Regl. 7422, art. 16
Disposiciones generales
Length: 99 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7422, Art. 16
(a) Cada funcionario(a) o empleado(a) de la ORHELA recibirá una notificación por
escrito sobre el Programa de Pruebas para la Detección de Sustancias Controladas de
la ORHELA y su Reglamento. Será responsabilidad del personal de la Oficina de
Recursos Humanos de la ORHELA tener evidencia documental que acuse recibo de
dicha notificación.
(b) En los casos de reincidencia, la ORHELA no tendrá que cumplir con el requisito de
orientación, tratamiento y rehabilitación establecido en este Reglamento. Tampoco
22
otorgará los beneficios de tiempo compensatorio, licencia de vacaciones y licencia sin
sueldo, ni absorberá los costos de tratamiento y rehabilitación.