Regl. 7445, art. 18

COSTAS Y HONORARIOS

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Cite as Reglamento Núm. 7445, Art. 18

Según lo dispuesto en la Regla 44 de las Reglas de Procedimiento Civil vigentes y la Regla 13.4 del "Reglamento para el Procedimiento y Adjudicación de Querellas ante la Oficina de la Procuradora de las Personas de Edad Avanzada" de la Oficina, se podrán imponer honorarios de abogados y/o las costas del procedimiento, para resarcir a la Oficina por el tiempo, esfuerzo y costas incurridos en sus procedimientos. 14
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