Regl. 7424, art. 17

PELEAS NULAS

Last amended: 2007Length: 392 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7424, Art. 17

17.1 Una pelea se anulará cuando: A. Un gallo huya durante el primer minuto de combate o muestre estar extraño o erizado. Se le cortaran las plumas del rabo y de las alas a raíz de la carne, siempre y cuando hayan entrado en combate. B. Durante el transcurso del primer minuto se partan ambas espuelas o se hayan desprendido ambas del tronco, demostrando que el gallo está indefenso para la pelea. El Juez de Valla concluye que las espuelas se han doblado y el gallo está indefenso. Si al partirse las espuelas queda una o ambas con un pedazo, el Juez de Valla tendrá discreción si anula la pelea o no. C. Antes de iniciarse la pelea, un gallo demuestre estar erizado, enfermo o acobardado, y este hecho pueda parcializar la pelea. D. La pelea, ha sido arreglada o amañada. El Juez de Valla retendrá las postas de los propietarios que causen la anulación y se impondrá a cada cual una multa igual a la posta pactada. Las postas y multas se enviarán la Oficina de Asuntos Gallísticos junto a un informe detallado de lo sucedido, no más tarde de cinco (5) días calendario a partir de dicha anulación. Si la anulación se debe a un solo gallo, se le entregarán ambas postas al propietario del gallo que no causó la anulación. E. El gallo resulte no apto o empapado en materia extraña después de armado. (Ver Ley Núm. 98 de31 de julio de 2007, Ley de Gallos de Puerto Rico del Nuevo Milenio, en su Artículo 26 [untura ilegal]). F. Un gallo haya sido armado con espuelas no autorizadas por este Reglamento. G. El incumplimiento de las condiciones convenidas, en el Registro de Peleas. H. Un propietario o representante autorizado de un gallo saque el mismo fuera del armadero intencionalmente sin la autorización del Juez de Inscripción. I. Determinación del Juez de Valla o del Juez de Inscripción que la pelea es nula por violación a cualquier disposición no reglamentada o por situaciones imprevistas. 22 J. El propietario de un gallo no se presente a armar su gallo según el Artículo 5.1 (e.) de este Reglamento. K. Si se cortara la luz y no hubiera claridad suficiente, y las lámparas de emergencia o la planta no funcionaran. Si hubiera suficiente claridad el juez continuará arbitrando la pelea hasta su conclusión.
Regl. 7424, art. 17: PELEAS NULAS | Justis AI