Regl. 7447, art. IV-II dup3
RESPONSABILIDADES DE LOS CLIENTES
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Cite as Reglamento Núm. 7447, Art. IV-II dup3
Al registrarse el cliente, en el centro o área de acampar, se compromete a:
2.1 Identificarse (mediante identificación con retrato) y registrarse luego de haberse
verificado el pago total de la estadía.
2.2 Cumplir con este Reglamento y ser responsable de que sus acompañantes e invitados lo
cumplan.
2.3 A no transferir, bajo ningún concepto o circunstancia, los derechos de arrendamiento.
Se interpretará que podrán estar en posesión temporera de la cabaña o espacio, los
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acompañantes incluidos en la solicitud, mayores de edad, luego de haber presentado
una identificación con retrato y hasta que se registre el cliente durante la estadía
autorizada.
2.4 Respetar los derechos de intimidad de los demás arrendatarios, y observar las mejores
normas de convivencia social y urbana.
CAPITULO IV CANONES DE
ARRENDAMIENTO Y OTROS PAGOS