Regl. 7382, art. 13

Publicaciones del Departamento

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Cite as Reglamento Núm. 7382, Art. 13

Por lo menos una vez cada seis (6) meses, en enero y julio de cada año, el Departamento publicará en dos periódicos de circulación general en Puerto Rico una certificación del cumplimiento con los estándares de calidad en las pruebas realizadas al cemento de cada marca que se vende en el mercado local. Esta, certificación estará incluida dentro de las publicaciones requeridas en el Artículo 12 de este Reglamento.
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