Regl. 7454, art. V-IV

Radicación de Ofertas

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Cite as Reglamento Núm. 7454, Art. V-IV

1. Recibo de Licitaciones a. Las ofertas selladas de los licitadores serán entregadas personalmente en la recepción del Instituto o en el lugar que se especifique en la convocatoria. b. Los sobres de las ofertas radicadas por los licitadores se marcarán con el sello especial de la Junta de Subastas, indicando la fecha y hora exacta en que se recibieron. Toda oferta radicada será custodiada por el personal designado por el Director Ejecutivo hasta la fecha y hora fijadas para la 20 apertura de los pliegos de subasta. No se aceptará oferta alguna que se reciba después de la fecha y hora fijadas para la apertura de los pliegos de subasta. No se aceptará cambio alguno, una vez éstos hayan sido radicados y aceptados. C. Los sobres no se abrirán bajo ninguna circunstancia hasta la fecha y hora fijadas para la apertura. 2. Formas de Hacer la Oferta Los licitadores podrán hacer sus ofertas únicamente conforme lo aquí expresado: a. Oferta Básica-Por "Oferta Básica" se entenderá aquella que viene obligada a hacer el licitador para cada renglón O partida por la cual interesa cotizar. Aunque el licitador sume O haga un cómputo total de las ofertas hechas por él en una subasta, tiene la obligación de anotar en el espacio provisto para ello al lado de cada partida, su oferta para la misma. Esta oferta se hará en dólares y centavos. 1) Efecto de Omitir la Oferta Básica No se aceptará ningún pliego en el cual no se haya hecho oferta básica para cada 21 partida por la cual se cotiza. Si para algunas partidas se han anotado precios por unidades y en otras se han omitido, se entenderá que el licitador interesa hacer ofertas solamente por aquellas partidas al lado de las cuales anotó el precio por unidad, O sea, la oferta básica. En aquellas que no interesa hacer oferta, lo señalará por escrito al lado de la partida correspondiente. b. Oferta "Todo o Nada" 1) Todo o Nada-En adición a la Oferta Básica el licitador puede hacer una oferta "Todo O Nada". La oferta "Todo O Nada" consiste en ofrecer precios condicionados, O sujetos a que el grupo de partidas en un renglón, un grupo de renglones O la totalidad de éstos le sean adjudicados. 2) Modalidades--El licitador puede optar por una de las siguientes dos formas de la oferta "Todo O Nada". 22 a) Con Descuento--El licitador anotará al lado de las partidas que agrupa y de la suma de las partidas un precio rebajado con la frase "Todo O Nada" a su lado, O un por ciento. b) Sin descuento--El licitador anotará al lado de cada partida que agrupa y de la suma de las partidas la frase "Todo O Nada". Solamente podrá adjudicarse a favor de la oferta "Todo O Nada" si el grupo de partidas para las cuales cotizó cumplen con las especificaciones y condiciones y suman una cuantía menor que la suma de las cuantías ofrecidas por los otros licitadores que cumplieron las especificaciones y condiciones y ofrecieron los precios más bajos en las mismas partidas. C. Oferta Precio Global En adición a la Oferta Básica el licitador puede hacer una "Oferta Global" de la siguiente manera: al lado de la suma de los renglones 23 para los cuales ha cotizado, el licitador ofrecerá además una cifra rebajada sobre la suma original o señalará un por ciento de descuento. 1) Efecto de Hacer la Oferta "Precio Global" La Junta podrá considerar y aceptar las partidas individuales de cualquier oferta descartando la oferta "precio global" si así conviene al Instituto de acuerdo al criterio de ella; pero en tal caso dichas partidas no serán susceptibles de que se les aplique el descuento. Si la Junta aceptare la oferta a "precio global" y ésta se hubiere hecho a base de una cuantía total, la cantidad rebajada se distribuirá a prorrata entre las partidas. Si la misma se hubiere hecho a base de por cientos de descuento, se le aplicará el por ciento a cada partida. d. Cuando No Cotiza Si el licitador no tiene interés en hacer una oferta devolverá la invitación con una anotación 24 a esos efectos. El licitador deberá acompañar una nota explicativa de las razones que tiene para no hacer la oferta así como notificar si tiene O no interés en ser invitado para futuras subastas. De no recibirse oferta alguna, se entenderá que el licitador perdió el interés en participar de la subasta. e. Ofertas No Responsivas Al hacer su oferta, el licitador se limitará a ofrecer el bien, la obra O el servicio solicitado dentro de las especificaciones y condiciones detallados en el Pliego de la Subasta. La Junta no considerará ninguna oferta que adicione O elimine especificaciones O condiciones solicitadas. Tampoco se considerarán ofertas que propongan la alternativa de bienes, obras O servicios diferentes, pero parecidos a las especificaciones solicitadas. Tampoco se considerarán las ofertas que contengan frases, párrafos O comentarios que hagan de la oferta una 25 ambigua, incompleta 0 indefinida en cuanto a su significado. También serán rechazadas ofertas que alteren, modifiquen, varíen O cambien las condiciones solicitadas. f. Ofertas de precios estimados No se aceptarán ofertas a base de precios estimados que puedan variar luego en la facturación, a menos que en la invitación a subasta se haya incluido una disposición o cláusula estableciendo las condiciones en que serán aceptados cambios en precios una vez adjudicada la subasta. Esta excepción deberá limitarse a circunstancias excepcionales y se deberá justificar adecuadamente en el expediente de la subasta. 3. Los funcionarios y empleados del Instituto bajo ninguna circunstancia, podrán intervenir, aconsejar O sugerir a los licitadores en la preparación y entrega de los pliegos de ofertas, ni en la forma alguna aconsejar, sugerir O influenciar sobre la adjudicación de las subastas. Violaciones a esta disposición serán tramitadas acorde a 26 la Ley de Personal y sus Reglamentos. 4. Los pliegos de proposiciones deberán estar firmados en tinta O lápiz indeleble, por el licitador afectado O su representante autorizado. a. La Junta podrá considerar ofertas sin firmar, si antes de la apertura el licitador afectado O su representante autorizado hubiese radicado una carta u otro documento firmado, que justifique la ausencia de tal firma y acepta la responsabilidad correspondiente. b. También podrá aceptarse una oferta sin firmar, si con los pliegos de ofertas viene algún documento o carta firmada por el licitador, en la cual se haga referencia directa a la proposición. 5. Entregas En aquellos casos en que no se requiera una entrega específica, los licitadores deberán indicar en su oferta el término O la fecha no más tarde del cual entregarán los artículos O rendirán el servicio requerido. La entrega podrá ser una de las condiciones principales 27 en la evaluación de una subasta, siempre que así se haga constar en la invitación y si con ello se beneficia el interés público. 6. Las correcciones O cambios en los pliegos de oferta deberán estar debidamente iniciadas por el licitador, de lo contrario quedará invalidada la oferta para la partida O partidas correspondientes. 7. Retiro de las ofertas a. El retiro de una oferta radicada podrá efectuarse mediante petición escrita, hecha antes de la apertura del acto de subasta. El retiro de ofertas, posterior a la apertura de cualquier subasta, estará condicionado a que inequívocamente pueda comprobarse que la misma se hizo por error y que no pueda sostenerse como oferta razonable. b. Efecto de retiro de ofertas El licitador no podrá radicar una oferta sustituta, una vez retirada la oferta para determinada subasta. Cuando un licitador, sin establecer razones 28 meritorias, insista en el retiro de su oferta O se negare a aceptar la orden de compra que emita, se considerará que ha incumplido el contrato y se le podrá aplicar las sanciones que el Director Ejecutivo estime pertinente, en armonía con las disposiciones de este Reglamento. 8. Modificación de ofertas a. Las ofertas podrán ser modificadas únicamente antes de la apertura y mediante comunicación escrita que deberá ser radicada ante el secretario de la Junta, en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la subasta, fecha, hora señalada para la apertura y nombre y dirección del licitador. b. Deberá incluirse información indicando las razones para la modificación de la oferta. C. Dichas modificaciones serán inadmisibles, si se radican luego de la fecha y hora de la apertura de la subasta. d. Toda modificación de oferta será abierta en la fecha y hora señalada para la apertura de subasta original. 29
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