Regl. 7447, art. IV-II dup3

RESPONSABILIDADES DE LOS CLIENTES

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Cite as Reglamento Núm. 7447, Art. IV-II dup3

Al registrarse el cliente, en el centro o área de acampar, se compromete a: 2.1 Identificarse (mediante identificación con retrato) y registrarse luego de haberse verificado el pago total de la estadía. 2.2 Cumplir con este Reglamento y ser responsable de que sus acompañantes e invitados lo cumplan. 2.3 A no transferir, bajo ningún concepto o circunstancia, los derechos de arrendamiento. Se interpretará que podrán estar en posesión temporera de la cabaña o espacio, los 6 acompañantes incluidos en la solicitud, mayores de edad, luego de haber presentado una identificación con retrato y hasta que se registre el cliente durante la estadía autorizada. 2.4 Respetar los derechos de intimidad de los demás arrendatarios, y observar las mejores normas de convivencia social y urbana. CAPITULO IV CANONES DE ARRENDAMIENTO Y OTROS PAGOS
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