Regl. 7436, art. 17-17.21

Otros Métodos de Compensación

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Cite as Reglamento Núm. 7436, Art. 17-17.21

1. El Secretario o Administrador podrá establecer otros métodos de compensación complementarios. Estos métodos serán separados de las estructuras salariales y no deberán alterar la equidad en el sistema de compensación de la Agencia. Los mismos sólo aplicarán a los empleados no sindicados, los empleados gerenciales y los empleados excluidos de la Ley Núm. 45, Supra, de sindicación de los empleados públicos. Algunos de estos métodos son: a. Bonificaciones - Conlleva una compensación especial, no recurrente y separada del sueldo que puede concederse como mecanismos para reclutar, retener o premiar a empleados o grupos de empleados. Estas bonificaciones incluyen, pero no se limitan a: 1) bonificación por productividad. 2) bonificación por la ejecución de un equipo de trabajo. 3) bonificación por asistencia y puntualidad. Dicho bono será independiente y separado de cualquier pago correspondiente por exceso de licencia acumulada. 4) bonificación a los empleados que se retiran del sistema. b. días y horas concedidos sin cargo a licencia alguna 203 2. Todo empleado tiene la responsabilidad de desarrollarse profesionalmente, ya sea por su propia iniciativa o por gestión de la organización. Algunos métodos retributivos que promueven estas consideraciones son: a. retribución adicional por habilidades - en la medida en que los empleados desarrollen y apliquen habilidades alternas a su función principal, se podrá otorgar una retribución adicional que formara parte de su sueldo b. desarrollo de competencias - en la medida en que la Agencia conozca cuales son las competencias requeridas para obtener el rendimiento excelente de los empleados, podrá seleccionar y formar individuos que alcancen dicho nivel de rendimiento. Como resultado, cuando los empleados rinden a un óptimo nivel, el rendimiento global de la agencia se maximiza. Esta premisa implica que todo empleado que desarrolle e implante los nuevos procesos de trabajo que desea la Agencia, que logre ser creador y conductor de cambios e innovaciones continuas o de mecanismos que redunden en beneficio de la Agencia, obtendrá una retribución por competencia. En esta actividad, se promoverán adiestramientos dirigidos al logro de los objetivos. 204 C. al momento de reclutar personal, se puede incorporar un incentivo económico como parte del salario base. El mismo será adjudicado en las clases donde se requiera un alto nivel de educación y experiencia, o cuando un puesto en particular requiera un conocimiento especial o adicional. d. conceder ajustes en salarios sujetos a evaluaciones de desempeño y productividad Los aumentos descritos en los incisos a y b formarán parte del sueldo de los empleados.
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