Regl. 7470, art. I-392.16
Uso de cinturones de seguridad.
Cite as Reglamento Núm. 7470, Art. I-392.16
Un vehículo de motor comercial que tenga un cinturón de seguridad
instalado en el asiento del conductor no será manejado a menos que el
conductor se haya abrochado el cinturón de seguridad.