Regl. 7443, art. 8 dup2
EVALUACIÓN DEL COMITÉ EVALUADOR
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Cite as Reglamento Núm. 7443, Art. 8 dup2
a.
El Comité Evaluador recomendará a la Administración el
rechazo de toda Solicitud de Permiso en la cual la Obra
Propuesta incorpore:
i.
Material o tema obsceno;
ii.
Material nocivo a menores;
iii.
Palabras o expresiones de riña;
iv.
Expresiones o ofensivas o indecentes;
V.
Expresiones que inciten a la violencia, o
b.
Material Comercial o Publicitario. El Comité Evaluador también
recomendará a la Administración el rechazo de toda Solicitud de
Permiso en la cual se propone la utilización de pinturas o
materiales artísticos que contengan plomo, en contravención de
las disposiciones de la Ley conocida como "The Lead-Based
Poisoning Prevention Act," Según enmendada, 42 U.S.C. § 4821
et seq., la Ley Conocida como "The Residential Lead-Based
Paint Hazard Reduction Act of 1992, 42 U.S.C. § 4851 et seq.; y
la reglamentación federal codificada en 24 C.F.R § 35.135.
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c.
Al evaluar una Obra Propuesta, el Comité Evaluador tomará en
consideración los siguientes factores o criterios, según sean de
aplicación a la Obra Propuesta:
i.
Potencial que tiene la Obra Propuesta para ayudar a que los
Residentes conozcan, entiendan, y aprecien el concepto
artístico presentado en la misma.
ii.
Potencial que tiene la Obra Propuesta para favorecer o
fortalecer experiencias educativas de los Residentes.
iii.
Demostrada fortaleza del concepto artístico, la creatividad y
originalidad de la Obra Propuesta.
iv.
El valor socio-cultural de la Obra Propuesta y su tema
principal para el desarrollo integral de los Residentes.
V.
Escala apropiada de la Obra Propuesta tomando en
consideración el tamaño del muro 0 pared donde se propone
colocar la misma, al igual que el entorno arquitectónico que
la rodea.
vi.
La ubicación idónea de la Obra Propuesta tomando en
consideración los alrededores, iluminación, y acceso del
público al muro o pared donde se propone su instalación.
vii.
Excelencia y mérito artístico tomando en consideración
estándares generales de decencia y respeto por los valores y
creencias diversas de la sociedad puertorriqueña.
viii.
El uso de materiales y técnicas que no requieran un
mantenimiento intenso o cuya fragilidad constituya un
inconveniente a largo plazo.
ix.
Demostrado entendimiento del comportamiento estructural
de los materiales en la composición y de la estrategia de
construcción que haga la obra viable.
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d.
Dentro de no menos de diez (10) días de haberse celebrado la
reunión pertinente, el Comité Evaluador emitirá una
Recomendación a la Administración, la cual expresará de
manera breve y sucinta las bases de la Recomendación, y
recomendará favorable o desfavorablemente la instalación de la
Obra Propuesta.