Regl. 7436, art. 17-17.9

Retribución en Casos de Traslado

Length: 97 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7436, Art. 17-17.9

1. Como norma general, los traslados no conllevarán aumento de sueldo. 2. En casos de traslados entre agencias con diferentes planes de retribución puede haber aumento en el sueldo del empleado si es necesario para ajustar el sueldo del empleado conforme a la norma que se haya adoptado con relación a ajustes a escalas o cuando el sueldo sea menor que el tipo mínimo de la nueva escala. 3. En caso de que haya que extender la escala, el sueldo a asignar ha de seguir la misma proporción o progresión porcentual de los pasos o tipos retributivos.
Regl. 7436, art. 17-17.9: Retribución en Casos de Traslado | Justis AI