Regl. 7444, art. XVII
ADJUDICACIÓN DE CONTROVERSIAS
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Cite as Reglamento Núm. 7444, Art. XVII
Toda persona que se considere afectada en sus derechos por las acciones tomadas
por la Administración y el Departamento de la Vivienda en la aplicación de este
Reglamento, podrá radicar una querella, la cual será adjudicada conforme al Reglamento
para Regular los Procedimientos de Adjudicación Formal en el Departamento de la
Vivienda y sus agencias adscritas.