Regl. 3020, art. 3.22

Equipo para Acampar

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Cite as Reglamento Núm. 3020, Art. 3.22

El equipo para acampar no será aceptable para transportarse en las lanchas de pasajeros, excepto cuando estas sean contratadas. Tal equipo se aceptará para transportarse exclusivamente en las lanchas de pasajeros-carga y pagaran fletes de acuerdo a lo que establece el artículo 5.6.11. Autoridad de lot uertos Servicio de Lanchas Fajarrio-Vieques-Culebra Tarifa Núm. 2 Página Núm. 0 4.0 TRANSPORTE DE PASAJEROS 4.1 Rutas De Lunes a Sábado no Feriados Fajardo-Vieques O Viceversa viaje sencillo $2,00 Vieques-Culebra O Viceversa, viaje sencillo 2.00 Fajardo-Culebra 0 Viceversa $2.25 Viaje sencillo 4.2 Niños hasta 3 años No pagan Niños sobre 3 años y hasta 12 años 1/2 tarifa 4.3 Estudiantes Universitarios residentes. en Vieques y Culebra debidamente identificados (Requisito establecido por reglamento 0 resolución No pagan Estudiantes residentes en Vieques o Culebra en viaje para asistir a estudiar Pagan 1/2 tarifa (Estudiantes no universitarios para tener derecho deberán presentar carta del principal de la escuela donde está matriculado) 5.0 FLETES CARGA 5.1 Viajes Especiales y de Excursiones (Período de ocho horas comenzando no antes de las 6:00 a.m., ni después de las 10:00 a.m. Las ocho horas contarán desde la hora contratada) 5.2 Lanchas Graciosa y M/V Borinquen (1) Viajes en General (a) Un solo viaje de ida y vuelta $2,200.00 (b) Dos viajes de ida y vuelta 2,800.00 la (c) Por hora extra en exceso de ocho 310.00 Autoridad de los Puertos Tarifa Num. 2 Servicio de Lanchas Fajardo-Vieques-Culebra Página NGm. 9-a 5.2 b. Otras Lanchas (1) Viajes en General (a) Un sólo viaje de ida y vuelta $2,500.00 (b) Dos viajes de ida y vuelta $3,700.00 (c) Por hora extra en exceso de ocho $ 350.00 (2) Viajes para Proyectos Relacionados con la Construcción de Obras de Gobierno (a) Un sólo viaje de ida y vueita $2,200.00 (b) Dos viajes de ida y vuelta $3,300.00 (c) Por hora extra en exceso de ocho $ 350.00 Nota: Para viajes en una sola dirección aplicará la misma tarifa de ida y vuelta. La Autoridad se reserva el derecho de utilizar la lancha contratada en cualquier período intermedio que no se utilice y sustituirla por otra similar si fuera necesario. Asimismo, se podrán exigir aquellos requisitos administrativos adicionales que la Autoridad estime necesarios en la contratación de uso de las embarcaciones. En el caso de la tarifa para dos viajes de ida y vuelta se entenderá que se usará la misma embarcación para ambos viajes excepto cuando surja una sustitución de parte de la Autoridad de los Puertos. 5.3 Flete para Furgones (Trailer) Cargados con ganado, aves O artículos especificados y no especificados en la tarifa* 5.00 p.l.. Transporte del Remolque (Adicional)* (Sujeto a los artículos 3.12 y 3.21) 65.00 *Viaje Completo. Autoridad de los + ertos Servicio de Lanchas Tarifa Núm. 2 Fajardo-Vieques-Culebra Página Núm. 10 EN DOLARES Viaje Completo 5.4 Flete Para Remolques (Trailer) Tipo Vivienda "Trailer" Tipo Vivienda $ 5.00 P.L. Flete Para Remolques Trailer Tipo de Viaje Sencillo Plataforma abierta de montar automóviles de pasajeros, botes, etc. * -1
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