Regl. 7436, art. 8-8.8
Registros de Elegibles
Length: 126 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7436, Art. 8-8.8
1.
Registro de Ingreso significará una lista de candidatos que
mediante una libre competencia han demostrado idoneidad y
30
capacidad para nombramientos a puestos de una clase
determinada.
2.
Registro de Ascenso significará el registro que se establezca
mediante exámenes o evaluaciones en los que participarán
empleados regulares, si cualifican para ocupar puestos en un nivel
superior al que ocupan.
3.
Registro Especial de Reingreso - es el registro que se establece
para aquellas personas que fueron empleados regulares y que
renunciaron a sus puestos; o fueron cesanteados por eliminación
de puestos; o por incapacidad y han recuperado de la misma. En
cuyo caso, tendrán derecho a que sus nombres se incluyan en el
registro correspondiente a las clases de puestos que ocupaban con
carácter regular.