Regl. 7443, art. 12 dup2

PERMISO DEL ADMINISTRADOR DEL

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Cite as Reglamento Núm. 7443, Art. 12 dup2

PROYECTO Cuando los Residentes hayan votado a favor de la instalación de la Obra Propuesta, el Administrador del Proyecto emitirá, dentro de no más de dos (2) días laborables luego de la fecha de la Presentación, un Permiso revocable para producir e instalar el Mural, especificando el horario y los días de la semana en los que puede programarse la labor de instalación, y el período de tiempo que tendrá el Proponente para completar el Mural. El Administrador del Proyecto remitirá copia del Permiso al Área de Servicios al Residente de la Administración de Vivienda Pública.
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