Regl. 7448, art. VIII
Introducción de Suelo, Tierra, Arena o Cualquier Material Similar
Cite as Reglamento Núm. 7448, Art. VIII
Toda introducción a Puerto Rico de suelo, tierra, arena o cualquier material similar
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deberá efectuarse previa solicitud y expedición del correspondiente permiso otorgado por el
Secretario, a tono con los requisitos establecidos por el Reglamento para Regir la Introducción al
Estado Libre Asociado de Puerto Rico de Suelo, Tierra, Arena 0 Cualquier Material Similar,
aprobado el 7 de diciembre de 1977. La solicitud de permiso deberá hacerse en un formulario
especial que será provisto por el Departamento.