Regl. 7436, art. 10-10.7

Ascensos de Oficiales Correccionales por Examen

Length: 227 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7436, Art. 10-10.7

La política del Departamento de Corrección y Rehabilitación, hasta donde sea posible y en igualdad de condiciones, será la de cubrir las vacantes de rango superior que surjan dentro del Cuerpo de Oficiales Correccionales con miembros del propio cuerpo. A tales efectos: 1. Los Oficiales Correccionales ascenderán mediante exámenes para los rangos de Sargento, Teniente Segundo, Teniente Primero y Capitán. 2. El Director de la Oficina de Recursos Humanos divulgará las oportunidades de ascenso de manera que todos los miembros del Cuerpo de Oficiales Correccionales que cumplan con los requisitos mínimos establecidos y que interesen ascender puedan competir. 3. La Oficina de Recursos Humanos o la Junta de Exámenes para Ascensos de Oficiales Correccionales ofrecerán el examen oportunamente, según corresponda. 53 4. Los candidatos que aprueben el examen administrado y que pasen a formar parte del Registro de Elegibles correspondiente, serán referidos para consideración de la Junta de Exámenes para Ascensos de Oficiales Correccionales. 5. Los siguientes criterios formarán parte del proceso de evaluación de candidatos de manera complementaria al proceso de exámenes: a. evaluación del término transcurrido en el ejercicio de determinadas tareas en su puesto o su equivalente; b. evaluación de experiencia; C. evaluación del supervisor; d. análisis del récord de trabajo; e. resultado y nivel de aprovechamiento de adiestramientos tomados; f. otras formas de evaluación utilizadas normalmente en la administración de los recursos humanos
Regl. 7436, art. 10-10.7: Ascensos de Oficiales Correccionales por Examen | Justis AI