Regl. 7447, art. IV-IV dup2
SOLICITUDES HECHAS POR VIA TELEFONICA o FACSIMIL
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Cite as Reglamento Núm. 7447, Art. IV-IV dup2
4.1 Las solicitudes hechas por vía telefónica o por facsímil serán confirmadas o rechazadas
de inmediato, según la disponibilidad de espacios para la fecha solicitada.
4.2 Una vez confirmada la solicitud, el cliente podrá separar el espacio solicitado mediante
el pago del depósito o pago total cargado a cualquier tarjeta de crédito autorizada por la
Compañía, dando la información requerida para su facturación. Todo balance de la
reservación deberá ser saldado dentro de los próximos treinta (30) días calendario,
conforme al Artículo I de este Capítulo, o la reservación será cancelada sin derecho a
reembolso del depósito.