Regl. 3029, art. C-101(B) dup2
Resolucion R-83-23-1: reglamento para el control de la inyeccion subterranea, con el fin de proteger la calidad de los recursos de agua subterranea
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Cite as Reglamento Núm. 3029, Art. C-101(B) dup2
I-22
utilizados para inyectar flúidos a unas zonas
que no producen petróleo O gas, con el fin de
reducir o eliminar hundimientos asociados con
la extracción excesiva de agua.
e)
A Pozos utilizados para el almacenamiento de hidro-
5
carburos que son gases a temperatura y presión
estandar.
f)
A - Pozos utilizados para inyectar agua salada en la
6
misma formación de la cual fue extraida luego
de la extracción de halógenos O sus sales.
Pozos Tipo B:
a)
B Pozos usados para inyectar al acuffero suplidor,
1
utilizados para el enfriamiento de sistemas
acondicionadores de aire O para el calentamiento de
bombas de calefacción.
b)
B
Pozos utilizados para inyectar agua a un acuífero
2
a fin de prevenir intrusión de aguas saladas en
dicho acuífero.
c)
B
Pozos para inyectar agua que ha sido utilizada
3
previamente para enfriamiento.
d)
B Pozos de recarga usados para reabastecer un acuífero.
4
e)
B Pozos de drenaje utilizados para el drenaje de
5
flúidos de la superficie y drenaje de los techos
principalmente agua de escorrentía, hacia una formación subterránea.
Parte
- Regla 101 (B)
I-23
f)
B - Facilidades de inyección asociadas: con la recu-
6
peración de energía geotermal para calefacción;
con acuacultura; y con la producción de energía
eléctrica.
g)
B Facilidades de inyección subterránea usadas en
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tecnología experimental.
Pozos Tipo C:
a) C - Sistemas Sépticos incluyendo todos los tanques
1
sépticos utilizados para inyectar desperdicios
sanitarios O efluentes de viviendas multifamiliares, industriales, comercios y de todo tipo
de establecimiento privado, gubernamental y
municipal, y de tanques sépticos comunales O
regionales para todo tipo de establecimiento
privado, gubernamental y municipal; y cualquier
tanque séptico en un parque industrial. Los
requisitos de CIS no aplican a sistemas sépticos
para la disposición de desperdicios de residencias
unifamiliares.
b)
C Pozos que reciben desperdicios los cuales tienen
2
un fondo abierto y que a veces tienen los lados
perforados, incluyendo los utilizados para
viviendas multifamiliares y aquellos que son
comunales O regionales. Los requisitos de CIS
no aplican a pozos de residencias unifamiliares.
Par
I - Regla 101 (B)
I-24
6. Clase VI
Sumideros O cavidades de drenaje natural.
7. Clase VII
Tanques subterráneos para el almacenamiento de cualquier
flúido exepto los incluidos bajo la Clase II (c)
PARTE II
PROHIBICIONES GENERALES
Parte