Regl. 7467, art. 17
Proceso Administrativo
Cite as Reglamento Núm. 7467, Art. 17
Todo funcionario o empleado, según definido en este Reglamento, tendrá la oportunidad
de ser oído en una vista administrativa informal donde exponga su alegato respecto a los
resultados de las pruebas o las sanciones disciplinarias propuestas por el (la) Director (a)
Ejecutivo (a), conforme a la Ley. En dicha vista administrativa informal, se le
garantizará al empleado su derecho a: (a) notificación oportuna de las alegaciones en su
contra; (b) presentar evidencia; (c) una adjudicación imparcial; y (d) que la decisión sea
basada en el expediente.