Regl. 7393, art. 2.00-1.09
Cláusula de Salvedad
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Cite as Reglamento Núm. 7393, Art. 2.00-1.09
Si cualquier disposición, palabra, oración, inciso, o sección de este Reglamento fuera
impugnado por cualquier razón ante un Tribunal y declarado inconstitucional o nulo, tal
sentencia no afectará, menoscabará o invalidará las restantes disposiciones de este
Reglamento sino que su efecto se limitará a la disposición, palabra, oración, inciso, o
sección declarado inconstitucional o nulo y la nulidad o invalidez de cualquier palabra,
oración, inciso, o sección en algún caso especÃfico, no afectará o perjudicará en sentido
alguno su aplicación o validez en cualquier otro caso, excepto cuando especÃfica y
expresamente se invalide para todos los casos.
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SECCIÓN