Regl. 7444, art. XVII

ADJUDICACIÓN DE CONTROVERSIAS

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Cite as Reglamento Núm. 7444, Art. XVII

Toda persona que se considere afectada en sus derechos por las acciones tomadas por la Administración y el Departamento de la Vivienda en la aplicación de este Reglamento, podrá radicar una querella, la cual será adjudicada conforme al Reglamento para Regular los Procedimientos de Adjudicación Formal en el Departamento de la Vivienda y sus agencias adscritas.
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