Regl. 3029, art. C-112 dup3

PENALIDADES Y REVOCACION DE PERMISOS

Length: 70 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 3029, Art. C-112 dup3

Cualquier violación a este Reglamento constituirá un delito menos grave y estará sujeta a las multas administrativas y penalidades establecidas por la Ley de Política Pública Ambiental (Ley Número 9 del 18 de junio de 1970, según enmendada), Además, la Junta podrá, en casos de infracción a este Reglamento, suspender, enmendar O revocar cualquier permiso u otra autorización emitido en virtud de este Reglamento. Parte - Regla 113 (A) I-38
Regl. 3029, art. C-112 dup3: PENALIDADES Y REVOCACION DE PERMISOS | Justis AI