Regl. 7424, art. 4

CASE, PESAJE, BOLEO Y LIMPIEZA DE LOS GALLOS

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Cite as Reglamento Núm. 7424, Art. 4

4.1 El Juez de Inscripción tendrá jurisdicción exclusiva en el área de pesaje en los armaderos, en el área de las jaulas de exhibición, incluyendo la estación de limpieza, y será su deber dar estricto cumplimiento a este Reglamento. 4.2 Case y Pesaje La hora de case y pesaje, en jugadas de lunes a domingo será establecida por el Operador de la gallera, siempre y cuando se realice dentro del horario estipulado en el Artículo 2.1. Antes del case de los gallos éstos deberán ser pesados en una balanza de resorte, plato o electrónica, con calibraje exacto, o en una balanza de sable, para comparar el peso de los gallos. Se permitirá casar hasta un máximo de cincuenta (50) peleas, (ver Artículo 2.2). 4.3 Boleo a. Las peleas se bolearán. El boleo será efectuado por el Juez de Inscripción preferiblemente en presencia del público. A discreción del Operador de la gallera, se podrá utilizar uno de los siguientes métodos para bolear: 1. Se le asignará un número a cada pelea durante el case, o 2. Se le asignará un número a cada pelea después del case, o 3. Por computadora, o 4. Por selección de tarjetas boca abajo. b. Cuando un propietario de gallos tenga turnos sucesivos, el Juez de Inscripción tendrá el poder de alternar los mismos, pero de manera que no haya más de cinco (5) peleas hasta el nuevo turno asignado. 9 c. A la hora del comienzo de la jugada, el Juez de Inscripción podrá llamar ocho (8) turnos preliminares dentro de las peleas casadas. d. Al concluir la octava pelea preliminar se procederá a llamar las demás peleas casadas por turnos sucesivos. e. Se faculta al Operador de la gallera para asignar hasta tres (3) turnos de peleas al momento del boleo en conjunto con el Juez de Inscripción. 4.4 Limpieza de los Gallos a. Primera limpieza de gallos: El Juez de Inscripción o el Técnico de Limpieza procederá a inspeccionar y limpiar todos los gallos casados con los disolventes I y II, reactivos, agua, tacto, vista y olfato, lámpara de rayos ultravioletas y cualesquiera otros que disponga el Departamento de Recreación y Deportes. Si el pesaje es por tarjeta, se limpiarán todos los gallos registrados. Los gallos que no estén aptos para la pelea serán descasados, y se les informará a los Propietarios de los Gallos no aptos las razones para el descase. En los pesajes por tarjeta no se considerarán para el case gallos que salgan no aptos para el combate en la primera limpieza, y la tarjeta se descalificará. Al encontrar un gallo con botones sobrepuestos en sus espuelas o las plumas del macho pegadas el Juez de Inscripción descasará la pelea. Al propietario del gallo que causó el descase se le confiscará la posta, la cual se enviará a la Comisión de Asuntos Gallísticos con un informe del Juez de Inscripción no más tarde de cinco (5) días calendario a partir de la fecha del descase. La Comisión citará y celebrará una vista para recomendar la adjudicación de la controversia. b. Segunda Limpieza: Una vez armados los gallos, el Juez de Inscripción pasará una mota de algodón húmeda con agua, durante este proceso aguantará el gallo la persona que lo entrega después de armarlo, y el Juez de Inscripción le dará de tomar unas gotas al gallo, luego procederá a hacerle una limpieza rigurosa, que será completa, incluyendo las espuelas naturales o postizas, las cuales se considerarán como parte del gallo, utilizando los solventes I y II, reactivos, agua, tacto, vista, olfato y la lámpara de rayos ultravioleta, en presencia de los propietarios o representantes autorizados, de los gallos que van a pelear. Disponiéndose que una vez examinados ambos gallos se colocarán en las jaulas de exhibición un mínimo de dos minutos previo a enviarlos al redondel. Si uno de los gallos resulta no apto para la pelea en esta segunda limpieza por haberle detectado sustancias extrañas, se procederá a descasar el combate y las postas se le entregarán al propietario del gallo que no causó el descase. Al propietario del gallo que causó el descase se le impondrá una multa del mismo monto de la posta. La multa será enviada al Departamento de Recreación y Deportes no más tarde de cinco (5) días calendario a partir de la fecha del descase con un informe detallado del incidente. 10 Si ambos gallos resultaran no aptos para la pelea se retendrán las dos postas y se le impondrá a cada propietario de los gallos una multa del mismo monto de la posta. Las postas y las multas serán enviadas al Departamento de Recreación y Deportes con un informe detallado del incidente. c. Revisión Final: Una vez repesados ambos gallos en el redondel, frente al público, el Juez de Valla revisará las espuelas y condiciones físicas del gallo. El Juez de Valla o la persona designada por éste realizará la prueba de aptitud. 4.5 El Interventor de Deportes Profesionales está facultado para verificar al azar y hasta un máximo de cinco (5) peleas si los gallos casados han sido limpiados correctamente por el Juez de Inscripción o Técnico de Limpieza, y si los gallos se encuentran aptos para la pelea. De encontrarse uno o ambos gallos no aptos para la pelea, el Interventor declarará la pelea nula. Radicará una querella al Juez de Inscripción, y recomendará una multa no menor de cien dólares ($100.00) ni mayor de doscientos dólares ($200.00). El Interventor podrá corroborar si las galleras poseen los solventes, reactivos y demás materiales necesarios para la limpieza y armadura de los gallos. Verificará que la lámpara de rayos ultra-violeta esté funcionando adecuadamente. De encontrar alguna violación radicará una querella al Operador de la gallera, recomendará una multa no menor de cien dólares ($100.00) ni mayor de doscientos dólares ($200.00), previo una vista ante el Director de Asuntos Gallísticos.
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