Regl. 7454, art. V-IV
Radicación de Ofertas
Cite as Reglamento Núm. 7454, Art. V-IV
1. Recibo de Licitaciones
a. Las ofertas selladas de los licitadores serán
entregadas personalmente en la recepción del Instituto
o en el lugar que se especifique en la convocatoria.
b. Los sobres de las ofertas radicadas por los
licitadores se marcarán con el sello especial de la
Junta de Subastas, indicando la fecha y hora exacta
en que se recibieron. Toda oferta radicada será
custodiada por el personal designado por el Director
Ejecutivo hasta la fecha y hora fijadas para la
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apertura de los pliegos de subasta. No se aceptará
oferta alguna que se reciba después de la fecha y
hora fijadas para la apertura de los pliegos de
subasta. No se aceptará cambio alguno, una vez éstos
hayan sido radicados y aceptados.
C. Los sobres no se abrirán bajo ninguna
circunstancia hasta la fecha y hora fijadas para la
apertura.
2. Formas de Hacer la Oferta
Los licitadores podrán hacer sus ofertas únicamente
conforme lo aquà expresado:
a. Oferta Básica-Por "Oferta Básica" se entenderá
aquella que viene obligada a hacer el licitador para
cada renglón O partida por la cual interesa cotizar.
Aunque el licitador sume O haga un cómputo total de
las ofertas hechas por él en una subasta, tiene la
obligación de anotar en el espacio provisto para
ello al lado de cada partida, su oferta para la
misma. Esta oferta se hará en dólares y centavos.
1) Efecto de Omitir la Oferta Básica
No se aceptará ningún pliego en el cual no
se haya hecho oferta básica para cada
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partida por la cual se cotiza.
Si para algunas partidas se han anotado
precios por unidades y en otras se han
omitido, se entenderá que el licitador
interesa hacer ofertas solamente por
aquellas partidas al lado de las cuales
anotó el precio por unidad, O sea, la oferta
básica.
En aquellas que no interesa hacer oferta,
lo señalará por escrito al lado de la
partida correspondiente.
b. Oferta "Todo o Nada"
1) Todo o Nada-En adición a la Oferta Básica el
licitador puede hacer una oferta "Todo O Nada".
La oferta "Todo O Nada" consiste en ofrecer
precios condicionados, O sujetos a que el grupo
de partidas en un renglón, un grupo de renglones
O la totalidad de éstos le sean adjudicados.
2) Modalidades--El licitador puede optar por
una de las siguientes dos formas de la oferta
"Todo O Nada".
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a) Con Descuento--El licitador anotará al
lado de las partidas que agrupa y de la suma
de las partidas un precio rebajado con la
frase "Todo O Nada" a su lado, O un por
ciento.
b) Sin descuento--El licitador anotará al
lado de cada partida que agrupa y de la suma
de las partidas la frase "Todo O Nada".
Solamente podrá adjudicarse a favor de la
oferta "Todo O Nada" si el grupo de partidas
para las cuales cotizó cumplen con las
especificaciones y condiciones y suman una
cuantÃa menor que la suma de las cuantÃas
ofrecidas por los otros licitadores que
cumplieron las especificaciones
y
condiciones y ofrecieron los precios más
bajos en las mismas partidas.
C. Oferta Precio Global
En adición a la Oferta Básica el licitador
puede hacer una "Oferta Global" de la siguiente
manera: al lado de la suma de los renglones
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para los cuales ha cotizado, el licitador
ofrecerá además una cifra rebajada sobre la
suma original o señalará un por ciento de
descuento.
1) Efecto de Hacer la Oferta "Precio Global"
La Junta podrá considerar y aceptar las
partidas individuales de cualquier oferta
descartando la oferta "precio global" si
asà conviene al Instituto de acuerdo al
criterio de ella; pero en tal caso dichas
partidas no serán susceptibles de que se les
aplique el descuento. Si la Junta aceptare
la oferta a "precio global" y ésta se
hubiere hecho a base de una cuantÃa total,
la cantidad rebajada se distribuirá a
prorrata entre las partidas. Si la misma se
hubiere hecho a base de por cientos de
descuento, se le aplicará el por ciento a
cada partida.
d. Cuando No Cotiza
Si el licitador no tiene interés en hacer una
oferta devolverá la invitación con una anotación
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a esos efectos.
El licitador deberá acompañar una nota
explicativa de las razones que tiene para no
hacer la oferta asà como notificar si tiene O
no interés en ser invitado para futuras
subastas. De no recibirse oferta alguna, se
entenderá que el licitador perdió el interés en
participar de la subasta.
e. Ofertas No Responsivas
Al hacer su oferta, el licitador se limitará a
ofrecer el bien, la obra O el servicio
solicitado dentro de las especificaciones y
condiciones detallados en el Pliego de la
Subasta.
La Junta no considerará ninguna oferta que
adicione O elimine especificaciones O
condiciones solicitadas. Tampoco se considerarán
ofertas que propongan la alternativa de bienes,
obras O servicios diferentes, pero parecidos a
las especificaciones solicitadas. Tampoco se
considerarán las ofertas que contengan frases,
párrafos O comentarios que hagan de la oferta una
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ambigua, incompleta 0 indefinida en cuanto a su
significado.
También serán rechazadas ofertas que alteren,
modifiquen, varÃen O cambien las condiciones
solicitadas.
f. Ofertas de precios estimados
No se aceptarán ofertas a base de precios
estimados que puedan variar luego en la
facturación, a menos que en la invitación a
subasta se haya incluido una disposición o
cláusula estableciendo las condiciones en que
serán aceptados cambios en precios una vez
adjudicada la subasta. Esta excepción deberá
limitarse a circunstancias excepcionales y se
deberá justificar adecuadamente en el expediente
de la subasta.
3. Los funcionarios y empleados del Instituto bajo ninguna
circunstancia, podrán intervenir, aconsejar O sugerir a los
licitadores en la preparación y entrega de los pliegos de
ofertas, ni en la forma alguna aconsejar, sugerir O
influenciar sobre la adjudicación de las subastas.
Violaciones a esta disposición serán tramitadas acorde a
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la Ley de Personal y sus Reglamentos.
4. Los pliegos de proposiciones deberán estar firmados en
tinta O lápiz indeleble, por el licitador afectado O su
representante autorizado.
a. La Junta podrá considerar ofertas sin firmar, si
antes de la apertura el licitador afectado O su
representante autorizado hubiese radicado una carta
u otro documento firmado, que justifique la
ausencia de tal firma y acepta la responsabilidad
correspondiente.
b. También podrá aceptarse una oferta sin firmar, si
con los pliegos de ofertas viene algún documento o
carta firmada por el licitador, en la cual se haga
referencia directa a la proposición.
5. Entregas
En aquellos casos en que no se requiera una entrega
especÃfica, los licitadores deberán indicar en su oferta el
término O la fecha no más tarde del cual entregarán los
artÃculos O rendirán el servicio requerido.
La entrega podrá ser una de las condiciones principales
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en la evaluación de una subasta, siempre que asà se haga
constar en la invitación y si con ello se beneficia el
interés público.
6. Las correcciones O cambios en los pliegos de oferta
deberán estar debidamente iniciadas por el licitador, de
lo contrario quedará invalidada la oferta para la partida
O partidas correspondientes.
7. Retiro de las ofertas
a. El retiro de una oferta radicada podrá efectuarse
mediante petición escrita, hecha antes de la apertura
del acto de subasta.
El retiro de ofertas, posterior a la apertura de
cualquier subasta, estará condicionado a que
inequÃvocamente pueda comprobarse que la misma se
hizo por error y que no pueda sostenerse como oferta
razonable.
b. Efecto de retiro de ofertas
El licitador no podrá radicar una oferta sustituta,
una vez retirada la oferta para determinada subasta.
Cuando un licitador, sin establecer razones
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meritorias, insista en el retiro de su oferta O se
negare a aceptar la orden de compra que emita, se
considerará que ha incumplido el contrato y se le
podrá aplicar las sanciones que el Director
Ejecutivo estime pertinente, en armonÃa con las
disposiciones de este Reglamento.
8. Modificación de ofertas
a. Las ofertas podrán ser modificadas únicamente
antes de la apertura y mediante comunicación escrita
que deberá ser radicada ante el secretario de la
Junta, en un sobre cerrado debidamente identificado
con el número de la subasta, fecha, hora señalada
para la apertura y nombre y dirección del licitador.
b. Deberá incluirse información indicando las
razones para la modificación de la oferta.
C. Dichas modificaciones serán inadmisibles, si se
radican luego de la fecha y hora de la apertura de la
subasta.
d. Toda modificación de oferta será abierta en la
fecha y hora señalada para la apertura de subasta
original.
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