Regl. 743, art. 2
Se celebrará una sesión regular de la Junta de Directores
Cite as Reglamento Núm. 743, Art. 2
todos los meses en el sitio, dÃa y hora previamente acordado por la Junta.
Se citará a los directores con no menos de cuatro dÃas de antelación a la
fecha de la reunión.