Regl. 3021, art. 205
- Declaración de Ingredientes
Cite as Reglamento Núm. 3021, Art. 205
"A.
"B.
"C.
"D
"E,
"F
"G. Deterioro
Los plaguicidas cuya composición quimica cambia significativamente deberán llenar los siguientes requisitos de rotulacion:
1. Cuando se determine que la fórmula de un plaguicida sufre
cambios significativos en su composición quimica, el producto
deberá llevar la siguiente declaración en una posición prominente en el marbete: "No para la venta 0 uso después de
(fecha de expiración). #
2. El producto deberá cumplir con todos los reclamos hechos en
su rotulación hasta la fecha de expiración indicada en el
marbete."
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