Regl. 7443, art. 12 dup2
PERMISO DEL ADMINISTRADOR DEL
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Cite as Reglamento Núm. 7443, Art. 12 dup2
PROYECTO
Cuando los Residentes hayan votado a favor de la instalación de la Obra
Propuesta, el Administrador del Proyecto emitirá, dentro de no más de dos (2)
días laborables luego de la fecha de la Presentación, un Permiso revocable
para producir e instalar el Mural, especificando el horario y los días de la
semana en los que puede programarse la labor de instalación, y el período de
tiempo que tendrá el Proponente para completar el Mural. El Administrador
del Proyecto remitirá copia del Permiso al Área de Servicios al Residente de
la Administración de Vivienda Pública.