Regl. 3029, art. C dup6
Solicitud:
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Cite as Reglamento Núm. 3029, Art. C dup6
Establece la información que deberá someter todo solicitante
para un permiso de construcción de una facilidad de inyección
subterrânea según la clasificación del pozo.
Sección D Acción Respecto a una solicitud:
Establece los procesos que siguen después de haber sido
sometido una solicitud para un permiso de construcción.
Sección E Condiciones al Otorgar un Permiso:
Establece ciertas condiciones que podrá imponer la Junta al
otorgar un permiso de construcción,
Sección F - Duración y Revocación de Permisos de Construcción
CIS:
Establece la duración de permisos y de construcción y las
razones por la cual la Junta podrá revocar el permiso.
Sección G Revisión de un Permiso de Construcción CIS:
Antes de la radicación de un permiso de operación, la Junta
deberá aprobar cualquier cambio al permiso de construcción,
Sección H Acción Correctiva, Obturación y Abandono:
Establece cuando se deberá someter un plan de acción correctivo junto con el permiso, los parámetros que usará la Junta
para determinar la adecuacidad del plan de acción correctiva;
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el requerimiento de un plan de obturación y abandono y lo que
deberá establecer éste.