Regl. 7470, art. I-2.07
Celebración de Vista Pública
Cite as Reglamento Núm. 7470, Art. I-2.07
A.
Derecho a impugnar La persona a quién se le notifique una falta
administrativa tendrá un término de quince (15) dÃas, contados a
partir de la fecha de expedición del boleto de infracción y citación 0
del archivo en autos de la notificación de la resolución fijando la
cuantÃa de la multa, para solicitar a la Comisión una vista
adjudicativa para impugnar el (la) mismo(a).
B.
Procedimientos en la vista Los procedimientos en la vista
adjudicativa se conducirán a tenor con lo dispuesto en las Reglas
de Procedimiento de la Comisión, y en la Ley Número 170 del 12 de
agosto de 1988, según enmendada, (Ley de Procedimiento
Administrativo Uniforme).