Regl. 7447, art. VIII-IV dup2
VIGENCIA
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Cite as Reglamento Núm. 7447, Art. VIII-IV dup2
4.1 Este Reglamento comenzará a regir luego de treinta (30) dÃas de su radicación en el
Departamento de Estado y en la Biblioteca de la Oficina de Servicios Legislativos.
En San Juan, Puerto Rico, hoy 19 de diciembre de 2007.
God32 Rivera
Sr. X Velázquez
Directores/Secretario
Administrador
Departamento de Recreación y Deportes
Departamento de Recursos Naturales y
Ambientales
Lydrin E.Penf H
Laurdes Lourdes DÃaz Colon
Sra. Lydia Pérez Román
Ayudante Esp. del Secretario
Directora
Departamento de Educación
Calidad TurÃstica
CompañÃa de Turismo
Dr. Pedro A. Muñiz Rivera
Sr. Orlando R. O'Neill Figueroa
Miembro
Miembro
Plan. Lucilla Marvel
Prof. Samuel Brindle Quiroga
Miembro
Miembro
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