Regl. 7436, art. 22
POLITICA SOBRE NO DISCRIMEN POR RAZON DE
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Cite as Reglamento Núm. 7436, Art. 22
GENERO
La Constitución y las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico prohiben el
discrimen por razón de género. El Departamento de Corrección y Rehabilitación
y la Administración de Corrección reafirman esta política pública en su
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Reglamento de Personal. Por tanto, en este Reglamento deberá entenderse que
todo término utilizado para referirse a una persona o puesto, alude a ambos
géneros.