Regl. 1277, art. 8 dup2
LOS CONTRAPESOS
Cite as Reglamento Núm. 1277, Art. 8 dup2
A- Requisitos Generales del Contrapeso y Sus Elementos.
1- Las secciones de pesos del contrapeso serán montadas
en armazones de metal estructural o conformado y diseñados de manera
que puedan retener los pesos en forma segura.
2- Porlo menos dos (2) varillas de unión pasarán a través
de todas las secciones de los pesos. Las varillas de unión tendrán
tuercas de seguridad y pasadores en cada extremo. Las varillas de
la unión no se requerirán cuando se provean otros medios para mantener en su lugar las secciones de los pesos en caso de que éstos se
rompieran.
3- La armazôn de los contrapesos será guiada o encarrilada
en cada guÃa por zapatas 0 elementos encarriladores de guÃa, fijados
en la parte superior @ inferior de la armazôn.
4- Donde haya un contrapeso de carro independiente, correrá
en guÃas separadas y su peso será insuficiente para causar un aflojamiento indebido de las cuerdas de izada durante la aceleración o
retardación del carro del elevador.
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5. Las armazones y varillas de unión serán hechas de acero y
otros metales de acuerdo con los requisitos de la Sección 203, Reglas
203.6b y 203.6c del USAS, A17.1, proveyéndose que cuando se usen
aceros de mayor resistencia que. la especificada, 0 cuando se usen
otros metales en vez de acero, el factor de seguridad usado en el
diseño estará de acuerdo con la Regla 8, Art. 7 de este Reglamento.
6. Las articulaciones entre los elementos de la armazón estarân
de acuerdo con la Sección 203, Regla 203.7, del USAS, A17.1.
7. Los elementos de la armazón y sus articulaciones serân diseñados con un factor de seguridad que no será menor de cinco (5),
con el ascensor en descanso, y el contrapeso al extremo superior
de su trayecto.
8. Los pesos se colocarán y se fijarân en las armazones de
manera segura, a fin de prevenir el desplazamiento de los pesos y que
êstos puedan reducir a la vez las tolerancias y separaciones especificadas durante el movimiento de acarreo.
9. Un carro deascensor no se debe usar para contrabalancear
otro carro.
10. Las cuerdas o cadenas de compensación serán amarradas directamente a la armazón del contrapeso o a una abrazadera fijada a la
armazón, pero no se amarrarán a las varillas de unión.
11. Se proveerá una separación no mayor de treinta y seis (36)
pulgadas entre el limite inferior del contrapeso y el fondo del pozo
y entre el limite superior del contrapeso y la solera de la viga cabezal de poleas o losa de la caja del contrapeso.
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