Regl. 7427, art. 2

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Cite as Reglamento Núm. 7427, Art. 2

El Instituto de Estadísticas de Puerto Rico (Instituto) fue creado por la Ley Núm. 209 de 28 de agosto de 2003, según enmendada, la cual dispone en su Artículo 3 que el Instituto será una "entidad autónoma administrativa y fiscalmente de la Rama Ejecutiva." Además, la Ley Núm. 209, antes citada, faculta al Instituto a "otorgar contratos y formalizar toda clase de documentos que fuesen necesarios y convenientes en el ejercicio de sus poderes". A dichos fines, la Ley Núm. 209 dispone que el Instituto aprobará los reglamentos necesarios para su (4) funcionamiento interno. El presente reglamento se aprueba conforme a las disposiciones de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme.
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