Regl. 7466, art. 7
Tipos de Compras
Cite as Reglamento Núm. 7466, Art. 7
7.1. Compra mediante Cotización Verbal, Escrita o Subasta Informal
La OCS establece los procedimientos referentes al proceso de compras
mediante cotización verbal, escrita o subastas informales que incluyen,
pero no están limitados a lo siguiente:
7.1.1. Compra Mediante Cotización Verbal: cuando el importe
total estimado de la compra no es mayor de quinientos dólares
($500).
Las compras que conlleven un importe total que no exceda de
quinientos dólares ($500) se hacen mediante solicitud de
cotizaciones verbales a tres (3) proveedores y sólo es necesario
obtener la cotización escrita del proveedor a quien se le adjudique
la compra antes de que se entreguen los bienes, se ofrezcan los
servicios o se realicen las obras. Dicha cotización deberá estar
firmada por el proveedor o su representante autorizado y contener
la fecha de la oferta, el término por el cual el proveedor se obliga a
mantener la oferta, una descripción de lo ofrecido y el precio,
incluyendo los descuentos que son aplicables por pronto pago, si
alguno, y cualquier otra información particular que las divisiones
de Finanzas y Servicios Generales requieran para el tipo de compra
concernida.
El número de cotizaciones a obtenerse, previo a la compra, puede
ser menor sujeto a que no existan o no se conozcan suficientes
firmas proveedoras para los artículos, materiales, equipos o
servicios no profesionales que se van a adquirir o para las obras
que se van a realizar o que exista una necesidad apremiante del
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bien o servicio. En aquellos casos en que no se obtengan las tres
cotizaciones, se indicará por escrito las razones para ello. Estas
cotizaciones verbales se deben evidenciar y certificar por el
comprador y el supervisor inmediato en el récord de cotizaciones
Se preparará un expediente con información por escrito de las
cotizaciones verbales solicitadas indicando: la fecha, el nombre del
empleado que solicita la cotización, y el nombre, número de
teléfono o facsímile y el correo electrónico de la persona que ofrece
la cotización, y la cantidad cotizada. Dicha información será
corroborada por la División de Servicios Generales y así se hará
constar en el expediente.
7.1.2. Compra Mediante Cotización Escrita: cuando el importe
total estimado de la compra es mayor de quinientos dólares ($500),
pero no mayor de siete mil quinientos dólares ($7,500).
Las compras que conlleven un importe total estimado de la compra
de artículos, materiales, equipos, servicios no profesionales o la
realización de obras mayor de quinientos dólares ($500) y hasta un
máximo de siete mil quinientos dólares ($7,500), se harán a través
de la solicitud de cotizaciones por escrito a tres (3) proveedores
antes de que se entreguen los bienes, se ofrezcan los servicios o se
realicen las obras. El proveedor remitirá confirmación escrita de lo
solicitado en el término de dos días laborables. El número de
cotizaciones a obtenerse previo a la compra puede ser menor en
caso de que no existan o no se conozcan suficientes firmas
proveedoras para los artículos, materiales, equipos o servicios no
profesionales que se van a adquirir o para las obras que se van a
realizar o que exista una necesidad apremiante del bien o servicio.
En aquellos casos en que no se obtengan las tres cotizaciones, se
indicará por escrito las razones para ello.
Las cotizaciones por escrito pueden ser solicitadas por teléfono y
luego ser recibidas por correo regular, correo electrónico o
facsímile. Deben ser firmadas por el proveedor o su representante
autorizado y contener la fecha de la oferta, el término por el cual el
proveedor se obliga a mantener la oferta, una descripción de lo
ofrecido y el precio, incluyendo los descuentos que son aplicables
por pronto pago, si alguno, y cualquier otra información particular
que las divisiones de Finanzas y Servicios Generales requieran para
el tipo de compra concernida. El Comprador incluirá las ofertas
recibidas en el formulario "Record de Cotizaciones", anotará el
proveedor seleccionado y adjudicará la misma.
7.1.3. Compra Mediante Subasta Informal: cuando el importe total
estimado es mayor de siete mil quinientos dólares ($7,500), pero no
mayor de treinta y cinco mil dólares ($35,000).
A. Requisitos básicos de la Invitación a Subasta Informal
En la invitación se incluirá toda la información necesaria para que
el licitador pueda someter, en igualdad de condiciones, su oferta en
sobre cerrado de acuerdo con los siguientes requisitos:
i.
Especificaciones completas y/o descripción clara de
los bienes y/o servicios que se desean obtener.
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ii.
Lugar, fecha y hora límite para entregar las ofertas.
iii.
Términos de entrega requeridos.
iv.
Términos y condiciones que regirán la transacción.
V.
Información que establezca que dicho
procedimiento no estará sujeto a impugnación.
B. Determinación de fianzas en casos de Subasta Informal
Cuando las especificaciones de los bienes o servicios a comprar lo
ameriten o cuando así convenga al interés público, podrían
requerirse a los licitadores la prestación de cualquier tipo de fianza
similar a las contenidas en el Artículo 11 y 19 de esta Regla.
C. Radicación de ofertas en casos de Subasta Informal
i.
Las cotizaciones conteniendo las ofertas deberán
estar debidamente firmadas por el licitador, y deben
contener: la fecha de la oferta, el término por el cual
el licitador se obliga a mantener la oferta, una
descripción de lo ofrecido y el precio, incluidos los
descuentos que son aplicables por pronto pago si
alguno, y cualquier otra información particular que
las divisiones de Finanzas y Servicios Generales
requieran para el tipo de compra concernida.
ii.
Los sobres que contengan las ofertas deberán ser
radicados, debidamente identificados con el nombre
del licitador, número de la subasta, fecha y hora de
apertura. Estos se recibirán cerrados, y cuando se
utilice el correo federal u otro medio de entrega se
recibirán en la División de Servicios Generales hasta
la fecha y hora límite establecida para abrir la
subasta, a cuya apertura podrán comparecer todos
los licitadores interesados.
D. Adjudicación de Subasta Informal
La Subasta Informal será evaluada y adjudicada por el Comprador
de la División de Servicios Generales, revisada por el Director y
autorizada por el Comisionado o su representante autorizado.
7.2. Mercado Abierto
Procedimiento de compras que se puede utilizar, entre otros, luego de
celebrada una subasta formal o informal cuando ocurra una o más de las
siguientes circunstancias:
A. Todas las ofertas recibidas son rechazadas.
B. Los precios cotizados resultan demasiado altos.
C. Los términos de las ofertas resultan en alguna forma onerosos a
la OCS.
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D. No se recibió oferta alguna.
E. Las ofertas recibidas se desvían sustancialmente de los
requisitos de la OCS.
F. Incumplimiento del licitador agraciado en la subasta.
G. Cuando la compra esté exenta de subasta formal.
Este tipo de compra se lleva a cabo en la misma forma que se requiere
para la compra mediante subasta informal cuando se trata de compras
mayores de siete mil quinientos dólares ($7,500) y hasta treinta y cinco mil
dólares ($35,000).
La determinación de efectuar compras en exceso de treinta y cinco mil
dólares ($35,000) en mercado abierto la toma la Junta de Subastas y la
División Servicios Generales efectúa la compra.
7.3. Compras Especiales
No es necesario celebrar subastas formales o informales en los siguientes
casos:
A. Cuando los artículos, materiales, equipos, obras o servicios no
profesionales a adquirirse estén contratados por el Área de
Compras y Suministros de la ASG y la OCS crea conveniente
comprar a base de los precios estipulados en sus contratos.
B. Cuando los precios no estén sujetos a competencia por estar
reglamentados por ley o por autoridad gubernamental.
C. Cuando, según el mejor conocimiento de la OCS, exista sólo una
fuente de abastecimiento.
D. Cuando sea necesario efectuar la compra inmediatamente
debido a una situación de emergencia, cuya circunstancia debe
constar por escrito en el expediente de compra.
E. Cuando se necesiten piezas de repuesto, accesorios, equipo
adicional o servicios suplementarios para un equipo cuya
reparación o servicio está bajo contrato.
F. Cuando los artículos, materiales, equipos, obras o servicios no
profesionales a adquirirse son de naturaleza especializada, o se
desee comprar cierto tipo o marca en particular, por el buen
servicio probado que unidades análogas hayan rendido, por la
economía que representa mantener uniformidad en unidades
múltiples o por superioridad en el tipo y la calidad del servicio
que se obtendrá en la unidad comprada y en su conservación,
todo lo cual debe justificarse por escrito en la requisición.
G. Cuando la compra tiene que hacerse fuera de Puerto Rico, por
no haber suplidores conocidos y cualificados en el mercado
local, que puedan suplir los suministros o servicios que se
deseen o cuando las condiciones ofrecidas en esos mercados son
más ventajosas que las del mercado local.
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H. Cuando la compra se haga al Gobierno de los Estados Unidos o
a una agencia del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto
Rico.
7.4. "Trade-in"
Se utiliza para adquirir un bien nuevo a cambio de la entrega de otro bien
similar usado y previamente tasado. El valor de tasación del bien que se
entrega se acredita y la diferencia es pagada en dinero al proveedor. Dicha
modalidad se puede utilizar, además, en compras a plazos. En este caso, al
momento de efectuar la compra se entrega el bien usado y el valor de
tasación se acredita al precio de venta. La diferencia se puede pagar
completamente o mediante desembolsos parciales por cantidades
previamente determinadas y acordadas por un período específico.
Solamente se pueden dar en "trade-in" aquellos bienes que hayan sido
declarados excedentes.
7.5. Permuta
En esta modalidad de compra se permite entregar un bien a cambio de
otro igual o similar en valor sin que medien otras consideraciones para el
pago. En algunos casos, se puede efectuar parte del pago con un bien y la
otra parte en dinero.
En aquellos casos en que se determine efectuar una permuta, se cumplirá
con los siguientes requisitos:
A. Se indicará el propósito y se justificará la misma;
B. se describirán y tasarán los bienes a permutarse y
C. se solicitarán las autorizaciones que correspondan.
La permuta puede realizarse cuando se trate de bienes como los
siguientes: vehículos de transportación, equipo o maquinaria de imprenta,
equipo de macrofotografía, computadoras u otros equipos relacionados,
equipo de oficina o de reproducción, y cualquier otro equipo utilizado por
la OCS.
7.6. Arrendamiento
En aquellos casos en que la OCS considere la posibilidad de adquirir
equipo de oficina o bienes muebles de otra naturaleza mediante
arrendamiento con opción a compra o arrendamiento de bienes muebles
por un término fijo de tiempo, se debe cumplir con lo siguiente:
A. El tipo de arrendamiento que determine realizar la OCS debe
justificarse por escrito expresando las razones para ello.
B. Se solicitarán ofertas, bajo condiciones normales, a un mínimo
de tres (3) proveedores.
C. Las ofertas deben ser firmadas por el proveedor o su
representante autorizado y contener la fecha de la oferta, el
término por el cual el proveedor se obliga a mantener la oferta,
una descripción de lo ofrecido y el precio, y cualquier otra
información particular que la División de Servicios Generales
requiera para el tipo de compra concernida.
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D. Las ofertas por escrito se pueden recibir por correo, a la mano y
por facsímile. También, se pueden recibir por la Internet
mediante correo electrónico- siempre y cuando contengan una
firma electrónica.
7.7. Subastas Formales
Procedimiento de compras que se utiliza cuando las compras conlleven
importes totales estimados en exceso de treinta y cinco mil dólares
($35,000) y en el cual participa la Junta de Subastas. Este proceso se realiza
conforme se dispone en esta Regla y requiere, entre otras cosas,
invitaciones a subasta por el medio más conveniente, con el propósito de
ofrecer la oportunidad de participar al mayor número de licitadores.
Los licitadores deben ofrecer precios y términos que cumplan
estrictamente con las especificaciones solicitadas y las condiciones
especiales establecidas para cada subasta.