Regl. 7436, art. 17-17.21
Otros Métodos de Compensación
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Cite as Reglamento Núm. 7436, Art. 17-17.21
1.
El Secretario o Administrador podrá establecer otros métodos de
compensación complementarios. Estos métodos serán separados
de las estructuras salariales y no deberán alterar la equidad en el
sistema de compensación de la Agencia. Los mismos sólo
aplicarán a los empleados no sindicados, los empleados
gerenciales y los empleados excluidos de la Ley Núm. 45, Supra,
de sindicación de los empleados públicos. Algunos de estos
métodos son:
a.
Bonificaciones - Conlleva una compensación especial, no
recurrente y separada del sueldo que puede concederse
como mecanismos para reclutar, retener o premiar a
empleados o grupos de empleados. Estas bonificaciones
incluyen, pero no se limitan a:
1)
bonificación por productividad.
2)
bonificación por la ejecución de un equipo de trabajo.
3)
bonificación por asistencia y puntualidad. Dicho bono
será independiente y separado de cualquier pago
correspondiente por exceso de licencia acumulada.
4)
bonificación a los empleados que se retiran del
sistema.
b.
dÃas y horas concedidos sin cargo a licencia alguna
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2. Todo empleado tiene la responsabilidad de desarrollarse
profesionalmente, ya sea por su propia iniciativa o por gestión de la
organización. Algunos métodos retributivos que promueven estas
consideraciones son:
a. retribución adicional por habilidades - en la medida en que
los empleados desarrollen y apliquen habilidades alternas a
su función principal, se podrá otorgar una retribución
adicional que formara parte de su sueldo
b. desarrollo de competencias - en la medida en que la
Agencia conozca cuales son las competencias requeridas
para obtener el rendimiento excelente de los empleados,
podrá seleccionar y formar individuos que alcancen dicho
nivel de rendimiento. Como resultado, cuando los
empleados rinden a un óptimo nivel, el rendimiento global de
la agencia se maximiza. Esta premisa implica que todo
empleado que desarrolle e implante los nuevos procesos de
trabajo que desea la Agencia, que logre ser creador y
conductor de cambios e innovaciones continuas o de
mecanismos que redunden en beneficio de la Agencia,
obtendrá una retribución por competencia. En esta actividad,
se promoverán adiestramientos dirigidos al logro de los
objetivos.
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C.
al momento de reclutar personal, se puede incorporar un
incentivo económico como parte del salario base. El mismo
será adjudicado en las clases donde se requiera un alto
nivel de educación y experiencia, o cuando un puesto en
particular requiera un conocimiento especial o adicional.
d.
conceder ajustes en salarios sujetos a evaluaciones de
desempeño y productividad
Los aumentos descritos en los incisos a y b formarán parte del
sueldo de los empleados.