Regl. 7446, art. C-8
Reglamento para la Venta de Marbetes en el Proceso de Renovación de Inscripción de Embarcaciones a Través de Entidades Colaboradoras
Length: 279 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 7446, Art. C-8
OBLIGACIONES Y PROCEDIMIENTOS DE HACIENDA
8.1 RECIBO DE INFORMACIÓN Y DÉBITOS DIARIOS
Una vez recibido en Hacienda el archivo enviado por el Departamento con
la relación de cobros de marbetes vendidos por las entidades
colaboradoras, Hacienda debitará automáticamente de las cuentas de
banco autorizadas, el importe total de lo vendido por cada entidad
colaboradora. El importe total representará los derechos anuales y las
multas que indique el Sistema, no incluirá los cargos por servicios que
podrá cobrar la entidad colaboradora mediante autorización del Secretario
del Departamento.
8.2 TRANSACCIONES DE DÉBITO NO SATISFECHAS
Cuando no pueda ser completada la transacción de débito generada por
Hacienda para cobrar a cada entidad colaboradora lo reportado al
Departamento, Hacienda notificará vÃa correo electrónico a la entidad
colaboradora y al Departamento, la cantidad de débito no satisfecho, asÃ
como la penalidad impuesta por insuficiencia de fondos, conforme a lo
dispuesto en este Reglamento. El correo electrónico enviado por la oficina
correspondiente de Hacienda a la entidad colaboradora servirá como
factura que deberá presentar la entidad colaboradora en cualquier
ColecturÃa de Hacienda para pagar la cantidad adeudada.
8.3 TRANSFERENCIA DE FONDOS
De no haber diferencias entre la información notificada por el
Departamento y la información sobre los depósitos recibidos de las
23
entidades colaboradoras, Hacienda procederá a preparar y tramitar el
Modelo SC-3595, Informe Diario de Recaudaciones del Departamento de
Hacienda. En este informe figurarán los cobros de las distintas partidas
por concepto de renovación de inscripción y venta de marbetes.
Hacienda hará una reconciliación semanal de la información notificada
por el Departamento y la información sobre los depósitos recibidos de las
entidades colaboradoras.
Preparado el informe, Hacienda realizará las transferencias a las cuentas
correspondientes.