Regl. 7470, art. I-1.05

Interpretación por la Comisión.

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Cite as Reglamento Núm. 7470, Art. I-1.05

La Comisión podrá mediante Resolución y/o Acuerdo al efecto, clarificar e interpretar las disposiciones de este Reglamento en caso de duda O conflicto en armonía con los propósitos generales de su ley habilitadora; conocimiento especializado, propósito de este Reglamento; disposiciones del Código Federal de Reglamentos sobre seguridad en el transporte y/o materiales peligrosos y aplicando, de estimarlo conveniente, la interpretación que haya efectuado previamente alguna agencia o tribunal con competencia de la jurisdicción federal.
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