Regl. 3029, art. C-101(B)

Resolucion R-83-23-1: reglamento para el control de la inyeccion subterranea, con el fin de proteger la calidad de los recursos de agua subterranea

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Cite as Reglamento Núm. 3029, Art. C-101(B)

I-20 3. Clase III Pozos que inyectan para la extracción de minerales o energía incluyendo: a. Minería de azufre por el proceso FRASH; b. Producción in situ de uranio u otros metales. Esta categoría incluye la producción in situ de cuerpos minerales que no han sido extraidos convencionalmente y la extracción por solución de minas convencionales tal como lixiviación de las excavaciones subterráneas. C. Extracción por solución de sales O potasa. d. Pozos de inyección usados para la recuperación in situ de lignito, carbón, brea arenosa (tar sands) y nafta extraida de la brea bituminosa (oil shale) 4. Clase IV a. FIS utilizadas por generadores de desperdicios peligrosos O desperdicios radioactivos, por dueños u operadores de facilidades para el manejo de desperdicios peligrosos, O por dueños u operadores de predios para la disposición de desperdicios radioactivos para disponer desperdicios peligrosos O radioactivos dentro O por encima de una formación la cual dentro de cuarto (1/4) de milla del pozo, contiene una fuente subterránea de aguapotable. Pa I Regla 101 (B) I-21 b. Pozos utilizados por generadores de desperdicios peligrosos O dueños u operadores de facilidades para el manejo de desperdicios peligrosos para disponer de desperdicios peligrosos que no puedan ser clasificados bajo la Regla 101 b 1 (a) O Regla 101 B 4 (a) ; por ejemplo, pozos utilizados para disponer desperdicios peligrosos dentro O sobre una formación que contiene un acuffero el cual ha sido clasificado exento conforme a la Regla 401. 5. Clase V Pozos de inyección no incluídosen las Clases I, II, III, IV, VI Ó VII. Los pozos Clase V incluyen: Pozos Tipo A: a) A - Pozos resultantes de excavaciones mineras O de 1 otro tipo y que han sido rellenadas con arena (sand backfill) u otro tipo de rellenos y que son usados para disponer una mezcla de agua y arena, residuos de molinos u otros sólidos en porciones ya extraidas de minas subterráneas, ya sea que lo que es inyectado sea radioactivo O no. b) A Facilidades de disposición de desperdicios radio- 2 activos que no sean las de Clase IV. c) A Pozos secos para la inyección de desperdicios 3 a una formación subterránea. d) A Pozos de control de hundimiento (no usados con 4 propósitos de producción de petróleo O gas natural) Part - Regla 102 (A, B) I-25
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