Regl. 7470, art. I-1.05
Interpretación por la Comisión.
Cite as Reglamento Núm. 7470, Art. I-1.05
La Comisión podrá mediante Resolución y/o Acuerdo al efecto, clarificar e
interpretar las disposiciones de este Reglamento en caso de duda O conflicto en
armonía con los propósitos generales de su ley habilitadora; conocimiento
especializado, propósito de este Reglamento; disposiciones del Código Federal de
Reglamentos sobre seguridad en el transporte y/o materiales peligrosos y
aplicando, de estimarlo conveniente, la interpretación que haya efectuado
previamente alguna agencia o tribunal con competencia de la jurisdicción
federal.