Regl. 7417, art. X-II
Reglamento de la Junta Examinadora de Técnicos en Electrónica para Reglamentar la Práctica de la Profesión.
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Cite as Reglamento Núm. 7417, Art. X-II
Junta Examinadora
A. Composición de la Junta
La Junta estará compuesta de cinco miembros, Presidente, Vice-Presidente, y
miembros de Junta. El presidente y el vice-presidente serán nombrados por
consenso de los miembros de la Junta y ejercerán como tales por un periodo de
cuatro años como lo dispuesto por la ley.
B. Reuniones de la Junta y Quórum
La Junta celebrará reuniones por lo menos una vez al mes para la consideración y
resolución de sus asuntos, pero podrá reunirse cuantas veces fuere necesario para
la pronta tramitación de sus gestiones y deberes.
C. Facultad para Dilucidar Situaciones y/o Controversias
Será la Junta mediante estricta evaluación quien otorgará, denegará y/o cancelará
licencias; una vez se le otorgue los derechos correspondientes de Audiencia al
solicitante. La Junta queda autorizada mediante estricta evaluación de todos sus
miembros en certificar conocimientos (Se requiere, mÃnimo, evidencia del
bachillerato o grado asociado en TecnologÃa en Electrónica) en las especialidades
designadas y podrá expedir una licencia de Técnico en Electrónica.
D. Facultad para enmendar, añadir o eliminar categorÃas y/o Especialidades
La tecnologÃa electrónica abarca hoy dÃa todos los campos tecnológicos como
medicina, manufactura, automóviles, comunicación, transportación, ingenierÃa,
entretenimiento y muchos más. Como tal la Junta podrá añadir o eliminar
categorÃas y/o especialidades de acuerdo a las nuevas tecnologÃas emergentes y
existentes donde la disciplina de la electrónica sea aplicada.
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