Regl. 7399, art. VI

Querellas de Ciudadanos

Length: 42 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7399, Art. VI

Los vigilantes del DRNA atenderán las querellas de ciudadanos reportando la presencia de uno o más de los animales mencionados en este Reglamento y procederán de acuerdo a lo dispuesto en la Ley y el Reglamento citados en el Artículo IV anterior.
Regl. 7399, art. VI: Querellas de Ciudadanos | Justis AI