Regl. 3029, art. C-101(A) dup5
Resolucion R-83-23-1: reglamento para el control de la inyeccion subterranea, con el fin de proteger la calidad de los recursos de agua subterranea
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Cite as Reglamento Núm. 3029, Art. C-101(A) dup5
I-8
FMDP
Facilidad para el manejo de desperdicios peligrosos. Todo
el terreno contiguo, estructuras y otros adminículos y mejoras al
terreno utilizados para el tratamiento, almacenaje O disposición
de desperdicios. Una facilidad puede consistir de varias unidades
operacionales para tratamiento, almacenaje O disposición (i e. uno O
más vertederos, lagunas O combinación de estos)
Falla Geológica
Superficie O zona de fractura de la roca a través de la cual
ha ocurrido un desplazamiento.
FIS
Facilidad de Inyección Subterránea (Ver Pozo de Inyección)
Flúido
Cualquier material O substancia que fluye O se mueve ya sea
en estado semisólido, líquido, gaseoso O cualquierotra forma O
estado.
Fluido de Formación
Flúido que, bajo condiciones naturales, se encuentra en una
formación a diferencia de flúidos introducidos, tal como lodo de
perforación.
Fractura
Cualquier rotura O grieta de la corteza terrestre.
Part
- Regla 101 (A)
I-9
Formación
Un. cuerpo pétreo caracterizado por un grado de homogeneidad
litológica que es predominante, pero no necesariamente, tabular
y se puede representar en un mapa de la superficie terrestre O
ser monitoreado en el subsuelo.
FSAP
Fuente Subterránea de Agua Potable - es un acuífero O una
porción de éste que (a) suple agua a cualquier sistema público de
suministro de agua potable o; (b) contiene una cantidad suficiente
de agua subterránea para suplir un sistema público de suministro
de agua potable y actualmente suple O podría suplir agua potable
para consumo humano; O (c) contiene menos de 10,000 mg/1 de sólidos
disueltos totales (SDT) y no es un acuífero exento.
Fuente de Contaminación de Agua
Cualquier edificio, estructura, facilidad O instalación O
combinación de estos, ya sean municipales, domésticos, comerciales,
industriales, agrícolas, embarcaciones u otros medios flotantes de
cualquier otro tipo, capaz de generar O producir y descargar aguas
usadas, excepto las fuentes terrestres.
Par
I - Regla 101 (A)
I-10
Fuentes Terrestres
Cualquier fuente que produzca O pueda producir aguas usadas
O aguas de escorrentía que contengan unicamente partículas de suelo
sin contaminar y que no puedan ser atribuibles a actividades del
hombre.
Generador
Cualquier persona, por localización del predio, cuyo acto O
proceso produce desperdicios peligrosos identificados O listados en 40
CFR Parte 261.
Hundimiento
El decenso de la superficie natural de la tierra en respuesta
a: movimientos de tierra; baja de presión de fluidos; remoción de
material de sostén subyacente por minería o solución de sólidos,
artificialmente O por causa natural; compactación debido a humectación (hidrocompactación) oxidación de materia orgânica en los suelos;
O carga añadida a la superficie del terreno.
Incrementos de Progreso
Los pasos que deben ser realizados por el dueño u operador de
una facilidad de Inyección Subterránea para hacer que ésta cumpla con
este reglamento y a tenor con todas las condiciones impuestas por la
Junta, según especificado en un plan de cumplimiento aprobado O por
cualquier documento legal O documento de obligación expedido por la
Junta.
Parte