 60.4.6.2.3 Materiales. Exceptuando el recubrimiento, los (500 gal) que contengan líquidos de material peligroso pisos, durmientes, diques, sumideros y sistemas de recolecdeberán estar equipados con un control de límite de nivel ción deberán estar construidos de material incombustible, y del líquido para prevenir el sobrellenado del depósito, a el cierre hermético al líquido deberá ser compatible con el menos que los tanques sean monitoreados por un sistema material almacenado. que límite el contenido total por peso o masa. 60.4.6.3 Contención Secundaria. 60.4.5 Supervisión de los Sistemas de alarma, Detección y Extinción Automática de Incendios. Los sistemas de 60.4.6.3.1 Cuando se Requiera para Almacenamiento. alarma, detección y extinción automática de incendios Cuando sea requerido en la Tabla 60.4.6.3.1, los edificios o requeridos en el Capítulo 60 u otros capítulos de este partes de los mismos usados para cualquiera de los siguien- Código que regulen los materiales peligrosos deberán ser tes puntos deberán estar provistos de contención secundaria supervisados por una central aprobada, el propietario o un de acuerdo con lo siguiente: servicio de estación remota o deberán iniciar una señal audible y visual en una ubicación atendida constantemente (1) Almacenamiento de líquidos cuando la capacidad de un en el lugar. recipiente individual exceda 208,2 L (55 gal) o la capacidad agregada de varios recipientes exceda 3785 L (1000 gal) 60.4.6 Control de Derrames y Contención Secundaria (2) Almacenamiento de sólidos cuando la capacidad de un recipara Líquidos y Sólidos de Materiales Peligrosos. piente individual exceda 248,8 kg (550 o la capacidad agregada de varios recipientes exceda 4524,8 kg (10.000 60.4.6.1 Generalidades. Los edificios o partes de los mismos deberán estar provistos de un control de derrames y 60.4.6.3.1.1 No deberá requerirse que los edificios o partes contención secundaria de acuerdo con 60.4.6.2 a 60.4.6.3.7, de los mismos que sólo contengan materiales peligrosos en excepto el almacenamiento a la intemperie sobre paletas de tanques o sistemas de contención secundaria listados estén contención de acuerdo con 60.4.6.4. provistos de contención secundaria. 60.4.6.2 Control de Derrames. 60.4.6.3.2 Métodos de Diseño. El edificio, cuarto o área deberá contener o drenar los materiales peligrosos y el agua 60.4.6.2.1 Cuando Se Requiera para Almacenamiento. para protección contra incendios mediante el uso de uno de Los edificios o partes de los mismos usados para almacenar los siguientes métodos: líquidos de materiales peligrosos en recipientes individuales con una capacidad superior a 208,2 L ( 55 gal) deberán (1) Pisos herméticos al líquido con declive o depresiones en estar provistos de un control de derrames para prevenir el ubicaciones interiores o áreas similares en ubicaciones a flujo de líquidos hasta las áreas contiguas. la intemperie (2) Pisos herméticos al líquido en ubicaciones interiores o 60.4.6.2.2 Métodos de Diseño. Cuando se requiera un conáreas similares en ubicaciones a la intemperie provistas trol de derrames, los pisos en ubicaciones interiores y las de durmientes o diques elevados o empotrados hermétisuperficies similares en ubicaciones a la intemperie deberán cos al líquido estar construidos para contener un derrame del recipiente indi- (3) Sumideros y sistemas de recolección vidual más grande mediante uno de los siguientes métodos: (4) Sistemas de desagüe que conducen a una ubicación aprobada (1) Pisos herméticos al líquido con declive o depresiones Edición 2003 1-311 MATERIALES PELIGROSOS Tabla 60.4.6.3.1 Contención Secundaria Requerida Almacenamiento de Sólidos y Líquidos de Materiales Peligrosos Almacenamiento Interior Almacenamiento a la Intemperie Material Clase Sólidos Líquidos Sólidos Líquidos Materiales de Riesgo Físico Líquidos Inflamables y Clase I, II y III-A No aplicable Requerido No aplicable De acuerdo con el Capítulo 66 Combustibles Peróxidos Orgánicos Detonante Requerido Requerido No requerido No requerido Clase I Requerido Requerido No requerido No requerido Clase II Requerido Requerido No requerido No requerido Clase III Requerido Requerido No requerido No requerido Clase IV Requerido Requerido No requerido No requerido Oxidantes Clase 4 Requerido Requerido No requerido No requerido Clase 3 Requerido Requerido No requerido No requerido Clase 2 Requerido Requerido No requerido No requerido Pirofóricos No requerido Requerido No requerido Requerido Inestables Clase 4 Requerido Requerido Requerido Requerido Clase 3 Requerido Requerido Requerido Requerido Clase 2 Requerido Requerido Requerido Requerido Clase 1 No requerido No requerido Requerido Requerido Reactivos al agua Clase 3 Requerido Requerido Requerido Requerido Clase 2 Requerido Requerido Requerido Requerido Clase 1 No requerido No requerido Requerido Requerido Materiales de Riesgo para la Salud Corrosivos No requerido Requerido No requerido Requerido Altamente tóxicos Requerido Requerido Requerido Requerido Tóxicos Requerido Requerido Requerido Requerido 60.4.6.3.3 Materiales Incompatibles. Cuando los materiaincluir el volumen de una precipitación pluvial de 24 horas les incompatibles estén presentes en recipientes o sistemas determinada por una tormenta de 25 años, y deberán tomarabiertos, dichos materiales deberán estar separados entre sí se medidas para desaguar las acumulaciones de agua subteen el sistema de contención secundaria. rránea y agua pluvial. 60.4.6.3.4 Capacidad para Ubicaciones Interiores. La 60.4.6.3.6 Sistema de Monitoreo. contención secundaria para áreas de almacenamiento interior deberá estar diseñada para contener un derrame del 60.4.6.3.6.1 Deberá proveerse un sistema de monitoreo para recipiente más grande más el flujo presumido del volumen detectar materiales peligrosos en el sistema de contención de agua de protección contra incendios calculado para dessecundaria. cargarse desde el sistema de extinción de incendios sobre el 60.4.6.3.6.2 Está permitido que el método de monitoreo sea área mínima presumida del sistema requerido o el área del la inspección visual de la contención primaria o secundaria, cuarto o área donde esté ubicado el almacenamiento, la que u otros medios aprobados. sea de menor tamaño, por un período de 20 minutos. 60.4.6.3.6.3 Cuando la contención secundaria esté sujeta a 60.4.6.3.5 Capacidad para Ubicaciones a la Intemperie. la intrusión de agua, deberá proveerse un método de monitoreo para detectar agua. 60.4.6.3.5.1 La contención secundaria para las áreas de almacenamiento a la intemperie deberá estar diseñada para 60.4.6.3.6.4 Cuando se proporcionen dispositivos de monicontener un derrame del recipiente individual de mayor toreo, éstos deberán estar conectados a alarmas visuales o tamaño. audibles bien determinadas. 60.4.6.3.7 Desagüe. Cuando se proporcionen sistemas 60.4.6.3.5.2 Si el área está abierta a la caída de agua pluremotos de contención, los sistemas de desagüe deberán vial la contención secundaria deberá estar diseñada para Edición 2003 1-312 GO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INC DIOS TM estar de acuerdo con el Código de plomería adoptado por la Nivel 1,2 0 3, según lo establecido en 60.3.2 a 60.3.2.5, y jurisdicción y los requisitos de 60.4.3.6.7(A) a que contengan materiales listados en la Tabla 60.4.7 debe- 60.4.6.3.7(F): rán estar provistos de un medio de control de explosiones. (A) El declive de los pisos en ubicaciones interiores o áreas similares en ubicaciones a la intemperie no deberá ser inferior al 1 por ciento. Tabla 60.4.7 Requisitos para el Control de Explosiones Metodo de (B) Los desagües desde las áreas de almacenamiento inte- Categoría de riesgo Clase protección rior deberán tener las dimensiones para transportar el volu- Polvo combustible men del agua de protección contra incendios según lo deter- No aplicable Control de que presenta riesgo minado por la densidad presumida de descarga desde el sisexplosiones de explosiones tema automático de extinción de incendios sobre el área Explosivos mínimo presumida del sistema requerido o el área del cuar- Detonantes que Barrera de control producen to o área en la cual esté ubicado el almacenamiento, la que explosiones deflagración sea de menor tamaño. Gases inflamables o No aplicable Control de fluidos criogénicos (C) Los desagües desde las áreas de almacenamiento a la explosiones intemperie deberán tener las dimensiones para transportar Líquido inflamable Clase I-A Clase I- Control de B de uso abierto el volumen del caudal contra incendios y el volumen de una Explosiones caída de agua pluvial de 24 horas determinada por una tor- Peróxidos orgánicos Sin Clasificación Barrera Clase I menta de 25 años. Barrera Sólidos y líquidos Clase 4 Barrera oxidantes (D) Los materiales de construcción para los sistemas de desagüe deberán ser compatibles con los materiales almacenados. Gas pirofórico No aplicable Barrera Control de (E) Deberán proveerse sistemas de desagüe separados para explosiones evitar que se los materiales incompatibles se mezclen cuan- Inestable (reactivo) Clase 4 Barrera Clase 3 detonante do dichos materiales estén presentes en una condición de Control de Barrera uso abierto explosiones Clase 3 que producen (F) Los desagües deberán terminar en una ubicación aprodeflagrantes bada lejos de los edificios, válvulas, medios de egreso, vías Sólidos y líquidos Clase 3 Control de de acceso al incendio, propiedades contiguas y desagües de reactivos al agua Clase 2 explosioneControl agua pluvial. que producen de explosiones deflagrantes 60.4.6.4 Pallet de Contención. Cuando se usen como un sustituto para el control de derrames y contención secundaria en almacenamientos a la intemperie de acuerdo con 60.4.6.1, los palets de contención deberán estar de acuerdo con lo siguiente: 60.4.7.1 El control de explosiones deberá ser un método de prevención o control de deflagración de acuerdo con NFPA (1) Deberá proveerse un sumidero hermético al líquido con 69 o deberá ser un método aprobado de escape de deflagraacceso para la inspección visual ción de ingeniería.60.4.7.2 Las barreras deberán estar de (2) El sumidero deberá estar diseñado para contener míniacuerdo con NFPA 495. mo 249,8 L (66 gal) (3) Las superficies establecidas deberán ser compatibles 60.4.7.3 Cuando pueda producirse un medio ambiente con el material almacenado explosivo como resultado del proceso de distribución o uso. (4) Los pallets de contención deberán estar protegidos para prevenir la recolección de agua pluvial dentro del sumi- 60.4.7.4 Cuando las mezclas de vapor-aire tengan la capadero cidad de detonación, deberá proveerse la construcción de una barrera. 60.4.7* Control de Explosiones. Los edificios o partes de los mismos que deben estar de acuerdo con la Protección 60.4.8 Almacenamiento Independiente. Los edificios que contengan cantidades de materiales peligrosos que excedan Edición 2003 1-313 MATERIALES PELIGROSOS las cantidades establecidas en la tabla 60.4.8 deberán tener materiales peligrosos usados o manipulados exceda la cantidad máxima permitida en las áreas de control según lo las siguientes características: establecido en la Sección 60.2, deberá aplicarse la Sección (1) No deberán usarse con ningún otro propósito 60.1 a la Sección 60.5, excepto lo especificado en 60.5.1.1. (2) No deberán exceder una planta de altura Cuando la cantidad agregada de materiales peligrosos usa- (3) No deberán tener sótanos, vanos u otros espacios por dos o manipulados no exceda la cantidad máxima permitida en las áreas de control establecida en la Sección 60.2, no debajo del piso. deberá aplicarse la Sección 60.5. 60.4.8.1 Para los materiales detonantes, la distancia hasta otros edificios o límites de propiedad deberá estar de acuer- 60.5.1.1* Usos que no Requiere Cumplir. No deberá redo con lo especificado en el Código de construcción adopquerirse que las siguientes condiciones de uso estén de acuerdo con la Sección 60.5: tado por la jurisdicción. 60.4.8.2 CMP es la cantidad máxima permitida en las áreas (1) Los corrosivos usados en sistemas de baterías de ácido de control según lo especificado en 60.2.2 a 60.2.2.2.2. de plomo estacionarias usados para energía de reserva, energía de emergencia o el suministro de energía no 60.4.9 Espacio libre desde los Combustibles para las interrumpido de acuerdo con el Capítulo 52. Áreas de Almacenamiento a la Intemperie y Depósitos (2) La aplicación y liberación de productos pesticidas y de almacenamiento a la Intemperie. La zona que rodea materiales para uso en la supresión de maleza, control las áreas o depósitos de almacenamiento a la intemperie de erosión, reparación de suelo y aplicaciones similares deberá mantenerse libre de materiales y vegetación comcuando sean aplicados de acuerdo con las instrucciones bustibles por una distancia mínima de 9,1m (30 pies). del fabricante y las indicaciones de la etiqueta. 60.5 Requisitos Suplementarios para Uso y Mani- 60.5.2 Ventilación. pulación de Materiales Peligrosos en Cantidades que Exceden la Cantidad Máxima Permitida. 60.5.2.1 Generalidades. Las áreas interiores de distribución y uso deberán estar provistas de ventilación de educ- 60.5.1* Generalidades. Cuando la cantidad agregada de ción de acuerdo con 60.4.2. Tabla 60.4.8 Almacenamiento Independiente Requerido Sólidos y Líquidos Material Clase (toneladas) Gases (pie³) Por encima de la CMP Por encima de la CMP Materiales explosivos* Oxidantes líquidos y sólidos Clase 4 Por encima de la CMP No aplicable Clase 3 1.200 No aplicable Clase 2 2.000 No aplicable Detonante Por encima de la CMP No aplicable Peróxidos orgánicos Clase I Por encima de la CMP No aplicable Clase II 25 No aplicable Clase III 50 No aplicable Por encima de la CMP Por encima de la CMP Inestable (reactivo) Clase 4 Clase 3 denotante Por encima de la CMP Por encima de la CMP Clase 3 no detonante 1 2.000 Clase 2 25 10.000 Clase 3 1 No aplicable Reactivos al agua Clase 2 que produce deflagración 25 No aplicable No aplicable 2.000 Gases pirofóricos Nota: Para unidades SI, 1 ton = 907,2 kg; 1 pie³ = 0,0283 m³. *Operaciones de fabricación que producen fuegos pirotécnicos de consumo 1.4G incluyen el uso de materiales explosivos, lo cual deberán requiere un edificio independiente según lo requerdido para "materiales explosivos". Los fuegos pirotécnicos de consumo 1.4G no requerir, de otra forma, un almacenamiento independiente cuando estén terminados. Edición 2003 1-314 C 0 UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE OS TM 60.5.2.2 Excepciones para el Requisito de Ventilación. La indicado y deberán estar diseñados por personas competenventilación de extracción requerida en 60.5.2.1 no deberá tes en dicho diseño. requerirse para la distribución y uso de sólidos inflamables diferentes a aquellos con partículas finamente divididas. 60.5.8.2 Cuando las buenas prácticas o normas reconocidas nacionalmente hayan sido establecidas para los procesos 60.5.3 Energía de Reserva y de Emergencia. Deberá proempleados, éstas deberán seguirse en el diseño. veerse energía de reserva o de emergencia de acuerdo con 60.4.3 a 60.4.3.3. 60.5.8.3 Los controles deberán estar diseñados para evitar que los materiales entren o salgan de los sistemas de proce- 60.5.4 Controles de Límite. so o reacción en tiempos, tasas o caminos diferentes a los indicados. 60.5.4.1 Generalidades. Deberán proveerse controles de límite de acuerdo con 60.5.2 a 60.5.2.2. 60.5.8.4 Cuando se proporcionen controles automáticos, éstos deberán estar diseñados para que sean de seguridad 60.5.4.2 Temperatura. Los tanques y equipos de procegarantizada. so que involucren el control de temperatura del material para prevenir una reacción peligrosa deberán estar provistos 60.5.9 Transporte de Líquidos. de controles de límite para mantener la temperatura dentro de un límite seguro. 60.5.9.1 Deberán usarse recipientes aprobados cuando los líquidos sean distribuidos desde recipientes. 60.5.4.3 Control de Presión. Deberá proveerse control de presión de acuerdo con 60.4.4.3 a 60.4.4.3.2. 60.5.9.2 Los líquidos con un nivel de riesgo de 3 cuando excedan 20 L (5,3 gal), o los líquidos con un rango de ries- 60.5.4.4 Nivel del Líquido. go de 4 cuando excedan 4 L (1,1 gal), deberán ser transferidos mediante uno de los siguientes métodos: 60.5.4.4.1 Nivel Alto. Los tanques abiertos en los cuáles se usen materiales peligrosos deberán estar equipados con un (1) De latas de seguridad control del límite del nivel de líquido u otro medio para pre- (2) A través de un sistema aprobado de tubo cerrada venir que el depósito se llene demasiado. (3) Desde recipientes o tanques mediante una bomba aprobada que succione a través de una abertura en la cubier- 60.5.4.4.2 Nivel Bajo. Los tanques y recipientes abiertos ta del recipiente o depósito en los cuáles se calientan materiales peligrosos deberán (4) Para líquidos que no sean altamente tóxicos, desde reciestar equipados con controles aprobados de cierre automápientes o tanques por gravedad mediante una válvula tico, los cuáles detectan los niveles bajos de líquido y apaaprobada autocerrante o de cierre automático cuando el gan la fuente de calor. recipiente o depósito y operaciones de distribución estén provistos de control de derrames y contención secunda- 60.5.5 Supervisión de los Sistemas de Alarma, Detección ria de acuerdo con 60.4.6 a 60.4.6.4 y Extinción Automática de Incendios. Deberán proveerse (5) Mediante el uso de sistemas aprobados de transferencia sistemas de alarma, detección y extinción automática de de líquidos de ingeniería incendios de acuerdo con 60.4.5. 60.5.10 Regulaciones Suplementarias para la Distri- 60.5.6 Iluminación. Deberá proveerse iluminación por bución y Uso Interior. medios naturales o artificiales, y cuando se proporcione iluminación artificial, deberá estar de acuerdo con las normas 60.5.10.1 Sistemas Abiertos. nacionalmente reconocidas. 60.5.10.1.1 Generalidades. La distribución y uso de mate- 60.5.7 Construcción del Piso. Excepto el acabado, los riales peligrosos en recipientes o sistemas abiertos en cantipisos o áreas donde se distribuyan o usen materiales pelidades que excedan los límites la cantidad máxima permitigrosos líquidos o sólidos en sistemas abiertos deberán ser da para las áreas de control especificados en la Sección 60.2 de construcción incombustible hermética al líquido. deberán estar de acuerdo con 60.5.10.1 a 60.5.10.1.5.2. 60.5.8 Diseño del Sistema. 60.5.10.1.2 Ventilación. Cuando se distribuyan o usen líquidos o sólidos con un nivel de riesgo de 3 o 4 de acuer- 60.5.8.1 Los sistemas deberán ser adecuados para el uso do con NFPA 704, deberá proveerse ventilación mecánica Edición 2003 1-315 MATERIALES PELIGROSOS de extracción para capturar gases, niebla o vapores en su les peligrosos en recipientes o sistemas cerrados en cantidapunto de generación, a menos que se pueda demostrar que des que excedan los límites de la cantidad máxima permitidichos líquidos o sólidos no producen gases, niebla o vapoda para las áreas de control especificados en la Sección 60.2 deberán estar de acuerdo con 60.5.10.2 a 60.5.10.2.5.2. res dañinos. 60.5.10.1.3 Sistema de Extinción de Incendios para 60.5.2.2 Ventilación. Si los sistemas cerrados están diseña- Campanas de Ventilación y Cabinas de Pulverización de dos para abrirse como parte de las operaciones normales, Laboratorio. Además de los requisitos de 60.3.3, las camdeberá proveerse ventilación de acuerdo con 60.5.10.1.2. panas de ventilación y cabinas de pulverización de laboratorio donde se distribuyan o usen materiales inflamables 60.5.10.2.3 Sistema de Extinción de Incendios para deberán estar protegidas por un sistema automático de Campanas de Ventilación y Cabinas de Pulverización de extinción de incendios. Laboratorio. Además de los requisitos de 60.3.3, las campanas de ventilación y cabinas de pulverización de labora- 60.5.10.1.4 Control de Explosiones. Deberá proveerse un torio donde se distribuyan o usen materiales inflamables control de explosiones de acuerdo con 60.4.7 cuando pueda deberán estar protegidas por un sistema automático de producirse un medio ambiente explosivo debido a las caracteextinción de incendios. rísticas o naturaleza de los materiales peligrosos distribuidos o utilizados, o como resultado del proceso de distribución o uso. 60.5.10.2.4 Control de Explosiones. 60.5.10.1.5 Control de Derrames y Contención Secun- 60.5.10.2.4.1 Deberá proveerse control de explosiones de daria para Materiales Peligrosos. acuerdo con 60.4.7 cuando pueda producirse un medio ambiente explosivo debido a las características o naturaleza 60.5.10.1.5.1 Control de derrames para Líquidos de de los materiales peligrosos distribuidos o usados, o como Materiales Peligrosos. Los edificios o partes de los misresultado del proceso de distribución o uso, a menos que los mos usados para cualquiera de los siguientes puntos deberecipientes del proceso estén de acuerdo con 60.5.10.2.4.2. rán estar provistos de un control de derrames de acuerdo con 60.4.6.2 para evitar el flujo de líquidos hasta las áreas 60.5.10.2.4.2 Cuando los recipientes del proceso estén disecontiguas: ñados para contener por completo el peor caso de explosión anticipado dentro del recipiente durante las condiciones de (1) La distribución de líquidos de materiales peligrosos proceso teniendo en cuenta la falla más probable, no deberá hacia el interior de recipientes que excedan una capacirequerirse un control de explosiones adicional. dad de 4 L (1,1 gal) (2) El uso abierto de materiales peligrosos en recipientes o 60.5.10.2.5 Control de Derrames y Contención Secunsistemas que excedan una capacidad de 2L (5,3 gal) daria para Líquidos de Materiales Peligrosos. 60.5.10.1.5.2 Contención Secundaria para Líquidos de 60.5.10.2.5.1 Control de Derrames para Líquidos de Materiales Peligrosos. Materiales Peligrosos. Los edificios o partes de los mismos donde se usen líquidos de materiales peligrosos en (A) Cuando sea requerido en la Tabla 60.5.10.1.5.2, los edirecipientes cerrados individuales que excedan una capacificios o partes de los mismos usados para cualquiera de los dad de 208,2 L (55 gal) deberán estar provistos de un consiguientes puntos deberán estar provistos de contención trol de derrames de acuerdo con 60.4.6.2 a 60.4.6.2.3 para secundaria de acuerdo con 60.4.6.3 a 60.4.6.3.7. evitar el flujo de líquidos hasta las áreas contiguas. (1) Uso abierto de líquidos cuando la capacidad de un recipiente o sistema individual exceda 4 L (1,1 gal) 60.5.10.2.5.2 Contención Secundaria para Líquidos (2) Uso abierto de líquidos cuando la capacidad de varios de Materiales Peligrosos. Cuando sea requerido en la recipientes o sistemas exceda 20 L (5,3 gal) Tabla 60.5.10.1.5.2, los edificios o partes de los mismos usados para cualquiera de los siguientes puntos deberán (B) No deberá requerirse que los edificios o partes de los estar provistos de contención secundaria de acuerdo con mismos que contengan sólo materiales peligrosos en tan- 60.4.6.3 a 60.4.6.3.7: ques o sistemas listados de contención secundaria estén provistos de contención secundaria. (1) La capacidad de uso cerrado de un recipiente o sistema individual excede 208,2 L (55 gal) 60.5.10.2 Sistemas Cerrados. (2) La capacidad agregada de uso cerrado de varios recipientes o sistemas excede 3785 L (1000 gal) 60.5.2.1 de Edición 2003 1-316 CÓDIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCEN TM Tabla 60.5.10.1.5.2 Contención Secundaria Requerida Uso de Líquidos Materiales Material Clase Uso en Interiores Uso a la Intemperie Materiales de Riesgo Físico Líquidos inflamables Clase I, II y III-A Requerido De acuerdo con el y combustibles Capítulo 66 Líquidos de peróxido Detonante Requerido Requerido orgánico Clase I Requerido Requerido Clase II Requerido Requerido Clase III Requerido Requerido Clase IV Requerido Requerido Líquidos oxidantes Clase 4 Requerido Requerido Clase 3 Requerido Requerido Clase 2 Requerido Requerido Clase 1 Requerido Requerido Líquidos pirofóricos Requerido Requerido Líquidos inestables Clase 4 Requerido Requerido (reactivos) Clase 3 Requerido Requerido Clase 2 Requerido Requerido Clase 1 No requerido No requerido Liquidos reactivos Clase 3 Requerido Requerido al agua Clase 2 Requerido Requerido Clase 1 No requerido No requerido Materiales de Riesgo para la Salud Liquidos corrosivos Requerido Requerido Líquidos altamente tóxi- Requerido Requerido cos Líquidos tóxicos Requerido Requerido 60.5.11 Regulaciones Suplementarias para la Distri- 60.5.11.1.1.2 Contención Secundaria para Líquidos de bución y Uso a la Intemperie. Materiales Peligrosos. Cuando sea requerido en la Tabla 60.5.10.1.5.2, las áreas a la intemperie usadas para cual- - 60.5.11.1 Sistemas Abiertos. quiera de los siguiente puntos deberán estar provistas de contención secundaria de acuerdo con 60.4.6.3 a 60.4.6.3.7: 60.5.11.1.1 Control de Derrames y Contención Secundaria para Líquidos de Materiales Peligrosos. (1) El uso abierto de líquidos cuando la capacidad de un recipiente o sistema individual exceda 4 L (1,1 gal) 60.5.11.1.1.1 Control de Derrames para Líquidos de (2) El uso abierto de líquidos cuando la capacidad de varios Materiales Peligrosos. Las áreas a la intemperie usadas recipientes o sistemas exceda 20 L (5,3 gal) para cualquiera de los siguientes puntos deberán estar provistas de un control de derrames de acuerdo con 60.4.6.2 a 60. 5.11.1.2 Ubicación. Las áreas de distribución y uso a la 60.4.6.2.3 para evitar el flujo de líquidos hasta las áreas intemperie deberán ubicarse según lo requerido para almacontiguas: cenamiento a la intemperie de materiales peligrosos en cantidades que excedan la cantidad máxima permitida en las (1) La distribución de líquidos de materiales peligrosos áreas de control. hacia el interior de recipientes que excedan una capacidad de 4 L (1,1 gal) 60.5.11.1.3 Espacio Libre desde los Combustibles. La (2) El uso abierto de materiales peligrosos en recipientes o zona que rodea un área de distribución o uso a la intempesistemas que excedan una capacidad de 20 L (5,3 gal) rie deberá mantenerse libre de materiales y vegetación combustible en una distancia mínima de 9,1 m (30 pies). Edición 2003 1-317 PRODUCTOS EN AEROSOL 60.5.11.2 Sistemas Cerrados. Capítulo 61 Productos en Aerosol 60.5.11.2.1 Control de Derrames y Contención Secun- 61.1 Disposiciones Generales. daria para Líquidos de Materiales Peligrosos. 61.1.1 Aplicación 60.5.11.2.1.1 Control de Derrames para Líquidos de Materiales Peligrosos. Las áreas a la intemperie donde se 61.1.1.1* La fabricación, almacenamiento, uso, manipulausen líquidos de materiales peligrosos en recipientes cerración y exhibición de productos en aerosol deberá estar de dos individuales que excedan una capacidad de 208,2 L (55 acuerdo con los requisitos del Capítulo 61; NFPA 30B, gal) deberán estar provistas de contención secundaria de Code for the Manufacture and Storage of Aerosol Products; acuerdo con 60.4.6.2 a 60.4.6.2.3 para evitar el flujo de y la Sección 60.1 y Sección 60.2 de este Código. líquidos hasta las áreas contiguas. 61.1.1.2 Cuando las disposiciones del Capítulo 61 o NFPA 60.5.11.2.1.2 Contención Secundaria para Líquidos de 30B choquen con las disposiciones del Capítulo 60, debe- Materiales Peligrosos. Cuando sea requerido en la Tabla rán aplicarse las disposiciones del Capítulo 61 y NFPA 30B. 60.5.10.1.5.2, las áreas a la intemperie usadas para cualquiera de los siguientes puntos deberán estar provistas de 61.1.1.3* El Capítulo 61 no deberá aplicarse a la fabricacontención secundaria de acuerdo con 60.4.6.3 a 60.4.6.3.7: ción, almacenamiento y exhibición de productos en aerosol que contengan un producto básico no inflamable y un pro- (1) La capacidad de uso cerrado de un recipiente o sistema pulsor no inflamable. [30B:1.1.2] individual excede 208,2 L (55 gal) (2) La capacidad agregada de uso cerrado de varios reci- 61.1.1.4* No deberá aplicarse el Capítulo 61 al almacenapientes o sistemas excede 3785 L (1000 gal) miento y exhibición de los recipientes cuyos contenidos consten enteramente de Gas LP. [30B:1.1.3] 60.5.11.2.2 Ubicación. Las áreas de distribución y uso a la intemperie deberán ubicarse según lo requerido para alma- 61.1.1.5 El Capítulo 61 no deberá aplicarse a los procesacenamiento a la intemperie de materiales peligrosos en canmientos posteriores hechos por el consumidor de los recitidades que excedan la cantidad máxima permitida en las pientes de aerosol. [30B:1.1.4] áreas de control. 61.1.2 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos, 60.5.11.2.3 Espacio Libre desde los Combustibles. La deberán estar de acuerdo con 1.12.19. zona que rodea un área de distribución o uso a la intemperie deberá mantenerse libre de materiales y vegetación com- 61.2* Clasificación de los Productos en Aerosol. Los bustible en una distancia mínima de 9,1 m (30 pies). productos en aerosol deberán ser clasificados mediante el cálculo de sus calores químicos o teóricos de combustión y 60.5.12 Regulaciones Suplementarias para la Manipulación. deberán ser designados como Nivel 1, Nivel 2 o Nivel 3 de acuerdo con 61.2.1 a 61.2.3 y la Tabla 61.2. [30B:1.7.1] 60.5.12.1 Ubicación de las Áreas de Manipulación a la Intemperie. Las áreas de manipulación a la intemperie Tabla 61.2 Clasificación de Aerosoles deberán ubicarse según lo requerido para el almacenamiento a la intemperie de materiales peligrosos en cantidades Si el Calor Químico de Combustión es Nivel de clasificación del que excedan la cantidad máxima permitida en las áreas de > IA aerosol control. 0 8.600 Btu/lb 1 60.5.12.2 Alarma de Emergencia para el Transporte de 20 kJ/g) Materiales Peligrosos en Corredores 0 Cerramientos de 8.600 Btu/lb 13.000 Btu/lb 2 Salida. Cuando los materiales peligrosos con un nivel de 20 kJ/g) 30 kJ/g) riesgo de 3 ó 4 de acuerdo con NFPA 704 sean transporta- 13.000 Btu/lb 3 dos a través de corredores o cerramientos de salida, deberá 30 kJ/g) existir un sistema telefónico de emergencia, una estación Fuente: La Tabla 1.7.1 de NFPA 30. local de alarma manual o un dispositivo aprobado de iniciación de alarma a intervalos no superiores a 46 m (150 pies) y en cada salida y puerta de acceso a la salida en la totali- 61.2.1 Productos en Aerosol Nivel 1. Los productos en dad de la ruta de transporte. La señal deberá ser transmitida aerosol Nivel 1 son aquellos con un calor químico total de aprobada propietario e servicio, Edición 2003 1-318 CÓDIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM combustión inferior o igual a 20 kJ/g (8.600 Btu/lb). 61.4.3 Instalaciones Eléctricas. [30B:1.7.2] 61.4.3.1 Todo el equipo e instalación eléctrica, incluyendo 61.2.2 Productos en Aerosol Nivel 2. Los productos en el equipo de calefacción, deberá instalarse de acuerdo con aerosol Nivel 2 son aquellos con un calor químico total de NFPA 70, National Electrical Code°.[30B:4.3.1] combustión superior a kJ/g (8.600 Btu/lb), pero inferior o igual a kJ/g 30 (13.000 Btu/lb). [30B:1.7.3] 61.4.3.1.1 El equipo e instalación eléctrica en áreas donde se 61.2.3 Productos en Aerosol Nivel 3. Los productos en manipulen líquidos inflamables o gases inflamables deberán aerosol Nivel 3 son aquellos con un calor químico total de cumplir con los requisitos adicionales de los Artículos 500 y combustión superior a kJ/g (13.000 Btu/lb). [30B:1.7.4] 501 de NFPA 70, National Electrical Code®. [30B:4.3.1.1] 61.3 Marcación de los Empaques de Productos en 61.4.3.2 Las áreas de almacenamiento y exhibición de pro- Aerosol. Los fabricantes de productos en aerosol deberán ductos en aerosol deberán considerarse sin clasificar para asegurar que todas las cajas de cartón o empaques de produclos propósitos de la instalación eléctrica. [30B:4.3.2] tos los en aerosol estén identificados en un lado como mínimo con la clasificación de los productos en aerosol conteni- 61.4.4 Equipo de Calefacción. El equipo de calefacción dos en el mismo, de acuerdo con la Sección 61.2. [30B:1.8.1] deberá ser instalado de acuerdo con los requisitos aplicables de los siguientes: 61.4 Requisitos Básicos. (1) NFPA 31, Standard for the Installation of Oil-Burning 61.4.1 Requisitos del Sitio. Las distancias entre los edificios Equipment usados para la fabricación o almacenamiento de productos en (2) NFPA 54, National Fuel Gas Code aerosol y los edificios o límites de propiedad que existan o (3) NFPA 58, Liquefied Petroleum Gas Code puedan ser construidos en el lugar deberán estar de acuerdo (4) NFPA 85, Boiler and Combustion Systems Hazards con los principios válidos de ingeniería. [30B:4.1] Code [30B:4.4] 61.4.2 Construcción de Edificios. 61.4.5 Líquidos y Gases Inflamables. Las áreas en las cuáles se manipulan o almacenan líquidos inflamables y 61.4.2.1 Las aberturas en los muros cortafuego o barreras gases inflamables deberán cumplir con los requisitos aplicortafuego deberán mantenerse al mínimo. [30B:4.2.1] cables de los siguientes: 61.4.2.1.1 Todas las aberturas (Ej., puertas para el personal, (1) NFPA 30, Flammable and Combustible Liquids Code sistemas conductos, cables transportadores, etc.) deberán (2) NFPA 58, Liquefied Petroleum Gas Code [30B:4.5] estar protegidas con puertas cortafuego de cierre automáti- 61.4.6 Protección contra Incendios. co o autocerrantes o reguladores de tiro. [30B:4.2.1.1] 61.4.2.1.2 Las puertas cortafuego deberán ser instaladas de 61.4.6.1 Marcación de los Empaques de Productos en acuerdo con NFPA 80, Standard for Fire Doors and Fire Aerosol. Las instalaciones de rociadores automáticos, Windows. [30B:4.2.1.2] cuando sean requeridas por este Código y NFPA 30B deberán ser instaladas de acuerdo con NFPA 13, Standard for the 61.4.2.1.3 Los reguladores de flujo cortafuego deberán ser Installation of Sprinkler Systems y las disposiciones de instalados de acuerdo con las instrucciones del fabricante y NFPA 30B. [30B:4.6.1] NFPA 90A, Standard for the Installation of Air 61.4.6.2 Sistema de Columna de Agua para Incendios y Conditioning and Ventilating Systems. [30B:4.2.1.3] Manguera. Las instalaciones de columnas de agua para incendios y mangueras, cuando sean requeridas en NFPA 61.4.2.2 Los medios de egreso deberán estar de acuerdo 30B, deberán ser diseñadas e instaladas de acuerdo con con las disposiciones aplicables de NFPA 101, Life Safety NFPA 14, Standard for the Installation of Standpipe and Code. [30B:4.2.2.1] Hose Systems, y con las disposiciones de NFPA 30B. Sólo deberán usarse boquillas pulverizadoras de manguera o 61.4.2.3 El diseño y construcción de cables transportadores combinadas. [30B:4.6.2] y otros obstáculos físicos, por ejemplo en salas de carga y bombas de propulsores inflamables, no deberán permitir 61.4.6.3 Extintores Portátiles de Incendio. Deberán proque el personal quede atrapado y deberán proveer acceso veerse extintores de incendio de acuerdo con NFPA 10, directo a las salidas. [30B:4.2.2.2] Standard for Portable Fire Extinguishers. [30B:4.6.3] Edición 2003 1-319 PRODUCTOS EN AEROSOL 61.4.6.4 Abastecimiento de Agua. (4) Calor radiante (5) Fumar 61.4.6.4.1 Además de los requisitos de abastecimiento de (6) Corte y Soldadura agua para los sistemas de rociadores automáticos, deberá (7) Ignición espontánea proveerse un requisito mínimo para el abastecimiento del (8) Calor o chispas por fricción corro de manguera en chorros de manguera interiores y (9) Electricidad estática exteriores combinados de acuerdo con uno de los siguientes (10) Arcos y chispas eléctricos puntos: (11) Corriente perdida en el generador (12) Hornos, hogares y demás equipos de calefacción (1) 1900 L/min (500 gpm) para edificios con protección (13) Vehículos automotores de rociadores de pulverización y/o de gota gorda (14) Equipos para manipulación de materiales [30B:4.8.2] (2) 950 L/min (250 gpm) para edificios con protección de rociadores ESFR 61.5 Almacenamiento en Bodegas y Áreas de (3) 3800 L/min (1000 gpm) para edificios sin protección de Almacenamiento. rociadores automáticos [30B:4.6.4.1] 61.5.1 Requisitos Básicos. 61.4.6.4.1.1 El abastecimiento de agua deberá ser suficiente para proveer la demanda del chorro de manguera reque- 61.5.1.1 Todos los empaques exteriores incluyendo cajas rida para una duración mínima de 2 horas. [30B:4.6.4.1.1] de cartón, bandejas, envolturas u otros empaques de productos en aerosol deberán estar identificados por lo menos 61.4.6.4.1.2 El sistema de abastecimiento de agua deberá en un lado con la clasificación de los productos en aerosol diseñarse e instalarse de acuerdo con NFPA 24, Standard de acuerdo con la Sección 61.3 y marcados como sigue: for the Installation of Private Fire Service Mains and Their Aerosoles Nivel [30B:6.1.1] Appurtenances. [30B:4.6.4.1.2] 61.5.1.2* Las cajas de cartón retardadoras de incendio no 61.4.6.4.1.3 Deberán permitirse los requisitos para abastedeberán considerarse como una alternativa aceptable para cimiento de agua según lo modificado por las disposiciones los requisitos de protección del Capítulo 6 de NFPA 30B. de NFPA 30B. [30B:4.6.4.1.3] [30B:6.1.2] 61.4.6.4.2 Las instalaciones de bombas y tanques contra 61.5.2* Almacenamiento de Productos en Aerosol Nivel 1. incendio necesarios para suministrar el agua requerida para la protección contra incendios deberán ser instaladas de 61.5.2.1 Los productos en aerosol Nivel 1 deberán consiacuerdo con NFPA 20, Standard for the Installation of derarse equivalentes a las mercaderías Clase III, según lo Stationary Pumps for Fire Protection, y NFPA 22, Standard definido en NFPA 13, Standard for the Installation of for Water Tanks for Private Fire Protection. [30B:4.6.4.2] Sprinkler Systems. [30B:6.2.1] 61.5.2.2 En los casos en que se requiera que el almacena- 61.4.6.5 Alarmas de Incendio. Los sistemas de alarma de miento de productos en aerosol Nivel 1 esté protegido, incendio deberán instalarse, ensayarse y mantenerse de dicho almacenamiento deberá protegerse de acuerdo con acuerdo con los requisitos aplicables de NFPA 72, los requisitos expuestos en NFPA 13. [30B:6.2.2] National Fire Alarm Code [30B:4.7]. 61.5.3 Almacenamiento de Productos en Aerosol Nivel 2 61.4.6.6 Fuentes de Ignición. y Nivel 3. 61.4.6.6.1 En las áreas donde puedan estar presentes los 61.5.3.1 El almacenamiento de productos en aerosol Nivel gases inflamables o vapores inflamables, deberán tomarse 2 y Nivel 3 deberá estar de acuerdo con 61.5.3 a 61.5.3.2.3. precauciones para prevenir la ignición eliminando o contro- [30B:6.3.1] lando las fuentes de ignición. [30B:4.8.1] 61.5.3.1.1 Los productos en aerosol Nivel 2 en recipientes 61.4.6.6.2 Las fuentes de ignición incluyen pero no se limicuyo peso neto sea inferior a 28 g (1 oz) deberán considetan a lo siguiente: rarse equivalentes a los plásticos Grupo A sin expandir acartonados, según lo definido en NFPA 13. [30B:6.3.1.1] (1) Llamas abiertas (2) Rayos 61.5.3.1.1.1 En los casos en que se requiera que el almace- $ Calientes Edición 2003 1-320 C GO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE OS TM pientes cuyo peso neto sea inferior a 28 g (1 oz) esté prote- 61.6.1.3.1 En las áreas de exhibición para ventas sin rociagido, dicho almacenamiento deberá estar de acuerdo con los dores o cuyo sistema de rociadores no cumpla con los requirequisitos establecidos en NfPA 13 para plásticos Grupo A sitos de 61.6.1.3.2, la cantidad total agregada de productos no expandibles en cartones. [30B:6.3.1.1.1] en aerosol Nivel 2 y Nivel 3 no deberá exceder 9,8 kg/m²(2 lb/pie²) del área total de exhibición para ventas, hasta las 61.5.3.2 Protección contra Incendios Requisitos Básicos. cantidades especificadas en la Tabla 61.6.1.3.1. [30B:7.1.3.1] 61.5.3.2.1 No deberá permitirse el almacenamiento de productos en aerosol Nivel 2 y Nivel 3 en áreas de los sótanos Tabla 61.6.1.3.1 Cantidad Máxima por Piso de almacenes. [30B:6.3.2.1] Peso Neto Máx. por Piso 61.5.3.2.1.1 Deberá permitirse el almacenamiento del Nivel 2 y Nivel 3 según lo provisto en 6.3.3 de NFPA 30B. Piso lb kg [30B:6.3.2.1.1] Sótano No Permitido Planta baja 2500 1135 61.5.3.2.2 No deberá permitirse el almacenamiento en cáp- Planta alta sulas de productos en aerosol Nivel 2 y Nivel 3. 500 227 [30B:6.3.2.2] Fuente: Tabla 7.1.3.1 de NFPA 30B. 61.5.3.2.2.1 Deberá permitirse la envoltura flexible de los cartones de productos en aerosol. [30B:6.3.2.2.1] 61.6.1.3.1.1 Ninguna sección individual de 3 m X 3 m (10 pies X 10 pies) de un área de exhibición de ventas deberá 61.5.3.2.2.2 Deberá permitirse el almacenamiento encapsucontener una cantidad agregada superior a 454 kg (1000 lb) lado de productos en aerosol Nivel 2 y Nivel 3 sin cartón en de peso neto de productos en aerosol Nivel 2 y Nivel 3. láminas sueltas o bandejas. [30B:6.3.2.2.2] [30B:7.1.3.1.1] 61.5.3.2.3 Los productos en aerosol Nivel 2 y Nivel 3 61.6.1.3.2 En las áreas de exhibición para ventas protegicuyos recipientes estén diseñados para desahogar a presiodas por rociadores de acuerdo con NFPA 13, Standard for nes manométricas inferiores a 1450 kPa (210 psig) no debethe Installation of Sprinkler Systems, para ocupaciones rán ser almacenados. [30B:6.3.2.3] mínimo de Riesgo Ordinario (Grupo 2), la cantidad agregada total de productos en aerosol Nivel 2 y Nivel 3 no 61.6 Ocupaciones Mercantiles. deberá exceder 9,8 kg/m2 (2 lb/pie2) del área total de exhibición para ventas. [30B:7.1.3.2] 61.6.1 Áreas de Exhibición para Ventas Almacenamiento de Aerosoles que no Exceda 2,4 m (8 pies) de Alto. 61.6.1.3.2.1 Ninguna sección individual de 3 m X 3 m (10 pies X 10 pies) de un área de exhibición para ventas deberá 61.6.1.1 Los productos en aerosol Nivel 1 en áreas de contener una cantidad agregada superior a 454 kg (1000 lb) exhibición para ventas no deberán limitarse. [30B:7.1.1] de peso neto de productos en aerosol Nivel 2 y Nivel 3. [30B:7.1.3.2.1] 61.6.1.2 Los productos en aerosol Nivel 2 y Nivel 3 deberán sacarse de las cajas de cartón combustibles, o las cajas 61.6.1.4 Los productos en aerosol Nivel 2 y Nivel 3 debedeberán ser tipo "display cut" cuando están ubicadas en las rán ser apilados de manera segura a una altura máxima de áreas de exhibición para la venta. [30B:7.1.2] 1,8 m (6 pies) desde la base hasta la parte superior del conjunto del almacenamiento, a menos que sea sobre estantería 61.6.1.2.1 Deberá permitirse la exhibición de productos en fija. [30B:7.1.4] aerosol Nivel 2 y Nivel 3 en cartones, siempre que el área esté protegida de acuerdo con la Tabla 6.3.2.7(a) a la Tabla 61.6.1.4.1 La estantería deberá ser de construcción esta- 6.3.2.7.1 de NFPA 30B. [30B:7.1.2.1] ble y el almacenamiento no deberá exceder 2,4 m (8 pies) de alto. [30B:7.1.4.1] 61.6.1.3 Los productos en aerosol Nivel 2 y Nivel 3 en 61.6.2 Áreas de Exhibición para Ventas Almacenamiento áreas de exhibición para ventas no deberán exceder las cande Aerosoles que Excedan 2,4 m (8 pies) de Alto. tidades máximas dadas en 61.6.1.3.1 y 61.6.1.3.2 de acuerdo con la protección suministrada. [30B:7.1.3] 61.6.2.1 Los productos en aerosol Nivel 1 en áreas de exhibición para ventas no deberán ser limitados. [30B:7.2.1] Edición 2003 PRODUCTOS EN AEROSOL 1-321 61.6.2.2 Deberán permitirse los productos en aerosol Nivel líquidos inflamables y combustibles, el área debajo de la 2 y Nivel 3 sin cartones o tipo "display cut" (caja cortada) barrera incombustible deberá ser hermética a líquidos en el almacenados para exhibición máximo 1,8 m (6 pies) por piso para prevenir que los líquidos derramados fluyan por encima del piso. [30B:7.2.2] debajo los productos en aerosol. [30B:7.2.6.1] 61.6.2.2.1 Deberá instalarse protección de acuerdo con 61.6.2.7 El área de exhibición para ventas deberá cumplir 61.6.2.3.1 basada en el producto en aerosol a nivel más con los requisitos para ocupaciones mercantiles en NFPA alto del conjunto y el método de empaque del almacena- 101, Life Safety Code°.[30B:7.2.7] miento por encima de 1,8 m (6 pies). [30B:7.2.2.1] 61.6.3 Áreas de Almacenamiento de Existencias de 61.6.2.3 Protección. Reserva. 61.6.2.3.1 El almacenamiento y exhibición de productos en 61.6.3.1 Cuando las áreas de existencias de reserva estén aerosol Nivel 2 y Nivel 3 deberá estar protegido de acuerdo separadas de las áreas de exhibición para ventas por una con la Tabla 6.3.2.7(a) a la Tabla 6.3.2.7(1) de NFPA 30B, construcción con una clasificación de resistencia al fuego la que sea aplicable. [30B:7.3.1] no inferior 1 hora, el almacenamiento de productos en aerosol Nivel 2 y Nivel 3 deberá cumplir con los requisitos del 61.6.2.3.1.1 Cuando los rociadores en estantes sean reque- Capítulo 6 de NFPA 30B. [30B:7.3.1] ridos en la Tabla 6.3.2.7(e) de NFPA 30B y cuando los productos en aerosol Nivel 2 y Nivel 3 sean almacenados para 61.6.3.2 Cuando las áreas de existencias de reserva no estén exhibición por debajo del nivel de 1,8 m (6 pies), la primeseparadas de las áreas de exhibición para ventas por una ra fila de los rociadores en estantes deberá ser instalada por construcción con clasificación de resistencia al fuego no encima del exhibidor, pero a máximo 1,8 m (6 pies) por inferior 1 hora, la cantidad de productos en aerosol Nivel 2 encima del piso. [30B:7.2.3.1.1] y Nivel 3 en las áreas de existencias de reserva deberá ser incluida en las cantidades totales permitidas especificadas 61.6.2.3.2 Las cortinas incombustibles contra corrientes de en 61.6.1.3 o 61.6.2.4. [30B:7.3.2] aire deberán extenderse hacia abajo mínimo 0,061 m (2 pies) desde el techo y deberán ser instaladas en el punto de 61.6.3.2.1 Deberá proveerse protección de acuerdo con contacto entre los rociadores ordinarios y de temperatura 61.6.3.1. [30B:7.3.2.1] alta. [30B:7.2.3.2] 61.6.3.3 Deberá permitirse una cantidad adicional de pro- 61.6.2.4 El almacenamiento y exhibición de productos en ductos en aerosol Nivel 2 y Nivel 3, hasta un máximo de aerosol Nivel 2 y Nivel 3 no deberá exceder 4540 kg 227 kg (500 lb) de peso neto, en las áreas de existencias de (10.000 lb) de peso neto dentro de cualquier espacio de reserva, cuando las cantidades adicionales sean almacena- 2323 m2 (25.000 pies2) de área de exhibición para ventas. das en armarios de almacenamiento de líquido inflamable [30B:7.2.4] que cumplan con los requisitos de la Sección 6.3 de NFPA 30, Flammable and Combustible Liquids Code. [30B:7.3.3] 61.6.2.4.1 Las áreas de exhibición de productos en aerosol Nivel 2 y Nivel 3 deberán estar separadas entre sí por una 61.6.3.4 El almacenamiento de productos en aerosol Nivel distancia mínima de 7,6 m (25 pies). [30B:7.2.4.1] 2 y Nivel 3 por separado, dentro de salas de almacenamiento de líquidos inflamables deberá cumplir con los requisitos 61.6.2.5 El área del diseño para el sistema requerido de de 6.3.7 de NFPA 101, Life Safety Code°.[30B:7.3.4] rociadores de techo deberá extenderse 6 m (20 pies) más allá del área de exhibición y almacenamiento de aerosoles 61.7 Operaciones y Mantenimiento. Nivel 2 y Nivel 3. [30B:7.2.5] 61.7.1 Medios de Egreso. Los medios de egreso y las sali- 61.6.2.6 El almacenamiento y exhibición de productos en das deberán mantenerse de acuerdo con NFPA 101®, Life aerosol Nivel 2 y Nivel 3 deberán estar separados del alma- Safety Code®. [30B:8.1] cenamiento de líquidos inflamables y combustibles por una distancia mínima de 7.6 m (25 pies) o por un muro de sepa- 61.7.2 Camiones Industriales de Fuerza Motriz. ración o barrera incombustible. [30B:7.2.6] 61.7.2.1 El uso y selección de camiones industriales de 61.6.2.6.1 Cuando los productos en aerosol Nivel 2 y Nivel fuerza motriz deberán estar de acuerdo con NFPA 505, Fire 3 son almacenados dentro del espacio de 7.6 m (25 pies) de Safety Standard for Powered Industrial Trucks Including Edición 2003 1-322 CÓDIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE TM Type Designations, Areas of Use, Conversions, Mante- 61.7.3.3.1 Los permisos deberán ser emitidos por una pernance, and Operation. [30B:8.2.1] sona con autoridad después de una inspección del área para asegurar que se estén tomando las precauciones necesarias 61.7.2.2 Sólo deberá permitirse que operadores entrenados y que continuarán hasta completar el trabajo. [30B:8.3.3.1] y autorizados manejen los camiones industriales de fuerza motriz. [30B:8.2.2] 61.7.4 Pasillos. Deberá prohibirse el almacenamiento en pasillos para permitir el acceso para la lucha contra incen- 61.7.2.3 La capacitación del operador deberá ser equivadios, salvamento y remoción de los productos almacenados. lente a aquella especificada en ANSI/ASME B56.1, Safety [30B:8.4] Standard for Low-Lift and High-Lift Trucks. [30B:8.2.3] 61.7.5 Disposición de Basuras. 61.7.2.4 Cargas. 61.7.5.1 Los envases de los aerosoles llenos o parcialmen- 61.7.2.4.1 Si el tipo de carga que se maneja presenta un te llenos deberán separarse de los demás desperdicios y riesgo de caídas hacia atrás, el camión industrial de fuerza basura. [30B:8.5.1] motriz deberá estar equipado con una extensión de respaldo de carga vertical. [30B:8.2.4.1] 61.7.5.1.1 Los envases de aerosoles llenos o parcialmente llenos deberán colocarse en recipientes de basura incom- 61.7.2.4.2 Para las cargas elevadas por encima del mástil bustibles. [30B:8.5.1.1] del camión, la extensión de respaldo deberá alcanzar mínimo hasta la mitad del camino hacia el interior de la carga en 61.7.5.2 Los envases de aerosoles llenos o parcialmente lleel pallet más alto. [30B:8.2.4.2] nos no deberán destruirse en compactadores, reductores o incineradores que aplasten el envase o calienten su conteni- 61.7.3 Control de Fuentes de Ignición. do. [30B:8.5.2] 61.7.3.1 Fuentes de Ignición. En las áreas las que puedan 61.7.5.2.1 Deberá permitirse que los equipos e instalaciones estar presentes gases inflamables o vapores inflamables, especialmente diseñados para deshacerse de envases de deberán tomarse precauciones para prevenir la ignición eliaerosoles eliminen los envases de aerosol llenos o parcialminando o controlando las fuentes de ignición. Las fuentes mente llenos. [30B:8.5.2.1] de ignición incluyen pero no se limitan a lo siguiente: 61.7.6 Inspección y Mantenimiento. (1) Llamas abiertas (2) Rayos 61.7.6.1 Deberá desarrollarse un programa de manteni- (3) Superficies Calientes miento preventivo por escrito para los equipos, maquinaria, (4) Calor radiante y procesos críticos para operaciones seguras contra incen- (5) Fumar dios de la instalación. [30B:8.6.1] (6) Corte y Soldadura (7) Ignición espontánea 61.7.6.2 Los sistemas de detección crítica y sus componen- (8) Calor o chispas por fricción tes, disparos y enclavamientos de emergencia, alarmas, y (9) Electricidad estática sistemas de cierre de seguridad deberán ser inspeccionados (10) Arcos y chispas eléctricos en una programación regular, y cualquier deficiencia debe- (11) Corriente perdida en el generador rá ser corregida inmediatamente. [30B:8.6.2] (12) Hornos, hogares y demás equipos de calefacción (13) Vehículos automotores 61.7.6.2.1 Los elementos en este horario de inspección (14) Equipos para manipulación de materiales [30B:8.3.1.1] incluyen, pero no se limitan a lo siguiente: 61.7.3.2 Deberá estar estrictamente prohibido fumar, (1) Sistemas de detección de gas excepto en áreas designadas para este fin. [30B:8.3.2] (2) Sistemas de supresión de deflagración (3) Sistemas de ventilación en caso de deflagración 61.7.3.3* No deberá permitirse la soldadura, corte ni otras (4) Sistemas de ventilación y de operaciones similares productoras de chispas en áreas que (5) Enclavamientos de la puerta del cuarto de carga de procontengan productos en aerosol hasta que se haya emitido pulsores un permiso autorizando el trabajo. [30B:8.3.3] (6) Dispositivos de seguridad del proceso [30B:8.6.2.1] Edición 2003 1-323 FIBRAS COMBUSTIBLES 61.7.7* Electricidad Estática. Todos los equipos y tuberí- 62.5 Almacenamiento a Granel de Fibras Combustibles. as de proceso involucrados con la transferencia de líquidos o gases inflamables deberán estar conectados a un sistema 62.5.1 Las fibras combustibles sueltas (que no se encuenpuesto a tierra que disperse la estática para prevenir las acutren en fardos o en paquetes), ya sea en áreas cerradas o mulaciones de carga estática. [30B:8.7] abiertas, no deberán almacenarse dentro del espacio de 30 m (100 pies) de cualquier edificio, con excepción de lo que se especifique de aquí en adelante. Capítulo 62 Fibras Combustibles 62.5.2 Las cantidades de fibras combustibles sueltas hasta 62.1 Generalidades. 2,8 m³ (100 pies³) no deberán mantenerse en un edificio a menos que estén almacenadas en una tolva metálica o de 62.1.1 El almacenamiento, uso y manipulación de las fibras recubrimiento metálico que esté equipada con una cubierta combustibles deberá cumplir con los requisitos de los autocerrante. Capítulos 62 y 60. 62.5.3 Cuartos o Compartimientos. 62.1.2 El Capítulo 62 no deberá aplicarse a edificios completamente protegidos por un sistema automático de extin- 62.5.3.1 Deberá permitirse que las cantidades de fibras ción de incendios aprobado; sin embargo, esto no impide la combustibles sueltas que excedan los 2,8 m³ (100 pies³), necesidad de una buena organización interna. pero que no excedan 14,2 m³ (500 pies³) sean almacenados en cuartos o compartimientos en los cuáles los pisos, pare- 62.1.3 Permisos. Los permisos, cuando sean necesarios, des y techos tengan una clasificación de resistencia al fuego deberán cumplir con la norma 1.12.19 no inferior a una hora. 62.2 Tendido Eléctrico. 62.5.3.2 Cada abertura dentro de dichos cuartos o compartimientos hacia otras partes del edificio deberá estar equipa- 62.2.1 La instalación eléctrica y ] os equipos en cualda con una puerta cortafuego autocerrante aprobada. quier bodega o edificio para el almacenamiento de fibras combustibles deberán instalarse de acuerdo con los requisi- 62.5.4 Deberá permitirse que las cantidades de fibras comtos de NFPA70, National Electrical Code para ubicaciobustibles sueltas que excedan los 14,2 m³ (500 pies³) sean almacenadas en bóvedas aprobadas, construidas de la nes peligrosas Clase 3. siguiente forma: 6.2.2 La autoridad competente deberá ser responsable de la designación de áreas que requieran clasificación eléctrica (1) Las bóvedas de almacenamiento deberán estar ubicadas de ubicación peligrosa y deberá clasificar el área de acueren la parte exterior de los edificios o, si están ubicadas do con el sistema de clasificación establecidos en NFPA 70. en el interior, deberán estar provistas de respiraderos de seguridad hacia el interior, aprobados 62.3 Prohibido Fumar. (2) Las paredes, pisos y techos deberán estar construidos en un material aprobado no combustible que tenga una cla- 62.3.1 Ni fumar ni llamas abiertas deberán estar permitidas sificación de resistencia al fuego no inferior a una hora en cualquier área donde se manipulen o almacenen fibras (3) Las cubiertas de las bóvedas exteriores deberán ser combustibles, ni dentro del espacio de 15 m (50 pies) de de un material no combustible, sin embargo, deberá una pila descubierta de dichas fibras. permitirse que sean construidas de manera que puedan bajar rápidamente en caso de una explosión interna 62.3.2 Deberá fijarse una señal de PROHIBIDO FUMAR. (4) Las aberturas, si existen, entre la bóveda y el edificio principal deberán estar protegidas a cada lado del muro 62.4 Vehículos y Equipos para el Manejo de Materiales. por una puerta cortafuego aprobada Los camiones o automóviles, diferentes a los equipos de (5) Las aberturas de los muros en las bóvedas exteriores que manejo mecánico, y los camiones industriales aprobados exponen otros edificios (no lo suficientemente separaque cumplan con NFPA 505, Fire Safety Standard for das para ser consideradas como un atajo) deberán estar Powered Industrial Trucks Including Type Designations, protegidos por puertas cortafuegos aprobadas Areas of Use, Conversions, Maintenance, and Operation, (6) Las bóvedas ubicadas dentro de edificios y que excedan no deberán ingresar a un sala o edificación donde se alma- 28,33 m³ (1000 pies³) de capacidad de almacenamiento cenen fibras, pero deberá permitirse que utilicen platafordeberán estar protegidas por un sistema de extinción de incendios automático aprobado de carga Edición 2003 1-324 CODIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM 62.5.5 Caseta Móvil 62.6.3.3 Deberá permitirse el almacenamiento de cantidades ilimitadas de heno, paja y otros productos agrícolas en 62.5.5.1 No deberá permitirse el almacenamiento de má o cerca de edificaciones de granjas ubicadas fuera de las de 71 m³ (2500 pies³) de fibras combustibles sueltas en una áreas construidas más cercanas. caseta móvil separada, con aberturas protegidas adecuadamente contra la entrada de chispas. 62.6.3.4 Las fibras combustibles no deberán almacenarse en cuartos o edificios con gases peligrosos, líquidos infla- 62.6 Almacenamiento en Balas. mables, productos químicos peligrosos u otros materiales similares. 62.6.1 Bloques o Pilas. 62.6.1.1 Ninguna pila o bloque único deberá contener más Capítulo 63 Gases Comprimidos y Fluidos de 708 m³ (25.000 pies³) de fibras combustibles, sin contar Criogénicos. con los corredores o los espacios libres. 63.1 Disposiciones Generales. 62.6.1.2 Los bloques o pilas de fibra en balas deberán estar separados de los almacenamientos adyacentes por corredo- 63.1.1 Aplicación. res de mínimo 1,5 m (5 pies) de ancho o por barreras contra chispas que consisten en hojas continuas de materiales 63.1.1.1* La instalación, almacenamiento, uso y manipulano combustibles que se extienden desde el piso hasta una ción de gases comprimidos y fluidos criogénicos deberán altura por lo menos de 0,6 m (2 pies) más allá de la parte cumplir con los requisitos del Capítulo 63; NFPA 55, superior de las pilas. Standard for the Storage, Use, and Handling of Compressed Gases and Cryogenic Fluids in Portable and Stationary 62.6.2 Sisal y Otras Fibras. Containers, Cylinders, and Tanks; y las Secciones 60.1 y 60.2 de este Código. 62.6.2.1 El sisal y otras fibras en balas sujetedas con cuerdas combustibles o con yute y otras fibras que están expues- 63.1.1.2 Cuando las disposiciones del Capítulo 63 o NFPA tos a expandirse cuando se humedecen deberán almacenar- 55 entren en conflicto con las normas del Capítulo 60, debese de una forma que permita su expansión en cualquier rán aplicarse las normas del capítulo 63 y NFPA 55. dirección sin poner en riesgo las paredes, columnas o techos de la edificación. 63.1.1.3 Este capítulo no deberá aplicarse a lo siguiente: 62.6.2.2 No deberán dejarse espacios libres inferiores a 0,9 (1)* Transporte fuera del sitio de gases comprimidos y flui- m (3 pies) entre las paredes y los lados de las pilas, a no ser dos criogénicos que en los compartimientos de almacenamiento no superio- (2) Almacenamiento, uso y manipulación de gases radioacres a los 9 m (30 pies) de ancho, un espacio libre de 0,3 m tivos de acuerdo con NFPA 801, Standard for Fire (1 pie) desde las paredes laterales sea suficiente, siempre Protection for Facilities Handling Radioactive que se mantenga un pasillo central no inferior a los 1,5 m Materials (5 pies) de ancho. (3) Almacenamiento, uso y manipulación de gases médicos comprimidos que no son sistemas de gas médico por 62.6.3 El heno, paja y cualquier otro producto agrícola volumen, en instalaciones sanitarias de acuerdo con similar no deberán almacenarse adyacentes a edificios o a NFPA 99, Standard for Health Care Facilities material combustible, a menos que se mantenga una distan- (4) Sistemas que consistan en cilindros de oxígeno y cilincia horizontal despejada igual a la altura de la pila entre el dros de gas combustible usados para corte y soldadura almacenamiento y material combustible y los edificios. de acuerdo con NFPA 51, Standard for the Design and Installation of Oxygen-Fuel Gas Systems forWelding, 62.6.3.1 El almacenamiento deberá limitarse a pilas de Cutting, and Allied Processes 90.720 kg (100 cada una. (5) Cilindros de acetileno en plantas de carga de cilindros de acetileno de acuerdo con NFPA 51A, Standard for 62.6.3.2 Deberá mantenerse un muro cortafuego con 1 hora Acetylene Cylinder Charging Plants de resistencia aprobado, instalado de acuerdo con NFPA (6) Recipientes para óxido de etileno almacenados, mani- 221, Standard for Fire Walls and Fire Barrier Walls, o un pulados y usados para esterilización y fumigación de espacio libre de 6,1 m (20 pies) entre dichas pilas. acuerdo con NFPA 560, Standard for the Storage, Handling, and Use of Ethylene Oxide for Sterilization Edición 2003 GASES COMPRIMIDOS Y FLUIDOS CRIOGÉNICOS 1-325 and Fumigation (b) Gas no inflamable (7)* Gases inflamables usados como combustible para (c) Gas oxidante vehículos cuando están almacenados en un vehículo (d) Gas pirofórico (8)* Almacenamiento, uso y manipulación de gases compri- (e) Gas reactivo inestable (detonante), Clase 3 o Clase 4 midos licuados y no licuados, en áreas de trabajo de (f) Gas reactivo inestable (no detonante), Clase 2 o Clase 3 laboratorio de acuerdo con NFPA 45, Standard on Fire (2) Riesgos para la salud, los cuales incluyen lo siguiente: Protection for Laboratories Using Chemicals (a) Gas corrosivo (9) Almacenamiento, uso y manipulación de gases licuados (b) Fluidos criogénicos de petróleo de acuerdo con NFPA 58, Liquefied (c) Gas altamente tóxico Petroleum Gas Code. (d) Gas tóxico (10) Almacenamiento, uso y manipulación de gases dentro (e) Gas irritante [55:5.1.1] de sistemas de refrigeración de ciclo cerrado que cum- 63.1.3.2 Otros Riesgos. Aunque es posible que haya otros plen con el código de mecánica adoptado por la jurisriesgos reconocidos, la clasificación de dichos gases no está dicción dentro del alcance de NFPA 55 y deberán manipularse, (11) Almacenamiento de gas licuado natural (GLN) en almacenarse y usarse como otros gases. [55:5.1.2] plantas de almacenamiento de acuerdo con NFPA 59A, Standard for the Production, Storage, and Handling of 63.1.3.3 Mezclas. Las mezclas deberán clasificarse de Liquefied Natural Gas (LNG) acuerdo con los riesgos de la mezcla en su totalidad. (12) GLN utilizado como combustible para vehículos de [55:5.1.3] acuerdo con NFPA57, Liquefied Natural Gas (LNG) Vehicular Fuel Systems Code. 63.1.3.4 Responsabilidad de la Clasificación. La clasifi- (13) Gas natural comprimido (GNC) utilizado como comcación deberá ser realizada por una organización, individuo bustible para vehículos de acuerdo con NFPA 52, o laboratorio de pruebas aprobado. [55:5.1.4] Compressed Natural Gas (CNG) Vehicular Fuel 63.1.3.4.1 Toxicidad. La toxicidad de las mezclas de gas debe- Systems Code [55:1.1.2]. rá clasificarse de acuerdo con CGAP-20, Standard for Classification of Toxic Gas Mixtures, o mediante pruebas de 63.1.2 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos, acuerdo con los requisitos de 29 CFR 1910.1000 o DOT o ISO deberán cumplir con 1.12.19. 10298, Determination of toxicity of a gas or gas mixture. [55:5.1.4.1] 63.1.2.1 El solicitante del permiso deberá pedir autoriza- 63.1.3.4.2 Inflamabilidad de las Mezclas de Gases. Para ción para cerrar el almacenamiento, uso o manipulación al mezclas de gases diferentes a las que contienen amoniaco y menos 30 días antes de la terminación del almacenamiento, gases no inflamables, la inflamabilidad de las mezclas de uso o manipulación de gases comprimidos o licuados. gases deberá clasificarse de acuerdo con CGA P-23, Standard for Categorizing Gas Mixtures Containing 63.1.2.2 Dicha solicitud deberá incluir cualquier cambio o alte- Flammable and Nonflammable Components o por medio de ración del plan de cierre de la instalación de acuerdo con 60.1.7. pruebas físicas de acuerdo con los requisitos de ASTM E 681, Standard Test Method for Concentration Limits of Flammability 63.1.2.3 Deberá permitirse que este periodo de 30 días sea of Chemicals (Vapors and Gases), o ISO 10156, Gases and gas aplazado por la autoridad competente bajo circunstancias mixtures-Determination of fire potential and oxidizing ability especiales en las que se requiera dicho aplazamiento. for the selection of cylinder valve outlets. [55:5.1.4.2] Excepción No. 1: El mantenimiento de Rutina. 63.2 Controles Relacionados con Edificios. Excepción No. 2: Para los trabajos de reparación por 63.2.1 Niveles de Protección de las Ocupaciones. emergencia, el permiso deberá solicitarse 2 días hábiles 63.2.1.1 Cantidades Límite de Gases Comprimidos y Fluidos antes de comenzar con el trabajo. Criogénicos que Requieren Disposiciones Especiales. 63.1.3 Clasificación de Materiales Peligrosos Cuando las cantidades de gases comprimidos o fluidos criogénicos almacenados o usados en un área interior de control exce- 63.1.3.1 Gases Puros. Los materiales peligrosos cubiertos den aquellas presentadas en la Tabla 63.2.1.1, el área deberá en este Capítulo deberán clasificarse de acuerdo con las cumplir con los requisitos para los Niveles de Protección 1 a 5 siguientes categorías de riesgos: de acuerdo con el código de construcción adoptado por la jurisdicción de acuerdo con los requisitos de 63.2.2. La cantidad (1) Riesgos físicos, los cuales deberán incluir lo siguiente: agregada para uso y almacenamiento no deberá exceder la can- (a) Gas Inflamable tidad listada para el almacenamiento [55:6.3.1] Edición 2003 1-326 CÓDIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM Tabla 63.2.1.1 Límites de Cantidad para Gases que Requieren Disposiciones Especiales. Áreas sin rociadores Áreas con rociadores Sin cabina de gas, sala Con cabina de gas, sala Sin cabina de gas, sala Con cabina de gas, sala Material de gas 0 cerramiento de de gas o cerramiento de de gas 0 cerramiento de de gas o cerramiento de escape escape escape escape Gas corrosivo Licuado 150 lb (68 kg) 300 lb (136 kg) 300 lb (136 kg) 600 lb (272 kg) No licuado 810 pies³ (23 m³) 1620 pies³ (46 m³) 1620 pies³ (46 m³) 3240 pies³ (92 m³) Líquido criogénico Inflamable u oxidante 45 gal 90 gal 90 gal 180 gal Gas Inflamable Licuado 30 lb (14 kg) 60 lb (27 kg) 60 lb (27 kg) 120 lb (55 kg) No licuado 1000 pies³ (28 m³) 2000 pies³ (56 m³) 2000 pies³ (56 m³) 4000 pies³ (113 m³) Gas Altamente Tóxico Licuado 0 lb 5 lb (2.3 kg) 0 lb 10 lb (4.5 kg) No licuado 0 pies³ 20 pies (0.6 m³) 0 pies³ 40 pies³ (1.1 m³) Gas No Inflamable Licuado Sin límite Sin límite Sin límite Sin límite No licuado Sin límite Sin límite Sin límite Sin límite Gas Oxidante Licuado 30 lb (14 kg) 60 lb (27 kg) 60 lb (27 kg) 120 lb (55 kg) No licuado 1500 pies³ (43 m³) 3000 pies³ (85 m³) 3000 pies³ (85 m³) 6000 pies³ (170 m³) Gas Pirofórico Licuado 0 lb 0 lb 4 lb 8 lb No licuado 0 pies³ 0 pies³ 50 pies³ 100 pies³ Gas Tóxico Licuado 150 lb (14 kg) 300 lb (27 kg) 300 lb (27 kg) 600 lb (55 kg) No licuado 810 pies³ (21 m³) 1620 pies³ (43 m³) 1620 pies³ (43 m³) 3240 pies³ (85 m³) Gas Reactivo, Inestable (detonante) Clase 3 o Clase 4 0 lb 0 lb 1 lb 2 lb Licuado 0 pies³ 0 pies³ 10 pies³ (0.3 m³) 20 pies³(0.6 m³) No licuado Gas Reactivo, Inestable (no detonante) Clase 3 Licuado 2 lb (1 kg) 4 lb (2 kg) 4 lb (2 kg) 4 lb (2 kg) No licuado 50 pies³ m3) 100 pies³( 3 m3) 100 pies³ (3 m³) 200 pies³ (6 m³) Gas Reactivo, Inestable Clase 2 120 lb (55 kg) Licuado 30 lb (14 kg) 60 lb (27 kg) 60 lb (27 kg) 3000 pies³ (85 m³) No licuado 750 pies³ (21 m³) 1500 pies³ (43 m³) 1500 pies³ (43 m³) Para unidades SI: 1 lb = 0,54 kg; 1 gal 3,785 L Fuente: Tabla 6.3.1 de NFPA 55 63.2.1.1.1 Materiales Incompatibles. Cuando la clasificaposiciones para el nivel de protección cuya cantidad límite ción de los materiales en recipientes individuales requiere sea excedida. [55:6.3.1.2] que el área tenga más de un nivel de protección, no deberá 63.2.1.1.3 Gases Inflamables y Oxidantes. Los gases requerirse la separación de los niveles de protección, siempre que el área esté construida para cumplir con los requisiinflamables y oxidantes no deberán almacenarse o usarse en tos del nivel de protección más restrictivo y los materiales lugares diferentes a ocupaciones industriales o para almaceincompatibles estén separados según lo requerido por namiento. [55:6.3.1.3] 63.3.1.5.2. [55:6.3.1.1] 63.2.1.1.3.1 Deberán permitirse los recipientes, cilindros o 63.2.1.1.2 Riesgos Múltiples. Cuando un gas comprimido tanques que no excedan 7,1 m³ (250 pies³) de contenido a o fluido criogénico tiene múltiples riesgos, todos los riesgos temperatura y presión normales (TPN) y usados para propósitos de mantenimiento, cuidado de pacientes o funcionadeberán ser señalados y controlados de acuerdo con las dismiento de equipos. [55:6.3.1.3.1] Edición 2003 GASES COMPRIMIDOS Y FLUIDOS CRIOGÉNICOS 1-327 63.2.1.1.4 Gases Comprimidos Tóxicos y Altamente 63.2.3.1 Control de Presión. Las salas de gas deberán fun- Tóxicos. Los gases tóxicos y altamente tóxicos no deberán cionar a presión negativa en relación con el área circundanusarse o almacenarse en lugares que no sean ocupaciones te. [55:6.4.1] industriales o para almacenamiento, exceptuando los recipientes o cilindros que no exceden 0,6m3 (20 pies3) de con- 63.2.3.2 Ventilación Eductora. Las salas de gas deberán tenido a TPN almacenados o usados en el interior cabinas contar con un sistema de ventilación eductora. [55:6.4.2] de gas o cerramientos de escape en ocupaciones para enseñanza. [55:6.3.1.4] 63.2.3.3 Construcción. Las salas de gas deberán estar construidas de acuerdo con el Código adoptado por la juris- 63.2.2 Clasificación de los Niveles de Protección. Los dicción. [55:6.4.3] niveles de protección requeridos deberán estar de acuerdo con la clasificación de riesgos del material involucrado 63.2.3.4 Separación. Los cuartos de gases deberán estar según lo indicado en 63.2.2.1 a 63.2.2.5. [55:6.3.2] separados de las otras ocupaciones mediante divisiones con una clasificación de resistencia al fuego de mínimo una 63.2.2.1 Protección Nivel 1. Las ocupaciones usadas para hora. [55:6.4.4] el almacenamiento o uso de gases comprimidos detonantes inestables, reactivos Clase 4 y gases inestables, reactivos 63.2.3.5 Limitación de los Contenidos. La función de las Clase 3 en cantidades que exceden los límites de cantidad salas de gas comprimido deberá limitarse al almacenamienpara gases que requieren disposiciones especiales deberán to y uso de gases comprimidos y los equipos y suministros ser clasificadas como Protección Nivel 1. [55:6.3.2.1] relacionados. [55:6.4.5] 63.2.2.2 Protección Nivel 2. Las ocupaciones usadas para 63.2.4 Edificios Independientes. Las ocupaciones usadas el almacenamiento o uso de gases comprimidos inflamapara el almacenamiento o uso de gases comprimidos en bles, pirofóricos y no detonantes, inestables, reactivos Clase cantidades que exceden aquellas especificadas en la Tabla 3 o fluidos criogénicos en cantidades que exceden los lími- 63.2.4 deberán estar en edificios independientes construites de cantidad para gases que requieren disposiciones espedos de acuerdo con las disposiciones del Código de consciales deberán ser clasificadas como Protección Nivel 2. trucción adoptado por la jurisdicción. [55:6.5] [55:6.3.2.2] Tabla 63.2.4 Edificios Independientes (Edificios Independientes Requeridos Cuando la Cantidad de 63.2.2.3 Protección Nivel 3. Las ocupaciones usadas para Materiales Excede la Cantidad Indicada) el almacenamiento o uso de gases comprimidos oxidantes Riesgo del Gas Clase Cantidad de Material inestables, reactivos Clase 2 o fluidos criogénicos en canti- m³ (pies³) dades que exceden los límites de cantidad para gases que Reactivo inestable 463 Límites de cantidad para requieren disposiciones especiales deberán ser clasificadas (detonante) gases que requieren dispocomo Protección Nivel 3. [55:6.3.2.4] siciones especiales* Reactivo inestable 3 2000 pies³ (57 m3) 63.2.2.3 Protección Nivel 4. Las ocupaciones usadas para (no detonante) 2 10,000 pies³ (283 m3) el almacenamiento o uso de gases comprimidos tóxicos, Gas pirofórico NA 2000 pies³ (57 m³) altamente tóxicos y corrosivos en cantidades que exceden Nota: NA= No Aplicable los límites de cantidad para gases que requieren disposicio- * Límites de cantidad para gases que requieren disposiciones nes especiales deberán ser clasificadas como Protección especiales se refiere a las cantidades señaladas en la Tabla 63.2.1.1. Nivel 4. Fuente: Tabla 6.5 de NFPA 55 63.2.2.5 Protección Nivel 5. Los edificios y partes de éstos usados para la fabricación de semiconductores o la investi- 63.2.5 Protección de Temperatura. gación y desarrollo de semiconductores y que contienen cantidades de materiales peligrosos que exceden las canti- 63.2.5.1 Recipientes de Gas Comprimido. Los recipiendades máximas de contenidos de alto riesgo nivel 5 permites de gas comprimido en cantidades que exceden los límitidas en áreas de control deberán clasificarse Protección tes de cantidad para gases que requieren disposiciones espe- Nivel 5 de. [55:6.3.2.5] ciales deberán mantenerse alejados de la luz solar directa o a una temperatura igual o inferior a 52°C (125°F). 63.2.3 Salas de Gas. Las salas de gas deberán cumplir con [55:6.6.1] los requisitos de 63.2.3.1 a 63.2.3.4. [55:6.4]. Edición 2003 1-328 IGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INC. DIOS TM 63.2.5.2 Cubierta Superior. La cubierta superior deberá 63.2.8* Sistemas de Protección contra Incendios. Los ser de construcción incombustible, abierta al menos en tres edificios o partes de éstos que deben cumplir con la de sus lados y no deberá ser considerada como un almace- Protección Niveles 1 a 5 deberán estar protegidos mediante namiento interior. [55:6.6.2] un sistema de rociadores automáticos aprobado de acuerdo 63.2.5.3 Equipos Eléctricos. El equipo y cableado eléctrico con NFPA 13. [55:6.11] deberán estar de acuerdo con 63.2.6.1 a 63.2.6.2 y con NFPA 70, National Electrical Code incluyendo el Artículo 505. [55:6.8] 63.2.8.1 No deberá requerirse que los cuartos o áreas de construcción no combustible y con contenidos totalmente 63.2.6.1 Energía de Reserva. no combustibles estén protegidos por un sistema de rociadores automáticos. [55:6.11.1] 63.2.6.1.1 Cuando los siguientes sistemas sean requeridos en NFPA 55 o este Capítulo debido al almacenamiento o 63.2.8.2 Diseño del Sistema de Rociadores. Cuando se uso de gases comprimidos o fluidos criogénicos en cantidaprovea protección mediante rociadores, el área en que los des que exceden el límite de cantidad para gases que requiegases comprimidos o los fluidos criogénicos son almacenaren disposiciones especiales, dichos sistemas deberán estar dos o usados deberá estar protegida por un sistema de rociaconectados a un sistema de energía de reserva de acuerdo dores diseñado para no ser inferior a lo requerido en NFPA con NFPA 70, National Electrical Code: 13 para el Riesgo Ordinario Grupo 2 con un área mínima de (1) Ventilación mecánica diseño de 278,7 m² (3000 pies²). [55:6.11.2] (2) Sistemas de tratamiento (3) Controles de temperatura 63.2.8.2.1 Gases Inflamables 0 Pirofóricos. Cuando se (4) Alarmas provea protección mediante rociadores, el área en que se (5) Sistemas de detección usan o almacenan gases inflamables o pirofóricos, o flui- (6) Otros sistemas que funcionan con electricidad [55:6.8.1.1] dos criogénicos deberá estar protegida por un sistema de rociadores diseñado para no ser inferior a lo requerido en 63.2.6.1.2 No deberán aplicarse los requisitos de 63.2.6.1.1 NFPA 13 para el Riesgo Alto Grupo 2 con un área mínima cuando la energía de reserva esté provista de acuerdo con de diseño de 232,25 m² (2500 pies²). [55:6.11.2.1] NFPA 70, National Electrical Code®. [55:6.8.1.2] 63.2.9 Iluminación. Deberá proveerse una iluminación apro- 63.2.6.2 Energía de Emergencia. Cuando se requiera energía piada, ya sea por medios naturales o artificiales. [55:6.12] de emergencia, el sistema deberá cumplir con los requisitos de un sistema de Protección Nivel 2 de acuerdo con NFPA 110, 63.2.10 Control de Derrames, Drenaje y Contención Se- Standard for Emergency and Standby Power Systems. [55:6.8.2] cundaria. No deberá requerirse control de derrames, drenaje y 63.2.7* Control de Explosiones. El control de explosiones contención secundaria para gases comprimidos. [55:6.14] deberá proveerse según lo requerido en la Tabla 63.2.7 de 63.2.11 Estanterías. acuerdo con NFPA 69, Standard on Explosion Prevention Systems, cuando las cantidades de gases en almacenamiento o uso exceden los límites de cantidad que requieren dis- 63.2.11.1 Los anaqueles usados para el almacenamienposiciones especiales. to de recipientes, cilindros y tanques deberán ser de construcción incombustible y estar diseñados para resistir el Tabla 63.2.7 Requisitos para el Control de Explosiones peso de los materiales almacenados. [55:6.15.1] Métodos de control de explosiones Ventilación 63.2.11.2 En zonas con actividad sísmica, los anaqueles y o sistemas recipientes deberán asegurarse para evitar que se volteen. de preven- [55:6.15.2] Material Construcción Clase ción contra de barricada explosiones Criogénico No requerida 63.2.12 Ventilación desde Sistemas de Tubería y Requerido inflamable Controles. El desfogue de gas deberá ser hacia un lugar Gas inflamable No licuado No requerida Requerido adecuado. [55:6.16] Licuado No requerida Requerido Gas pirofórico No requerida Requerido 63.2.13 Ventilación. Las áreas interiores de uso y almace- Gas inestable 4 Requerido No requerida namiento, y los edificios de almacenamiento de gases com- Reactivo 3 (detonable) Requerido No requerida primidos y fluidos criogénicos deberán contar con ventila- 3 (no detonable) No requerida Requerido ción mecánica de expulsión o ventilación natural, cuando Fuente: Tabla 6.5 de NFPA 55 pueda demostrarse que es aceptable para el material de Edición 2003 GASES COMPRIMIDOS Y FLUIDOS CRIOGÉNICOS 1-329 acuerdo con su almacenamiento. [55:6.17] 63.2.13.10 Los sistemas de ventilación deberán descargar a un mínimo de 15 m (50 pies) de las tomas de los sistemas 63.2.13.1 Cuando se provea ventilación mecánica, el sistede distribución de aire, equipos de aire acondicionado y ma deberá estar en funcionamiento cuando el edificio o compresores de aire. [55:6.17.10] espacio se encuentre ocupado. [55:6.17.1] 63.2.13.11 Tomas de Aire. El almacenamiento y uso de 63.2.13.2 Aire Comprimido. Los requisitos de 63.2.13 y gases comprimidos deberá estar ubicado a una distancia 63.2.13.1 no deberán aplicarse a los cilindros, recipientes, y mínima de 15 m (50 pies) de las tomas de aire. Para los tanques que contienen aire comprimido. [55:6.17.2] requisitos específicos para materiales ver la Sección 7.4 a Sección 7.10 de NFPA 55. [55:6.17.11] 63.2.13.3 Velocidad de la Ventilación Mecánica. La ventilación mecánica deberá tener una velocidad mínima de 63.2.14 Cabinas de Gas. 0,3048 m³/min./m² (1 pie³/min./pie²) del área de piso sobre el área de almacenamiento o uso. [55:6.17.3] 63.2.14.1 Construcción. Cuando se requiere una cabina de gas, se utiliza para proveer una separación de los riesgos de 63.2.13.4 Funcionamiento Continuo. Los sistemas debelos gases o para incrementar el limite de cantidad de un gas rán funcionar continuamente a menos que un diseño alterque requiere disposiciones especiales, ésta deberá estar de nativo sea aprobado por un oficial del Código. [55:6.17.4] acuerdo con los requisitos de 63.2.14.1.1 a 63.2.14.1.4. [55:6.17.1] 63.2.13.5 Control de Cierre. Cuando exista un sistema de ventilación mecánico, deberá proveerse un interruptor de 63.2.14.1.1 Materiales de Construcción. Las cabinas de cierre manual en el exterior del cuarto en una posición gas deberán construirse en acero de mínimo 2,46 mm. adyacente a la puerta principal de acceso al cuarto o en una (0,097 pulg.) (Calibre 12). [55:6.18.1.1] ubicación aprobada. [55:6.17.5] 63.2.14.1.2 Acceso a los Controles. Las cabinas de gas 63.2.13.6 El interruptor deberá ser del tipo de romper el deberán contar con puertos de acceso limitado autocerranvidrio o su equivalente y deberá etiquetarse de la siguiente tes o con ventanas no combustibles para proveer acceso a forma: CIERRE DE EMERGENCIA DEL SISTEMA DE los equipos de control. [55:6.18.2] VENTILACIÓN. 63.2.14.1.3 Puertas Autocerrantes. Las cabinas de gas 63.2.13.7 Bocas de Entrada al Sistema de Extracción. deberán estar equipadas con puertas autocerrantes. [55:6.18.2.1] 63.2.13.7.1 El diseño del sistema de ventilación eductora deberá tener en cuenta la densidad de los gases liberados. 63.2.14.1.4 Requisitos de Ventilación. Las cabinas de gas [55:6.17.7.1] deberán contar con un sistema de ventilación eductora diseñado para funcionar a una presión negativa con relación al 63.2.13.7.2 Para los gases más pesados que el aire, la área circundante. [55:6.18.2.2] extracción deberá tomarse desde un punto dentro del espacio de 304,8 mm. (12 pulg.) del nivel del piso. [55:6.17.7.2] 63.2.14.1.5 Velocidad de Control. Cuando se almacenan gases tóxicos, altamente tóxicos, pirofóricos, inestables, 63.2.13.7.3 Para los gases más livianos que el aire, la reactivos Clase 3 ó Clase 4, o corrosivos, la velocidad proextracción deberá tomarse desde un punto dentro del espamedio en la parte frontal de los puertos de entrada o ventacio de 304,8 mm. (12 pulg.) del tejado. [55:6.17.7.3] nas, con el puerto o ventana abierta, no deberá ser inferior a 61 m/min (200 pies/min) con mínimo 46 m/min (150 63.2.13.8 Extracción en el Nivel de Piso. La ubicación de pies/min) en cualquier punto individual. [55:6.18.2.2.1] las aberturas para los escapes y tomas de aire deberá estar diseñada para proveer un movimiento de aire en todas las 63.2.14.1.6 Protección contra Incendios. Las cabinas de partes del cuarto o del piso para prevenir la acumulación de gas usadas para almacenar gases tóxicos, altamente tóxicos gases. [55:6.17.8] o pirofóricos deberán tener rociadores en su interior. [55:6.18.2.3] 63.2.13.9 Recirculación del Extracción. La ventilación de extracción no deberá recircular dentro del cuarto o edificio 63.2.14.2 Limites de Cantidad. Las cabinas de gas no si los cilindros, recipientes y tanques almacenados tienen deberán contar con más de 3 recipientes, cilindros o tancapacidad para liberar gases peligrosos. [55:6.17.9] ques. [55:6.18.3] Edición 2003 1-330 CÓDIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM 63.2.14.3 Separación. Los gases incompatibles, según 63.3.1.1 Recipientes, Cilindros y Tanques. están definidos en la Tabla 63.3.5.1.2, deberán almacenarse o usarse dentro de cabinas de gas separadas. [55:6.18.4] 63.3.1.1.1 Diseño y Construcción. Los recipientes, cilindros y tanques deberán diseñarse, fabricarse, probarse y 63.2.15 Cerramientos Ventilados. marcarse (con sellos) de acuerdo con las normas del DOT, Transport Canada (TC) Transportation of Dangerous 63.2.15.1 Requisitos de Ventilación. Cuando se requiera o Goods Regulations o ASME, Boiler and Pressure Vessel se use un cerramiento ventilados para incrementar el límite Code, "Rules for the Construction of Unfired Pressure de cantidad para un gas que requiere disposiciones especia- Vessels", Sección VIII. [55:7.1.1.1] les, el cerramiento ventilado deberá contar con un sistema de ventilación eductora diseñado para funcionar a una pre- 63.3.1.1.2 Cilindros, Recipientes y Tanques Defectuosos. sión negativa con relación al área circundante. [55:6.19.1] 63.3.1.1.2.1 Los cilindros, recipientes y tanques defectuo- 63.2.15.1.1 Velocidad de Control en las Aberturas de sos deberán ser devueltos al proveedor. [55:7.1.1.2.1] Acceso. Cuando se almacenan gases tóxicos, altamente tóxicos, pirofóricos, inestables, reactivos Clase 3 ó Clase 4, 63.3.1.1.2.2 Los proveedores deberán reparar los recipien- o corrosivos, la velocidad promedio en las aberturas del tes, cilindros y tanques, ponerlos de servicio o disponer de frente que proveen acceso no deberá ser inferior a 61 m/min ellos de manera apropiada. [55:7.1.1.2.2] (200 pies/min.) con mínimo 46 m/min (150 pies/min.) en cualquier punto individual. [55:6.19.1.1] 63.3.1.1.3 Cilindros, Recipientes y Tanques que Contienen Gases Residuales. Los cilindros, recipientes y 63.2.15.1.2 Separación de Gases Incompatibles en el tanques de gas comprimido que contienen productos resi- Interior de Cerramientos. Los cilindros, recipientes y tanduales, deberán tratarse como si estuvieran llenos, excepto ques en el interior de cerramientos deberán estar separados cuando son examinados, reciben mantenimiento o son llede acuerdo con la Tabla en 63.3.1.5.2. [55:6.19.1.2] nados nuevamente por un productor o distribuidor de gas. [55:7.1.1.3] 63.2.15.1.3 Protección contra Incendios. Los cerramientos ventilados tener rociadores en su interior. [55:6.19.1.3] 63.3.1.1.4 Dispositivos de Alivio de Presión. 63.2.15.2 Separación. Los gases incompatibles, como 63.3.1.1.4.1 Cuando sea requerido en 63.3.1.1.4.2, deberán aparecen definidos en la Tabla de 63.3.1.5.2, deberán proveerse dispositivos de alivio de presión para proteger los almacenarse o usarse en cerramientos de escape indepenrecipientes y sistemas que contienen gases comprimidos dientes. [55:6.19.3] contra la ruptura en caso de que se llegue a presentar un exceso de presión por exposición térmica. [55:7.1.1.4.1] 63.2.16 Alarma de Emergencia. Un sistema manual de alarma de emergencia deberá proveerse en, salas, áreas o 63.3.1.1.4.2 Los dispositivos de alivio de presión deberán edificios empleadas para el almacenamiento o uso de gases diseñarse y proveerse de acuerdo con CGAS-1.1, Pressure comprimidos o fluidos criogénicos en cantidades que exce- Relief Device Standards-Part 1-Cylinders for Compressed den los límites de cantidad que requieren normas especia- Gases, para cilindros; CGA S-1.2, Pressure Relief Device les. [55:6.7] Standards Part 2 Cargo and Portable Tanks for Compressed Gases, para tanques portátiles and CGA S-1.3, 63.2.16.1 La activación de un aparato iniciador de la alar- Pressure Relief Device Standards-Part 3-Stationary ma de emergencia deberá hacer sonar una alarma local para Storage Containers for Compressed Gases, para tanque alertar a los ocupantes en el área inmediata acerca de una estacionarios o los requisitos aplicables en el país en que se situación de emergencia relacionada con gases comprimiusen. [55:7.1.1.4.2] dos o fluidos criogénicos. [55:6.7.1] 63.3.1.1.4.3 El tamaño de los dispositivos, de alivio de pre- 63.3 Gases Comprimidos. sión deberá estar de acuerdo con las especificaciones para las cuales el recipiente fue fabricado. [55:7.1.1.4.3] 63.3.1 Generalidades. El almacenamiento, uso y manipulación de gases comprimidos en recipientes, cilindros 63.3.1.1.4.4 El dispositivo de alivio de presión deberá tener y tanques deberá estar de acuerdo con las normas del capacidad para prevenir que se sobrepase la presión presu- Capítulo 1 al Capítulo 7 de NFPA 55. [55:7.1] mida del recipiente o sistema. [55:7.1.1.4.4] Edición 2003 GASES COMPRIMIDOS Y FLUIDOS CRIOGÉNICOS 1-331 63.3.1.2 Requisitos para el Etiquetado. 63.3.1.3.3 Seguridad de las Áreas. Las áreas de almacenamiento, uso y manipulación deberán estar protegidas con- 63.3.1.2.1 Recipientes. Los cilindros, recipientes y tantra el ingreso no autorizado. [55:7.1.3.2] ques individuales de gas comprimido deberán marcarse o etiquetarse de acuerdo con los requisitos DOT o los de la 63.3.1.3.3 Protección Física. agencia reguladora aplicable. [55:7.1.2.1] 63.3.1.3.3.1 Los sistemas, cilindros, recipientes y tanques 63.3.1.2.2 Mantenimiento de las Etiquetas. Las etiquetas que pueden exponerse a daños físicos deberán estar protecolocadas por el fabricante del gas para identificar los congidos. [55:7.1.3.3.1] tenidos del cilindro de gas comprimido licuado o sin licuar no deberán ser alteradas o removidas por el usuario. 63.3.1.3.3.2 Deberán proveerse barras de protección u otros medios para proteger los sistemas, cilindros, recipien- [55:7.1.2.2] tes y tanques interiores y exteriores contra los daños causa- 63.3.1.2.3 Cilindros, Recipientes y Tanques Estaciodos por vehículos. [55:7.1.3.3.2] narios de Gas Comprimido. 63.3.1.3.4 Aseguramiento de Cilindros, Recipientes y 63.3.1.2.3.1 Los cilindros, recipientes y tanques fijos de Tanques de Gas Comprimido. Los cilindros, recipientes gas comprimido deberán marcarse de acuerdo con NFPA y tanques de gas comprimido que se encuentren en uso o en 704, Standard System for the Identification of the Hazards almacenamiento deberán estar asegurados con cercas para of Materials for Emergency Response. [55:7.1.2.3.1] evitar que se caigan o sean tumbados y asegurándolos a una carreta, estructura u objeto mediante una sujeción, a menos 63.3.1.2.3.2 Las marcas deberán ser visibles desde cualque esté permitido de otra manera por lo siguiente. quier dirección de aproximación. [55:7.1.2.3.2] [55:7.1.3.4] 63.3.1.2.4 Sistemas de Tuberías. Exceptuando lo estableci- 63.3.1.3.4.1 No deberá requerirse que los cilindros, recido en 63.3.1.2.4.1, los sistemas de tubería deberán marcarpientes y tanques de gas comprimido en procesos de examise de acuerdo con ASME A13.1, Scheme for the nación, mantenimiento y llenado estén asegurados. Identification of Piping Systems u otras normas aplicables, [55:7.1.3.4.1] de la siguiente forma: 63.3.1.3.4.2 En las plantas de llenado de cilindros y en las (1) La marca deberá incluir el nombre del gas y una flecha bodegas de los distribuidores, deberá permitirse el empalme de los cilindros como una forma para asegurarlos. que indique la dirección del flujo (2) La tubería usada para transportar más de un gas en dife- [55:7.1.3.4.2] rentes momentos deberá estar marcada para proveer una información clara y advertir acerca del riesgo 63.3.1.4 Protección de las Válvulas. (3) Las marcas en los sistemas de tubería deberán proveer- 63.3.1.4.1 Generalidades. Las válvulas de los recipientes, se en las siguientes ubicaciones: (a) En cada válvula de maniobra de procesos críticos cilindros y tanques de gas comprimido deberán protegerse (b) En penetraciones de paredes, pisos, o techos contra daños físicos por medio de tapas, anillos u otros dis- (c) En cada cambio de dirección positivos similares de protección. [55:7.1.4.1] (d) Mínimo cada 6,1 m (20 pies) a lo largo del recorrido de la tubería [55:7.1.2.4] 63.3.1.4.2 Tapas Protectoras de Válvulas. Cuando los cilindros, recipientes y tanques están diseñados para acep- 63.3.1.2.4.1 Las tuberías en el interior de plantas de protar tapas protectoras de válvulas, el usuario deberá mantenerlas en los cilindros, recipientes y tanques de gas compriducción y procesamiento de gas, refinerías y otras ocupaciones similares deberán marcarse apropiadamente. mido en todo momento, excepto cuando se encuentren vacíos, estén siendo procesados o conectados usarse. [55:7.1.2.4.1] [55:7.1.4.2] 63.3.1.3 Seguridad. 63.3.1.4.3 Tapas o Tapones para las Bocas de Salida de 63.3.1.3.1 Generalidades. Los sistemas, cilindros, reci- Válvulas. pientes y tanques de gas comprimido deberán asegurarse para evitar que se suelten accidentalmente o el acceso de 63.3.1.4.3.1 Deberán proveerse tapas o tapones herméticos de estanco al gas en las bocas de salida de válvulas para personal no autorizado. [55:7.1.3.1] Edición 2003 1-332 CÓDIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM todos los cilindros, recipientes y tanques llenos o parcialalguno, de la distancia de 6,1m (20 pies) cuando éstos se mente llenos que contienen gases tóxicos, altamente tóxiencuentren separados por una barrera de materiales no comcos, pirofóricos o inestables reactivos Clase 3 o Clase 4 que bustibles de al menos 1,5 m (5 pies) de altura que tenga una se encuentran almacenados. [55:7.1.4.3.1] tasa de resistencia al fuego de al menos 0,5 horas. [55:7.1.5.2.1] 63.3.1.4.3.2 Las tapas o tapones de las bocas de salida de las válvulas deberán estar diseñados y clasificados para la 63.3.1.5.2.2 Deberá permitirse la reducción de la distancia presión de servicio del recipiente. [55:7.1.4.3.2] de 6,1 m (20 pies) a 1,5 m (5 pies) cuando uno de los gases está encerrado en una cabina de gas o sin límite alguno 63.3.1.5 Separación de las Condiciones Peligrosas. cuando ambos gases están encerrados en cabinas de gas. [55:7.1.5.2.2] 63.3.1.5.1 Generalidades. 63.3.1.5.2.3 Los cilindros sin dispositivos de alivio de pre- 63.3.1.5.1.1 Los sistemas, cilindros, recipientes y tanques sión no deberán almacenarse sin estar separados de gases de gas comprimido en almacenamiento o uso deberán estar inflamables y pirofóricos con dispositivos de alivio de preseparados de otros materiales y condiciones que presenten sión. [55:7.1.5.2.3] riesgos de exposición entre sí. [55:7.1.5.1.1] 63.3.1.5.2.4 No deberá requerirse una separación espacial 63.3.1.5.1.2 Los sistemas, cilindros, recipientes y tanques entre los cilindros considerados incompatibles que están de gas comprimido en uso o almacenamiento deberán sepaconectados a tubos múltiples con propósitos de llenado y rarse de acuerdo con 63.3.1.5. El subpárrafo 63.3.1.5.1.2 no procedimientos de fabricación que establecen los controles deberá aplicarse a los gases contenidos en sistemas cerrados de fabricación de mezclas de gas. [55:7.1.5.2.4] de tubería y en sistemas, cilindros, recipientes y tanques en almacenamiento o uso cuando están separados de acuerdo 63.3.1.5.3 Espacio Libre desde Combustibles y con 63.3.1.5. [55:7.1.5.1.2; 55:7.1.5.1.2.1] Vegetación. Los desechos combustibles, vegetación y materiales similares deberán mantenerse mínimo 3 m (10 63.3.1.5.2* Materiales Incompatibles. Los cilindros, recipies) de los sistemas, cilindros, recipientes y tanques de gas pientes y tanques deberán estar separados de acuerdo con la comprimido. [55:7.1.5.3] Tabla 63.3.1.5.2. [55:7.1.5.2] 63.3.1.5.3.1 En lugar de la distancia mínima, deberá permi- 63.3.1.5.2.1 Deberá permitirse la reducción, sin limite tirse un tabique incombustible sin aberturas ni perforacio- Tabla 63.3.1.5.2 Separación de Cilindros, Recipientes y Tanques de Gas según la Clase de Riesgo. Categoría del gas Otros gases Inestables Corrosivos Oxidantes Inflamables Pirofóricos Tóxicos 0 Reactivos altamente Clase 2, Clase tóxicos 3 0 Clase 4 Tóxico o altamente NR 20 pies 20 pies 20 pies 20 pies 20 pies Tóxico (6,1 m) (6,1 m) (6,1 m) (6,1 m) (6,1 m) Pirofórico NR 20 pies 20 pies 20 pies 20 pies 20 pies (6,1 m) (6,1 m) (6,1 m) (6,1 m) (6,1 m) Inflamable NR 20 pies 20 pies 20 pies 20 pies 20 pies (6.1 m) (6,1 m) (6,1 m) (6,1 m) (6,1 m) Oxidante NR 20 pies 20 pies 20 pies 20 pies 20 pies (6,1 m) (6,1 m) (6,1 m) (6,1 m) (6,1 m) Corrosivo NR 20 pies 20 pies 20 pies 20 pies 20 pies (6,1 m) (6,1 m) (6,1 m) (6,1 m) (6,1 m) Inestable reactivo NR 20 pies 20 pies 20 pies 20 pies 20 pies Clase 2, Clase 3 (6,1 m) (6,1 m) (6,1 m) (6,1 m) (6,1 m) o Clase 4 Otros gases NR NR NR NR NR NR Nota: N.R.= No requiere separación Fuente: Tabla 7.1.5.2 de NFPA 55 Edición 2003 GASES COMPRIMIDOS Y FLUIDOS CRIOGÉNICOS 1-333 nes con lados que se extiendan mínimo 457 mm (18 pulg.) 63.3.1.5.10 Exposición a Circuitos Eléctricos. Los cilinpor encima y hacia los lados del área de almacenamiento. dros, recipientes y tanques de gases comprimidos no deberán estar ubicados donde puedan formar parte de un circui- 63.3.1.5.3.2 El tabique incombustible deberá ser una to eléctrico. [55:7.1.5.10] estructura independiente o el muro exterior de un edificio adyacente al área de almacenamiento. [55:7.1.5.3 (B)] 63.3.1.6 Mantenimiento y Reparación. El mantenimiento, reparación, modificación o remoción de las válvulas, 63.3.1.5.4 Escalones, Plataformas y Elevadores. Los dispositivos de alivio de presión u otros accesorios para cilindros, recipientes y tanques de gas comprimido no debecilindros, recipientes y tanques deberá ser realizado por perrán ubicarse cerca de elevadores, escalones de plataformas sonal capacitado y con permiso del dueño del recipiente. sin protección y otras áreas donde los cilindros, recipientes [55:7.1.6] y tanques de gas comprimido puedan caer desde distancias que exceden la mitad de la altura del cilindro, recipiente o 63.3.1.7 Uso No Autorizado. Los cilindros, recipientes y tanque. [55:7.1.5.4] tanques de gas comprimido no deberán usarse para ningún propósito diferente al de servir como recipiente para conte- 63.3.1.5.5 Temperaturas Extremas. Los cilindros, reciner el producto para el cual fue diseñado. [55:7.1.7] pientes y tanques, sin importar si están llenos o parcialmente llenos, no deberán exponerse a temperaturas que excedan 63.3.1.8 Cilindros, Recipientes y Tanques Expuestos al 52°C (125°F) o temperaturas subambientales (bajas), a Fuego. Los cilindros, recipientes y tanques de gas comprimenos que estén diseñados para usarse bajo dichas exposimido que hayan sido expuestos al fuego no deberán usarse ciones. [55:7.1.5.5] o enviarse mientras estén llenos o parcialmente llenos hasta que sean reevaluados de acuerdo con el Código de recipien- 63.3.1.5.6 Objetos que Caen. Los cilindros, recipientes y tes a presión bajo el cual fueron fabricados. [55:7.1.8] tanques de gas comprimidos no deberán estar ubicados en áreas donde puedan ser dañados por objetos que caen. 63.3.1.9 Fugas, Daños 0 Corrosión. [55:7.1.5.6] 63.3.1.9.1 Los cilindros, recipientes y tanques de gas com- 63.3.1.5.7 Calefacción. Los cilindros, recipientes y tanprimido con fugas, dañados o corroídos deberán ponerse ques de gas comprimido, sin importar si están llenos o parfuera de servicio. [55:7.1.9.1] cialmente llenos, no deberán ser calentados por aparatos que puedan elevar la temperatura de la superficie del cilin- 63.3.1.9.2 Los sistemas a gas comprimido con fugas, dañadro, recipiente o tanque por encima de 52°C (125°F). dos o corroídos deberán ser reemplazados o reparados. [55:7.1.5.7] [55:7.1.9.2] 63.3.1.5.7.1 Dispositivos de Calefacción Alimentados por 63.3.1.9.3* Manejo de Cilindros, Recipientes y Tanques Electricidad. Los dispositivos eléctricos de calefacción Fuera de Servicio. Los cilindros, recipientes y tanques de deberán cumplir con NFPA 70, National Electrical Code. gas comprimido puestos fuera de servicio deberán manejar- [55:7.1.5.7.1] se de manera apropiada. [55:7.1.9.3] 63.3.1.5.7.2 Diseño de Seguridad Garantizada. Los dis- 63.3.1.9.4 Sistemas con Fugas. Los sistemas de gas compositivos diseñados para mantener una temperatura consprimido en los que se determine la existencia de una fuga o tante en los cilindros, recipientes y tanques de gas comprique estén dañados o corroídos deberán ser reparados para mido individuales deberán estar diseñados para ser de seguque queden en buenas condiciones de servicio o deberán ridad garantizada. [55:7.1.5.7.2] ponerse fuera de servicio. [55:7.1.9.4] 63.3.1.5.8 Fuentes de Ignición. Las llamas abiertas o dis- 63.3.1.10 Superficies. positivos de temperatura alta no deberán usarse de manera que se pueda crear una condición peligrosa. [55:7.1.5.8] 63.1.1.10.1 Para prevenir la corrosión en el fondo, los cilindros, recipientes y tanques de gas comprimido deberán pro- 63.3.1.5.9 Exposición a Químicos. Los cilindros, recipientegerse del contacto directo con el suelo o las superficies tes y tanques de gas comprimido no deberán exponerse a donde puedan existir acumulaciones de agua. [55:7.1.10.1] vapores y químicos corrosivos que pueden dañar los cilindros, recipientes, tanques, o tapas protectoras de las válvu- 63.3.1.10.2 Las superficies deberán estar en declive para las. [55:7.1.5.9] prevenir la acumulación de agua. [55:7.1.10.2] Edición 2003 1-334 CODIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM 63.3.2 Almacenamiento. 63.3.3.1.1 Aplicabilidad. El uso y manipulación de los sistemas, cilindros, recipientes y tanques de gas comprimido 63.3.2.1 Generalidades. deberá estar de acuerdo con 7.3.1 de NFPA 55. [55:7.3.1.1] 63.3.2.1.1 Aplicabilidad. El almacenamiento de cilindros, 63.3.3.1.2 Sistemas de Gas Comprimido. Los sistemas de recipientes y tanques de gas comprimido deberá estar de gas comprimido deberán diseñarse para el uso propuesto y acuerdo con 63.3.2 a 63.3.2.2.2.2. [55:7.2.1.1] por personas competentes en esta área. [55:7.3.1.2] 63.3.2.1.2 Almacenamiento Vertical de Gases 63.3.3.1.3 Controles. Inflamables en Solución y Gases Licuados Inflamables. Los cilindros, recipientes y tanques que contienen gases 63.3.3.1.3.1 Los controles del sistema de gas comprimido inflamables en solución y gases licuados inflamables debedeberán estar diseñados para evitar materiales entren o salrán colocarse en posición vertical. [55:7.2.1.2] gan del proceso en un momento, a una tasa o por un camino inesperado. [55:7.3.1.3.1] 63.3.2.1.2.1 Cilindros y Recipientes de Menos de 1.3 Galones (5 L). Deberá permitirse que los recipientes con una 63.3.3.1.3.2 Los controles automáticos deberán diseñarse capacidad igual o inferior a 1,3 gal (5L) sean almacenados para ser de seguridad garantizada. [55:7.3.1.3.2] en posición horizontal. [55:7.2.1.2.1] 63.3.3.1.4 Sistemas de Tubería. Las tuberías, tubos, acce- 63.3.2.1.2.2 Cilindros, Recipientes y Tanques Diseñados sorios y otros componentes relacionados deberán diseñarse, para Uso Horizontal. Deberá permitirse que los cilindros, fabricarse y probarse de acuerdo con los requisitos de recipientes y tanques diseñados para usarse en posición ASME B3.1, Process Piping и otras normas aprobadas. horizontal sean almacenados en posición horizontal. [55:7.3.1.4] [55:7.2.1.2.2] 63.3.3.1.4. Integridad. Las tuberías, tubos, válvulas regu- 63.3.2.1.2.3 Cilindros, Recipientes y Tanques Paletizaladoras de presión y otros aparatos deberán mantenerse de dos. Deberá permitirse que los cilindros, recipientes y tanestanco al gas para evitar fugas. [55:7.3.1.4.1] ques, excepto aquellos que contienen gases licuados inflamables comprimidos, paletizados para propósitos de trans- 63.3.3.1.4.2 Prevención de Contraflujo. Deberá proveerporte sean almacenados en posición horizontal. se prevención de contraflujo o válvulas de retención cuan- [55:7.2.1.2.3] do el contraflujo de materiales peligrosos pueda crear una condición peligrosa o la descarga no autorizada de materia- 63.3.2.2 Regulaciones Específicas para Materiales. les peligrosos. [55:7.3.1.4.2] 63.3.2.2.1 Almacenamiento Interior. El almacenamiento 63.3.3.1.5 Válvulas. interior de gases en la de la Sección 7.4 a 7.9 de NFPA 55. [55:7.2.2.1] 63.3.3.1.5.1 Las válvulas empleadas en sistemas de gas comprimido deberán estar diseñadas para el gas o gases y 63.3.2.2.2 Almacenamiento a la Intemperie. presiones previstas, y deberán ser accesibles. [55:7.3.1.5.1] 63.3.2.2.2.1 Generalidades. El almacenamiento a la intem- 63.3.3.1.5.2 Las manijas u operadores requeridos para válperie de gases comprimidos deberá estar de acuerdo con las vulas de cierre no deberán retirarse o alterarse de ninguna disposiciones específicas para materiales en la Sección 7.4 manera para evitar el acceso. [55:7.3.1.5.2] a 7.9 de NFPA 55. [55:7.2.2.2.1] 63.3.3.1.6 Purga. La purga de gases deberá dirigirse hacia 63.3.2.2.2.2 Separación. Las distancias desde los límites una ubicación aprobada. [55:7.3.1.6] de propiedad, edificios y exposiciones deberán estar de acuerdo con las disposiciones para materiales específicos 63.3.3.1.7 Uso Vertical. de la Sección 7.4 a 7.10 de NFPA 55. [55:7.2.2.2.2] 63.3.3.1.7.1 Los cilindros, recipientes y tanques de gas 63.3.3 Uso y Mantenimiento comprimido que contienen gas licuado inflamable, excepto aquellos diseñados para usarse en posición horizontal y 63.3.3.1 Generalidades aquellos cilindros, recipientes y tanques de gas comprimido que contienen gases no licuados, deberán ser utilizados en Edición 2003 GASES COMPRIMIDOS Y FLUIDOS CRIOGÉNICOS 1-335 posición vertical "con el extremo de la válvula arriba". se control de exceso de flujo para los gases comprimidos [55:7.3.1.7.1] con una clasificación de riesgo de acuerdo con NFPA 704, Standard System for the Identification of the Hazards of 63.3.3.1.7.2 Una posición vertical deberá incluir una posi- Materials for Emergency Response, de la siguiente manera: ción en la cual el eje del cilindro, recipiente o tanque esté inclinado 45 grados desde la vertical y en la cual el disposi- (1) Riesgo para la salud Clase 3 o Clase 4 tivo de alivio de presión esté siempre en comunicación (2) Inflamabilidad Clase 4 directa con la fase de gas. [55:7.3.1.7.2] (3) Reactividad Clase 3 o Clase 4 [55:7.3.1.13] 63.3.3.1.8 Uso Invertido. Deberá permitirse que los cilin- 63.3.3.1.13.1 Control de Exceso de Flujo por Encima de dros, recipientes y gases que contienen gases licuados no 15 psig (103 kPa). Deberá proveerse control de exceso de inflamables sean utilizados en posición invertida cuando se flujo para los sistemas de tubería de gas presurizados por usan en fase líquida. [55:7.3.1.8] encima de 15 psig (103kPa) cuando la fuente de gas excede el límite de cantidad en la Tabla 63.2.1.1. [55:7.3.1.13.1] 63.3.3.1.8.1 Deberá permitirse que los gases licuados inflamables en plantas de procesamiento usen este método de 63.3.3.1.13.2 Ubicación. La ubicación del control de exceposición invertida mientras se están llenando por transfeso de flujo deberá estar de acuerdo con lo especificado en rencia. [55:7.3.1.8(A)] 63.3.3.1.13.2 (A) y en 63.3.3.1.13.2 (B). [55:7.3.1.13.2] 63.3.3.1.8.2 El cilindro, recipiente o tanque deberá estar (A) Cuando la tubería viene de una fuente ubicada en una asegurado y el aparato de recarga deberá estar diseñado sala o área, el control de exceso de flujo deberá ubicarse para usarse con gas licuado. [55:7.3.1.8 (B)] dentro de la sala o cuarto. [55:7.3.1.13.2(A)] 63.3.3.1.9 Cilindros y Recipientes de Menos de 1,3 gal (5 (B) Cuando la tubería viene de una fuente por volumen, el L). Deberá permitirse que los cilindros o recipientes con un control de exceso de flujo deberá estar tan cerca de dicha volumen de agua igual o inferior a 1,3 gal (5L.) sean utilifuente como sea posible. [55:7.3.1.13.2 (B)] zados en posición horizontal. [55:7.3.1.9] 63.3.3.1.13.3 Excepciones para los Requisitos de 63.3.3.1.10 Transferencia. La transferencia de gases entre Ubicación. Los requisitos de 63.3.3.1.13 no deberán aplicilindros, recipientes y tanques deberá ser realizada por percarse a lo siguiente: sonal calificado usando equipos y procedimientos de operación de acuerdo con CGA P-1, Safe Handling of (1) Tuberías para conexiones de entrada diseñadas para pre- Compressed Gases in Containers. [55:7.3.1.10] venir el contraflujo. (2) Tubería para dispositivos de alivio de presión 63.3.3.1.10.1 Los requisitos de 63.3.3.1.10 no deberán apli- (3) Sistemas que contienen 12,7m3 (450 scf) o menos de carse al aprovisionamiento de combustible de vehículos con gas inflamable. [55:7.3.1.13.3] gas natural comprimido (GNC). [55:7.3.1.10.1] 63.3.3.2 Regulaciones Específicas para Materiales. 63.3.3.1.11 Uso de Gases Comprimidos para Inflado. Los equipos, máquinas o globos inflables deberán presuri- 63.3.3.2.1 Uso en Interiores. El uso interior de gases comzarse o llenarse únicamente con aire comprimido o gases primidos deberá estar de acuerdo con los requisitos de la inertes. [55:7.3.1.11] Sección 7.4 a la Sección 7.10 de NFPA 55. [55:7.3.2.1] 63.3.3.1.12 Válvulas de Cierre de Emergencia. Deberán 63.3.3.2.2 Uso en Exteriores. proveerse válvulas de cierre de emergencia manuales accesibles o automáticas de seguridad garantizada activadas 63.3.3.2.2.1 Generalidades. El uso exterior de gases comremotamente, las cuales deberán estar marcadas visibleprimidos deberá estar de acuerdo con los requisitos de la mente. [55:7.3.1.12] Sección 7.4 a la Sección 7.10 de NFPA 55. [55:7.3.2.2.1] 63.3.3.1.12.1 Los cierres de emergencia deberán estar ubi- 63.3.3.2.2.2 Separación. Las distancias desde los límites cados en el punto de uso y en el cilindro, tanque o fuente de propiedad, edificios y riesgos de exposición deberán por volumen. [55:7.3.1.12.1] estar de acuerdo con las disposiciones específicas para materiales en la Sección 7.4 a la Sección 7.10 de NFPA 55. 63.3.3.1.13 Control de Exceso de Flujo. Deberá proveer- [55:7.3.2.2.2] Edición 2003 1-336 CÓDIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE OS TM 63.3.3.3 Manipulación. 63.3.4.2.1.3 La barrera cortafuego con clasificación de resistencia de 2 horas no deberá tener más de dos lados en 63.3.3.3.1 Aplicabilidad. La manipulación de cilindros, direcciones aproximadamente de 1,57 rad (90 grados) o recipientes y tanques de gases comprimidos deberá estar de máximo tres lados con ángulos que se conectan de aproxiacuerdo con 63.3.3.3. [55:7.3.3.1] madamente 2.36 rad (135 grados). [55:7.5.2.1.3] 63.3.3.3.2 Carretas y Camiones. 63.3.4.3 Uso de Gases Corrosivos. Los gases corrosivos para uso en interiores deberán ubicarse en una cabina de 63.3.3.3.2.1 Los cilindros, recipientes y tanques deberán gas, cerramiento de escape o sala de gas. [55:7.5.3] trasladarse usando un método apropiado. [55:7.3.3.2.1] 63.3.5 Gases Inflamables. 63.3.3.3.2.2 Cuando los cilindros, recipientes o tanques sean transportados por medio de carretillas o cualquier otro 63.3.5.1 Almacenamiento, Uso y Manipulación. aparato móvil como carretas, camiones, etc; éstos deberán estar diseñados para traslado seguro de cilindros, recipien- 63.3.5.1.1 El almacenamiento o uso de gases inflamables tes o tanques. [55:7.3.3.2.2] que exceden los límites de cantidad para gases que requieren disposiciones especiales según lo especificado en la 63.3.3.3.3 Aparatos de Elevación. No deberán usarse Tabla 63.2.1.1 deberá estar de acuerdo con los Capítulos 1 cuerdas, cadenas ni cabestrillos para suspender los cilin- a Capítulo 6, la Sección 7.1 a Sección 7.3 y Sección 7.6 de dros, recipientes o tanques en el aire, a menos que en el NFPA 55. [55:7.6.1.1] momento de su fabricación, se hayan realizado procedimientos para crearles aditamentos de levantamiento ade- 63.3.5.1.2 El almacenamiento, uso y manipulación de cuados, tales como asas. [55:7.3.3.3] hidrógeno gaseoso deberá estar de acuerdo con 7.6.1 y el Capítulo 10 de NFPA 55. [55:7.6.1.2] 63.3.4 Gases Corrosivos. 63.3.5.2 Distancia hasta las Exposiciones. El almace- 63.3.4.1 Generalidades. El almacenamiento o uso de namiento y uso a la intemperie de gas comprimido inflagases corrosivos comprimidos en cantidades que exceden el mable deberá estar de acuerdo con la Tabla 63.3.5.2. límite de cantidad para gases que requieren disposiciones [55:7.6.2] especiales según lo especificado en la Tabla 63.2.1.1 deberá estar de acuerdo con los Capítulos 1 a Capítulo 6 de Tabla 63.3.5.2 Distancia hasta las Exposiciones para Gases NFPA 55, las Secciones 7.1 a 7.3 de NFPA 55 y con 63.3.4 Inflamables. de este Capítulo. [55:7.5.1] Distancia mínima 63.3.4. Distancia hasta Exposiciones. El almacenamiento hasta o uso a la intemperie de gas comprimido corrosivo no debeedificios, calles, rá estar dentro del espacio de 6.096 mm (20 pies) de edificallejones, cios, callejones, vías públicas o medios de egreso. vías públicas Distancias [55:7.5.2] 0 límites de mínimas propiedad entre 63.3.4.2.1 En lugar de la distancia de 6.096 mm (20 pies), Cantidad agregada sobre los las áreas por área de cuales se de deberá permitirse un tabique cortafuego sin aberturas o almacenamiento puede almacenapenetraciones con una clasificación de resistencia contra el construir miento. fuego de 2 horas y que se extienda mínimo de 762 mm (30 pies² m² pies m pies m pulg.) por encima y hacia los lados del área de uso o alma- 0 4.225 0 -120 5 1,5 5 1,5 cenamiento. [55:7.5.2.1] 4.226 21.125 120,1 598 10 3 10 3 21.126 50.700 598,1 1453 15 4,5 10 4,5 63.3.4.2.1.1 El tabique cortafuego deberá ser una estructura 50701 84.500 1435,1 2393 20 6 10 4,5 84.501 0 independiente o el muro exterior del edificio adyacente al superior 2393,1 o superior 25 7.5 20 6 área de almacenamiento o uso. [55:7.5.2.1.1] 84,501 o superior 2393.1 o superior 25 7.5 20 Fuente: Tabla 7.6.2 de NFPA 55. 63.3.4.2.1.2 La barrera cortafuego con clasificación de resistencia de 2 horas deberá estar ubicada mínimo 1,5 m (5 63.3.5.2.1 La distancia mínima requerida deberá reducirse a pies) de cualquier exposición. [55:7.5.2.1.2] 1,5 m (5 pies) cuando las estructuras de protección que tienen Edición 2003 1-337 GASES COMPRIMIDOS Y FLUIDOS CRIOGÉNICOS una clasificación de resistencia de mínimo 2 horas interrumpen Tabla 63.3.6.2 Distancia de los Gases Oxidantes desde su el eje visual entre el recipiente y la exposición. [55:7.6.2.1] Área de Uso hasta las Exposiciones Distancia hasta un edificio 63.35.2.1.1 La estructura de protección deberá estar por lo no asociado con la fabricación y distribución de Distancia menos a 1,5 m (5 pies) del perímetro del área de uso o Cantidad de gas gases Oxidantes 0 hasta entre áreas almacenamiento. [55:7.6.2.2] almacenado (pies³ una vía pública 0 línea de de almacena- a PTN) propiedad (pies) miento (pies) 63.3.5.2.1.2 La configuración de la estructura de protec- 0 50,000 5 5 ción deberá estar diseñada para permitir la ventilación natu- 50,001 100,000 10 10 ral con el fin de prevenir la acumulación de concentraciones 100,001 o superior 15 10 de gases peligrosos. [55:7.6.2.3] Nota: Para unidades SI: 1 pie² = 3,785 L.; 1 P 0,3048 m. Fuente: Tabla 7.7.2 de NFPA 55. 63.3.5.3 Control de Fuentes de Ignición. Las fuentes de ignición en áreas que contienen gases inflamables deberán estar de acuerdo con 63.3.5.3.1 y 63.3.5.3.2. [55:7.6.3] 63.3.6.2.1.2 La configuración de la estructura de protec- 63.3.5.3.1 Equipos Productores de Estática. Los equipos ción deberá permitir la ventilación natural con el fin de preque producen estática ubicados en áreas de gases inflamavenir la acumulación de concentraciones de gases peligrobles deberán tener polo a tierra. [55:7.6.3.1] sos. [55:7.7.2.3] 63.3.5.3.2 Prohibido Fumar y Llamas Abiertas. Deberán 63.3.7 Gases Pirofóricos. colocarse avisos en las áreas que contienen gases inflamables que comuniquen la prohibición acerca de fumar y / o 63.3.7.1 Generalidades. Los gases comprimidos pirofóriusar llamas abiertas dentro del espacio de (7,6 m) 25 pies cos que exceden los límites de cantidad para gases que alrededor del perímetro del área de uso o almacenamiento. requieren disposiciones especiales según los especificado en la Tabla 63.2.1.1 deberán ser almacenados y usados de 63.3.5.4 Eléctricos. Las áreas en que el almacenamiento o acuerdo con los Capítulos 1 a Capítulo 6, Secciones 7.1 a uso de gases comprimidos exceden los límites de cantidad Sección 7.3 y la Sección 7.8 de NFPA 55. [55:7.8.1] para gases que requieren disposiciones especiales deberán estar de acuerdo con NFPA 70, National Electrical Code®. 63.3.7.2 Silane y Mezclas de Silane. El silane y las mezclas de silane deberán almacenarse, usarse y manipularse de [55:7.6.4] acuerdo con las normas de CGA P-32, Safe Storage and 63.3.6 Gases Oxidantes. Handling of Silane and Silane Mixtures. [55:7.8.2] 63.3.6.1 Generalidades. El almacenamiento o uso de 63.3.7.3 Distancia hasta las Exposiciones. El almacenagases comprimidos oxidantes que exceden los límites de miento o uso de gas comprimido pirofórico deberá estar de cantidad para gases que requieren disposiciones especiales acuerdo con la Tabla 63.3.7.3. [55:7.8.3] según la Tabla 63.2.1.1 deberá estar de acuerdo con los Capítulos 1 a Capítulo 6, las Secciones 7.1 a 7.3 y Sección 63.3.7.3.1 Deberá permitirse reducir las distancias hasta 7.7 de NFPA 55. [55:7.7.1] 1,5 m (5 pies) cuando las estructuras de protección con una clasificación de resistencia al fuego no inferior a 2 horas 63.3.6.2 Distancia hasta las Exposiciones. El almacenainterrumpen el eje de visión entre el recipiente y la exposimiento o uso a la intemperie de gases oxidantes comprimición. [55:7.8.3.1] dos deberá estar de acuerdo con la Tabla 63.3.6.2. 63.3.7.3.1.1 La estructura de protección deberá estar por 1 [55:7.7.2] menos a 1,5 m (5 pies) del perímetro del área de uso o alma- 63.3.6.2.1 Las distancias no deberán ser aplicables cuando cenamiento. [55:7.8.3.2] las estructuras de protección con una clasificación de resistencia al fuego de 2 horas interrumpen el eje de visión entre 63.3.7.3.1.2 La configuración de la estructura de protecel recipiente y la exposición. [55:7.7.2.1] ción deberá permitir la ventilación natural con el fin de prevenir la acumulación de concentraciones de gases peligro- 63.3.6.2.1.1 La estructura de protección deberá estar al sos. [55:7.8.3.3] menos a 1,5 m (5 pies) del perímetro del área de uso o almacenamiento. [55:7.7.2.2] Edición 2003 1-338 CÓDIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM Tabla 63.3.7.3 Distancia de los Gases Pirofóricos desde el Almacenamiento hasta las Exposiciones Distancia mínima hasta edificios en la misma propiedad (pies) Cantidad máxi- Distancia míni- Distancia míni- Sin clasificación 2 Horas y sin 4 Horas y sin ma por área de ma entre áreas ma hasta los Distancia míni- 0 aberturas denaberturas dentro aberturas dentro almacenamiento de almacenalímites de proma hasta vías tro del espacio del espacio de 25 del espacio de 25 ( pies³) miento (pies) piedad (pies) públicas (pies) de 25 pies pies pies 250 5 25 5 5 0 0 2500 10 50 10 10 5 0 7500 20 100 20 20 10 0 Nota: 1 pie³ = 3,785 L.; 1 pie = 0,3048 m Fuente: Tabla 7.8.3 de NFPA 55. 63.3.8 Gases Tóxicos y Altamente Tóxicos. (A) El tabique cortafuego deberá ser una estructura independiente o el muro exterior del edificio adyacente al área 63.3.8.1 Generalidades. El almacenamiento o uso de de almacenamiento o uso. [55:7.9.2.2.1.1] gases tóxicos y altamente tóxicos que exceden los límites de cantidad para gases que requieren disposiciones especiales (B) La barrera cortafuego con una clasificación de resissegún lo especificado en la Tabla 63.2.1.1 deberá estar de tencia de 2 horas deberá estar ubicada al menos 1,5 m (5 acuerdo con los Capítulos 1 a Capítulo 6, las Secciones 7.1 pies) de cualquier exposición. [55:7.9.2.2.1.2] a Sección 7.3 y la Sección 7.9 de NFPA 55. [55:7.9.1] (C) La barrera cortafuego con clasificación de resistencia 63.3.8.2 Ventilación y Disposición. de 2 horas no deberá tener más de dos lados en direcciones aproximadas de 1,57 rad (90 grados) o máximo tres lados 63.3.8.2.1 En Interiores. El almacenamiento o uso interior con ángulos de conexión de aproximadamente 2.36 rad de gases tóxicos y altamente tóxicos deberá proveerse en (135 grados). [55:7.9.2.2.1.3] una cabina de gas, cerramiento de escape o sala de gas. [55:7.9.2.1] 63.3.8.2.3 Aberturas en Edificios Expuestos. Cuando el área de almacenamiento o uso está localizada a menos de 23 63.3.8.2.1.1 Las cabinas de gas deberán estar de acuerdo m (75 pies) de un edificio no relacionado con la fabricación con la Sección 6.18 de NFPA 55. [55:7.9.2.1(A)] o distribución de gases comprimidos tóxicos y altamente tóxicos, no deberán permitirse otras aberturas en el edificio 63.3.8.2.1.2 Los cerramientos de escape deberán estar de que no sean para tubería por encima de la altura de la parte acuerdo con la Sección 6.19 de NFPA 55. [55:7.9.2.1 (B)] superior de la barrera cortafuego con una clasificación de resistencia de 2 horas o dentro del espacio horizontal de 15 63.3.8.2.1.3 Las salas de gas deberán estar de acuerdo con m (50 pies) del área de almacenamiento, sin importar si las la Sección 6.4 de NFPA 55. [55:7.9.2.1(C)] aberturas están protegidas por la barrera cortafuego. [55:7.9.2.2.2] 63.3.8.2.2 Distancia hasta las Exposiciones. El almacenamiento o uso a la intemperie de gases tóxicos y altamente 63.3.8.2.4 Entradas de Aire. El almacenamiento y uso de tóxicos no deberá estar dentro del espacio de 23 m (75 pies) gases comprimidos tóxicos y altamente tóxicos no deberán de las líneas de propiedad, calles, callejones, vías públicas, estar ubicados a menos de 23 m (75 pies) de las entradas de medios de egreso o edificios no asociados con dicho almaaire. [55:7.9.2.3] cenamiento o uso. [55:7.9.2.2] 63.3.8.3 Sistemas de Tratamiento. Los servicios de trata- 63.3.8.2.2.1 En lugar de la distancia de 23 m (75 pies), debemiento, excepto lo estipulado en 63.3.8.3.1 a 63.3.8.3.2.3 rá permitirse la existencia de un tabique cortafuego sin aber- (B), los cabinas de gas, cerramientos de escape y salas de turas ni penetraciones con una clasificación de resistencia al gas que contienen gases tóxicos y altamente tóxicos debefuego de 2 horas y que se extienda mínimo 762 mm (30 rán contar con ventilación eductora, con todos los escapes pulg.) por encima y hacia los lados del área de almacenadirigidos hacia un sistema de tratamiento diseñado para miento o uso, que interrumpa el eje de visión entre el área de procesar las fugas accidentales de gas. [55:7.9.3] almacenamiento o uso y le exposición. [55:7.9.2.2.1] Edición 2003 GASES COMPRIMIDOS Y FLUIDOS CRIOGÉNICOS 1-339 63.3.8.3.1 Almacenamiento de Gases Tóxicos y aguas residuales, la válvula automática deberá cerrarse si la Altamente Tóxicos. Los sistemas de tratamiento no debeconcentración de gases detectados por el sistema de detecrán requerirse para el almacenamiento de gases tóxicos y ción de gas alcanza la mitad del IDHL. [55:7.9.3.2.2(C)] altamente tóxicos cuando los cilindros, recipientes y tanques cuentan con los controles especificados en 63.3.8.3.1.1 (D) El sistema de detección de gas también deberá alertar a las a 63.3.8.3.1.3. [55:7.9.3.1] personas en el sitio y encargados que no se encuentren allí cuando las concentraciones de gas en el área de almacena- 63.3.8.3.1.1 Válvulas de Salida Protegidas. Las válvulas miento o uso alcancen los niveles OSHA, PEL, OSHA de de salida deberán estar equipadas con tapones y / o tapas de nivel de techo o LECP para el gas utilizado. [55:7.9.3.2.2 (D)] salida, clasificadas para la presión de servicio del recipiente. 63.3.8.3.2.3 Diseño y Desempeño de Sistemas de 63.3.8.3.1.2 Ruedas Manuales Aseguradas. Cuando exis- Tratamiento. Los sistemas de tratamiento deberán estar en ten, las válvulas accionadas con ruedas manuales deberán capacidad de diluir, absorber, contener, neutralizar, quemar estar aseguradas para evitar su movimiento. [55:7.9.3.1.2] o procesar de alguna otra forma los gases tóxicos y/o gases altamente tóxicos. [55:7.9.3.3] 63.3.8.3.1.3 Aparatos de Contención Disponibles. Deberán proveerse recipientes o sistemas de contención (A) Cuando se use un sistema de contención total, el sistecilíndricos en una ubicación apropiada. [55:7.9.3.1.3] ma deberá diseñarse para manejar la presión de liberación máxima presumida hacia el sistema cuando logra un equili- 63.3.8.3.2 Uso de Gases Tóxicos. No deberán requerirse brio. [55:7.9.3.3(A)] sistemas de tratamiento de gases tóxicos en uso cuando los cilindros, recipientes y tanques están provistos de los con- (B) Los sistemas de tratamiento deberán tener la capacidad troles especificados en 63.3.8.3.2.1 y 63.3.8.3.2.2. de reducir las concentraciones de descarga permitidas a la [55:7.9.3.2] mitad del límite inmediatamente peligroso para la vida humana y la salud en el punto de descarga. [55:7.9.3.3 (B)] 63.3.8.3.2.2 Detección de Gases. 63.3.8.3.3 Tamaño del Sistema de Tratamiento. (A) Deberá proveerse un sistema de detección de gas con un intervalo de detección no superior a 5 minutos. 63.3.8.3.3.1 Peor Caso de Liberación de Gas. Los siste- [55:7.9.3.2.1.1] mas de tratamiento deberán tener el tamaño suficiente para procesar el peor caso de fuga de gas de acuerdo con el (B) El sistema de detección de gases deberá monitorear el máximo índice de flujo desde el recipiente más grande utisistema de escape desde la cabina de gas, cerramiento de lizado de acuerdo con 7.9.3.5 of NFPA 55. [55:7.9.3.4.1] escape o sala de gas en el punto de descarga. [55:7.9.3.2.1.2] 63.3.8.3.3.2 El Recipiente Más Grande de Gas Comprimido. Deberán tenerse en cuenta los contenidos del 63.3.8.3.2.2 Válvula de Cierre Automático de Seguridad recipiente individual de gas comprimido más grande. Garantizada. Una válvula de cierre automático de seguri- [55:7.9.3.4.2] dad garantizada aprobada deberá estar ubicada inmediatamente adyacente a y corriente debajo de las válvulas activas 63.3.8.3.3.3 Operaciones Asistidas Método de los cilindros, recipientes o tanques. [55:7.9.3.2.2] Alternativo de Medición del Sistema. Cuando los cilindros, recipientes y tanques de origen son usados en opera- (A) La válvula de seguridad garantizada deberá cerrarse ciones asistidas de los procesos, con un operador presente cuando el sistema detecte gas en el límite permitido de en el cerramiento donde ocurre la actividad, el volumen de exposición, en el límite de exposición de término corto la descarga deberá limitarse a la cantidad estimada que se (LETC), o en el límite del techo. [55:7.9.3.2.2(A)] libera del sistema de tubería del proceso por un periodo no superior a 5 min. Dichos sistemas de tubería de proceso (B) Para las operaciones vigiladas, deberá permitirse una deberán cumplir con los requisitos de 63.3.8.3.4.3 (A) a válvula de cierre manual cuando esté de acuerdo con 63.3.8.3.4.3 (E). [55:7.9.3.4.3.1; 55:7.9.3.4.3.2] 63.3.8.3.3.3. [55:7.9.3.2.2 (B)] (A) Escape Local. Todas las operaciones de transferencia (C) Para gases empleados en operaciones sin asistencia del de gas deberán llevarse a cabo dentro de una zona de escapersonal por razones de protección de la salud pública, tales pe local conectada a una planta de tratamiento. como el uso de cloro en sitios de tratamiento de agua o [55:7.9.3.4.3.2(A)] Edición 2003 1-340 CÓDIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCEN TM (B) Detección de Gases. La detección de gases deberá determinada por el flujo máximo posible desde una válvula usarse con el fin de proveer un aviso para alertar a los opedeterminada de acuerdo con la siguiente fórmula: radores acerca de la emisión de gases en el interior de la zona del escape local y también deberán aplicarse los siguientes requisitos: CFM+ (767 xAxP) (28.96/MW)¹² 60 (1) El sistema deberá tener capacidad para detectar gases en el límite de exposición permitido o límite del techo para el gas que se encuentre en procesamiento. Donde: (2) La activación del sistema de detección de gas debe- CFM = Pies cúbicos normalizados por minuto del gas almará proveer una alarma local. [55:7.9.3.4.3.2 (B)] cenado en condiciones de flujo. A = Área del orificio en pulgadas cuadradas. (Ver la (C) Apagado del proceso. Todas las operaciones relacionatabla A.63.3.8.3.5 para las áreas de orificios típidas con el gas detectado deberán apagarse y las fugas debecos de flujo restringido). rán ser reparadas. [55:7.9.3.4.3.2(C)] P = Presión del suministro de gas a TPN en libras por pulgada cuadrada absoluta. (D) Construcción del Sistema de Tubería. Los sistemas de PM = Peso molecular. Para las mezclas, deberá usarse el tubería utilizados para el transporte de gases deberán tener promedio de los pesos moleculares. [55:7.9.3.6.1] una construcción soldada en toda su extensión, a excepción de los accesorios usados para conectar los cilindros, reci- 63.3.8.4 Cilindros, Recipientes y Tanques con Fugas. pientes y tanques o cualquier combinación de estos con el Cuando se usan cilindros, recipientes o tanques a la intemsistema de procesamiento. [55:7.9.4.3.2 (D)] perie en cantidades que exceden aquellas especificadas en la columna para áreas sin rociadores (no protegidas por (E) Los sistemas de tubería deberán permitir un acceso fácil cabinas de gases o cerramientos de escape) en la Tabla a los controles de apagado manual. [55:7.9.3.4.3.2(E)] 63.2.1.1, deberá proveerse una cabina de gas, cerramiento de escape, recipiente o sistema de contención para contro- 63.3.8.3.4 Velocidad de Liberación. El tiempo de liberalar las fugas de los cilindros, recipientes o tanques con ción deberá estar de acuerdo con la Tabla 63.3.8.3.4 para el fugas de acuerdo con lo establecido en 63.3.8.4.1 hasta tipo de recipiente indicado. [55:7.9.3.5] 63.3.8.4.2.3. Tabla 63.3.8.3.4 Velocidades de Liberación 63.3.8.4.1 Cabinas de Gas 0 Cerramientos de Escape. No licuado Licuado Cuando se provean cabinas de gas o cerramientos de esca- Tipo de Recipiente (minutos) (minutos) pe disponibles para manejar las fugas desde cilindros, reci- Cilindros sin 5 30 pientes o tanques, deberá proveerse un sistema de ventilaorificios de flujo ción eductora dirigido hacia una planta de tratamiento de restringido acuerdo con las normas de 63.3.8.3 a 63.3.8.3.5. Tanques portátiles 40 240 [55:7.9.4.1] sin orificios de flujo restringido 63.3.8.4.2 Recipientes 0 Sistemas de Contención. Todos los demás Basado en el pico Basado en el pico Cuando se cuenta con sistemas o recipientes de contención, de flujo desde el de flujo desde el éstos deberán cumplir con los requisitos de 63.3.8.4.2.1 a orificio máximo orificio máximo de la válvula de la válvula 63.3.8.4.2.3 [55:7.9.4.2] Fuente: Tabla 7.9.3.5 de NFPA 55 63.3.8.4.2.1 Desempeño. Los sistemas o recipientes de contención deberán tener capacidad suficiente para contener completamente o finalizar una fuga. [55:7.9.4.2.1] 68.3.8.3.5* Velocidad Máxima del Flujo de Liberación. Para los cilindros, de acuerdo con la estimación de la des- 63.3.8.4.2.2 Personal. En una ubicación apropiada, se carga total del cilindro dentro de un tiempo específico. deberá contar con un grupo de personal calificado en la ope- [55:7.9.3.6] ración del sistema o recipiente de contención. [55:7.9.4.2.2] 63.3.8.3.5.1 Cuando los cilindros, recipientes y tanques 63.3.8.4.2.3 Ubicación. Los recipientes o sistemas de conportátiles están equipados con orificios de flujo reducido, la tención deberán poder ser transportados al cilindro, recivelocidad de liberación en el peor de los casos deberá estar piente o tanque que tiene la fuga. [55:7.9.4.2.3] Edición 2003 GASES COMPRIMIDOS Y FLUIDOS CRIOGÉNICOS 1-341 63.3.8.5 Energía de Emergencia. flujo del gas relacionado con el sistema que está siendo monitoreado. [55:7.9.6.4] 63.3.8.5.1 Generalidades. La energía de emergencia deberá cumplir con los requisitos de 7.95. NFPA 55 de acuerdo 63.3.8.6.4.1 No deberá requerirse un cierre automático para con NFPA 70, National Electrical Code®. [55:7.9.5.1] los reactores utilizados para la producción de gases tóxicos o altamente tóxicos cuando dichos reactores funcionan a 63.3.8.5.2 Alternativa para la Energía de Emergencia. presiones inferiores a 29,7 psia (15 psig) (103,4 kPa), están No deberá requerirse energía de emergencia cuando se atendidos constantemente y cuentan con válvulas de cierre cuenta con ingeniería de seguridad garantizada para la vende emergencia de fácil acceso. [55:7.9.6.4.1] tilación eductora mecánica, sistemas de tratamiento y control de temperatura; y se provee energía de reserva para los 63.3.8.6.5 Puntos de Detección. La detección deberá prosistemas alternativos que utilizan energía eléctrica. veerse en las ubicaciones especificadas en 63.3.8.6.5.1 a [55:7.9.5.2] 63.3.8.6.5.3. [55:7.9.6.5] 63.3.8.5.3 Cuando sea Requerido. Deberá proveerse ener- 63.3.8.6.5.1 Descarga del Sistema de Tratamiento. La gía de emergencia para los siguientes sistemas: detección deberá proveerse en el punto de descarga del sistema de tratamiento. [55:7.9.6.5.1] (1) Ventilación de extracción (2) Sistema de tratamiento 63.3.8.6.5.2 Puntos de Uso. La detección deberá proveer- (3) Sistema de detección de gas se en el área o cuarto en el cual el gas es usado. (4) Sistema de control de temperatura [55:7.9.6.5.2] (5) Sistema de alarma contra incendios (6) Sistema de alarma de emergencia [55:7.9.5.3] 63.3.8.6.5.3 Fuente. La detección deberá proveerse desde el cilindro, recipiente o tanque de origen que usado para el 63.3.8.5.4 Nivel. Los sistemas de energía de emergencia envío gases hasta el punto de uso. [55:7.9.6.5.3] deberán cumplir con los requisitos para un sistema Nivel 2 de acuerdo con NFPA 110, Standard for Emergency and 63.3.8.6.5.4 Almacenamiento. La detección deberá prove- Standby Power Systems. [55:7.9.5.4] erse en el cuarto o área en el cual el gas está almacenado. [55:7.9.6.5.4] 63.3.8.6 Detección de Gas. Exceptuando lo señalado en 63.3.8.6.1, deberá proveerse un sistema continuo de detec- 63.3.8.6.6 Nivel de Detección. El sistema de detección de ción de gas que esté de acuerdo con los requisitos de gas deberá detectar la presencia de gases en o por debajo del 63.3.8.6.2 a 63.3.8.6.6 para el almacenamiento o uso intelímite de exposición permitido o límite del techo para los rior de gases comprimidos tóxicos o altamente tóxicos. puntos identificados en 63.3.8.6.5.2 y en 63.3.8.6.5.3, y en [55:7.9.6] mínimo la mitad del nivel inmediatamente peligroso para la vida humana y la salud (IPVS) para aquellos puntos identi- 63.3.8.6.1 Cuando el Sistema de Detección de Gases no ficados en 63.3.8.6.5.1. [55:7.9.6.6] sea Requerido. No deberá requerirse un sistema de detección de gases para los gases tóxicos cuando las propiedades 63.3.8.7 Sistema Automático de Detección de Humo. de alerta fisiológica para el gas están en un nivel inferior al Deberá proveerse un sistema de detección automática de límite de exposición permitida o límite de techo aceptado incendios para el almacenamiento o uso interior de gases para el gas. [55:7.9.6.1] comprimidos altamente tóxicos de acuerdo con NFPA 72, National Fire Alarm Code®. [55:7.9.7] 63.3.8.6.2 Alarma Local. El sistema de detección de gas deberá iniciar una alarma local visible y audible. 63.3.9 Gases Reactivos Inestables (No Detonantes). El [55:7.9.6.2] almacenamiento o uso de gases reactivos inestables (No detonantes) en cantidades que exceden los límites para 63.3.8.6.3 Alarma con Monitoreo. El sistema de detecgases que requieren disposiciones especiales según lo especión de gas deberá transmitir una señal a una estación de cificado en la Tabla 63.2.1.1 deberá estar de acuerdo con los control constantemente atendida cuando las cantidades Capítulos 1 a 6, Secciones 7.1 a 7.3 y la Sección 7.10 de exceden la de un cilindro de gas tóxico o altamente tóxico NFPA 55. [55:7.10] comprimido. [55:7.9.6.3] 63.3.9.1 Distancias hasta las Exposiciones para Gases 63.3.8.6.4 Cierre Automático. La activación del sistema Clase 2. El almacenamiento o uso a la intemperie de gases de detección de gases deberá cerrar automáticamente el Edición 2003 1-342 GO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INC OS TM comprimidos inestables reactivos Clase 2 no deberá estar a 63.3.9.3 Configuración del Almacenamiento. Los gases menos de 23 m (75 pies) de edificios, limites de propiedad reactivos inestables Clase 3 almacenados en cilindros, recicalles, callejones, vías públicas o medios de egreso. pientes 0 tanques deberán estar dispuestos para limitar el [55:7.10.1] grupo individual de cilindros, recipientes o tanques a áreas que no excedan 9,3m² (100 pies²). Las áreas múltiples debe- 63.3.9.1.1 En lugar de la distancia de 23 m (75 pies), deberán estar separadas por pasillos. El ancho de los pasillos no rá permitirse un tabique cortafuego con clasificación de 2 deberá ser inferior a la altura de los cilindros, recipientes o horas de resistencia sin aberturas ni penetraciones y que se tanques o 1,2 m (4 pies), la que sea mayor. [55:7.10.3] extienda mínimo de 762 mm (30 pulg) por encima y hacia los lados del área de uso o almacenamiento. [55:7.10.1.1] 63.3.9.4 Sótanos. Los gases reactivos inestables no deberán almacenarse en sótanos. [55:7.10.4] 63.3.9.1.1.2 La barrera cortafuego con clasificación de 2 horas deberá ubicarse al menos a 1,5 m (5 pies) de cualquier 63.3.9.5 Gases Reactivos Inestables (Detonantes). exposición. [55:7.10.1.1.2] 63.3.9.5.1 Almacenamiento 0 Uso. El almacenamiento o 63.3.9.1.1.3 La barrera cortafuego con clasificación de uso de gases reactivos inestables (detonantes) que exceden resistencia de 2 horas no deberá tener más de dos lados en los límites de cantidad para gases que requieren disposiciodirecciones aproximadas a 1.57 rad (90 grados) o máximo nes especiales según lo especificado en la Tabla 63.2.1.1 tres lados con ángulos de conexión de aproximadamente deberá estar de acuerdo con los Capítulos 1 a 6, Secciones 2,36 rad (135 grados). [55:7.10.1.1.3] 7.1 a 7.3 y la Sección 7.10 de NFPA 55. [55:7.10.5.1] 63.3.9.2 Distancias hasta las Exposiciones para Gases 63.3.9.5.2 Ubicación. La ubicación de las áreas de almace- Clase 3. El almacenamiento o uso a la intemperie de gases namiento deberá determinarse por los requisitos del Código comprimidos inestables reactivos Clase 2 no deberá estar a de construcción para materiales explosivos. [55:7.10.5.2] menos de 23 m (75 pies) de edificios, limites de propiedad, calles, callejones, vías públicas o medios de egreso. 63.4 Fluidos Criogénicos. [55:7.10.2] 63.4.1 Generalidades. El almacenamiento, uso, y manipu- 63.3.9.2.1 En vez de la distancia de 23 m (75 pies), deberá lación de fluidos criogénicos deberá estar de acuerdo con el permitirse un tabique cortafuego con clasificación de 2 Capítulo 1 a Capítulo 6 de NFPA 55 y la Sección 63.4. horas de resistencia sin aberturas ni penetraciones y que se [55:8.1] extienda mínimo 762 mm (30 pulg.) por encima y hacia los lados, y que interrumpa el eje de visión entre el área de 63.4.1.1 Recipientes con Contenidos Residuales. Los almacenamiento o uso y la exposición. [55:7.10.2.1] recipientes parcialmente llenos que contienen fluidos criogénicos residuales deberán considerarse como llenos para 63.3.9.2.1.1 Deberá permitirse que el tabique cortafuego sea los propósitos de los controles requeridos. [55:8.1.1] una estructura independiente o el muro exterior del edificio adyacente al área de almacenamiento o uso. [55:7.10.2.1.1] 63.4.2 Recipientes Diseño y Construcción. Los recipientes empleados para el almacenamiento o uso de fluidos 63.3.9.2.1.2 La barrera cortafuego con clasificación de 2 criogénicos deberán diseñarse, fabricarse, probarse y marhoras de resistencia deberá ubicarse al menos a 1,5 m (5 carse (sellarse) con los requisitos de DOT, Transport pies) de cualquier exposición. [55:7.10.1.1.2] Canada (TC) Transportation of Dangerous Goods Regulations, o ASME Boiler and Pressure Vessel Code, 63.3.9.2.1.3 La barrera cortafuego con clasificación de 2 "Rules for the Construction of Unfired Pressure Vessels," horas de resistencia no deberá tener más de dos lados en Sección VIII. [55:8.2] direcciones aproximadas a 1,57 rad (90 grados) o máximo tres lados con ángulos de conexión de aproximadamente 63.4.2.1 Recipientes No Normalizados. 135 grados (2,36 rad).. [55:7.10.1.1.3] 63.4.2.1.1 Los recipientes, equipos y dispositivos que no 63.3.9.2.1.4 Deberá permitirse que el tabique cortafuego están de acuerdo con las normas reconocidas de diseño y sea una estructura independiente o el muro exterior del ediconstrucción deberán permitirse cuando están aprobados ficio adyacente al área de almacenamiento o uso. por la autoridad competente por la presentación de eviden- [55:7.10.2.1.4] cia de que están diseñados y construidos para funcionar de manera segura. [55:8.2.1.1] Edición 2003 GASES COMPRIMIDOS Y FLUIDOS CRIOGÉNICOS 1-343 63.4.2.1.2 Los siguientes datos deberán ser enviados a la 63.4.2.4 Dispositivos de Alivio de Presión. autoridad competente con referencia a las desviaciones de la norma con la solicitud de aprobación: 63.4.2.4.1 Generalidades. (1) Tipo y uso del recipiente, equipo o dispositivo 63.4.2.4.1.1 Deberán proveerse dispositivos de alivio de (2) Material que debe ser almacenado, usado o transportado presión para evitar que se rompan los recipientes y sistemas (3) Descripción que indique las dimensiones y materiales que contienen fluidos criogénicos en caso de un exceso de usados en la construcción presión. [55:8.2.4.1.1] (4) Presión presumida, máxima presión de funcionamiento y prueba de presión. 63.4.2.4.1.2 Los dispositivos de alivio de presión deberán (5) Tipo, tamaño y especificaciones para los dispositivos de diseñarse de acuerdo con CGA S-1.2, Pressure Relief alivio de presión [55:8.2.1.2] Device Standards- Parte 2 Cargo and Portable Tanks for Compressed Gases, para tanques portátiles y CGAS-1.3, 63.4.2.2 Recipientes de Concreto. Pressure Relief Device Standards-Part 3-Stationary Storage Containers for Compressed Gases, para tanques 63.4.2.2.1 Los recipientes de concreto deberán estar construiestacionarios. [55:8.2.4.1.2] dos de acuerdo con el Código de construcción. [55:8.2.2.1] 63.4.2.4.2 Recipientes Abiertos a la Atmósfera. No debe- 63.4.2.2.2 Los materiales para barreras y membranas usará requerirse que los recipientes portátiles abiertos a la dos al mismo tiempo con concreto, pero sin función estrucatmósfera y diseñados para contener fluidos criogénicos a tural, deberán ser de materiales recomendados por las norpresión atmosférica estén equipados con dispositivos de mas nacionalmente reconocidas. [55:8.2.2.2] liberación de presión. [55:8.2.4.2] 63.4.2.3 Cimentación y Soportes. Los tanques estacio- 63.4.2.4.3 Equipos Diferentes a los Recipientes. Los narios deberán estar provistos de cimientos de concreto o intercambiadores de calor, vaporizadores, envolturas aislanmampostería o soportes estructurales de acero sobre tes que rodean los recipientes, recipientes y sistemas de cimientos de concreto firme o mampostería y también debetubería coaxiales en los cuales los fluidos criogénicos licuarán aplicarse los siguientes requisitos: [55:8.2.3] dos pueden quedar atrapados debido a una fuga del recipiente principal deberán estar provistos de un dispositivo de (1) Los tanques estacionarios deberán estar apoyados para alivio de presión. [55:8.2.4.3] prevenir la concentración de cargas excesivas en la parte de soporte de la loza delgada reforzada [55:8.2.3.1] 63.4.2.4.4 Tamaños. (2) Los cimientos para recipientes horizontales deberán estar construidos para acomodarse a la expansión y con- 63.4.2.4.4.1 Los dispositivos de alivio de presión deberán tracción del recipiente [55:8.2.3.2] tener un tamaño acorde con las especificaciones para las (3) Deberán proveerse cimientos para sostener el peso cuales el recipiente fue fabricado. [55:8.2.4.4.1] de los vaporizadores y/o intercambiadores de calor [55:8.2.3.3] 63.4.2.4.4.2 El dispositivo de alivio de presión deberá tener la capacidad de evitar que se exceda la presión máxima pre- 63.4.2.3.1 Efectos de la Temperatura. Cuando los sistesumida del recipiente o sistema. [55:8.2.4.4.2] mas de drenaje, el terreno o las superficies por debajo de los tanques estacionarios estén dispuestos de manera que pue- 63.4.2.4.5 Accesibilidad. Los dispositivos de alivio de dan someter los cimientos o soportes de los tanques estaciopresión deberán estar ubicados de manera que sean accesinarios a temperaturas inferiores -90°C (-130°F), los cimienbles para su inspección y reparación. [55:8.2.4.5] tos o soportes deberán estar construidos con materiales capaces de resistir los efectos de temperatura baja del derra- 63.4.2.4.6 Disposición. me de fluido criogénico. [55:8.2.3.4] 63.4.2.4.6.1 Dispositivos de Alivio de Presión. Los dispo- 63.4.2.3.2 Protección contra la Corrosión. Las partes de sitivos de alivio de presión deberán estar ubicados para que los tanques estacionarias en contacto con los cimientos o puedan descargar sin obstrucciones al aire libre de tal forma soportes deberán estar pintadas para proteger los tanques que se evite el contacto del gas que se está escapando con contra la corrosión. [55:8.2.3.5] el personal, recipientes, equipos o estructuras adyacente, o que entre a espacios cerrados. [55:8.2.4.6.1] Edición 2003 1-344 CÓDIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM 63.4.2.4.6.2 Recipientes Portátiles con un Volumen a la de la abertura de ventilación dispositivos de alivio de Inferior a 0,057 m³ (2 pies³). presión y deberá estar ubicada de manera que no impida el flujo del gas que se escapa. [55:8.3.2] (A) La disposición de la descarga desde los dispositivos de alivio de presión desde los recipientes especificados DOT 63.4.3.3 Ubicación. La tubería de ventilación del disposicon un volumen interno de agua igual o inferior a 0,057 m³ tivo de alivio de presión y los drenajes en las tuberías de (2,0 pies³) deberá estar incorporada en el diseño del reciventilación deberán disponerse de manera que la descarga piente. [55:8.2.4.6.2.1] salga sin obstrucciones hacia el aire libre y no tenga contacto con el personal, recipientes, equipos y estructuras adya- (B) No deberán requerirse otras medidas de seguridad adiciocentes ni que entre a espacios cerrados. [55:8.3.3] nales referentes a la ubicación o disposición. [55:8.2.4.6.2.2] 63.4.3.4 Instalación. Las tuberías de ventilación de los dis- 63.4.2.4.7 Cierres entre los Aparatos para la Liberación positivos de alivio de presión deberán instalarse manera que de Presión y los Recipientes. excluyan o retiren la humedad y la condensación para evitar el mal funcionamiento del dispositivos de alivio de pre- 63.4.2.4.7.1 Generalidades. Las válvulas de cierre instalasión debido al congelamiento o acumulación de hielo. das entre los aparatos para la liberación de presión y los [55:8.3.4] recipientes deberán cumplir con 63.4.2.4.7 a 63.4.2.4.7.2 (B). [55:8.2.4.7.1] 63.4.3.5 Sobrellenado. Deberán proveerse controles para prevenir el sobrellenado de los recipientes estacionarios. 63.4.2.4.7.2 Localización. Las válvulas de cierre no debe- [55:8.3.5] rán ubicarse entre los aparatos para la liberación de presión y los recipientes a menos que las válvulas o su uso cumplan 63.4.4 Señalización. con los requisitos de 63.4.2.4.7.2(A) o 63.4.2.4.7.2 (B). [55:8.2.4.7.2] 63.4.4.1 Generalidades. Los recipientes y sistemas criogénicos deberán estar marcados de acuerdo con las normas (A) Seguridad. Las válvulas de cierre deberán de ser de un nacionalmente reconocidas y de acuerdo con 63.4.4 a tipo de bloqueo y su uso deberá limitarse al trabajo relacio- 63.4.4.6. [55:8.4.1] nado por el servicio llevado a cabo por el proveedor bajo los requisitos de ASME Boiler and Pressure Vessel Code. 63.4.4.1.1 Recipientes Portátiles. Los recipientes para [55:8.2.4.7.2.1] criogénicos portátiles deberán estar marcados de acuerdo con CGA C-7, Guide to the Preparation of Precautionary (B) Aparatos Múltiples de Alivio de Presión. Las válvu- Labeling and Marking of Compressed Gas Containers. las de cierre que controlan dispositivos múltiples de alivio [55:8.4.1.1] de presión en un recipiente deberán ser instaladas de manera que el tipo de válvula instalada o su ubicación provea el 63.4.4.1.2 Tanques Estacionarios. Los tanques estacionaflujo total requerido por medio de la cantidad mínima de rios deberán estar marcados de acuerdo con NFPA 704, aparatos de alivio de presión instalados en todo momento. Standard System for the Identification of the Hazards of [55:8.2.4.7.2.2] Materials for Emergency Response. [55:8.4.1.2] 63.4.2.4.8 Límites de Temperatura. Los dispositivos de 63.4.4.1.3 Señales de Identificación. Deberán proveeralivio de presión no deberán estar sujetos a las temperaturas se señales visibles de identificación de riesgo de acuerdo de los fluidos criogénicos excepto cuando se encuentran en con NFPA 704, Standard System for the Identification of the funcionamiento. [55:8.2.4.8] Hazards of Materials for Emergency Response, en las entradas a edificios o áreas en los cuales se almacenen, manejen 63.4.3 Tubería de Ventilación de Alivio de Presión. o usen fluidos criogénicos. [55:8.4.1.3] 63.4.3.1 Generalidades. Los sistemas de tubería de venti- 63.4.4.2 Identificación de los Contenidos. Los recipientes lación de alivio de presión deberán construirse y ubicarse estacionarios deberán tener carteles con la identificación de para dirigir el flujo de gas hacia un lugar seguro y de acuersus contenidos para indicar el nombre del material contenido con 63.4.3 a 63.4.3.5. [55:8.3.1] do. [55:8.4.2] 63.4.3.2 Tamaño. La tubería de ventilación de alivio de 63.4.4.3 Especificación del Recipiente. Los recipientes presión deberá tener un área de corte transversal no inferior estacionarios deberán estar marcados con las especificacio- Edición 2003 EXPLOSIVOS, FUEGOS ARTIFICIALES Y COHETES 1-345 nes del fabricante y la presión de trabajo máxima permitida 63.4.5.3.1 Los recipientes portátiles sujetos a cambios en una placa de identificación permanente. [55:8.4.3] de ubicación o a ser derribados deberán asegurarse. [55:8.5.3(A)] 63.4.4.3.1 La placa de identificación deberá estar instalada sobre el recipiente en una ubicación accesible. [55:8.4.3(A)] 63.4.5.3.2 Los empalmes deberán estar permitidos como medio para asegurar los recipientes portátiles. [55:8.5.3 (B)] 63.4.4.3.2 La placa de identificación deberá estar marcada de acuerdo con las normas nacionalmente reconocidas. 63.4.5.4 Fijación de los Vaporizadores. Los vaporizado- [55:8.4.3 (B)] res, intercambiadores de calor y equipos similares deberán fijarse a los cimientos y sus tuberías de conexión deberán 63.4.4.4 Identificación de las Conexiones del Recipiente. diseñarse y construirse para acomodarse a los efectos de expansión y contracción causados por cambios de tempera- 63.4.4.4.1 Las conexiones de entrada y salida del recipientura. [55:8.5.4] te, controles del límite del nivel de líquido, válvulas e indicadores de presión deberán identificarse usando uno de los 63.4.5.5 Protección Física. Los recipientes, tuberías, válsiguientes métodos. [55:8.4.4.1] vulas, dispositivos de alivio de presión, equipos de regulación y otros accesorios deberán estar protegidos contra 63.4.4.4.1.1 Deberán estar marcados con una etiqueta o daños físicos y manipulación. [55:8.5.5] sello permanente que identifique su función. [55:8.4.4.1(A)] 63.4.6 Separación de las Condiciones Peligrosas. 63.4.4.4.1.2 Deberán identificarse mediante un dibujo esquemático que indique su función y designe si están 63.4.6.1 Generalidades. Los sistemas y recipientes para conectadas al espacio de vapor o líquido del recipiente. criogénicos en almacenamiento o uso deberán separarse de [55:8.4.4.1 (B)] los materiales y condiciones que presentan riesgos de exposición entre sí acuerdo con la Sección 8.6 de NFPA 55. 63.4.4.4.2 Cuando se provea dibujo esquemático, éste [55:8.6.1] deberá estar adherido al recipiente y deberá mantenerse en una condición legible. [55:8.4.4.2] 63.4.6.2 Recipientes para criogénicos Fijos. Los recipientes estacionarios ubicados a la intemperie deberán 63.4.4.5 Identificación de los Sistemas de Tubería. Los estar separados de los riesgos de exposición de acuerdo con sistemas de tubería deberán identificarse de acuerdo con las distancias de separación mínima indicadas en la Tabla ASME A13.1, Scheme for the Identification of Piping 63.4.6.2. [55:8.6.2] Systems. [55:8.4.5] Tabla 63.4.6.2 Distancia de Separación Mínima entre los 63.4.4.6 Identificación de las Válvulas de Cierre de Recipientes para criogénicos Estacionarios y las Emergencia. Las válvulas de cierre de emergencia en los Exposiciones. recipientes estacionarios deberán identificarse, hacerse visi- Exposición Distancia Mínima bles e indicarse mediante una señal. [55:8.4.6] pies m Edificios sin importar el tipo 1 0,3 63.4.5 Seguridad. de construcción Aberturas en muros 1 0,3 63.4.5.1 Generalidades. Los recipientes y sistemas criogé- Tomas de aire 10 3,1 nicos deberán asegurarse contra cambios de sitio accidenta- Límites de propiedad 5 1,5 les y contra el acceso de personal no autorizado de acuerdo Lugares para reuniones 50 15,0 con 63.4.5. [55:8.5.1] públicas Áreas para pacientes no 50 15,0 63.4.5.2 Seguridad de las Áreas. Las áreas usadas para el ambulatorios almacenamiento de recipientes y sistemas deberán asegu- Materiales combustibles tales 15 4,5 rarse contra el ingreso no autorizado. [55:8.5.2] como papel, hojas, maleza, pasto seco o desechos 63.4.5.3 Aseguramiento de los Recipientes. Los recipien- Materiales peligrosos 20 6,1 tes estacionarios deberán estar fijados a los cimientos de incompatibles acuerdo con el Código de construcción. [55:8.5.3] Fuente: Tabla 8.6.2 de NFPA 55 Edición 2003 1-346 UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE OS TM 63.4.6.2.1 Puntos de las Conexiones de Llenado. Los pun- 63.4.7.3 Uniones y Polos a Tierra Eléctricos. Los recitos de transferencia remota y puntos de conexión de llenapientes y sistemas no deberán usarse para la puesta a tierra. do no deberán ubicarse más cerca de las exposiciones que [55:8.7.3] las distancias establecidas para recipientes estacionarios según lo indicado en la Tabla 63.4.6.2. [55:8.6.2.1] 63.4.7.3.1 Cuando se requieran uniones y polos a tierra eléctricos, el sistema deberá cumplir con NFPA70, National 63.4.6.2.2 Superficies Debajo de los Recipientes. La Electrical Code®. [55:8.7.3(A)]63.4.7.3.2, El sistema de superficie del área en la cual se ubican los recipientes estapolo a tierra eléctrico deberá protegerse contra la corrosión, cionarios, incluyendo la superficie del área localizada debaincluyendo la corrosión causada por corrientes eléctricas jo del punto en el cual se hicieron las conexiones para el lleaisladas. nado de dichos recipientes, deberá ser compatible con el fluido del recipiente. [55:8.6.2.2] 63.4.8 Mantenimiento y Reparación. El mantenimiento, reparación, modificación o retiro de válvulas, dispositivos 63.4.6.3 Recipientes para criogénicos portátiles. de alivio de presión u otros accesorios para recipientes deberán estar de acuerdo con las normas nacionalmente 63.4.6.3.1 Separación de Condiciones Peligrosas. Los reconocidas. [55:8.8] recipientes portátiles ubicados al aire libre deberán separarse de la exposición a riesgos de acuerdo con la Tabla 63.4.8.1 Recipientes. Los recipientes fuera de servicio 63.4.6.3.1. [55:8.6.3.1] deberán manipularse de manera apropiada. [55:8.8.1] Tabla 63.4.6.3.1 Distancia Mínima de Separación Entre los 63.4.8.2 Sistemas. El mantenimiento y reparación de los Recipientes para criogénicos Portátiles y las Exposiciones recipientes o sistemas deberá ser realizado por personal Exposición capacitado de acuerdo con las normas nacionalmente reco- Distancia Mínima pies nocidas y con permiso del dueño del recipiente. [55:8.8.2] m Salidas de edificios 10 3,1 63.4.9 Uso No Autorizado. Los recipientes no deberán Aberturas en muros 10 3,1 usarse para cualquier propósito diferente al de servir como Tomas de aire 10 3,1 recipiente del producto para el cual fue diseñado. [55:8.9] Límites de propiedad 5 1,5 Áreas para pacientes no 3 0,9 63.4.10 Fugas, Daños y Corrosión. ambulatorios Materiales combustibles tales 15 4,5 63.4.10.1 Los recipientes con fugas, dañados o corroídos como papel, hojas, maleza, deberán ponerse fuera de servicio. [55:8.10.1] pasto seco o desechos Materiales peligrosos 20 6,1 incompatibles 63.4.10.2 Los sistemas con fugas, dañados o corroídos deberán reemplazarse, repararse o ponerse fuera de servi- Fuente: Tabla 8.6.3.1 de NFPA 55. cio. [55:8.10.2] 63.4.11 Iluminación. Cuando sea requerido por la autori- 63.4.6.3.2 Superficies Debajo de los Recipientes. La dad competente, deberá proveerse iluminación, incluyendo superficie del área en la cual se ubiquen los recipientes iluminación de emergencia, para los aparatos contra incenfijos, incluyendo la superficie del área localizada por debadio e instalaciones funcionales tales como pasillos, válvulas jo del punto en el cual se hicieron las conexiones para prode control y puertas auxiliares hacia recipientes estacionapósitos de llenado de dichos recipientes, deberá ser comparios. [55:8.11] tible con el fluido del recipiente. [55:8.6.3.2] 63.4.12 Almacenamiento. 63.4.7 Equipo y Cableado Eléctrico. 63.4.7.1 Generalidades. El equipo y cableado eléctricos 63.4.12.1 Almacenamiento Interior. deberán estar de acuerdo con NFPA 70, National Electrical Code, y 63.4.7 a 63.4.7.3. [55:8.7.1] 63.4.12.1.1 Instalaciones. Los recipientes estacionarios en interiores deberán instalarse de acuerdo con los 63.4.7.2 Ubicación. Los recipientes y sistemas no deberán Capítulos 9 y 11 o CGA P-18, Standard for Bulk Inert Gas ubicarse donde puedan formar parte de un circuito eléctri- Systems at Consumer Sites. [55:8.12.1.1] co. [55:8.7.2] Edición 2003 GASES COMPRIMIDOS Y FLUIDOS CRIOGÉNICOS 1-347 63.4.12.1.2 Recipientes Estacionarios. Los recipientes ter de los fluidos que deben ser almacenados. estacionarios deberán estar de acuerdo con 63.4.2 a [55:8.12.2.4.2] 63.4.2.4.8. [55:8.12.1.2] 63.4.13 Uso y Manipulación. 63.4.12.1.3 Fluidos Criogénicos. Los fluidos criogénicos en recipientes estacionarios o portátiles almacenados en 63.4.13.1 Generalidades. El uso o manipulación de reciinteriores deberán almacenarse en edificios, cuartos y áreas pientes o sistemas deberá estar de acuerdo con 63.4.13 a construidas de acuerdo con el código de construcción. 63.4.13.2.4.4 (B). [55:8.13.1] [55:8.12.1.3] 63.4.13.1.1 Diseño. 63.4.12.1.4 Ventilación. La ventilación deberá estar de acuerdo con 63.2.13 a 63.2.13.11. [55:8.12.1.4] 63.4.13.1.1.1 Los sistemas de fluidos criogénicos deberán estar diseñados para su uso propuesto. [55:8.13.1.1.1] 63.4.12.2 Almacenamiento a la Intemperie. 63.4.13.1.1.2 Cuando se han establecido buenas prácticas o 63.4.12.2.1 Generalidades. Los fluidos criogénicos en normas nacionalmente reconocidas para el proceso que se recipientes portátiles o estacionarios almacenados a la utiliza, deberán seguirse dichas prácticas y normas. intemperie deberán estar de acuerdo con 63.4.12.2 a [55:8.13.1.1.2] 63.4.12.2.4.2. [55:8.12.2.1] 63.4.13.1.2 Sistemas de Tubería. Las tuberías y conductos 63.4.12.2.2 Áreas de Diques que Contienen Otros que transportan fluidos criogénicos, incluyendo válvulas, Materiales Peligrosos. Los recipientes de fluidos criogénijuntas y accesorios deberán ser instalados de acuerdo con cos no deberán estar ubicados dentro de áreas de diques con las normas nacionalmente reconocidos y deberán estar de otros materiales peligrosos. [55:8.12.2.2] acuerdo con 63.4.13.1.2 a 63.1.13.1.2.8 (B). [55:8.13.1.2] 63.4.12.2.3 Áreas Sujetas a Inundaciones. Los recipien- 63.4.13.1.2.1 Diseño y Construcción. tes estacionarios ubicados en áreas sujetas a inundaciones deberán estar anclados o elevados de forma segura para (A) Los sistemas de tubería deberán estar diseñados para su evitar que los recipientes se separen de la cimentación o uso propuesto con todos los límites de presión y temperatusoporte. [55:8.12.2.3] ra a las cuales éstos deben someterse. [55:8.13.1.2.1.1] 63.4.12.2.4 Drenaje. (B) Los sistemas de tubería deberán diseñarse y construirse para permitir su expansión, contracción, vibración, instala- 63.4.12.2.4.1 El área que rodea los recipientes estacionación y exposición al fuego. [55:8.13.1.2.1.2] rios y portátiles deberá contar con medios para evitar que la descarga accidental de fluidos ponga en peligro al personal, 63.4.13.1.2.2 Juntas. Las juntas en los conductos y tuberírecipientes, equipos y estructuras adyacentes y evitar que as de recipientes deberán enroscarse, soldarse, soldarse con éstos entren a espacios cerrados. Los recipientes estacionaplata o tener bridas. [55:8.13.1.2.2] rios no deberán estar ubicados donde los fluidos regados o descargados queden retenidos alrededor del recipiente. 63.4.13.1.2.3 Válvulas y Equipos Accesorios. Las válvulas [55:8.12.2.4.1] y equipos accesorios deberán ser aceptables para el uso propuesto a las temperaturas para la aplicación y deberán diseñar- 63.4.12.2.4.2 Deberá permitirse que las disposiciones de se y construirse para resistir la presión máxima a la mínima 63.4.12.2.4.1 sean alteradas o diferidas cuando la autoridad temperatura a la cual son sometidos. [55:8.13.1.2.3] competente determine que el recipiente no constituye un riesgo después de la consideración de características espe- 63.4.13.1.2.4 Válvulas de Cierre en los Recipientes. ciales como las siguientes: Deberán proveerse válvulas de cierre en todas las conexiones de los recipientes, a excepción de los dispositivos de (1) Piedra triturada empleada como vertedero de calor alivio de presión. [55:8.13.1.2.4] (2) Condiciones topográficas (3) Naturaleza de la ocupación (A) Deberán permitirse válvulas de cierre para los recipien- (4) Proximidad a estructuras en la misma propiedad o una tes con dispositivos múltiples de alivio de presión de acueradyacente do con 8.2.4.7 de NFPA 55. [55:8.13.1.2.4(A)] (5) Capacidad y construcción de los recipientes y el carác- Edición 2003 1-348 CÓDIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM (B) Las válvulas de cierre deberán ser accesibles y estar 63.4.13.2.2.2 Separación. Las distancias desde los límites ubicadas tan cerca como sea posible del recipiente. de propiedad, edificios y riesgos de exposición deberán [55:8.13.1.2.4 (B)] estar de acuerdo con la Tabla 63.4.6.2 y Tabla 63.4.6.3.1, y con las disposiciones específicas para materiales en los 63.4.13.1.2.5 Válvulas de Cierre en la Tubería. Capítulos 9 y 11 de NFPA 55 FPA 55, o CGA P-18, Standard for Bulk Inert Gas Systems at Consumer Sites. (A) Deberán instalarse válvulas de cierre en las tuberías [55:8.13.2.2.2] que contienen fluidos criogénicos cuando sea necesario limitar el volumen de líquidos descargados en caso fallas en 63.4.13.2.2.3 Válvulas de Cierre. la tubería o de los equipos. [55:8.13.1.2.5.1] (A) Deberán proveerse válvulas de cierre para cerrar el (B) Las válvulas de alivio de presión deberán estar instalasuministro de fluidos criogénicos en caso de emergencia. das cuando el líquido pueda quedar atrapado entre las vál- [55:8.13.2.2.3.1] vulas de cierre en el sistema de tubería. (Ver 8.2.4 de NFPA 55.) [55:8.13.1.2.5.2] (B) Una válvula de cierre deberá estar ubicada en la misma fuente de suministro y en un punto por donde el sistema 63.4.13.1.2.6 Protección Física y Soporte. entra al edificio. [55:8.13.2.2.3.2] (A) Los sistemas de tubería por encima del terreno deberán 63.4.13.2.3 Llenado y Distribución. sostenerse y protegerse contra los daños físicos. [55:8.13.1.2.6.1] 63.4.13.2.3.1 Generalidades. El llenado y distribución de fluidos criogénicos deberá estar de acuerdo con 63.4.13.2.3 (B) Las tuberías que pasan a través de muros deberán estar a 63.4.13.2.3.4. [55:8.13.2.3.1] protegidas contra los daños mecánicos. [55:8.13.1.2.6.2] 63.4.13.2.3.2 Áreas de Distribución. La distribución de 63.4.13.1.2.7 Protección contra la Corrosión. Los sistefluidos criogénicos asociados con riesgos físicos y para la mas de tubería por encima del terreno sujetos a la corrosión salud deberá realizarse en ubicaciones aprobadas. deberán estar protegidos contra la corrosión. Las tuberías [55:8.13.2.3.2] subterráneas deberán estar protegidas contra la corrosión. [55:8.13.1.2.7] (A) Áreas Interiores de Distribución. La distribución en interiores deberá realizarse en áreas construidas de acuerdo 63.4.13.1.2.8 Pruebas. con el Código de construcción aprobado por la jurisdicción. [55:8.13.2.3.2(A)] (A) Los sistemas de tuberías deberán ensayarse y demostrar que se encuentran libres de fugas luego de su instala- (B) Ventilación. Las áreas interiores donde se distribuyen ción según lo requerido en las normas bajo las cuales éstos fluidos criogénicos deberán estar ventiladas de acuerdo con fueron diseñados y construidos. [55:8.13.1.2.8.1] los requisitos de 63.2.13 a 63.2.13.11 y el Código de mecánica adoptado por la jurisdicción. [55:8.13.2.3.2 (B)] 63.4.13.2 Requisitos Específicos para Materiales. (C) Sistemas de Tubería. Los sistemas de tubería utiliza- 63.4.13.2.1 Uso en Interiores. El uso en interiores de fluidos para el llenado o distribución de fluidos criogénicos dos criogénicos deberá estar de acuerdo con las disposiciodeberán estar diseñados y construidos de acuerdo con nes específicas para materiales en el Capítulo 9 y 11 de 63.4.13.1.2 a 63.4.13.1.2.8 (B). [55:8.13.2.3.2(C)] NFPA 55 o CGA P-18, Standard for Bulk Inert Gas Systems at Consumer Sites, y 63.4.13.2. [55:8.13.2.1] 63.4.13.2.3.3 Áreas de Carga y Descarga de Vehículos. Las áreas de carga y descarga deberán estar construidas de 63.4.13.2.2 Uso a la Intemperie. acuerdo con los requisitos de los Capítulos 9 y 11 de NFPA 55 ó CGA P-18, Standard for Bulk Inert Gas Systems at 63.4.13.2.2.1 Generalidades. El uso de fluidos criogénicos Consumer Sites. [55:8.13.2.3.3] a la intemperie deberá estar de acuerdo con las disposiciones específicas para materiales en el Capítulo 9 y 11 de 63.4.13.2.3.4 Llenado en Exceso. Deberán proveerse con- NFPA 55 o CGA P-18, Standard for Bulk Inert Gas Systems troles para evitar que los recipientes fijos sean llenados en at Consumer Sites, y 63.4.13.2.2. [55:8.13.2.2.1] exceso durante las operaciones de llenado. [55:8.13.2.3.4] Edición 2003 EXPLOSIVOS, FUEGOS ARTIFICIALES Y COHETES 1-349 63.4.13.2.4 Manipulación. 64.2.2 Reducción de la Distancia. Deberá permitirse un muro sin perforaciones con una resistencia al fuego no infe- 63.4.13.2.4.1 Aplicabilidad. La manipulación de recipienrior a 2 horas que se extienda mínimo 76 cm (30 pulg.) por tes para criogénicos deberá estar de acuerdo con encima y por el lado del área de almacenamiento en lugar 63.4.13.2.4.1 a 63.4.13.2.4.2 (B). [55:8.13.2.4.1] de la distancia especificada en 64.2.1. 63.4.13.2.4.2 Carretas y Camiones. Capítulo 65 Explosivos, Fuegos Artificiales y Cohetes. (A) Los recipientes para criogénicos deberán transportarse usando un método aprobado. [55:8.13.2.4.2.1] 65.1 Generalidades. (B) Cuando los recipientes para criogénicos sean transpor- 65.1.1 El almacenamiento, uso y manipulación de explositadas mediante carretas de mano, carretillas o cualquier otro vos, fuegos artificiales y técnica de cohetes deberá cumplir aparato móvil, dicho aparato deberá estar diseñado para con los requisitos de este capítulo, las normas NFPA de lograr una movilización segura del recipiente. referencia dentro de este capítulo y la Sección 60.1 y la [55:8.13.2.4.2.2] Sección 60.2 de este Código. 63.4.13.2.4.3 Diseño. Las carretas y camiones usados en el 65.1.2 Cuando las disposiciones de este capítulo o las nortransporte de recipientes para criogénicos deberán estar mas NFPA de referencia dentro de este Código entren en diseñados para proveer una base estable para los objetos conflicto con las disposiciones del Capítulo 60, deberán que deben ser transportados y deberán contar con los aplicarse las disposiciones de este capítulo y las normas medios necesarios para evitar que los recipientes caigan NFPA mencionadas. accidentalmente. [55:8.13.2.4.3] 65.2 Fuegos Artificiales de Exhibición. 63.4.13.2.4.4 Recipientes Cerrados. 65.2.1 La construcción, manipulación y uso de fuegos arti- (A) Los recipientes deberán estar cerrados mientras están ficiales solamente para exhibiciones a la intemperie así siendo transportados. [55:8.13.2.4.4.1] como el funcionamiento y dirección general de la exhibición deberán cumplir con los requisitos de NFPA 1123, (B) Los recipientes diseñados para usarse a condiciones Code for Fireworks Display. atmosféricas deberán ser transportados con tapas de ajuste suelto en su sitio para evitar derrames. [55:8.13.2.4.4.2] 65.2.2 Todos los almacenamientos de fuegos artificiales de exhibición deberán cumplir con NFPA 1124, Code for the Manufacture, Transportation, Storage, and Retail Sales of Capítulo 64 Sólidos y Líquidos Corrosivos Fireworks and Pyrotechnic Articles. 64.1 Generalidades. El almacenamiento, uso y manipula- 65.2.3 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos, ción de sólidos y líquidos y corrosivos deberá cumplir con deberán cumplir con 1.12.19. los requisitos del Capítulo 60. El almacenamiento, uso y manipulación de sólidos y líquidos corrosivos en cantidades 65.3 Espectáculos Pirotécnicos ante una Audiencia que excedan las cantidades máximas permitidas en las áreas Próxima. de control establecidas en el Capítulo 60 deberán cumplir con los requisitos de este Capítulo. 65.3.1 El uso de efectos especiales pirotécnicos en representaciones junto con las producciones teatrales, musicales, 64.2 Almacenamiento a la Intemperie. o similares ante a una audiencia próxima, los actores, o el personal de apoyo deberán cumplir con NFPA 1126, 64.2.1 Ubicación. El almacenamiento a la intemperie de Standard for the Use of Pyrotechnics before a Proximate sólidos y líquidos corrosivos no deberá estar dentro del Audience. espacio de 6,1 m (20 pies) de los límites de la propiedad, calles, callejones, vías públicas, medios de egreso a una vía 65.3.2 Cuando alguna de las siguientes condiciones se prepública, o edificios que no sean utilizados exclusivamente sente, deberán cumplir con NFPA 1126: para almacenamiento, distribución o fabricación de dichos materiales, exceptuando lo previsto en 64.2.2. (1) Cualquier exhibición de efectos pirotécnicos especiales en espacios cerrados Edición 2003 1-350 UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE S TM (2) Cualquier uso a la intemperie de efectos pirotécnicos de cohetes de alta potencia, y los componentes del motor especiales a distancias inferiores a las exigidas en NFPA fabricados comercialmente para la venta o con propósitos 1123, Code for Fireworks Display educativos, recreativos, y competencias deportivas deberán (3) El uso de efectos pirotécnicos especiales durante una cumplir NFPA 1127, Code for High Power Rocketry. grabación de video, grabación de audio, o filmación de cualquier producción de televisión, radio o cine si dicha 65.8.2 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos, producción se realiza ante una audiencia próxima deberán cumplir con 1.12.19. (4) El ensayo de cualquier producción en la que se utilicen efectos especiales pirotécnicos 65.9 Explosivos. 65.3.3 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos, 65.9.1 La fabricación, transporte, almacenamiento, venta, y deberán cumplir con 1.12.19. uso de materiales explosivos deberán cumplir con NFPA 495, Explosive Materials Code, y NFPA 498, Standard for 65.4 Efectos de las Llamas ante una Audiencia. Safe Havens and Interchange Lots for Vehicles Transporting Explosives. 65.4.1 El uso de los efectos de las llamas ante a una audiencia deberán cumplir con NFPA 160, Standard for Flame 65.9.2 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos, Effects Before an Audience. deberán cumplir con 1.12.19. 65.4.2 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos, 65.9.2.1 Deberá requerirse un permiso especial para llevar deberán cumplir con 1.12.19. a cabo operaciones de detonación. 65.5 Fabricación de Fuegos Artificiales. 65.10 Nitrato de Amonio. 65.5.1 La fabricación, transporte, o almacenamiento de 65.10.1 El almacenamiento de nitrato de amonio en forma fuegos artificiales deberá cumplir con NFPA 1124, Code for de cristales, hojuelas, granos o copos, incluyendo mezclas the Manufacture, Transportation, and Storage of Fireworks grado fertilizante, grado dinamita, grado óxido nitroso, and Pyrotechnic Articles. grado técnico, y otras que contengan el 60 por ciento en peso o más de nitrato de amonio deberán cumplir con NFPA 65.5.2 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos, 490, Code for the Storage of Ammonium Nitrate. deberán cumplir con 1.12.19. 65.6 Cohetes. El diseño, construcción, limitaciones de 65.10.2 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos, masa y fuerza propulsora, y confiabilidad de los motores de deberán cumplir con 1.12.19. modelos de cohetes así como el equipo para la recarga del motor del modelo de cohete y sus componentes fabricados 65.11 Venta, Manipulación, y Almacenamiento de comercialmente para la venta o usados por el público con Fuegos Artificiales de Consumo. propósitos educativos, recreativos, y competencias deportivas, deberán cumplir con NFPA 1122, Code for Model 65.11.1 Aplicabilidad. Rocketry. 65.11.1.1 La venta, manipulación y almacenamiento de 65.7 Fabricación de Cohetes. fuegos artificiales de consumo para ventas al detal en edificios, estructuras, e instalaciones nuevas y existentes debe- 65.7.1 La fabricación de motores de modelos de cohetes rán cumplir con NFPA 1124 y la Sección 65.11. diseñados, vendidos o utilizados con el propósito de impulsar modelos aéreos recuperables deberán cumplir con 65.11.1.2 Los requisitos de la Sección 65.11 deberán apli- NFPA 1125, Code for the Manufacture of Model Rocket and carse a lo siguiente: High Power Rocket Motors. 65.7.2 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos, (1) Edificios y estructuras permanentes, incluyendo las deberán cumplir con 1.12.19. siguientes: (a) Tiendas 65.8 Cohetes de Alta Potencia. (b) Edificios de comercialización minorista a granel (c) Instalaciones para ventas al detal de fuegos artificia- 65.8.1 El diseño, construcción, limitaciones de la masa y les de consumo fuerza propulsora, y la confiabilidad de todos los motores (2) Instalaciones temporales, incluyendo las siguientes: Edición 2003 1-351 EXPLOSIVOS, FUEGOS ARTIFICIALES Y COHETES (a) Puestos para ventas al detal de fuegos artificiales de namiento relacionado y la exhibición para venta de tales consumo fuegos artificiales y artículos, deberán estar prohibidas en una instalación o tienda de ventas al detal de fuegos artifi- (b) Carpas (c) Toldos ciales de consumo. [1124:7.2.1] (d) Estructuras de membrana [1124:7.1.2] 65.11.2.2 Fuegos Artificiales de Consumo. Las ventas al 65.11.1.3 Cantidades Exentas detal de fuegos artificiales de consumo incluyendo el almacenamiento relacionado y la exhibición para la venta de 65.11.1.3.1 Los requisitos de 65.11.1.3 no deberán aplicar tales fuegos, deberá estar de acuerdo con este Código. a instalaciones de ventas al detal de fuegos artificiales de [1124:7.2.2] consumo o de tiendas donde los fuegos artificiales estén en paquetes y donde la cantidad total de fuegos artificiales de 65.11.2.3 Dispositivos Explosivos Prohibidos. Las venconsumo no exceda 56.8 kg (netos) [125 lb (netas)] de comtas al detal de ciertos dispositivos explosivos, prohibidos posición pirotécnica ó, en un edificio protegido totalmente por la Child Safety Act de 1966, incluyendo el almacenamediante un sistema de rociadores automáticos aprobado e miento relacionado y la exhibición para venta de tales disinstalado de acuerdo con NFPA 13, Standard for the positivos, deberá estar prohibida en instalaciones o tiendas Installation of Sprinkler Systems, 113.6 kg (netos) [250 lb de ventas al detal de fuegos artificiales de consumo. (netas)] de composición pirotécnica. [1124:7.1.3.1] [1124:7.2.3] 65.11.1.3.2 Cuando el peso real de la composición pirotéc- 65.11.2.4 Dispositivos para el Control de Pestes. Las nica de los fuegos artificiales de consumo no se conoce, ventas al detal de dispositivos para el control de pestes, deberá permitirse que el 25 por ciento del peso bruto de los incluyendo el almacenamiento relacionado y la exhibición fuegos artificiales de consumo, incluyendo el empaque, sea para venta, deberán estar prohibidas. [1124:7.2.4] usada para determinar el peso de la composición pirotécnica. [1124:7.1.3.2] 65.11.2.5 Fuegos Artificiales que no Cumplen. Las ventas al detal de fuegos artificiales que no cumplen con las 65.11.1.4 Para el propósito de la Sección 65.11, las tiendas regulaciones de U.S. Consumer Product Safety Comission y edificios para comercialización minorista a granel, en los según lo establecido en 16 CFR 1500 y 1507 y las regulacuáles se realizan las ventas al detal de fuegos artificiales de ciones del Ministerio de Transporte de los Estados Unidos consumo no deberán considerarse instalaciones de ventas al según lo establecido en el Título 49 de CFR 100 hasta 178, detal de fuegos artificiales de consumo según lo definido en incluyendo su almacenamiento y exhibición para ventas, 3.3.49 cuando existan las dos condiciones siguientes: deberán estar prohibidas. [1124:7.2.5] (1) Que el área del piso para ventas al detal ocupada por los 65.11.2.6 Seguridad Humana. Cualquier edificio o estrucmostradores de ventas al detal de fuegos artificiales de tura usada para ventas al detal de fuegos artificiales de conconsumo no exceda el 25 por ciento de esta área en el sumo, incluyendo su almacenamiento, deberá cumplir con NFPA 101, Life Safety Code®, para ocupaciones mercantiedificio o 55.5 m² (600 pies²), el que sea menor. les, exceptuando lo estipulado en esta norma. [1124:7.2.6] (2) Que los fuegos artificiales sean mostrados y vendidos de una manera aprobada por la autoridad competente y 65.11.3 Requisitos para Obtener un Permiso. cumplan con las disposiciones aplicables de este Código, las leyes estatales y federales y los reglamentos 65.11.3.1* Permisos. Cuando sea requerido por las leyes locales. [1124:7.1.4] estatales o locales, estatutos o regulaciones, deberá obtener- 65.11.1.5* Las ventas al detal de fuegos artificiales de conse un permiso para lo siguiente: sumo deberán estar limitadas a las ocupaciones mercantiles como se define en NFPA 101, Life Safety Code®. (1) Construcción, Montaje y funcionamiento de lo siguiente: (a) Edificio o estructura permanente [1124:7.1.5] (b) Estructuras temporales tales como un puesto, carpa o toldo usados con el propósito de exhibir o vender 65.11.2 Requisitos Generales para Ventas al Detal de al detal fuegos artificiales de consumo al público. Fuegos Artificiales de Consumo (2) Almacenamiento de fuegos artificiales de consumo en función de la exhibición o ventas al detal de fuegos arti- 65.11.2.1 Fuegos Artificiales y Artículos Pirotécnicos ficiales de consumo al público. [1124:7.3.1] para Exhibición. Las ventas al detal de fuegos artificiales incluyendo almace Edición 2003 1-352 CODIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE OS TM 65.11.3.2 Planos. (4) Puestos temporales para ventas al detal de fuegos artificiales de consumo en un área superior a 74 m² (800 65.11.3.2.1 Cuando sea requerido, deberán presentarse plapies²) que también cumplan con los requisitos para una nos de las instalaciones para ventas al detal de fuegos artiestructura permanente ficiales de consumo a la autoridad competente con la solici- (5) Vehículos tales como camionetas, buses, remolques, tud del permiso. [1124:7.3.2.1] vehículos para recreación, casas rodantes, remolques de viaje, camiones y automóviles con los requisitos apli- 65.11.3.2.2 Los planos para las instalaciones y otros puescables para los puestos de ventas al detal de fuegos artitos de exhibición y carpas deberán incluir lo siguiente: ficiales de consumo [1124:7.4.1] (1) Distancias mínimas de lo siguiente: 65.11.4.2 Materiales de Construcción. Los siguientes (a) Vías públicas requisitos para materiales de construcción deberán aplicar- (b) Edificios se a instalaciones permanentes nuevas para ventas al detal (c) Otras instalaciones para ventas al detal de fuegos de fuegos artificiales de consumo en jurisdicciones que no artificiales de consumo hayan adoptado un Código local de construcción: (d) Estaciones distribuidoras de combustible para vehículos de motor (1) Deberá permitirse que los edificios que tengan un área (e) Estaciones distribuidoras de propano al detal hasta 743 m² (8000 pies²) incluidos sean construidos en (f) Tanques de superficie para almacenamiento de líquicualquier material de construcción aprobado dos inflamables y combustibles (2) Los edificios que tengan un área superior a 743 m² (g) Áreas de almacenamiento y distribución a gra- (8000 pies²) deberán estar construidos de acuerdo con nel de gas inflamable y gas licuado inflamable uno de los siguientes puntos: dentro del espacio de 91.5 m (300 pies) de la insta- (a) Los edificios deberán estar construidos con materialación utilizado para ventas al detal de fuegos artifiles no combustibles o de combustión limitada. ciales de consumo (b) Deberá permitirse que los edificios con muros exte- (2) Áreas de acceso y estacionamiento de vehículos riores que tengan un clasificación de resistencia al (3) Emplazamiento y tipos de extintores portátiles de incendio fuego no inferior a 2 horas, tengan la cubierta del (4) Planos del piso y disposición del almacenamiento y techo y su estructura de soporte y los tabiques inteexhibiciones para indicar que están de acuerdo con este riores construidos con materiales combustibles. capítulo y las leyes estatales o locales, estatutos o regu- (3) Las cubiertas de techo para cualquier edificio deberán laciones aplicables tener una clasificación mínima Clase C según lo deter- (5) Medios de egreso minado de acuerdo con NFPA 256, Standard Methods of (6) Detalles de construcción [1124:7.3.2.2] Fire Tests of Roof Coverings. [1124:7.4.2] 65.11.3.2.3 El plano del sitio para los puestos y carpas 65.11.4.3 Edificios para Inquilinos Múltiples deberá mostrar la ubicación de éstos en el sitio e indicar las distancias mínimas de separación requeridas en 65.11.7. 65.11.4.3.1 Cuando instalaciones nuevas para ventas al [1124:7.3.2.3] detal de fuegos artificiales de consumo estén ubicadas en un edificio que tiene otros inquilinos, la instalación para ven- 65.11.4 Construcción tas al detal de fuegos artificiales de consumo deberá estar separada de los demás inquilinos mediante barreras corta- 65.11.4.1 Edificios y Estructuras. Deberán permitirse fuefuego que tengan una clasificación de resistencia al fuego gos artificiales de consumo solamente para ventas al detal no inferior a 2 horas sin aberturas. [1124:7.4.3.1] en cualquiera de los siguientes edificios o estructuras, siempre que ningún edificio o estructura nueva exceda más de 65.11.4.3.2 Cuando un edificio nuevo esté protegido por una planta de altura: NFPA 13, Standard for the Installation of Sprinkler Systems, la clasificación de resistencia al fuego de la barre- (1) Edificios o estructuras permanentes construidas de ra cortafuego en 65.11.4.3.1 no deberá ser inferior a 1 hora. acuerdo con el Código de construcción exigido por la [1124:7.4.3.2] autoridad competente. (2) Carpas, toldos 0 estructuras de membrana temporales 65.11.4.4 Cuartos de Almacenamiento. Los cuartos de que cumplan con el Capítulo 25 almacenamiento que contengan fuegos artificiales de con- (3) Estructuras temporales construidas de acuerdo con este sumo en una instalación o tienda permanente nuevo para la capítulo venta al detal de fuegos artificiales de consumo deberán Edición 2003 EXPLOSIVOS, FUEGOS ARTIFICIALES Y COHETES 1-353 estar protegidos con un sistema de rociadores automáticos 65.11.5.2.2.2 Cuando se requiera más de un extintor portáinstalado de acuerdo con NFPA 13, Standard for the til de incendio, por lo menos uno deberá ser un extintor tipo Installation of Sprinkler Systems, o separada del área de multiuso de químico seco si la instalación está provista de ventas al detal por una barrera cortafuego que tenga una claenergía eléctrica. [1124:7.5.2.2.2] sificación de resistencia al fuego no inferior a 1 hora. [1124:7.4.4] 65.11.5.2.3 Emplazamiento. 65.11.4.4.1 Las aberturas de puertas y ventanas en tabiques 65.11.5.2.3.1 Los extintores portátiles de incendio para inscortafuego deberán estar protegidas mediante puertas cortatalaciones permanentes de ventas al detal de fuegos artififuego autocerrantes o ventanas fijas a prueba de incendio ciales de consumo deberán estar emplazados de manera que con una clasificación de protección contra incendios no la distancia máxima de recorrido para alcanzar un extintor inferior a 3/4 de hora y deberán ser instaladas de acuerdo desde cualquier punto no exceda 23 m (75 pies) según lo con NFPA 80, Standard for Fire Doors and Fire Windows. especificado en NFPA 10, Standard for Portable Fire [1124:7.4.4.1] Extinguishers. [1124:7.5.2.3.1] 65.11.4.4.2 Cualquier otra abertura o penetración en los 65.11.5.2.3.2 Los extintores portátiles de incendio para instabiques cortafuego, deberá estar protegida de acuerdo con talaciones temporales de ventas al detal de fuegos artificia- NFPA 101, Life Safety Code®. [1124:7.4.4.2] les de consumo deberán instalarse y emplazarse de manera que la distancia máxima de recorrido requerida para alcan- 65.1.5 Protección contra Incendios. zar un extintor desde cualquier punto no exceda 10.6 m (35 pies). [1124:7.5.2.3.2] 65.11.5.1 Sistema de Rociadores Automáticos. 65.11.5.3 Alarmas de Incendio. 65.11.5.1.1 Un sistema de rociadores automáticos deberá requerirse y instalarse de acuerdo con NFPA 13, Standard 65.11.5.3.1 Un sistema de alarmas de incendio deberá profor the Installation of Sprinkler Systems, y deberá suminisveerse según se requiere en NFPA 101, Life Safety Code trarse a las instalaciones de ventas al detal de fuegos artifi- [1124:7.5.3.1] ciales de consumo superiores a 557.2 m² (6000 pies²). [1124:7.5.1.1] 65.11.5.3.2 En instalaciones permanentes para ventas al detal de fuegos artificiales de consumo con áreas superiores 65.11.5.1.2 El dispositivo de alarma de flujo de agua debe- a 278,6 m² (3000 pies²) y en tiendas Clase B, deberá proverá estar dispuesto para activar las alarmas audibles y visierse un sistema para dirigir al público o un medio para actibles en toda la instalación de acuerdo con NFPA 72, var manualmente dispositivos indicadores de alarmas audi- National Fire Alarm Code®. [1124:7.5.1.2] bles y visibles ubicados a lo largo de la instalación de acuerdo con NFPA 72, National Fire Alarm Code en una ubi- 65.11.5.2 Extintores Portátiles de Incendio. cación constantemente atendida cuando la instalación o la tienda estén ocupados. [1124:7.5.3.2] 65.11.5.2.1 Especificaciones. Los extintores portátiles de incendio deberán tener especificaciones según lo requerido 65.11.5.4 Control de Humo. para ocupaciones de riesgo extra (alto) de acuerdo con 65.11.5.4.1 Los respiraderos de humo y de calor diseñados NFPA 10, Standard for Portable Fire Extinguishers. e instalados de acuerdo con NFPA 204, Standard for Smoke [1124:7.5.2] and Heat Venting, deberán proveerse en el área de ventas al detal de fuegos artificiales de consumo de las instalaciones 65.11.5.2.2 Número Mínimo. Todas las instalaciones de o tiendas nuevos permanentes para ventas al detal de fueventas al detal de fuegos artificiales de consumo deberán gos artificiales de consumo cuando la altura del techo sea tener más de dos extintores portátiles de incendio con una inferior a 3,05 m (10 pies) y la distancia de recorrido para clasificación mínima 2A, y al menos uno de ellos deberá ser llegar a una salida sea superior a 7,6 m (25 pies). del tipo de agua presurizada. [1124:7.5.2.2] [1124:7.5.4.1] 65.11.5.2.2.1 Deberá requerirse que los puestos temporales 65.11.5.4.2 Los respiraderos de humo y de calor deberán para la venta al detal de fuegos artificiales de consumo con ser activados automáticamente por un sistema de detección un área inferior a 18.6 m² (200 pies²) tengan solamente un de humo instalado a lo largo del área de ventas al detal de extintor portátil de incendio. [1124:7.5.2.2.1] fuegos artificiales de consumo de acuerdo con NFPA 72, National Fire Alarm Code®. [1124:7.5.4.2] Edición 2003 1-354 DIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA IN DIOS TM 65.11.6 Requisitos del Sitio. mercancías y materiales usados, almacenados o exhibidos para ventas en la instalación. [1124:7.6.3] 65.11.6.1* Acceso del Cuerpo de Bomberos. Cualquier parte de un muro exterior de un edificio, una pared lateral 65.11.6.4 Descarga de Fuegos Artificiales. de una carpa, u otro perímetro definido de una instalación de ventas al detal de fuegos artificiales deberá ser accesible 65.11.6.4.1 Los fuegos artificiales no deberán ser encendidentro del espacio de 45,7 m (150 pies) de una vía pública dos, descargados o de ninguna manera ser usados dentro del o del acceso a un aparato contra incendios aprobado. espacio de 91,5 m (300 pies) de una instalación o tienda [1124:7.6.1] para ventas al detal de fuegos artificiales de consumo. [1124:7.6.4.1] 65.11.6.2 Espacios Libres hacia los Combustibles. El área ubicada dentro del espacio de 9 m (30 pies) de una ins- 65.11.6.4.2 Al menos una señal con letras de 102 mm (4 talación de ventas al detal de fuegos artificiales de consumo pulg.) de altura mínima sobre un fondo contrastante deberá Tabla 65.11.7.1.1 Distancias de Separación entre estar ubicada visiblemente en el lado exterior de la instala- Estructuras y Edificios Nuevos Permanentes ción para ventas al detal de fuegos artificiales de consumo, Distancias de separación Clasificación Clasificación que diga lo siguiente: NO DESCARGAR FUEGOS ARTIde resistencia de la protec- FICIALES DENTRO DEL ESPACIO DE 300 PIES. al fuego del ción de la [1124.7.6.4.2] muro exteabertura rior del muro pies m (hr) exterior 65.11.6.5 Señales de Prohibido Fumar. <10 <3,05 2 1½ 65.11.6.5.1 No deberá permitirse fumar dentro del espacio ≥10 a <60 >3,05 a <18,3 1 3/4 de 15,5 m (50 pies) del área para ventas al detal de fuegos >60 >18,3 0 0 artificiales de consumo. [1124:7.6.5.1] Fuente: Tabla 7.7.1.1 de NFPA 1124 65.11.6.5.2 Al menos una señal con letras de 51 mm (2 pulg.) de altura mínima en un fondo contrastante, deberá estar ubicada estratégicamente en cada entrada o dentro del deberá mantenerse libre de acumulaciones de pasto seco, espacio de 3,05 m (10 pies) de cada pasillo que sirva direcmatorrales secos y desechos combustibles. [1124:7.6.2] tamente el área para ventas al detal de fuegos artificiales de consumo en una tienda, que diga lo siguiente: FUEGOS 65.11.6.3 Estacionamiento. Ningún vehículo de motor o ARTIFICIALES PROHIBIDO FUMAR [1124:7.6.5.2] remolque usado para el almacenamiento de fuegos artificia- 65.11.7 Distancias de Separación. les de consumo deberá estar estacionado dentro del espacio de 3 m (10 pies) de una instalación de ventas al detal de fue- 65.11.7.1 Instalaciones Permanentes. gos artificiales de consumo, excepto cuando se efectúen despachos, cargas o descargas de fuegos artificiales u otras 65.11.7.1.1 Instalaciones Nuevas. Las instalaciones per- Tabla 65.11.7.2 Instalaciones Temporales de Instalaciones para la Venta al Detal de Fuegos Artificiales Distancias Mínimas de Separación Almacenamiento Estacionamiento de fuegos artifi- Edificios Combustibles* Carpasᵇ de vehículos Puestos ciales de consumo pies m pies m pies m pies m pies m pies m Carpasᵇ 20 6,1 20 6,1 20 6,1 10 3,05 20 6,1 20 6,1 Puestos 20 6,1 10 3.05 20 6,1 10 3,05 5d 1.5° 20 6,1 "Los espacios libres hasta los combustibles también deberán cumplir con 65.11.6.2. membrana. ᵇCarpas se refiere a los puestos temporales para la venta al detal de fuegos artificiales de consumo en carpas, toldos y estructuras de 'Puestos se refiere a los puestos temporales para la venta al detal de fuegos artificiales de consumo. 7,4 m² (800 pies²). Cuando los puestos están separados uno de otro por menos de 6,1 m (20 pies), el área agregada de dichos puestos no deberá exceder Fuente: Tabla 7.7.2 de NFPA 1124. Edición 2003 EXPLOSIVOS, FUEGOS ARTIFICIALES Y COHETES 1-355 manentes nuevas para las ventas al detal de fuegos artificiasumo deberán cumplir con los requisitos aplicables de les de consumo deberán estar separadas de edificios y NFPA 101, Life Safety Code®, 65.11.8. [1124:7.8.1] estructuras permanentes adyacentes de acuerdo con la Tabla 65.11.7.1.1. [1124:7.7.1.1] 65.11.8.1.1 Los medios de egreso en tiendas y edificios de venta al detal de mercancías a granel, donde las ventas al detal de fuegos artificiales de consumo sean realizadas 65.11.7.1.2 Instalaciones Existentes. Las instalaciones deberán cumplir con NFPA 101®, Life Safety Code®, a permanentes existentes para ventas al detal de fuegos artifimenos que se especifique lo contrario en 65.11.8. ciales de consumo deberán estar separadas de edificios y [1124:7.8.1.1] estructuras permanentes adyacentes por más de 3,05 m (10 pies) o deberán estar separadas por un muro con clasifica- 65.11.8.1.2* Los medios de salida en carpas y estructuras de ción de resistencia al fuego de 1 hora. [1124:7.7.1.2] membrana usadas para ventas al detal de fuegos artificiales de consumo deberán cumplir con NFPA 101, y NFPA 102, 65.11.7.2 Instalaciones Temporales. Instalaciones tempo- Standard for Grandstands, Folding and Telescoping rales para la venta al detal de fuegos artificiales de consu- Seating, Tents and Membrane Structures, según lo modifimo deberá estar ubicada como se especifica en la Tabla cado en 65.11.8. [1124:7.8.1.2] 65.11.7.2 [1124:7.7.2] 65.11.8.2* Plan de Seguridad contra Incendio y de 65.11.7.3 Otras Distancias de Separación. Evacuación. 65.11.7.3.1 Las instalaciones y tiendas para la venta al detal 65.11.8.2.1 Para una instalación o tienda de ventas al detal de fuegos artificiales de consumo no deberán estar ubicadas de fuegos artificiales de consumo, deberá prepararse por dentro del espacio de 15,2 m (50 pies) de: escrito un plan de seguridad contra incendio de y evacuación aprobado y mantenido regularmente. [1124:7.8.2.1] (1) Estaciones distribuidoras de combustible para vehículos de motor. 65.11.8.2.2 El plan de evacuación deberá exhibirse estraté- (2) Dispensadores de estaciones distribuidoras de propano gicamente en un lugar que sea accesible al público así como al detal a personas empleadas o que trabajen de otra forma en la ins- (3) Tanques de almacenamiento de superficie de líquitalación. [1124:7.8.2.2] dos inflamables o combustibles, gas inflamable o gas licuado inflamable 65.11.8.2.3 No deberá requerirse un plan aprobado de eva- (4) Instalaciones distribuidoras de gas natural comprimido cuación y seguridad contra incendio en puestos temporales [1124:7.7.3.1] para ventas al detal de fuegos artificiales de consumo. [1124:7.8.2.3] 65.11.7.3.2 Las áreas de almacenamiento y ventas al detal 65.11.8.3 Número de Salidas. de fuegos artificiales de consumo no deberán estar ubicadas dentro del espacio de 91,2 m (300 pies) de ningún área de 65.11.8.3.1 El número mínimo de salidas previstas desde el almacenamiento o distribución a granel de: área de ventas al detal no deberá ser inferior a tres o según se determine de acuerdo con NFPA 101, Life Safety Code, (1) Líquido inflamable o combustible el número que sea mayor. [1124:7.8.3.1] (2) Gas inflamable (3) Gas licuado inflamable [1124:7.7.3.2] 65.11.8.3.2 Las áreas para ventas al detal dentro de tiendas Clase C donde se realicen ventas al detal de fuegos artifi- 65.11.7.3.3 Los tanques de combustible en vehículos y ciales de consumo y los puestos temporales para ventas al otros equipos motorizados no deberán considerarse como detal de fuegos artificiales de consumo deberán tener como almacenamiento a granel. [1124:7.7.3.3] mínimo dos salidas. [1124:7.8.3.2] 65.11.7.3.4 El almacenamiento de combustible para gene- 65.11.8.4 Distancia del Recorrido de Egreso. radores deberá estar de acuerdo con 65.11.11.3. [1124:7.7.3.4] 65.11.8.4.1 Las salidas provistas para las áreas de ventas al detal en carpas, estructuras de membranas, toldos e instala- 65.11.8 Medios de Egreso. ciones permanentes para ventas al detal de fuegos artificiales de consumo, incluyendo las tiendas Clase C, deberán 65.11.8.1 Generalidades. Los medios de egreso en una estar ubicadas de manera tal que la distancia máxima de con recorrido de medida desde el punto más remoto Edición 2003 1-356 CODIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA TM hasta una salida a lo largo de un trayecto de egreso natural no obstruido, no exceda 22,9 m (75 pies). [1124:7.8.4.1] 65.11.8.5.3.7 Cuando se requieran pasillos transversales, por lo menos un pasillo transversal deberá tener mínimo un 65.11.8.4.2 Las salidas provistas para los puestos temporaextremo que termine en el espacio de 3,05 m (10 pies) de les de ventas al detal de fuegos artificiales de consumo una salida. [1124:7.8.5.3.7] deberán acondicionarse de tal manera que la distancia máxima del recorrido de egreso no exceda 10.6 m (35 pies). 65.11.8.6 Puertas y Vanos de Puertas. Las puertas y [1124:7.8.4.2] vanos de las puertas usadas en los medios de egreso deberán cumplir con 65.11.8.6 hasta 65.11.8.6.5. [1124:7.8.6] 65.11.8.5 Pasillos. Los pasillos que sirven como parte del acceso a la salida de una instalación para ventas al detal de 65.11.8.6.1 Las puertas de egreso no deberán ser inferiores fuegos artificiales de consumo o dentro del área de una tien- 910 mm (36 pulg.) de ancho [siempre que tengan un ancho da para ventas al detal de fuegos artificiales de consumo libre mínimo de 813 mm (32 pulg.)]. [1124:7.8.6.1] deberán cumplir con 65.11.8.5. [1124:7.8.5] 65.11.8.6.2 Las aberturas de salida de las carpas deberán 65.11.8.5.1 Ancho de los Pasillos. tener un ancho libre no inferior a 1100 mm (44 pulg.). [1124:7.8.6.2] 65.11.8.5.1.1 Los pasillos deberán tener un ancho libre mínimo de 1,2 m (48 pulg.). [1124:7.8.5.1.1] 65.11.8.6.3 Deberá permitirse que las puertas de egreso provistas para puestos temporales de ventas al detal de fue- 65.11.8.5.1.2 El ancho requerido de los pasillos deberá gos artificiales de consumo, donde el interior no sea accesimantenerse sin obstrucciones durante todo el tiempo que la ble al público, tengan un ancho no inferior a 710 mm (28 instalación esté ocupada por el público. [1124:7.8.5.1.2] pulg.). [1124:7.8.6.3] 65.11.8.5.2 Ancho Libre Mínimo. En puestos temporales 65.11.8.6.4 En cualquier otro puesto temporal para ventas para las ventas al detal de fuegos artificiales de consumo al detal de fuegos artificiales de consumo donde el interior donde el interior no es accesible al público, no deberá perno sea accesible al público, cada puerta de egreso que tenga mitirse el ancho libre mínimo del pasillo sea inferior a 710 un dispositivo de seguridad deberá estar provista de herramm (28 pulg.). [1124:7.8.5.2] jes antipánico que cumplan con NFPA 101, Life Safety Code®. [1124:7.8.6.4] 65.11.8.5.3* Disposición de los Pasillos. 65.11.8.6.5 Las puertas de los medios de egreso deberán ser 65.11.8.5.3.1 No deberá proveerse ni disponerse de menos del tipo de bisagra lateral oscilante y deberán estar ubicadas de un pasillo, de manera que el recorrido a lo largo del pasipara oscilar en la dirección del recorrido de egreso. llo conduzca directamente a una salida. [1124:7.8.5.3.1] [1124:7.8.6.5] 65.11.8.5.3.2 Otras salidas requeridas deberán estar ubica- 65.11.9 Señales de Salida e Iluminación de Emergencia. das en el espacio de 3,05 m (10 pies) del extremo de un pasillo o de un pasillo transversal. [1124:7.8.5.3.2] 65.11.9.1 Señales de Salida. 65.11.8.5.3.3 Los pasillos deberán terminar en una salida, en otro pasillo o en un pasillo transversal. [1124:7.8.5.3.3] 65.11.9.1.1 Las salidas deberán estar marcadas por medio de una señal de salida aprobada de acuerdo con NFPA 101, 65.11.8.5.3.4 Deberán prohibirse los pasillos sin salidas. Life Safety Code®. [1124:7.9.1.1] [1124:7.8.5.3.4] 65.11.9.1.2 Deberán requerirse señales de salida que sean 65.11.8.5.3.5 Donde haya más de un pasillo, por lo menos autoluminosas o iluminadas interna o externamente. un pasillo transversal deberá tener una conexión sin obs- [1124:7.9.1.2] trucciones con todos los pasillos distintos a los pasillos transversales. [1124:7.8.5.3.5] 65.11.9.1.3 No deberá requerirse que las señales de salida en carpas o puestos que no estén abiertos para negocios des- 65.11.8.5.3.6 Deberán proveerse conexiones a los pasillos pués del atardecer, o en puestos temporales para ventas al transversales en cada pasillo a intervalos no superiores a detal de fuegos artificiales de consumo donde el interior no 15,2 m (50 pies) medidos a lo largo del pasillo. sea accesible al público estén iluminadas. [1124:7.9.1.3] [1124:7.8.5.3.6] Edición 2003 EXPLOSIVOS, FUEGOS ARTIFICIALES Y COHETES 1-357 65.11.9.2 Iluminación de Emergencia. similares de exhibición, deberán proveerse cortallamas de modo que la distancia máxima entre los cortallamas no 65.11.9.2.1 Los medios de egreso, incluyendo la salida de exceda 4,9 m (16 pies) medidos a lo largo de la extensión descarga, deberán estar iluminados cuando la instalación de la exhibición. [1124:7.10.3.1] esté ocupada de acuerdo con NFPA 101, Life Safety Code [1124:7.9.2.1] 65.11.10.3.2 No deberán requerirse cortallamas en instalaciones o tiendas para ventas al detal de fuegos artificiales de 65.11.9.2.2 Deberá proveerse iluminación de emergencia a consumo, protegidos en su totalidad por un sistema de las instalaciones y tiendas para ventas al detal de fuegos rociadores automáticos instalado de acuerdo con NFPA 13, artificiales de consumo y deberán cumplir con NFPA 101, Standard for the Installation of Sprinkler Systems. Life Safety Code®. [1124:7.9.2.2] [1124:7.10.3.2] 65.11.9.2.3 La iluminación de emergencia no deberá reque- 65.11.10.3.3 Los cortallamas deberán extenderse de la rirse en carpas o puestos que no estén abiertos para negomanera siguiente: cios después del atardecer o para puestos temporales para las ventas al detal de fuegos artificiales de consumo donde (1) Desde la superficie del exhibidor hasta un mínimo 150 el interior no sea accesible para el público. [1124:7.9.2.3] mm (6 pulg.) por encima de la altura total de la mercancía exhibida o hasta la parte inferior de la superficie ubi- 65.11.10* Exhibiciones para Ventas al Detal. cada directamente sobre del exhibidor (2) Hasta el fondo total de la mercancía exhibida 65.11.10.1 Generalidades. Los requisitos de 65.11.10 [1124:7.10.3.3] deberán aplicarse solamente a instalaciones y tiendas donde las ventas al detal de fuegos artificiales de consumo sean 65.11.10.3.4* Cuando la mercancía de fuegos artificiales realizadas, a menos que esté indicado específicamente de empacados sea exhibida en el mismo nivel que los disposiotra manera. [1124:7.10.1] tivos de fuegos artificiales no empacados, no deberá requerirse un cortallamas cuando se cumplan los siguientes crite- 65.11.10.2* Altura de las Exhibiciones para Ventas. Para rios: proveer acceso visual a los empleados y clientes del área de ventas al detal, las divisiones, mostradores, estantes, cajas y (1) La longitud del nivel de exhibición que contiene divisiones de espacio similares, no deberán exceder 1,8 m dispositivos individuales de fuegos artificiales no (6 pies) de altura por encima del nivel del piso dentro del empacados es interrumpido por la mercancía de fuegos perímetro del área de ventas al detal. [1124:7.10.2] artificiales empacados, o por un espacio abierto, o cualquier combinación de éstos, que tengan una longitud 65.11.10.2.1 Las mercancías en exhibición o ubicadas en continua no inferior 2,4 m (8 pies). estantes o mostradores u otros artefactos no deberán ser (2) La distancia entre los cortallamas no deberá exceder 9,8 exhibidas a una altura superior de 1,8 m (6 pies) por enci- m (32 pies). [1124:7.10.3.4] ma de la superficie del suelo dentro del área de ventas al detal. [1124:7.10.2.1] 65.11.10.3.5 Cuando un nivel de exhibición contenga mercancías de fuegos artificiales empacados, deberá per- 65.11.10.2.2 La altura máxima de las exhibiciones de venmitirse que tales mercancías sean exhibidas en una extentas, cuando están ubicadas a lo largo del perímetro del área sión continua en el mismo nivel donde la exhibición no de ventas al detal, deberá estar limitada a 3,66 m (12 pies). sobrepase 9,8 m (32 pies) sin un cortallama. [1124:7.10.3.5] [1124:7.10.2.2] 65.11.10.3.6 Un pasillo que tenga un ancho mínimo de 1,1 65.11.10.2.3 En puestos temporales para ventas al detal de m (44 pulg.) deberá estar permitido para reemplazar un corfuegos artificiales de consumo donde el interior no es accetallama. [1124:7.10.3.6] sible al público, la altura máxima de las exhibiciones de ventas deberá estar limitada a 2,44 m (8 pie). 65.11.10.3.7 Cuando las exhibiciones de mercancía enfren- [1124:7.10.2.3] tan los pasillos que están a lo largo de ambos lados de los exhibidores o de la superficie de exhibición, deberá insta- 65.11.10.3* Cortallamas. larse longitudinalmente un cortallamas entre los exhibidores colindantes o a lo largo de la línea central longitudinal 65.11.10.3.1 Cuando se ubican exhibidores continuos de aproximada de la superficie de exhibición, de modo que mercancías en estantes cajas mostradores 0 artefactos separe la mercancía que enfrenta uno de los pasillos de la Edición 2003 1-358 CODIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE SIOS TM mercancía que colinda con éste, enfrentado el otro pasillo. exhibidores donde se cumplan las siguientes condiciones: [1124:7.10.3.7] (1) Los extremos de las exhibiciones deberán estar separa- 65.11.10.3.7.1 En las instalaciones de ventas al detal de dos de los extremos de los exhibidores por un espacio fuegos artificiales de consumo donde uno de los pasillos no abierto no inferior a 76 mm (3 pulg.) de ancho. sirve como parte de los medios de egreso para el público, no (2) La mercancía de fuegos artificiales deberá ocupar deberá requerirse el cortallamas exigido en 65.11.10.3.7. un área cuyas dimensiones no sean superiores al [1124:7.10.3.7.1] ancho del extremo de la fila de los exhibidores y a una profundidad no superior a 910 mm (36 pulg.). 65.11.10.3.7.2 Deberá permitirse que los estantes, palets, (3) El ancho mínimo requerido de los pasillos adyacentes mesas o recipientes de exhibición autoestables que contendeberá mantenerse, pero en ningún caso éste deberá ser gan mercancía empacada de fuegos artificiales no tengan inferior a 1,2 m (48 pulg.). [1124:7.10.3.9] cortallamas, siempre que las dimensiones del área ocupada por la mercancía de fuegos artificiales no exceda 1,2 m (4 65.11.10.3.10 No deberá requerirse que los puestos tempopies) de ancho, 2,4 m (8 pies) de largo, y 1,8 m (6 pies) de rales de ventas al detal de fuegos artificiales de consumo, altura, y la mercancía de fuegos artificiales exhibida esté donde el interior no sea accesible al público, cumplan con separada de otros exhibidores de mercancía por medio de 65.11.10.3. [1124:7.10.3.10] pasillos que tengan un ancho libre mínimo de 1,2 m (4 pies). [1124:7.10.3.7.2] 65.11.10.4 Mechas Cubiertas. Solamente los fuegos artificiales de consumo que cumplan con los criterios para 65.11.10.3.7.3 Cuando las dos superficies verticales mechas cubiertas como se define en la Sección 3.3 o como enfrentadas de los exhibidores colindantes estén construise describe en 65.11.10.4.1 deberán estar permitidas en una das con paneles de cartón duro perforado no inferior a 6 mm instalación en la cual se realicen ventas al detal de fuegos (¹/4 pulg.) de espesor, que estén separados uno del otro artificiales de consumo. [1124:7.10.4] mediante un espacio abierto no inferior a 38 mm (1 ¹/₂ pulg.) de ancho, no deberá requerirse un cortallamas según 65.11.10.4.1 Un dispositivo de fuegos artificiales de consulo especificado en 65.11.10.3.7. [1124:7.10.3.7.3] mo también deberá ser considerado como si tuviera una mecha cubierta si el dispositivo de fuegos artificiales está 65.11.10.3.8 Estanterías contenido dentro de una disposición, recipiente o cubierta preempacada, que esté dispuesta y configurada de manera 65.11.10.3.8.1 Deberá permitirse que las estanterías u que la mecha del dispositivo de los fuegos artificiales no otras superficies usadas para contener mercancía de exhipueda ser tocada directamente por una persona que manipubición de fuegos artificiales tengan máximo el 10 por cienle los fuegos artificiales sin que tenga que perforar o rasgar to del área del estante con agujeros u otras aberturas. el empaque o envoltura, quitar el sello o abrir un paquete o [1124:7.10.3.8.1] recipiente, o de otra manera dañar o destruir el material de empaque, la envoltura o el recipientes dentro del cual están 65.11.10.3.8.2 La limitación del 10 por ciento en el área de contenidos los fuegos artificiales. [1124:7.10.4.1] los agujeros u otras aberturas en la estantería de metal usada para contener mercancía de exhibición de fuegos artificia- 65.11.10.4.2 Los artículos de fuegos artificiales de consules no deberá ser aplicable en las siguientes condiciones: mo individuales dispuestos para la venta en puestos temporales de ventas al detal de fuegos artificiales de consumo, (1) Cuando ambas superficies verticales enfrentadas de los donde el interior no sea accesible al público, no deberán exhibidores colindantes estén construidos de paneles de requerir mechas cubiertas. [1124:7.10.4.2] cartón duro perforado de mínimo 6 mm (¹/4 pulg.) de espesor, que estén separados uno del otro por un espacio 65.11.10.5 Ventas en Tiendas. Los fuegos artificiales de abierto de mínimo 38 mm (1 1/2 pulg.) de ancho. consumo exhibidos para la venta en tiendas deberán cum- (2) Cuando dicha mercancía esté suspendida o asegurada al plir con lo siguiente: estante o superficie, o esté exhibida como mercancía empacada sobre la superficie o en cajones. (1) Dichos fuegos artificiales deberán estar bajo la supervi- [1124:7.10.3.8.2] sión visual de un empleado de la tienda u otra persona 65.11.10.3.9 No deberán requerirse cortallamas ni superfiresponsable mientras la tienda esté abierta al público. cies sólidas de exhibición para mercancía de exhibición de (2) Dichos fuegos artificiales deberán ser mercancía de fuefuegos artificiales empacada en cajones o en estantes de exhigos artificiales empacada. bición o en palets o mesas ubicadas al final de una fila de (3)* Dichos fuegos artificiales de consumo deberán ser Edición 2003 EXPLOSIVOS, FUEGOS ARTIFICIALES Y COHETES 1-359 empacados y exhibidos para la venta de tal manera que 65.11.11.2 Fuentes de Calefacción. limite la distancia de recorrido de los componentes pirotécnicos expulsados si ocurre una ignición de los fuegos 65.11.11.2.1 Las unidades de calefacción deberán ser listaartificiales. das y deberán usarse de acuerdo con su listado. (4) Cuando los fuegos artificiales de consumo que cumplen [1124:7.11.2.1] con los requisitos de C.3.1.2 o C.3.1.3 de NFPA 1124 para dispositivos aéreos y dispositivos terrestres audi- 65.11.11.2.2 Las fuentes de calefacción temporal deberán bles, respectivamente, son vendidos, tales dispositivos tener protección contra vuelcos y recalentamiento de temdeberán ser exhibidos para la venta en un área de la tienperatura. [1124:7.11.2.2] da que esté separada físicamente del resto de ésta, de manera que restrinja la entrada del público, y el área de 65.11.11.2.3 Deberán prohibirse los dispositivos de la tienda deberá estar provista de mínimo dos medios de llama abierta y de calentamiento de elementos expuestos. egreso ubicados de modo que no haya un recorrido [1124:7.11.2.3] común y la distancia para alcanzar el punto de egreso del área no exceda 10,7 m (35 pies). [1124:7.10.5] 65.11.11.3 Generadores Portátiles. 65.11.10.6* Los dispositivos aéreos deberán ser empacados 65.11.11.3.1 Los generadores portátiles que suministran y exhibidos para la venta de tal manera que se limite la disenergía a las instalaciones de ventas al detal de fuegos artitancia de recorrido de los componentes pirotécnicos si ocuficiales de consumo solamente deberán usar combustibles rre la ignición de los fuegos artificiales. [1124:7.10.6] líquidos Clase II o Clase III. [1124:7.11.3.1] 65.11.10.7 Los materiales y mercancía combustibles no 65.11.11.3.2 Los generadores portátiles deberán estar ubideberán ser almacenados directamente por encima de los cados mínimo a 6,1 m (20 pies) de las instalaciones para fuegos artificiales de consumo en las exhibiciones de venventas al detal de fuegos artificiales de consumo. tas al detal a menos que se instale una barrera horizontal [1124:7.11.3.2] directamente por encima de los fuegos artificiales de consumo según lo descrito en 7.4.1(e) de NFPA 430, Code for the 65.11.11.3.3 El combustible para los generadores de líqui- Storage of Liquid and Solid Oxidizers. [1124:7.10.7] do combustible Clase II y Clase III deberá limitarse a máximo 18.9 L (5 gal). [1124:7.11.3.3] 65.11.11 Equipos. 65.11.11.3.4 Deberá permitirse que los generadores portá- 65.11.11.1 Equipo Eléctrico. Todo el cableado eléctrico tiles usen líquidos inflamables Clase I como combustible, deberá estar de acuerdo con la Sección 11.1. [1124:7.11.1] siempre que la cantidad de dicho combustible se limite a 7,6 L (2 gal). [1124:7.11.3.4] 65.11.11.1.1 El equipo accionado por batería, equipo eléctrico y cordones eléctricos que sean usados conjuntamente 65.11.11.3.5 Los combustibles de los generadores deberán con un área de una instalación para ventas al detal de fueestar almacenados a mínimo 6,1 m (20 pies) de la instalagos artificiales de consumo deberán ser listados y deberán ción para las ventas al detal de fuegos artificiales de consuutilizarse de acuerdo con sus listados. [1124:7.11.1.1] mo. [1124:7.11.3.5] 65.11.11.1.2 El cableado temporal instalado en una estruc- 65.11.11.3.6* Cuando el almacenamiento de combustible tura temporal incluyendo carpas y toldos deberá cumplir del generador esté ubicado mínimo 15,2 m (50 pies) de la con el Artículo 305 de NFPA 70, National Electrical instalación para ventas al detal de fuegos artificiales de con- Code®. [1124:7.11.1.2] sumo, la cantidad de dicho combustible no deberá estar limitada en 65.11.11.3. [1124:7.11.3.6] 65.11.11.1.3 Cuando los conductores eléctricos temporales estén ubicados en la parte superior de una superficie a la 65.11.11.4 Equipo de Cocina. intemperie para conectar una fuente de energía permanente al sistema eléctrico temporal de la instalación para las ven- 65.11.11.4.1 El equipo de cocina de cualquier tipo no debetas al detal de fuegos artificiales de consumo, los conductorá estar permitido dentro del espacio de 6,1 m (20 pies) de res deberá estar provistos de protección física contra el daño las carpas, toldos o estructuras de membrana usadas para el causado por los peatones o el tráfico vehicular. almacenamiento o venta de los fuegos artificiales de consumo. [1124:7.11.4.1] [1124:7.11.1.3] Edición 2003 1-360 C GO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INC OS TM 65.11.11.4.2 No deberá permitirse que el equipo de cocina (1) Los fuegos artificiales de consumo deberán exhibirde llama abierta de cualquier tipo se encuentre dentro del se de tal manera que se evite la manipulación de los espacio de 15,2 m (50 pies) de las carpas, toldos o estructufuegos artificiales por personas diferentes a aquellas que ras de membrana usadas para el almacenamiento o venta de actúen, supervisen o trabajen en el puesto temporal para fuegos artificiales de consumo. [1124:7.11.4.2] ventas al detal de fuegos artificiales de consumo. (2) Los requisitos para la manipulación de 65.11.12.4.1 (1) 65.11.12 Funcionamiento. no deberán aplicarse a las variedades empacadas, cajas o recipientes empacados similares de uno o más artícu- 65.11.12.1 Generalidades. los, sin importar el tipo. [1124:7.12.4.1] 65.11.12.1.1 Los medios de egreso incluyendo, pero sin 65.11.12.4.2 El área del piso ocupada por las exhibiciones limitarse a los pasillos, puertas y descargas de las salidas, para ventas al detal de fuegos artificiales de consumo en deberán permanecer libres en todo momento cuando el ediinstalaciones permanentes para este fin no deberá exceder ficio o la instalación se encuentre ocupada. [1124:7.12.1.1] el 40 por ciento del área del piso disponible dentro del área de ventas al detal. [1124:7.12.4.2] 65.11.12.1.2 No deberá permitirse que los clientes estén dentro de una instalación temporal para ventas al detal de 65.11.12.4.3 No menos del 50 por ciento del área de piso fuegos artificiales de consumo a menos que cumplan con disponible dentro del área de ventas al detal deberá ser un los requisitos para los medios de egreso de 65.10.8. espacio abierto no ocupado por las exhibiciones y utilizado [1124:7.12.1.2] solamente por los pasillos y pasillos transversales. [1124:7.12.4.3] 65.11.12.2 Distancias desde las Entradas y las Salidas. 65.11.12.5* Organización Interna. 65.11.1 2.2.1 Los fuegos artificiales de consumo no deberán exhibirse o almacenarse para la venta dentro del espacio 65.11.12.5.1 Las áreas y cuartos de almacenamiento para de 1,5 m (5 pies) de una entrada pública en un edificio o ventas al detal de fuegos artificiales de consumo deberán estructura encerrada. [1124:7.12.2.1] mantenerse libres de acumulación de escombros y basura. [1124:7.12.5.1] 65.11.12.2.2 No deberán exhibirse o almacenarse fuegos artificiales de consumo para la venta dentro de 0,6 m (2 65.11.12.5.2 Cualquier composición pirotécnica residual pies) de cualquier salida pública, o entrada o salida privada deberá retirarse inmediatamente. [1124:7.12.5.2] en un edificio o estructura encerrada. [1124:7.12.2.2] 65.11.12.5.3 No deberán usarse aspiradoras u otros dis- 65.11.12.3 Seguridad. positivos de limpieza mecánicos. [1124:7.12.5.3] 65.11.12.3.1 Las instalaciones y tiendas para ventas al detal 65.11.12.5.4 Las escobas, cepillos y recogedores de polvo de fuegos artificiales de consumo deberán estar aseguradas usados para barrer cualquier polvo o suciedad residual cuando no se encuentren ocupadas y no estén abiertas para deberán estar fabricados de materiales que no generen chisnegocios, a menos que los fuegos artificiales no se guarden pas. [1124:7.12.5.4] en la instalación durante dicho tiempo. [1124:7.12.3.1] 65.11.12.5.5 Los dispositivos de los fuegos artificiales de 65.11.12.3.2 Deberá permitirse que los fuegos artificiales consumo que estén dañados deberán retirarse y no ofrecerexhibidos o almacenados en la instalación sean retirados y se para la venta. [1124:7.12.5.5] transferidos a una estructura o ubicación de almacenamiento temporal. [1124:7.12.3.2] 65.11.12.5.6 Deberá permitirse que los fuegos artificiales de consumo dañados sean devueltos al distribuidor o debe- 65.11.12.4 Exhibición y Manipulación. rá dárselas disposición adecuada. [1124:7.12.5.6] 65.11.12.4.1 Lo siguiente deberá aplicarse a las exhibicio- 65.11.12.6* Capacitación. Todo el personal que manipule nes para ventas de fuegos artificiales de consumo en puesfuegos artificiales de consumo deberá recibir capacitación tos temporales para ventas al detal de fuegos artificiales de de seguridad relacionada con el desempeño de sus labores. consumo que no permitan el acceso del público al interior [1124:7.12.6] del puesto: 65.11.12.7 Bajo Cualquier Efecto. Las personas que ven- Edición 2003 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES 1-361 dan fuegos artificiales de consumo no deberán vender estos Using Flammable or Combustible Liquids productos a ninguna persona que esté obviamente bajo los (5) NFPA 35, Standard for the Manufacture of Organic efectos del alcohol o las drogas. [1124:7.12.7] Coatings (6) NFPA 36, Standard for Solvent Extraction Plants (7) NFPA 37, Standard for the Installation and Use of Capítulo 66 Líquidos Inflamables y Combustibles Stationary Combustion Engines and Gas Turbines (8) NFPA 45, Standard on Fire Protection for Laboratories 66.1 Generalidades. Using Chemicals (9) Capítulo 10 de NFPA 99, Standard for Health Care 66.1.1* El almacenamiento, uso y manipulación de líquidos Facilities [30:1.4.4] inflamables y combustibles, incluyendo líquidos de desecho, deberán cumplir con este capítulo, NFPA 30, 66.1.5 Permisos. Los permisos, cuando sean requeridos, Flammable and Combustible Liquids Code, la Sección 60.1 deberán cumplir con 1.12.19 y la Sección 60.2 de éste Código. 66.1.6* Clasificación de los Líquidos. Cualquier líquido 66.1.2 Cuando las disposiciones de este capítulo o NFPA 30 que esté dentro del alcance de éste y sujeto a los requisitos entren en conflicto con las disposiciones del Capítulo 60, debede este capítulo deberá ser reconocido generalmente como rán aplicarse las disposiciones de éste capítulo y NFPA 30. un líquido inflamable o un líquido combustible y deberá estar definido y clasificado de acuerdo con esta subsección. 66.1.3 Este capítulo no deberá aplicarse a lo siguiente: [30:1.7.3] (1)* Cualquier líquido que tenga un punto de fusión supe- 66.1.6.1 Líquidos Combustibles. rior o igual a 37.8°C (100°F) o que no tenga una fluidez superior a 300 de penetración asfáltica cuando sea ensa- 66.1.6.1.1 - Cualquier líquido que-tenga un punto de inflayado de acuerdo con ASTM D 5, Standard Method of mación de copa cerrado igual o superior a 37.8°C (100°F), Test for Penetration of Bituminous Materials según lo determinado por los procedimientos y aparatos de (2) Cualquier gas licuado o líquido criogénico según lo ensayo establecidos en 1.7.4 de NFPA 30 deberá estar defidefinido en el Capítulo 3 de NFPA 101 nido como un líquido combustible. [30:1.7.3.1] (3)* Cualquier líquido que no tenga un punto de inflamación, que pueda ser inflamable bajo ciertas condiciones, 66.1.6.1.2 Cualquier líquido combustible que tenga un tales como algunos hidrocarburos halogenados y mezpunto de inflamación igual o superior a 37.8°C (100°F) e clas que contengan hidrocarburos halogenados inferior a 60°C (140°F) deberá clasificarse como un líquido (4)* Cualquier producto en aerosol Clase II. [30:1.7.3.1] (5) Cualquier neblina, rocío o espuma (6) Almacenamiento de líquidos inflamables y combusti- 66.1.6.1.3 Cualquier líquido combustible que tenga un bles según lo estipulado por NFPA 395, Standard for the punto de inflamación igual o superior a 60°C (140°F) pero Storage of Flammable and Combustible Liquids at inferior a 93°C (200°F) deberá clasificarse como un líquido Farms and Isolated Sites Clase IIIA. [30:1.7.3.1] (7)* El transporte de líquidos inflamables y combustibles como está determinado por el Ministerio de Transporte 66.1.6.1.4 Cualquier líquido combustible que tenga un de los E.E.U.U punto de inflamación igual o superior a 93°C (200°F) debe- (8)* El almacenamiento, manipulación y uso de tanques y rá clasificarse como un líquido Clase IIIB. [30:1.7.3.1] recipientes de fuel-oil conectados con equipo que quemen petróleo. [30:1.1.2; 30:1.1.3] 66.1.6.2 Líquidos Inflamables. Cualquier líquido que tenga un punto de inflamación de copa cerrada inferior a 66.1.4 Deberán considerarse que las instalaciones realiza- 37,8°C (100°F), según lo determinado por los procedimiendas de acuerdo con los requisitos aplicables de las normas tos y aparatos de ensayo establecidos en 1.7.4 de NFPA 30 siguientes están de conformidad con este capítulo: deberá estar definido como un líquido inflamable. [30:1.7.3.2] (1) NFPA 30A, Code for Motor Fuel Dispensing Facilities and Repair Garages 66.1.6.2.1 Cualquier líquido que tenga un punto de infla- (2) NFPA 32, Standard for Drycleaning Plants mación de copa cerrada inferior a 37,8°C (100°F) y una pre- (3) NFPA 33, Standard for Spray Application Using sión de vapor de Reid no superior a 2068,6 mm Hg (40 Flammable or Combustible Materials psia), a 37.8°C (100°F), según lo determinado por ASTM D Sundard for Dinning and Coating Edición 2003 1-362 IGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA IN DIOS TM 323, Standard Method of Test for Vapor Pressure of 66.2.2.2.2 Diseño y Construcción de Bóvedas. Las bóve- Petroleum Products (Método de Reid), deberá estar clasifidas deberán estar diseñadas y construidas para cumplir con cado como un líquido Clase I. [30:1.7.3.2] los siguientes requisitos: 66.1.6.2.2 Los líquidos Clase I deberán ser clasificados de (1) Las paredes y el piso de la bóveda deberán estar consla siguiente manera: truidos con concreto reforzado mínimo de 150 mm (6 pulg.) de espesor. (1) Líquidos Clase IA aquellos líquidos que tengan puntos (2) La parte superior de una bóveda que esté por encima del de inflamación inferiores a 22,8°C (73°F) y puntos de terreno deberá estar construida de material no combusebullición inferiores a 37,8°C (100°F) tible y deberá estar diseñada para que sea más débil que (2) Líquidos Clase IB aquellos líquidos que tengan puntos las paredes de la bóveda con el fin de asegurar que la de inflamación inferiores a 22,8°C (73°F) y puntos de presión de cualquier explosión que ocurra dentro de la ebullición iguales o superiores a 37,8°C (100°F) bóveda sea dirigida hacia arriba antes de que se desarro- (3) Líquidos Clase IC aquellos líquidos que tengan puntos lle una presión interna destructiva dentro de la bóveda. de inflamación iguales superiores a 22,8°C (73°F), pero La parte superior de una bóveda que esté a nivel o por inferiores a 37,8°C (100°F) [30:1.7.3.2] debajo del terreno deberá estar diseñada para aliviar o contener la fuerza de cualquier explosión que ocurra 66.2 Almacenamiento en depósitos. dentro de la bóveda. (3) La parte superior y el piso de la bóveda y la cimentación 66.2.1 Objetivo. La subsección 66.2.1 deberá aplicar a lo del depósito deberán estar diseñadas para resistir todas siguiente: las cargas previstas, incluyendo las cargas provenientes del tráfico vehicular, cuando sea aplicable. (1) Al almacenamiento de líquidos inflamables y combusti- (4) Las paredes y el piso de una bóveda que se encuentre bles, según lo definido en 66.1.6, en tanquesfijos de por debajo del nivel del terreno deberán estar diseñados superficie o por debajo de la superficie. para resistir cargas previstas hidrostáticas y de tierra. La (2) Al almacenamiento de líquidos inflamables y combustibóveda deberá ser hermética a los líquidos. bles en tanques portátiles y recipientes a granel cuya (5) Deberá permitirse que las bóvedas adyacentes comparcapacidad excede 3000 L (793 gal) tan una pared común. (3) Al diseño, instalación, ensayo, operación y manteni- (6) El cerramiento de la bóveda no deberá tener aberturas miento de dichos tanques, tanques portátiles y recipienexcepto aquellas que sean necesarias para el acceso, instes a granel [30:2.1.1] pección, llenado, vaciado y ventilación del depósito. (7) Cuando se requiera, la bóveda deberá estar diseñada 66.2.2 Diseño y Construcción de Tanques. para resistir los terremotos y el viento, de acuerdo con una buena práctica de ingeniería. 66.2.2.1 Requisitos Generales. Deberá permitirse que los (8) La bóveda deberá estar provista de conexiones que permitanques sean de cualquier forma, tamaño o tipo consistente tan la ventilación para diluir, dispersar e iluminar cualcon un diseño de ingeniería válido. Los tanques de metal quier vapor previo al ingreso del personal a la bóveda. deberán estar soldados, remachados y calafateados, o (9) La bóveda deberá estar provista de un medio para el empernados, o construidos usando una combinación de ingreso del personal. estos métodos. [30:2.2.1] (10) La bóveda deberá estar provista de un medio aprobados para admitir un agente de supresión de incendios. 66.2.2.2 Bóvedas para Tanques de la Superficie. [30:2.2.7.2] 66.2.2.2.1 Generalidades. Deberá permitirse que los tan- 66.2.2.2.3 Selección y Disposición deTanques. Los tanques de superficie sean instalados en bóvedas que cumplan ques deberán ser listados para el uso sobre la superficie. con los requisitos de 2.2.7 de NFPA 30. Excepto lo modifi- Cada depósito deberá estar en su propia bóveda y deberá cado en las disposiciones de 2.2.7 de NFPA 30, las bóvedas estar completamente encerrado por la bóveda. Deberá prodeberán cumplir todas las demás disposiciones aplicables veerse suficiente espacio entre el depósito y la bóveda para permitir la inspección visual y el mantenimiento de los tande este Código. Las bóvedas deberán estar construidas y listadas de acuerdo con UL 2245, Standard for Below-Grade ques y sus accesorios. No deberá permitirse el relleno alrededor del depósito. [30:2.2.7.3] Vaults for Flammable Liquid Storage Tanks. Deberá permi- 66.2.2.2.4 Accesorios de Tanques. tirse que las bóvedas estén por encima o por debajo del nivel del terreno. [30:2.2.7.1] 66.2.2.2.4.1 Los tubos de ventilación provistos para la ventilación normal del tanque deberán terminar en el exterior y Edición 2003 1-363 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES mínimo 3,6 m (12 pies) por encima del nivel del piso. 66.2.2.2.6.4 La activación del sistema de detección de [30:2.2.7.4.1] vapor o del sistema de detección de líquido deberá generar una señal que suene en una ubicación aprobada, atendida 66.2.2.2.4.2 Los respiraderos de emergencia deberán ser constantemente dentro de la instalación que sirve a los tanherméticos al vapor y deberá permitirse que descarguen ques o en una ubicación aprobada. [30:2.2.7.6.4] dentro de la bóveda. No deberán permitirse para este propósito cubiertas de pernos largos para entradas para el hom- 66.2.2.2.7 Instalación de la Bóveda. La bóveda deberá bre. [30:2.2.7.4.2] instalarse de acuerdo con los siguientes requisitos: 66.2.2.2.4.3 Deberá proveerse un medio aprobado para la (1) Cada bóveda y su Tanque deberán estar anclados para protección de sobrellenado de los tanques en las bóvedas. resistir la fuerza de levantamiento del agua subterránea Deberá estar prohibido el uso de válvulas de flotador de o una inundación, incluyendo cuando el depósito esté bola. [30:2.2.7.4.3] vacío. (2) Las bóvedas que no sean resistentes a los daños de los 66.2.2.2.5 Sistemas de Ventilación de Extracción. impactos de vehículos deberán estar protegidas por Deberán ventilarse las bóvedas que contengan tanques que medio de barreras contra colisión. almacenen líquidos Clase I a una tasa no inferior de 0,3 (3) Deberá permitirse instalar dispositivos de distribución m³/min/m² (1 pie3/min/pie2) del área del piso, pero no en las cubiertas de las bóvedas. (4) Deberán proveerse los medios para recuperar el líquido inferior a 4 m³/min (150 cfm). Tal ventilación deberá fundesde la bóveda. Si una bomba se usa para cumplir este cionar continuamente o deberá estar diseñada para funciorequisito, la bomba no deberá instalarse permanentenar cuando se active un sistema de detección de líquido y mente en la bóveda. Las bombas portátiles alimentadas vapor. La falla del flujo de aire de escape deberá apagar electricidad deberán aprobarse para ser uso en las ubicaautomáticamente el sistema de distribución. El sistema de ciones Clase I, División 1, según lo definido en NFPA extracción deberá estar diseñado para proveer movimiento 70, National Electrical Code de aire a través de todas las partes del piso de la bóveda. Los (5) En cada punto de entrada, deberá ubicarse una señal de conductos de suministro y escape deberán extenderse denalarma que indique la necesidad de procedimientos para tro del espacio de 75 mm (3 pulg.), pero no más de 300 el ingreso seguro dentro de espacios confinados. Cada mm(12 pulg.) del piso. El sistema de escape deberá instalarpunto de entrada deberá estar asegurado contra el ingrese de acuerdo con las disposiciones de NFPA 91, Standard so no autorizado y el vandalismo. [30:2.2.7.7] for Exhaust Systems for Air Conveying of Vapors, Gases, Mists, and Noncombustible Particulate Solids. [30:2.2.7.5] 66.2.2.2.8 Tanques Protegidos. Los tanques protegidos deberán listarse y ensayarse de acuerdo con UL 2085, 66.2.2.2.6 Sistemas de Detección de Vapor y Líquido. Standard for Protected Aboveground Tanks for Flammable and Combustible Liquids. Los tanquesprotegidos también 66.2.2.2.6.1 La bóveda deberá estar provista de un sistema deberán cumplir con los dos requisitos siguientes: de detección de vapor y líquido aprobado y equipado con dispositivos de alerta audibles y visibles en el sitio con una (1) La construcción que provea la protección de resistencia batería de reserva. [30:2.2.7.6.1] al fuego requerida deberá prevenir el escape de líquido, falla del depósito primario, falla de la estructura de 66.2.2.2.6.2 Los sistemas de detección de vapor deberán soporte y los daños de la ventilación por un período no hacer sonar una alarma cuando el sistema detecte vapores inferior a 2 horas cuando sean probados usando la expoque alcancen o excedan el 25 por ciento del límite inflamasición al fuego especificada en UL 2085. ble inferior del líquido almacenado. Los detectores de vapor (2) No deberá permitirse que se reduzca el tamaño del resdeberán estar ubicados a una altura no superior a de 305 piradero de emergencia, a menos que sea permitido por mm (12 pulg.) por encima del punto más bajo en la bóveda. 2.2.5.2.6 de NFPA 30. [30:2.2.9] [30:2.2.7.6.2] 66.2.3 Instalación de Tanques y Accesorios para Tanques. 66.2.2.2.6.3 Los sistemas de detección de líquido deberán hacer sonar una alarma al detectar cualquier líquido, inclu- 66.2.3. 1 Cimentación y Anclaje de Tanques. yendo el agua. Los detectores de líquido deberán ubicarse de acuerdo con las instrucciones del fabricante. 66.2.3.1.1* Los tanques deberán permanecer en el suelo o [30:2.2.7.6.3] en cimentaciones hechas de concreto, mampostería, apilamiento acero La cimentación de los tanques deberá estar Edición 2003 1-364 UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCL OS TM diseñada para minimizar la posibilidad de un sedimentación competente cuando lo requiera. asentamiento no uniforme del depósito y para minimizar la corrosión en cualquier parte del emplazamiento del depósi- Excepción: Deberá permitirse que los tanques verticales to en la cimentación. [30:2.3.1.1] con costuras débiles del techo a la carcasa, (ver 2.2.5.2.2 de NFPA 30) que almacenan líquidos Clase IIIA, se ubiquen 66.2.3.1.2 Cuando los tanques que estén sostenidos por enci- a la mitad de las distancias especificadas en la Tabla 66.2.3.2.1.1(a), siempre que los tanques no estén dentro de ma de su cimentación, los soportes de los tanques deberán la misma área de diques o en el trayecto del drenaje de taninstalarse en cimentaciones firmes. Los soportes para tanques que almacene líquido Clase I o Clase II. [30:2.3.2.1.1] ques que almacenen líquidos Clase I, Clase II, o Clase IIIA, deberán ser de concreto, mampostería o acero protegido. 66.2.3.2.1.2 Los tanques que almacenan líquidos estables Clase I, Clase П, o Clase IIIA y que funcionan a presiones Excepción: Deberá permitirse el uso de soportes de vigas superiores a 17,2 kPa (presión manométrica de 2,5 psig.), o sencillas de madera (no encofradas), colocadas horizontalque están equipados con respiraderos de emergencia que mente, para los tanques que estén sobre la superficie en el permiten que las presiones excedan 17,2 kPa (presión exterior si la altura no supera 0,3 m (12 pulg.) en su punto manométrica de 2,5 psig), deberán ubicarse de acuerdo con más bajo. [30:2.3.1.2] la Tabla 66.2.3.2.1.2 y la Tabla 66.2.3.2.1.1(b). [30:2.3.2.1.2] 66.2.3.1.3* Deberán protegerse las estructuras de acero o 66.2.3.2.1.3 Los tanques que almacenen líquidos con los apilamientos expuestos para tanques que almacenen características de borboteo, deberán ubicarse de acuerdo líquidos Clase I, Clase II, Clase IIIA, por medio de materiacon la Tabla 66.2.3.2.1.3. Los líquidos con características les que tengan una clasificación de resistencia al fuego no de borboteo, no deberán almacenarse en tanques de techo inferior a 2 horas. fijo de diámetro superior a 45,7 m (150 pies), a menos que se provea un sistema de inertización en el depósito. Excepción No. 1: Los soportes de acceso no necesitan protección si tienen una altura inferior a 0,3 m (12 pulg.) en su [30:2.3.2.1.3] punto más bajo. 66.2.3.2.1.4 Los tanques que almacenan líquidos inestables Excepción No. 2: Deberá permitirse el uso de protección deberán estar ubicados de acuerdo con la Tabla 66.2.3.2.1.4 por pulverización de agua, a discreción de la autoridad y la Tabla 66.2.3.2.1.1(b). [30:2.3.2.1.4] competente, de acuerdo con NFPA 15, Standard for Water Spray Fixed Systems for Fire Protection, o NFPA13, 66.2.3.2.1.5 Los tanques que almacenan líquidos estables Standard for the Installation of Sprinkler Systems, 0 equiva- Clase IIIB deberán estar ubicados de acuerdo con la Tabla lente. [30:2.3.1.3] 66.2.3.2.1.5. 66.2.3.1.4 Cuando el tanque esté ubicado en un área sujeta Excepción: El tanque que almacena líquido Clase IIIB deberá a inundaciones, deberán tomarse las medidas necesarias ubicarse de acuerdo con 66.2.3.2.1., si se encuentra dentro de para prevenir que el depósito flote, así esté lleno o vacío la misma área de diques del trayecto de drenaje del depósito durante el aumento del nivel del agua hasta el nivel de inunque almacena líquido Clase I o Clase II.[30:2.3.2.1.5] dación máximo establecido. [30:2.3.1.4] 66.2.3.2.1.6 Cuando dos propiedades en tanques de dife- 66.2.3.2* Instalación de Tanques de Superficie. Los tanrente propietario comparten un lindero común, deberá perques prefabricados de superficie deberán estar provisto de mitirse que la autoridad competente, con el consentimiento instrucciones para ensayos e instalación de los respiraderos escrito de los dueños de las dos propiedades, sustituya las normales y de emergencia. [30:2.3.2.7] distancias provistas en 66.2.3.2.2 por las distancias mínimas establecido en 66.2.3.2.1. [30:2.3.2.1.6] 66.2.3.2.1 Ubicación con Respecto a los Linderos, Vías Públicas, y Edificios Importantes en la Misma Propiedad. 66.2.3.2.1.7 Cuando una falla en el extremo del fin de un tanque o recipiente horizontal a presión pueda exponer la 66.2.3.2.1.1 Los tanques que almacenen líquidos estables propiedad, el depósito o el recipiente deberá ubicarse con su Clase I, Clase II, o Clase IIIA y con presiones de funcionaeje longitudinal paralelo a la exposición importante más miento que no excedan 17,2 kPa (presión manométrica de cercana. [30:2.3.2.1.7] 2,5 psig.) deberán ubicarse de acuerdo con la Tabla 66.2.3.2.1.1(a) y la Tabla 66.2.3.2.1.1(b). Cuando el espa- 66.2.3.2.2 Espacio de Carcasa a Carcasa entre Dos ciamiento del tanque esté basado en un diseño de costura Tanques Adyacentes de Superficie. débil del techo a la carcasa, el usuario deberá presentar la evidencia certificando dicha construcción a la autoridad 66.2.3.2.2.1 Los depósitos que almacenen líquidos estables Edición 2003 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES 1-365 Tabla 66.2.3.2.1.5 Líquidos Clase IIIB Tabla 66.2.3.2.1.1(a) Líquidos Estables [Presión de Funcionamiento Capacidad del Distancia mínima Distancia mínima Distancia mínima en pies Distancia mínima en pies Tanque (gal) desde el límite de desde el lado más desde el límite de propiedad desde el lado más cercano de propiedad conscercano de cualconstruido 0 que puede conscualquier vía pública 0 desde truido o que puede quier vía pública 0 truirse, incluyendo el lado cualquier edificio importante construirse, includesde cualquier opuesto de una vía pública, y en la misma propiedad, y no yendo el lado edificio importanno deberá ser inferior a 5 pies deberá ser inferior a 5 pies opuesto de una vía te en la misma pública propiedad ¹/₂vez el diámetro del tanque ¹/₆ veces el diámetro del tanque 12,000 o menos 5 5 El diámetro del tanque, pero no ¹/₆veces el diámetro del tanque 12,001 a 30,000 10 5 es necesario que sea superior 30,001 a 50,000 10 10 a 175 pies 50,001 a 100,000 15 10 1/2 veces el diámetro del tanque 1/6 veces el diámetro del tanque 100,001 o más 15 15 Nota: Para unidades SI, 1 pie = 0.3 m; 1 gal = 3.8 L. Fuente: Tabla 2.3.2.1.5 de NFPA 30. Diámetro del tanque ¹/₃ veces el diámetro del tanque Vertical con costura de cubierta a carcasa Ninguna 2 veces el diámetro del tanque ¹/₃ veces el diámetro del tanque pero no es necesario que exceda 350 pies Tanques horizontales y Sistema aprobado de inercia² ¹/₂vez la Tabla 66.2.3.2.1.1(b) ½ vez la Tabla 66.2.3.2.1.1(b) verticales con ventilación de para el tanque o sistema alivio de emergencia para aprobado de espuma para limitar las presiones a tanques verticales 17,2 kPa (presión Protección para exposiciones¹ Tabla 66.2.3.2.1.1(b) Tabla 66.2.3.2.1.1(b) manométrica de 2,5 psig) Ninguna Tabla 66.2.3.2.1.1(b) Tabla 66.2.3.2.1.1(b) Nota: Para unidades SI, 1 pie = 0,3 m. ¹Ver la definición de Protección para Exposiciones en 1.6.38 de NFPA 30. ²Ver NFPA 69, Standard on Explosion Prevention Systems. ³Para tanques con un diámetro superior a 150 pies, usar "Protección para Exposiciones" o "Ninguna", según sea aplicable. Fuente: Tabla 2.3.2.1.1(a) de NFPA 30. Tabla 66.2.3.2.1.1(b) Tabla de Referencia para Usar en la Tabla 66.2.3.2.1.1(a), Tabla 66.2.3.2.1.2 y Tabla 66.2.3.2.1.4 Distancia mínima desde el límite de propiedad Distancia mínima desde construido o que puede el lado más cercano de construirse, incluyendo el cualquier vía pública 0 desde lado opuesto de una vía cualquier edificio importante Capacidad del tanque (gal) pública (pies) en la misma propiedad (pies) 275 o menos 5 5 276 a 750 10 5 751 a 12,000 15 5 12,001 a 30,000 20 5 30,001 a 50,000 30 10 50,001 a 100,000 50 15 100,001 a 500,000 80 25 500,001 a 1,000,000 100 35 1,000,001 a 2,000,000 135 45 2,000,001 a 3,000,000 165 55 3,000,001 o más 175 60 Nota: Para unidades SI, 1 pie = 0.3 m; 1 gal = 3.8 L. Fuente: Tabla 2.3.2.1.1(b) de NFPA 30. Edición 2003 1-366 GO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INC OS TM Tabla 66.2.3.2.1.2 Líquidos Estables [Presión de Funcionamiento Superior a 17,2 kPa (presión manométrica de 2,5 psig) Distancia mínima en pies desde el Distancia mínima en pies desde el límite de propiedad construido 0 lado más cercano de cualquier vía que puede construirse, incluyendo el pública o desde cualquier edificio Tipo de Tanque Protección lado opuesto de una vía pública importante en la misma propiedad Cualquier tipo Protección para Exposiciones¹ 1½ veces la Tabla 1½ veces la Tabla 66.2.3.2.1.1(b), pero no 66.2.3.2.1.1(b), pero no deberá ser inferior a 25 pies deberá ser inferior a 25 pies Ninguna 3 veces la Tabla 66.2.3.2.1.1(b), ½ veces la Tabla pero no deberá ser inferior a 66.2.3.2.1.1(b), pero no 50 pies deberá ser inferior a 25 pies Nota: Para unidades SI, 1 pie = 0.3 m. ¹Ver 1.6.38 de NFPA 30, Fuente: Tabla 2.3.2.1.2 de NFPA 30. Tabla 66.2.3.2.1.3 Líquidos con Características de Borboteo Distancia mínima en pies desde el Distancia mínima en pies desde el límite de propiedad construido o lado más cercano de cualquier vía que puede construirse, incluyendo pública o desde cualquier edificio el lado opuesto de una vía pública importante en la misma propiedad Tipo de Tanque Protección y deberá ser inferior a 5 pies y deberá ser inferior a 5 pies Cubierta flotante [Ver Protección para exposiciones¹ vez el diámetro del tanque ¹/₆vez el diámetro del tanque Tabla 66.2.3.1.1(a)] Ninguna Diámetro del tanque vez el diámetro del tanque Cubierta fija Sist. aprobado de espuma o inercia² Diámetro del tanque 1/3 vez el diámetro del tanque Protección para Exposiciones 2 veces el diámetro del tanque 2/3 vez el diámetro del tanque Ninguna 4 veces el diámetro del tanque 2/3 vez el diámetro del tanque pero no es necesario que sea superior a Nota: Para unidades SI, 1 pie = 0.3 m. Ver 1.6.38 e3 NFPA 30 Ver NFPA 69, Standard on Explosion Prevention Systems. Fuente: Tabla 2.3.2.1.3 de NFPA 30. Tabla 66.2.3.2.1.4 Líquidos Inestables Distancia mín. en pies desde el lími- Distancia mín. en pies desde el lado te de propiedad construido o que más cercano de cualquier vía públipuede construirse, incluyendo el ca o desde cualquier edificio impor- Tipo de Tanque Protección lado opuesto de una vía pública tante en la misma propiedad Tanques horizontales y Tanque protegido por cualquiera La Tabla 66.2.3.2.1.1(b) pero no No inferior a 25 pies verticales con ventilación de de los siguientes: pulverizainferior a 25 pies alivio de emergencia para ción de agua, inercia¹ aprobalimitar las presiones a da, refrigeración y aislamiento 17,2 kPa (presión aprobados, barrera aprobada 2 ½ veces la Tabla 66.2.3.2.1.1(b) No inferior a 50 pies manométrica de 2,5 psig) Protección para exposiciones² pero no inferior a 50 pies 5 veces la Tabla 66.2.3.2.1.1(b) No inferior a 100 pies Ninguna pero no inferior a 100 pies Tanques horizontales y Tanque protegido por cualquiera 2 veces la Tabla 66.2.3.2.1.1(b) No inferior a 50 pies verticales con ventilación de de los siguientes: pulverizapero no inferior a 100 pies alivio de emergencia para ción de agua, inercia¹ aprobapermitir una presión superior da, refrigeración y aislamiento a 17,3 kPa (2,5 psig de aprobados barrera aprobada 4 veces la Tabla 66.2.3.2.1.1(b) No inferior a 100 pies presión manométrica) Protección para exposiciones² pero no inferior a 100 pies 8 veces la Tabla 66.2.3.2.1.1(b) No inferior a 150 pies Ninguna pero no inferior a 150 pies Nota: Para unidades SI, 1 pies 0.3 m. Ver NFPA 69, Standard on Explosion Prevention Systems. Ver 1.6.38 de NFPA 30 Fuente: Tabla 2.3.2.1.4 de NFPA 30. Edición 2003 1-367 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES tanques en un área de diques que contengan líquidos Clase Tabla 66.2.3.2.1.5 Líquidos Clase IIIB I o Clase II o en el trayecto de drenaje de líquidos Clase I 0 Capacidad del Distancia mínima Distancia mínima Clase II y estén compactados en tres o más filas o en un Tanque (gal) desde el límite de desde el lado más cercano de cualpatrón irregular, para hacer que los tanques sean accesibles propiedad construido o que puede quier vía pública 0 en el interior del trayecto para propósitos de lucha contra construirse, includesde cualquier incendios. [30:2.3.2.2.3] yendo el lado edificio importanopuesto de una vía te en la misma 66.2.3.2.2.4 La separación horizontal mínima entre un recipública propiedad piente de Gas-LP y un depósito de almacenamiento de 12,000 o menos 5 5 líquido Clase I, Clase II o Clase IIIA deberá ser de 6 m (20 12,001 a 30,000 10 5 pies). Deberán tomarse las medidas apropiadas para preve- 30,001 a 50,000 10 10 nir la acumulación de líquidos Clase I, Clase II, o Clase 50,001 a 100,000 15 10 IIIA por debajo de los recipientes de Gas-LP adyacentes, 100,001 o más 15 15 tales como diques, bordillos de desviación o declives. Nota: Para unidades SI, 1 pie 0.3 m; 1 gal 3.8 L. Cuando haya depósitos de almacenamiento de líquidos Fuente: Tabla 2.3.2.1.5 de NFPA 30. inflamables o combustibles dentro del espacio del área de diques, los recipientes de Gas-LP deberán estar por fuera de ésta área y alejados mínimo 3 m (10 pies) de la línea cen- Clase I, Clase II, o Clase III, deberán estar separados por las tral del muro del área de diques. distancias dadas en la Tabla 66.2.3.2.2.1. Excepción No. 1: Si un depósito que almacena líquido Excepción No. 1: Los tanques que almacenen petróleo Clase I, Clase II, 0 Clase IIIA funciona a una presión supecrudo y que tienen una capacidad individual no superior a rior a 17,2 kPa (presión manométrica de 2,5 psig) o está 3000 bbl (126,000 gal) y que están ubicados en instalacioequipado con un desfogue de alivio de emergencia que pernes de producción en ubicaciones aisladas no requieren mita que las presiones excedan 17,2 kPa (presión manoméestar separados por más de 0,9 m (3 pies). trica de 2,5 psig.), deberá separarse de un recipiente de Gas-LP mediante de la distancia dada en 66.2.3.2.2.1. Excepción No. 2: Los depósitos usados para el almacenamiento de líquidos Clase IIIB no requieren estar separados Excepción No. 2: Estos requerimientos no deberán aplicar por más de 0,9 m (3 pies) siempre que no estén dentro de la cuando los recipientes de 475 (125 gal) o capacidades infemisma área de diques del trayecto de drenaje de un tanque riores estén instalados contiguos a los tanques de suministro de que almacena líquidos Clase I o Clase II. [30:2.3.2.2.1] fuel-oil de 2498L(660 o una capacidad inferior. [30:23.2.2.4] 66.2.3.2.2.2 Los depósitos que almacenen líquidos inesta- 66.2.3.2.3 Control de Derrames desde los Tanques de bles deberán separarse por una distancia no inferior a la Superficie. Todos los tanques que contengan líquidos Clase mitad de la suma de sus diámetros. [30:2.3.2.2.2] I, Clase II, o Clase IIIA deberá estar provistos de medios 66.2.3.2.2.3 Deberá permitirse que la autoridad competenpara prevenir fugas accidentales de líquido que pongan en te requiera un espacio mayor u otros medios, cuando haya peligro las instalaciones importantes y propiedades adya- Tabla 66.2.3.2.2.1 Espaciamiento Mínimo entre Tanques (De Carcasa a Carcasa) Tanques Fijos u Horizontales Tanques de cubierta flotante Líquidos Clase I o II Líquidos Clase IIIA 1/6 de la suma de los diámetros 1/6 de la suma de los diámetros ¹/₆ de la suma de los diámetros Todos los tanques con un diámetro máximo de 150 pies de tanques adyacentes, pero de tanques adyacentes, pero de tanques adyacentes, pero no inferior a 3 pies no inferior a 3 pies no inferior a 3 pies Tanques con un diámetro superior a 150 pies Si se provee un cerramiento 1/6 de la suma de los diámetros 1/4 de la suma de los diámetros ¹/₆ de la suma de los diámetros remoto de acuerdo con de tanques adyacentes de tanques adyacentes de tanques adyacentes 66.2.3.2.3.1 Si se proveen diques de acuerdo 1/4 de la suma de los diámetros 1/3 de la suma de los diámetros ¹/₄ de la suma de los diámetros con 66.2.3.2.3.2 de tanques adyacentes de tanques adyacentes de tanques adyacentes Nota: Para unidades SI, 1 pie 0.3 m. Tabla de Edición 2003 1-368 C 0 UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCI OS TM centes o que alcancen cauces de agua. Tales medios debe- 66.2.4 Prevención y Control de Incendios. rán cumplir con los requisitos de 2.3.2.3.1, 2.3.2.3.2, ó 2.3.2.3.3 de NFPA 30, el que sea aplicable. [30:2.3.2.3] 66.2.4.1 Objetivo. La subsección 66.2.4 deberá aplicar a las técnicas de administración reconocidas comúnmente y a 66.2.3.2.4 Aberturas de Tanques Diferentes a los los métodos de control de incendios usados para prevenir o Respiraderos para Tanques de la Superficie. minimizar las pérdidas por fuego o explosión en las instalaciones para almacenamiento en depósitos. La amplia varie- 66.2.3.2.4.1 Deberá proveerse con una válvula interna o dad de tamaños, diseño y ubicación de las instalaciones externa en, cada conexión a un tanque de sobre la superfipara almacenamiento de tanques deberá impedir la inclucie a través de la cual el líquido pueda fluir normalmente, sión de métodos de control y prevención de incendios detaubicada tan cerca como sea posible de la carcasa del depóllados aplicables a tales instalaciones. Deberá permitirse sito. [30:2.3.2.5.1] que la autoridad competente sea consultada en casos específicos, cuando sea aplicable; de otra manera, deberá emi- 66.2.3.2.4.2 Cada conexión por debajo del nivel del líquitirse un juicio de ingeniería calificado. [30:2.5.1] do a través de la cual el líquido no fluye normalmente deberá proveerse de un cierre hermético al líquido tal como una 66.2.4.2 Requisitos Generales. Las instalaciones para válvula, un tapón o una persiana, o una combinación de almacenamiento de tanques deberán tener el control y preestos. [30:2.3.2.5.2] vención de incendios para la seguridad humana, para minimizar las pérdidas materiales, y para reducir la exposición 66.2.3.2.4.3 Las aberturas para la calibración de tanques al fuego de las instalaciones aledañas resultante del fuego y que almacenan líquido Clase I deberán estar provistas de la explosión. Deberá considerarse que estar de acuerdo con una tapa o cubierta hermética al vapor. [30:2.3.2.5.3] 66.2.4.3 a 66.2.4.7 es cumplir con los requisitos de 66.2.4.2. [30:2.5.2] 66.2.3.2.4.4* Los tubos de llenado que entran por la cubierta del tanques deberán terminar dentro del espacio de 150 66.2.4.3 Control de las Fuentes de Ignición. mm (6 pulg.) del fondo del tanque. Los tubos de llenado deberán instalarse o disponerse de manera que se minimice 66.2.4.3.1 Deberán tomarse las debidas precauciones la vibración. para prevenir la ignición de los vapores inflamables de fuentes tales como las siguientes: Excepción No. 1: No necesitan cumplir este requisito los tubos de llenado de tanques cuyo espacio de vapor bajo los (1) Llamas abiertas límites esperados en condiciones normales de funciona- (2) Relámpago miento no esté dentro del límite inflamable 0 se encuentre (3) Superficies calientes inerte. (4) Calor radiante (5) Fumar Excepción No. 2: No necesitan cumplir este requisito los (6) Corte y soldadura tubos de llenado de tanques que manipulan líquidos con un (7) Combustión espontánea potencial mínimo de acumulación de electricidad estática (8) Calor por fricción o chispas siempre que la línea de llenado esté diseñada y el sistema (9) Electricidad estática funcione para evitar la generación de nubla y esté provisto (10) Chispas eléctricas de un nivel adecuado de tiempo de permanencia aguas (11) Corrientes perdidas abajo de los filtros o tamices de tal manera que la carga (12) Hogares, hornos y equipo de calefacción [30:2.5.3.1] generada sea disipada. [30:2.3.2.5.4] 66.2.4.3.2 Deberá permitirse fumar solamente en áreas 66.2.3.2.4.5 Las conexiones de llenado y vaciado para designadas y adecuadamente identificadas. [30:2.5.3.2] líquidos Clase I, Clase II, o Clase IIIA que son conectadas y desconectadas deberán ubicarse por fuera de los edificios 66.2.4.3.3* No deberán permitirse operaciones de soldaduen una ubicación libre de cualquier fuente de ignición. Éstas Γa, corte o similares que produzcan chispas en áreas que deberán estar ubicadas a no menos de 1,5 m (5 pies) lejos contengan líquidos inflamables a menos que se haya emitide cualquier abertura del edificio. Tales conexiones para do un permiso escrito autorizando tal trabajo. El permiso cualquier líquido deberán estar cerradas y herméticas al deberá ser emitido por una persona con autoridad luego de líquido cuando no estén en uso y deberán estar identificadas la inspección del área para asegurar que se han tomado las adecuadamente. [30:2.3.2.5.5] debidas precauciones y se seguirán tomando hasta que el trabajo sea terminado. [30:2.5.3.3] Edición 2003 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES 1-369 66.2.4.3.4* Electricidad Estática. Todos los equipos metálicos tales como tanques, maquinaria y tubería deberán 66.2.4.6.1 Deberá establecerse un plan de acción de emerdiseñarse y manejarse para prevenir la combustión electrosgencia para responder ante incendio y otras emergencias de tática. Todos los equipos metálicos deberán tener conexión acuerdo con los equipos y personal disponible. Este plan eléctrica de dos rieles (interconexión) o tener polo a tierra deberá incluir lo siguiente: cuando una mezcla inflamable pueda estar presente. La conexión eléctrica de dos rieles o puesta a tierra deberá apli- (1) Procedimientos para ser usados en caso de incendio, carse físicamente o deberá estar presente de forma inherentales como alarmas sonoras, notificación al cuerpo de te por la naturaleza de la instalación. Cualquier sección aisbomberos, personal de evacuación, y control y extinción lada eléctricamente de la tubería o equipo metálico deberá del incendio. tener conexión eléctrica de dos rieles o polo a tierra para (2) Designación y entrenamiento de personas para lleprevenir la acumulación peligrosa de electricidad estática. var a cabo labores de seguridad contra incendio Deberá considerarse especialmente todo el equipo y la tube- (3) Mantenimiento del equipo para protección contra incendio ría no metálica cuando pueda existir una mezcla inflamable. (4) Realización de simulacro de incendio [30:2.5.3.4] (5) Apagar o aislar el equipo para reducir el escape de líquido (6) Medidas alternativas para la seguridad del personal 66.2.4.3.5 Instalaciones Eléctricas. El diseño, selección e mientras cualquier equipo de protección contra incendio instalación de cableado eléctrico y equipo eléctrico de utiliesté apagado [30:2.5.6.1] zación deberá cumplir con los requisitos de la Sección 66.6. [30:2.5.3.5] 66.2.4.6.2 El personal responsable del uso y manejo del equipo de protección contra incendios deberá estar entrena- 66.2.4.4 Administración de Riesgos de Incendios. El do para el uso de tal equipo. Deberá llevarse a cabo capacialcance del control y prevención de incendios provistos tación de refuerzo al menos una vez al año. El personal respara las instalaciones de almacenamiento de tanques debeponsable deberá ser capaz de demostrar conocimiento del rá estar determinado por la evaluación de ingeniería de la uso y manejo del equipo de protección contra incendio. instalación y funcionamiento, seguido por la aplicación de [30:2.5.6.2] los principios de ingeniería de procesos y protección contra incendios. La evaluación deberá incluir, pero no limitarse a 66.2.4.6.3 Deberá coordinarse la planeación de medidas lo siguiente: efectivas para control de incendio con las agencias locales de respuesta ante emergencias. Esto deberá incluir, pero no (1) Análisis de los riesgos de incendio y explosión de la limitarse a la identificación de todos los tanques por ubicainstalación ción, contenido, tamaño, e identificación de riesgo como se (2) Análisis de las condiciones locales, tales como la exporequiere en 66.2.5.2.1. [30:2.5.6.3] sición a las propiedades adyacentes, potencial de inundación y potencial de terremotos 66.2.4.6.4 Deberán establecerse procedimientos para tener (3) Respuesta del cuerpo de bomberos o de ayuda mutua en cuenta el cierre seguro de las instalaciones de almacena- [30:2.5.4] miento de tanques en condiciones de emergencia. Deberán tomarse las medidas necesarias para la capacitación, inspec- 66.2.4.5 Control de Incendios. Deberá proveerse o estar ción y pruebas periódicas de las alarmas, enclavamientos y disponible un sistema de extinción de incendios de acuerdo controles asociados. [30:2.5.6.4] con la norma NFPA aplicable para los depósitos de almacenamiento atmosféricos verticales de cubierta fija de capaci- 66.2.4.6.5 Los procedimientos de emergencia deberán dad superior a 189.250 L (50.000 gal), que almacenen líquimantenerse fácilmente disponibles rápidamente en un área dos Clase I, si están ubicados en un área congestionada operativa y actualizarse regularmente. [30:2.5.6.5] donde existe un riesgo de exposición inusual para el depósito desde la propiedad adyacente o desde el depósito para 66.2.4.6.6 Cuando haya locales que puedan permanecer sin la propiedad adyacente. Generalmente, los tanques de atención durante períodos de tiempo considerables, deberá cubierta fija que almacenen líquidos Clase II o III a tempecolocarse un resumen del plan de emergencia en una ubicaraturas inferiores a las de sus puntos de inflamación y los ción estratégica y accesible. [30:2.5.6.6] tanques de cubierta flotante que almacenen cualquier líqui- 66.2.4.7 Inspección y Mantenimiento. do no deberán requerir protección cuando se instalen, de conformidad con la Sección 2.3 de NFPA 30. [30:2.5.5] 66.2.4.7.1 Todo el equipo de protección contra incendio deberá mantenerse apropiadamente y deberán efectuarse 66.2.4.6 Capacitación V Planeación de Emergencia. inspecciones y pruebas periódicas de acuerdo con prácticas Edición 2003 1-370 COLIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE OS TM normalizadas y las recomendaciones del fabricante del 66.2.5.1.1(2) y 66.2.5.1.1(3) deberán ser supervisados elécequipo. [30:2.5.7.1] tricamente o de forma equivalente. [30:2.6.1.2] 66.2.4.7.2 Las prácticas de mantenimiento y funciona- 66.2.5.1.3 Los procedimientos escritos formales requemiento en una instalación de almacenamiento de tanques ridos en 66.2.5.1.1 deberán incluir lo siguiente: deberán controlar las fugas y prevenir el derrame de líquidos. [30:2.5.7.2] (1) Instrucciones que cubran los métodos para verificar la alineación y la recepción adecuada de la transferencia 66.2.4.7.3 Las áreas del suelo alrededor de las instalacioinicial hacia el tanque designado para recibir el envío nes para almacenamiento de tanques deberán mantenerse (2) Disposiciones para el entrenamiento y monitoreo del libres de maleza, basura y otros materiales combustibles desempeño del personal operativo mediante la superinnecesarios. [30:2.5.7.3] visión del terminal (3) Horarios y procedimientos para la inspección y ensayo 66.2.4.7.4 Las vías de acceso establecidas para el movide los equipos de instrumentación de nivel alto y sistemiento del personal deberán mantenerse libres de obstrucmas relacionados. Los intervalos de inspección y ensaciones para permitir la evacuación ordenada y el rápido yo deberán ser aceptados por la autoridad competente acceso para la lucha manual contra incendios. [30:2.5.7.4] pero no deberán ser superiores a 1 año [30:2.6.1.3] 66.2.4.7.5 Deberán mantenerse los materiales y residuos de 66.2.5.1.4 Un tanque de superficie deberá estar equipado desecho combustibles en cantidades mínimas en área de con un equipo de prevención de sobrellenado que funciona funcionamiento, almacenadas en recipientes metálicos de la siguiente manera: cubiertos y disponerse diariamente. [30:2.5.7.5] (1) Detención automática del flujo de líquido hacia el inte- 66.2.5 Operaciones y Mantenimiento de Tanques rior del tanque cuando el tanque haya sobrepasado el 95 por ciento de su capacidad 66.2.5.1 Prevención de Sobrellenado deTanques. (2) Alertar al operador de transferencia cuando el tanque haya sobrepasado el 90 por ciento de su capacidad 66.2.5.1.1 Los tanques de superficie en los terminales que mediante la restricción del flujo de líquido dentro del reciben y transfieren líquidos Clase I desde las tuberías depósito o accionando la alarma de nivel alto principales o las embarcaciones marinas deberán seguir (3) Otros métodos aprobados por la autoridad competente procedimientos escritos formales para prevenir el sobrelle- [30:2.6.1.4] nado de los tanques utilizando uno de los siguientes métodos de protección: 66.2.5.2 Identificación y Seguridad. (1) Mediante tanques calibrados a intervalos frecuentes por 66.2.5.2.1 Identificación de Respuesta de Emergencia. personal que esté continuamente en el sitio durante la La aplicación de NFPA 704, Standard System for the recepción del producto, manteniendo comunicación de Identification of the Hazards of Materials for Emergency frecuente con el proveedor de manera que el flujo pueda Response, a los tanques que contengan líquidos no deberá ser detenido o desviado con prontitud. requerirse excepto cuando los contenidos tengan un nivel (2) Mediante tanques equipados con un dispositivo de de riesgo para la salud o de reactividad de 2 o más, o una detección de nivel alto que sea independiente de cualclasificación inflamabilidad de 4. No deberá ser necesario quier equipo de medición. La alarma deberá ubicarse aplicar la marcación directamente al tanquepero deberá donde el personal que esté efectuando la operación a traestar ubicada donde pueda verse fácilmente, como en el vés de la transferencia del producto pueda lograr rápidaanden de una vía de acceso o un pasadizo al tanque o tanmente la detención o la desviación del flujo. ques o en el exterior de la tubería del área de diques. Si más (3) Mediante tanques equipados con un sistema de detecde un tanque está involucrado, las marcaciones deberán ubición de nivel alto que automáticamente detenga o descarse de manera que cada depósito pueda identificarse fácilvíe el flujo. mente. [30:2.6.2.1] (4) Mediante alternativas para la instrumentación descritas en 66.2.5.1.1(2) y 66.2.5.1.1(3) cuando la autoridad 66.2.5.2.2 Los tanques de superficie aislados para almacecompetente lo apruebe como una protección equivalennamiento sin supervisión, deberán estar asegurados y marte permitida. [30:2.6.1.1] cados de tal manera que se identifiquen los riesgos de incendio del depósito y de los contenidos del tanque para 66.2.5.1.2 Los sistemas de instrumentación contenidos en público en general. Cuando sea necesario, el área en la cual Edición 2003 1-371 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES está ubicado el depósito deberá estar protegida contra daños 66.2.5.5.2 Cierres Temporales. Los tanques deberán o entradas ilegales. [30:2.6.2.2] dejarse fuera de servicio temporalmente sólo cuando esté planeado ponerlos nuevamente en servicio activo, cerrarlos 66.2.5.3 Tanques en Áreas Sujetas a Inundaciones. en el sitio permanentemente, o retirarlos en un período razonable que no exceda 1 año. Deberán cumplirse los 66.2.5.3.1 Carga de Agua. El llenado de un tanque que siguientes requerimientos: debe estar protegido por medio de cargas de agua deberá empezar tan pronto como se prevea que las aguas de inun- (1) Los sistemas de protección contra la corrosión y detecdación alcanzaran niveles de inundación peligrosos. ción de fugas deberán mantenerse en funcionamiento. Cuando se dependa de bombas de agua alimentadas por (2) La línea de ventilación deberá dejarse abierta y funciocombustible, deberá haber suficiente combustible disponinando. ble para permitir el funcionamiento continuo hasta que los (3) El depósito deberá asegurarse en contra manipulación. tanques se llenen. Las válvulas de los tanques deberán ase- (4) Todas las otras líneas deberán estar tapadas y o taponagurarse en posición cerrada cuando la carga de agua se haya das. [30:2.6.5.2] completado. [30:2.6.3.1] 66.2.5.5.2.1 Los tanques que permanezcan temporalmente 66.2.5.3.2 Instrucciones de Operación. Las instrucciones fuera de servicio por más de 1 año deberán estar permanen- o procedimientos de operación en una emergencia de inunte cerrados en el sitio o movidos de acuerdo con 66.2.5.5.3 dación deberán estar fácilmente disponibles. [30:2.6.3.2] ó 66.2.5.5.4, según sea aplicable. [30:2.6.5.2] Capacitación del Personal. El personal encargado de lle- 66.2.5.5.3 Cierre Permanente en el Sitio. Deberá que los var a cabo los procedimientos de emergencia de inundación tanques se cierren permanentemente en el sitio cuando la deberá estar informado de la ubicación y funcionamiento de autoridad competente lo aprueba. Deberán cumplirse todos las válvulas y otros equipos necesarios para efectuar lo los requisitos siguientes: resuelto en estos requisitos. [30:2.6.3.3] (1) Deberá notificarse a las autoridades competentes aplicables 66.2.5.4 Tanques de Superficie Temporal 0 Permanen- (2)* Deberá mantenerse el sitio de trabajo seguro mediante temente Fuera de Servicio. las actividades autorizadas (3) Todos los líquidos y residuos inflamables y com- 66.2.5.4.1* Cierre de Tanques de Almacenamiento. Los bustibles deberán sacarse del depósito, accesorios, y tanques de superficie puestos fuera de servicio o abandonatubería y deberán disponerse adecuadamente dos deberán desocuparse, dejarse libres de vapores, y prote- (4) Deberá hacerse que el tanque sea seguro mediante la gerse contra el ingreso no autorizado. [30:2.6.4.1] purga de vapores inflamables o por inercia la atmósfera explosiva potencial en el depósito. Deberá confirmarse 66.2.5.4.2 Reutilización de Tanques de Superficie de que la atmósfera en el depósito es segura por medio de Almacenamiento. Solamente los tanques usados que cumpruebas periódicas de la atmósfera usando un indicador plan con las secciones aplicables de NFPA 30 y estén aprode gas combustible, si se purga, o un medidor de oxígebados por la autoridad competente deberán instalarse para no, si es inertizado el servicio de líquidos inflamables o combustibles. (5) El acceso al tanque deberá hacerse por medio de una exca- [30:2.6.4.2] vación cuidadosa hasta la parte superior del depósito (6) Deberá desconectarse y quitarse toda la tubería expues- 66.2.5.5 Tanques Subterráneos Temporales 0 Permanenta, dispositivos de calibración y del depósito, y otros temente Fuera de Servicio. accesorios, excepto la ventilación (7) El tanque deberá llenarse completamente con un mate- 66.2.5.5.1 Generalidades. Deberá seguirse los procedirial sólido inerte mientos mencionados en esta subsección cuando los tan- (8) Deberá taparse o quitarse la ventilación del depósito y la ques de superficie se pongan fuera de servicio temporaltubería subterránea mente, cerrándolos en el sitio permanentemente, o retirán- (9) La excavación del depósito deberá ser rellenada dolos. Deberán seguirse estrictamente todos los procedi- [30:2.6.5.3] mientos de seguridad asociados cuando se trabaja en la pro- 66.2.5.5.4 Remoción y Disposición. Los tanques subterráneximidad de materiales inflamables y combustibles. (Ver os deberán retirarse de acuerdo con los siguientes requisitos: Apéndice C de NFPA30 para información adicional.) [30:2.6.5.1] (1) Deberán seguirse los pasos descritos en 66.2.5.5.3(1) a 66.2.5.5.3(5) Edición 2003 1-372 JIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INC. DIOS TM (2) Deberá desconectarse y quitarse toda la tubería expues- 66.2.5.7 Mantenimiento de Tanques. ta, dispositivos de calibración y del tanque, y otros accesorios, incluyendo la ventilación 66.2.5.7.1 Cada tanque deberá mantenerse hermético al (3) Deberán taparse todas las aberturas dejando una abertulíquido. Cada depósito que tenga fugas deberá vaciarse o ra de 8 mm (1/4 pulg.) para evitar la acumulación de repararse de manera aceptable para la autoridad competenpresión en el depósito te. [30:2.6.7.1] (4) El tanque deberá retirarse del sitio excavado y deberá asegurarse contra movimiento 66.2.5.7.2 Deberán ensayarse los tanques que dañados (5) Deberá taparse cualquier agujero por corrosión estructuralmente, que han sido reparados o reconstruidos, o (6) El tanque deberá estar etiquetado con sus contenidos se sospecha que tienen fugas de acuerdo con 2.4.1 de NFPA actuales, estado del vapor presente, método de libera- 30 o de una manera aceptable para la autoridad competención de vapor, y una advertencia contra su reutilización te. [30:2.6.7.2] (7) El tanque deberá retirarse del sitio rápidamente, de preferencia el mismo día [30:2.6.5.4] 66.2.5.7.3* Los tanques y todos los accesorios para tanques, incluyendo la ventilación normal y la ventilación de emer- 66.2.5.5.5 Almacenamiento Temporal de Tanque Retirados. gencia y los dispositivos relacionados deberán mantenerse Si es necesario almacenar un depósito temporalmente que apropiadamente para asegurar que funcionen como se espeha sido retirado, deberá ubicarse en un área segura donde ra. [30:2.6.7.3] esté restringido el acceso al público. Deberá mantenerse una abertura de 8 mm (¹/4 pulg.) para evitar la acumulación 66.2.5.7.4 Deberán proveerse aberturas para calibración de de presión en el tanque. [30:2.6.5.5] los tanques que almacenan líquidos Clase I con una tapa o cubierta hermética al vapor. Tales cubiertas deberán estar 66.2.5.5.6 Disposición de los Tanques. La disposición de cerradas cuando no se estén calibrando los tanques. los tanques deberá cumplir con los siguientes requisitos: [30:2.6.7.4] 66.3 Sistemas de Tubería. (1) La atmósfera en el tanque deberá probarse antes de que sea cortado en pedazos para desecho o el relleno sanita- 66.3.1 Objetivo. rio, de acuerdo con 66.2.5.5.3(4) garantizar la seguridad (2) El depósito deberá dejarse inutilizado para uso posterior 66.3.1.1 La Sección 66.3 deberá aplicar a los sistemas de mediante el corte de agujeros en las cabezas y carcasa tuberías que consistan en tubos, tubería, bridas, pernos, del depósito [30:2.6.5.6] empaques, válvulas, accesorios, conexiones flexibles, las partes que mantienen presión de otros componentes tales 66.2.5.5.7 Documentación. Deberá prepararse y mantenercomo juntas de expansión y tensores, y dispositivos que sirse la documentación necesaria de acuerdo con todas las ven tales propósitos como mezcla, separación, detención, regulaciones y leyes federales, estatales y locales. [30:2.6.5.7] distribución, medición, control de flujo, o contención secundario de líquidos y vapores asociados. [30:3.1.1] 66.2.5.5.8 Reutilización de Tanques Subterráneos. Solamente aquellos tanques usados que cumplen con las 66.3.1.2 La Sección 66.3 no deberá aplicar a ninguno de los siguientes: secciones aplicables de NFPA 30 y están aprobados por la autoridad competente deberán instalarse para el servicio de (1) La tubería o revestimiento de cualquier pozo de gas o petrólíquidos inflamables o combustibles. [30:2.6.5.8] leo y cualquier tubería conectada directamente a estos (2) Vehículos de motor, aeronaves, botes o tubería que forma 66.2.5.5.9 Cambio del Servicio de Tanques Subterráparte integral de un ensamble de motor estacionario neos. Los tanques en los que se lleva a cabo algún cambio (3) La tubería dentro del alcance de cualquier código aplidel producto almacenado deberá cumplir con los requisitos cable sobre calderas o recipientes a presión [30:3.1.2] de la Sección 2.2 de NFPA 30. [30:2.6.5.9] 66.3.2 Requisitos Generales. 66.2.5.6* Detección de Fugas y Registros de Inventario para Tanques Subterráneos. Deberán mantenerse regis- 66.3.2.1 Normas de Desempeño. El diseño, fabricatros de inventario adecuados o un programa de detección de ción, ensamble, prueba, e inspección de sistemas de tubefugas en los depósitos de almacenamiento de líquido Clase rías deberá ser adecuado para las presiones de trabajo y esfuerzo estructurales esperados. De conformidad con las I para la indicación de posibles fugas de los tanques o tuberías asociadas. [30:2.6.6] secciones aplicables de ASME B31, Code for Pressure Piping, y las disposiciones de 66.3.2 deberá considerarse como de primera mano. [30:3.2.1] Edición 2003 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES 1-373 66.3.2.2 Hermeticidad de la Tubería. Los sistemas de sión con un contenido sólido inerte y acuoso (no comtubería deberán mantenerse herméticos al líquido. Un sistebustible) mayor al 80 por ciento por peso, que no manma de tubería que tenga fugas que constituyan un riesgo tienen la combustión cuando estén siendo probados deberá vaciarse del líquido o repararse de una manera acepusando el "Method of Testing for Sustained table por la autoridad competente. [30:3.2.2] Combustibility," por 49 CFR 173, Apéndice H, o UN Recommendations on the Transport of Dangerous Goods 66.4 Almacenamiento de Recipientes y Tanques Portátiles. (7) Los alcoholes y vinos destilados en barriles o toneles de madera [30:4.1.1.2] 66.4.1 Generalidades. 66.4.1.2 Disposiciones Generales. 66.4.1.1* Objetivo. 66.4.1.2.1 Para el propósito de esta subsección, lo líquidos 66.4.1.1.1 Los requisitos de la Sección 66.4 deberán apliinestables deberán ser tratados como líquidos Clase IA. car al almacenamiento de líquidos en bidones a otros reci- [30:4.1.2.1] pientes con una capacidad individual máxima de 227 L (60gal), en tanques portátiles con una capacidad individual 66.4.1.2.2 Para los propósitos de esta subsección, almacemáxima de 2498 L (660 gal), y en recipientes intermedios a namiento protegido instalado después de enero 1 de 1997, granel con una capacidad individual máxima de 3000 L deberá significar almacenamiento instalado después de (793 gal) y a transferencias incidentales a estos. Para tanenero 1 de 1997, protegido de acuerdo con 66.4.8. ques portátiles que superan 2500 L (660 gal), deberá apli- Cualquier otro almacenamiento deberá considerarse como carse el Capítulo 2 de NFPA 30. Los requisitos de la almacenamiento sin protección a menos que la autoridad Sección 66.4 deberán aplicar también a los bidones reempacompetente haya aprobado medios alternativos de proteccados que tengan una capacidad máxima de 322 L (85 gal) ción. (Ver 66.4.8.2.3 y 66.4.8.3.) usados para contener temporalmente recipientes que tengan una capacidad máxima de 227 (66 gal). Tales recipientes Excepción: Según lo especificado en 66.4.5. [30:4.1.2.2] sobreempacados deberán tratarse como recipientes según se define en 3.3.3. [30:4.1.1] 66.4.2 Diseño, Construcción, y Capacidad de los Recipientes. 66.4.1.1.2 Los requisitos de la Sección 66.4 no deberán 66.4.2.1 Solamente deberán usarse los siguientes recipienaplicar a lo siguiente: tes, recipientes intermedios a granel, y tanques portátiles aprobados: (1) Recipientes, recipientes intermedios a granel, y tanquesportátiles que sean usados en áreas de proceso, según lo (1) Deberán aceptarse los recipientes metálicos, recipientes expuesto en la Sección 66.5 intermedios metálicos a granel, y tanques portátiles (2) Los líquidos en tanques de combustible para vehículos metálicos que cumplir con los requisitos y contengan de motor, aeronaves, bote o motores estacionarios o porproductos autorizados por el Capítulo I, 49 CFR tátiles (Regulaciones de Materiales peligrosos del Ministerio (3) Las bebidas, cuando están empacadas en recipientes de Transporte de los E.E.U.U.), el Capítulo 6 individuales que tengan una capacidad máxima a 5 L Recommendations on the Transport of Dangerous (1.3 gal) Goods de las Naciones Unidas (4) Las medicamentos, productos alimenticios, cosméticos, (2) Deberán aceptarse los recipientes plásticos que cumplan y otros productos de consumo que contengan máximo el los requisitos y sean usados para productos derivados 50 por ciento por volumen de líquidos miscibles en del petróleo, dentro del alcance de una o más de las agua, con el resto de la solución que no sea inflamable siguientes especificaciones: cuando estén empacados en recipientes individuales que (a) ASTM F 852, Standard for Portable Gasoline tengan una capacidad máxima de 5L (1.3 gal) Containers for Consumer Use (5) Cuando los líquidos que no tienen punto de combustión (b) ASTM F 976, Standard for Portable Kerosene son probados por ASTM D 92, Standard Test Method for Containers for Consumer Use Flash and Fire Points by Cleveland Open Cup, hasta el (c) ANSI/UL 1313, Nonmetallic Safety Cans for punto de ebullición del líquido o hasta la temperatura a Petroleum Products la cual la muestra que está siendo ensayada presente un (3) Deberán aceptarse los recipientes plásticos que cumplan cambio físico obvio los requisitos y contengan productos autorizados por 49 (6) Los líquidos con un punto de inflamación superior a CFR o por el Capítulo 6 Recommendations on the 35°C (95°F) en una solución miscible con agua o disper- Transport of Dangerous Goods de las Naciones Unidas Edición 2003 1-374 DIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA Il NDIOS TM Tabla 66.4.2.3 Tamaño Máximo Permitido Recipientes, Recipientes Intermedios a Granel y Tanques Portátiles Líquidos Inflamables Tipo Líquidos Combustibles Clase IA Clase IB Clase IC Clase II Clase III Vidrio 1 pt 1 qt 1 gal. 1 gal. 5 gal. Metal (que no sean bidones 1 gal 5 gal DOT) 5 gal 5 gal 5 gal Lata de seguridad 2 gal 5 gal 5 gal 5 gal 5 gal Bidones de metal 60 gal 60 gal (Especificaciones DOT) 60 gal 60 gal 60 gal Tanques portátiles de metal e 793 gal 793 gal IBCs aprobados 793 gal 793 gal 793 gal IBCs de plástico rígido NP NP NP (UN 31H1 o 31H2) e IBCs 793 gal 793 gal compuestos 31HZ1) Polietileno Especificación DOT 1 gal 5 gal 34, UN 1H1, o según lo autori- 5 gal* 60 gal 60 gal zado por un excepción del DOT Bidones de Fibra NMFC o UFC NP NP NP Tipo 2A; Tipos 3A, 3B-H o 60 gal 60 gal 3B-L; o Tipo 4ª Nota: Para unidades SI, 1 pt 0.473 L; 1 qt = 0.95 L; 1 gal. 3.8 L. NP No permitido almacena y protege de acuerdo con la Tabla 66.4.8.2(g). * Para líquidos miscibles en agua Clase IB y IC, el tamaño máximo permitido para un recipiente de plástico es de 227 L (60 gal), si se Fuente: Tabla 4.2.3 de NFPA 30. (4) Deberán aceptarse los bidones de fibra que cumplan lo siguiente: nes de exposición al fuego hasta de 68.9 kPa (presión manométrica de 10 psig.) o 30 por ciento de la presión de estallido (a) Requisitos del Artículo 296 de National Motor Freight del tanque portátil, la que sea mayor. La capacidad total de Classification (NMFC) o Regla 51 de Uniform Freight ventilación no deberá ser inferior a la especificada en 2.2.5.2.3 Classification (UFC) para Tipos 3A, o4A (b) Requisitos y productos líquidos contenidos autoriza- 62.2.5.2.5 de NFPA 30. Deberá usarse al menos un respiradero accionado por presión que tenga una capacidad mínima de dos por el Capítulo I, 49 CFR (U.S. Department of 170 m³ (6000 pies³) de aire libre por hora [760 mm Hg (14,7 Transportation Hazardous Materials Regulations) o psia) y 15,6°C (60°F)]. Éste deberá ajustarse para que abra por exhoneración del Ministerio de Trasporte de los Estados Unidos mínimo de 34,5 kPa (presión manométrica de 5 pisg). Si se (5)* Deberán aceptarse recipientes rígidos no metálicos interusan respiraderos de fusible, deberán ser accionados por elementos que funcionen a una temperatura inferior a 148,9°C medios a granel que cumplan con los requisitos y contengan productos autorizado por 49 CFR o el Capítulo 6 de las (300°F). Cuando se desconecte un respiradero accionado por presión, tales como los usados para secado de pinturas, acei- Naciones Unidas Recommendations on the Transport of Dangerous Goods para clases 31H1, 31H2, y 31HZ1. Para tes, y materiales similares, deberá permitirse el uso de tapones fusible o dispositivos de ventilación para el requisito de venalmacenamiento protegido, los recipientes rígidos no metátilación de emergencia completo, que cedan cuando ocurra licos intermedios a granel deberán estar sujetos a una prueba de fuego normalizada que demuestre un desempeño conuna falla a una temperatura máxima de 148,9°C (300°F) bajo la exposición al fuego. [30:4.2.2] tra incendio de almacenamiento interno y deberán estar listados y etiquetados [30:4.2.1] 66.4.2.3 El tamaño permitido máximo de un recipiente o 66.4.2.2 Cada tanque portátil o recipiente intermedio a granel tanque portátil metálico no deberá exceder lo especificado en Tabla 66.4.2.3. deberá estar provisto de uno o más dispositivos instalados en la parte superior con una capacidad de ventilación de emer- Excepción: Según 66.4.1.1, 66.4.23.1, 66.4.2.3.2, 66.4.2.3. [30:4.2.3] gencia suficiente para limitar la presión interna en condicio- 66.4.2.3.1 Medicamentos, bebidas, productos alimenticios, cosméticos, y otros productos de consumo común cuando Edición 2003 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES 1-375 estén empacadas de acuerdo con prácticas comunes aceptapo-temperatura especificada en NFPA 251, Standard das para las ventas al por menor, deberán estar exentas de Methods of Tests of Fire Endurance of Building los requisitos de 66.4.2.1 y 66.4.2.3. [30:4.2.3.1] Construction and Materials. Todas las uniones y costuras deberán permanecer herméticas y la puerta deberá perma- 66.4.2.3.2 Deberán permitirse que los líquidos Clase IA y necer cerrada con seguro durante la prueba. [30:4.3.3] Clase IB para sean almacenados en recipientes de vidrio con capacidad máxima de 3,8L (1 gal), si la pureza del (B) Los armarios de almacenamiento metálicos que estén líquido requerida ( tal como el nivel ACS del reactivo anaconstruidos de la siguiente manera deberán ser aceptables. La lítico o superior) puede ser afectada por el almacenamiento parte superior, inferior, la puerta y los lados del armario debeen recipientes metálicos o si el líquido puede causar corrorán ser de lámina de acero calibre No. 18 y deberán tener sión excesiva del recipiente metálico. [30:4.2.3.2] doble pared, con un espacio de aire de 38 mm (1 1/2 pulg.) Las uniones deberán estar remachadas, soldadas o deberán 66.4.2.3.3 Deberán permitirse que los recipientes con fugas hacerse herméticas por algún medio igualmente efectivo. La o dañados con una capacidad inferior a 227L (60 gal) almapuerta deberá estar provista de un pestillo de tres puntos, y el cenados temporalmente de acuerdo con 66.4.2.3.3, siempre umbral de la puerta deberá elevarse mínimo 50 mm (2 pulg.) que estén encerrados en recipientes reempacados que tenpor encima de la parte inferior del armario para retener el gan una capacidad inferior a 322 L (85 gal). Para ser consilíquido derramado dentro del armario. [30:4.3.3] derado como protegido de acuerdo con 66.4.8, el recipiente (C) Los armarios de madera construidos de la siguiente reempacado deberá estar construido con el mismo material manera deberán ser aceptables. La parte inferior, los lados y la que el recipiente con fugas o dañado. Los recipientes metáparte superior deberán estar construidas de madera laminada licos reempacados deberán considerarse como recipientes para exteriores mínimo de 25 mm (1 pulg.) de espesor y de un sin alivios. [30:4.2.3.3] tipo que no se rompa o deslamine en condiciones de incendio. 66.4.3 Diseño, Construcción, y Capacidad de los Arma- Tabla 66.4.4.2.1 Clasificaciones de Resistencia al Fuego para rios Almacenamiento. Áreas Interiores de Almacenamiento de Líquidos 66.4.3.1 En un armario no deberán almacenarse más de 454 Clasificación de resistencia al fuego (hr) (120 gal) de líquidos Clase I, Clase II, y Clase IIIA. [30:4.3.1] Muros interio- Tipo de área de res, techos,pisos Muros almacenamiento intermedios Azoteas exteriores 66.4.3.2 No deberán ubicarse más de tres armarios de almacenamiento en ningún área de incendio. Cuartos interiores Área de piso < 150 pies² 1 Área de piso > 150 pies² 2 Excepción No. 1: En una ocupación industrial, deberán e inferior a 500 pies² permitirse armarios de almacenamiento adicionales para que se ubiquen en la misma área de incendio, si se mantie- Cuartos aislados y ne una separación mínima de 30 m (100 pies) entre cada edificios pegados Área de piso < 300 pies² 1 1b grupo máximo de tres armarios. Área de piso > 300 pies² 2 2ᵇ 2° Almacenes de líquidos 4' 2⁸ o 4h Excepción No. 2: En una ocupación industrial protegida por un sistema de rociadores automáticos diseñado e insta- Nota: Para unidades SI, 1 pie² = 0,09 m² lado de acuerdo con NFPA 13, Standard for the Installation "Entre áreas de almacenamiento de líquidos y cualquier área no dedicada al almacenamiento de líquidos. of Sprinkler Systems, deberá permitirse que se incremente a ᵇDeberá permitirse que las azoteas de edificios adheridos de un piso de seis el número de armarios en cualquier grupo. [30:4.3.2] altura sean de construcción incombustible de peso ligero si los muros interiores de separación tienen parapetos de mínimo 0,90 III (3 pies). Cuando otras partes de otros edificios u otras propiedades están expuestas. 66.4.3.3 Los armarios de almacenamiento que cumplen al "Deberá permitirse reducir a dos horas las clasificaciones de resistencia al menos con uno de los grupos de-requisitos 66.4.3.3(A) a fuego para bodegas de líquidos que contienen sólo líquidos Clase IIIB, 66.4.3.3(D) deberán ser aceptados para el almacenamiento los cuales no son calentados por encima de sus puntos de inflamación. 'Deberá permitirse reducir a 2 horas las clasificaciones de resistencia al de líquidos. [30:4.3.3] fuego para bodegas de líquidos protegidas de acuerdo con 66.4.8.2. (A) Deberán ser aceptados los armarios de almacenamien- Éste deberá ser un muro cortafuego según lo definido en NFPA 221, to diseñados y construidos para limitar la temperatura inter- Standard for Fire Walls and Fire Barrier Walls. Para muros de exposición ubicados a más de 3 m (10 pies) pero menos na en el centro del armario y en 25 mm (1 pulg.) desde la de 15 m (50 pies) de un edificio importante o límite de propiedad adyaparte superior del armario hasta máxima 162.8°C (325°F) cente que puede construirse. cuando se sometan a una prueba de incendio de 10 minutos "Para muros de exposición ubicados a 3 m (10 pies) o menos de un edificio importante o límite de propiedad adyacente que puede construirse. que simule la exposición de la curva normalizada de tiem- Fuente: Tabla 4.4.2. de NFPA 30 Edición 2003 1-376 CÓI UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCEN TM Todas las uniones deberán estar encajadas y deberán estar de resistencia al fuego del muro según se especifica en la ajustadas en dos direcciones con tornillos para madera. Tabla 66.4.4.2.2. Deberán permitirse tales puertas estén dis- Cuando se use más de una puerta, deberá haber un traslape puestas para mantenerse abiertas durante los procesos de encajado no inferior a 25 mm (1 pulg.). Las puertas deberán manipulación de material cuando las puertas estás diseñaser equipadas con seguros y las bisagras deberán estar consdas para cerrar automáticamente en una emergencia de truidas y montadas de tal manera que no pierdan su capacidad incendio por la disposición de los dispositivos de cierre lisde sostenimiento cuando estén sujetas a la exposición al tados. Las puertas cortafuego deberán instalarse de acuerdo fuego. Deberá proveerse en la parte inferior del armario, un con NFPA 80, Standard for Fire Doors and Fire Windows. umbral elevado o una traílla capaz de contener líquidos de 50 [30:4.4.2.2] mm (2 pulg.) de profundidad, para retener el líquido derramado dentro del espacio del armario. [30:4.3.3] Tabla 66.4.4.2.2 Clasificaciones de Protección contra Incendio para Puertas Cortafuego (D) Deberán aceptarse los armarios de almacenamiento Clasificación de resistencia Clasificación de resistencia listados construidos y aprobados de acuerdo con al fuego del muro* (hr) al fuego de la puerta (hr) 66.4.3.3(A). [30:4.3.3] 1 3/a 2 1 ½ 66.4.3.4* Este Código no deberá requerir que el armario de 4 3° almacenamiento sea ventilado para propósitos de protec- Según lo requerido en la Tabla 66.4.2.1 ción contra incendio, y las aberturas de ventilación deberán Una puerta cortafuego requerida en cada lado de aberturas sellarse con los tapones provistos con el armario o con tapointeriores para bodegas de líquidos unidas a la construcción. nes especificados por el fabricante del armario. Sin embar- Fuente: Tabla 4.4.2.2 de NFPA 30. go, si el armario de almacenamiento es ventilado por alguna razón, éste deberá ventilarse directamente a la intemperie de tal manera que no comprometa el desempeño especi- 66.4.4.2.3 El diseño de construcción de los muros exterioficado del armario y de manera que sea aceptada por la res deberá proveer un acceso rápido para las operaciones de autoridad competente. [30:4.3.4] lucha contra incendio a través de aberturas de acceso, ven- 66.4.3.5 Los armarios de almacenamiento deberán estar tanas, o paneles de muros no combustibles de ligero peso. marcados en letras visibles: INFLAMABLE MANTEN- GASE LEJOS EL FUEGO [30:4.3.5] Excepción: Esto no deberá aplicarse a cuartos interiores. [30:4.4.2.3] 66.4.4* Diseño, Construcción, y Funcionamiento de Áreas Interiores de Almacenamiento de Líquido. 66.4.4.2.4* Cuando se distribuyan o almacenen líquidos 66.4.4.1 Objetivo. La subsección 66.4.4 deberá aplicar a inestables o Clase IA en recipientes superiores que 4L (1 las áreas interiores donde la función principal sea el almagal), la construcción de la pared exterior o cubierta deberá cenamiento de líquidos. Esto deberá incluir cuartos interioincorporar ventilación en caso de deflagración. res, cuartos aislados, edificios aledaños, almacenes de líquidos, y armarios de almacenamiento de material peligroso Excepción: Esto no aplica a cuartos internos. [30:4.4.2.4] utilizados como áreas de almacenamiento interno. (Ver 66.4.4.2.5* Los bordillos, imbornales, drenajes especiales y 66.4.5 para el almacenamiento de líquidos en otros tipos de otros medios apropiados deberán proveerse para prevenir el ocupaciones.) [30:4.4.1] derrame de líquidos, en condiciones de emergencia hacia el 66.4.4.2 Requisitos de Diseño y Construcción. interior de las áreas de edificios adyacentes. Si se usa un sistema de drenaje, deberá tener capacidad suficiente para 66.4.4.2.1 Todas las áreas de almacenamiento deberán estar llevar la descarga de agua esperada desde los sistemas de construidas para cumplir los niveles de resistencia al fuego protección contra incendio y chorros de manguera. especificados en la Tabla 66.4.4.2.1. Tal construcción deberá cumplir con las especificaciones de ensayo dadas en Excepción No. 1: Cuando ninguno de los recipientes alma- NFPA 251, Standard Methods of Tests of Fire Endurance of cenados en un área de almacenamiento supera los 38 L (10 Building Construction and Materials [30:4.4.2.1] gal), el área de almacenamiento no necesitan cumplir este requisito. 66.4.4.2.2 Deberán proveerse aberturas en los muros inte- Excepción No. 2: Cuando solamente se almacenan líquidos riores hacia los cuartos o edificios adyacentes y aberturas en Clase IIIB en un área de almacenamiento, independiente los muros exteriores con clasificación de resistencia al del tamaño del recipiente, no es necesario que el área de fuego, con puertas cortafuego listadas y cerradas con nivealmacenamiento cumplirá con este requisito. [30:4.4.2.5] les de protección contra incendio correspondientes al nivel Edición 2003 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES 1-377 66.4.4.2.6 En cuartos de almacenamiento interiores, el culación deberá ser suministrado desde el exterior del edificableado eléctrico y de equipo de utilización para almacecio. [30:4.4.2.7.1] namiento de líquido Clase I deberá ser Clase I, División 2 y el cableado eléctrico y equipo de utilización en los cuartos 66.4.4.2.7.2 Los sistemas de ventilación mecánica deberán de almacenamiento interior usados para el almacenamiento proveer al menos 1 m³/min de extracción sobre 3 m² (1 de líquidos Clase II y Clase III deberán ser adecuados para pie³/min/pie²) por área del piso, pero no menos de 4m³/min propósitos generales. La instalación del cableado eléctrico (150 pies³/min). El sistema de ventilación mecánico para las y el equipo de utilización deberán cumplir con los requisiáreas de distribución deberá estar equipado con un interruptos de la Sección 66.6. tor de flujo de aire o cualquier otro método confiable que esté enclavado para hacer sonar una alarma sonora en caso Excepción: Los requisitos de la Clase I, División 2 debede falla del sistema de ventilación. [30:4.4.2.7.2] rán aplicar a líquidos Clase II y III cuando sean almacenados a temperaturas por encima de sus puntos de inflama- 66.4.4.3 Requisitos Generales de Almacenamiento. ción. [30:4.4.2.6] 66.4.4.3.1 El almacenamiento de cualquier líquido no deberá 66.4.4.2.7 Cuando se efectúen operaciones distribución en obstruir físicamente los medios de egreso. [30:4.4.3.1] las áreas de almacenamiento de líquidos, deberá proveerse un sistema de ventilación de extracción mecánico continuo 66.4.4.3.2 Deberá permitirse el uso de madera de mínimo o por gravedad. Deberá usarse ventilación mecánica si se 25 mm (1 pulg.) de espesor nominal para en anaqueles, distribuyen líquidos Clase I dentro del espacio del cuarto. estantes, listones, cubiertas de piso, e instalaciones simila- [30:4.4.2.7] res. [30:4.4.3.2] 66.4.4.2.7.1 El aire de extracción deberá tomarse desde un 66.4.4.3.3 Cuando el almacenamiento sea en estantes punto cercano a un muro o en un lado del cuarto dentro del según se permite en este Código, deberá proveerse un pasiespacio de 300 mm (12 pulg.) del piso con una o más bocas llo con un ancho mínimo de 1,2 m (4 pies) entre las secciode entrada de recirculación ubicadas en el lado opuesto del nes de estantes adyacentes y cualquier almacenamiento de cuarto dentro del espacio de 300 mm (12 pulg.) del piso. La líquido adyacente. Los pasillos principales deberán tener un ubicación de las aberturas de escape y entrada de aire debeancho mínimo de 2,4 m (8 pies). [30:4.4.3.3] rán arreglarse para proveer, tan lejos como sea posible, movimientos de aire a través de todas las partes del piso 66.4.4.3.4 El almacenamiento en pilas sólidas y palets en para prevenir la acumulación de vapores inflamables. La almacenes de líquidos deberán disponerse de tal manera extracción desde el local deberá ser directamente al exterior que las pilas queden separada una de la otra al menos por del edificio sin recirculación. 1,2 m (4 pies). Los pasillos deberán proveerse y disponerse de manera que ningún recipiente o depósito portátil esté a Excepción: La recirculación está permitida cuando se más de 6 m (20 pies) de un pasillo. Los pasillos principales monitoree continuamente usando un sistema de seguridad deberán tener un ancho mínimo de 2,4 m (8 pies). garantizando diseñado para hacer sonar una alarma automáticamente, detener la recirculación, y proveer un escape Excepción: Para líquidos Clase IIIB en recipientes, debecompleto al exterior en el evento de que las mezclas de rá permitirse que la distancia entre las pilas se reduzca de vapor-aire en concentraciones por encima de un cuarto del 1,2 m a 0,6 m (4 pies a 2 pies) en proporción a reducciones límite de inferior inflamabilidad sean detectadas. [30:4.4.2.7.1] de la cantidad máxima por pila y altura de almacenamiento máxima, según dados en la Tabla 66.4.4.4.1. [30:4.4.3.4] (A) Si se usan conductos, estos no deberán usarse para ningún otro propósito y deberán cumplir con NFPA 91, 66.4.4.3.5 Los líquidos Clase I no deberán permitirse en Standard for Exhaust Systems for Air Conveying of Vapors, áreas de sótanos. Deberán permitirse que los líquidos Clase Gases, Mists, and Noncombustible Particulate Solids. II y Clase IIIA sean almacenados en sótanos provistos de [30:4.4.2.7.1] una protección de rociador automático y otras instalaciones de protección contra incendio proveídas de acuerdo con (B) Si se toma aire de recirculación para un sistema mecá- 66.4.8. [30:4.4.3.5] nico desde dentro el interior del edificio, la abertura deberá 66.4.4.3.6 Deberán permitirse que cantidades limitadas de estar equipada con una puerta cortafuego o regulador de tiro mercancías combustibles, como se define en el objetivo de según lo requerido en NFPA 91. [30:4.4.2.7.1] NFPA 230, Standard for the Fire Protection of Storage, sean almacenadas en áreas de almacenamiento de líquido si (C) Para sistemas accionados por gravedad, el aire de recirlos combustibles comunes, diferentes a aquellos usados Edición 2003 1-378 CÓD UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCEN TM Tabla 66.4.4.4.1 Almacenamiento Interior Sin Protección de Líquidos en Recipientes, Tanques Portátiles y Recipientes Intermedios a Granel Almacenamiento de recipientes Almacenamiento de tanques portátiles/IBCs metálicos IBCs de plástico rígido y compuestos Altura de Cantidad Cantidad Cantidad pila máximáxima total Altura de Cantidad Altura de máxima Cantidad Clase ma (pies) por pila máxima pila máxima máxima por Cantidad total pila máxipor pila total máxi- (gal) (gal)* (pies) pila (gal) máxima (gal)* ma (pies) (gal) ma (gal)* IA 5 660 660 NP IB 5 1,375 1,375 7 2,000 2,000 IC 5 2,750 2,750 7 4,000 4,000 II 10 4,125 8,250 7 5,500 11,000 7 4,125 8,250 IIIA 15 13,750 27,500 7 22,000 44,000 7 13,750 27,500 IIIB 15 13,750 55,000 7 22,000 88,000 7 13,750 55,000 Nota: Para Unidades SI, 1 pie = 0.3 m; 1 gal = 3.8 L. NP No permitido. * Aplica sólo a cuartos independientes y edificios pegados, no a bodegas de líquidos. Fuente: Tabla 4.4.4.1 de NFPA 30. para empacar líquidos, son separados horizontalmente de los líquidos en almacenamiento por mínimo 2,4 m (8 pies), 66.4.4.3.8 Los contenedores en pilas deberán estar apibien sea mediante pasillos o estantes abiertos, y si la proteclados de tal manera que se provea estabilidad y se preción es provista de acuerdo con 66.4.8. [30:4.4.3.6] vengan esfuerzos excesivos en las paredes de los recipientes. Los tanques portátiles almacenados con una altura 66.4.4.3.7 El almacenamiento de palets combustibles vacísuperior a fila alta deberán estar diseñados para encajar de os o desocupados dentro de un área de almacenamiento de manera segura, sin necesidad de listones. El equipo para líquido sin protección deberá limitarse a un tamaño máximo manipulación de materiales deberá ser adecuado para manide pila de 232 m² (2500 pies²) y hasta una altura de almacepular recipientes y tanques de manera segura en el nivel de namiento máxima de 1,8 m (6 pies). El almacenamiento de la fila superior. [30:4.4.3.8] palets combustible vacíos o desocupados dentro de un área de almacenamiento de líquido protegida deberá cumplir con 66.4.4.3.9 Los recipientes o tanques portátiles en áreas de NFPA 230, Standard for the Fire Protection of Storage. El almacenamiento de líquido sin protección no deberán estar Tabla 66.4.4.4.2 Limitaciones de Almacenamiento para almacenadas más cerca de 0,9 m (36 pulg.) de la viga, cor- Cuartos Interiores dón, viga maestra, u otro elemento más cercano del techo. Área total de piso ¿Existe un sistema Cantidad total [30:4.4.3.9] automático de propermitida tección contra (gal/pie²/área de 66.4.4.4 Cantidades y Alturas de Almacenamiento incendios?" piso) Permitidas. <150 No 2 Si 5 66.4.4.4.1* Exceptuando lo establecido en 66.4.4.3.4 y en >150 y 500 No 4b 66.4.4.4.2 a 66.4.4.4.4, el almacenamiento de líquido sin Si 10 protección en interiores deberá cumplir con la Tabla Nota: Para Unidades SI, 1 pie² = 0.09 m²; 1 gal = 3.8 L. 66.4.4.4.1. Cuando el almacenamiento de líquidos está pro- El sistema de protección contra incendios deberán ser rociadotegido, la protección deberá cumplir con los requisitos de res automáticos, pulverización de agua, dióxido de carbono, protección de 66.4.8. químico seco u otro sistema aprobado. (Ver 66.4.8) b Las cantidades totales permitidas de líquidos Clase IA y IB no deberánexceder las cantidades permitidas en la Tabla 66.4.4.4.1 Excepción: Deberá permitirse el uso de otras cantidades y o aquellas permitidas en 66.4.4.4.4. disposiciones de almacenamiento para cuando el almace- Fuente: Tabla 4.4.4.2 de NFPA 30. namiento esté protegido adecuadamente y aprobado por la autoridad competente. [30:4.4.4.1] almacenamiento de paletas deberá estar separada del almacenamiento de líquido por medio de pasillos que tengan un 66.4.4.4.2 El almacenamiento en cuartos interiores deberá mínimo de 2,4 m (8 pies). [30:4.4.3.7] cumplir con los requisitos especificados en la Tabla Edición 2003 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES 1-379 66.4.4.4.2. Adicionalmente, los recipientes que tengan una detención o edificios adyacentes que excedan 93 m² (1000 capacidad superior a 113.5 L (30 gal) que contengan líquipies²) de área del piso o en almacenes de líquidos a menos dos Clase I o Clase II no deberá almacenarse a una superior que el área de distribución este aislada adecuadamente del a de un recipiente en los cuartos interiores. área de almacenamiento de acuerdo con la Tabla 66.4.4.2.1 y cumpla con todos los demás requisitos de 66.4.4.2. Excepción: Este requisito no deberá aplicar a cuartos inte- [30:4.4.5.1] riores y armarios de almacenamiento de materiales peligrosos que estén ubicados en un almacén de líquido y estés 66.4.4.5.2 Las operaciones de distribución deberán cumplir provistos de una protección contra incendios mayor o igual con los requisitos aplicables de la Sección 66.5. [30:4.4.5.2] a la provista para el almacén mismo. [30:4.4.4.2] 66.4.5 Requisitos para Áreas de Almacenamiento de 66.4.4.4.3 El almacenamiento sin protección de líquidos en Líquido en Otras Ocupaciones. estantes no deberá exceder el máximo total de cantidades totales máximas permitidas en la Tabla 66.4.4.4.1. 66.4.5.1 Objetivo. La subsección 66.4.5 deberá aplicar a Excepción: Los almacenes de líquidos no necesitan cumplir las áreas donde el almacenamiento de líquidos es incidental con este requisito. [30:4.4.4.3] y no al propósito principal del área. 66.4.4.4.4 La cantidad total de líquidos almacenados en un Excepción: Ver la Sección 66.5 para almacenamiento incialmacén de líquidos no deberá estar restringido. Sin embardental de líquidos usado en áreas de procesamiento, mezgo, las alturas de almacenamiento y la cantidad máxima por cla, y empaque, incluyendo las áreas donde los líquidos pila o sección de estantes para almacenamiento sin protecrecipientes están apilados después del llenado y antes del ción deberán cumplir con la Tabla 66.4.4.4.1. uso, almacenamiento o envío posterior. [30:4.5.1] Excepción: Un almacén de líquido sin protección que esté 66.4.5.1.1 Cuando se requieran áreas de almacenamiento de ubicado mínimo a 30 m (100 pies) de los edificios expueslíquido interiores en otras ocupaciones, éstas deberán cumtos o cualquier lindero que esté construido o sobre el cual plir todos los requisitos aplicables de 66.4.4 y todos los se pueda construir no requiere cumplir con 66.4.4.3.9 y la requisitos aplicables de 66.4.5. Cuando otros factores incre- Tabla 66.4.4.4.] si existe protección contra exposiciones. menten o disminuyan sustancialmente el riesgo, deberá per- Cuando no se provea protección contra exposiciones, debemitirse que la autoridad competente modifique las cantidarán incrementarse estas distancias mínimas a 61 m (200 des especificadas. [30:4.5.1.1] pies). [30:4.4.4.4] 66.4.5.1.2 El almacenamiento de líquidos no deberá obs- 66.4.4.4.5 Cuando dos o más clases de líquidos son almatruir físicamente un medio de egreso. Los líquidos Clase I cenados en una pila única o una sección de estantes, la candeberá ubicarse de tal forma que un incendio en el área de tidad total máxima y la altura máxima de almacenamiento almacenamiento de líquido no impida el egreso desde el permitida en esta pila o sección de estante deberá ser la área. [30:4.5.1.2] menor de las cantidades totales máximas individuales y de las alturas máximas de almacenamiento para las clases 66.4.5.1.3 Deberán permitirse que los líquidos usados para específicas presentes, respectivamente. La cantidad total el mantenimiento, pintura y otros propósitos similares de máxima permitida deberá limitarse a la suma de cantidades mantenimiento poco frecuentes para edificios sean almaceproporcionales que cada clase de líquido presente aporte a nados temporalmente en recipientes cerrados en el exterior la cantidad total máxima permitida para su clase respectiva. de los armarios de almacenamiento o dentro de las áreas de La suma de las cantidades proporcionales no deberá excealmacenamiento de líquidos, si están limitados a una cantider el 100 por ciento. dad que no supere el abastecimiento de 10 días a una tasa anticipada de uso. [30:4.5.1.3] Excepción: L as cantidades totales máximas en los almacenes de líquido no deberán estar restringidas. (Ver 66.4.5.1.4 Los líquidos Clase I no deberán almacenarse en 66.4.4.4.3.) [30:4.4.4.5] sótanos. [30:4.5.1.4] 66.4.4.5 Operaciones. 66.4.5.2 Almacenes para Propósitos Generales. 66.4.4.5.1 La distribución de líquidos Clase I o líquidos 66.4.5.2.1 Generalidades. Los almacenes para propósitos Clase II o Clase III a temperaturas iguales o superiores a sus generales que almacenan líquidos deberán ser edificios puntos de inflamación no deberán permitirse en cuartos de separados independientes o deberán estar separados de Edición 2003 1-380 CÓDIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM otras ocupaciones mediante un muro cortafuego de 4 horas por volumen de líquidos miscibles con agua, con el resto de resistencia según se define en NFPA 221, Standard for de la solución que no sea líquido Clase I, cuando estén Fire Walls and Fire Barrier Walls, o, si se aprueba, por un empacados en recipientes individuales tabique cortafuego que tenga una clasificación de resisten- (2) Los productos que contengan más del 50 por ciento de cia al fuego no inferior a 2 horas. Cada abertura deberá estar líquidos miscibles en agua en recipientes individuales protegida según lo estipulado en 66.4.4.2.2. Las operaciocon una capacidad inferior de 0,5L (16 oz) nes del almacén que involucran el almacenamiento de líquidos deberán estar restringidas a las áreas de almacenamien- Excepción No. 2: Deberán permitirse que los líquidos to interior de líquido de acuerdo con 66.4.4. Clase I y Clase II en recipientes plásticos sean almacenados en almacenes para propósitos generales si los sistemas Excepción: Según lo estipulado en 66.4.5.2.2. [30:4.5.2.1] de empacado están listados y marcados para el uso con estos materiales. Todas las otras disposiciones de 66.4.5.2 66.4.5.2.2 Requisitos Básicos. también deberán aplicar. [30:4.5.2.3] 66.4.5.2.2.1 Los líquidos Clase IB y IC en recipientes con 66.4.5.2.4 Almacenamiento Paletizado, Pilas Sólidas, o capacidad de 3,8 L (1 gal) o menos, líquidos Clase II en Estantes. Deberán permitirse que los líquidos en recipienrecipientes con capacidad de 19 L (5 gal) o menos, y líquites almacenados en palets, en pilas sólidas, o en estantes, dos Clase III en recipientes con capacidad de 227 L (60 gal) sujetos a las disposiciones de cantidad total máxima y altu- o menos deberán estar permitidos para almacenarse en ra de almacenamiento máxima de 66.4.5.2.2. [30:4.5.2.4] almacenes que manejan mercancías combustibles, según lo definido en NFPA 230, Standard for the Fire Protection of 66.4.5.2.5 Áreas de Almacenamiento en Sótanos. El Storage, siempre que el área de almacenamiento esté protealmacenamiento de líquidos en las áreas de sótanos de gida por rociadores automáticos de acuerdo con las disposialmacenes para propósitos generales deberá permitirse solaciones de NFPA 230 para almacenamiento de 6 m (20 pies) mente de acuerdo con lo estipulado en 66.4.4.3.5. de altura de mercancías Clase IV y las cantidades y altura [30:4.5.2.5] de almacenamiento de líquido estén limitadas por lo siguiente: 66.4.5.2.6 Almacenamiento Mixto de Líquido. Cuando dos o más clases de líquidos son almacenados en una de pila (1) Líquidos Clase IA: no se permiten única o sección de estantes única, la cantidad total máxima (2) Líquidos Clase IB y IC: 2498 L (660 gal), máximo 1,5 y la altura de almacenamiento máxima permitidas deberán m (5 pies) de altura estar de acuerdo con lo estipulado en 66.4.4.4.4. (3) Líquidos Clase II: 5204 L (1375 gal), máximo 1,5 m (5 [30:4.5.2.6] pies) de altura (4) Líquidos Clase IIIA: 10409 L (2750 gal), máximo 3 m 66.4.5.2.7 Separaciones y Pasillos. El almacenamiento de (10 pies) de altura líquidos en almacenes para propósitos generales deberá (5) Líquidos Clase IIIB: 52.044 L (13.750 gal), máximo 4.6 estar dispuesto según lo estipulado en 66.4.4.3.3 y m (15 pies) de altura [30:4.5.2.2] 66.4.4.3.4. [30:4.5.2.7] 66.4.5.2.2.2 El almacenamiento de líquido también deberá 66.4.5.2.8 Almacenamiento de Líquidos y Combustibles cumplir con 66.4.5.2.3 hasta 66.4.5.2.9. [30:4.5.2.2] Ordinarios. Lo siguiente deberá aplicar al almacenamiento de líquidos y mercancías combustibles ordinarios: 66.4.5.2.3* Líquidos en Recipientes Plásticos. Los líquidos Clase I y Clase II en recipientes plásticos no deberán almace- (1) Los líquidos no deberán almacenarse en la misma pila o narse en almacenes para propósitos generales pero deberán la misma sección de estanterías con las mercancías comalmacenarse dentro de áreas interiores de almacenamiento de bustibles ordinarias [ver 66.4.5.2.8(2)]. Cuando los líquido que cumplan con los requisitos de 66.4.4. líquidos están empacados con combustibles ordinarios, como un conjunto, el almacenamiento deberá conside- Excepción No. 1: Deberán permitirse que los líquidos rarse teniendo en cuenta la mercancía predominante. siguientes, empacados en recipientes plásticos, sean alma- (2) Excepto lo estipulado en 66.4.5.2.8(1), las mercancías cenados en almacenes para propósitos generales de acuercombustibles ordinarias deberán estar separados de los do con las limitaciones de protección y almacenamiento líquidos en recipientes por una distancia mínima de 2,4 especificadas en 66.4.5.2.3 como sigue: m (8 pies). [30:4.5.2.8] (1) Los productos que contengan menos del 50 por ciento 66.4.5.2.9 Operaciones. La distribución de líquidos Clase Edición 2003 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES 1-381 I y Clase II en almacenes de propósitos generales no debealmacenamiento por encima de 37,8 L (10 gal) de líquidos rá permitirse a menos que el área de distribución esté sepacombinados Clase I y Clase II o 227 L (60 gal) de líquidos rada adecuadamente de otras áreas de almacenamiento de Clase IIIA deberá ser en recipientes almacenados en armarios combustibles ordinarios o líquidos, según lo especificado de almacenamiento, en latas de seguridad, o en un área de en 66.4.4.2, y que cumpla de otra manera cumpla con las almacenamiento interno que no tenga aberturas que comunidisposiciones aplicables de 66.4.4.2. [30:4.5.2.9] quen con una parte del edificio usada por el público. [30:4.5.4] 66.4.5.3 Viviendas y Edificios Residenciales que No 66.4.5.5 Ocupaciones de Oficinas, para Enseñanza e Tengan más de Tres Unidades de Vivienda y Garajes Institucionales y Guarderías. Los siguientes requisitos Dependientes e Independientes. El almacenamiento por deberán aplicar a ocupaciones de oficinas, para enseñanza, encima de 94,6L (25 gal) de líquidos combinados Clase I y e institucionales, y guarderías. [30:4.5.5] Clase II combinado deberá estar prohibido. Adicionalmente, el almacenamiento por encima de 227 L (60 gal) de líquidos 66.4.5.5.1 El almacenamiento deberá estar limitado a lo Clase IIIA deberá estar prohibido. [30:4.5.3] requerido para el funcionamiento de equipo de oficinas, mantenimiento, demostración y trabajo de laboratorio. Este 66.4.5.4 Ocupaciones para Reuniones Públicas, Edifialmacenamiento deberá cumplir con las disposiciones de cios con más de Tres Unidades de Vivienda, y Hoteles. El 66.4.5.5.2 hasta 66.4.5.5.5, aunque el almacenamiento para Tabla 66.4.5.6.2 Cantidades Permitidas de Almacenamiento y Exhibición para Ocupaciones Mercantiles' Clasificación de líquidos IB, IC, II, y IIIA ПВ Nivel de protección IA² (cualquier combinación) Sin protección Cantidad máxima 60 gal. 3750 gal por área de edificio; un 15.000 gal. permitida³ máximo de dos áreas permitidas por ocupación cuando la separación está provista por un muro de separación con una clasificación de resisten cia al fuego de mínimo 1 hora Densidad máxima de 2 gal/pie² en áreas de almacenamiento almacenamiento o exhibición y pasillos adyacentes NFPA 13, sistema de Cantidad máxima 120 gal. 7500 gal por área de edificio; un ilimitado rociadores de Riesgo permitida³ máximo de dos áreas permiti- Ordinario (Grupo 2) das por ocupación cuando la separación está provista por un muro de separación con una clasificación de resistencia al fuego de mínimo 1 hora Ilimitado Densidad máxima de 2 gal/pie² en áreas de almacenamiento almacenamiento o exhibición y pasillos adyacentes NFPA 30, Sección 4.8 Cantidad máxima 120 gal. 30.000 gal por ocupación ilimitado permitida Nota: Para Unidades SI, 1 pie² = 0.09 m²; 1 gal = 3.8 L. 'Está permitido que las ocupaciones mercantiles sin protección existentes que funcionen desde Enero 1 de 19997 almacenen o exhiban hasta 7500 gal de líquidos Clase IB, IC, II y IIIA (cualquier combinación) en cada área. ²A nivel del terreno únicamente. 3No incluye los líquidos exceptuados en 66.4.1.1. 4Para altras de almacenamiento no superiores a 3,6 m (12 pies) Fuente: Tabla 4.5.6.2 de NFPA 30. Edición 2003 1-382 C O UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE OS TM trabajo de laboratorio industrial y educativo deberá cumplir agua y estén empacados en recipientes plásticos con capacon NFPA 45, Standard on Fire Protection for Laboratories cidad de 3,8 L (1 gal) o más deberán limitarse a una canti- Using Chemicals. [30:4.5.5.1] dad total máxima de 114 L (30 gal) por pila. Las pilas adyacentes deberán estar separadas por una distancia mínima de 66.4.5.5.2 Los recipientes de líquidos Clase I almacenados en 15 m (50 pies). Deberá permitirse que ésta cantidad total el exterior de un área de almacenamiento inferior de líquidos máxima sea duplicada hasta 227 L (60 gal), si los líquidos no deberán tener una capacidad superior a 3,8 L (1 gal) están almacenados en armarios de almacenamiento de líqui- Excepción: Deberán permitirse los bidones de seguridad dos inflamables listados o están en áreas protegidas por un hasta una capacidad de 7,6 L (2 gal). [30:4.5.5.2] sistema de rociadores automáticos que tenga una densidad presumida de 24 L/min/m2 por encima de 230 m² (0.60 gpm 66.4.5.5.3 No deberán almacenarse más de 37,8 L (10 gal) por pie² por encima de 2500 pies²) y que utilicen rociadores de líquidos combinados Clase I y Clase II en un área contra de respuesta rápida y orificio extra grande para alta tempeincendio sencilla de un armario de almacenamiento o un ratura. [30:4.5.6.6] área de almacenamiento de líquido interno a menos que sea en bidones de seguridad. [30:4.5.5.3] 66.4.5.6.7 Los sistemas de protección para el almacena- 66.4.5.5.4 No deberán almacenarse más de 95 L (25 gal) de miento y exhibición de líquidos diseñados y desarrollados líquidos combinados Clase I y Clase II en una zona de en base a pruebas de incendio a escala real llevadas a cabo incendio en bidones de seguridad por fuera de un área de en una instalación de pruebas, aprobada, deberán considealmacenamiento de interior líquido o un armario de almacerarse como una alternativa aceptable para el criterio de pronamiento. [30:4.5.5.4] tección establecido en 66.4.8. Tales sistemas de protección alternativa deberán ser aprobados por la autoridad compe- 66.4.5.5.5 No deberán almacenarse más de 227 L (60 gal) tente. [30:4.5.6.7] de líquidos Clase IIIA en el exterior de un área de almacenamiento interior de líquidos o un armario de almacena- 66.4.5.6.8 Los medios de egreso desde ocupaciones mermiento. [30:4.5.5.5] cantiles deberá cumplir los requisitos aplicables de NFPA 101, Life Safety Code®. [30:4.5.6.8] 66.4.5.6 Ocupaciones Mercantiles. 66.4.5.6.9 Los camiones industriales mandados a potencia 66.4.5.6.1 El parágrafo 66.4.5.6 deberá aplicar a las ocupautilizados para movilizar líquidos Clase I deberán selecciociones mercantiles que manipulen, almacenen y exhiban narse, operarse, y mantenerse de acuerdo con NFPA 505, líquidos, según lo definido en este Código. [30:4.5.6.1] Fire Safety Standard for Powered Industrial Trucks Including Type Designations, Áreas of Use, Conversions, 66.4.5.6.2 La disposición de la exhibición, y del almacena- Maintenance, and Operation. [30:4.5.6.9] miento y la cantidad total máxima de líquidos permitidos 66.4.6* Gabinete de Almacenamiento de Materiales deberán cumplir con los requisitos de esta subsección y con la Tabla 66.4.5.6.2. [30:4.5.6.2] Peligrosos. 66.4.5.6.3 En los pisos por encima del nivel del terreno, el 66.4.6.1 Los gabinetes de almacenamiento de materiales almacenamiento o la exhibición de líquidos Clase I y Clase peligrosos usados como cuartos interiores deberán conside- II deberá limitarse a 227 L ( 60 gal) en ocupaciones sin prorarse cuartos de almacenamiento interior de líquido y debetección y 454 L (120 gal) en ocupaciones protegidas. rán cumplir los requisitos para cuartos interiores como está [30:4.5.6.3] enunciado en 66.4.4, según sea aplicable. [30:4.6.1] 66.4.5.6.4 No deberá permitirse almacenar o exhibir líqui- 66.4.6.2 Los parágrafos 66.4.6.3 y 66.4.6.4 deberán aplicar dos Clase I y Clase II en sótanos. [30:4.5.6.4] almacenamiento líquidos inflamables y combustibles en recipientes, en armarios de almacenamiento de materiales 66.4.5.6.5 Los líquidos en recipientes con capacidad peligrosos (de ahora en adelante llamados armarios) ubicasuperior a 19 L (5 gal) no deberán almacenarse o exhibirse dos en el exterior. [30:4.6.2] en áreas que sean accesibles al público. Excepción: Esto no deberá aplicar a ningún líquido que 66.4.6.3 El diseño y construcción de un armario debeesté exento de los requisitos de la Sección 66.4, según lo rá cumplir todas las regulaciones y requisitos locales, establecido en 66.4.1.1.2. [30:4.5.6.5] estatales y federales aplicables y deberán estar sujetos a la aprobación de la autoridad competente. Las estructuras pre- 66.4.5.6.6 Los líquidos Clase II que no sean miscibles con fabricadas movibles que han sido examinadas, listadas o Edición 2003 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES 1-383 Tabla 66.4.6.4 Sitios Designados¹ Distancia desde el Distancia desde el armario hasta el lado armario hasta el límimás cercando de vías te de propiedad conspúblicas edificios Distancia entre truido 0 que puede importantes en la Área del sitio armarios individuales construirse³ misma propiedad³⁴ designado² (pies2) (pies) (pies) <500 <100 5 10 5 >100 y 500 5 20 10 >500 y 1500⁵ 5 30 20 Nota: Para unidades SI, 1 pie = 0,3 m; 1 pie² = 0,09 m² Si el armario está provisto de una clasificación de resistencia al fuego no inferior a 4 horas y no se requiere ventilación de deflagración de acuerdo con 66.4.4.2.4, deberá permitirse que todas las distancias requeridas en la Tabla 66.4.6.4 sean suspendidas. 2 Los límites de área para el sitio tienen la intención de diferenciar el tamaño relativo y por lo tanto, el número de armarios permitidos en un área designada. 3 Las distancias se aplican a las propiedades que tienen protección para las exposiciones, según lo definido. Si existen exposiciones y dicha protección no existe, las distancias deberán duplicarse. 4 Cuando el edificio expuesto tiene un muro exterior, está de frente al sitio designado, tiene una clasificación de resistencia al fuego mínima de dos horas y no tiene aberturas hacia áreas por encima de del terreno dentro del espacio de 3 m (10 pies) horizontales y sin aberturas hacia áreas subterráneas dentro del espacio de 15 m (50 pies) horizontales del área designada, las distancias pueden reducirse hasta la mitad de aquellas indicadas en la tabla, excepto que nunca deberán ser inferiores a 1,5 m (5 pies). 5 Cuando un armario individual tiene un área de piso total en una sola planta que requiere un límite de área para el sitio superior a 139 m² (1500 pies²) o cuando las unidades múltiples exceden el límite de área de 139 m² (1500 pies²), la autoridad competente deberá ser consultada para la aprobación de las distancias. Fuente: Tabla 4.6.4 de NFPA 30. etiquetadas por una organización aceptada por la autoridad 66.4.6.4 Los sitios designados deberán estar de acuerdo competente para el uso como instalación de almacenamiencon lo establecido para la ubicación y el uso de armarios y to de materiales peligrosos deberán ser aceptadas. deberán estar sujetos a la aprobación de la autoridad com- [30:4.6.3] petente. Los sitios designados deberán disponerse para proveer al menos la distancia de separación mínima entre los 66.4.6.3.1 Los armarios regidos por esta norma no deberán armarios individuales, distancia desde el armario hasta el exceder un área bruta de piso de 139 m² (1500 pies²). No lindero construido o pueda construirse, y la distancia desde deberá permitirse el apilamiento vertical. [30:4.6.3.1] el armario hasta el lado más cercano de las vías públicas o hasta edificios importantes en la misma propiedad, según se 66.4.6.3.2 Cuando se requiera cableado eléctrico y equiestipula en la Tabla 66.4.6.4 y en las notas 1, 2, 3, 4, y 5, la po, deberá cumplir con 66.4.4.2.6. [30:4.6.3.2] sea aplicable. [30:4.6.4] 66.4.6.3.3 Cuando se permita la distribución o el llenado 66.4.6.4.1 Una vez que el sitio designado sea aprobado, no dentro de un armario, las operaciones deberán cumplir con deberá cambiarse sin la aprobación de la autoridad compelas disposiciones de la Sección 66.5. [30:4.6.3.3] tente. [30:4.6.4.1] 66.4.6.3.4 La ventilación deberá proveerse de acuerdo con 66.4.6.4.2 Deberá permitirse más de un armario en un sitio 66.4.4.2.7. [30:4.6.3.4] designado, siempre que la distancia de separación entre los armarios individuales se mantenga de acuerdo con la Tabla 66.4.6.3.5 Los armarios deberán incluir un sistema de con- 66.4.6.4.[30:4.6.4.2] tención de derrames para prevenir el flujo de líquidos desde una estructura en condiciones de emergencia. El sistema de contención deberá tener la capacidad suficiente para conte- 66.4.6.4.3 El sitio de almacenamiento designado aprobado ner el 10 por ciento del volumen de los recipientes permitideberá protegerse de los daños y los ingresos no autorizados o el volumen del recipiente más grande, el que sea dos cuando el área sea accesible al público en general. mayor. [30:4.6.3.5] [30:4.6.4.3] Edición 2003 1-384 GO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE DIOS TM Tabla 66.4.7.1 Almacenamiento de Líquidos a la Intemperie en Recipientes y Tanques Portátiles Máximo de IBCs de Tanques portátiles e Distancia Máximo de recipientes plástico rígido y com- IBCs de metal por pilaᵇ hasta los por pila puestos por pila" (gal) límites de propiedad Distancia construihasta una Distancia dos o que calle, calle- Altura entre pilas pueden jón 0 vía Altura Altura 0 estantes construirse Clase (gal)b,c.d (pies) (gal) pública (pies) (gal)b,d (pies) (pies) (pies) (pies) IA 1,100 10 2,200 7 5 50 10 IB 2,200 12 4,400 14 5 50 10 IC 4,400 12 8,800 14 5 50 10 II 8,800 12 8,800 12 17,600 14 5 25 5 III 22,000 18 22,000 18 44,000 14 5 10 5 Nota: Para Unidades SI, 1 pie = 0.3 m; 1 gal = 3.8 L. No se permite el almacenamiento de líquidos Clase I en IBCs de plástico rígido y compuestos. Ver 66.4.7.1.1 para el almacenamiento de clases mixtas. Ver 66.4.7.1.4 para tamaños de pila más pequeños ᵈPara el almacenamiento en estantería, los límites de cantidad por pila no deberán aplicarse, pero las disposiciones de los estantes deberán limitarse a un máximo de 15 m (50 pies) de longitud y dos filas o 2,7 m (9 pies) de profundidad. Ver 66.4.7.1.3 con respecto a la protección para exposiciones. Fuente: Tabla 4.7.1 of NFPA 30 66.4.6.4.4 Prácticas de Almacenamiento. pila deberá ser el total inferior de los dos o más clases de materiales separado. [30:4.7.1.1] 66.4.6.4.4.1 Deberán permitirse que los recipientes de líquidos en sus empaques originales de envío sean almace- 66.4.7.1.2 Ningún recipiente, recipiente intermedio a granados bien sea en palets o en pilas compactas. Deberán pernel, o depósito portátil en una pila deberá estar a más de 60 mitirse que los recipientes sin empacar sean almacenados m (200 pies) desde una vía de acceso de 3,6 m (20 pies) de en estantes o directamente en sobre piso del armario. Los ancho mínimo para permitir el acercamiento de los aparatos recipientes con capacidad superior a 113,5 L (30 gal) que de control de incendio en cualquier condición ambiental. almacenan líquidos Clase I o Clase II no deberán almace- [30:4.7.1.2] narse a más de dos recipientes de altura. En todos los casos, la disposición del almacenamiento deberá proveer acceso 66.4.7.1.3 Las distancias listadas en la Tabla 66.4.7.1 debesin restricciones hasta o desde el armario. [30:4.6.4.4.1] rán aplicar a las propiedades que tienen protección contra exposiciones como están definidas. Si existen exposiciones, 66.4.6.4.4.2 No deberá permitirse el almacenamiento de y tal protección contra exposiciones no existe, las distancia otros materiales inflamables o combustibles dentro del hasta el lindero construido o que puede ser construido debesitio designado aprobado para los armarios. [30:4.6.4.4.2] rá duplicarse. [30:4.7.1.3] 66.4.6.4.4.3 Los avisos o carteles de advertencia para los 66.4.7.1.4 Cuando la cantidad total almacenada no supera armarios deberán estar de acuerdo con las regulaciones el 50 por ciento del máximo por pila, las distancias hasta el locales, estatales, y federales aplicables o con NFPA 704, lindero construido o puede ser construido y hasta las calles, Standard System for the Identification of the Hazards of callejones, o vías públicas deberá permitirse reducida con Materials for Emergency Response. [30:4.6.4.4.3] 50 por ciento pero no inferior a 0,9 m (3 pies). [30:4.7.1.4] 66.4.7 Almacenamiento a la Intemperie. 66.4.7.2 Un máximo de 4163 L (1100 gal) de líquidos en 66.4.7.1 El almacenamiento a la intemperie de líquidos en recipientes cerrados, recipientes intermedios a granel deberecipientes, recipientes intermedios a granel, y tanques porrá permitirse, que los tanques portátiles sean almacenados tátiles, deberá estar de acuerdo con la Tabla 66.4.7.1, adyacentes a un edificio bajo la mismas administración 66.4.7.1.1 hasta 66.4.7.1.4, y 66.4.7.2 hasta 66.4.7.4. siempre que las siguientes condiciones apliquen: [30:4.7.1] (1) Que el muro del edificio adyacente tenga una clasifica- 66.4.7.1.1 Cuando dos o más clases de materiales son ción de resistencia al fuego exterior de 2 horas almacenados en una pila única, el máximo galones en esa (2) Que no existan aberturas hacia las áreas que están a Edición 2003 1-385 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES nivel o por encima del nivel del terreno que están den- 66.4.8 Protección Contra Incendio Automática para tro del espacio horizontal de 3 m (10 pies) del almace- Almacenamiento Interior. namiento (3) Que no haya aberturas directamente por encima del 66.4.8.1 Objetivo. La subsección 66.4.8 deberá aplicar a todo el almacenamiento de líquidos en recipientes y tanques almacenamiento (4) Que no haya aberturas hacia las áreas por debajo del portátiles como se especifica de 66.4.2 a 66.4.5. [30:4.8.1] nivel del terreno dentro del espacio horizontal de 15 m 66.4.8.1.1 Cuando se almacenan diferentes clases de líqui- (50 pies) del almacenamiento dos y tipos de recipientes en la misma área protegida, la Excepción: Las disposiciones de 66.4.7.2(1) a 66.4.7.2(4) no protección deberá cumplir con los requisitos 66.4.8 para la son necesarias si el edificio en cuestión está limitado a un clase de riesgos presentes más severos. [30:4.8.1.1] piso, es de construcción no combustible 0 resistente al fuego, está dedicado principalmente al almacenamiento de líquidos, 66.4.8.1.2 Cuando el almacenamiento se hace en estantes y es aceptado por la autoridad competente. [30:4.7.2] según lo permitido en éste Código, los estantes que almacén líquidos Clase I, Clase II, o Clase IIIA deban ser de una fila 66.4.7.2.1 Deberá permitirse que la cantidad de líquidos o doble fila, según lo descrito en NFPA 230, Standard for almacenados adyacentes a un edificio protegido de acuerdo the Fire Protection of Storage, a menos que esté especificacon 66.4.7.2 exceda la cantidad permitida en 66.4.7.2, siemdo lo contrario en 66.4.8, los estantes de una sola fila no pre que la cantidad máxima por pila no sea superior a 4163 deberán tener más de 1,4 m (4,5 pies) de ancho y los estan- L (1100 gal) y cada pila esté separada por un espacio libre tes de doble fila no deberán tener más de 2,8 m (9 pies) de mínimo de 3 m (10 pies) a lo largo del muro común. ancho. [30:4.8.1.2] [30:4.7.2.1] 66.4.8.1.3* Para el propósito de 66.4.8, un recipiente de ali- 66.4.7.2.2 Cuando la cantidad almacenada sea superior a vio deberá significar un recipiente metálico, un recipiente a 4163 L (1100 gal) permitida adyacente al edificio dado en granel intermedio metálico, o un tanque portátil metálico 66.4.7.2, o las disposiciones de 66.4.7.2 no puedan cumplirque esté equipado al menos con un mecanismo de alivio de se de otra manera, una distancia mínima igual a la indicada presión en la parte superior que esté diseñado, clasificado en la Tabla 66.4.7.1 para la distancia hasta el lindero debesegún el tamaño, y acondicionado para aliviar la presión rá mantenerse entre los edificio y el recipiente o depósito interna generada debido a la exposición al fuego de manera portátil más cercano. [30:4.7.2.2] que prevenga la ruptura violenta. Para recipientes metálicos con capacidad superior a 23 L (6 gal), el mecanismo de ali- 66.4.7.3 El área de almacenamiento deberá estar en declivio de presión no deberá tener obstrucciones o deberá prove de modo que desvíe posibles derrames lejos de los edifiveerse un mecanismo adicional de alivio de presión. El cios u otras exposiciones o deberá estar encerrado por un mecanismo de alivio de presión deberá estar listado y etibordillo de 150 mm (6 pulg.) de altura mínima. Cuando se quedo. [30:4.8.1.3] usen los bordillos deberán tomarse las medidas para el drenaje de acumulaciones de aguas subterráneas o aguas lluvias o derrames de líquidos. Los drenajes deberán terminar en una ubicación segura y deberá ser accesibles para el funcionamiento durante condiciones de incendio. [30:4.7.3] 100 66.4.7.4 Cuando sea necesario, el área de almacenamiento 90 deberá estar protegida contra daños o intrusos y deberá 80 mantenerse libre de malezas, desperdicios y otros materiales combustibles innecesarios para el almacenamiento. Porcentaje de peso del líquido inflamable o combustible 70 Líquidos no contenidos [30:4.7.4] 60 en 66.4.8.1.6 50 66.4.7.5 El almacenamiento a la intemperie de los recipientes que están protegidos del clima por medio de un toldo o 40 cubierta que no limite la difusión de calor o la dispersión de 30 vapores inflamables y no restringa el acceso y el control de Líquidos cubiertos por 20 en 66.4.8.1.6 la lucha contra incendio deberá tratarse como almacenamiento exterior de acuerdo con 66.4.7 y no deberá conside- 10 rarse un área interior de almacenamiento sujeta a los requi- 20 40 60 80 100 sitos de 6.4.4. [30:4.7.5] Viscosidad (en miles de cp) a temperatura ambiente Edición 2003 1-386 CÓL UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCEN TM ¿Está el líquido Si excluido en El Capítulo 4 no aplica 4.1.1.2? No Cumple el líquido Si Proteger usando los criterios con los criterios para un líquido Clase IIIB de 4.8.1.6? Continuar No Tiene el líquido La concentración de ¿Es el líquido Si Tiene el líquido una No una concentración inferior No miscible en agua? concentración >50%? líquidos es inferior o o igual al 50% igual al 20% pero >20%? No Si Si Continar Proteger usando los criterios Proteger usando los criterios para mercancía Clase III según para mercancía Clase I según lo descrito en NFPA 13 lo descrito en NFPA 13 ¿ Está el almace- Si Proteger usando las Tablas namiento en 4.8.2(a), 4.8.2(c) o 4.8.2(h) estantería? No ¿Es el almacena miento una combinación Si Proteger usando la Tabla 4.8.2(a) [ver la Nota 6 de de estantes/cortados para exhibición? la Tabla 4.8.2(a)] No ¿Está el almacena miento en anaqueles Si Proteger usando la (definidos en NFPA 13)? Tabla 4.8.2(f) No ¿Está el almacena- Proteger usando las Tablas miento en palets? 4.8.2(b), 4.8.2(d) o 4.8.2(h) Nota: Todas las referencias cruzadas se refieren a NFPA 30. Edición 2003 1-388 CÓD UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENT S TM El líquido es miscible en agua ¿Es la Proteger usando los criterios ¿Tiene el líquido No concentración de Si Si ¿Es el recipiente paramercancía Clase III una concentración líquido inferior o > 5 gal? según lo descrito < 50%? igual al en NFPA 13 20%? Si No No Clasificar como líquido incombustible en recipiente combustible según lo La concentración de descrito en NFPA 13, líquido es > 20% Capítulo 2 y proteger según corresponda Continuar Si ¿Está el Proteger usando los criterios No Si almacenamiento ¿Es el recipiente para mercancia plástica en estantería? > gal? Grupo A según lo descrito en NFPA 13 No Proteger usando los criterios para mercancía Clase IV según lo descrito en NFPA 13 Si Proteger usando la Tabla Está el almacenamiento en estantería? 4.8.2(g), si es aplicable No o ¿Existen El almacenamiento Si Proteger el almacenamiento criterios de protección de acuerdo con la autoridad es paletizad aceptables disponibles competente según 4.8.2.3? No El almacenamiento no tiene protección (ver 4.4.4 y la Tabla 4.4.4.1) Nota: Todas las referencias cruzadas se refieren a NFPA 30. Para unidades SI, 1 gal = 3,8 L Edición 2003 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES 1-387 Si Está el líquido excluido El capítulo 4 no aplica en 4.1.1.2? No Cumple el líquido Si Proteger usando los criterios con los criterios de para plástico sin expandir Grupo 4.8.1.6? A según lo descrito en NFPA 13 Continuar No Si Ir a la Figura ¿Es el líquido miscible 4.8.2(c) en agua? No Si Proteger usando la Tabla ¿Es el líquido un líquido 4.8.2(e) o 4.8.2(i), Clase IIIB? si es aplicable No Si Proteger usado la Tabla ¿Es el líquido un líquido O 4.8.2(i) si es aplicable Clase II 0 IIA? No Existen criterios de Si Proteger el almacenamiento El líquido es un protección aceptables de acuerdo con la autoridad líquido Clase I disponibles según competente 4.8.2.3? No El almacenamiento no tiene protección (ver 4.4.4 y la Tabla 4.4.4.1) Nota: Todas las referencias cruzadas se refieren a NFPA 30. Edición 2003 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES 1-389 ¿Está el líquido Si excluido en 4.1.1.2? El capítulo 4 no aplica No ¿Cumple el líquido Si Proteger usando los criterios con los criterios para líquidos Clase IIIB de 4.8.1.6? Continuar No ¿Existen ¿Es el líquido No criterios de protección Si Proteger el almacenamiento de acuerdo con la miscible en agua? aceptables disponibles según 4.8.2.3? autoridad competente Si No Continuar El almacenamiento no tiene ¿Tiene el líquido Si protección (ver 4.4.4 y una concentración la Tabla 4.4.4.1) > 50%? Continuar No No ¿Tiene el líquido una Está el Si: Si No El almacenamiento concentración interior ¿Es el recipiente almacenamiento es paletizado o igual 50% pero ≤ 1 gal? en estantería? > 20%? Si No Proteger usando los criterios Proteger usando los criterios para mercancía Clase III para mercancía Clase IV según lo descrito en NFPA 13 según lo descrito en NFPA 13 La concentración de Proteger usando los criterios líquido es inferior O para mercancia Clase I igual 20% según lo descrito en NFPA 13 Nota: Todas las referencias cruzadas se refieren a NFPA 30. Para unidades SI, 1 gal = 3,8 L Edición 2003 1-390 CO 0 UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE OS TM Tabla 66.4.8.2(a) Protección con Rociadores de Agua para Recipientes Metálicos en Estantes de Fila Sencilla o Fila Doble (Para Líquidos no Miscibles o Líquidos Miscibles con una Concentración de Líquido Inflamable > 50%) Techo Altura Recipiente Tipo de rociador Ref. máxima Área Prueba y disposide alma- Altura de de ción del cenamáxima Densidad Diseño incen- Clase recipiente miento del techo Factor K Protección de rociadores de líquido (gal) (pies) (pies) nominal Respuesta* (gpm/pies²) (pies2)b dio en estantería Notas Recipientes Tipo no alivio IB, IC, II, o III ≤1 16 30 11.2 QR 0.60 2000 Una línea 8 pies por enci- 2,5 1 ma del piso 2,5 2 ≤1 20 30 8.0 o 11.2 SR o QR 0.60 2000 Una línea 6 pies por encima del piso; una línea 12 pies por encima del piso IB, IC, II, o IIIA <5 25 30 5.6 o 8.0 SR o QR 0.30 3000 Todos los Niveles 2 3 IIIB <5 40 50 5.6 o 8.0 SR o QR 0.30 2000 Una línea cada nivel de 2,6 4 por medio, comenzando por encima del primer nivel de almacenamiento IB, IC, II, o IIIA >5 y ≤60 25 30 8.0 o 11.2 SR 0.40 3000 Todos los Niveles 4 5 IIIB >5 y ≤60 40 50 5.6 o 8.0 SR 0.30 3000 Una línea cada nivel de 2,6 6 por medio, comenzando por encima del primer nivel de almacenamiento Recipientes Tipo alivio IB, IC, II, o IIIA <5 14 18 11.2 QR 0.65 2000 Ninguna 1,3 7 ≤5 25 30 5.6 o 8.0 SR o QR 0.30 3000 Una línea cada nivel de 2,7 8 por medio, comenzando por encima del primer nivel de almacenamiento IIIB <5 40 50 5.6 o 8.0 SR o QR 0.30 2000 Una línea cada nivel de 2,6 9 por medio, comenzando por encima del primer nivel de almacenamiento IB, IC, II, o IIIA >5 y 25 30 8.0 o 11.2 SR 0.60 3000 Una línea cada nivel de 2 10 por medio, comenzando por encima del primer nivel de almacenamiento IIIB >5 y <60 40 50 5.6 8.0 SR 0.30 3000 Una línea cada nivel de 2,6 11 por medio, comenzando por encima del primer nivel de almacenamiento IB, IC, II, o IIIA Tanques 25 30 8.0 o 11.2 SR 0.60 3000 Todos los Niveles 4 12 portátiles IIIB Tanques 40 50 8.0 SR 0.30 3000 Una línea cada nivel de 4 13 portátiles por medio, comenzando por encima del primer nivel de almacenamiento Nota: Para Unidades SI, 1 gal 3.8 L; 1 ft 0.3 m; 1 pies² 0.09 m²; 1 gpm/pies² = 40.7 L/min/m². (1) Estantes de fila doble con máximo 6 pies de ancho. (2) Espaciar los rociadores en estantería con centros de máximo 9 pies, colocados verticalmente a tresbolillo. Diseño base de 30 gpm por cabeza, con las 6 cabezas hidráulicamente más remotas funcionando en cada uno de los tres niveles más altos, o las ocho cabezas hidráulicamente más remotas si sólo existe un nivel. Los rociadores en estantería son K = 5.6 o K = 8.0, de temperatura moderada con protección. (3) Usar rociadores de techo K = 11.2 Tipo colgante. (4) Espaciar los rociadores en estantería con centros de máx. 9 pies colocados verticalmente a tresbolillo, 30 gpm por cabeza, K = 5.6 o 8.0, QR o SR, con protección, de temperatura moderada, con los seis rociadores hidráulicamente más remotos en cada nivel (tres niveles más altos) en funcionamiento. Ocho rociadores funcionando, si sólo existe un nivel. (5) Protección para exhibiciones en anaqueles no compactas sin cartón 0 cortadas para el caso específico de hasta 6 '/2 pies y el almacenamiento por encima en palets sobre estantería, material de anaqueles, maya de alambre abierto o listones de madera de 2 pulg. X 6 pulg., separadas entre si por 2 pulg. (6) Deberá usarse una densidad de A 0.60 si esxite más de un nivel de almacenamiento por encima del nivel superior de rocioadores en estantería (K=8.0 or 11.2 para rociadores de techo). (7) Deberá usarse una densidad de 0,60/2000 pies² si existe más de un nivel de almacenamiento por encima del nivel superior de rociadores en estantería (K 8.0 o 11.2 para rociadores de techo). a SR = respuesta normalizada y QR = respuesta rápida, cuando ambos están listados. b Temperatura alta de rociadores de techo. c Ver la Tabla D.2(a) de NFPA para referencias de pruebas de incendio en las cuales los criterios de protección dados en esta tabla están basados. d Ambos mecanismos de alivio de presión etiquetados y listados de 20 mm (⁴/4 pulg.) y 50 mm (2 pulg.) son requeridos en recipientes con una capacidad superior a 6 gal. Fuente: Tabla 4.8.2(a) of NFPA 30. Edición 2003 1-391 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES Tabla 66.4.8.2(b) Protección con Rociadores de Agua para el Almacenamiento de Recipientes Metálicos por Volumen 0 Paletizado (Para Líquidos no Miscibles 0 Líquidos Miscibles con una Concentración de Líquido Inflamable > 50%) Recipiente y Altura Techo Altura Ref. disposición máxima de Tipo de rociador Área de del almacenamáxima del Prueba Densidad Diseño recipiente techo Factor K de miento (gpm/pies²) (pies²)b (gal) (pies) (pies) nominal* Respuesta* Notas incendio Clase de líquido Recipientes Tipo no alivio IB, IC, II, o IIIA ≤5 4 18 5.6 o 8.0 SR o QR 0.21 1500 1 1 ≤5 5 18 5.6 o 8.0 SR o QR 0.30 3000 2 0.45 3000 3 <5 6½ 30 8.0 o 11.2 QR >5 <60 5 18 8.0 o 11.2 SR 0.40 3000 4 IIIB 5 18 30 5.6 o 8.0 SR o QR 0.25 3000 5 >5 y ≤60 10 20 5.6 o 8.0 SR 0.25 3000 6 18 30 5.6 o 8.0 SR 0.35 3000 7 Recipientes Tipo alivioᵃ <5 12 30 11.2 QR 0.60 3000 1,2 8 IB, IC, >5 ≤60 5 30 8.0 o 11.2 SR 0.40 3000 9 II, o IIIA >5 y ≤60 6½ 30 8.0 o 11.2 SR 0.60 3000 3 10 IIIB 5 18 30 5.6 o 8.0 SR o QR 0.25 3000 11 >5 y ≤60 10 20 5.6 o 8.0 SR 0.25 3000 12 18 30 5.6 o 8.0 SR 0.35 3000 13 IB, IC, Portable 1 high 30 5.6 o 8.0 SR 0.30 3000 14 II, o IIIA tanks 2 high 30 8.0 o 11.2 SR 0.60 5000 15 SR 0.25 3000 16 IIIB Portable 1 high 30 5.6 o 8.0 tanks 2 high 30 8.0 o 11.2 SR 0.50 3000 17 Nota: Para Unidades SI, 1 gal 3.8 L; 1 pie = 0.3 m; 1 pie² = 0.09 m²; 1 gpm/pie² = 40.7 L/min/m². (1) Los rociadores deberán ser calculados hidráulicamente para proveer una densidad de 80 gpm/pie² sobre 1000 pies². (3) Bidones colocados en palets colocados en palets a tresbolillo, no encajados para permitir el alivio de presión desde los bidones en los niveles infe- (2) Usar rociadores de techo Tipo colgante K = 11.1. riores. a SR = respuesta normalizada y QR = respuesta rápida, cuando ambos están listados. b Alta temperatura de los rociadores de techo. c Ver la Tabla D.2(b) de NFPA 30 para referencias de pruebas de incendio en las cuales los criterios de protección dados en esta tabla están basados. d Ambos mecanismos de alivio de presión etiquetados y listados de 20 mm (³/₄ pulg.) y 50 mm (2 pulg.) son requeridos en recipientes con una capacidad superior a 6 gal. Fuente: Tabla 4.8.2(b) de NFPA 30. 66.4.8.1.4 Los sistemas nuevos de protección contra incendo con la Figura 66.4.8.2(a) o la Figura 66.4.8.2(c) o el cridio instalados después de Enero 1 de 1997, deberán cumplir terio para los plásticos del Grupo A de acuerdo con la con los requisitos de 66.4.8. [30:4.8.1.4] Figura 66.4.8.2(b), el que sea aplicable. [30:4.8.1.6] 66.4.8.1.5 Cuando se aplique el criterio de protección con- FIGURA 66.4.8.1.6 Viscosidad Versus el Contenido portra incendio de 66.4.8, deberá proveerse un espacio mínimo centual en Peso del Combustible o Componentes para pasillo de 1,8 m (6 pies) entre las pilas adyacentes o las Combustibles [30 figura 4.8.1.6] estaciones de estanterías adyacentes, a menos que se especifique lo contrario de la Tabla 66.4.8.2(a) a la Tabla 66.4.8.2* Sistemas de Protección contra Incendio de 66.4.8.2(j). [30:4.8.1.5] Rociador Automático y Agua Espuma. Cuando se usan 66.4.8.1.6* Para los propósitos de 66.4.8, cualquier líquido sistemas de rociador de agua-espuma de baja expansión o (a) que se gelifique, se vuelva más denso, o se solidifique rociadores automáticos, los criterios de protección de la cuando se calienta; o (b) cuya viscosidad a temperatura Tabla 66.4.8.2(a) a la Tabla 66.4.8.2(j) deberá seguirse para ambiente versus el contenido porcentual en peso de líquidos la clase de líquidos, tipo de recipiente, y disposición de Clase I, Clase II, 0 Clase III esté en la parte sombreada de almacenamiento aplicable. Deberá usarse la Figura la Figura 66.4.8.1.6 deberá permitirse que se proteja usan- 66.4.8.2(a) a 66.4.8.2(d) para especificar el criterio de prodo bien sea el criterio para un líquido Clase IIIB de acuertección para clases de líquidos, tipos de recipientes, y dis- Edición 2003 1-392 CÓ UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCEN TM Tabla 66.4.8.2(c) Protección con Rociadores de Espuma Agua para Recipientes Metálicos en Estantes de Fila Sencilla o Fila Doble (Para Líquidos no Miscibles 0 Líquidos Miscibles con una Concentración de Líquido Inflamable > 50%) Altura Techo Ref. Recipiente máxima de alma- Altura Tipo de rociador Prueba y disposición del Área de máxima cena- Clase de recipiente del techo Densidad de incenmiento Factor K diseño Protección de rociado- (gal) (pies) (gpm/pies²) dio líquido (pies) nominal Respuesta res en estantería (pies2)b Notas IB, IC, II, o IIIA <5 25 30 5.6 o 8.0 SR o QR 0.30 2000 Todos los nivel 1,2 1 >5 y <60 25 30 5.6 o 8.0 SR 0.30 3000 Todos los nivel 1,3 2 IIIB ≤60 40 50 5.6 o 8.0 SR 0.30 2000 Una línea cada nivel de 1 3 por medio, comenzando por encima del primer nivel de almacenamiento IB, IC, II, IIIA 5 25 30 5.6 o 8.0 SR o QR 0.30 2000 Una línea cada nivel de 1,2 4 por medio, comenzando por encima del primer nivel de almacenamiento >5 y ≤60 25 30 5.6 o 8.0 SR 0.30 3000 Una línea cada nivel de 1,3 5 y tanques por medio, comenzando portáltiles por encima del primer nivel de almacenamiento IIIB ≤60 40 50 5.6 o 8.0 SR 0.30 2000 Una línea cada nivel de 1 6 por medio, comenzando por encima del primer nivel de almacenamiento Nota: Para Unidades SI, 1 gal = L; 1 ft 0.3 m; 1 pies² = 0.09 m²; 1 gpm/pies² = 40.7 L/min/m². (1) Espaciar los rociadores en estantería con centros de máximo 9 pies, colocados verticalmente a tresbolillo. Diseño base de 30 gpm por cabeza, con las 6 cabezas hidráulicamente más remotas funcionando en cada uno de los tres niveles más altos. Los rociadores son K = 5.6 o 8.0, SR o QR, de temperatura moderada con protecciones. El diseño hidráulico puede reducirse a tres cabezas funcionando por nivel tres niveles funcionando simultáneamente cuando utilizan un sistema de Espuma Agua "preprimed" instalado de acuerdo con NFPA 16, Standard for the Installation of Foam Water Sprinkler and Foam Water Spray Water Systems, y mantenidos de acuerdo con NFPA 25, Standard for the Inspeccion, Testing, and Maintenance of Water Based Fire Protection Systems. (2) Las áreas de diseño pueden ser reducidas a 1500 pies² cuando se utiliza un sistema de agua espuma "preprimed" instalado de acuerdo con NFPA 16 y mantenido de acuerdo con NFPA 25. (3) El área de diseño puede ser reducida a 2000 pies² cuando se utiliza un sistema de agua espuma "preprimes" instalado de acuerdo con NFPA 16 y mantenido de acuerdo con NFPA 25. a SR = respuesta normalizada y QR = respuesta rápida, cuando ambos estén listados. b Alta temperatura de los rociadores de techo. c Ver la Tabla D.2(c) de NFPA 30 para referencias de pruebas de incendio en las cuales los criterios de protección dados en esta tabla están basados. d Ambos mecanismos de alivio de presión etiquetados y listados de 20 mm (³/₄ pulg.) y 50 mm (2 pulg.) son requeridos en recipientes con una capacidad superior a 6 gal. Fuente: Table 4.8.2(c) de NFPA 30 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES 1-393 Tabla 66.4.8.2(d) Protección con Rociadores de Espuma Agua para Recipientes Metálicos en Almacenamiento por Volumen o Paletizado (Para Líquidos no Miscibles 0 Líquidos Miscibles con una Concentración de Líquido Inflamable > 50%) Recipiente y Altura Techo disposición máxima de Altura Área de Prueba Tipo de rociador del almacenmáxima del de incen- Densidad Diseño recipiente amiento techo Factor K dio (gpm/pies²) (pies2)b (gal) (pies) (pies) nominal Respuesta Notas Ref.° Clase de líquido Recipientes Tipo no alivio IB, IC,II, o IIIA 5 cajas de cartón 11 30 8.0 o 11.2 SR o QR 0.40 3000 2 1 5 cajas de cartón 12 30 5.6 o 8.0 SR o QR 0.30 3000 2 2 >5 y ≤60 5° 30 5.6 o 8.0 SR 0.30 3000 2 3 Recipientes Tipo alivio IB, IC, II,or IIIA >5 y <60 6½ 30 5.6 o 8.0 SR 0.30 3000 1 4 >5 y ≤60 10ᵉ 33 11.2 SR 0.45 3000 1,3 6 >5 y ≤60 13 pies 9 pulg.' 33 11.2 SR 0.60 3000 1,3 7 Tanques altura máxima 30 5.6 o 8.0 SR 0.30 3000 1 5 Portátiles de 2 Nota: Para Unidades SI, 1 gal = 3.8 L; 1 pie = 0.3 m; 1 pie² = 0.09 m²; 1 gpm/pie² = 40.7 L/min/m². (1) Los bidones colocados en palets abiertos escalonados, sin encajar, para permitir el alivio de presión desde los bidones en niveles más bajos. (2) El área de diseño puede ser reducida hasta 2000 pies² cuando se usa un sistema de espuma agua "preprimed" instalado de acuerdo con NFPA 16, Standard for the Installation of "Foam Water Sprinkles and Foam Water Spray Systems, y mantenidos de acuerdo con NFPA 25, Standard for the Inspection, Testing, and Maintenance of Water Based Fire Protection Systems. a SR = respuesta normalizada y QR = respuesta rápida, cuando ambos estén listados. b Alta temperatura de los rociadores de techo. c Ver la Tabla D.2(d) de NFPA 30 para referencias de pruebas de incendio en las cuales los criterios de protección dados en esta tabla están basados. d, e, f11 de altura; 3 de altura; 4 de altura g Ambos mecanismos de alivio de presión etiquetados y listados de 20 mm (³/₄ pulg.) y 50 mm (2 pulg.) son requeridos en recipientes con una capacidad superior a 6 gal. Fuente: Tabla 4.8.2(d) de NFPA 30. Tabla 66.4.8.2(e) Protección con Rociadores de Agua para el Almacenamiento en Estantes de Abiertos de Fila Sencilla, Doble y Múltiple que Contiene Líquidos Clase IIIB en Recipientes de Plástico (Para Líquidos Inflamables y Combustibles no Miscibles o Líquidos Inflamables y Combustibles Miscibles con una Concentración de Líquido Inflamable > 50%) Punto de Criterios sobre la protección con rociadores inflamación del tipo de Esquema líquido o Altura Altura Ancho de Tipo de de protec- Ref. de en copa Tamaño máxima máxima pasillo rociador ción contra prueba de cerrada del recidel edificio Tipo de del almacemáximo Ancho de de techo incendios incendios* (°F) piente (gal) o techo empaque namiento (pie) estante 200 ≤5 Ilimitado En cajas de Ilimitado 4 Cualquiera Cualquiera Esquema A 1 cartón o sin (ver cajas de 44.3.8.6.1) cartón Nota: Para Unidades SI, 1 gal = 3.8 L; 1 pie = 0.3 m; 32°F = 0°C. *Ver la Tabla D.2(e) de NFPA 30 para referencias de pruebas de incendio en las cuales los criterios de protección dados en esta tabla están basados. Fuente: Tabla 4.8.2(e) de NFPA 30. Edición 2003 1-394 CÓ UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCE OS TM Tabla 66.4.8.2(i) Protección con Rociadores de Agua, Construcción de Recipientes en Almacenamiento por Volumen y Paletizado IBCᵇ Rígido No Metálico (Para Líquidos Combustibles No Miscibles 0 Líquidos Combustibles Miscibles con Concentraciones de Líquido >50%) Techo Altura Ref. de Tamaño de máxima de Altura Tipo de rociadores Área de Prueba Clase de recipiente almacenamáxima de Densidad diseño Factor K de líquido (gal) miento techo (pies) nominal (gpm/pies²) (pies²) Respuesta Incendio II, III ≤793 1 alta 30 11.2 Alta temp., SR° 0.45 3000 1 <793 2 alta 30 11.2 Alta temp., SR 0.60' 3000 2 Nota: Para Unidades SI, 1 gal = 3.8 L; 1 pie = 0.3 m; 1 pie² = 0.09 m²; 1 gpm /pie' = 40.7 L/min/m². "Deberá permitirse sustituir la protección con rociadores de espuma agua por protección con rociadores de agua, siempre que se usen los mismos criterios de diseño. tBC rígido no metálico El IBC rígido no metálico se ha sometido a una prueba de incendio normalizada que demuestra el desempeño de incendio cuando el IBC está apilado con la altura de uno solo o de dos y está listado y etiquetado como tal. Ver el apéndice E, Sección II de NFPA 30. Ver Tabla D.2(i) de NFPA 30 para referencias de pruebas de incendio en las cuales los criterios de protección dados en esta tabla están basados. 'SR = Respuesta Normalizada La presión de funcionamiento mínima de los rociadores deberá ser de 207 kPa (30 psi) Fuente: Tabla 4.8.2(i) de NFPA 30. Tabla 66.4.8.2(g) Protección con Rociadores de Agua para el Almacenamiento en Estantes Abiertos de Fila Sencilla y Doble Que Contienen Líquidos Miscibles en Agua en Recipientes de Plástico (Concentración de Líquido Inflamable >50%) Criterios de protección contra Altura Altura incendios máxima de máxima de Ancho de Tamaño de edificio o almacenapasillo Ancho de Esquema Clase de recipiente techo Tipo de miento mínimo estante Tipo de de protec- Ref. de líquido (gal) (pies) empaque (pies) (pies) (pies) rociador ción contra prueba de de techo incendios incendios' IB, IC, II, III 1 Ilimitado En cajas de Ilimitado 8 9 Cualquiera Esquema B 1 cartón (ver 66.4.8.6.2) 60 30 En cajas de 25 8 9 rociadores nor- SEsquema 2 cartón o sin malizados de B (ver cajas de cartón pulverización 66.4.8.6.2) Nota: Para Unidades SI, 1 gal = 3.8 L; 1 pie = 0.3 m. a Ver la Tabla D.2(g) de NFPA 30 para referencias de pruebas de incendio en las cuales los criterios de protección dados en esta tabla están basados. Fuente: Tabla 4.8.2(g) de NFPA 30. LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES 1-395 Tabla 66.4.8.2(h) Protección con Rociadores de Agua para el Almacenamiento en Estantería y Paletizado de Líquidos Clase IB, IC, II, IIIA y IIIB en Recipientes Metálicos Tipo Alivio con Pasillos de 7,5 pies de Ancho Mínimo (para Líquidos Inflamables o Combustibles No Miscibles 0 Líquidos Inflamables 0 Combustibles Miscibles con Concentraciones >50%) Criterios de protección con rociadores Criterios de protección con de techo rociadores en estantería Tipo de Rociador Presión presumida de los rociado- Altura Tipo de res en rocia-dores Diseño estantemáxima / Factor K (No. de Distri- Clasificaría en la Dispo- Ancho Altura de alma- Ref. de / Clasifibución ción de presión parte sición del de Tamaño la Pruede cenacación de @ de del Tempelateral almacenaestante Tipo de Edificio miento de reci- Tipo de ba de temperociado- almace- Factor K ratura y (ver Notas miento (pies) anaquel (pies) (pies) piente Notas Incendio empaque ratura" namiento Nominal res) Respuestab 1 y2) Estantería ≤6 Abierto 24 14 <5 Con o sin ESFR,K =14.0, 12@50 psig Figura 11,2 QR, 10 psig 1-5 1 con pasillo de maya (ver nota 3) cajas de moderada 66.4.8.6.3(a) moderada de 7,5 pies de alamcartón bre ESFR, K =25.0, 12@25 psig Ninguna Ninguna Ninguna Ninguna 3,4, 2 moderada 5 Estantería <9 Ninguna 30 20 ≤1 cajas de ESFR, K =14.0, 12@75 psig Ninguna Ninguna Ninguna Ninguna 5 3 con pasillo cartón moderada de 8 pies 25 ≤1 cajas de ESFR, =14.0, 12@50 psig Figura QR, 15 psig 1,2, 4 cartón moderada 66.4.8.6.3(d) moderada 5 o (e) 25 <5 Con o sin ESFR, =14.0, 12@75 psig 66.4.8.6.3(b) QR, 30 psig 1,2, 5 cajas de moderada o (c) moderada 5 cartón Paletizado NA° NA 30 8 ≤1 Sin cajas ESFR, =14.0, 12@50 psig NA NA NA NA 5 6 de cartón moderada 12 <5 Con o sin ESFR, =14.0, 12@75 psig NA NA NA NA 5 7 cajas de moderada cartón Nota: 1 gal = 3,8 L; 1 pie = 0,09 m²; 1 gpm/pie² = 40,7 L/min/m². (1) La demanda de agua de los rociadores en estantería deberá fundarse en el funcionamiento simultáneo de los rociadores hidráulicamente más remotos de acuerdo con lo siguiente: a. Siete rociadores cuando sólo esté instalado un nivel de rociadores en estantería. b. Catorce rociadores (siete en cada uno de los dos niveles más altos) cuando esté instalado más de un nivel de rociadores en estantería. c. La presión presumida de los rociadores en estantería en la parte lateral (2) La demanda de agua de los rociadores en estantería deberá estar balanceada con la demanda de agua de los rociadores de techo en su punto de conexión. (3) No es necesario que los recipientes de un gal y 1 qt sean Tipo alivio. (4) Proveer un espacio de aire mínimo de 3 pulg. en las montantes de los estantes (5) Deberá usarse un chorro de manguera de 500 gpm a ESFR = Respuesta rápida de supresión temprana b Las Figuras 66.4.8.6.3(a) a 66.4.8.6.3(e) pueden encontrarse en 66.4.8.6.3. c QR = De respuesta rápida d Ver Tabla D.2(h) de NFPA 30 para referencias de pruebas de incendio en las cuales los criterios de protección dados en esta tabla están basados. e NA = No aplica. Fuente: Tabla 4.8.2(h) de NFPA 30. 1-396 CÓDIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM Tabla 66.4.8.2(i) Protección con Rociadores de Agua", Construcción de Recipientes en Almacenamiento por Volumen y Paletizado IBCᵇ Rígido No Metálico (Para Líquidos Combustibles No Miscibles 0 Líquidos Combustibles Miscibles con Concentraciones de Líquido >50%) Techo Altura Ref. de Tamaño de Tipo de rociadores Área de máxima de Altura Prueba Clase de recipiente almacena- Densidad máxima de diseño Factor K de líquido (gal) miento techo (pies) (gpm/pies²) (pies²) nominal Respuesta Incendio⁴ II, III <793 1 alta 30 11.2 Alta temp., SR° 0.45 3000 1 ≤793 2 alta 30 11.2 Alta temp., SR 0.60' 3000 2 Nota: Para Unidades SI, 1 gal = 3.8 L; 1 pie = 0.3 m: 1 pie² = 0.09 m²; 1 gpm /pie' = 40.7 L/min/m². "Deberá permitirse sustituir la protección con rociadores de espuma agua por protección con rociadores de agua, siempre que se usen los mismos criterios de diseño. ᵇIBC rígido no metálico El IBC rígido no metálico se ha sometido a una prueba de incendio normalizada que demuestra el desempeño de incendio cuando el IBC está apilado con la altura de uno solo o de dos y está listado y etiquetado como tal. Ver el apéndice E, Sección II de NFPA 30. Ver Tabla D.2(i) de NFPA 30 para referencias de pruebas de incendio en las cuales los criterios de protección dados en esta tabla están basados. SR = Respuesta Normalizada La presión de funcionamiento mínima de los rociadores deberá ser de 207 kPa (30 psi) Fuente: Tabla 4.8.2(i) de NFPA 30. Tabla 66.4.8.2(j) Protección con Rociadores de Agua para Almacenamiento de Estantes Abiertos de Fila Sencilla y Doble en Contenedores Intermedios por Volumen Rígidos no Metálicosᵃ (Para Líquidos No Miscibles Clase II y Clase III y para Líquidos Miscibles Clase II y Clase III con Concentración Clase II y Clase III >50%) Altura Criterios de Protección con Rociadores Altura máxima de Capacidad máxima de almacena- Ancho míni- Ancho de Esquema de Clase de de conteneedificio o miento Tipo de protección Ref. de mo de pasiestante rociadores contra líquido dorb (gal) techo (pies) (pies) llo (pies) (pies) prueba de de techo incendios incendio II, III 793 30 25 8 9 Pulverización Esquema B (ver 1d normalizada 66.4.8.6.2) Nota: Para unidades SI, 1 gal = 3.8 L; 1 pie 0.3 m. Los contenedores intermedios por volumen (IBC) que han sido sometidos a una prueba de incendio normalizada que demuestra el desempeño de incendio cuando los IBCs están apilados con la altura de uno sólo o dos y están listados y etiquetados como tal. ᵇVer Apéndice E, Sección II de NFPA 30. La altura de la fila no deberá exceder 6 pies. (ver 66.4.8.6.2) Ver Tabla D.2(j) de NFPA 30 para referencias de pruebas de incendio en las cuales los criterios de protección dados en esta tabla están basados. Fuente: Tabla 4.8.2(j) de NFPA 30. posiciones de almacenamiento que no están cubiertos espe- y la Tabla 66.4.8.2(d). Cuando las densidades de descarga cíficamente de la Tabla 66.4.8.2(a) a la Tabla 66.4.8.2(j). dadas en la Tabla 66.4.8.2(c) y en la Tabla 66.4.8.2(d) difie- Todos los sistemas de protección contra incendio de aguaren de aquellas en los criterios del listado para los disposiespuma y rociadores automáticos deberán ser sistemas de tivos de descarga, deberá usarse la mayor. tubería húmeda diluvio, o de acción previa. Si se usan sistemas de acción previa, estos deberán estar diseñados de Excepción No. 1: Exceptuando lo permitido de otra manemanera que el agua o solución espuma descargue inmediara de 66.4.2 a 66.4.7. tamente del rociador una vez que se activen los rociadores. Cuando se provean sistemas de protección contra incendio Excepción No. 2: No deberá aplicarse de la Tabla de agua-espuma o de espuma, deberán determinarse las 66.4.8.2(a) a la Tabla 66.4.8.2(j) para líquidos inestables. densidades de descarga de acuerdo con los criterios del lis- [30:4.8.2] tado de los dispositivos de descarga de espuma seleccionados, el concentrado de espuma, los líquidos específicos que 66.4.8.2.1 Los rociadores en estantes deberán instalarse de deban ser protegidos, y los criterios de la Tabla 66.4.8.2(c) acuerdo con las disposiciones de NFPA 230, Standard for Edición 2003 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES 1-397 ¿ Está el Si No se requiere contención líquido exento? de derrames ni drenaje No ¿ Son todos los Si galones â 10 gal? No ¿Son todos los Si líquidos Clase IIIB? No ¿Es la gravedad Si Proveer contención de específica del derrames según 4.4.2.5 liquido > a 1,0? No ¿Es la viscosidad Si del líquido > 10.000 cp? No ¿Es la mezcla líquida miscible en agua con menos o igual al 50% de líqui- Si do inflamable o combustible Si y el balance de la mezcla combustible? ¿Está la protección provista por un sistema de rociado- No res de espuma-agua de baja Proveer control de expansión diseñado adecuadamente No esparcimiento de líquidos sistema de espuma de alta expansión según 4.8.5.1 sistema gaseoso o de químico seco o sistema de niebla de agua? Notas: Todas las referencias cruzadas hacen referencia a NFPA 30. Para unidades SI, 1 gal = 3,8 L Figura 66.4.8.5 Contención de Derrames y Control de Esparcimiento de Liquidos para el Almacenamiento Protegido. [30:Figura 4.8.5] Edición 2003 1-398 CODIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM Barrera sólida Barrera sólida Sin huecos en el espacio de aire longitudinal 4 pies 5 pies X x X X 5 pies (max.) 8 pies-10 pies Mínimo 8 pies Huecos de 0 pulg. 12 pulg. 4 pies 9 pies entre los huecos 5 pies (max.) en los montantes Vista en Planta Deflector mínimo 6 pulg. por X Deflector máximo 7 pulg. encima de la parte superior Mínimo 8 pies Huecos de 0 pulg. por debajo de la barrera del almacenamiento entre los huecos 12 pulg. en los montantes X X X X X Vista en Planta Deflector mínimo 6 pulg. Deflector máximo 7 pulg. por encima de la parte superior 12 pies por debajo de la barrera del almacenamiento (max.) X X x X X X X 12 pies (max.) 12 pies (max.) X X X 12 pies (max.) Vista de Perfil Para unidades SI, 1 pulg. = 25 mm; 1 pie = 0,3 m. X Rociador en estantería, de 17/32 pulg., moderada, QR Vista de Perfil Figura 66.4.8.6.1.1(a) Distribución de los Rociadores en Estantes de Fila Sencilla. [30:Figura 4.8.6.1.1(a)] Para unidades SI, 1 pulg. = 25 mm; 1 pie = 0,3 m. Rociador con espacio de aire longitudinal X Rociador en estantería, de 17/32 pulg., moderada, QR the Fire Protection of Storage. Figura 66.4.8.6.1.1(b) Distribución de los Rociadores en Excepción: Como se modifica a continuación: Estantes de Fila Doble. [30:Figura 4.8.6.1.1(b)] (1) Líneas alternas de rociadores en estanterías deberán altenarse verticalmente en el espacio del conducto de (1) Los líquidos de Clases I, II, y IIIA: 9 m² (100 pies²) por humo longitudinal. cabeza de rociador (2) Las cabezas de rociadores de los sistemas de rociador de (2) Los líquidos de Clase IIIB: 10.8 m² (120 pies²) por cabenivel múltiple deberán estar provistas de pantallas proza de rociador [30:4.8.2.2] tectoras de agua a menos que estén separadas por barreras horizontales o estén listadas específicamente para la 66.4.8.2.3 Los sistemas de protección que están diseñados instalación sin protección de agua. y desarrollados de acuerdo con pruebas de incendio a esca- (3) Deberá mantenerse un espacio vertical libre de mínimo la real en una instalación de pruebas aprobada 0 con otros 150 mm (6 pulg.) entre el deflector del rociador y el esquemas de protección de ingeniería deberán considerarse parte superior de la fila de almacenamiento. como una alternativa aceptable para los criterios de protec- (4) La descarga del rociador no deberá estar obstruida por ción establecidos en 66.4.8. Tales sistemas de protección elementos estructurales del estante horizontal. alternativa deberán estar aprobados por la autoridad compe- (5) Los espacios longitudinales y transversales del conductente. [30:4.8.2.3] to de humo de mínimo 150 mm (6 pulg.) deberán mantenerse entre cada carga de la estante. [30:4.8.2.1] 66.4.8.2.4 Los sistemas de protección contra incendio a base de agua, deberán ser inspeccionados, probados y mantenidos 66.4.8.2.2 Los rociadores de techo deberán instalarse de de acuerdo con NFPA 25, Standard for the Inspection, Testing, and Maintenance of Water-Based Fire Protection Systems. acuerdo con NFPA 13, Standard for the Installation of [30:4.8.2.4] Sprinkler Systems, y deberán permitirse para que tengan las siguientes distancias máximas máximas entre las cabezas: 66.4.8.2.5 Deberán permitirse que las alturas del techo dadas Edición 2003 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES 1-399 Barrera de madera laminada sólida (mínimo 3/8 pulg.) 0 lámina de Barrera sólida metal (mín. calibre 22) (sin huecos en el espacios libre longitudinal) Sin huecos en el espacios libre 4 pies - 5 pies de los centros en los espacios libres transversales X 4 pies X X X 5 pies X 5 pies X (max.) 4 pies pies Mínimo 8 pies Hueco de máximo 12 pulg. entre huecos en los montantes X X X X Vista en Planta Deflector máximo 7 pulg. Deflector mínimo 6 pulg. por encima de por debajo de la barrera la parte superior del almacenamiento X X X X X X X X X 6 pies X X X X (max.) Vista en Planta X X X X X Deflector máximo 7 pulg. Deflector mínimo 6 puig. por encima de 6 pies (max.) por debajo de la barrera la parte superior del almacenamiento x X X X X X X 6 pies (max.) 12 pies (max.) X X X X X 6pies (max.) Vista de Perfil Típico Nivel de Barrera Vista de Perfil Para unidades SI, 1 pulg. = 25 mm; 1 pie = 0,3 m. Para unidades SI, 1 pulg. = 25 mm; 1 pie = 0,3 m. X Rociador en estantería, de 17/32 pulg., moderada, QR X Rociador en estantería, de 17/32 pulg., moderada, QR Figura 66.4.8.6.1.1(c) Distribución de los Rociadores en Figura 66.4.8.6.2.1(a) Distribución de los Rociadores Estantes de Filas Múltiples. [30:Figura 4.8.6.1.1(c)] en Estantes de Fila Sencilla. [30:Figura 4.8.6.2.1(a)] en la Tabla 66.4.8.2(a) hasta la Tabla 66.4.8.2(j) sean incremenpulverización de agua, sistemas automáticos de niebla de agua, tadas máximo un 10 por ciento si se provee un incremento porsistemas de espuma de alta expansión, sistemas de extinción de centual equivalente a la densidad presumida del rociador de químico seco, configuraciones de sistemas alternativos de techo. [30:4.8.2.5] rociadores, o combinaciones de sistemas si están aprobados por la autoridad competente. Tales sistemas alternativos deberán 66.4.8.2.6 Los sistemas de rociador de agua-espuma de baja diseñarse e instalarse de acuerdo con la norma NFPA apropiaexpansión deberán diseñarse e instalarse de acuerdo con NFPA da y con las recomendaciones del fabricante para el sistema 16, Standard for the Installation of Foam-Water Sprinkler and seleccionado. [30:4.8.3] Foam-Water Spray Systems. El sistema deberá tener concentra- 66.4.8.4 Los suministros de agua para rociadores automádo de espuma para mínimo 15 minutos, basado en el caudal ticos, otros sistemas de protección a base de agua, e hidranpresumido requerido. [30:4.8.2.6] tes deberán ser capaces de suministrar la demanda anticipada de flujo de agua mínimo durante 2 horas. [30:4.8.4] 66.4.8.2.7 Los suministros de agua para los rociadores automáticos, otros sistemas de extinción a base de agua, e hidrantes 66.4.8.5 Contención y Drenaje. La contención y el drenadeberán ser capaces de suplir la demanda anticipada y deberán je deberá proveerse de acuerdo con la Figura 66.4.8.5, cuanser capaces de suplir tal demanda mínimo durante 2 horas. do los sistemas de protección estén instalados de acuerdo [30:4.8.2.7] con las disposiciones de la Tabla 66.4.8.2(a) hasta la Tabla 66.4.8.2(j). [30:4.8.5] 66.4.8.2.8* Los sistemas de rociadores de agua-espuma deberán proveer una solución de espuma para los rociadores considerando cuatro rociadores en funcionamiento. [30:4.8.2.8] 66.4.8.5.1* Cuando se requiera controlar el esparcimiento de líquidos, deberán proveerse los medios para limitar el 66.4.8.3 Otros Sistemas Automáticos de Protección contra esparcimiento a un área que no sea superior al área de des- Incendio. Deberán permitirse los sistemas alternativos de procarga presumida del sistema de rociador de techo. teceión automáticos Edición 2003 1-400 CODIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM Barrera de madera laminada sólida (minimo 3/8 pulg.) o lámina de metal (mín. calibre 22) (sin huecos en el espacios libre longitudinal) Barrera de madera laminada sólida (mínimo s/₈ pulg.) 0 lámina 4 pies 5 pies de los centros en de metal (mín. calibre 22) (sin huecos en el espacios libre longitudinal) los espacios libres transversales 4 pies 5 pies de los centros en los espacios libres transversales X 5 pies 9 pies (max.) X 8 pies-10 pies de los (max.) Mínimo 8 pies Hueco de máximo 12 pulg. centros en los espacios entre huecos en los montantes libres transversales X Vista en Planta Mínimo 8 pies Hueco de máximo 12 pulg. entre huecos en los montantes Deflector máximo 7 pulg. Deflector mínimo 6 pulg. por encima por debajo de la barrera de la parte superior del almacenamiento Vista en Planta x X X X Deflector mínimo 6 pulg. por 6 pies Deflector máximo 7 pulg. encima de la parte superior (max.) por debajo de la barrera del almacenamiento X X X X X X X 6 pies 6 pies (max.) (max.) X X X X X X X x 6 pies 6 pies (max.) (max.) X X X X x X X 6 pies (max.) 6 pies (max.) x X x Vista de Perfil 6 pies Para unidades SI, pulg. = 25 mm; 1 pie = 0,3 m. (max.) X Rociador en estantería, de 17/32 pulg., moderada, OR Figura 66.4.8.6.2.1(b) Distribución de los Rociadores en Estantes de Fila Sencilla. [30:Figura 4.8.6.2.1(b)] Vista de Perfil Para unidades SI, 1 pulg. = 25 mm; 1 pie = 0,3 m. Rociador de espacio libre longitudinal, 17/32 pulg., moderada, QR X Rociador de frente, de 17/32 pulg., moderada, QR 66.4.8.6 Esquemas de Protección contra Incendios. Figura 66.4.8.6.2.1(c) Distribución de los Rociadores 66.4.8.6.1 Esquema A de Protección contra Incendios. en Estantes de Fila Doble. [30:Figura 4.8.6.2.1(c)] 66.4.8.6.1.1 Deberán instalarse barreras de madera laminaestantería que no estén destinados para el almacenamiento da [de 10 mm (³/₈ pulg.) mínimo] o de lámina de metal de líquido Clase IIIB, la barrera y la protección de rociador (mínimo calibre 22) y rociadores en estantería de acuerdo en estantería deberá extenderse mínimo 2.4 m (8 pies) más con la Figura 66.4.8.6.1.1(a), la Figura 66.4.8.6.1.1(b) o la allá del almacenamiento del líquido Clase IIIB. Figura 66.4.8.6.1.1(c). No deberán proveerse deflectores [30:4.8.6.1.3] verticales entre los rociadores en estantería. [30:4.8.6.1.1] 66.4.8.6.1.4 La demanda de rociadores de techo no deberá 66.4.8.6.1.2 Los rociadores en estantería de respuesta rápiincluirse en los cálculos hidráulicos para rociadores en da con clasificación de temperatura moderada, listados o estantería. La demanda de agua en el punto de suministro aprobados, de 13.5 mm (17/32 pulg.), por debajo de cada deberá calcularse independientemente para los rociadores nivel barrera. Los rociadores en estantería deberán estar en estantería y de techo y de acuerdo con la demanda diseñados para proveer una presión final de cabeza de 345 mayor. [30:4.8.6.1.4] kPa (presión manométrica de 50 psig) que sale de los 6 rociadores más alejados (tres en dos líneas) si se provee un 66.4.8.6.1.5 Los rociadores de techo deberán estar diseñanivel de barrera, o los 8 rociadores más alejados (cuatro en dos para proteger las instalaciones de los alrededores. dos líneas) si se provee dos o más niveles de barrera. Cualquier tipo de rociador de techo deberá ser aceptable. Si [30:4.8.6.1.2] se proveen rociadores normalizados de pulverización de techo, éstos deberán proveer mínimo 8.1 Lpm/m² sobre 270 66.4.8.6.1.3 Si existen tramos adyacentes de series en Edición 2003 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES 1-401 9 pies (max.) 6 pies X X X 9 pies (max.) X X X X X (max.) Vista en Planta Vista en Planta 5pies 6.5 pies (max.) Paletizado X X X X X 14 pies X X X (max.) 10 pies Caja cortada (max.) para el caso especifico o 8 pies palletizada de 7,5 pies X X X X X Vista de Perfil 10 pies Para unidades SI, 1 pulg. - 25 mm; 1 pie - 0,3 m. (max.) X Rociador en estantería, de 17/32 pulg., moderada, QR Figura 66.4.8.6.3(a) Distribución Modificada de los Rociadores en Estantes de Fila Doble. Vista de Perfil [30:Figura 4.8.6.3(a)] Para unidades SI, 1 pulg. = 25 mm; 1 pie = 0,3 m. X Rociador en estantería, de 17/32 pulg., moderada, QR Figura 66.4.8.6.3(c) Distribución de los Rociadores en Estantes de Fila Doble. [30:Figura 4.8.6.3(c)] 9 pies X X X (max.) m² (0,20 gpm/pies² sobre 3000 pies²). Si el almacenamiento de líquido Clase IIIB no supera la altura total del estante, la Vista en Planta protección para otras mercancías almacenadas por encima de la barrera deberán estar de acuerdo con las normas apropiadas de acuerdo con la altura total del estante. 10 pies(max.) [30:4.8.6.1.5] X X X 66.4.8.6.1.6 No deberán requerirse barreras para el almace- 10 pies(max.) namiento de líquido con un punto de inflamación de copa 10 pies cerrada de 232°C (450°F). Si se omiten las barreras, debe- (max.) rán proveerse las siguientes modificaciones para el esquema de protección: 10pies X X X (max.) (1) La protección de rociadores de techo deberá estar provista de rociadores de pulverización normalizados con 10 pies (max.) clasificación de temperatura moderada diseñados para proveer 12,2 Lpm/m² sobre 180 m² (0,3 gpm/pies² sobre 2000 pies²). (2) La demanda de agua de rociadores de techo y la deman- Vista de Perfil da de agua de rociadores en estantería deberán estar Para unidades SI, 1 pulg. = 25 mm; 1 pie = 0,3 m. balanceados en su punto de conexión. [30:4.8.6.1.6] O, X Rociador en estanteria, de 17/32 pulg., moderada, QR 66.4.8.6.1.7 Deberá permitirse un chorro de manguera de Figura 66.4.8.6.3(b) Distribución de los Rociadores en 1900 Lpm (500 gpm). [30:4.8.6.1.7] Estantes de File Doble 8.6.3(b)] Edición 2003 1-402 IGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM 9 pies 9 pies X X X X X X X X (max.) (max.) Vista en Planta Vista en Planta 10 pies (max.) 5 pies 8 pies (max.) (max.) X X X X X X X X 15 pies 15 pies (max.) 8 pies (max.) (max.) 5 pies (max.) Vista de Perfil Vista de Perfil Para unidades SI, 1 pulg. = 25 mm; 1 pie = 0,3 m. Para unidades SI, 1 pulg. = 25 mm; 1 pie = 0,3 m. O, X Rociador en estantería, de 17/32 pulg., moderada, QR X Rociador en estantería, de 17/32 pulg., moderada, QR Figura 66.4.8.6.3(d) Distribución de los Rociadores Figura 66.4.8.6.3(e) Distribución de los Rociadores en en Estantes de Fila Doble. [30:Figura 4.8.6.3(d)] Estantes de Fila Doble. [30:Figura 4.8.6.3(e)] 66.4.8.6.2 Esquema B de Protección contra Incendios. el sistema de rociador en estantería deberá proveer una presión mínima de cabeza de 345 kPa (50 psig) desde 66.4.8.6.2.1 Deberán instalarse barreras horizontales y los ocho rociadores hidráulicamente más lejanos, en dos rociadores de madera laminada [mínimo de 10 mm (3/8 líneas de 4 rociadores. pulg.)] de espesor o de lámina de metal (mínimo calibre 22) (2) Para recipientes que tengan una capacidad superior de en estantería de acuerdo con la Figura 66.4.8.6.2.1(a), la 227 L (60 gal), pero no superen los 3000 L (793 gal), el Figura 66.4.8.6.2.1(b) o la Figura 66.4.8.6.2.1(c). No debesistema de rociador en estantería deberá proveer una rán proveerse deflectores verticales entre los rociadores "en presión mínima de cabeza 345 kPa (presión manométriestantería". [30:4.8.6.2.1] ca de 50 psig.) desde los 12 rociadores hidráulicamente más lejanos, seis en dos líneas. [30:4.8.6.2.2] 66.4.8.6.2.2 Los rociadores en estantería deberán ser un factor K nominal de 11.2, en clasificados por temperatura 66.4.8.6.2.3 Si existen tramos o estantes que no están desmoderada, y deberán instalarse por debajo de cada barrera tinadas para el almacenamiento de líquidos, la barrera y el horizontal. Los criterios de diseño de un sistema de rociasistema de rociadores en estantería deberán extenderse más dor en estantería deberá cumplir con lo siguiente: allá del área destinada para el almacenamiento de líquido de la manera siguiente: (1) Para recipientes que no superen una capacidad de 227 L (60 gal) y cuando solamente exista una barrera horizon- (1) Para recipientes que tengan una capacidad no superior a tal, el sistema de rociador en estantería deberá proveer 3,8 L (1 gal), la protección deberá extenderse mínimo una presión mínima de cabeza de 345 kPa (presión 2,4 m (8 pies) más allá del área destinada para el almamanométrica de 50 psig) desde los seis rociadores cenamiento de líquido. Adicionalmente, deberán protehidráulicamente más lejanos, dos líneas de 3 rociadores gerse las estantes adyacentes a través de los pasillos a cada uno. Cuando haya dos o más barreras horizontales, cada lado del almacenamiento de líquido, de acuerdo Edición 2003 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES 1-403 con NFPA13, Standard for the Installation of Sprinkler gal), pero que no superen 3000 L (793 gal), deberá cumplir Systems, para la mercancía almacenada. con lo siguiente: (2) Para recipientes que tengan una capacidad superior a 3,8 L, pero no superen 3000 L (793 gal), la protección (1) La protección con rociadores de techo deberá estar diseñadeberá extenderse mínimo 2,4 m (8 pies) más allá del da para proveer una densidad mínima de 24.4 Lpm/m² área destinada para almacenamiento de líquido. sobre los 270 m² más remotos (0.60 gpm/pies² sobre 3000 Adicionalmente, la protección deberá extenderse para pies²), usando rociadores de 16 mm (⁵/₈ pulg.) o 13.5 mm proteger las estantes adyacentes a través de los pasillos (17/32 pulg.) de respuesta normalizada con clasificación de a cada lado del almacenamiento de líquido. temperatura alta, de factor K nominal de 8,0 u 11,2. No [30:4.8.6.2.3] deberán aceptarse otros tipos de rociadores. (2) La demanda de agua de los rociadores de techo y la 66.4.8.6.2.4 La protección de rociador de techo para recidemanda los rociadores en estantería deberá balancearpientes que no tengan una capacidad superior de 3,8 (1 se en el punto de conexión [30:4.8.6.2.6] gal) deberá cumplir con lo siguiente: 66.4.8.6.2.7 Deberá proveerse una capacidad de suministro (1) La protección de rociadores de techo deberá estar disede agua de 1900 L (500 gpm) para los chorros de mangueñada para proteger de los alrededores de la ocupación. ra. [30:4.8.6.2.7] (2) La demanda de agua de los rociadores de techo no deberá incluirse en los cálculos hidráulicos para la protec- 66.4.8.6.3 Distribución de Rociadores en estantería ción de rociador en estantería. La demanda de agua en para la Tabla 66.4.8.2(h). La Figura 66.4.8.6.3(a) hasta el punto de suministro deberá calcularse separadamente la Figura 66.4.8.6.3(e) deberán usarse para determinar el para la protección en estantería y de techo y deberá suslevantamiento de los rociadores en estantería para la Tabla tentarse en la mayor de las dos. 66.4.8.2(h). [30:4.8.6.3] (3) Cualquier tipo de rociador deberá ser aceptable para la protección con rociador de techo. Si se usan rociadores 66.4.9 Protección Manual contra Incendios. Deberán de pulverización normalizada, estos deberán ser capaces proveerse extintores portátiles contra incendio o líneas de de proveer no menos de 8.1 Lpm/m² sobre 270 m² (0.20 manguera de conexión previa, bien sea una manguera de gpm/pies² sobre 3000 pies²). incendio forrada (rayada) de 40 mm pulg.) o una man- (4) Si el almacenamiento de líquido no se extiende hasta la guera de caucho rígido de 25 mm (1 pulg.), cuando se almaaltura total de la estante, la protección para mercancías cenen líquidos. Si se usa una manguera de incendio forrada almacenadas por encima de la barrera horizontal supede 40 mm (1 1/2 pulg.), deberá instalarse de acuerdo con rior deberá cumplir con los requisitos de NFPA13, NFPA14, Standard for the Installation of Standpipe and Standard for the Installation of Sprinkler Systems, para Hose Systems. [30:4.9] las mercancías almacenadas, de acuerdo con la altura total de la estante. [30:4.8.6.2.4] 66.4.9.1 Los extintores portátiles de incendio deberán cumplir con los siguientes requisitos: 66.4.8.6.2.5 La protección con rociadores de techo para recipientes que tengan una capacidad superior a 3,8 L (1 (1) Por lo menos un extintor portátil de incendio que tenga gal), pero no superen 227 L (60 gal), deberá cumplir con lo una capacidad no inferior a 40:B deberá ubicarse en el siguiente: exterior máximo 3 m (10 pies) de la abertura de la puerta hacia un área interior de almacenamiento de líquido. (1) La protección con rociadores de techo deberá estar dise- (2) Por lo menos un extintor portátil de incendio que tenga ñada para proveer una densidad mínima de 18,3 Lpm/m² una capacidad no inferior a 40:B deberá ubicarse a 9 m sobre los 270 m² más remotos (0.45 gpm/pies² sobre los (30 pies) de cualquier área de almacenamiento de líqui- 3000 pies²), usando rociadores de 16 mm (⁵/8 pulg.) o 13.5 do Clase I o Clase II que esté ubicada por fuera de un mm (17/32 pulg.) de respuesta normalizada con clasificaárea interior de almacenamiento de líquido o un almación de temperatura, alta factor K nominal de 8,0 u 11,.2. cén de líquido. No deberán aceptarse otros tipos de rociadores. (2) La demanda de agua de rociadores de techo y la deman- Excepción: Una alternativa aceptable es ubicar al menos da de rociadores en estantería deberá estar balanceada un extintor portátil de incendio que tenga una capacidad de en el punto de conexión. [30:4.8.6.2.5] 80:B dentro del espacio de 15 m (50 pies) de tal área de almacenamiento. [30:4.9.1] 66.4.8.6.2.6 La protección los rociadores de techo para recipientes que tengan una capacidad superior a 3.8.1 (60 66.4.9.2 Las conexiones de la línea de manguera deberán Edición 2003 1-404 GO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM cumplir con los siguientes requisitos: do por reacciones químicas (10) Calor radiante [30:4.10] (1) En almacenes protegidos para propósitos generales y en áreas protegidas de almacenamiento de líquidos, las 66.4.10.1* Los materiales que reaccionan con el agua, conexiones de la línea de manguera deberán proveerse según lo descrito en NFPA 704, Standard System for the apropiadamente. Identification of the Hazards of Materials for Emergency (2) El suministro de agua para las conexiones de línea de Response, no deberán almacenarse en la mismas área con manguera deberá ser suficiente para cumplir con la otros líquidos. [30:4.10.1] demanda fija de protección contra incendios más un 66.4.10.2* Los camiones industriales mandados a potencia total de por lo menos 1900 L/min (500 gpm) para coneusados para mover líquidos Clase I deberán seleccionarse, xiones de línea de manguera internas y externas. operarse y mantenerse de acuerdo con NFPA 505, Fire Excepción: A menos que se especifique lo contrario en la Safety Standard for Powered Industrial Trucks Including Type Designations, Áreas of Use, Conversions, Mainte- Tabla 66.4.8.2(a) hasta la Tabla 66.4.8.2(j). [30:4.9.2] nance, and Operation. [30:4.10.2] 66.4.10 Control de las Fuentes de Ignición. Deberán 66.5 Operaciones. tomarse las precauciones pertinentes para prevenir la combustión de vapores inflamables. Las fuentes de combustión 66.5.1 Objetivo. incluyen, pero no están limitadas, a las siguientes: 66.5.1.1 La Sección 66.5 deberá aplicar a las operaciones que involucren el uso o manipulación de líquidos bien sea (1) Llamas abiertas como una actividad principal o fortuita, excepto según lo (2) Relámpago especificado en este capítulo, NFPA 30, o en otras normas (3) Fumar NFPA. [30:5.1.1] (4) Corte o soldadura (5) Superficies calientes 66.5.1.2* Las disposiciones de la Sección 66.5 deberán (6) Calor por fricción relacionarse con el control de riesgos de incendio que invo- (7) Electricidad estática lucran líquidos. [30:5.1.2] (8) Chispas eléctricas o mecánicas (9) Calentamiento espontáneo, incluyendo el calor produci- Tabla 66.5.3.2.1 Ubicación de los Recipientes de Procesamiento desde los Límites de Propiedad y el Edificio Importante Más Cercano en la Misma Propiedad Cuando se Provee Protección para Exposiciones Distancia Mínima desde El Lado Más Cercano de Distancia Mínima desde el Límite de Propiedad Cualquier Vía Pública o desde el Edificio Construido o Que Puede Construirse, Incluyendo Importante Más Cercano en la Misma Propiedad el Lado Opuesto de Una Vía Pública Que No Forma Parte Integral del Proceso (pies) (pies) Alivio de emergencia Alivio de emergencia Alivio de emergencia Alivio de emergencia para líquidos estables para líquidos inestables para líquidos estables para líquidos inestables No por No por No por No por No por No por No por No por encima de encima de encima de encima de encima de encima de encima de encima de Capacidad líquida 2.5 psig 2.5 psig 2.5 psig 2.5 psig 2.5 psig 2.5 psig 2.5 psig 2.5 psig 275 o menos 5 10 15 20 5 10 15 20 276 a 750 10 15 25 40 5 10 15 20 751 a 12,000 15 25 40 60 5 10 15 20 12,001 a 30,000 20 30 50 80 5 10 15 20 30,001 a 50,000 30 45 75 120 10 15 25 40 50,001 a 100,000 50 75 125 200 15 25 40 60 Por encima de 100,000 80 120 200 300 25 40 65 100 Nota: Duplicar todas las distancias mencionadas anteriormente cuando no se provea protección para exposiciones Para unidades SI, 1 gal = 3.8 L; 1 pie = 0.3 m; 1 psig = 6.9 kPa. Fuente: Tabla 5.3.2.1 de NFPA 30. Edición 2003 1-405 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES 66.5.1.3 Las disposiciones de la Sección 66.5 no deberán Table 66.5.3.3.1 Construcción de Edificios o Estructuras prohibir el uso de tanques portátiles junto con la distribu- Usados Para Operaciones y Manipulación de Líquidos¹ ción de líquidos inflamables o combustibles dentro de tan- Distancia ques de combustibles de equipos motorizados en el exterior hasta el de los edificios que no sean accesibles al público. Tales usos Límite de solamente deberán hacerse con aprobación de la autoridad Propiedad Distancia Adyacente hasta una competente. [30:5.1.3] Construido Calle, o Que Puede Callejón 0 Construcción 66.5.2 Generalidades. Clase de Construirse Vía Pública de Tipo Líquido (pies) (pies) Mínimo² 66.5.2.1 Las operaciones de procesamiento de líquido Líquidos 50 10 II (000) deberán ubicarse y operarse de manera que no constituyan inestables, un riesgo significativo de incendio o de explosión contra la Clase I vida, la propiedad humana ajena, o contra edificios o instalíquidos de laciones importantes dentro del espacio de la misma planta. cualquier clase, y líquidos de Los requisitos específicos deberán ser dependientes del cualquier clase riesgo inherente a las operaciones mismas, incluyendo los calentados por líquidos que estén siendo procesados, las temperaturas y encima de su presiones de funcionamiento, y la capacidad de controlar punto de inflacualquier fuga de líquido o vapor o incidentes de incendio mación 25 5 II (111) que puedan ocurrir. La interrelación de los tantos factores 10 5 II (222) involucrados deberá estar basada en las buenas prácticas de Clase II 25 5 II (000) ingeniería y administración para establecer requisitos físi- 10 5 II (222) cos y de funcionamiento adecuados. [30:5.2.1] Clase III 10 5 II (000) 66.5.2.2 Los requisitos para las operaciones específicas Nota: Para unidades SI, 1 pie = 0,3 m deberán estar cubiertos en 66.5.3 a 66.5.8 de este capítulo y 'Las distancias se aplican a propiedades con protección para la Sección 5.3 a la Sección 5.8 de NFPA 30. Los requisitos exposiciones, según lo definido en este Código. Si existen exposiciones para las cuales no hay protección, las distancias para los procedimientos y prácticas de prevención de incendeberán duplicarse. dio, protección contra incendio y control de incendio en ²Los tipos de construcción están definidos en NFPA 220, estas operaciones, deberán estar cubiertos en 66.5.6 a 66.5.8 Standard on Types of Building Construction. de este capítulo y la Sección 5.9 hasta 5.12 de NFPA 30 y Fuente: Tabla 5.3.3.1 de NFPA 30 deberán aplicarse apropiadamente. [30:5.2.2] 66.5.3 Diseño de Instalaciones. siguiente manera: 66.5.3.1 Objetivo. La subseción 66.5.3 deberán aplicar a (1) De acuerdo con la Tabla 66.5.3.2.1 operaciones donde la manipulación y uso de líquidos sea la (2) Determinado por una evaluación de ingeniería del proactividad principal. Esta subsección no deberá aplicar a las ceso, seguido por la aplicación los principios válidos de operaciones donde la manipulación y uso de líquidos sea protección contra incendios y de ingeniería de proceso. fortuita para la actividad principal (Ver 66.5.4.) [30:5.3.1] Excepción: Cuando los recipientes de proceso estén ubica- 66.5.3.2 Ubicación. Los recipientes y el equipo de prodos en un edificio y el muro exterior de frente a la exposicesamiento de líquido deberán estar ubicados de acuerdo ción (límite de la propiedad contigua que existe o que con los requisitos de 66.5.3. [30:5.3.2] pueda ser construida 0 edificio importante más cercano en la misma propiedad) está a más de 7,6 m (25 pies) desde la 66.5.3.2.1 Los recipientes y edificios de procesamiento exposición y es un muro liso que tiene una reclasificación deberán ubicarse de tal manera que el fuego que involucre de resistencia al fuego no inferior a 2 horas deberá permilos recipientes no constituya un riesgo de exposición para tirse, cualquier distancia superior requerida por la Tabla 66.5.3.2.1. Si el muro exterior es un muro liso que tenga las otras ocupaciones. La distancia mínima de un recipiente de procesamiento a un lindero existente o pueda consuna clasificación de resistencia al fuego no inferior a 4 truirse, incluyendo hasta el lado opuesto de una vía pública, horas, deberá permitirse que todas las distancias requerial lado más cerca de una vía pública, o el edificio importandas por la Tabla 66.5.3.2.1 sean suspendidas. [30:5.3.2.1] te más cerca de la misma propiedad deberá ser de la Edición 2003 1-406 CODIGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM 66.5.3.2.2 Cuando se manipulan o procesan líquidos Clase estructuras usados para el procesamiento o manipulación IA o líquidos inestables, independientemente de la clase, los de líquidos que no estén protegidas con rociadores automámuros de exposición deberán tener una resistencia contra la ticos o con cualquier sistema equivalente de protección explosión de acuerdo con las buenas prácticas de ingeniería. contra incendio, pero cuando las cantidades de líquidos no (Ver 66.5.3.3.7 para información sobre alivio de explosión sean superiores a 1360 L (360 gal) de líquidos Clase I y en otros muros de edificios.) [30:5.3.2.2] Clase Il y 2725 L (720 gal) de líquidos Clase III, sean de construcción combustible, sujeta a aprobación de la auto- 66.5.3.2.3* Otros equipos de procesamiento de líquido, ridad competente. [30:5.3.3.1] tales como bombas, calentadores, filtros, e intercambiadores, no deberán ubicarse más cerca de 7.6 m (25 pies) de los 66.5.3.3.2* Los soportes que resisten la carga del edificio y límites cuando la propiedad contigua esté o pueda ser conslos soportes que resisten la carga de los recipientes y equitruida o del edificio importante más cercano en la misma pos capaces de liberar cantidades apreciables de líquidos propiedad que no sea parte integral del proceso. Deberá perque puedan producir un incendio de intensidad y duración mitirse suspender este requisito de separación cuando las suficiente para causar daños sustanciales a la propiedad exposiciones están protegidas según lo descrito en deberán protegerse por medio de una o más de los siguien- 66.5.3.2.1. [30:5.3.2.3] tes medios: 66.5.3.2.4 El equipo de procesamiento en el cual se mani- (1) El drenaje hacia una ubicación segura para prevenir que pulan los líquidos inestables deberá separase de las instalase acumulen los líquidos por debajo de los recipientes o ciones de planta no relacionadas que usen o manipulen del equipo líquidos bien sea por un espacio libre de 7.6 m (25 pies) o (2) Construcción resistente al fuego un muro que tenga una clasificación de resistencia al fuego (3) Sistemas o recubrimientos protectores resistentes al no inferior a 2 horas. El muro también deberá tener una fuego resistencia contra explosión de acuerdo con las buenas (4) Sistemas de pulverización de agua diseñados e instalaprácticas de ingeniería. [30:5.3.2.4] dos de acuerdo con NFPA 15, Standard for Water Spray Fixed Systems for Fire Protection 66.5.3.2.5 Cada unidad de proceso o edificio que contenga (5) Otros medios alternativos aceptados por la autoridad equipo de procesamiento de líquidos deberá ser accesible al competente [30:5.3.3.2] menos por un lado para la lucha contra incendio y el control 66.5.3.3.3 Los líquidos Clase I no deberán manipularse o del fuego. [30:5.3.2.5] usados en sótanos. Cuando se manipulen o se usen líquidos 66.5.3.3 Construcción. Clase I por encima del nivel del terreno dentro del edificio con sótanos o fosos cerrados dentro de los cuáles puedan 66.5.3.3.1* Los edificio o estructuras de proceso usados viajar los vapores inflamables, tales áreas por debajo del para las operaciones de líquido deberán estar construidos de suelo deberán estar provistas de ventilación mecánica diseacuerdo con las operaciones que se llevan a cabo y con las ñada para prevenir la acumulación de vapores inflamables. clases de líquido que se manipulan. La construcción de los Deberán proveerse los medios para prevenir que los derraedificios o estructuras de proceso y de los edificios en los mes de líquidos entren a los sótanos. [30:5.3.3.3] cuáles se manipulan los líquidos deberá cumplir con los requisitos de la Tabla 66.5.3.3.1. 66.5.3.3.4* Deberán permitirse que las disposiciones para la ventilación de humo y calor persistan el acceso para la Excepción No. 1: Deberá permitirse que los edificios 0 estruclucha contra incendios. [30:5.3.3.4] turas usadas solamente para la combinación, mezcla, 0 distribución de líquidos Clase IIIB a temperaturas inferiores a sus 66.5.3.3.5* Las áreas deberán tener instalaciones de salidas puntos de inflamación sean de construcción combustible, sujede emergencia acondicionadas para prevenir que los ocutos a la aprobación de la autoridad competente. pantes queden atrapados en caso de incendio. Las salidas de emergencia no deberán estar expuestas por las instalaciones Excepción No. 2: Deberá permitirse que los edificios 0 de drenaje descritas en 66.5.3.5. [30:5.3.3.5] estructuras usadas para el procesamiento 0 manipulación de líquidos que estén protegidas con rociadores automáti- 66.5.3.3.6 Deberán mantenerse pasillos adecuados para el cos 0 con cualquier sistema equivalente de protección conmovimiento sin obstrucción del personal y el equipo de protra incendio sean de construcción combustible, sujeta a tección contra incendio. [30:5.3.3.6] aprobación de la autoridad competente. 66.5.3.3.7* Las áreas donde se procesan líquidos Clase IA Excepción No. 3: Deberá permitirse que los edificios 0 o inestables deberán tener ventilación contra explosión a Edición 2003 LÍQUIDOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES 1-407 través de uno o más de los siguientes métodos: 66.5.3.4.4* Deberán tomarse medidas para la introducción (1) Construcción al aire libre de aire de recirculación de tal manera que se eviten cortos (2) Muros y/o techos livianos circuitos en la ventilación. La ventilación deberá acondicio- (3) Paneles de muros y escotillas de techo livianos narse para incluir todas las áreas del piso o fosos donde pue- (4) Ventanas tipo ventilación contra explosión [30:5.3.3.7] dan acumularse vapores inflamables. Si se provee, la ventilación local o del lugar para controlar incendios especiales 66.5.3.4 Ventilación. o riesgos contra la salud, deberá permitirse que se utilice hasta un 75 por ciento de la ventilación requerida. 66.5.3.4.1 Las áreas encerradas de procesamiento que [30:5.3.4.4] manipulan o usan líquidos Clase I o líquidos Clase II o Clase III, calentados a temperaturas iguales o superiores a 66.5.3.4.5 Equipos tales como estaciones distribuidoras, sus puntos de inflamación deberán ventilarse a una velocicentrifugadoras abiertas, filtros de placa y de estructura, y dad suficiente para mantener la concentración de vapores filtros abiertos de vacío usados en un edificio y la ventiladentro del área por debajo del 25 por ciento del límite inflación del edificio deberán estar diseñados para limitar las mable inferior. Estar de acuerdo con 66.5.3.4.2 a 66.5.3.4.5 mezclas inflamables de vapor-aire en condiciones normales deberá considerarse como el cumplimiento de los requisitos de funcionamiento al interior del equipo y a no más de 1,5 de 66.5.3.4.1. [30:5.3.4.1] m (5 pies) desde el equipo que expone líquidos Clase I al aire. [30:5.3.4.5] 66.5.3.4.2* Los requisitos de ventilación deberán confirmarse por medio de uno de las siguientes métodos: 66.5.3.5 Drenaje. (1) Cálculos basados en las emisiones de fugas previstas 66.5.3.5.1* Deberán proveerse sistemas de drenaje de anticipadas (ver Apéndice F de NFPA 30 para el métoemergencia para dirigir la fuga del líquido y el agua para do de cálculo). protección contra incendio hacia una ubicación segura. (2) Muestras de la concentración actual de vapor en condi- [30:5.3.5.1] ciones normales de funcionamiento. La muestra deberá ser llevada a cabo en un radio de 1,5 m (5 pies) desde 66.5.3.5.2 Los sistemas de drenaje de emergencia, si están cada fuente potencial de vapor que se extienda hasta o conectados a alcantarillas públicas o descargan canales en la dirección de la parte superior y la parte inferior del públicos, deberán estar equipados con trampas o separadoárea encerrada de procesamiento. La concentración de res. [30:5.3.5.2] vapor usada para determinar la velocidad requerida de ventilación deberá ser la mayor concentración medida 66.5.3.5.3 Una instalación deberá estar diseñada y operada durante el proceso de muestreo. para prevenir la descarga de líquidos a los canales públicos, alcantarillas públicas, o propiedades contiguas. [30:5.3.5.3] Excepción: Cuando una se prevea una tassa de ventilación no inferior a 0.3 m³/min/m² (1 pie³/min/pie²) de área 66.5.3.6 Equipo Eléctrico. El cableado eléctrico y el equide suelo firme, el requisito de confirmación de ventilapo de utilización deberán cumplir con los requisitos de ción indicado no deberá aplicar. [30:5.3.4.2] 66.5.6. [30:5.3.6] 66.5.3.4.3 La ventilación deberá lograrse a cabo por medio 66.5.3.7 Manipulación, Transferencia, y Uso de de ventilación mecánica o extracción natural. La descarga Líquido. de ventilación de extracción deberá ser hacia una ubicación segura en el exterior del edificio, sin recirculación del aire 66.5.3.7.1 Los líquidos Clase I deberán mantenerse en tande extracción. ques o recipientes cerrados cuando no estén en uso. Los líquidos Clase II y Clase III deberán mantenerse en tanques Excepción: Se permite la recirculación cuando se esté o recipientes cerrados cuando la temperatura ambiente o de monitoreando continuamente usando un sistema de seguriproceso esté por encima de su punto de inflamación. dad garantizada que esté diseñado para hacer sonar auto- [30:5.3.7.1] máticamente una alarma, detener de la recirculación, y proveer un escape total hacia el exterior en el caso de que 66.5.3.7.2 Cuando los líquidos sean usados o manipulados, se detecten mezclas de vapor-aire en concentraciones supedeberán tomarse medidas para la disposición rápida y seguriores a un cuarto del límite de inflamabilidad inferior. ra de las fugas o derrames. [30:5.3.7.2] [30:5.3.4.3] Edición 2003 1-408 IGO UNIFORME DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS TM 66.5.3.7.3 Los líquidos Clase I no deberán usarse en exte- 66.5.3.7.9 Los recipientes a granel intermedios y tanques riores de sistemas cerrados cuando existan llamas abiertas u portátiles que contengan líquidos Clase I, Clase II, o Clase otras fuentes de ignición dentro del espacio de las áreas cla- IIIA usados en un proceso y organizados en el área de prosificadas estipuladas en la Sección 66.6. [30:5.3.7.3] ceso no deberán llenarse en esta área. 66.5.3.7.4 La transferencia de líquidos en recipientes, tan- Excepción No. 1: Los recipientes a granel intermedios y los ques y sistemas de tubería por medio de presión de aire o tanques portátiles que cumplan con los requisitos del gas inerte deberá permitirse solamente en todas las condi- Capítulo 2 de NFPA 30. ciones siguientes: Excepción No. 2: Productos intermedios que son fabrica- (1) Los recipientes, tanques, y sistemas de tubería deberán dos en el área de proceso.. [30:5.3.7.9] estar diseñados para dicha transferencia presurizada y deberán ser capaces de soportar la presión de funciona- 66.5.3.8* Equipo. El equipo deberá estar diseñado y orgamiento previsto. nizado para prevenir escapes involuntarios de líquidos y (2) Los controles de seguridad y funcionamiento, incluyenvapores y para minimizar la cantidad que se escape en caso do los dispositivos de alivio de presión, deberán provede una fuga accidental. [30:5.3.8] erse para prevenir la sobrepresión de cualquier parte del sistema. 66.5.4 Operaciones Fortuitas. (3) Solamente deberá usarse gas inerte para la transferencia de líquidos Clase I. El gas inerte deberá usarse para 66.5.4.1* La Subsección 66.5.4 deberá aplicar a las áreas transferir líquidos Clase II y Clase III que sean calentadonde el uso, manipulación, y almacenamiento de líquidos dos por encima de sus puntos de inflamación. sea una actividad limitada a la clasificación de ocupación [30:5.3.7.4] establecida. [30:5.5.1] 66.5.3.7.5 Deberán proveerse bombas de desplazamiento 66.5.4.2 Los líquidos Clase I o los líquidos Clase II o Clase positivo con descarga de alivio de presión de retorno al tan- III que sean calentados por encima de sus puntos de inflaque, succión de la bomba, u otra ubicación adecuada o mación deberán ser sacados o transferidos a embarcaciodeberá proveerse con enclavamientos para prevenir la nes, recipientes, o tanques portátiles de la siguiente manera: sobrepresión. [30:5.3.7.5] (1) Desde recipientes originales de envío con una capacidad 66.5.3.7.6 La tubería, válvulas, y accesorios deberán estar igual o inferior a 19 L (5 gal) de acuerdo con la Sección 66.3. [30:5.3.7.6] (2) Desde bidones de seguridad (3) A través de un sistema cerrado de tubería 66.5.3.7.7 Deberán permitirse conectores flexibles listados (4) Desde tanques portátiles o recipientes por medio de un para usarse cuando exista vibración. Deberá permitirse el dispositivo que tenga protección antisifonaje que lo uso de una manguera aprobada en las estaciones de transfeimpulse a través de una abertura en la cubierta tanque o rencia. [30:5.3.7.7] recipiente (5) Por gravedad a través de una válvula de cierre automá- 66.5.3.7.8* La organización de líquidos en recipientes, recitico o un grifo de cierre automático [30:5.5.2] pientes a granel intermedios, y tanques portátiles deberá limitarse a lo siguiente: 66.5.4.2.1 Si se usa una manguera en la funcionamiento de transferencia, esta deberá estar equipada con una válvula de (1) Los recipientes, recipientes a granel intermedios, y tancierre automático sin un seguro que la mantenga abierto ques portátiles que estén en uso además de adicionalmente a la válvula de la boca de salida. (2) Los recipientes, recipientes a granel intermedios, y Solamente deberá usarse mangueras listadas y aprobadas. tanques portátiles que estén siendo llenados durante un [30:5.5.2.1] sólo tramo (3) Los recipientes, recipientes a granel intermedios, y 66.5.4.2.2 Deberán proveerse los medios para minimizar la tanques portátiles necesarios para abastecer el proceso generación de electricidad estática. Tales medios deberán durante un período continuo de 24 horas. cumplir con los requisitos de 66.5.6.4. [30:5.5.2.2] (4) Los recipientes, recipientes a granel intermedios, y tan- 66.5.4.2.3 Cuando se usen bombas para la transferencia de ques portátiles que estén almacenados de acuerdo con la líquido, deberán proveerse los medios para desactivar la
Regl. 7364, art. 60 dup2: 2, deberá aplicarse la Sección 60.1 a la Sección | Justis AI