Regl. 7393, art. 2.00-1.04

Aplicabilidad

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Cite as Reglamento Núm. 7393, Art. 2.00-1.04

Las disposiciones contenidas en este Reglamento aplicarán a toda compañía o individuo que gestione obtener endosos de planos para la constitución de servidumbres de telecomunicaciones y televisión por cable, como parte de los procedimientos establecidos por la ARPE. Dichas disposiciones aplicarán a: 1. Todo plano (incluyendo enmiendas) de infraestructura para la distribución de facilidades de telecomunicaciones y televisión por cable, a ser sometidos a la consideración de la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones de Puerto Rico. 2. La inspección de toda obra realizada a base de un plano aprobado y endosado bajo las disposiciones de este Reglamento.
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