Regl. 7447, art. IV-IV dup2

SOLICITUDES HECHAS POR VIA TELEFONICA o FACSIMIL

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Cite as Reglamento Núm. 7447, Art. IV-IV dup2

4.1 Las solicitudes hechas por vía telefónica o por facsímil serán confirmadas o rechazadas de inmediato, según la disponibilidad de espacios para la fecha solicitada. 4.2 Una vez confirmada la solicitud, el cliente podrá separar el espacio solicitado mediante el pago del depósito o pago total cargado a cualquier tarjeta de crédito autorizada por la Compañía, dando la información requerida para su facturación. Todo balance de la reservación deberá ser saldado dentro de los próximos treinta (30) días calendario, conforme al Artículo I de este Capítulo, o la reservación será cancelada sin derecho a reembolso del depósito.
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