Regl. 7470, art. I-1.08

Cláusula de salvedad.

Last amended: 2008Length: 98 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 7470, Art. I-1.08

Si cualquier disposición, palabra, oración, inciso 0 parte de este Reglamento fuera impugnada por cualquier razón ante un Tribunal y declarada inconstitucional o nula, tal sentencia no afectará, menoscabará o invalidará las restantes disposiciones de este Reglamento, sino que su efecto se limitará a la disposición, palabra, oración, inciso o parte así declarada inconstitucional 0 nula. La nulidad 0 invalidez de cualquier disposición, palabra, oración, inciso 0 parte en algún caso específico no afectará o perjudicará en sentido alguno su aplicación O validez en cualquier otro caso, excepto cuando específica y expresamente se invalide para todos los casos.
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