Regl. 3029, art. C-108
Estorbo Público
Length: 31 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 3029, Art. C-108
Establece que nada en los reglamentos autoriza la creación
de estorbos públicos y establece además que esta regla no
limita 0 restringe otras prohibiciones establecidas en otras
partes de este Reglamento.