Regl. 746, art. V-4
Crédito por servicio militar
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Cite as Reglamento Núm. 746, Art. V-4
A todo maestro, se le acreditarán los servicios prestados en las Fuerzas Armadas de los
Estados Unidos ai ser licenciado del servicio militar y al reintegrarse al servicio en las escuelas
públicas de Puerto Rico, siempre y cuando (1) el maestro solicite tal crédito; (2) que el maestro contribuya por el periodo en que prestó servicio militar a base del tipo de contribución y
del sueldo en vigor a la fecha en que comenzó a prestar servicio militar; (3) que el maestro
suministre al Sistema una copia certificada de SU enlistamiento y licenciamiento, o certificado
de servicio.