Regl. 7466, art. 11
Radicación de Ofertas en Subastas Formales
Cite as Reglamento Núm. 7466, Art. 11
Las ofertas de los licitadores deben ser entregadas en la recepción de la OCS en
sobres de papel, cartón u otro material resistente, sellados de tal manera que no
se puedan abrir sin rasgar o causar marcas a dichos sobres y estarán dirigidas al
Secretario de la Junta de Subastas. Estas se aceptarán desde la fecha indicada en
el anuncio de subasta o en la carta de invitación, hasta la fecha y la hora lÃmite
establecidas para recibir las ofertas o para la apertura y lectura de las ofertas
recibidas, lo que ocurra primero. Las ofertas recibidas se mantendrán bajo la
custodia del Secretario de la Junta.
Los sobres sellados con las ofertas radicadas por los licitadores se marcarán con
el sello oficial de la OCS, indicando la fecha y la hora en que se recibieron. Toda
oferta radicada es custodiada por el Secretario de la Junta de Subastas hasta la
fecha y hora fijadas para la apertura de las ofertas.
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Los sobres sellados no se abrirán, bajo ninguna circunstancia, hasta la fecha y
hora fijadas para la apertura. En caso de que algún sobre se abra por error, la
persona que lo abra deberá:
A. Sellar inmediatamente el sobre sin examinar ni leer su contenido,
asegurándose de que todos los documentos originales queden en su
totalidad dentro de éste.
B. Anotar en la parte exterior del sobre su firma y tÃtulo del puesto que
ocupa.
C. Entregar el sobre al Secretario de la Junta de Subastas, quien anotará
en el sobre una explicación de lo sucedido, el dÃa y la hora en que fue
abierto el sobre y lo firma.
D. El Secretario de la Junta de Subastas levantará un acta para que conste
lo sucedido en el libro de actas.
Toda oferta debe entregarse acompañada por una fianza de licitación equivalente
al diez por ciento (10%) del total de la propuesta, como garantÃa de que habrá de
mantener su oferta durante todo el proceso de la subasta. Ésta debe ser prestada
por una compañÃa de seguros autorizada por el Comisionado de Seguros a hacer
negocio de seguros en Puerto Rico, o mediante cheque de gerente, giro postal o
giro bancario a nombre del Secretario de Hacienda (a menos que el aviso de
subasta indique otra cosa). Las fianzas prestadas por los licitadores no
agraciados, luego de adjudicada la subasta, serán devueltas por la División de
Finanzas conforme se dispone en el ArtÃculo 23 de esta Regla. No se aceptarán
fianzas en efectivo ni cheques personales.
En compras de equipo, el licitador debe ofrecer información en su oferta que
demuestre que el equipo ofrecido cuenta con el respaldo necesario en
Puerto Rico en relación con servicio y mantenimiento, y que las piezas y los
materiales que éste utiliza se pueden obtener fácilmente en el mercado local.
Además, indicará lo siguiente:
A. El costo anual del contrato de servicio y mantenimiento "on-site" que
podrá entrar en vigor al finalizar el periodo de garantÃa y de servicio.
B. Los servicios que incluyen en el contrato correspondiente.
C. El servicio de mantenimiento se prestará con un tiempo de espera de
no más de un dÃa (24 horas) entre la hora de solicitud del servicio y la
prestación del mismo, excepto en casos en que una espera mayor se
justifique a satisfacción de la OCS.
D. Cualquier gasto en que incurra la OCS por motivo de una demora
injustificada en la reparación del equipo será reembolsado por el
proveedor.