Regl. 7427, art. 2
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Cite as Reglamento Núm. 7427, Art. 2
El Instituto de EstadÃsticas de Puerto Rico (Instituto) fue
creado por la Ley Núm. 209 de 28 de agosto de 2003, según
enmendada, la cual dispone en su ArtÃculo 3 que el Instituto
será una "entidad autónoma administrativa y fiscalmente de la
Rama Ejecutiva." Además, la Ley Núm. 209, antes citada, faculta
al Instituto a "otorgar contratos y formalizar toda clase de
documentos que fuesen necesarios y convenientes en el ejercicio
de sus poderes". A dichos fines, la Ley Núm. 209 dispone que el
Instituto aprobará los reglamentos necesarios para su
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funcionamiento interno. El presente reglamento se aprueba
conforme a las disposiciones de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto
de 1988, según enmendada, conocida como la Ley de Procedimiento
Administrativo Uniforme.