Regl. 7447, art. IV-I dup6
CANCELACIONES
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Cite as Reglamento Núm. 7447, Art. IV-I dup6
1.1 Las cancelaciones deberán hacerse, por escrito o personalmente, en la Oficina Central
de Reservaciones o en los centros vacacionales, con por lo menos quince (15) dÃas
laborables de anticipación a la fecha de efectividad de la reservación para poder
reclamar el reembolso correspondiente. En caso de reclamación de reembolso por
cancelación, se dispondrá conforme al ArtÃculo II de este CapÃtulo.
1.2 En ningún caso se aceptarán cancelaciones parciales o totales en los centros
vacacionales una vez comience la estadÃa.
Se promoverá en todos los casos la disposición de una fecha alterna dentro de los doce
(12) meses siguientes en casos de cancelaciones.
1.3 Todo cambio de fecha en la estadÃa y/o un cambio en el centro vacacional elegido por
el cliente tendrá un cargo de veinte dólares ($20.00) para cubrir el trámite
administrativo.