Regl. 7417, art. X-III

Reglamento de la Junta Examinadora de Técnicos en Electrónica para Reglamentar la Práctica de la Profesión.

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Cite as Reglamento Núm. 7417, Art. X-III

Categorías. Los Técnicos en Electrónica de PR serán clasificados según sus especialidades. 1. Técnico Electrónica 2. Técnico Electrónica en Instrumentación 3. Técnico Electrónica en Biomédica 4. Técnico Electrónica en Comunicación 5. Master Technician Artículo IV Licencia A. Requisito Se expedirá una licencia especificando la categoría luego que haya cumplido con todos los requisitos necesarios y aprobado por la Junta para poder ejercer las profesiones (Técnico en Electrónica, Técnico de Electrónica en Instrumentación, Técnico de Electrónica en Biomédica y Técnico de Electrónica en Comunicación) B. Requisitos para Tomar los Exámenes Se establecen los siguientes requisitos de experiencia y educación para poder tomar los exámenes correspondientes: 1. Provisional Tener cumplidos los dieciocho (18) años de edad. Dos (2) fotografías 2" x 2" a color, tomadas recientemente. Dos comprobantes de Rentas Internas ó Recibo Oficial de Pago. Uno por la cantidad de $10.00 dólares a la cifra de ingreso 5140 y otro de $50.00 dólares a la cifra de ingreso 5143. Certificación o copia del diploma de escuela superior, equivalente emitido por el Departamento de Educación o grado mayor obtenido. Certificado, trascripción de créditos o copia del diploma de graduación de cursos vocacionales o técnicos ofrecidos por el Page 8 of 14 Departamento de Educación de Puerto Rico, o por cualquier institución acreditada por el Gobierno Federal o por cualquier estado, posesión o dependencia de los Estados Unidos. Certificado de antecedentes penales en original y reciente. (Este certificado vence a los seis meses de expedición). Certificación de pensión alimentaría del Departamento de la Familia (ASUME). 2. Examen Tener cumplidos los dieciocho (18) años de edad. Dos (2) fotografías 2" X 2" a color, tomadas recientemente. Dos comprobantes de Rentas Internas ó Recibo Oficial de Pago. Uno por la cantidad de $10.00 dólares a la cifra de ingreso 5140 y otro de $90.00 dólares a la cifra de ingreso 5143. Certificado, trascripción de créditos o copia del diploma de graduación de cursos vocacionales o técnicos ofrecidos por el Departamento de Educación de Puerto Rico, o por cualquier institución acreditada por el Gobierno Federal o por cualquier estado, posesión o dependencia de los Estados Unidos. 3. Re-examen Comprobantes de Rentas Internas ó Recibo Oficial de Pago de $50.00 dólares a la cifra de ingreso 5143. 4. Renovación Dos comprobantes de Rentas Internas ó Recibo Oficial de Pago. Uno por la cantidad de $10.00 dólares a la cifra de ingreso 5140 y otro de $50.00 dólares a la cifra de ingreso 5143. Dos (2) fotografías 2" X 2" a color, tomadas recientemente. Certificación de pensión alimentaría del Departamento de la Familia (ASUME). C. Licencia Permanente La Junta expedirá una licencia permanente a aquellas personas que hayan aprobado el examen correspondiente y reúnan los demás requisitos que disponga la ley. Las licencias de Técnicos en Electrónica incluirán la clase y la categoría para la cual el Técnico en Electrónica está capacitado. Page 9 of 14 D. Licencia Provisional La Junta podrá expedir licencias provisionales para ejercer como Técnico en Electrónica a todo candidato que reúna los requisitos para tomar el examen, que haya solicitado una licencia provisional en la clase y categoría correspondiente. Las licencias provisionales estarán vigentes por un período de seis (6) meses y será prorrogable por un término de seis (6) meses adicionales bajo la supervisión directa de una persona debidamente autorizada. E. Vigencia de las Licencias Toda licencia permanente estará vigente por un período de cuatro (4) años y toda licencia provisional estará vigente por un período de seis (6) meses, a menos que sea suspendida o revocada por la Junta. I. Reciprocidad La Junta podrá expedir una licencia permanente de Técnico Electrónica, sin necesidad que el aspirante tome el examen correspondiente, cuando el solicitante esté autorizado como Técnico en Electrónica en algún estado de los Estado Unidos o entidad reconocida en el campo de la electrónica y sus especialidades, siempre y cuando la junta examine los requisitos y exámenes del Estado en cuestión y que determine su equivalencia o similitud a los del Estado Libre Asociado de Puerto Rico según los requisitos de la Ley Número 99 enmendada en la Ley 152. Cada caso será evaluado individualmente por la Junta.
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